GTA Seguros

LOGO NYR          www.notariosyregistradores.com      

 

CONSEJO DE MINISTROS: SOCIEDADES, MEDIDAS LIBERALIZACIÓN. DISCAPACIDAD...

VER EL REAL DECRETO LEY PUBLICADO A LAS 9 HORAS 30 MINUTOS DE LA NOCHE

El Consejo de Ministros, celebrado hoy 3 de diciembre de 2010, acordó medidas que tratarán de fomentar la actividad empresarial, la inversión y el empleo, aprobando el texto de un Real Decreto Ley de actuaciones en el ámbito fiscal, laboral y liberalizadoras, que recoge las medidas anunciadas por el Presidente en el Congreso el miércoles pasado.

 

A) CREACIÓN DE SOCIEDADES Y EMPRESAS. Se adelantan determinadas medidas contenidas en el Proyecto de Ley de Economía Sostenible:

    - Creación de empresas entre uno y cinco días.

        - La reforma permitirá que todos los trámites necesarios para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada puedan llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo máximo de uno a cinco días, exceptuando sólo aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o la complejidad de la estructura societaria exijan un examen más detallado.

        - Ejemplo: para las sociedades de responsabilidad limitada con capital social entre 3.000 euros y 3.100 euros que adopten unos estatutos sociales tipo, se podría constituir la sociedad con un coste de 100 euros y con aplicación de procedimientos telemáticos en todos los trámites. Esta medida facilitará la conversión en PYME de los trabajadores autónomos.

    - Publicidad de actos societarios. Se elimina la obligación de que la publicidad de actos societarios tales como constitución, modificación de estatutos, reducción de capital, convocatoria de juntas de accionistas o disolución de empresas tenga que hacerse por medio de la prensa escrita.

 

B) MEDIDAS EN EL ÁMBITO FISCAL.

    - Impuesto sobre Sociedades.

        - Se eleva de 8 a 10 millones de euros el umbral relativo al importe neto de la cifra de negocios que posibilita acogerse al régimen especial de las entidades de reducida dimensión, cuya principal ventaja es la sujeción a un tipo impositivo reducido del 25 por 100, frente al 30 por 100 del tipo general.

        - Estas entidades de reducida dimensión  podrán seguir disfrutando de los beneficios de este régimen especial durante los tres ejercicios inmediatos siguientes a aquel en que se supere el nuevo umbral de diez millones de euros, incluso en el supuesto de que dicho límite se sobrepase a resultas de una reestructuración empresarial, con la única restricción de que todas las entidades intervinientes en la misma estén dentro de dicho umbral.
               - Se aumenta el importe hasta el cual la base imponible de las entidades de reducida dimensión se grava con el tipo reducido del 25 por 100. Pasa de los primeros 120.000 euros de beneficios a 300.000 euros.

        - Este límite de 300.000 euros también será de aplicación para las denominadas microempresas, que por tener una cuantía neta de cifra de negocios inferior a cinco millones de euros y un plantilla media inferior a veinticinco empleados, pueden acogerse a un tipo de gravamen del 20 por 100.
              - Se amplía en tres años, hasta 2015, el período de vigencia del régimen fiscal de libertad de amortización para inversiones nuevas vinculadas a la actividad económica, eliminando el condicionante del mantenimiento del empleo y permitiendo su extensión a todas las empresas, personas físicas y profesionales.
          - Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Quedan exoneradas del gravamen por la modalidad de operaciones societarias todas las operaciones dirigidas a la creación, capitalización y mantenimiento de las empresas.

    - Se incrementa el Impuesto sobre las Labores del Tabaco.
 

C) MEDIDAS LIBERALIZADORAS DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA

    - Se elimina la obligatoriedad del Recurso Cameral Permanente, haciéndose voluntaria la pertenencia a las cámaras de Comercio, Industria y Navegación y, por tanto, la contribución a la cuota cameral.

    - Se reforma el modelo de gestión aeroportuaria y se establece la creación de la sociedad AENA Aeropuertos, convirtiéndola en una empresa de capital público que podrá aceptar la entrada de capital privado en un porcentaje minoritario. Los 47 aeropuertos que integran la red podrán gestionarse mediante la creación de sociedades filiales de AENA Aeropuertos o a través de concesiones.

    - Se transforma la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado para crear un regulador independiente, que se adscribirá al Ministerio de Economía y Hacienda hasta que se constituya la futura Comisión Nacional del Juego. Al mismo tiempo, se establece la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas de Estado como operador independiente del regulador. Los inversores privados podrán participar en la nueva sociedad mediante la adquisición de una participación minoritaria de su capital social.
 

D) MEDIDAS EN EL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL:

    - Integración en el Régimen General de la Seguridad Social de los funcionarios de nuevo ingreso en cualquier Administración pública española a partir del 1 de enero de 2011. Los funcionarios que a día de hoy estén incluidos en el Régimen de Clases Pasivas y en el Mutualismo Administrativo mantendrán sus derechos adquiridos y continuarán integrados en ambos mecanismos de cobertura.
           - Se aprueba el proyecto de ley de adaptación a la Convención de derechos de las personas con discapacidad.

 

OTROS TEMAS TRATADOS POR EL CONSEJO:

 

    - Informe sobre la colaboración de las agencias privadas de colocación con los servicios públicos de empleo en la intermediación entre las ofertas y las demandas de empleo. Los servicios que presten serán gratuitos para los trabajadores.

    - Aprobado el Proyecto de Ley de adaptación a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y que modifica 11 leyes.

          - Se aumentan a un mínimo del 7 por 100 las plazas para personas con discapacidad en las ofertas de empleo público. Es de suponer que afecte a las oposiciones de Notarías y de Registros.

          - Al menos el 2 por 100 de las plazas en los procesos públicos de empleo serán para personas con discapacidad intelectual.

          - Reserva del 2 por 100 de los puestos de trabajo para personas con discapacidad en las empresas de más de 50 trabajadores.
                - Se actualiza la definición legal de "persona con discapacidad" a la contenida en la Convención. Así, se considera que son personas con discapacidad aquellas que presenten deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.
                - En los procesos judiciales en los que se deduzca que ha habido discriminación por razón de discapacidad, se invertirá la carga de la prueba, correspondiendo a la parte demandada probar que no ha habido discriminación, como ya sucede en los casos de discriminación por razón de género.
                - Todos los proyectos de infraestructuras de interés general de transporte -carreteras, ferrocarriles, aeropuertos y puertos- promovidos por la Administración General del Estado incorporarán una memoria de accesibilidad, para garantizar la accesibilidad universal.
                - Se modifican diversas leyes para que una persona con discapacidad pueda tomar por sí misma decisiones en procesos sanitarios, como trasplantes,
                - Se prohíbe la discriminación por discapacidad en la contratación de seguros, de forma que no se podrá denegar el seguro a las personas con discapacidad por este motivo, ni se les podrán imponer condiciones más gravosas que al resto de la población.
 

 

COMENTARIOS EN FOROS DE ACTUALIDAD DE NOTYREG

RESUMEN DE URGENCIA DE JORGE LÓPEZ NAVARRO

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES POR JOSÉ A. GARCIA VALDECASAS

REDUCCIÓN DE CARGAS

RESEÑA DEL CONSEJO DE MINISTROS

ESTATUTOS TIPO SRL

FUTURAS NORMAS

 

visitas desde el 3 de diciembre de 2010

 

Recomienda esta pagina a un amigo

 LOGO NYR  Portada

Facebook de NyR