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CONSEJO DE MINISTROS DEL 16 DE SEPTIEMBRE DE 2011

 

 

               El Consejo de Ministros de hoy ha aprobado diversas medidas, entre las que reseñamos las siguientes:

 

1ª.-  APROBADO EL RESTABLECIMIENTO DEL GRAVAMEN DEL IMPUESTO DE PATRIMONIO.

 

               La Ley 19/1991, de 6 de junio, estableció con carácter estable un Impuesto sobre el Patrimonio, que fue exigible hasta la entrada en vigor de la Ley de 23 de diciembre de 2009, por la que, sin derogarlo, se anuló la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio.

               En este momento la crisis económica hace que el Gobierno considere necesaria la recuperación de este Impuesto para favorecer el cumplimiento de los objetivos de estabilidad asumidos por España.

               El Real Decreto Ley aprobado hoy eleva el mínimo exento hasta los 700.000 euros y la exención por vivienda habitual hasta los 300.000 euros.

               El Impuesto se restablece exclusivamente para 2011 y 2012.

               Se deberán presentar las declaraciones y realizar los ingresos correspondientes a dichos ejercicios, respectivamente, en 2012 y 2013.

               En la reseña nada se dice de los tipos impositivos que se van a aplicar.

               En el caso de núcleos familiares, la titularidad de los bienes y derechos que sean comunes a ambos cónyuges se atribuye por mitad a cada uno de ellos, salvo que se justifique otra cuota de participación, y se considera individualmente a la hora de calcular la base imponible del impuesto.

               Sobre la base de los datos correspondientes a las declaraciones del ejercicio 2007 (último en el que se exigió el gravamen), se ha estimado que el número de contribuyentes por este Impuesto se situaría ahora en torno a 160.000 y que la recaudación anual podría ascender a unos 1.080 millones de euros si el Impuesto se aplica con los mismos parámetros en el conjunto de España.

 

 

2ª.- SEXTO ACUERDO DE REDUCCIÓN DE CARGAS ADMINISTRATIVAS.

 

               El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo bloque de medidas para la reducción de las cargas administrativas. Se trata del sexto acuerdo de este tipo que aprueba el Gobierno desde 2008 y en esta ocasión está enfocado por una parte a aliviar los trámites que deben realizar las empresas con la Administración y reducir también aquéllos a los que deben hacer frente los ciudadanos.

               El acuerdo reúne veintidós actuaciones entre las que se encuentran:

                  - Programas ICO: facilitar el acceso electrónico de pymes y autónomos a los programas del Instituto de Crédito Oficial de cada año a través de la web de este organismo (www.icodirecto.es), sin necesidad de desplazamientos ni de aportar documentación física en papel.

                  - Agencia Tributaria: Las empresas dispondrán de hasta treinta días a su elección para no recibir notificaciones tributarias. Esto resuelve los posibles problemas que se pueden plantear cuando los destinatarios están ausentes, por ejemplo en vacaciones.

                  - Reducción de cargas en los sectores de seguros y comercio exterior, entre otros.

                  - Deudas con la Agencia Tributaria: se permitirá realizar el pago, mediante adeudo en cuenta y por vía telefónica, de deudas cuya gestión recaudatoria corresponde a esta Agencia. Hasta ahora ya era posible realizar este trámite a través de internet.

                  - Declaración de la Renta. Se eliminan rigideces normativas, de forma que en cada campaña de la Renta se pueda ampliar el número de contribuyentes que pueden recibir el borrador de su declaración. Igualmente, se establecen medidas para simplificar la resolución de errores o incoherencias en las autoliquidaciones presentadas por los contribuyentes.

               Ver el texto íntegro del Acuerdo.

 

 

3ª.- ADAPTACIÓN NORMATIVA A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

               El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

               Estas modificaciones afectan a doce Reales Decretos y a cinco Ministerios. Su objetivo es adecuar la regulación reglamentaria vigente en materia de discapacidad a las directrices marcadas por la Convención, en la línea marcada por la Ley de 1 de agosto de 2011 sobre adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

               La regulación de las condiciones básicas de accesibilidad afecta a sectores como transportes, tecnologías, productos y servicios relacionados con la sociedad de la información y medios de comunicación social, entre otros.

               Sanidad: Se modifican diversos Reales Decretos con objeto de regular el derecho a la información en formatos adecuados, siguiendo las reglas marcadas por el principio de diseño para todos, de manera que resulten accesibles y comprensibles a las personas con discapacidad, así como el apoyo a la prestación del consentimiento en diversos campos sanitarios.

               Accesibilidad: Se introducen cambios en materia de transportes y páginas de Internet. Respecto a la primera, destaca la ampliación de la regulación de las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación, al incluirse planes de accesibilidad en las grandes instalaciones de transporte. Respecto a la segunda, se realiza la adaptación de los criterios de accesibilidad aplicables a las páginas de internet de las Administraciones públicas o con financiación pública, restringiendo las excepciones aplicables.

 

 

4ª.- DESTINO PARA LOS DEPÓSITOS DE LOS RECURSOS INFUNDADOS

 

               El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación de un Real Decreto de 2006 por el que se regulaban los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores. Esta modificación se recoge en la nueva disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, introducida por la Ley Orgánica de 3 de noviembre de 2009.

               En ella se especifica la consignación de un depósito, previo a la interposición de recursos frente a las resoluciones judiciales, cuyo fin principal es disuadir a quienes recurran sin fundamento jurídico alguno, para que no prolonguen indebidamente el tiempo de resolución del proceso en perjuicio del derecho a la tutela judicial efectiva de las otras partes personadas en el proceso.

               Cuando el órgano jurisdiccional inadmita el recurso o la demanda, o confirme la resolución recurrida, el recurrente o demandante perderá el depósito, que será ingresado en una nueva cuenta especial denominada "Depósitos de Recursos Inadmitidos y Desestimados".

               Los depósitos perdidos y los rendimientos de la cuenta serán destinados específicamente a sufragar los gastos correspondientes al derecho a la asistencia jurídica gratuita y a la modernización e informatización integral de la Administración de Justicia.

               El Ministerio de Justicia transferirá anualmente a cada Comunidad Autónoma con competencias asumidas en materia de Justicia, para los fines anteriormente indicados, el 40 por 100 de lo ingresado en su territorio por este concepto y destinará un 20 por 100 de la cuantía global a la financiación del ente encargado de elaborar una plataforma informática que asegure la conectividad entre todos los Juzgados y Tribunales de España, en el que participan el Ministerio de Justicia, las Comunidades Autónomas y el Consejo General del Poder Judicial.

 

 

INFORME SOBRE LA SITUACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA

 

               El Consejo de Ministros ha recibido un informe del Vicepresidente de Política Territorial sobre el balance del desarrollo de la Administración Electrónica y sus retos de futuro, que se plasmarán próximamente en una estrategia con un horizonte de actuación hasta el año 2015.

               Uno de los objetivos del Gobierno es reforzar el compromiso de las Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos con la Administración telemática, y mejorar los mecanismos de coordinación entre los distintos niveles de gobierno en la prestación de servicios electrónicos a los ciudadanos.

               El documento analiza la evolución de estos servicios desde la aprobación de la Ley de Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, de 2007. En este sentido, destaca el fuerte impulso registrado en los últimos años en España, hasta llegar a situarse entre los diez países del mundo más avanzados en este ámbito, y el quinto a escala europea, según las últimas evaluaciones realizadas por la ONU y la UE.

               En la actualidad, más de 2.300 procedimientos y servicios de la Administración General del Estado están adaptados a la Ley y pueden realizarse ya por medios electrónicos, lo que supone aproximadamente el 90 por 100 del total y un 99 por 100 de la tramitación global anual. Un paso importante, según destaca el informe, es conseguir que las Comunidades Autónomas y las entidades locales completen su adaptación a la normativa.

               Entre los ejemplos que destaca el documento está el liderazgo español en el desarrollo de la firma electrónica: a finales de 2010 se habían expedido más de dos millones de certificados a personas físicas y cuatrocientos mil a entidades jurídicas, aunque su uso está bastante más extendido entre las grandes empresas que entre pymes, autónomos y ciudadanos en general.

               En estos momentos existen ya más de veinticuatro millones de DNI electrónico y la previsión es alcanzar a toda la población en 2015.

               La Agencia Tributaria, la Dirección General de Tráfico y la Seguridad Social usan ya la notificación electrónica, que, entre otras ventajas, permite ahorrar cien millones de euros al año.

                Una de cada dos declaraciones de la Renta se presentó este año por medios telemáticos, un 15 por 100 más que el año pasado, y el servicio 060 de atención al ciudadano, ya sea en sus ventanillas virtuales o en la atención telefónica, gana actividad.

               La cooperación entre las distintas Administraciones debe ser igualmente un elemento clave en el desarrollo futuro de la Administración Electrónica. Entre otros campos, en el uso compartido de las infraestructuras de comunicaciones desarrolladas por el Gobierno, como la red SARA (que conecta los ministerios, las Comunidades Autónomas, las universidades y tres mil municipios), el sistema de intercambio electrónico de datos, la pasarela de pagos o el registro electrónico común.

 


 

 

RESEÑA DEL CONSEJO DE MINISTROS

LEY IMPUESTO PATRIMONIO

FUTURAS NORMAS

  

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