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 PLAN DE CONTROL TRIBUTARIO PARA 2004

            Se recoge en la RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2004, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las Directrices Generales del Plan General de Control Tributario de 2004.

            Destacamos algunos puntos del extenso documento:

            Entre las áreas de riesgo fiscal para 2004 se destacan como más relevantes o novedosas las siguientes, en el área de Inspección Financiera:

            - Se mantiene el sector inmobiliario, entendido en su concepto más amplio, como sector prioritario de actuación inspectora. Se centrarán en la actividad económica productiva vinculada a la construcción y promoción inmobiliaria, industrias auxiliares, subcontratación en la construcción, obtención de plusvalías inmobiliarias tributables, explotación de patrimonios inmobiliarios, alquileres inmobiliarios de cualquier clase respecto de todos los cuales se explotará la información captada en actuaciones específicas en la comprobación de supuestos de no declaración de rentas, así como investigación de actividades especulativas en la venta de inmuebles por promotoras-constructoras.

            - Se acentúa la comprobación y vigilancia de las tramas de fraude organizado en el IVA, vinculadas a operaciones de comercio exterior e intracomunitario.

            - Se potencia el control de no residentes y muy especialmente el uso de sociedades domiciliadas en paraísos fiscales para dirigir inversiones evitando la identificación de los inversores reales. Se trata de recabar información sobre las microsociedades domiciliadas en paraísos fiscales, muy especialmente en Gibraltar, cuya actividad casi única consiste en la tenencia de uno o varios inmuebles en territorio español. El posible incumplimiento de la tributación inmobiliaria, tanto respecto del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, en la tenencia o en la transmisión de inmuebles, como del Gravamen Especial de Bienes Inmuebles de No Residentes, será objeto de actuaciones extensivas.

            - Continúan, con carácter preferente, los programas sobre profesionales. Afecta tanto a personas físicas que realizan una actividad de esta naturaleza como a sociedades, mediante comprobaciones combinadas de la sociedad y los socios profesionales que las integran.

            - Transacciones comerciales y financieras con el exterior, verificación de obligaciones tributarias y contables.

            - Actuaciones de control sobre los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas para las que sea posible la colaboración de actuaciones. Se programarán actuaciones concretas de colaboración que afectarán especialmente al Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales e Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

Enlaces: BOE. UA.

 

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