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TRATADOS INTERNACIONALES
ALGUNOS DE LOS CONVENIOS BILATERALES FIRMADOS POR ESPAÑA
Algunas adhesiones posteriores al Convenio de La Haya sobre supresión de legalizaciones:
CONVENIOS DE DOBLE NACIONALIDAD
BOE RECIENTE SOBRE TRATADOS INTERNACIONALES
ESTADO CIVIL. CIRCULAR de 11 de enero de
2005, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre países
contratantes de Enlace: BOE.
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 9 de junio de 2005, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. Se publican las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales, en los que España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores entre el 1 de enero de 2005 y el 30 de abril de 2005. Enlace: BOE.
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 4 de octubre de 2005, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. Se publican las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales, en los que España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores entre el 1 de mayo de 2005 y el 31 de agosto de 2005.
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 2 de febrero de 2006, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. Se publican las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales, en los que España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación entre el 31 de agosto de 2005 y el 31 de diciembre de 2005.
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 16 de octubre de 2006, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 19 de febrero de 2007, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 18 de junio de 2007, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
PLURALIDAD DE NACIONALIDADES. Resolución de 9 de julio de 2007, de la Secretaría General Técnica, relativa al Acuerdo sobre la interpretación del párrafo 2 del artículo 12, de la Convención sobre la reducción de los casos de pluralidad de nacionalidades y sobre las obligaciones militares en caso de pluralidad de nacionalidades (N.º 43 del Consejo de Europa), adoptado en Estrasburgo el 2 de abril de 2007.
TRATADO DE ROMA. Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la adhesión de la República Checa, de la República de Estonia, de la República de Chipre, de la República de Letonia, de la República de Lituania, de la República de Hungría, de la República de Malta, de la República de Polonia, de la República de Eslovenia y de la República Eslovaca al Convenio sobre la ley aplicable a las obligaciones contractuales, abierto a la firma en Roma el 19 de junio de 1980, así como a los Protocolos Primero y Segundo relativos a su interpretación por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, hecho en Luxemburgo el 14 de abril de 2005.
CONVENIO DOBLE IMPOSICIÓN. CONVENIO relativo a la adhesión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca al Convenio relativo a la supresión de la doble imposición en caso de corrección de beneficios de empresas asociadas, hecho en Bruselas el 8 de diciembre de 2004.
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 5 de octubre de 2007, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
REPÚBLICA DOMINICANA. Protocolo adicional entre el Reino de España y la República Dominicana modificando el Convenio de doble nacionalidad de 15 de marzo de 1968, hecho en Santo Domingo el 2 de octubre de 2002.
SUDÁFRICA. Convenio entre el Reino de España y la República de Sudáfrica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y protocolo, hecho en Madrid el 23 de junio de 2006. PDF (2008/02672; 9 págs. - 78 KB.)
ACUERDOS INTERNACIONALES. Resolución de 14 de febrero de 2008, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. PDF (2008/03302; 29 págs. - 239 KB.)
COLOMBIA. Instrumento de ratificación del Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República de Colombia, hecho en Bogotá el 6 de septiembre de 2005. PDF (2008/04057; 9 págs. - 294 KB.)
INDIA. Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de la India al Convenio sobre obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya, el 18 de marzo de 1970. PDF (2008/04332; 1 págs. - 29 KB.)
KUWAIT. Acuerdo entre el Reino de España y el Estado de Kuwait para la promoción y protección recíproca de inversiones, hecho en Madrid el 8 de septiembre de 2005. PDF (2008/05878; 5 págs. - 58 KB.)
MEXICO. Acuerdo para la promoción y protección recíproca de inversiones entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos, hecho en México el 10 de octubre de 2006. PDF (2008/05985; 6 págs. - 58 KB.)
DERECHOS HUMANOS. Instrumento de ratificación del Protocolo numero 12 al Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales (Número 177 del Consejo de Europa), hecho en Roma el 4 de noviembre de 2000. Dice así el artículo 1º de este Protocolo que entrará en vigor el 1º de junio: Artículo 1 Prohibición general de la discriminación. 1. El goce de todos los derechos reconocidos por la ley han de ser asegurados sin discriminación alguna, en particular por razones de sexo, raza, color, lengua, religión, opiniones políticas o de otro carácter, origen nacional o social, pertenencia a una minoría nacional, fortuna, nacimiento o cualquier otra situación. 2. Nadie podrá ser objeto de discriminación por parte de cualquier autoridad pública, basada en particular en los motivos mencionados en el apartado 1. PDF (2008/04891; 6 págs. - 221 KB.)
DISCAPACIDAD. Instrumento de ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. El propósito de esta Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. PDF (2008/06963; 12 págs. - 88 KB.)
DISCAPACIDAD. Instrumento de ratificación del Protocolo Facultativo a la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, hecho en Nueva York el 13 de diciembre de 2006. Los Estados firmantes de este Protocolo Facultativo reconocen la competencia del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para recibir y considerar las comunicaciones presentadas por personas o grupos de personas sujetos a su jurisdicción que aleguen ser víctimas de una violación por ese Estado Parte de cualquiera de las disposiciones de la Convención, o en nombre de esas personas o grupos de personas. PDF (2008/06996; 3 págs. - 43 KB.)
ACUERDOS INTERNACIONALES. Resolución de 16 de junio de 2008, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. PDF (2008/10791; 56 págs. - 449 KB.)
PERÚ. Acuerdo Administrativo para la aplicación del Convenio de Seguridad Social entre la República del Perú y el Reino de España, hecho en Madrid el 18 de abril de 2007. PDF (2008/11098; 5 págs. - 54 KB.)
NIGER. Aplicación provisional del Acuerdo Marco de Cooperación en materia de inmigración entre el Reino de España y la República de Níger, hecho en Niamey el 10 de mayo de 2008. PDF (2008/11283; 6 págs. - 62 KB.)
PATENTES. Modificaciones al Reglamento de Ejecución del Tratado de Cooperación en materia de Patentes PCT («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre de 1989), adoptadas en la 32 Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en materia de patentes, Ginebra, 1 de octubre de 2003. PDF (2008/11577; 4 págs. - 49 KB.)
CHINA. Acuerdo entre el Reino de España y la República Popular de China para la promoción y protección recíproca de inversiones, hecho en Madrid el 14 de noviembre de 2005. PDF (2008/11511; 4 págs. - 49 KB.)
ARABIA SAUDÍ. Convenio entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Madrid el 19 de junio de 2007. PDF (2008/11986; 10 págs. - 79 KB.)
SENEGAL. Acuerdo Marco de Cooperación entre el Reino de España y la República de Senegal, hecho en Dakar el 10 de octubre de 2006. PDF (2008/12048; 2 págs. - 35 KB.) ------- ARABIA SAUDÍ. Acuerdo General de Cooperación entre el Reino de España y el Reino de Arabia Saudí, hecho en Madrid el 22 de febrero de 2007. PDF (2008/13165; 3 págs. - 58 KB.)
RUMANÍA. Instrumento de ratificación del Convenio de Seguridad Social entre España y Rumanía, hecho en Madrid el 24 de enero de 2006. PDF (2008/13880; 8 págs. - 243 KB.)
COLOMBIA. Instrumento de ratificación del Convenio entre el Reino de España y la República de Colombia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio, hecho en Bogotá el 31 de marzo de 2005. PDF (2008/17209; 10 págs. - 82 KB.)
ACUERDOS INTERNACIONALES. Resolución de 24 de octubre de 2008, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. Se publican las comunicaciones relativas a Tratados Internacionales, en los que España es parte, recibidas en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2008. PDF (2008/17891; 47 págs. - 363 KB.)
DINAMARCA. Denuncia del Convenio entre España y Dinamarca para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, firmado en Copenhague el 3 de julio de 1972, y Protocolo modificativo de 17 de marzo de 1999. PDF (2008/18633; 1 págs. - 26 KB.)
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. PDF (BOE-A-2009-4509 - 40 págs. - 523 KB)
MOLDAVIA. Convenio entre el Reino de España y la República de Moldavia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho ad referendum en Chisinau el 8 de octubre de 2007. PDF (BOE-A-2009-6068 - 16 págs. - 307 KB)
JAMAICA. Convenio entre el Reino de España y Jamaica para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y Protocolo, hecho en Kingston el 8 de julio de 2008. PDF (BOE-A-2009-7830 - 22 págs. - 377 KB)
EL SALVADOR. Convenio entre el Reino de España y la República de El Salvador para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Madrid el 7 de julio de 2008. PDF (BOE-A-2009-9325 - 17 págs. - 322 KB)
PATENTES. Acta de Revisión del Convenio sobre concesión de la Patente Europea de 5 de octubre de 1973, revisado el 17 de diciembre de 1991, hecha en Munich el 29 de noviembre de 2000. (Su aplicación provisional fue publicada en el B.O.E. nº 22 de 25 de enero de 2003). Reglamento de Ejecución del Convenio relativo a la Patente Europea 2000, en la redacción adoptada por el Consejo de Administración en su decisión de 12 de diciembre de 2002. PDF (BOE-A-2009-9326 - 60 págs. - 977 KB)
URUGUAY. Instrumento de ratificación del Convenio complementario al Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay de 1 de diciembre de 1997, hecho en Segovia el 8 de septiembre de 2005. PDF (BOE-A-2009-10899 - 1 pág. - 157 KB)
PATENTES. Modificaciones al Reglamento del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (PCT) (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 7 de noviembre de 1989),adoptadas en la 34.ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 5 de octubre de 2005. PDF (BOE-A-2009-12052 - 25 págs. - 439 KB)
REPÚBLICA DOMINICANA. Resolución de 1 de septiembre de 2009, de la Secretaría General Técnica, sobre la adhesión de la República Dominicana al Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961 (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" núm. 229, de 25 de septiembre de 1978). PDF (BOE-A-2009-14407 - 1 pág. - 155 KB)
JAPÓN. Convenio de Seguridad Social entre España y Japón, hecho en Tokio el 12 de noviembre de 2008. PDF (BOE-A-2009-15504 - 13 págs. - 245 KB)
LIBIA. Acuerdo entre el Reino de España y la Gran Jamahiriya Árabe Libia Popular Socialista para la promoción y protección recíproca de inversiones, hecho en Madrid el 17 de diciembre de 2007. PDF (BOE-A-2009-15602 - 7 págs. - 206 KB)
DERECHOS HUMANOS. Instrumento de Ratificación del Protocolo nº 4 al Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, reconociendo ciertos derechos y libertades, además de los que ya figuran en el Convenio y Protocolo Adicional al Convenio (Convenio nº 46 del Consejo de Europa), hecho en Estrasburgo el 16 de septiembre de 1963. PDF (BOE-A-2009-16302 - 4 págs. - 221 KB)
PATENTES. Modificaciones al Reglamento del Tratado de cooperación en materia de patentes (PCT) (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" de 7 de noviembre de 1989) adoptadas en la 35ª Sesión de la Asamblea de la Unión Internacional de Cooperación en Materia de Patentes el 3 de octubre de 2006. Ver resumen PDF (BOE-A-2009-16336 - 7 págs. - 208 KB)
TRATADOS INTERNACIONALES. Resolución de 4 de noviembre de 2009, de la Secretaria General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. PDF (BOE-A-2009-18094 - 89 págs. - 1747 KB)
TRINIDAD Y TOBAGO. Convenio entre el Reino de España y la República de Trinidad y Tobago para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, y Protocolo, hecho en Puerto España el 17 de febrero de 2009. PDF (BOE-A-2009-19767 - 22 págs. - 339 KB)
ACUERDOS INTERNACIONALES.
Resolución
de 12 de febrero de 2010, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del
artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la
Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales.
PDF (BOE-A-2010-2882 - 159 págs. - 4036 KB)
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CONVENIO CIVIL SOBRE LA CORRUPCIÓN. Instrumento de Ratificación del Convenio Civil sobre la Corrupción (número 174 del Consejo de Europa) hecho en Estrasburgo el cuatro de noviembre de mil novecientos noventa y nueve. A los efectos de este Convenio se entenderá por «corrupción» el hecho de solicitar, ofrecer, otorgar o aceptar, directa o indirectamente, un soborno o cualquier otra ventaja indebida o la promesa de una ventaja indebida, que afecte al ejercicio normal de una función o al comportamiento exigido al beneficiario del soborno, de la ventaja indebida o de la promesa de una ventaja indebida. Según su artículo 8, cada Parte dispondrá en su derecho interno la nulidad de todo contrato o de toda cláusula contractual que tenga por objeto un acto de corrupción. Cada Parte establecerá en su derecho interno la posibilidad de que todas las partes contratantes cuyo consentimiento esté viciado por un acto de corrupción puedan solicitar ante tribunal la declaración de nulidad de dicho contrato, sin perjuicio de su derecho a la reclamación de daños. PDF (BOE-A-2010-5259 - 8 págs. - 247 KB) Otros formatos
ACUERDOS INTERNACIONALES.
Resolución de 14 de junio de 2010, de
PDF (BOE-A-2010-9885 - 101 págs. - 1960 KB)
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DERECHO DE AUTOR. Instrumento de Ratificación del Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, hecho en Ginebra el 20 de diciembre de 1996. Este Tratado es un arreglo particular en el sentido del Artículo 20 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, en lo que respecta a las Partes Contratantes que son países de la Unión establecida por dicho Convenio. PDF (BOE-A-2010-9638 - 29 págs. - 522 KB) Otros formatos
ARTISTAS INTÉRPRETES. Instrumento de Ratificación del Tratado de la OMPI sobre interpretación o ejecución y fonogramas, hecho en Ginebra el 20 de diciembre de 1996. Este Tratado completa y deja subsistente la Convención Internacional sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión, hecha en Roma el 26 de octubre de 1961. PDF (BOE-A-2010-9639 - 20 págs. - 390 KB) Otros formatos
MONTENEGRO. Sucesión con respecto a la República de Montenegro en los tratados bilaterales concluidos entre el Reino de España y la Antigua Yugoslavia o la Unión Estatal de Serbia y Montenegro. PDF (BOE-A-2010-12484 - 1 pág. - 156 KB) Otros formatos
CORRUPCIÓN. Instrumento de Ratificación del Convenio penal sobre la corrupción (Convenio número 173 del Consejo de Europa) hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999. Trata, entre otras, de las siguientes materias: - Corrupción activa y pasiva de agentes públicos nacionales y extranjeros. - Corrupción de miembros de asambleas públicas nacionales, extranjeras e internacionales. - Corrupción activa y pasiva en el sector privado. - Corrupción de funcionarios internacionales. - Corrupción de jueces y de agentes de tribunales internacionales. - Tráfico de influencias. - Blanqueo del producto de delitos de corrupción. - Delitos contables. - Responsabilidad de las personas jurídicas. - Autoridades especializadas y Autoridad central. - Protección de los colaboradores de la justicia y de los testigos. - Medidas encaminadas a facilitar la recogida de pruebas. PDF (BOE-A-2010-12135 - 33 págs. - 596 KB) Otros formatos
ACUERDOS INTERNACIONALES. Resolución de 5 de octubre de 2010, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. PDF (BOE-A-2010-15719 - 70 págs. - 1454 KB) Otros formatos
BOSNIA Y HERZEGOVINA. Convenio entre el Reino de España y Bosnia y Herzegovina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Sarajevo el 5 de febrero de 2008. El presente Convenio se aplica a los impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales, cualquiera que sea el sistema de su exacción. PDF (BOE-A-2010-16974 - 17 págs. - 320 KB) Otros formatos
ANDORRA. Acuerdo entre el Reino de España y el Principado de Andorra para el intercambio de información en materia fiscal, hecho en Madrid el 14 de enero de 2010. Este Acuerdo se aplicará inicialmente a los impuestos siguientes establecidos por las Partes: a) Respecto al Principado de Andorra: - Impuesto sobre las transmisiones patrimoniales inmobiliarias - Impuesto sobre las plusvalías en las trasmisiones patrimoniales inmobiliarias y los impuestos directos existentes establecidos en las leyes andorranas. b) Respecto a España: - Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; - Impuesto sobre Sociedades; - Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones; - Impuesto sobre la Renta de No Residentes; - Impuesto sobre el Patrimonio; - Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos documentados; - Impuesto sobre el Valor Añadido; - Impuestos especiales; y - Impuestos locales sobre la renta y el patrimonio. Asimismo, el presente acuerdo se aplicará sobre los impuestos de naturaleza análoga que se establezcan posteriormente a la firma del Acuerdo y que se añadan a los actuales o les sustituyan si las autoridades competentes de las Partes contratantes así lo convienen. Se regula el intercambio de información previa solicitud. Entrará en vigor el 10 de febrero de 2011 PDF (BOE-A-2010-17975 - 7 págs. - 205 KB) Otros formatos
ECUADOR. Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República del Ecuador, hecho en Madrid el 4 de diciembre de 2009. PDF (BOE-A-2011-2278 - 14 págs. - 258 KB) Otros formatos
PORTUGAL. Acuerdo entre la República Portuguesa y el Reino de España sobre el acceso a información en materia de Registro Civil y Mercantil, hecho "ad referendum" en Zamora el 22 de enero de 2009. El presente Acuerdo promueve la creación de condiciones para facilitar a las personas físicas y jurídicas el acceso a determinada información en materia de registro civil y mercantil. Registro Civil. - Se utilizará para la verificación de hechos inscritos en el registro civil de ambas Partes, cuando sea necesario para la resolución de peticiones de registro civil. - Se podrán usar medios electrónicos. - Las autoridades competentes para la presentación de solicitudes de información y respuesta serán las autoridades de las Partes con competencia en materia de registro civil. - El contenido de la información transmitida estará regulado por la legislación de la Parte en la que el registro se encuentre. - La facilitación de la información solicitada será gratuita. Registro Mercantil - Se utilizará para permitir el acceso por vía electrónica a información del registro mercantil de ambas Partes, por parte de personas físicas y jurídicas. - El acceso electrónico debe facilitarse del mismo modo a los servicios de las autoridades con competencia en materia de registro mercantil cuando sea necesario para la resolución de peticiones de registro mercantil. - Se creará un portal único de Internet, en lengua portuguesa y castellana, para el acceso a la información del registro mercantil de ambas Partes. - Se regularán por la legislación de la Parte en la que el registro se encuentre las finalidades del registro mercantil, los hechos sujetos al registro, los efectos, los emolumentos y otros aspectos relacionados con este registro. - El acceso a la información del registro mercantil por parte de las autoridades con competencia en esa materia para la resolución de peticiones de registro mercantil será gratuito. Entró en vigor el 17 de febrero de 2001, con vigencia indefinida. PDF (BOE-A-2011-3661 - 3 págs. - 174 KB) Otros formatos
CORRUPCIÓN. Instrumento de Ratificación del Protocolo Adicional al Convenio penal sobre la corrupción, hecho en Estrasburgo el 15 de mayo de 2003. Este Protocolo Adicional está relacionado con el Instrumento de Ratificación del Convenio penal sobre la corrupción (Convenio número 173 del Consejo de Europa) hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1999. PDF (BOE-A-2011-4192 - 8 págs. - 240 KB) Otros formatos
ALBANIA. Convenio entre el Reino de España y la República de Albania para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y su Protocolo, hecho en Tirana el 2 de julio de 2010. Este Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes. Se aplica a los siguientes impuestos actuales: a) en España: i) el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; ii) el Impuesto sobre Sociedades; iii) el Impuesto sobre la Renta de no Residentes; y iv) los impuestos locales sobre la renta; b) en Albania: i) los impuestos sobre la renta; y ii) el impuesto sobre las actividades de la pequeña empresa; PDF (BOE-A-2011-4709 - 16 págs. - 281 KB) Otros formatos Corrección.
TURQUÍA. Acuerdo entre el Reino de España y la República de Turquía sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho "ad referendum" en Estambul el 5 de abril de 2009. Las Partes reconocen recíprocamente los permisos de conducción nacionales expedidos por las autoridades competentes de los Estados a quienes tuvieran su residencia legal en los mismos, siempre que se encuentren en vigor. El titular de un permiso de conducción válido y en vigor expedido por una de las Partes está autorizado a conducir temporalmente en el territorio de éste los vehículos de motor de categorías similares. Pasado el plazo temporal, se puede obtener un permiso de conducción equivalente. Entrada en vigor el 25 de abril de 2011. PDF (BOE-A-2011-5606 - 5 págs. - 213 KB) Otros formatos
FUNCIONES CONSULARES. Instrumento de Ratificación del Convenio Europeo sobre las Funciones Consulares, hecho en París el 11 de diciembre de 1967. Entra en vigor de forma general y para España, el 9 de junio de 2011. PDF (BOE-A-2011-6281 - 16 págs. - 283 KB) Otros formatos
URUGUAY. Convenio entre el Reino de España y la República Oriental del Uruguay para evitar la DOBLE imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y su Protocolo, hecho en Madrid el 9 de octubre de 2009. El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes. Afecta a los siguientes impuestos: - En España: El IRPF, Sociedades, No Residentes, Patrimonio e impuestos locales sobre la renta y sobre el patrimonio. - En Uruguay: el Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE); el Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF); el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR); el Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS). Entrada en vigor el 24 de abril de 2011. PDF (BOE-A-2011-6551 - 21 págs. - 341 KB) Otros formatos
SEGURIDAD SOCIAL. Instrumento de Ratificación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Santiago de Chile el 10 de noviembre de 2007. PDF (BOE-A-2011-7699 - 1 pág. - 160 KB) Otros formatos
PAKISTAN. Convenio entre el Reino de España y la República Islámica de Pakistán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, hecho en Madrid el 2 de junio de 2010. Este Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes. Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en particular: a) En España: i) El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; ii) El Impuesto sobre la Renta de Sociedades; y iii) El Impuesto sobre la Renta de no Residentes; b) en Pakistán: el impuesto sobre la renta; PDF (BOE-A-2011-8456 - 16 págs. - 290 KB) Otros formatos
GEORGIA. Convenio entre el Reino de España y la República de Georgia para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Madrid el 7 de junio de 2010. El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes. Loa impuestos comprendidos son los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales. Son en concreto: - En Georgia: el Impuesto sobre los Beneficios; el Impuesto sobre la Renta, y el Impuesto sobre las Propiedades. - En España: (i) el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; (ii) el Impuesto sobre Sociedades; (iii) el Impuesto sobre la Renta de no Residentes; (iv) el Impuesto sobre el Patrimonio; y (v) los impuestos locales sobre la renta y sobre el patrimonio Entra en vigor el 1 de julio de 2011. PDF (BOE-A-2011-9527 - 15 págs. - 281 KB) Otros formatos
KAZAJSTÁN. Convenio entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Kazajstán para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio, hecho en Astana el 2 de julio de 2009. El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes. Los impuestos comprendidos son los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales. Son en concreto: - En la República de Kazajstán: el impuesto sobre la renta de sociedades; el impuesto sobre la renta de las personas físicas y el impuesto sobre el patrimonio de las personas físicas y jurídicas - En España: (i) el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; (ii) el Impuesto sobre Sociedades; (iii) el Impuesto sobre la Renta de no Residentes; (iv) el Impuesto sobre el Patrimonio; y (v) los impuestos locales sobre la renta y sobre el patrimonio. Entra en vigor el 18 de agosto de 2011. PDF (BOE-A-2011-9672 - 16 págs. - 293 KB) Otros formatos
ACUERDOS INTERNACIONALES. Resolución de 10 de junio de 2011, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, de 24 de marzo, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. PDF (BOE-A-2011-10777 - 105 págs. - 2148 KB) Otros formatos
PANAMÁ. Convenio entre el Reino de España y la República de Panamá para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio y prevenir la evasión fiscal, hecho en Madrid el 7 de octubre de 2010. El presente Convenio se aplica a las personas residentes de uno o de ambos Estados contratantes. Se refiere a los Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio exigibles por cada uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades locales, cualquiera que sea el sistema de su exacción. Se consideran Impuestos sobre la Renta y sobre el Patrimonio los que gravan la totalidad de la renta o del patrimonio o cualquier parte de los mismos, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de bienes muebles o inmuebles, los impuestos sobre el importe de sueldos o salarios pagados por las empresas, así como los impuestos sobre las plusvalías latentes. Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en particular: a) en España: i) el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; ii) el Impuesto sobre Sociedades; iii) el Impuesto sobre el Patrimonio; iv) el Impuesto sobre la Renta de no Residentes; y v) los impuestos locales sobre la renta y el patrimonio; b) en Panamá: i) El Impuesto sobre la Renta, previsto en el Código Fiscal, Libro IV, Título I, y los decretos reglamentarios que sean aplicables; y ii) El Impuesto al Aviso de Operación; PDF (BOE-A-2011-11425 - 21 págs. - 314 KB) Otros formatos
TUNEZ. Acuerdo para el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales entre el Reino de España y la República Tunecina, hecho en Madrid el 22 de junio de 2010. Los dos países reconocen recíprocamente los permisos de conducción definitivos y en vigor, expedidos por las Autoridades competentes de la otra Parte Contratante, en beneficio de los titulares de permisos de conducción que tengan residencia legal en su territorio. El permiso de conducción cesará de ser válido a los fines de circulación en el territorio de la otra Parte Contratante, una vez finalizado el periodo de seis meses, a partir de la fecha de obtención de la residencia legal de su titular en el territorio de la otra Parte Contratante. Entra en vigor el 29 de julio de 2011 y es de duración indefinida PDF (BOE-A-2011-11515 - 5 págs. - 182 KB) Otros formatos
ALBANIA. Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Albania al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 203, de 25 de agosto de 1987), hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970. PDF (BOE-A-2011-11642 - 1 pág. - 135 KB) Otros formatos
SERBIA. Declaración de aceptación por España de la adhesión de la República de Serbia al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, (publicado en el "Boletín Oficial del Estado" número 203, de 25 de agosto de 1987), hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970. PDF (BOE-A-2011-11702 - 1 pág. - 134 KB) Otros formatos
BRASIL. Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República Federativa de Brasil. PDF (BOE-A-2011-11776 - 2 págs. - 144 KB) Otros formatos
COREA. Aplicación provisional del Acuerdo de libre comercio entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, hecho en Bruselas el 6 de octubre de 2010. PDF (BOE-A-2011-11777 - 1839 págs. - 22231 KB) Otros formatos
MARRUECOS. Declaración de aceptación por España de la adhesión del Reino de Marruecos al Convenio de La Haya sobre la Ley aplicable en materia de accidentes de circulación por carretera, hecho en La Haya el 4 de mayo de 1971. BAHAMAS. Acuerdo sobre intercambio de información en materia tributaria entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas y Memorandum de Entendimiento entre las Autoridades competentes del Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas en relación con la interpretación o la aplicación del Acuerdo entre el Reino de España y la Commonwealth de las Bahamas sobre el intercambio de información en materia tributaria y el reconocimiento de otros compromisos pactados entre las Autoridades competentes, hecho en Nassau el 11 de marzo de 2010.
BRASIL.
Canje de Notas de fechas 22 y 29 de julio de 2011, constitutivo de Acuerdo por
el que se enmienda el Canje de cartas constitutivo de Acuerdo sobre
reconocimiento recíproco y canje de los permisos de conducción entre el Reino de
España y la República Federativa de Brasil de 17 de septiembre de 2007.
PDF (BOE-A-2011-14617 - 3 págs. - 175 KB)
Otros formatos BARBADOS.
Convenio entre el Reino de España y Barbados para evitar la doble imposición y
prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta, hecho en
Bridgetown el 1 de diciembre de 2010.
PDF (BOE-A-2011-14659 - 20 págs. - 301 KB)
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CORTE PENAL INTERNACIONAL. Resolución de 19 de septiembre de 2011,
de la Secretaría General Técnica, por la que se publican las Reglas de
procedimiento y prueba de la Corte Penal Internacional.
PDF (BOE-A-2011-15117 - 70 págs. - 1163 KB)
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URUGUAY. Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral
Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el
11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República Oriental del
Uruguay.
El 26 de julio de 2011 la República Oriental del Uruguay ha procedido a
la firma del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de
Seguridad Social, hecho en Lisboa el
11 de septiembre de 2009, así como al depósito de sus respectivos Anexos
debidamente cumplimentados.
Se recoge ahora el contenido de los anexos cumplimentados por
Uruguay, referidos a:
-
ANEXO I.
Autoridades competentes
-
ANEXO II.
Instituciones competentes en los Estados Parte del Convenio
-
ANEXO III.
Organismos de enlace en cada uno de los Estados Parte del Convenio
-
ANEXO IV.
Reglas de cálculo de las pensiones
PDF (BOE-A-2011-15676 - 2 págs. - 142 KB)
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CHILE. Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral
Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el
11 de septiembre de 2009. Firma por parte de la República de Chile.
El 1 de septiembre de 2011 la República de Chile ha procedido a la firma
del Acuerdo de Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad
Social, hecho en Lisboa el
11 de septiembre de 2009, así como al depósito de sus respectivos Anexos
debidamente cumplimentados.
Se recoge ahora el contenido de los anexos cumplimentados por
Uruguay, referidos a:
-
ANEXO I.
Autoridades competentes
-
ANEXO II.
Instituciones competentes en los Estados Parte del Convenio
-
ANEXO III.
Organismos de enlace en cada uno de los Estados Parte del Convenio
PDF (BOE-A-2011-15677 - 2 págs. - 143 KB)
Otros formatos
ECUADOR.
Acuerdo administrativo para la aplicación
del Convenio de seguridad social entre el Reino de España y la República
de Ecuador, hecho en Madrid el 18 de julio de 2011.
Son Organismos de Enlace:
A) En Ecuador, el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social para todas
las prestaciones.
B) En España, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), el
Instituto Social de la Marina y la Tesorería General de la Seguridad Social
(TGSS).
Entró en vigor el 1º de enero de 2011.
PDF (BOE-A-2011-15812 -
9 págs. - 196 KB)
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TRATADOS INTERNACIONALES.
Resolución
de 5 de octubre de 2011, de
PDF (BOE-A-2011-16066 - 71 págs. - 1201 KB)
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MACEDONIA.
Aplicación provisional del Acuerdo entre el Gobierno español y el Gobierno
macedonio sobre reconocimiento recíproco y canje de los
permisos de conducción nacionales,
hecho en Skopje el 6 de octubre de 2011.
Ambas Partes contratantes reconocen recíprocamente los permisos de
conducción que se encuentren en vigor, expedidos por sus autoridades competentes
de los respectivos Estados a quienes
tuvieran su residencia legal en el territorio de la otra Parte contratante,
de acuerdo con las propias normativas internas, que demuestren su residencia
legal en el territorio de dicha Parte contratante.
Se prevé un canje de permisos.
PDF (BOE-A-2011-17393 - 5 págs. - 190 KB)
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NICARAGUA.
Canje de Notas constitutivo de Acuerdo
entre el Reino de España y la República de Nicaragua sobre el reconocimiento
recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, hecho en
Madrid el 19 de febrero de 2010.
Los
dos países reconocen recíprocamente los permisos y licencias de conducción
nacionales expedidos por las autoridades competentes de los Estados, a quienes
tuvieran su residencia legal en los mismos, siempre que estén en vigor y
de conformidad con los Anexos del acuerdo.
2.
El titular de un permiso o licencia de conducción válido y en vigor expedido por
una de las Partes está autorizado a conducir temporalmente durante el
tiempo que determine la legislación del Estado donde se pretenda hacer valer
esta autorización.
Pasado el periodo indicado en el párrafo anterior, el titular de un permiso o
licencia, que establezca su residencia legal en el otro Estado, podrá obtener su
permiso o licencia de conducción equivalente a los del Estado donde haya
obtenido su residencia, de conformidad a la tabla de equivalencias que se
anexa, sin tener que realizar las pruebas teóricas y prácticas exigidas para su
obtención.
Se
podrán canjear todos los permisos de los actuales residentes hasta el
2 de enero de 2012. Para los expedidos con posterioridad a dicha entrada en
vigor, será requisito indispensable, para acceder al canje, que los permisos
hayan sido expedidos en el Estado donde el solicitante tenga su residencia
legal. PDF (BOE-A-2011-17773 - 8 págs. - 242 KB) Otros formatos
PARAGUAY.
Acuerdo de Aplicación del Convenio
Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el 11 de
septiembre de 2009. Firma por parte de la República del Paraguay.
El 28 de octubre de 2011 la República del Paraguay ha procedido a la
firma del Acuerdo de Aplicación del
Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social, hecho en Lisboa el
11 de septiembre de 2009, así como al depósito de sus respectivos anexos
debidamente cumplimentados.
La Autoridad competente por la República del Paraguay es el Ministerio de
Justicia y Trabajo, determinándose también la lista de las Instituciones
competentes.
El
Organismos
de enlace para Paraguay es el Instituto de Previsión Social (IPS).
Entró en vigor el 28 de octubre de 2011.
PDF (BOE-A-2011-19702 - 2 págs. - 139 KB)
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TRATADOS DE LA UNIÓN EUROPEA.
Instrumento
de Ratificación del Protocolo por el que se modifica el Protocolo sobre las
disposiciones transitorias, anejo al Tratado de la Unión Europea, al Tratado de
funcionamiento de la Unión Europea y al Tratado constitutivo de la Comunidad
Europea de la Energía Atómica, hecho en Bruselas el 23 de junio de 2010.
Tan sólo prevé que, para el período de la legislatura 2009‑2014 que queda
por transcurrir se añaden 18 escaños a los 736 existentes, elevando así,
provisionalmente, el número total de diputados al Parlamento Europeo a 754. De
ellos corresponden cuatro a España.
La razón se encuentra en los retrasos en la entrada en vigor del Tratado
de Lisboa -ya que lo hizo después de las elecciones al Parlamento Europeo-, el
cual eleva el número de diputados que intervienen en representación de
determinados países.
Entró en vigor el 1º de diciembre de 2011.
PDF (BOE-A-2011-20351 - 4 págs. - 192 KB)
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SINGAPUR.
Convenio entre el Reino de España y la República de Singapur para evitar la
doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la
renta y su Protocolo, hecho en Singapur el 13 de abril de 2011.
El Convenio se aplica a los impuestos sobre la renta exigibles por cada
uno de los Estados contratantes, sus subdivisiones políticas o sus entidades
locales, cualquiera que sea el sistema de su exacción.
Los impuestos actuales a los que se aplica este Convenio son, en
particular:
(a) en
Singapur: el Impuesto sobre la Renta;
(b) en
España:
- el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas;
- el
Impuesto sobre Sociedades;
- el
Impuesto sobre la Renta de no Residentes; y
-
los impuestos locales sobre la renta.
Entra en vigor el 2 de febrero de 2012.
PDF (BOE-A-2012-404 - 18 págs. - 281 KB)
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GPS Y GALILEO. Acuerdo sobre la promoción, suministro y utilización de Galileo y los sistemas GPS de navegación por satélite y las aplicaciones conexas, hecho en Dromoland Castle, Co. Clare el 26 de junio de 2004.
PDF (BOE-A-2012-1641 - 12 págs. - 279 KB)
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DESDE EL 14 DE JULIO DE 2005, VISITA Nº
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