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RESOLUCIONES DGRN SEPTIEMBRE 1998

 

 

 

 

 

 

1.- CIERRE DE LA HOJA REGISTRAL DE UNA S.A. RESOLUCIÓN de 31 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Antonio Gelis Pujals, en nombre de «Homeopatía Homeoespaña, Sociedad Anónima», en liquidación, contra la negativa de don José Ángel Gutiérrez García, Registrador mercantil de Barcelona número VI a inscribir la escritura de disolución de dicha entidad.

Cuando una hoja registral ha sido cerrada, no procede la inscripción de una escritura de disolución y nombramiento de Liquidadores, sin que pueda cuestionarse en el recurso gubernativo si se practicó o no correctamente el asiento de cierre registral.

Ministerio de Justicia (BOE 233 de 29/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-22541)

 

2.- AUMENTO DE CAPITAL CON CARGO A RESERVAS. RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en recurso gubernativo interpuesto por don Jesús Costas Lombardía, como Presidente del Consejo de Administración de la sociedad «Industrial Plástica Nova, Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador mercantil número XVII de Madrid, don Alfonso Presa de la Cuesta, a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos sociales.

Es inscribible un acuerdo de aumento de capital social realizado con cargo a reservas y elevado a público mediante escritura a la que se incorpora un balance verificado por un Auditor de cuentas designado por los Administradores, subsanada por otra que incorpora un balance de idéntico contenido verificado por otro Auditor nombrado por el Registrador Mercantil. El Registrador alegaba que el segundo informe fue posterior a la Junta. Pero, al ser idéntico al primero tenido en cuenta por los socios, la Dirección estima el recurso.

Ministerio de Justicia (BOE 232 de 28/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-22505)

 

3.- ADMINISTRADORES MANCOMUNADOS EN S.L. RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Madrid don José Amérigo Cruz, contra la negativa del Registrador Mercantil de Madrid número III don José Salazar García, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

Si se ha previsto en los estatutos de una S.L. que el órgano de administración puedan ser administradores mancomunados, ha de expresarse la forma de actuación de los mismos, no presumiéndose que hayan de actuar al menos dos. Reitera que no se necesita la indicación de un máximo y de un mínimo.

Ministerio de Justicia (BOE 232 de 28/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-22506)

 

4.- APLICACIÓN DIRECTA DE LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS AL CONSTITUIR UNA S.L. RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por don Íñigo Quintana Aguirre, en nombre de «Bareges, Sociedad Limitada», contra la negativa de don Carlos Alonso Olarra, Registrador mercantil de Vitoria, a inscribir una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada.

No es inscribible una escritura de constitución de S.L. unipersonal, otorgada antes de la entrada en vigor de la Ley 2/1995, de 23 de marzo y después de haber transcurrido el plazo establecido para la transposición de la 12ª Directiva de la CEE en materia de sociedades de 21 de diciembre de 1989. Para que puedan tener efecto directo las Directivas, ha de tratarse de un relación entre particulares y el Estado, ha de haberse incumplido el plazo de transposición y ha de contener la directiva disposiciones precisas, claras e incondicionales. Esto último falta,  no siendo esta directiva lo bastante autosuficiente para ser aplicable directamente a la vez que el legislador podría haber optado por otras fórmulas para permitir la responsabilidad limitada del empresario.

Ministerio de Justicia (BOE 232 de 28/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-22507)

 

5.- APLICACIÓN DIRECTA DE LAS DIRECTIVAS COMUNITARIAS AL CONSTITUIR UNA S.L. RESOLUCIÓN de 29 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Sabadell don Antonio García Vila, contra la negativa de don José A. Rodríguez del Valle Iborra, Registrador mercantil de Barcelona número XVI, a inscribir una escritura de constitución de sociedad limitada.

Similar a la anterior.

Ministerio de Justicia (BOE 232 de 28/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-22508)

 

6.- DETERMINACIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA POR HIPOTECA. RESOLUCIÓN de 24 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales, don Luis Legorburo Martínez, en nombre de «Citibank España, Sociedad Anónima», contra la negativa de don Eduardo Martínez García, Registrador de la Propiedad de Almagro, a inscribir una escritura de préstamo y constitución de hipoteca, en virtud de apelación del recurrente.

Se discute acerca de la falta de determinación de la obligación garantizada con una hipoteca en lo que respecta a los intereses ordinarios y de demora. Entiende el Registrador que, en los intereses garantizados, salvo en el número de anualidades, no ha de distinguirse entre partes y terceros. La Dirección le da la razón en este punto esencial y considera indeterminada la cláusula constitutiva en cuanto al deudor, al garantizar un máximo " en perjuicio de terceros" de tanto. Sin embargo no la considera indeterminada por no precisar cuál de los tres medios del art. 114 LH y supongo que del 220 RH se ha usado. No es inscribible que "la certificación expedida por la entidad acreedora con referencia a su contabilidad da fe en juicio y fuera de él", porque la eficacia probatoria de los documentos y la lista de los que tienen eficacia ejecutiva es materia de orden público. Pero ello no impide la inscripción del procedimiento judicial sumario ni del extrajudicial. Respecto de éste ha omitido hacer comentarios tras la reciente sentencia del T.S. contraria al mismo.

Ministerio de Justicia (BOE 218 de 11/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-21505)

 

7.- COMPRA POR NO RESIDENTE. RESOLUCIÓN de 25 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por el Notario de Carboneras don José María Cano Calvo, frente a la negativa del Registrador de la Propiedad de Vera don José Luis Lacruz Bescós, a inscribir una escritura de compraventa en virtud de apelación del recurrente.

En la línea de la R. 18 de enero de 1995, si se alega urgencia, basta con la manifestación por el adquirente de la no residencia y con que acreditase se nacionalidad extranjera mediante la exhibición del pertinente documento. El Registrador no puede calificar si el Fedatario ha enviado o no la comunicación al Registro de Inversiones Extranjeras.

Ministerio de Justicia (BOE 218 de 11/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-21506)

 

8.- REACTIVACIÓN DE SOCIEDAD MERCANTIL. RESOLUCIÓN de 26 de agosto de 1998, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en los recursos gubernativos acumulados interpuestos por el Notario de Valencia don Manuel Ángel Rueda Pérez y por don Vicente Burgos Antón, éste en representación de «Cerámicas Ibéricas, Sociedad Anónima», frente a la negativa de doña Laura María de la Cruz Cano Zamorano, Registradora mercantil de Valencia II, a inscribir determinados acuerdos sociales de aumento de capital, adaptación de Estatutos y reactivación de sociedad.

Es una prolija R. de Mercantil que engloba varias notas de calificación , a varios recurrentes y problemas de legitimación.  Se considere que han de calificarse conjuntamente los títulos de adaptación de estatutos, aumento de capital social y reactivación de la sociedad. Falta en el aumento de capital social y en la adaptación de estatutos la elevación a escritura pública, ya que tan solo hay un acta notarial. La publicidad del art. 263 LSA no es un requisito previo para inscribir la reactivación. Conforme al art. 112.3.2ª RRM, ha de constar en la certificación que aparece en el acta  el nombre de los asistentes a la junta universal.

Ministerio de Justicia (BOE 218 de 11/09/1998) Más... (Referencia BOE-A-1998-21507)

 

 

 

 

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