Presentación de las fichas sobre condiciones generales

Cballugera, 16/04/2016

 

PRESENTACIÓN DE LAS FICHAS SOBRE CONDICIONES GENERALES DE ESTA WEB

@BallugeraCarlos

 

  El uso de cláusulas estándar o condiciones generales en el tráfico masivo y, en particular en la financiación hipotecaria de la vivienda, ha aumentado mucho la dificultad en el análisis de los contratos que las incluyen, contratos llamados por adhesión con condiciones generales de la contratación y que florecen en la distribución y contratación masiva.

  Los jueces y otros funcionarios, entre los estamos notarios y registradores de la propiedad, tenemos que ver de oficio si son o no abusivas esas cláusulas o condiciones generales incorporadas a contratos como los de hipoteca de financiación hipotecaria de la vivienda.

  Para facilitar esa labor y, por añadidura, para mejorar también la transparencia del mercado en pro de los usuarios me propuse fichar las cláusulas más frecuentes y conflictivas sobre estas materias.

  Como habrán visto los usuarios de esta web, desde la publicación del resumen de la STS 23 diciembre 2015, vamos poniendo fichas de distintas cláusulas enjuiciadas por los tribunales y la DGRN, e incluso solamente tratadas por la doctrina, que afectan casi siempre a hipotecas de financiación de la vivienda de personas consumidoras.

  Ahora saliéndonos de la citada sentencia y mirando en otras, vamos a ir poniendo fichas de otras condiciones generales, con el objetivo de facilitar la calificación de esas cláusulas en el ámbito notarial y registral, pero también, como he dicho, por añadidura, para facilitar la transparencia y permitir a las personas consumidoras que intervienen en este mercado, ver si pueden aprovechar alguna sentencia o argumento para mejorar su hipoteca a través de una sosegada re-negociación extrajudicial del contrato.

  Esa, sin duda no es tarea fácil, pues como vemos, los bancos sólo negocian cuando la goleada judicial contra sus abusos se convierte en trendintopic un día sí y el otro también.

  Ahora sólo quiero recordar que las personas consumidoras para hacer ese re-negociación cuentan con la ayuda oficial de los Servicios Autonómicos de Protección de las personas consumidoras, con los municipales, con sus recién estrenadas oficinas de información hipotecaria, con la ayuda del poder judicial, ministerio fiscal incluido, con el consejo y asesoramiento de notarios y registradores de la propiedad, etc.

  La lista es muy larga, sorprende que pese a ella siga habiendo abusos y que además las personas consumidoras no puedan prescindir de la ayuda pacífica de las asociaciones de consumidores, de las plataformas de afectados por la hipoteca y de los comités anti-desahucios.

  La ley está de parte de las personas consumidoras, cuesta creerlo, pero es necesario perseverar en esa creencia y hacerla realidad. Con ese fin este fichero está abierto a la colaboración de los internautas que, lo pido aquí con la mayor insistencia, podéis mandar noticias sobre sentencias, argumentos y cuestiones de interés, que tras el correspondiente análisis sobre su utilidad serán puestas en la ficha correspondiente.

  Agradezco de antemano las colaboraciones futuras, pero también las presentes de otras compañeras y compañeros en las lides jurídicas que con tanta generosidad me mandan, noticias, sentencias y comentarios.

 

Carlos Ballugera Gómez

18 de abril de 2016

SUBSECCIÓN DE CLÁUSULAS DE HIPOTECA

Fotografiado en La Rioja por Vicente Quintanal

Fotografiado en La Rioja por Vicente Quintanal

 

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