Notaría prestamo empresa

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    • #77227
      EmilioG
      Participante

      Buenos dias,
      estoy por entrar en un concurso para emprendedores para obtener un prestamo para mi empresa donde el prestamista es un fondo de inversion de startups.
      Aun resta esperar que finalice el paquete de inversion anterior. Porlo que me han informado ya los contratos estan en notaria. Esto hace dos semanas.
      Mis preguntas son
      1)cuanta es la demora para este tipo de procedimientos, teniendo en cuenta que se estan firmando varios contratos (unos 4 o 5) con cuantias de varios millones de euros.
      2) ¿cual es el procedimiento?¿es similar a los prestamos hipotecarios donde hay que esperar un tiempo legal para la firma final del contrato?
      3) ¿Los cheques del prestamos (se que seran cheques) se entregan el dia de la firma ante notario?
      4) ¿Y tambien cuales son los honorarios del notario?.

      Gracias por la ayuda.
      Un saludo

    • #77244
      ACME
      Moderador
      • Esta respuesta fue modificada hace 3 años, 5 meses por ACME.
    • #77251
      ACME
      Moderador

      1) Depende de muchos factores: dificultad de la operación y del entramado de sociedades que intervengan, si hay o no fincas u otros bienes, y si son muchos o pocos, tienen o no cargas, embargos, hipotecas previas… agenda de la notaría, la existencia de un contrato-modelo de la financiara o si se ha de redactar «ex nuovo» desde la notaría, si en ella ya se han otorgado antes escrituras similares…., y sobre todo que esté toda la documentación y lo esté completa en la notaría… Si está todo ok, quizás un plazo razonable sería 1 semana, a contar desde el día en que toda la documentación completa esté en la notaría….

      2) Habrá que ver si el préstamo, hipotecario o no, entra en alguno de los casos del Art. 2-1 (a y b) de la L.C.C.I. Si no, no hay un plazo legal mínimo para firmar.

      3) En principio sí. Pero cabría pactar sistemas que previeran una entrega previa a la firma o posterior a ella.

      4) También depende de muchos factores, fundamentalmente de las cuantías y la extensión del documento. En todo caso el arancel está tasado y regulado legalmente y puede consultarse en el R.D. 17 nov. 1989 . De todos modos quizás sea más práctico y exacto (y sin errores) pedir a la notaría donde se va a autorizar la escritura que hagan un presupuesto aproximado.

      Un saludo.

    • #77253
      ACME
      Moderador

      LCCI: http://www.notariosyregistradores.com/web/normas/enriquecidas/ley-reguladora-de-los-contratos-de-credito-inmobiliario/#a2

      RD 1987: http://www.notariosyregistradores.com/web/practica/arancel-notarial/

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      • Esta respuesta fue modificada hace 3 años, 5 meses por ACME.
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