supresión retracto convencional CC

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PROPOSICIÓN de LEY
modificación del Código Civil relativa a la
supresión del retracto convencional
en los contratos de compraventa

(resume: Albert Capell Martínez [ACM] Notario de Boltaña [Huesca])

  

El día 9 de diciembre 2014 (BOCG 22 dic), se presentó por los diputados del BNG (Grupo Mixto) la «Proposición de Ley de modificación del Código Civil, relativa a la supresión del retracto convencional en los contratos de compraventa

Ha sido tomada en consideración por el Pleno del Congreso el día 3 de marzo.

Artículo único. Modificación del Código Civil.

El artículo 1507 queda redactado en los siguientes términos:
«Será nulo todo contrato de compraventa que incluya cláusulas o pactos que reserven el derecho del vendedor a recuperar la cosa vendida con obligación de reembolsar al comprador el precio de venta, los gastos del contrato u otros pagos relacionados con la venta, así como otros gastos necesarios y útiles efectuados en la cosa vendida.»
Disposición derogatoria. Se derogan los artículos 1508 a 1520, ambos inclusive, del Código Civil.

Ver Exposición de Motivos del Proyecto.

ACM, Boltaña, 15 febrero 2015

ARCHIVO HISTÓRICO
(PRE 2015)

SECCIÓN «FUTURAS NORMAS»  

 

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