Capital: sociedades dedicadas a la explotación de máquinas recreativas

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Capital: sociedades dedicadas a la explotación de máquinas recreativas

Capital: sociedades dedicadas a la explotación de máquinas recreativas.- Transformada una sociedad anónima en limitada, con un capital de 4.000.000 de pesetas, no le es exigible el mínimo de 15.000.000 de pesetas establecido por el Real Decreto 593/1990, de 27 de abril, por el que se aprobó el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar, dado que dicho precepto ha sido declarado nulo por la sentencia del Tribunal Supremo de 21 de abril de 1992 y, en consecuencia, la Sociedad resultante de la transformación tiene un capital que sobrepasa el exigido por la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada.

26, 28, 29 y 30 septiembre; 1, 2, 3, 5 octubre; 4, 6, 13, 16, 17, 18 y 24 noviembre; 15 diciembre 1992 y 7 enero 1993

Capital: sociedades dedicadas a la explotación de máquinas recreativas.- Contiene la misma doctrina que las Resoluciones anteriores, con la única diferencia de que, en este caso, la escritura que motivó el recurso era, no de transformación, sino de constitución de sociedad de responsabilidad limitada.

19 octubre 1992

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