Otorgada por el Consejero Delegado de una Sociedad

COMPRAVENTA

Otorgada por el Consejero Delegado de una Sociedad

Otorgada por el Consejero Delegado de una Sociedad

No es inscribible la escritura por la que una sociedad compra una finca, representada por su Consejero Delegado, si de la documentación presentada resulta palmariamente que dicho Consejero carece de facultades para el acto en que interviene, sin que dicha circunstancia pueda obviarse por el hecho de que exista un acuerdo de la Junta aprobando la compra, pues tal órgano carece de facultades para ello, por pertenecer dichas facultades al Consejo de Administración.

26 noviembre 2003

 

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