Otorgada por el Juez en rebeldía del dueño y a favor de éste

COMPRAVENTA

Otorgada por el Juez en rebeldía del dueño y a favor de éste

Otorgada por el Juez en rebeldía del dueño y a favor de éste

No es inscribible la escritura otorgada por el Juez en rebeldía de varios condueños y en la que el comprador resulta ser uno de los copropietarios, porque en lo que afecta a la parte de éste, falta la dualidad de elementos personales, comprador y vendedor, que son esenciales en el contrato de compraventa.

15 julio 1952

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