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Mini Informe BOE septiembre 2019

MINI INFORME

BOE SEPTIEMBRE de 2019

 

Nota: Este mes no se entresacan 10 disposiciones o resoluciones significativas por lo breve del informe.

 

DISPOSICIONES GENERALES:

Instrucción DGRN Prestadores de Servicios a Sociedades. Esta Instrucción DGRN establece la forma de inscripción en el Registro Mercantil de los profesionales prestadores de servicios a sociedades, mediante declaración exclusivamente telemática a fin de completar la transposición de la IV Directiva antiblanqueo.

Gota fría: medidas urgentes. Este RDLey aprueba medidas variadas fiscales, de Seguridad Social, de empleo, ayudas, seguros, de contratación, etc., que intentan paliar los graves efectos producidos por diversas calamidades naturales acaecidas desde el 1º de abril de 2019 y se prevé su aplicación a otras que puedan suceder hasta el 31 de marzo de 2020.

Convocatoria de elecciones y especialidades de éstas. Se convocan nuevas elecciones a Cortes que tienen especialidades por proceder de una investidura fallida, con reducción de trámites y acortamiento de plazos. También se convocan elecciones locales parciales. Dos Instrucciones de la Junta Electoral Central desarrollan los Decretos y fijan calendario.

Ministerio de Justicia: eliminación de documentos. Se determinan las series documentales que pueden ser destruidas, entre ellas, certificados de penales y de delitos sexuales, fijando los plazos de mantenimiento. Se hace referencia al procedimiento de eliminación.

Registro de cesiones de crédito. Esta Resolución regula el funcionamiento del Registro de cesiones de crédito de la Administración General del Estado estableciendo el procedimiento de presentación de la documentación de la cesión de crédito, los datos y la documentación a incorporar al Registro de cesiones de crédito y la tramitación de la cesión.

Disposiciones Autonómicas. Tan sólo recogemos dos leyes de Galicia, sobre administración digital y la del patrimonio natural y de la biodiversidad de Galicia.

TRIBUNALES.

Del Tribunal Constitucional, recurso que afecta al bono social térmico y conflicto positivo de competencias Estado-País Vasco sobre la base de datos de subvenciones. Del Tribunal Supremo, dos sentencias que afectan al Reglamento Sancionador Tributario y al Reglamento del IVA.

SECCIÓN 2ª:

Se publica en el BOE el resultado del Concurso 304 de Registros. Se jubilan dos notarios y un registrador.

RESOLUCIONES:

En SEPTIEMBRE se han publicado DIECISIETE.

RESOLUCIONES PROPIEDAD

350.() ADJUDICACIÓN DIRECTA EN PROCEDIMIENTO DE APREMIO. CALIFICACIÓN REGISTRAL DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS. A partir del 1 de enero de 2018, fecha de entrada en vigor de la nueva redacción del artículo 107 apartado 1 del Reglamento General de Recaudación, se elimina la adjudicación directa como procedimiento posterior y subsiguiente al procedimiento de subasta desierta. Esta materia ha sido tratada en los últimos meses en bastantes resoluciones. Se puede ver por todas la Resolución número 328 del Informe del mes de agosto de 2019. (JAR)

351 a la 356.() ADJUDICACIÓN DIRECTA EN PROCEDIMIENTO DE APREMIO. CALIFICACIÓN REGISTRAL DE DOCUMENTOS ADMINISTRATIVOS. A partir del 1 de enero de 2018, fecha de entrada en vigor de la nueva redacción del artículo 107 apartado 1 del Reglamento General de Recaudación, se elimina la adjudicación directa como procedimiento posterior y subsiguiente al procedimiento de subasta desierta. Es una consecuencia natural del procedimiento de apremio la extinción o agotamiento de la carga que se ejecuta, así como la purga o liberación de las posteriores, debiéndose hacer una interpretación integradora de acta y mandamiento.

357.*** HERENCIA DE CAUSANTE ALEMÁN. LEY APLICABLE. LEGÍTIMA. Cabe la afección a favor de legitimario sobre bien de la herencia siendo el causante extranjero residente en Formentera. De ser aplicable a una sucesión transfronteriza el Reglamento Europeo 650/2012 las cuestiones relativas a la legítima de extranjero residente en España, salvo professio iuris, se rigen, regla general, por la ley de la unidad territorial en la que el causante hubiera tenido su residencia habitual en el momento del fallecimiento, art.36.2,letra a). El ámbito de aplicación del Reglamento, artículo. 1.2.a, no comprende las cuestiones relativas a filiación ni por tanto el eventual reconocimiento incidental de la acreditación de la filiación respecto de la causante.

358.** NEGATIVA A EXPEDIR CERTIFICACIÓN. COMPETENCIA OBJETIVA DEL JUZGADO EN CONCURSO FASE DE LIQUIDACIÓN. El juez del concurso es el competente para conocer de un procedimiento de ejecución hipotecaria iniciado durante la fase del convenio, pero cuya certificación se solicita cuando consta ya iniciada la liquidación por incumplimiento del convenio.

359.** CESIÓN DE CRÉDITO HIPOTECARIO E INTERVENCIÓN DEL DEUDOR. AUTOCONTRATO Y CONFLICTO DE INTERESES EN EL ÁMBITO SOCIETARIO. En una cesión de crédito hipotecario el negocio jurídico se perfecciona entre cedente y cesionario, por lo que el deudor, aunque comparezca en la escritura, no interviene en dicho negocio jurídico y por ello no puede haber ni autocontratación ni conflicto de intereses con dicho deudor. El conflicto de intereses, de haberlo, no afecta al poder de representación de los administradores sociales y no puede ser objeto de juicio notarial ni de calificación registral, a diferencia de los casos con autocontrato que sí afecta al poder de representación y está sujeto a ese control notarial y registral.

361.*** AGRUPACIÓN CON CAMBIOS DESCRIPTIVOS. INSCRIPCIÓN DE REPRESENTACIÓN GRÁFICA ART. 199 LH. OPOSICIÓN DE COLINDANTES. En la agrupación de fincas hay que inscribir la representación gráfica de la finca agrupada, para lo que no se precisa el procedimiento del artículo 199 LH como regla general, pero será necesario cuando haya modificaciones descriptivas que pudieran afectar a colindantes. Son dudas suficientes de identidad el cambio de linderos fijos y la oposición de colindantes que aportan informe técnico topográfico.

362.* INSCRIPCIÓN DE REPRESENTACIÓN GRÁFICA CATASTRAL. FINCA PROCEDENTE DE SEGREGACIÓN Y OPOSICIÓN DE COLINDANTES. Las dudas de identidad han de ser motivadas. No basta una oposición no debidamente fundamentada del colindante. No basta en sí mismo que la finca proceda de segregación.

363.** INSCRIPCIÓN DE FINCA QUE INVADE PARCIALMENTE EL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO TERRESTRE. NATURALEZA NO ADMINISTRATIVA DE LA FUNCIÓN REGISTRAL. Si la finca invade parcialmente el dominio público no se puede inscribir sin el deslinde de Costas. El deslinde lo tiene que pedir el presentante del documento, no el registrador, pues al procedimiento registral no le son en general de aplicación las normas del procedimiento administrativo al ser una actividad cercana a la jurisdicción voluntaria sujeta a la jurisdicción civil.

364.*** NEGATIVA A ADMITIR SOLICITUD DE CONCILIACIÓN. ALCANCE DEL ART. 1355 CC. La negativa del registrador a admitir una solicitud de conciliación es recurrible ante la DGRN. No es requisito de la solicitud la declaración de que no se ha resuelto otro expediente sobre el mismo asunto. El uso del artículo 1355 del Código Civil entre los cónyuges permite probar con posterioridad el carácter privativo del dinero invertido, que no alteraría la naturaleza ganancial del bien, sin perjuicio del derecho de reembolso en la liquidación de los gananciales.

RESOLUCIONES MERCANTIL

348.** CAMBIO DE SOCIO ÚNICO. AUTONOMÍA DE LA DECLARACIÓN DE UNIPERSONALIDAD. CIERRE REGISTRAL POR REVOCACIÓN DE N.I.F. No es posible constatar en la hoja de la sociedad el cambio de socio único, si la escritura de transmisión de participaciones no cumple lo exigido en el artículo 203 del RRM.

349.** NOMBRAMIENTO Y CESE DE ADMINISTRADORES. DOCUMENTOS ANTERIORES PENDIENTES DE INSCRIPCIÓN. DUDAS SOBRE LA VÁLIDA CONSTITUCIÓN DE LA JUNTA. Para la inscripción del cambio de forma de administración es necesario escritura pública no siendo suficiente el acta notarial de la junta. Si existen títulos anteriores pendientes de inscripción lo procedente es suspender la calificación.

360.*** CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD. DIFERENCIAS EN LA DENOMINACIÓN EN EL CIF. FORMA DE CONVOCAR JUNTA. ESTATUTOS SOCIALES. COSTAS DEL RECURSO. Una pequeña diferencia en el nombre de la sociedad en el CIF o en el modelo 600 no impide la inscripción. Si se transcribe en estatutos un artículo de la LSC y este ha sido modificado, no será admisible la transcripción literal del anterior artículo derogado, omitiendo una nueva exigencia del vigente.

 

INFORME COMPLETO: 

PARTE I (Sección I y II)

PARTE II (Resoluciones) 

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Aguas transparentes y acantilado en Menorca. Por Silvia Nuñez