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Canales de informantes para la lucha contra la corrupción

RESUMEN DE LA LEY QUE REGULA LA PROTECCIÓN A LAS PERSONAS QUE INFORMAN SOBRE CORRUPCIÓN Y SUS CANALES

 

Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.

 

Resumen en breve:

Esta Ley regula la colaboración ciudadana y su protección en la lucha contra la corrupción, estableciendo las normas mínimas de los canales de información, tanto externos, como internos de las propias organizaciones. Obligación de contar con un canal de información interno por parte de empresas a partir de 51 trabajadores y organismos públicos (entre ellos, los Colegios Notariales y el Colegio de Registradores). Se crea la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

Introducción

La ley incorpora al Derecho español la Directiva (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión.

La Directiva regula aspectos mínimos que han de satisfacer los distintos cauces de información a través de los cuales una persona física que sea conocedora en un contexto laboral de una infracción del Derecho de la Unión Europea, pueda dar a conocer la existencia de la misma.

En concreto, obliga a contar con canales internos de información a muchas empresas y entidades públicas porque se considera que es preferible que la información sobre prácticas irregulares se conozca por la propia organización para corregirlas o reparar lo antes posible los daños.

Además de tales canales internos, exige la Directiva la determinación de otros canales de información «externos», con el fin de ofrecer a los ciudadanos una comunicación con una autoridad pública especializada, lo que les puede generar más confianza al disipar su temor a sufrir alguna represalia en su entorno.

La ley se estructura en nueve Títulos, disposiciones adicionales, transitorias y doce finales.

Título I: Finalidad y el ámbito de aplicación

El Título I precisa la finalidad y el ámbito de aplicación de la ley.

La finalidad de la norma es la de proteger a las personas que en un contexto laboral o profesional detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves y las comuniquen mediante los mecanismos regulados en la misma.

El ámbito de aplicación material se extiende a las infracciones del Derecho de la Unión previstas en la Directiva y a las infracciones penales y administrativas graves y muy graves de nuestro ordenamiento jurídico.

El ámbito personal de aplicación protege a los informantes que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional.

Título II: Sistema interno de información

El Título II de la ley establece el régimen jurídico del Sistema interno de información, que incluye el canal para la recepción de información, el responsable del Sistema y el procedimiento. El sistema interno debe utilizarse de manera preferente para canalizar la información, pero se permite al informante elegir el canal a seguir según las circunstancias y los riesgos de represalias que considere.

El sistema debe cumplir ciertos requisitos, como la garantía de confidencialidad y la protección del informante. Se permite la comunicación anónima, pero se exceptúa en caso de que una norma nacional prevé revelarlo o se solicita en el marco de un proceso judicial. La Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción y el Reglamento (UE, EURATOM) n.º 883/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo permiten la información anónima.

En el ámbito privado, estarán obligadas a configurar un Sistema interno de información todas aquellas empresas que tengan más de cincuenta trabajadores. No obstante, la ley permite a las empresas que cuenten con menos de doscientos cincuenta trabajadores, compartir medios y recursos para la gestión de las informaciones que reciban, quedando siempre clara la existencia de canales propios en cada empresa.

En todo caso, con independencia del número de empleados, se obliga a contar con un Sistema interno de información a todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, y fundaciones que de los mismos dependan, siempre que reciban fondos públicos para su financiación.

Con relación al sector público, han de contar con un Sistema interno de Información las Administraciones públicas, ya sean territoriales o institucionales, las autoridades independientes u otros organismos que gestionan los servicios de la Seguridad Social, las universidades, las sociedades y fundaciones pertenecientes al sector público, así como las corporaciones de Derecho Público (como lo son los Colegios Notariales y el Colegio de Registradores). También, todos los órganos constitucionales y de relevancia constitucional, así como aquellos mencionados en los Estatutos de Autonomía.

La D.Tr. 2ª concede un plazo de creación o adaptación de estos canales que concluye el 1 de diciembre de 2023 paras las empresas por debajo de 250 trabajadores. Para el resto, el plazo es más breve, pues termina el 13 de junio de 2023.

Título III: Canal externo de información

El título III regula el canal externo de información donde pueden acudir las personas físicas que deseen informar. Estará gestionado por la Autoridad Independiente de Protección del Informante (A.A.I.) y gozará de independencia y autonomía en la recepción y tratamiento de la información sobre las infracciones.

El colaborador podrá acudir a este canal directamente o con posterioridad a la previa formulación de información ante el canal interno.

Se establece el procedimiento de recepción de comunicaciones y el trámite de admisión, que incluye un análisis preliminar y la decisión de admisión, inadmisión motivada o remisión a otra autoridad u organismo. Se comunicará al Ministerio Fiscal en caso de indicios de delito.

Si se admite a trámite la comunicación, se inicia la fase instructora, que culmina con la emisión de un informe por la A.A.I., tras el cual, cabe el archivo o la iniciación de un expediente sancionador. La resolución de la A.A.I. no puede ser objeto de recurso. Se regula el conjunto de derechos y garantías que ostenta el informante en el procedimiento.

La ley también prevé la posible implantación de canales externos por parte de las comunidades autónomas.

Título IV: Disposiciones comunes al canal interno y externo.

El título IV contiene disposiciones comunes a las comunicaciones internas y externas. Se regula la obligación de proporcionar información adecuada de forma clara y fácilmente accesible sobre los canales de comunicación interna y externa. También se recoge la obligación de llevar un libro-registro de las informaciones recibidas y de las investigaciones internas a que hayan dado lugar.

Título V: Revelación pública.

El título V se ocupa de la revelación pública, que define como la puesta a disposición del público de información sobre acciones u omisiones en los términos previstos en esta ley.

Los informantes que utilizan los cauces internos y externos cuentan con un régimen específico de protección frente a las represalias, incluyendo la protección de las fuentes que mantienen los periodistas, especialmente los de investigación.

Título VI: Tratamiento de datos

El título VI regula el régimen del tratamiento de datos personales que deriven de la aplicación de esta ley.

Título VII: Medidas de protección.

El título VII se centra en las medidas de protección para amparar a aquellas personas que alertan sobre infracciones graves que dañan el interés general.

La ley prohíbe y declara nulas las conductas de represalias como resolución de contratos o daño reputacional; ofrece medidas de protección y anula cualquier cláusula contractual que limite el derecho de informar, tales como cláusulas de confidencialidad o disposiciones que reflejan renuncias expresas. Los informantes también contarán con el apoyo de la Autoridad Independiente de Protección del Informante.

Además, las personas a las que se refieren los hechos relatados en la comunicación también tienen derecho a una protección adecuada.

La ley incluye regulaciones sobre los programas de clemencia en ciertos ámbitos sectoriales, que pueden implicar la exención o atenuación de la sanción.

Título VIII: Autoridad Independiente

El título VIII regula la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

Para cumplir los objetivos de esta ley y transponer la Directiva 2019/1937, es necesario establecer una autoridad independiente y especializada técnicamente que reciba la información y la investigue, colaborando con el Ministerio Fiscal cuando se detecten delitos y proteja debidamente al informante.

De sus tres capítulos, el primero de ellos recoge la naturaleza y funciones de la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.: Se trata de un ente de derecho público de nueva creación, con personalidad jurídica y patrimonio propios, dotado de autonomía e independencia orgánica y funcional respecto del Ejecutivo y del sector público, así como de toda entidad cuya actividad pueda ser sometida a su supervisión. Está vinculada al Ministerio de Justicia.

Entre sus funciones se encuentra la llevanza del canal externo de comunicaciones (complementando los canales internos establecidos por las entidades públicas y privadas), asunción de la condición de órgano consultivo y de asesoramiento del Gobierno en materia de protección del informante, elaboración de modelos de prevención de delito en el ámbito público, asunción de la competencia sancionadora en la materia, entre otras.

El capítulo II desarrolla el régimen jurídico de la A.A.I.

Se rige por lo dispuesto en esta ley y en su Estatuto (que se aprobará). Supletoriamente, en cuanto sea compatible con su plena independencia se regirá por las normas citadas en el artículo 110.1 de la Ley del Sector Público.

Su régimen presenta singularidades en materia de personal, de contratación, patrimonial, de asistencia jurídica, presupuestario, de contabilidad y de control económico-financiero. Entre ellas, cabe destacar que se le concede potestad para elaborar circulares y recomendaciones y el ejercicio de la potestad sancionadora prevista en el título IX.

El capítulo III del título VIII recoge el régimen de organización interna de la entidad. Se prevé la existencia de una Presidencia, órgano de gobierno de la Autoridad, que tendrá como órgano de asesoramiento una Comisión Consultiva, de marcado carácter técnico. El presidente será nombrado por un plazo improrrogable de 5 años y tendrá el rango de subsecretario.

Respecto a la coordinación de sus competencias con las de las comunidades autónomas, la A.A.I. podrá tramitar las comunicaciones que se reciban a través de su canal externo que afecten al ámbito competencial de aquellas CCAA que así lo decidan y suscriban el correspondiente convenio, y aquellas otras que no prevean órganos propios que canalicen, en su ámbito competencial, las comunicaciones externas. Ver también la D.Ad. 2ª (convenios con las CCAA) y (País Vasco).

La A.A.I. elaborará una memoria anual y de información estadística agregada (D.A. 3ª).

Título IX: Régimen sancionador

El título IX -que es el último- establece el régimen sancionador, para combatir aquellas actuaciones que impliquen represalias contra los informantes, así como los incumplimientos en el establecimiento de las reglas de los canales de comunicación.

Disposiciones Adicionales

Concluye la ley con seis disposiciones adicionales relativas a:

– la revisión periódica de los procedimientos de recepción y seguimiento de las comunicaciones por las autoridades responsables,

– los convenios que puedan suscribir Estado y comunidades autónomas,

– la elaboración de una memoria anual y de información estadística agregada,

– la administración de los Territorios Históricos del País Vasco

– y la Estrategia contra la corrupción y a la extensión de las medidas de protección;

Disposiciones finales

De las doce disposiciones finales, destacamos:

La D.F. 1ª incluye en el artículo 2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de asistencia jurídica gratuita a las personas informantes, según esta Ley.

La D.F. 2ª afecta al artículo 10 (competencias de las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los TSJ) y a la D.Ad. 4ª (recursos) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para incluir a la nueva Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

La D.F. 3ª introduce la D.Ad. 12ª en la Ley de Defensa de la Competencia dedicada a la comunicación de posibles infracciones a través del canal externo de comunicaciones de la Dirección de Competencia de la CNMC.

La D.F. 4ª modifica el art. 65.5 de la Ley de prevención del blanqueo de capitales, dedicado a la protección de personas.

La D.F. 5ª introduce el apartado 3 dentro del artículo 122 la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, que se dedica a la protección en el ámbito laboral y contractual.

La D.F. 6ª retoca el artículo 71 de la Ley de Contratos del Sector Público, sobre prohibición de contratar.

La D.F. 7ª afecta al artículo 24 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, sobre el tratamiento de datos para la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas.

Las siguientes disposiciones finales se refieren a los títulos competenciales, la incorporación de la Directiva (EU) 2019/1937, una cláusula de habilitación normativa y la previsión de que en el plazo de un año tendrá Estatuto la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I.

Entrada en vigor

Entrará en vigor el 13 de marzo de 2023 (a los 20 días de su publicación en el BOE). Deben de tenerse en cuenta los plazos para la entrada en funcionamiento de los canales internos: 13 de junio de 2023 (general) o de 1 de diciembre de 2023 (para empresas de menos de 250 trabajadores).

 

Enlaces

INFORME NORMATIVA FEBRERO DE 2023

OTRAS NORMAS CONCRETAS

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PORTADA DE LA WEB

Vista nocturna de la Casa de las Conchas de Salamanca. Por Raquel Laguillo.

Daniel Iborra: Sobre lo que he aprendido escribiendo de política y economía

SOBRE LO QUE HE APRENDIDO ESCRIBIENDO DE POLÍTICA Y ECONOMÍA

DANIEL IBORRA FORT, NOTARIO

 

 * ¡Qué gran país seríamos, si escogiéramos mejor a los políticos!

 * ¿Por qué nos quejamos de la falta de competencia de tantos dirigentes políticos si aceptamos su nombramiento para desempeñar funciones en las que no estaban capacitados, sin hacer ninguna crítica?

 * Un pueblo que no ha sabido escoger, controlar ni corregir a sus dirigentes, no merece quejarse de los fracasos de su gestión.

 * La democracia no camina sola, necesita del impulso de un número mínimo de ciudadanos sensatos y diligentes que la conduzcan por el camino de la eficiencia. Esto es tan determinante que he llegado a sospechar que la diferencia de calidad de las democracias es que en unas el número es menor y en otras mayor.

 * Si sólo un uno por ciento de los que se indignan por los aeropuertos sin aviones y las autopistas sin coches, hubiera preguntado, antes de su inauguración, sobre el coste de las mismas  y de su mantenimiento, qué utilidad tendrían para la población y cómo lo pagaríamos, seguramente tendríamos menos inversiones inútiles.

 * Mientras cualquier novedad en otro campo que no sea el político se incorpora de inmediato en nuestra cultura de consumidores, en el ámbito político pueden pasar 100 años y continuamos con los mismos tópicos, mitos y dogmas. Solo se explica por “el perfil de creyentes” de muchos votantes. De ahí que venimos insistiendo en la “secularización de la política” en España para tener un Estado más eficiente.

 * Es muy importante que los ciudadanos tengan consuelo y reparación en las grandes crisis pero creo que es todavía más eficaz que los gestores públicos cuenten con preparación e inteligencia suficiente para saber gestionarlas y evitar daños tan graves.

 * No son de las promesas de los políticos sino del éxito de los productos y de los servicios nacionales en los mercados, de lo que derivan el nivel de renta de la población, la remuneración, la seguridad y la cantidad del empleo, la financiación de los servicios públicos y las prestaciones sociales y en definitiva, la calidad del Estado del bienestar.

 * Es la competitividad del sistema productivo el motor del desarrollo de los pueblos.

 * La crisis ha evidenciado la indefensión del ciudadano frente a la gestión pública. Es de las pocas actividades que no se juzga la incompetencia y el fraude como responsables directos de la ruina social. Ni aún hoy, con tantos damnificados, se ha planteado este debate.

 * De todas maneras si me preguntan mi experiencia sobre la crisis he llegado a la conclusión de que poca gente hace caso en este clima de euforia general. Es como un final de curso de una universidad o de un instituto, cuando entras a la juerga a  poner un poco de sensatez recomendando a los presentes que dejen de beber, pronto te das cuenta que no es el momento oportuno de hacerlo.

 * Todos los sistemas políticos tienen defectos, no hay ninguno perfecto. Pero las democracias tienen la ventaja de que, como no encierran, apalean y eliminan a los que las intentan perfeccionar y permiten relevar a los políticos incompetentes, malversadores y corruptos, pueden reducirlos.

 * Aunque hay que reconocer que cuando los defectos benefician a un gran número de personas y con ello arriesgan la cuota de votos de los gestores, cuesta mas eliminarlos”´

 * Es mas fácil hacer manifestaciones que resolver los problemas de los manifestantes.

 * La calidad de las democracias depende de la reacción ciudadana ante los abusos del poder, las actuaciones contrarias a la legislación, la incompetencia y la corrupción.

 * Mientras los grandes países europeos pasaban a convertirse en una especie de provincias de un nuevo Estado, para asegurar el futuro económico y social de sus pueblos, nuestro país continuó un proceso contradictorio con las obligaciones que habíamos asumido como socios de un proceso de integración política y económica. Y generó, en paralelo a la creación de nuevos órganos y funciones supranacionales con sus costes correspondientes, una estructura territorial inadecuada e inviable económicamente que desarrolló una fragmentación legal contraria a los fundamentos económicos y al régimen constitucional comunitario.

 * Se necesita menos dinero y es más rentable electoralmente controlar la información que hacer hospitales, carreteras o escuelas y mejorar los servicios públicos o las prestaciones sociales. Si ignoras lo primero durarás muy poco aunque seas un buen gestor, si lo tienes en cuenta estarás más tiempo aunque seas un inútil y un desastre para los ciudadanos.

 * Hay medios que, si se lo proponen, son capaces de reducir un desierto a un grano de arena y de convertir una gota de agua en un mar, de manera que no es extraño que, a la vez que hacen dimitir a un adversario político por un motivo trivial y externo, son capaces de mantener a un amigo que lleva su país a la ruina.

 * Hay dos tipos de profesionales que se llaman periodistas, los que se dedican a dar una información veraz a la población y los otros. Estos últimos ni en los temas que escogen, ni en la ética profesional ni en los intereses reales que defienden tienen nada que ver.

 * El tema de la corrupción en España es un misterio. Si es tan antigua, si era de mayor dimensión que la actual y sólo afectaba a los políticos, ¿qué impidió que nuestros medios informativos, sectores de la cultura, nuestras instituciones, los agentes sociales y sindicales y hasta nuestros más modestos ciudadanos, denunciaran una corrupción que era tan conocida por todos?
 * Los que dirigieron la transición siempre podrán justificar que, aunque a trompicones, al final dejaron un país entre las democracias plenas y que nunca habían tenido los ciudadanos tanto progreso y libertad, mientras los que les critican están socavando los cimientos de nuestro futuro.

 * En la pandemia: Para confinar a los ciudadanos no se necesita ninguna inteligencia ni preparación, para asegurarles su renta y el trabajo cuando cese y vuelvan a su “vida normal”, sí.”

 

Daniel Iborra Fort , 11 de mayo de 2022.

 

*Estos textos  son  una selección  de mi  libro “Sobre lo que he aprendido escribiendo sobre economía y política” a lo largo de mis años de escritor. Espero, en artículos futuros, hacer una ampliación con el resto.

 

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Viñas en el Penedès, Santa María de Foix. Por Ángela Llop, en Flikr. https://www.flickr.com/photos/angela_llop/10825224653

 

Fuentes de las obligaciones, corrupción y sucesión mortis causa.

Fuentes de las obligaciones, corrupción y sucesión mortis causa.

FUENTES DE LAS OBLIGACIONES, 

CORRUPCION Y SUCESION MORTIS CAUSA. 

Antonio Ripoll Jaen, 

Notario

 

Quae usque tandem Catilina abutere patientia nostra” (Cicero versus Catilina).

 

I.- Las Fuentes.

Hace ya mucho tiempo, tal vez demasiado y casi olvidado -maldito sea tiempo y espacio-, traté, muy superficialmente, el tema de las Fuentes de las Obligaciones, en un trabajito publicado en estas páginas bajo el titulo “Reforma Reglamento Notarial. Real Decreto 4/2007 de 19 de enero. Legitimación de Firmas”.

El trabajito en cuestión, también publicado por la revista La Notaria, en su edición mensual y en otra de selección de trabajos sobre Derecho Notarial, tuvo al parecer cierta aceptación en los medios jurídicos y en él se trataba, como ya preconizaba su titulo, de la legitimación notarial de firmas mediante cotejo con las del DNI.

Mi respuesta, sometida a otra mejor fundada, fue afirmativa fundándome en el carácter meramente enunciativo o abierto del nuevo artículo 259 RN, lo que me obligó previamente a interpretar el art. 1089 CcE que hoy constituye el objeto directo de nuestra atención.

 

II.- El Delito.

La enunciación de las fuentes de las obligaciones está prevista en el art. 1089 CcE que menciona, entre otras, “los actos y omisiones ilícitos”, entendiéndose por tales, como permiten afirmar los arts 1092 y 1093 del mismo cuerpo legal, los delitos, de una parte, y los actos u omisiones en que intervenga culpa o negligencia no penadas por la ley, de otra, sometidos a distinto régimen jurídico.

Limitándonos al delito, o más exactamente al hecho delictivo, por exigencias del epígrafe que antecede, diré que desarrolla esta fuente de las obligaciones -el delito- el art. 1092 que circunscribe los ilícitos a los delitos como fuente de las obligaciones civiles, quedando excluidas hoy las faltas, al reducirse los ilícitos penales a solo el delito en sus diversas graduaciones.

La remisión que el último precepto invocado hace al Código Penal obliga a hacer una incursión, naturalmente en superficie, o de mera remisión, a este cuerpo legal, así como a su ley adjetiva constituida por la Ley de Enjuiciamiento criminal.

Del CP referenciamos los arts 109 a 115 que regulan la responsabilidad civil derivada del delito y 116 a 122 que determinan las personas civilmente responsables de los daños o perjuicios derivados del hecho delictivo; así es de destacar, en este último aspecto, el art.116.1., al prescribir que “Toda persona criminalmente responsable de un delito lo es también civilmente si del hecho se derivaren daños o perjuicios”.

Por esa genérica referencia al “hecho” ha de entenderse el hecho delictivo, que exige como presupuesto sentencia firme condenatoria como intentamos justificar a continuación.

En efecto, la extinción de la acción penal está regulada en el art. 130 CP cuyo número 1º sanciona con dicho alcance “la muerte del reo”, entendiéndose por tal -reo- el condenado por sentencia firme y así permite afirmarlo el art. 133 del mismo código que al regular la prescripción se refiere a “las penas impuesta por sentencia firme” por lo que a sensu contrario  es licito concluir que mientras la sentencia no sea firme no hay delito ni reo, persistiendo la presunción de inocencia, aunque muy debilitada, cuando la sentencia sea definitiva y posibilitada de recurso, bien por no haberse agotado los plazos o bien por haberse ejercitado efectivamente el derecho a recurrir.

De la Ley de Enjuiciamiento Criminal referenciamos los arts 634 a 645 que regulan el sobreseimiento de la causa penal.

Resumo, la muerte del encausado, en cualquier momento procesal, determina el sobreseimiento de la causa respecto del fallecido y a fortiori la ausencia de delito por inexistencia de sujeto criminalmente responsable, así como de la responsabilidad civil de los posibles daños o perjuicios causados.

En definitiva, sin delito acreditado y sancionado por sentencia firme decae la fuente de las obligaciones civiles fundadas en esta causa.

La muerte del encausado y, en su caso, condenado, mientras la sentencia no sea firme exige auto de sobreseimiento.

Me parece conveniente aclarar o sugerir que si la sentencia definitiva ha sido recurrida el sobreseimiento depende del momento procesal del recurso de casación; en efecto, si existe auto de admisión, se han concluido los escritos de alegaciones de las partes y el caso esta exclusivamente en la ponencia para su posterior deliberación por el Tribunal y visto para sentencia, no se extingue la acción penal ni procede, en consecuencia, el sobreseimiento; muy por el contrario, si la muerte es anterior a la fase de alegaciones hacemos transito a lo que hemos mantenido, extinción  de la acción penal y sobreseimiento.

¿Y por qué las cosas son así? Y esta es mi respuesta: porque de mantener lo contrario se produciría una situación de indefensión que vulneraria el principio de Tutela Judicial Efectiva sancionado por el artículo 24 de la Constitución.

 

III.- La sucesión mortis-causa.

Espero, querido lector, que la lectura de este trabajito la hayas hecho con una perspectiva teleológica y que esa lectura te sugiera aquella canción de Laisa Minnelli “Money, Money” en la película Cabaret.

Así es, porque el tema que nos ocupa hace referencia a la base objetiva de la sucesión que se concreta en el art. 659 del CcE que me tomo la licencia de testimoniar:

La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona, que no se extingan por su muerte”.

Así de simple, los herederos del fallecido y condenado en sentencia definitiva, pendiente de recurso, por no haberse agotado los plazos, o recurrida, al no tener firmeza dicha sentencia, caso de aceptar dichos herederos la herencia, pura y simplemente, o a beneficio de inventario, no tienen ni asumen responsabilidad alguna, ni penal, por supuesto y ¡faltaría más!, ni civil por las daños o perjuicios que se hayan podido causar.

Esas obligaciones, presuntamente derivadas del delito, con consecuencias civiles, cuyo venero se ha secado, no forman parte de la base objetiva de la sucesión porque para el Derecho no existen respecto del fallecido y sus herederos por la subrogación que el fenómeno sucesorio implica ex art. 661 CcE.

 

IV.- Anatomía de una muerte insinuada y consumada.

El capitalismo, llevado a sus últimas consecuencias, convierte una sociedad democrática en plutocrática, exactamente lo mismo que sus regímenes opuestos, de raigambre materialista e historicista, solo que en los primeros los plutócratas son un grupo minoritario de personas y en los segundos es el Estado que anula al individuo.

El dinero es muy pegadizo y tentador y no está de más recordar que uno de los fundamentos de la sucesión mortis causa está en la transmisión de nuestro patrimonio o lo que quede de él a los descendientes, cónyuges y seres queridos, en el respeto y protección de la afectividad del causante y, en este mundo de locura todo es pensable hasta llegar a entregarse a su destino para preservar ese patrimonio y proteger a sus destinatarios liberándolos de toda responsabilidad. Estaríamos, permítaseme la extravagancia, ante una enajenación en fraude de acreedores post mortem.

¿Es pensable que alguien decida suicidarse –en el momento procesal oportuno- para evitar el pago de deudas y proteger su patrimonio para que lo reciban sus herederos libre de todo debito y responsabilidad derivada de un delito? Posible desde luego que lo es, probable no. ¡Quién sabe lo que hay en los entresijos de una mente cruelmente maltratada, ultrajada y devenida enfermiza!

Esto que digo es muy duro y no va más allá de una mera teorización dramatizada con final trágico; en el último epígrafe me explico.

 

V.- Hacia una sociedad y un derecho humanizados: la misericordia.

Esta mañana he leído en el diario Información de Alicante un artículo de José Maria Asensio Mellado, catedrático de Derecho Procesal, con el que estoy de acuerdo en casi todo y sobre todo con esto que entresaco:

La presión mediática…es insoportable y conduce a que personas con una capacidad de aguante limitada opten por terminar con su vida cuando su honor y fama se ponen en entredicho diariamente sin posibilidad de defensa o reparación…”

Y es que la compasión verdaderamente debe incorporarse a la sociedad y al derecho para todos y muy especialmente para quienes no hayan sido condenados por sentencia firme y sus familias.

Evítense los juicios paralelos y acéptese, con humildad, las consecuencias sociales de nuestros actos ilícitos.

Y concluyo estas letritas con algunos de los consejos que don Quijote le dio a Sancho antes de tomar posesión como Gobernador de la Isla Barataria:

Cuando pudiere y debiere tener lugar la equidad, no cargues todo el rigor de la ley al delincuente, que no es mejor la fama del juez riguroso que la del compasivo.”

“Si acaso doblares la vara de la justicia, no sea con el peso de la dadiva, sino con el de la misericordia.”

 

Antonio Ripoll Jaen

Alicante 25 de julio de 2017, cumpleaños de mi hijo Carlos.

 

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Fuentes de las obligaciones, corrupción y sucesión mortis causa.

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Gasto público y corrupción: ¿Ha habido mejora?

  GASTO PÚBLICO Y CORRUPCIÓN ¿NUESTRO SISTEMA DEMOCRÁTICO HA AVANZADO EN CALIDAD LOS ÚLTIMOS 25 AÑOS?

Daniel Iborra Fort,

Notario de Vilafranca del Penedès

 

Aunque parezca un poco extraño a quienes confían, todavía, en la fiabilidad de nuestros medios de información en relación a sus denuncias de corrupción en este país, según los Índice de percepción y control de la corrupción, España ha mejorado los últimos años (en un artículo anterior en NYR ya demostramos el carácter selectivo de la denuncia de la corrupción de los medios).

Si repasamos los países incluidos en la relación comprobaremos que no todos los países con democracia están agrupados en los primeros lugares.

 Si uno quiere comprobar la mejoría no tiene más que preguntárselo a los proveedores del sector público sobre si es o no más fácil hacer negocios con las instituciones públicas que hace 25 años. Lo que no se me ocurriría es preguntárselo a “los medios” ya que, buena parte de ellos, ha tenido en relación a la corrupción más indolencia y complicidad que denuncia, tal vez porque “el sistema” anterior no les iba tan mal.

El artículo “UNA MANERA RÁPIDA DE ELIMINAR EL DÉFICIT PÚBLICO: REDUCIR LOS GASTOS ELECTORALES” lo redacté el 14 de diciembre de 1993, en un momento en la que la sociedad no supo utilizar las convulsiones de aquella época para mejorar la eficiencia de nuestro sistema democrático. Los actuales defectos en la gestión pública tal vez tengan que ver con anteriores fallos de control y de elección de los ciudadanos. De ahí que, como comentamos anteriormente, un pueblo que es incapaz de seleccionar, controlar y corregir a sus dirigentes públicos no merece quejarse de los resultados negativos de su gestión.

“Parece que, por fin, se está generalizando entre los ciudadanos, la opinión de que hay que reducir los gastos electorales. Este estado de ánimo ha trascendido de la sociedad a los centros directivos de los partidos políticos, con lo que se puede hablar de que existe actualmente un consenso para resolver el tema.

Pero, creo, que se está centrando la atención en la parte más marginal del llamado gasto electoral.

Lo más habitual es que se discuta el montante del costo de la publicidad en vallas y en correspondencia y los gastos de los actos políticos del último mes de la campaña electoral, pero se olvidan los acumulados en todo el período legislativo anterior.

¿Cual es el montante verdadero de los gastos electorales en España?

Tendremos que sumar todos los gastos que exceden de lo que llamaríamos una gestión prudente del Estado y que van dirigidos a consolidar y ampliar la cuota del mercado de votos de la opción política que administra los fondos públicos.

Por lo tanto, hay que incluir los gastos dedicados al control de la educación, la cultura y la información en beneficio de la clase política dirigente. El coste económico del control de estos sectores que sirve para dirigir la sensibilidad de los ciudadanos introduciendo un mensaje continuo en el cuerpo social, que propiciará la decantación de los futuros votantes a la filosofía del partido en el poder y en paralelo el rechazo de las otras opciones políticas competitivas.

Los fondos destinados a financiar los déficits de las televisiones públicas pero, también, los destinados a las televisiones y medios de información privados en cuanto sean discriminatorias, a través de la llamada publicidad institucional, compras oficiales para instituciones y organismos públicos o con ayudas a la renovación tecnológica, por ejemplo, que sirven para mediatizar e influir en la dirección intelectual de estos medios de comunicación, privándoles de independencia y convirtiéndoles en eficaces instrumentos de publicidad política. La dirección de la información es fundamental para el control de las mentes y, por eso, las batallas más crueles de los últimos tiempos se dan en este campo.

La cantidad de fondos que de los presupuestos se dedican a financiar obras cinematográficas, teatrales o literarias con el objeto de propagar el ideario político del que los patrocina y anular el del competidor.

El día que desaparezca esta promoción pública, comprobaremos el valor objetivo de tantos intelectuales, artistas y músicos, utilizados como propagandistas, pero financiados con renta proveniente de todos los ciudadanos, tan asiduamente promocionados por el dependiente e interesado, sector informativo.

Por eso en cada elección intervienen en la lucha política con tanta agresividad como los políticos ya que, su renta y su futuro dependen de la misma suerte.

También hay que incluir los fondos destinados al control de la enseñanza con el objetivo de conseguir personalidades afines al ideario político dirigente con independencia y, muy a menudo, en contradicción con los intereses del sector estudiantil.

También el coste del asentamiento en la burocracia de personas afines y que se convertirán no sólo en un electorado fiel, sino también, en una legión de propagandistas eficaces dedicados a amplificar en la sociedad los mensajes políticos del que los introdujo en la administración.

Además, los fondos públicos dirigidos a categorías sociales (ejm. el desempleo agrario en algunas zonas o las subvenciones puntuales) que sirven para asentar y ampliar el núcleo de votantes y comerciales de la región.

También habría que añadir el dinero dirigido a obras e inversiones sin una clara razón de Estado por ejemplo ¿Entran dentro de una buena administración los enormes costes de inversiones como el AVE, las Olimpiadas, la Expo, las redes de autovías de zonas tan alejadas de los centros productivos y de los mercados exteriores? ….. Existe la sospecha de que una gran parte de las últimas inversiones del país no están basadas en razones de eficiencia económica o de utilidad social sino por motivos políticos, en momentos y zonas de utilidad electoral dejándose de cubrir auténticas necesidades sociales sólo porque no producen inmediatos réditos electorales (ejm. repoblaciones forestales, investigación pública, redes de abastecimiento de agua potable y desagües, pantanos…).

Y hasta habría que incluir, los fondos dedicados a la promoción exterior de buena parte de políticos, en diferentes ámbitos, así como a objetivos aparentemente fuera de la órbita política pero que, en determinados casos, puede tener una gran eficacia electoral, como el mantenimiento actual del valor de la peseta ¿Cuanto ha costado al país el evitar una devaluación por las consecuencias que tendrían para la cuota de mercado del partido en el poder?

Así pues, vemos que, en materia de gastos electorales, queda mucho por podar de un árbol que se ha desarrollado en todos los niveles del Estado (central, autonómico y local) echando sus raíces en los presupuestos hasta dejarlos exhaustos y que se genera y crece en sociedades que permiten que se apropie, una clase política y para sus intereses, del dinero de todos, haciendo inútil el esfuerzo de solidaridad colectiva que supone el pago de impuestos presentes y futuros.”.

 En un artículo publicado unos meses mas tarde, el 18 de marzo de 1.994, en base a las reflexiones de Octavio Paz sobre los sistemas políticos del tercer mundo, en el periódico económico Expansión intentaba explicar el porqué las democracias tienen grados de calidad diferentes y cómo era difícil que, con tan pequeño período de aprendizaje, tuviéramos altas notas y especialmente, cuando muchos políticos de la transición no tenían precisamente a Dinamarca como destino final de sus proyectos.

 “la democracia es un instrumento que ofrece tantas caras como grados de desarrollo tengan los países donde está implantada. En las democracias de los pueblos poco desarrollados se dan, a menudo, características negativas que no se encuentran en las democracias maduras.

Desplazado el centro de la decisión política a la colectividad, la capacidad y la calidad del control de la gestión pública quedarán condicionadas por el bajísimo nivel de renta y de cultura de la población.

Dos notas diferencian las democracias de los países más desarrollados de los países del tercer mundo:

1-  La relación neutra entre el Estado y los ciudadanos, garantizada por la existencia de un Estado de Derecho que trata a todos por igual. En el momento que los ciudadanos se encuentren discriminados por el Estado, a causa de sus ideas, nos encontraremos ante un sistema democrático falsificado, ya que gran parte de las libertades quedarán cercenadas por este abuso de poder.

2-  La concepción que del Estado tenga la clase política dirigente. Mientras que en los sistemas políticos del tercer mundo las clases dirigentes consideran al Estado como su propiedad privada, en las democracias maduras, el Estado es de la sociedad y los políticos son servidores públicos y gestores de dinero ajeno. De manera que, si desvían hacia finalidades particulares o partidistas dinero común, la sociedad les retira la confianza política y les aplica un severo correctivo legal.

De ahí que la corrupción no sea extraña en la democracia de las sociedades poco desarrolladas mientras que los políticos corruptos son habitualmente separados de la política por las sociedades en las democracias maduras”

Pero, para ello, ha de cambiar el concepto de la lucha política de la sociedad. Si esta continúa pensando que, el que gana las elecciones tiene derecho a apropiarse del Estado como un botín de guerra como lo hacían los ejércitos en los períodos predemocráticos, la corrupción no quedará definitivamente erradicada.

Y si todos los partidos participan de esta práctica medieval la corrupción se hará crónica, los que la critican intentarán hacerse con el botín en el relevo de la clase anterior y la ciudadanía asistirá perpleja a que lo único que ha cambiado es el perfil y el número de beneficiarios.”

Actualmente, el problema más grave para los ciudadanos no es la corrupción que continuará reduciéndose, sino la falta de competencia de nuestra clase política en relación a los nuevos retos. Esto lo pudimos comprobar en la gestión de nuestra crisis, como denunció el profesor Joaquim Muns:

“Hemos tenido la mala suerte histórica de que la peor crisis en muchas décadas haya coincidido con la peor clase política en muchos años”.

Y nos previno de lo importante que para el progreso de nuestro país era el estar gestionados por políticos competentes:

 “Es el momento de dejar de lado la manoseada retórica partidista que ya prácticamente no significan nada -derechas, izquierdas, progresistas, etc.- y prestar especial atención a la categoría intelectual y a la experiencia de los candidatos.

En nuestra sociedad se está produciendo un fenómeno lamentable y paradójico. Me refiero al continuo descenso del nivel de preparación de nuestros políticos en el preciso momento en que la gestión pública deviene más compleja y exigente.

La evolución cultural, social y económica de los últimos años a todos los niveles es vertiginosa. La crisis económica global que el mundo padece desde hace tres años, fruto de los desajustes y tensiones que produce este proceso acelerado de cambio, tiene dos consecuencias que, como electores, deberíamos tener en cuenta. Por un lado, la relativización de los programas electorales. Cada vez es más difícil que éstos puedan seguir la aceleración de la realidad. En segundo lugar y como corolario de ello, la competencia y la experiencia de los dirigentes pasan a ser la mejor garantía para afrontar con esperanza razonable de éxito las consecuencias de los problemas y crisis que nos han sacudido y que, desgraciada pero inevitablemente, seguirán azotándonos durante mucho tiempo.

El progreso de las naciones depende de muchos factores, pero creo que la experiencia de los últimos años está demostrando el creciente protagonismo de los líderes políticos bien preparados.”

DANIEL IBORRA FORT

Vilafranca del Penedés, 9 de mayo de 2017

 

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Gasto público y corrupción: ¿Ha habido mejora?

Bodegas Codorniu en Sant Sadurni D´Anoia (Barcelona). Por Angela Llop La imagen no tiene que ver con el texto del artículo (sólo la cercanía con la residencia del autor).

Independencia y/o progreso

Daniel Iborra Fort, Notario de Vilafranca del Penedes

 

“Si los que ven no hablan ¿cómo podrán entender lo que pasa los que no ven?

 

Los graves problemas actuales de nuestro régimen autonómico, creo que se deben al desconocimiento y por lo tanto, a la falta de preparación de la ciudadanía y de gran parte de los dirigentes políticos, sociales y medios de información, ante el enorme reto que nos planteaba este proceso de unificación europea, que ha permitido que la situación se deteriore hasta extremos inimaginables.

No hubo una segunda transición que cambiara la cultura política popular, reconvirtiera los programas de los partidos políticos, ajustara el marco legal y mejorara la competitividad de nuestro sector productivo, única manera que fuera viable nuestro ingreso en la Unión Europea.

El proceso de unificación obedecía no sólo a razones económicas sino también a políticas y sociales.

Las nuevas tecnologías avanzadas precisan de grandes producciones, los costes han aumentado vertiginosamente, lo que exige que los productos deban ser colocados rápidamente en un gran mercado para cubrir los gastos y reunir los fondos necesarios para las inversiones de la siguiente ronda de renovación y este proceso, en la Europa Comunitaria, quedaba dificultado por las trabas y las políticas nacionalistas de los Gobiernos.

La revolución afectaría, de manera directa y estructural, a los Estados, cuyas atribuciones soberanas quedarían enormemente reducidas. ¿Se puede hablar de Estados independientes, cuando funciones tan importantes como la de las fronteras, seguridad y política exterior, buena parte de la regulación económica, política social, fiscalidad.., han de estar concertadas con el resto de miembros de la Unión Europea?.

Y este tema no tenía una trascendencia puramente material, sino también social, cultural y política. Tal como recogía el informe Poniatowski “de vez en cuando se hace un elogio de los valores culturales europeos y éstos son presentados como una especie de consuelo ante un eventual hundimiento tecnológico de nuestro continente. Esta fórmula es rotundamente inaceptable, la calidad de vida y la relativa armonía social que existen en Europa, dependen, sobre todo, de su capacidad de ofrecer condiciones de vida razonables a la mayoría de sus habitantes; y no será posible mantener este nivel si Europa no vuelve a hallar la competitividad .De lo contrario, la mayor parte de la Europa Occidental está condenada a la decadencia, a la pobreza y al desempleo estructural”

O se actuaba inmediatamente o como señalaba la OCDE, Europa suministraría cada vez más productos alimenticios, materias primas y bienes manufacturados de baja tecnología.

Mientras los grandes países europeos pasaban a convertirse en una especie de provincias de un nuevo Estado, para asegurar el futuro económico y social de sus pueblos, nuestro país continuó un proceso contradictorio con las obligaciones que había asumido como socio de un proceso de integración política y económica generando, en paralelo a la creación de nuevos órganos y funciones supranacionales con sus costes correspondientes, una estructura territorial inadecuada e inviable económicamente y desarrollando una fragmentación legal contraria a los fundamentos económicos y al régimen constitucional comunitario.

Los partidarios de la independencia dentro del territorio comunitario no tienen un problema sólo con sus constituciones, estados o gobiernos sino, especialmente, con la Unión Europea y hasta con sus propios votantes.

 Si les están prometiendo que su región se convertirá en un nuevo Estado dentro de la Unión les están engañando, no sólo porque el régimen legal comunitario lo impide sino porque es incompatible con el proceso de cesión general de soberanía ¿Cómo la Unión constituida para lograr un espacio económico y social sin fronteras y en un marco de legalidad, democracia, solidaridad y armonía entre pueblos tan diversos, va a permitir que en un pequeño territorio funcione un Estado,” como los de antes “, ajeno al espíritu general y al margen del cumplimiento de las normas comunes?.

Para evitar que se les denuncie de que están utilizando una publicidad engañosa, deberían corregir el lema y sustituirlo por el de que “si nos votáis tendréis un Estado, que solucionará todos vuestros problemas, pero fuera de la Unión Europea”. Una vez en el exterior, tendrán que decidir entre vivir aislados sin la cobertura legal y financiera de la Unión Europea o ponerse a la cola de los que esperan su ingreso. Allí coincidirán con Estados terminados (no por hacer), que llevan años trabajando en la homologación de su legislación y sus instituciones a la legislación comunitaria, con el objeto que le sea verificada y aprobada.

 Aunque encontramos otro detalle a corregir: Si en su publicidad consta que independencia es progreso y con ello se reducirá el paro y la presión fiscal, mejorarán las pensiones, estarán más seguros los depósitos y las inversiones, se elevará la renta y mejorarán los servicios y las prestaciones para los ciudadanos…. ¿ Por qué no intentan convencer a las instituciones comunitarias, sus gobiernos y los cientos de millones de ciudadanos (y los que esperan su ingreso ) de que se están equivocando de camino y el futuro está en la creación de estados muy pequeños?, pero…¿ Quienes tienen más credibilidad de gestores, los grandes países europeos con democracias consolidadas y eficientes, con sistemas económicos altamente competitivos o los dirigentes políticos sin competencia acreditada que proponen lo contrario?

A ello no ayuda la carencia de solvencia de sus programas y sus propuestas y en bastantes de sus miembros, la falta de respeto a la Ley, a las reglas democráticas básicas y hasta a las más elementales normas de convivencia y educación. Como fue el caso del político de la Liga Norte, Umberto Bossi, que estuvo empleando en su espectacular crecimiento de votos el lema agresivo de “Roma ladrona” y acabó envuelto, con sus hijos, ex-tesoreros y miembros del comité de control de su partido, en un proceso abierto, principalmente, por la fiscalía de Milán por apropiación indebida y estafa al Estado.

Separarse de la U.E. es un proceso de enorme riesgo y de incalculables costes para los pueblos.

En primer lugar, abandonan una zona con gran calidad democrática, con sistemas legales y económicos eficientes, con instrumentos de control de la gestión pública y una solidaridad que garantiza las prestaciones sociales. Y se van a un espacio geográfico reducido, que según los estudios anteriores condena a sus habitantes “a la decadencia, a la pobreza y al desempleo estructural “, sin un marco económico y legal definido y con unos costes de estructuras del nuevo estado y unos riesgos económicos, políticos y sociales sin cuantificar. Y, además, en la mayor parte de los casos, gestionado por políticos que han demostrado, hasta la saciedad, su falta de respeto por los principios democráticos, su incompetencia en el diagnóstico y la resolución de los problemas económicos y sociales y su abuso reiterado en la administración de los recursos y en el ejercicio de las funciones públicas.

Si,en el gran espacio de la U.E. integrado por las clásicas democracias europeas, cuesta encontrar “hombres de estado” ya sería casualidad que tocara uno de ellos en un espacio tan pequeño. Si hubiera alguno, seguro que no estaría dirigiendo un proceso tan peligroso para el futuro de sus ciudadanos

El sistema autonómico, que si se reconvierte nos parece tan fundamental como el resto de administraciones, tal como evolucionó, sin orden ni control, se ha acabado convirtiendo en un sistema obsoleto, ineficiente, ruinoso para los ciudadanos y fuente de escándalos continuados al aflorar, sin descanso, todo tipo de casos de despilfarro de recursos, de corrupción y de incompetencia en buena parte de nuestra geografía.

Si una empresa decide traspasar una parte de sus funciones a otra, procurará reducir y en la misma proporción, los gastos de la escindida con el objeto de mantener el equilibrio económico y garantizar la viabilidad del proceso.

¿Es normal que Francia e Italia cuando se han visto abocadas a equilibrar sus cuentas públicas, han dirigido su mirada a la reducción del coste de unos sistemas autonómicos de reducida dimensión y España, que estaba al borde de la quiebra, no se planteara una profunda reconversión?

Lo extraño es que se de por supuesto que, en las próximas elecciones generales, un cambio político será favorable a los intereses de la clase política autonómica.

Si la gestión pública cambiara de rumbo en favor de nuevas propuestas políticas opuestas a la consolidación fiscal y sin un programa que incentive la capacidad productiva, los prestamistas considerarían que tienen un grave problema en este país con tan enorme endeudamiento.

A partir de esta situación de preocupación de los mercados e instituciones financieras, el tipo de nuestra prima de riesgo se iría elevando a niveles insospechados ya que nuestra deuda del sector público no ha parado de crecer y la dirección del país estaría en otras manos y con otros principios.

Con la elevación de los tipos de interés quedarían reducidos los recursos para los servicios públicos y las prestaciones sociales fundamentales con lo que el ajuste de estos sería más intenso.

La situación de España (sector público, empresas y particulares) se parece a una familia con una hipoteca considerable y con ingresos limitados. El tipo de interés es determinante para su nivel de vida, no es igual pagar por la cuota mensual un interés del 1’5 que del 6%.

El ajuste ya no lo harán nuestros políticos que tienen que cuidar a su clientela sino los prestamistas exteriores que tendrían otra preocupación mayor que la electoral.

Seguramente, a partir de esa misma noche de las elecciones, los ciudadanos comprobarán que no sólo su economía sino también su sistema político pasarán inevitablemente al control de sus acreedores, como les pasó, entre otros, a los griegos.

Y entonces, sufriremos lo que hemos señalado reiteradamente que “en los pueblos insolventes, la dirección política, su programa de gobierno y hasta sus proyectos de futuro, no los deciden sus ciudadanos sino otros que no participan en sus elecciones, el voto de los acreedores”.

Y no creo que los acreedores, entre recorte y recorte, estén por la labor de salvar nuestro ineficiente, conflictivo y costoso régimen autonómico.

Todo ello, consecuencia del error histórico de no haber adaptado nuestro régimen autonómico (ni la educación de sus ciudadanos) a las funciones que desempeñarán nuestras autonomías, cuando concluya el proceso de unificación de la U.E.

 

DANIEL IBORRA FORT, 28 de octubre de 2015.

Vilafranca del Penedès (Barcelona)

 

SECCIÓN OPINIÓN

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Pont Vell. Manresa (Barcelona). Por PMRMaeyaert

Pont Vell. Manresa (Barcelona). Por PMRMaeyaert

 

¿Por qué unas democracias tienen más corrupción que otras?

 

Daniel Iborra Fort, Notario de Vilafranca del Penedes

ESPAÑA, ¿ES, ACTUALMENTE, UN PAÍS CORRUPTO O ES  “UNA COSA DE LA PRENSA”?

“A mi siempre me habían enseñado que era fundamental para una democracia tener una prensa independiente, solvente y honesta”

 

1- ¿POR QUÉ UNAS DEMOCRACIAS TIENEN MÁS CORRUPCIÓN  QUE OTRAS?

Aunque parezca un poco extraño a quienes confían, todavía, en la fiabilidad de nuestros medios de información en relación a sus denuncias de corrupción en este país, según el Índice de percepción de la corrupción en 2014 (175 COUNTRIES, 175 SCORES),  España ha  mejorado 3 puestos pasando del 40 al 37, de los 175 países analizados. El primero es Dinamarca y detrás de nosotros están países próximos como Grecia e Italia, en el 69 y entre los últimos 15  más corruptos, están los “mediáticos”, Venezuela, en el 161 y Corea del Norte, el último con Somalia.

Si repasamos los países incluidos en la relación, comprobaremos que no todos los países  con democracia están agrupados en los primeros lugares.

 En un artículo publicado en EXPANSIÓN, el 18 de marzo de 1.994, en base a las reflexiones de Octavio Paz sobre los sistemas políticos del tercer mundo, concluíamos que “la democracia es un instrumento que ofrece tantas caras como grados de desarrollo tengan los países donde está implantada. En las democracias de los pueblos poco desarrollados se dan, a menudo, características negativas que no se encuentran en las democracias maduras.

Desplazado el centro de la decisión política a la colectividad, la capacidad y la calidad del control de la gestión pública quedarán condicionadas por el bajísimo nivel de renta y de cultura de la población.

Dos notas diferencian las democracias de los países más desarrollados de los países del tercer mundo:

1-      La relación neutra entre el Estado y los ciudadanos, garantizada por la existencia de un Estado de Derecho que trata a todos por igual. En el momento que los ciudadanos se encuentren discriminados por el Estado, a causa de sus ideas, nos encontraremos ante un sistema democrático falsificado, ya que gran parte de las libertades quedarán cercenadas por este abuso de poder.

2-      La concepción que del Estado tenga la clase política dirigente. Mientras que en los sistemas políticos del tercer mundo las clases dirigentes consideran al Estado como su propiedad privada, en las democracias maduras, el Estado es de la sociedad y los políticos son servidores públicos y gestores de dinero ajeno. De manera que, si desvían hacia finalidades particulares o partidistas dinero común, la sociedad les retira la confianza política y les aplica un severo correctivo legal.

De ahí que la corrupción no sea extraña en la democracia de las sociedades poco desarrolladas mientras que los políticos corruptos son habitualmente separados de la política por las sociedades en las democracias maduras”

Pero, para ello, ha de cambiar el concepto de la lucha política de la sociedad. Si esta continúa pensando que, el que gana las elecciones tiene derecho a apropiarse del Estado como un botín de guerra como lo hacían los ejércitos en los períodos predemocráticos, la corrupción no quedará definitivamente erradicada.

Y si todos los partidos participan de esta practica medieval, la corrupción se hará crónica. Los que la critican intentarán hacerse con el botín en el relevo de la clase anterior y  la ciudadanía asistirá perpleja a que lo único que ha cambiado es el perfil y  el número de beneficiarios. 

 

2-¿POR QUÉ CUANDO HABÍA TANTA CORRUPCIÓN, LA GENTE NO LO PERCIBÍA?

         En el camino a la eliminación de la corrupción que estamos recorriendo de una manera más rápida de lo que percibimos, ayudaría mucho que cambiaran radicalmente de actitud los sectores de la información que han tenido un comportamiento profesional decepcionante sobre todo durante el período de la burbuja inmobiliaria, donde estuvo el epicentro de la reciente gran crisis y la corrupción.

    Como muestra la tenemos en el texto que publicó la revista Capçalera del Col-legi de Periodistes de Catalunya de junio de 2013.” EL COLOR DE LA CORRUPCIÓN “, de Pablo Rey Mazón, en base al estudio de las portadas de los principales periódicos españoles. De esta publicación hacemos un pequeño resumen:

     “Las portadas, son el lugar donde los periódicos condensan la información más importante  del día. Las portadas del día siguiente están presentes en los informativos nocturnos de noticias de televisión y radio y en las conversaciones de Twitter de madrugada .La  selección de noticias y su enfoque en portada configuran su línea editorial más casi que su línea editorial oficial”.

    A través de estas portadas se llega a la conclusión de las grandes diferencias que  recibe la misma corrupción y durante idéntico período (del 4 de enero al 8 de febrero de 2013) en los diferentes medios.

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Porcentaje de superficie que cada periódico dedica por partido/institución sobre el total de artículos de dicho periódico sobre corrupción durante el periodo estudiado.

     “EL PAIS, dedica a la corrupción de media por día un 23%, con la siguiente distribución: un 80% para el PP y el resto se reparte un 20%. El rojo del PSOE, no aparece por ningún lado.

     EL MUNDO, le dedica un 43%, al PP un 50%, 20% CIU y al PSOE, un 13%.

     ABC, le dedica un 33%, con un amplio porcentaje dedicado al PP pero, en su mayor parte, para defenderlo.

      Los periódicos catalanes tienen un menor espacio para  la corrupción.

      LA VANGUARDIA, un 18%,  75% al  PP y el  25% repartido entre el resto.

      Y, EL PERIÓDICO, le dedica a la corrupción un 22%, al PP el 50%, el 30% a CIU y un 5% al PSOE.

      La conclusión no puede ser más crítica para sus compañeros de profesión “casi todos dejan de cubrir o lo hacen pero dedicándoles menos espacio, los casos de los partidos “amigos” o más afines. Sólo un ciudadano bien informado, con una dieta informativa que incluya todos los colores podrá escapar de la visión partidista de un sólo periódico”

En un artículo posterior “Cuando despertó la corrupción todavía estaba allí”, ratifica el tratamiento selectivo de la corrupción en la prensa, ampliándolo y adaptándolo a un periodo posterior (2013 vs abril de 2014), pero hay un tema que me ha merecido interés :el de la correspondencia entre el tratamiento informativo y la percepción de la corrupción como problema y llega a la conclusión “ que se puede apreciar una cierta correlación  (que no es casualidad) entre la cobertura en las portadas y la percepción de la corrupción como problema, al menos hasta julio de 2013”.

El Instituto de Economía de Barcelona de la Universidad de Barcelona, elaboró un trabajo sobre este tema, “La percepción de la corrupción en España sube 10 puntos durante la crisis” (actualizado el 16 de junio de 2015) .El estudio asegura que “ la crisis no ha hecho aumentar la corrupción, sino que le ha dado visibilidad..” y recuerda que, según el CIS, un 50% de la población considera que la corrupción es uno de los tres principales problemas del país mientras que hasta octubre de 2.009, sólo el 1% percibía la corrupción como un problema. El informe advierte sobre el fenómeno de desafección política que causa la alta percepción de la corrupción y asegura que los alcaldes implicados en casos de corrupción sufren una pérdida media de entre el 4% y el 6% de sus votos , un porcentaje que crece hasta un 14’5% , cuando hay cobertura mediática.

Además de las herramientas de transparencia (Ejm Portal de Transparencia, 2014), los autores del informe consideran “indispensables” para prevenir la corrupción, la existencia de medios de comunicación activos y la consolidación de un poder judicial independiente.

Pero, el trabajo que hemos seleccionado por su alto interés es el publicado por el Catedrático de la Universidad Rey Juan Carlos I, Manuel Villoria y el profesor de la Universidad de Murcia, Fernando Jimenez .De este hemos tomado unas notas recomendando su lectura total, “La corrupción en España (2004-2010): datos, percepción y efectos “(Reis 138-abril-junio 2012).

La solución de la corrupción es esencial para la promoción del desarrollo económico, la calidad de la democracia y la justicia social.

La imagen de integridad y eficiencia de los gobiernos es un factor muy importante no sólo para la confianza y la calificación internacional del país y la atracción de inversiones sino, además, a efectos internos para la consolidación del sistema democrático y el respeto a las leyes y a los gobernantes y el buen cumplimiento de las obligaciones ciudadanas.

A pesar de las dificultades para medir la corrupción pública, hay dos grandes sectores, la de los responsables políticos (corrupción política) y la de los funcionarios o empleados públicos (corrupción administrativa).

En cada nivel de gobierno existen unas áreas de riesgo. En el nivel central, la captura de las grandes decisiones económicas del Estado, especialmente en el ámbito regulatorio, espacio que puede compartir por nuestra descentralización, con las Comunidades Autónomas. Junto a ello, el área de riesgo fundamental, son los grandes contratos de infraestructuras y las subvenciones. Junto a lo anterior, para las Comunidades Autónomas hay un área de enorme riesgo, la regulación urbanística. Finalmente, en el nivel local, las áreas de riesgo se centran, sobre todo, en la contratación, en la concesión de licencias y en la gestión urbanística.

 En cuanto a la medición, es también difícil pues, actualmente, hay más de 15 instrumentos de medición. En una estimación basada en las memorias de la Fiscalía General del Estado en el año 2010, de las casi 4.000 diligencias relacionadas con delitos contra la Administración Pública durante el periodo 2004 al 2009, es muy probable que apenas un 10% hayan llegado o lleguen a convertirse en acusaciones. En consecuencia, 400 casos en 6 años que llegarían a juicio oral y de los cuales, no todos, acabarán con sentencias condenatorias.

Las denuncias de la corrupción política son también parte de la política, voluntariamente o no. Por ello “aquellos que reportan o denuncian instancias de corrupción pueden ser opositores políticos del acusado por motivos para desacreditarlo: esos críticos de las practicas corruptas con frecuencia tienen otra agencia propia” (Sandholtz y Koetzle)

La corrupción es una cosa, los índices de la percepción de la corrupción, otra distinta. Diversos estudios demuestran que la percepción general de la corrupción está fuertemente influida por los escándalos y la cobertura mediática del tema.

Existe un problema de “retraso en los efectos” o “lag times” (Johnston). Cuando un gobierno persigue seriamente la corrupción se producen detenciones y escándalos políticos que generan una sensación de que hay más corrupción, cuando no se perseguía. De esta forma aumenta la percepción cuando empieza, probablemente, a reducirse el problema.

 Los casos de corrupción que han salido en los medios y se han investigado provienen de la época anterior. La mayoría de los casos han estado muy vinculados al boom de la construcción y este había finalizado en el último trimestre de 2.007.

España no tiene una corrupción sistémica en la que los sobornos a los funcionarios son lo habitual. Por ejemplo en América Latina, la media de personas que reconocen haber pagado un soborno en el último año es de un 23% o en África subsahariana de un 56%. Los datos de España, de entre un 2 y 5% de pagadores, reflejan una Administración donde el pago de sobornos es lo excepcional y cercano a bastantes países europeos que tienen niveles de percepción bastante menores.

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De los casos de corrupción importantes, la intervención funcionarial es muy minoritaria comparada con los 3.000.000 de funcionarios, un dato de 50 o 60 casos anuales no puede considerarse preocupante.

Sin embargo, la percepción ciudadana (mucha o bastante de 34’3% en enero de 2007 a 48’4% en junio de 2.011 CIS) de corrupción en la Administración es mucho más elevada de lo que los casos objetivos reflejan.

Pero la distancia para la corrupción política es mayor, en 2.007 el 51’9% y en 2.011 había subido al 86’6%. Los datos objetivos sobre la corrupción política, no obstante, tampoco dan la razón a las opiniones mayoritarias, de los 800 políticos imputados acabarán acusados en torno a 500.

De un total de 70.000 políticos de las 3 Administraciones, 500 posibles acusados nos da un 0’7% de criminalidad.

Los datos objetivos nos dicen que la corrupción pública es mayoritariamente corrupción política, pues los ratios de criminalidad, aun que sean aproximados, son de casi 100 a 1, entre políticos y funcionarios públicos.

Y en ella, la corrupción se ha centrado, sobre todo, en el ámbito urbanístico y en las administraciones subnacionales. Especialmente, en la Administración local.

Sin embargo, en la percepción ciudadana se sanciona más al Gobierno nacional en las encuestas del CIS.

En los últimos 6 años no ha habido prácticamente ningún caso de corrupción en el Gobierno nacional que afectara a altos cargos relevantes. Sin embargo, en el ámbito local, de los 110 municipios con más habitantes y/o capitales de provincia, en 39 de ellos ha habido casos investigados estos últimos años.

Es en el ámbito del urbanismo y los permisos de construcción, donde los encuestados denuncian mayores demandas de soborno.

En este ámbito se daban unas condiciones propicias para ello, un monopolio de decisiones muy relevantes (especialmente convenios urbanísticos) en manos de  los alcaldes, un área donde la  discrecionalidad era elevada, la debilidad de los controles y finalmente, la existencia de una burbuja especulativa que generaba beneficios extraordinarios a promotores y constructores”.

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Acotado el problema y en base a  los datos objetivos anteriores, al agotarse el período especulativo (donde estuvo centrada la corrupción) en el último trimestre del 2007, la corrupción tiene que haberse reducido en la misma proporción.

Si la corrupción era esencialmente de ámbito local, si se recuperan y se introducen nuevos sistemas de control sobre las áreas y la discrecionalidad municipal, otra parte quedaría reducida.

Una actuación en este sentido y de interés general es la de la Fundación ¿HAY DERECHO?  y el Colegio Profesional de Secretarios e Interventores proponiendo medidas dirigidas a devolver a estos funcionarios su independencia y sus competencias  y conseguir el apoyo y la supervisión, desde un nivel superior al municipal (Regeneración Municipal de Segismundo Alvarez, EL PAIS y ¿HAY DERECHO?)

Y este ejemplo de regeneración se puede extender a otros sectores de la Administración pública.

En el artículo incluido en nuestro libro publicado el 12 de junio pasado “¿Por qué no nos enteramos de la crisis? “ nos quejamos de que, después del martes negro del sector inmobiliario en la Bolsa, el 14 de abril del 2007, los medios internacionales más importantes, destacaron el final de nuestro proceso especulativo. Todo ello, con anterioridad a la crisis inmobiliaria de EEUU de agosto de 2007 y a la financiera del último trimestre del 2008.

Por eso, en el primer artículo sobre cuando saldremos de la crisis que publicamos, entre otros en NYR,  durante  el 2008 ya dijimos que “antes de la crisis inmobiliaria de EEUU,  teníamos una crisis propia que se ocultó, por interés o por ignorancia, por parte de los medios de información general.”

Sin embargo, en el mismo 2007, el porcentaje de ciudadanos que creía que la situación económica era buena, alcanzó un 65% y llegó a 83 puntos sobre 100, la puntuación sobre  nuestra autoestima (cuando debíamos todo lo que comprábamos) y en el 2013 ,cuando con un enorme esfuerzo, comenzamos a salir de la crisis con el reconocimiento y el respeto de los mismos medios, agencias, organizaciones internacionales que nos criticaban en 2007, el porcentaje anterior había descendido del 65 al 4%  y el de nuestra valoración, ahora, a 53 puntos. (BIERIE) Por contra en 2014, en cuanto a su valoración exterior, España ocupaba el puesto 16 con 64 puntos (Country Rep Trak 2014) o 6’9 sobre 10 en BIE  (Instituto Elcano).

Algo debe fallar en nuestro sistema educativo, en la calidad de nuestros medios de información  y en definitiva, en nuestra sociedad, para explicar semejante error de diagnóstico, que por cierto, llevó a la ruina y a la desesperación a tantas familias ¿Cuantos desahucios se hubieran evitado si el consumidor hubiera contado con una mejor información o percepción de la crisis?

Pero esta diferencia entre la percepción social de la crisis y los datos objetivos de la economía, también se han dado en cuanto a la corrupción.

Si el grueso de la misma se generó en la burbuja especulativa y la percepción social era mínima, un 1% hasta 2009 (dos años después de su desaparición) y actualmente es máxima, cuándo los datos objetivos la desmienten, es evidente que nuestros medios también nos deben una explicación de esta enorme diferencia.

En un artículo publicado el 7 de febrero del 2014 por Astrid Barrio “No es la corrupción que vivimos, sino la que sospechamos” destacaba que “en aquella misma semana los datos publicados por la Comisión Europea nos permiten afirmar que España es el país europeo donde hay más distancia entre la corrupción percibida y la realmente sufrida.

El primer Informe Anticorrupción de la Unión Europea ha puesto de manifiesto que los españoles son los ciudadanos europeos que se sienten más afectados por la corrupción. La media de la UE se sitúa en el 26%, mientras que España alcanza el 63%.

Sin embargo estos datos contrastan fuertemente con los índices de victimización. Sólo el 8%, el mismo porcentaje que el del conjunto de europeos, responden afirmativamente al ser preguntados sobre si han vivido o han sido testigos de un caso de corrupción”.

Aclarar esta contradicción es enormemente importante para la consolidación del sistema democrático, el respeto a los gobernantes y a los funcionarios, el cumplimiento de las obligaciones ciudadanas, para la confianza y la calificación internacional, la atracción de las inversiones y la generación de nuevos puestos de trabajo, para la financiación exterior y su coste…… Incluso, esta falta de rigor informativo, al deslegitimar el sistema democrático forjado en un complejo y exteriormente admirado proceso de transición, ha abierto las puertas a grupos con principios políticos predemocráticos y soluciones económicas obsoletas, propias de los sistemas políticos del tercer mundo referidos en el artículo anterior, que han llevado a los pueblos donde se han aplicado a la miseria, a la falta de libertades y a los puestos más altos de corrupción.

Esta confusión sobre los orígenes de nuestra crisis y de sus consecuencias económicas y sociales puede ser letal para el futuro del país que puede retornar a otra gran crisis, esta vez de manera definitiva, dado el volumen de nuestra deuda pública y privada.

Como explicaba el Catedrático de Economía, Santiago Carbó en un artículo “Los mensajes entre líneas del FMI” publicado en EL PAIS,  el 9 de junio pasado “el FMI deja el mensaje de que hay dos formas mediante las cuales España la puede pifiar: la mala- no hacer más reformas- y la pésima- revertir las reformas recientes”.

Si España está en la media, con la reforma del marco legal en relación a la transparencia de la actividad pública y la penalización de la corrupción, la incentivación de  la independencia y la celeridad de la justicia y de la policía, el control  de la selección de funcionarios y de la discrecionalidad de los políticos, las políticas anticorrupción de la UE (ejm GRECO…) y el despertar de la conciencia ciudadana sobre este tema, iremos mejorando progresivamente.

 Aunque en colectivos tan enormes siempre habrá personas que se salgan del guión.

 Creo que es una falta de sentido común  el pensar que, en tan pocos años de rodaje, España va a alcanzar en este campo (como en el de la  economía o gestión pública) el nivel de países con mayor cultura y  experiencia democrática que el nuestro.

Pero, si estos casos continúan saliendo en las primeras planas de los periódicos como la noticia más importante del día, la percepción de la corrupción se  irá reduciendo  lentamente, aunque los datos objetivos nos acerquen a Dinamarca.

Y, finalmente, en cuanto a la condición de  “la existencia de medios de comunicación activos” creo que tienen un gran reto para recuperar la credibilidad social.

Porque,  si está acreditado que la percepción de la corrupción va relacionada con su cobertura mediática ¿Por qué no la denunciaron en el periodo central de la misma? ¿Fue por interés o por ignorancia? ¿Como nos van a convencer de que la ignoraban cuando todo el mundo la conocía? Por poner un ejemplo claro…  ¿Que hicieron los medios catalanes para averiguar si era cierta la denuncia que hizo Maragall en el Parlament? Si hay periódicos que son incapaces de dedicar ni un pequeño porcentaje de su primera página a la corrupción del “partido amigo” ¿seguirán denunciando la corrupción cuando este partido acceda al poder? ¿La denuncia de la corrupción tiene por finalidad evitarla para la ciudadanía o reducir la cuota de votos del enemigo político? Y si el amigo es un incompetente ¿denunciará la incompetencia o intentará ocultarla o enmascararla buscándole un enemigo exterior a donde dirigir las iras de la sociedad? Si eran medios de información… ¿Por qué no informaron a sus seguidores de los riesgos, para evitar que la crisis les afectara tan gravemente? ¿Cuantas portadas y textos dedicaron a la incompetencia de la gestión económica, a la falta de liquidez del sector empresarial, a la  ruina que iba a provocar el estallido del boom inmobiliario, a la sobre valoración de los inmuebles, al irresponsable  crecimiento del gasto público y de las inversiones inútiles cuando a partir de 2007 se ciega una fuente fundamental de ingresos ,la construcción; y especialmente en el ámbito autonómico (más de 195.000 funcionarios) y municipal ( Ejm Plan E 12.110 millones E., 22.900 funcionarios), a las decisiones económicas puramente electoralistas o a la falta de reformas que mejoraran la competitividad de la economía, que fueron la base de nuestros actuales problemas?

Ante semejante desinformación, echamos de menos una autocrítica en nuestros medios que participaron en ella. Como decía García Montalvo “en E.E.U.U. a los opinadores que en 2.005 hablaban de círculo virtuoso y de que el Dow Jones llegaría a los 36.000 puntos, los han eliminado .En España, esta gente que en el 2.006 decía que todo era perfecto, hoy explica como salir de la crisis”.

Tal vez, la diferencia obedezca a que los propietarios del sector en EEUU continúan pensando que la función principal del periodismo  es la de ofrecer a sus lectores una información independiente, solvente y honesta.

DANIEL IBORRA FORT

Vilafranca del Penedès, 19 de agosto de 2015

SECCIÓN OPINIÓN

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Vilafranca del Penedes. Porroig. Por Ángela Llop.

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