Archivo de la etiqueta: Gunter Steinkamp

¿Sabías que…? (4)

 

 (del nº 1168 en adelante)

IR A ¿SABÍAS QUE…? 3   (del nº 714 AL 1167)

IR A SABÍAS QUE…2?  (del nº 201 al 713)

IR A SABÍAS QUE…1?  (del nº 1 al 200)

 

En este archivo se recogen asertos jurídicos o criterios asentados sobre temas muy concretos con un importante interés práctico. En muchas ocasiones sintetizarán la doctrina de la DGRN/DGSJFP.

Se acompaña cada «píldora» con enlaces dirigidos al lugar de donde procede la información.

Ha de tenerse en cuenta la fecha de publicación de cada ítem pues puede que el criterio haya variado con el tiempo.  

  (Accesibles desde el menú desplegable RESOLUCIONES y el de PRÁCTICA)

PUBLICADOS EN 2024 (del 1419 en adelante):

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1442.- Que la posible invasión del dominio público debida a un desplazamiento en la georreferenciación catastral no impide la inmatriculación de un inmueble, debiéndose en estos casos inscribir la medición técnica alternativa con las coordenadas correctas

Cascadas en Orbaneja del Castillo (Burgos). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1441.- Que, si se regula en estatutos la forma de convocatoria de la junta, deben dejarse a salvo aquellos supuestos de convocatoria que se regulan en forma imperativa en la Ley, sea esa forma imperativa en cuanto a la forma de convocatoria o en cuanto a la antelación en la misma?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1440.- Que, para cancelar una hipoteca unilateral no aceptada tiene que haber una intimación o requerimiento al acreedor con la advertencia expresa de que, de no aceptar la hipoteca, podrá ser cancelada transcurridos dos meses desde el requerimiento?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1439.- Que no incide en TPO un expediente notarial para la reanudación del tracto pues consta que la adquisición del inmueble por el promotor fue liquidada por Operaciones Societarias, aunque resultó exenta y que, en ningún caso deben tenerse en cuenta anteriores transmisiones?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1438.- Que es posible desembolsar un aumento de capital de una sociedad limitada, aportando como contrapartida del aumento la vivienda familiar sujeta al uso y disfrute del otro cónyuge y de los hijos, sin necesidad de recabar su consentimiento?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1437.- Que esta instrucción DGSJFP de 2021 resuelve dudas sobre la tramitación del procedimiento de autorización de matrimonio ante notario?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1436.- Que, en los casos en los que existan cargas posteriores a la condición resolutoria que se pretende ejecutar, el cumplimiento de la condición ha de ser probado adecuadamente, no bastando el mero lapso del tiempo en que la obligación garantizada deba ser cumplida?

Tejado con toque mudéjar en la calle Hartzenbusch de Teruel. Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1435.- Que, según interpreta la DG, en el expediente notarial de reanudación de tracto no es preciso aportar un título fehaciente perfecto, ni que este contenga originariamente todos los datos de inscripción, limitándose la obligatoria notificación personal al titular registral a los casos en que su inscripción tiene menos de 30 años, pue, si tiene más antigüedad, basta notificación nominal por edictos

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1434.- Que el arrendamiento por comuneros personas físicas de terrenos rústicos para la instalación de placas solares queda sujeto y no exento de IVA y no sujeto a TPO?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1433.- Que el nombramiento de administradores, si no es por sustitución de otros destituidos en la misma junta, puede ser objeto de reforzamiento estatutario, aunque ese nombramiento no suponga cambio alguno en la forma de administración?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1432.- Que cabe la acumulación de procedimientos hipotecarios en los que se ejecuten hipotecas distintas siempre que consten inscritas a favor del mismo acreedor, graven las mismas fincas y sean propiedad del mismo deudor, no impidiendo la expedición de certificación de cargas la existencia de terceros poseedores, cotitulares o deudores que no hayan sido objeto de demanda?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1431.- Que existe obligación de declarar al Registro de Inversiones las inversiones en inmuebles hechas por no residentes superiores a los 500.000 euros y las inversiones de residentes que adquieran inmuebles en el extranjero superiores a 300.000 euros?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1430.- Que, en una sucesión gallega, abierta antes de la entrada en vigor de la Ley actual de 2006, en la que se realiza en la actualidad una adición de herencia, cambia la naturaleza de la legítima y se convierte en pars valoris, de manera que ya no es necesaria la intervención de los legitimarios?

Valle de Tobalina (Burgos). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1429.- Que, inscrita una prohibición de disponer testamentaria, debe respetarse el plazo de duración fijado por el testador sin que quepa renuncia, pero sí autorización judicial por causas sobrevenidas?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1428.- Que el valor de referencia no es de aplicación a efectos de determinar la existencia o no de incremento de valor en el IIVTNU?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1427.- Que la subrogación en los derechos de un acreedor preferente del art. 659.3 LEC, ha de ser solicitada por un titular registral o por quien resulte reconocido como su sucesor procesal; y exige acta notarial de entrega a dicho actor preferente o mandamiento judicial si la cantidad se ha consignado en el Juzgado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1426.- Que no tiene que ser necesariamente una sociedad profesional aquella que en su objeto o en su denominación social haga referencia a actividades profesionales?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1425.- Que las certificaciones de eficiencia energética durarán 10 años, menos las de tipo G y que las condiciones técnicas y administrativas de estas certificaciones y su necesidad para ventas y alquileres se regulan en este real decreto de 2021?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1424.- Que, para de la certificación del técnico en obra nueva antigua, no se exige visado colegial y sólo los técnicos del artículo 50.3 RHUrb precisan certificación del Colegio acreditativo de sus facultades certificantes?

La Fuentona (Soria).

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1423.- Que, en el Impuesto sobre el Patrimonio, según STS, sólo son deducibles las deudas por IRPF existentes y exigibles a la fecha del devengo del impuesto, pero no las nacidas con posterioridad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1422.- Que, en los procedimientos dirigidos contra la herencia yacente si los herederos son desconocidos, le TS y la DG exigen que el Juzgado haya notificado al Estado o Comunidad Autónoma para inscribir o anotar?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1421.- Que en el BOE existe desde 2021 un suplemento denominado Tablón Edictal Judicial Único, que se abre con una pestaña a la derecha denominada Edictos Judiciales, cuya publicidad sustituye a los diversos boletines y tablones donde se publicaban resoluciones y comunicaciones judiciales, dando fecha fehaciente a la publicación?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1420.- Que, en una constitución de sociedad limitada, el hecho de que el representante de uno de los fundadores se nombre a sí mismo como administrador de la nueva sociedad, no implica que se trate de un autocontrato prohibido ni que exista un conflicto de intereses?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1419.- Que, en la novación de hipoteca, NO es preciso manifestar nada sobre el carácter de vivienda familiar habitual (ni confirmarlo) y que notarios y registradores solo deben rechazar cláusulas abusivas que vulneren abiertamente una norma imperativa o declaradas nulas por TS o inscritas en RCGC?

PUBLICADOS EN 2023 (del 1342 al 1418):

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1418.- Que el derecho expectante de viudedad aragonés es una limitación legal que no requiere inscripción, ni identificación del cónyuge, ni del régimen económico matrimonial al no estar relacionado con ninguno en concreto?

Olma de Guadarrama (Madrid). Por María Jesús Gil

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1417.- Que la DGT analiza el régimen de la tributación en el IVA e IRPF del arrendamiento de inmuebles en situación de herencia yacente o comunidad hereditaria, distinguiendo si se realiza actividad económica o no?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1416.- Que los comités de empresa tienen derecho a ser informados de los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a las condiciones de trabajo, el empleo y los perfiles?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1415.- Que, en la regulación estatutaria de los quorum de adopción de acuerdos, si los mismos son reforzados, deben dejarse a salvo aquellos supuestos que según la LSC no admiten reforzamiento estatutario?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1414.- Que, cuando se constituye un derecho de superficie sobre parte de una finca registral, no es obligatorio georreferenciar esa parte?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1413.- Que la DG interpreta el artículo 1000 CC en el sentido de que, en el ordinal 2º hay una aceptación tácita de la herencia, por lo que el renunciante adquiere la herencia y efectúa una nueva transmisión inter vivos a título gratuito y que, en el ordinal 3º, no hay aceptación tácita porque le renuncia no altera el camino sucesorio previsto para la herencia?

Atardecer en la Playa de la Barrosa, por Juan Carlos Casas

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1412.- Que un valor declarado igual o superior al valor de referencia resultante del Catastro excluye la comprobación de valores?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1411.- Que puedes ver aquí, tras la Sentencia del TC de 26 de octubre de 2021, los casos en que es exigible la “plusvalía municipal” (IIVTNU)?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1410.- Que para las inscripciones practicadas antes del 3 de septiembre de 2021 respecto de las cuales se hubiera hecho constar la limitación del artículo 28 LH, procede su cancelación?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1409.- Que el embargo cautelar es una figura distinta del embargo ejecutivo, y aunque recaiga sobre finca ganancial, puede anotarse sin notificación al cónyuge, aunque sí debe notificársele en el momento de la ejecución?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1408.- Que el derecho al uso de la vivienda familiar, cuando no existen hijos menores, tiene que estar determinado en cuanto a su duración?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1407.- Que el porcentaje de la reducción de vivienda habitual en la base imponible del ISD se aplica sobre su valor real no minorándose por las hipotecas que puedan gravarla?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1406.- Que es posible la acumulación de procedimientos hipotecarios en los que se ejecuten hipotecas distintas siempre que consten inscritas a favor del mismo acreedor, graven las mimas fincas y sean propiedad del mismo deudor?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1405.- Que el negocio particional no puede justificar cualquier transmisión patrimonial si no está debidamente causalizada?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1404.- Que tras la reforma del art. 204 LSC, equivale a omisión total del derecho de información el señalamiento de un lugar equivocado al que lo socios deben acudir para obtenerla?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1403.- Que es válida y eficaz la cláusula de unos Estatutos de una Propiedad Horizontal, debidamente inscrita, que autoriza a los propietarios a realizar segregaciones sin acuerdo de los 3/5 de propietarios y de cuotas que exige como regla general el art. 10.3.b LPH?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1402.- Que en el procedimiento de inmatriculación del artículo 203 LH, si ha de acudirse a la notificación edictal, ésta ha de ser nominativa y no genérica?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif  1401.- Que en una sucesión gallega, abierta antes de la entrada en vigor de la Ley actual, en la que se realiza en la actualidad una adición de herencia, cambia la naturaleza de la legítima y se convierte en pars valoris, de manera que ya no es necesaria la intervención de los legitimarios?

Itinerario de esculturas cerca de Navas del Marqués (Ávila).

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1400.- Que los no residentes tienen derecho a aplicar en ISD la normativa de la comunidad autónoma más próxima?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1399.- Que, si el representante de una sociedad que interviene en una compraventa manifiesta que es activo esencial, no se puede autorizar la escritura sin aportar certificado del acuerdo de la Junta General?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1398.- Que la Ley de Registro Civil de 2011 entró por fin en vigor tras sucesivas prórrogas en abril de 2021, resumiéndose en este archivo las principales novedades?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1397.- Que no es posible una sociedad profesional que tenga por objeto la “mediación” ni el “compliance” o cumplimiento normativo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1396.- Que la DG exige la representación gráfica de toda la finca por obra antigua, que no la ocupa entera, pero sí toda una parcela catastral?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1395.- Que, en caso de revocación de poder, notario y registrador no pueden valorar la mala fe, pero que, según el Tribunal Supremo, para que valga una operación con poder revocado se precisa la buena fe de ambos contratantes?

Julia. Escultura de Jaume Plensa. Plaza de Colón de Madrid. JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1394.- Que la extinción de condominio parcial subjetiva está sujeta a TPO ya que sigue la comunidad pero con menos miembros?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1393.- Que, en un procedimiento de apremio, es trámite esencial calificable la notificación al ejecutado de la valoración del bien a efectos de determinar el tipo para la subasta?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1392.- Que  la junta general puede cesar a uno de los dos administradores solidarios sin necesidad de nombrar a otro administrador ni de cambiar la forma de administración de la sociedad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1391.- Que, según la DG, es aplicable a los bienes patrimoniales de la Administración la misma doctrina que para los bienes del dominio público, por lo que la mera oposición a la inscripción de la representación gráfica justifica su suspensión por parte del registrador?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1390.- Que la Resolución Conjunta Catastro-DGSJFP, de 29 de marzo de 2021, trata de temas tan importantes como la incorporación de la representación gráfica catastral -y de la alternativa- al instrumento público, el procedimiento de subsanación de discrepancias gráficas o de requisitos adicionales en las escrituras de declaración de obra nueva?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1389.- Que, cuando una cuota indivisa está gravada con cargas, al disolverse el condominio y dividirse la finca, las cargas pasan a recaer sobre la finca adjudicada al condómino afectado, aunque no intervengan ni presten el consentimiento los titulares de dichas cargas?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1388.- Que, en las novaciones basadas en el Código de Buenas Prácticas para deudores en situación de vulnerabilidad, conforme al RDLey 19/2022, no es obligatoria el acta previa prevista en el artículo 15 LCCI?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1387.- Que el consejo de administración es competente para cesar a un secretario no consejero, aunque ese secretario haya sido nombrado por la junta general en aplicación de lo dispuesto en los estatutos de la sociedad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1386.- Que la base imponible en AJD de las escrituras en ejercicio de opción de compra en un arrendamiento financiero inmobiliario, con cuotas pendientes, está constituida por el valor residual más las cuotas pendientes objeto de amortización anticipada?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1385.- Que entre los que puedan ejercitar el derecho de trasmisión y los herederos fideicomisarios han de ser preferidos éstos que basan su derecho en el propio testamento del primer causante?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1384.- Que, según la DG, en la adjudicación por procedimiento de apremio fiscal -y en ejecuciones judiciales por analogía-, si no se trata de una vivienda (reforma de 2019), sólo procede el retracto arrendaticio si el arrendamiento está inscrito antes de la carga ejecutada?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1383.- Que, cuando el heredero es no residente, la competencia para la liquidación corresponde a la Oficina Nacional de Gestión Tributaria?

Vista de parte del Palacio Real de Madrid desde su patio interior. Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1382.- Que el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos regula, entre muchos otros contenidos, los Portales de Internet, los PAGe, la carpeta ciudadana, las sedes electrónicas de las AAPP, el expediente electrónico, la representación y su Registro, las comunicaciones y notificaciones electrónicas, la conservación de documentos o la dirección única de notificaciones (DEHú)?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1381.- Que la renuncia a la herencia prescrita en el ISD o la renuncia gratuita a favor de persona determinada constituye donación del renunciante a favor del beneficiario y alteración patrimonial en el IRPF del renunciante?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1380.- Que un complejo inmobiliario puede existir a pesar de no estar formalmente constituido y que los actos que afecten a cada uno de los elementos que lo integran requieren únicamente el acuerdo de los miembros de su subcomunidad, salvo que afecten a los elementos inmobiliarios, servicios, instalaciones y servicios comunes?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1379.- Que en esta Resolución de Derecho Societario no se dio por válida una notificación por correo electrónico, que consta fue leído el mismo día, porque no ha sido validado por un Prestador de Servicios de Certificación Electrónica que certifique la emisión efectiva de la comunicación y el momento de la recepción, la integridad del contenido y la autenticidad del mismo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1378.- Que, ante la compra por un ciudadano belga casado en régimen convencional de separación de bienes, la DG exige la previa inscripción de las capitulaciones en el Registro Central de Contratos Matrimoniales de Bélgica?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1377.- Que, para salvar la autocontratación en los negocios entre dos sociedades, no es suficiente con que esa situación haya sido solventada por una sola de ellas?

Plaza de los Leones en Baeza (Jaén). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1376.- Que los intereses de demora son gastos deducibles en el Impuesto de Sociedades y en el IRPF de los sujetos pasivos que realicen actividades económicas en estimación directa?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1375.- Que un órgano de administración caducado puede convocar junta para la renovación del órgano de administración de la sociedad y para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio precedente?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1374.- Que,  dentro del Estatuto General de la Abogacía Española, el modo de ejercicio de la profesión se aborda tanto en forma societaria como no societaria, con disposiciones específicas respecto de las sociedades profesionales y multidisciplinares?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1373.- Que no cabe acumular en un único procedimiento, sea el especial de ejecución hipotecaria o el ordinario, la ejecución de dos créditos hipotecarios diferentes que recaen sobre distintas fincas?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1372.- Que, según la DG, la intervención del cónyuge viudo del transmitente en la herencia del primer causante no puede limitarse a prestar su consentimiento sin más, sino que éste debe estar causalizado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1371.- Que en la comunidad postganancial, cuando existe un único bien, cabe el ejercicio de la acción de división de la cosa común, sin necesidad de proceder a la previa liquidación de la sociedad de gananciales?

Arribes del Duero cerca de Aldeadávila (Salamanca). Por JFME (mirador de la presa).

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1370.- Que, en el ejercicio unilateral de la opción de compra, el optante debe ajustarse estrictamente a los requisitos pactados e inscritos, especialmente a la notificación fehaciente acordada no siendo suficiente la notificación por burofax?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1369.- Que es posible como objeto social la actividad de “consultoría” por no reunir los requisitos exigidos por la Ley 2/2007 de Sociedades Profesionales y que no son posibles los objetos referidos a “otras actividades crediticias” o a “otros servicios financieros”, pues por su generalidad son actividades sujetas a requisitos especiales no cumplidos por la sociedad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1368.- Que en el supuesto de disolución de comunidad con exceso de adjudicación compensado en dinero, incluso declarado fundado en indivisibilidad inevitable, existe alteración patrimonial en el IRPF para la persona que cesa en la comunidad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1367.- Que, en el caso de fincas discontinuas cabe que su representación gráfica se incorpore mediante dos informes validados por catastro con las respectivas representaciones gráficas o en un único archivo GML en formato multipolígono?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1366.- Que sólo cuando sea muy clara la existencia de un pacto comisorio y se fundamente debidamente en el acuerdo de calificación, podrá denegarse la inscripción de esos negocios complejos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1365.- Que es posible pactar la disolución de una comunidad sujeta a la condición suspensiva del fallecimiento del testador bajo un determinado testamento y que la prohibición general de pactos sobre la herencia futura se refiere a pactos sobre la universalidad de dicha herencia, no a pactos sobre bienes concretos?

Estatua de Viriato en Zamora. MJGC.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1364.- Que las transmisiones de bienes integrados en un “trust” y sus rendimientos a los beneficiarios se consideran donaciones del constituyente (“settlor” o “grantor”) a los beneficiarios?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1363.- Que, para acreditar el incumplimiento de una condición resolutoria consistente en probar que no se ha realizado una construcción, basta un acta notarial de presencia, con notificación notarial? 

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1362.- Que los criptoactivos como el bitcoin, definidos como representaciones digitales de valor o derechos que pueden transferirse y almacenarse electrónicamente, mediante la tecnología de registros distribuidos u otra similar, tienen importantes riesgos por lo que la CNMV y el Banco de España han publicado un comunicado conjunto de advertencia?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1361.- Que, en una operación acordeón debe respetarse en todo caso el derecho de suscripción preferente de los socios, aunque el aumento simultáneo del capital se haga por aportaciones no dinerarias o por compensación de créditos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1360.- Que cabe el pacto marciano entre empresarios NO consumidores que acuerden una opción de compra en garantía de deuda si se pacta un sistema objetivo de valoración de la finca y de protección al deudor y a 3os que excluya el enriquecimiento injusto, siendo posible que la opción exceda de 4 años si acompaña a otro contrato de mayor duración?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1359.- Que cuando una vivienda y un trastero o plaza de parking están vinculados -y así consta en el Registro-, es posible inscribir la compraventa también sobre el elemento vinculado, aunque sea finca registral independiente y a pesar de que en el título no se describa de modo expreso?

Castillo de Coca (Segovia). Por María Jesús Gil del Campo.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1358.- Que cabe inscribir la cláusula estatutaria por la que los dividendos se distribuirán por cabezas entre los socios y no en proporción a sus participaciones, sin necesidad de crear participaciones privilegiadas?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1357.- Que, tras la reforma del RGR, ya no cabe el remate de la finca por adjudicación directa en caso de quedar desierta la subasta y que en las adjudicaciones forzosas también rigen los retractos legales y en particular el de colindantes del Código Civil?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1356.- Que el valor de referencia en el ITP y AJD no determina el valor de adquisición ni de transmisión en las ganancias y pérdidas patrimoniales en el IRPF?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1355.- Que cabe acordar la disolución de una comunidad, sometida a una condición suspensiva de un hecho futuro e incierto como es que, tras la futura muerte de uno de los comuneros, su sucesión se rija por determinado testamento en el que los herederos serían parte los que realizan el acuerdo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1354.- Que la DG ha analizado diversas cuestiones relacionadas con la inscripción de las obras nuevas, 17 de las cuales pueden verse esquematizadas aquí?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1353.- Que la entrega del legado es requisito para la inscripción del mismo a favor del legatario y debe de hacerse por quien corresponda conforme al testamento y la ley, aunque existe la posibilidad de acreditar esa posesión anterior al fallecimiento del causante mediante acta?

Pueblo en Filipinas rodeado de campos de arroz. Por Ana Isabel Rodríguez Parada.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1352.- Que, se pueden practicar en el Registro de la Propiedad asientos relacionados con una sociedad concursada con folio registral cancelado en el Registro Mercantil si se acredita que la finca no ha sido objeto de liquidación en sede concursal o, en caso de contrario, que no se ha acordado la reapertura del concurso?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1351.- Que, según el Tribunal Supremo, un exceso de adjudicación gratuito, fundado en indivisibilidad inevitable, producido en una liquidación del régimen económico matrimonial no está sujeto ni a transmisiones onerosas ni al Impuesto sobre Donaciones?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1350.- Que, para anotar un embargo sobre bienes inscritos a nombre del cónyuge no deudor, es preciso que sea ganancial la deuda contraída por el cónyuge deudor bajo la vigencia de la sociedad de gananciales, y se declare en juicio declarativo previo entablado contra ambos cónyuges, al no existir una presunción de ganancialidad de deudas?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1349.- Que en convenio regulador puede atribuirse sobre la vivienda ganancial el usufructo a uno solo de los cónyuges sin necesidad de liquidar la Sociedad de gananciales?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1348.- Que una persona sujeta a curatela puede testar, debiendo de hacerlo, al ser el testamento personalísimo, sin la intervención del curador,  siendo asistida por el notario?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif1347.- Que cabe inscribir una obra nueva con características diferentes a la que se establece en una nota marginal de vinculación de la superficie de toda la finca a una determinada construcción, si la obra cuenta con licencia o se declara por antigüedad por haber transcurrido los plazos para la adopción de medidas sancionadoras?

Catedral de Palencia. Por JFME

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1346.- Que el hecho de que un vehículo esté dado de baja temporal en el Registro de Tráfico no impide que el mismo pueda ser embargado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1345.- Que ahora la DGT declara no sujetas al IIVTNU las consolidaciones ordinarias en el nudo propietario de la extinción de usufructo, lo que implica que para operaciones posteriores, la fecha de adquisición será la de la nuda propiedad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1344.- Que, en los acuerdos de propiedad horizontal relativos a la prohibición del alquiler vacacional no es necesario que preste su consentimiento ni que se notifique el acuerdo al titular registral no notificado, si se ha obtenido el quórum de 3/5?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1343.- Que los expedientes notariales de rectificación de cabida superior al 10% son posibles pero complejos, siendo un dato básico si ha habido error en la medición, habiéndose pronunciado la DG en diversas resoluciones, algunas de las cuales pueden verse resumidas aquí?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1342.- Que, cuando la situación fáctica de un edificio es de división horizontal, le es de aplicación la Ley de Propiedad Horizontal, aunque los propietarios no hayan otorgado el correspondiente título constitutivo?

PUBLICADOS EN 2022 (del 1252 al 1341):

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1341.- Que es inscribible la escritura de cancelación de hipoteca pagada, otorgada por el inicial acreedor (luego cedente) antes de la escritura de cesión de ese mismo crédito hipotecario?

Julia. Escultura de Jaume Plensa. JFME

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1340.- Que la DG admite constituir una sociedad limitada en cuyos estatutos se haga constar que carece de ánimo de lucro, que no repartirá dividendos y que en caso de extinción la cuota de los socios se destinará a fundaciones o asociaciones también sin ánimo de lucro?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1339.- Que en la disposición de la nuda propiedad de una vivienda no es aplicable el artículo 1320 CC porque no hay elemento objetivo alguno que afecte al goce de la vivienda?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1338.- Que el Banco de España mediante una circular determina los tipos oficiales de referencia para fijar el interés en préstamos, y que también puede modificar el modo de calcularlos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1337.- Que, en la constitución y transmisión de opción de compra sobre inmuebles, la eventual ganancia patrimonial del propietario tributa en el IRPF en la base imponible de ahorro?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1336.- Que la DG define el ámbito de la calificación registral en una partición realizada por contador partidor dativo, extendiéndola a la competencia del órgano, la congruencia del resultado con el expediente, las formalidades extrínsecas y los obstáculos que surjan del Registro?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1335.- Que los casos de reanudación del tracto interrumpido a través de acta notarial son de interpretación restrictiva especialmente si la última inscripción de dominio tiene menos de 30 años?

Vista de la Sierra de Aracena desde su castillo (Huelva). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1334.- Que los Procuradores de los Tribunales pueden presentar a través de la página web del Colegio de Registradores, con su firma electrónica, documentos judiciales electrónicos con CSV?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1333.- Que la DGT reputa donación el reconocimiento de la desheredación injusta y de la preterición por los interesados en la sucesión?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1332.- Que no es inscribible el testimonio parcial de escritura de cesión de una cartera hipotecaria a un fondo de titulización, sino que ha de presentarse copia de la escritura?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1331.- Que, en caso de derecho de transmisión, según la DG, en la partición de la herencia del primer causante deben intervenir los legitimarios del transmitente, sean o no herederos transmisarios?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1330.- Que, si la Ley de Sociedades de Capital exige que determinada actuación sea notarial, dicha actuación no puede ser sustituida por un burofax ni siquiera de Correos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1329.- Que se puede rectificar una base gráfica inscrita y coordinada con el Catastro, con los parámetros de tolerancia establecidos en la Resolución conjunta de 23 de septiembre de 2020, siempre que no existan dudas de invasión de otras fincas, del dominio público y no se altere la realidad física exterior de la finca?

Puente Internacional sobre el Guadiana, en Ayamonte (Huelva).

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1328.- Que, para la modificación de la base imponible del IVA, respecto de créditos incobrables, la exigencia de requerimiento notarial de pago se satisface con cualquier clase de comunicación al deudor por conducto notarial, cualquiera que sea la modalidad del acta extendida al efecto?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1327.- Que, si en el anuncio de convocatoria de una junta se omite totalmente el derecho de información al socio, en aquellos casos en que el anuncio lo deba contener, los acuerdos de la junta celebrada a su amparo no serán inscribibles en el Registro?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1326.- Que la Ley de Cambio Climático prevé que antes de 2050 España alcance la neutralidad climática y que el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1325.- Que, según la DG, el valor mínimo de tasación para subasta es el 100% de la tasación homologada conforme al art. 129 LH, a pesar del texto literal del art. 682 LEC y, aunque no se pacte la venta extrajudicial?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1324.- Que la renuncia del heredero al testamento (sin sustitución ni derecho de acrecer) no excluye la necesidad de Acta de declaración de herederos abintestato, no habiéndose autorizado otra acta previamente?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1323.- Que, en la inscripción de una obra nueva, no será preciso georreferenciar toda la finca, si del CSV del informe catastral de ubicación de construcciones, superpuesto sobre la representación gráfica alternativa validada, se evidencia la ubicación íntegra de la construcción declarada dentro de la finca?

Montaña seccionada en Escarrilla (Huesca). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1322.- Que el TS permite disfrutar de la exención por reinversión en vivienda habitual acudiendo a financiación ajena y, en consecuencia, puede extenderse a las cantidades del préstamo amortizadas con posterioridad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1321.- Que es posible inscribir condicionantes de la licencia urbanística como mera publicidad noticia, siempre que se refiera a requisitos urbanísticos y no impliquen mención de derechos o gravámenes susceptibles de inscripción independiente?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1320.- Que el régimen obligatorio de autoliquidación del ISD lo regula el artículo 34 LISD, aplicándose desde 2021 a todas las CCAA, salvo Extremadura y La Rioja?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1319.- Que el reconocimiento de dominio, aunque sea judicialmente, sin expresión de causa, no constando el título material de adquisición, carece de virtualidad traslativa y no procede su inscripción?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1318.- Que un acta notarial de requerimiento para notificar la convocatoria de la junta general no puede transformarse en acta de la junta general?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1317.- Que a la propiedad horizontal de hecho se le aplica la Ley de Propiedad Horizontal, aunque no se haya otorgado el título constitutivo y que para la concreción de un elemento que antes no lo estuviera, y que va a ser objeto de transmisión, es necesario el consentimiento de todos los propietarios?

Estatuas de Daoiz y Velarde en la Plaza de Dos de Mayo de Madrid. Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1316.- Que, en subastas judiciales, la base imponible en TPO está constituida, si hay valor de referencia y éste es superior al precio de adjudicación, por dicho valor de referencia?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1315.- Que el plazo de caducidad de una anotación preventiva de embargo preventivo, más adelante convertida mediante nota marginal en anotación preventiva de embargo ordinario, se ha de computar desde la fecha de la nota marginal de conversión?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1314.- Que, para declarar heredero abintestato al Estado, es trámite inexcusable del expediente administrativo que se acredite la ausencia de otros interesados que hayan de heredar con preferencia?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1313.- Que el concepto de conflicto de intereses es más amplio que el de autocontratación, existiendo conflicto de intereses cuando se pueda dar una situación de ventaja de los intereses del representante sobre los del representado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1312.- Que, sobre revocación de poderes, interpretando el art. 1738 CC, la jurisprudencia más reciente considera imprescindible la concurrencia de la buena fe, no sólo en el apoderado, sino también en el tercero contratante para que el poderdante quede vinculado por el negocio representativo, presumiéndose la buena fe en el ámbito notarial y registral?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1311.- Que en las compras por matrimonios de distinta nacionalidad, debe determinarse cuál es la ley –española o extranjera– aplicable al régimen económico matrimonial de los compradores?

Casas en un canal de Copenhague. Por JFME

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1310.- Que no hay derecho de adquisición preferente en los arrendamientos de vivienda cuando lo que se vende está en parte arrendado, pero no todo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1309.- Que las promesas, arras y precontratos son verdaderos contratos, cuyas consecuencias fiscales fundamentales pueden verse aquí?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1308.- Que, en junta convocada por un administrador mancomunado, único existente tras el fallecimiento del otro, es posible el cambio de sistema de administración de mancomunados a administrador único?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1307.- Que no puede practicarse anotación preventiva de crédito refaccionario cuando de los propios asientos del Registro resulta la terminación de las obras?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1306.- Que un instrumento adecuado para facilitar la prueba de la guarda de hecho es el acta de notoriedad regulada en el artículo 209 del Reglamento Notarial?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1305.- Que cabe admitir un elemento privativo, en edificio en régimen de PH, cuya salida a la vía pública o a un elemento común se configure a través de otro elemento con una vinculación ob rem?

Mirador de los Dragos en Puntagorda (La Palma). Por Frank Vincentz

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1304.- Que, en caso de legado al cónyuge viudo del usufructo universal, la conmutación más allá de la cuota legal usufructuaria se puede considerar permuta sujeta a TPO?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1303.- Que el capital resultante en una fusión de sociedades debe responder al patrimonio neto de las sociedades que se fusionan, excluidas las participaciones recíprocas, y que en la escritura de fusión ha de constar la fecha de la comunicación a los acreedores a los efectos del derecho de oposición?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1302.- Que, para disponer de bienes singulares, no es imprescindible la liquidación de la disuelta sociedad de gananciales o de la herencia, si comparecen todos los interesados?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1301.- Que en una opción de compra, se admite el pacto que permite al acreedor adjudicarse o vender a un tercero el bien, siempre que se establezca un procedimiento de valoración que excluya situaciones de abuso para el deudor?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1300.- Que no cabe que la donación inter vivos sea libremente revocable, por lo que, si el donante no pierde la libre disposición de lo donado mientras viva y puede revocarla por su sola voluntad, la donación es mortis causa y no es inscribible?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1299.- Que, para inscribir la modificación de una división horizontal, el consentimiento necesario, cuando el acuerdo de la Junta no es actual, se extiende a los titulares registrales posteriores que lo sean al tiempo de solicitar la inscripción?

Sacra Capilla del Salvador y Parador de Turismo en Úbeda (Jaén). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1298.- Que es competente el juez de primera instancia para la iniciación o reanudación de las ejecuciones hipotecarias una vez abierta la fase de liquidación, cuando se trata de bienes no necesarios para la continuidad de la actividad empresarial o profesional del concursado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1297.- Que las segregaciones y divisiones de inmuebles realizadas como operación simultánea y necesaria para una disolución de comunidad, formalizadas ambas en un mismo instrumento, se consideran una única convención sujeta a AJD?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1296.- Que, en una escritura de constitución de sociedad, la DG considera que no es necesario reseñar, si uno de los fundadores está casado en separación, la escritura de capitulaciones ni su inscripción en el Registro Civil, ni tampoco, si un socio es persona jurídica y su administrador no está inscrito, su previa inscripción?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1295- Que la lectura fácil -pensada para los ciudadanos en general y las personas con discapacidad en particular- tiene ya su reflejo en la normativa notarial y registral, pero puede ser objeto de modificación por desarrollo reglamentario de la Ley 6/2022 de 31 de marzo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1294.- Que, si tras la partición realizada por el contador partidor, hay renuncia de los herederos, y resulta llamado por ello un menor o persona sujeta a medidas de apoyo representativo, es preciso citar a sus representantes legales para la modificación de la partición?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1293.- Que la rectificación de una renuncia a la herencia por causa de error exige el consentimiento de todos los interesados, incluso de aquellos que resultarían beneficiados de ser eficaz la renuncia, pues, por principio, la renuncia es irrevocable una vez hecha?

Recorte de costa en Playa Jardín, Puerto de la Cruz (Tenerife). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1292.- Que no cabe aplicar genéricamente y en bloque el régimen de la sociedad de gananciales a las uniones de hecho, ni siquiera mediante pacto expreso de remisión?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1291.- Que, en las novaciones de préstamos hipotecarios, respecto a las cláusulas distintas de las que modifican el tipo de interés o el plazo, la administración debe cuantificar la base imponible atendiendo al contenido económico de la cláusula en concreto sujeta a tributación?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1290.- Que no cabe inscribir una sentencia de dominio contra el titular registral fallecido, sin que la demanda se dirija también contra sus presuntos herederos –ignorados– (o al menos algunos de ellos), o nombrando un administrador judicial de la herencia?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1289.- Que, si ante una petición de conciliación registral el registrador considera que está incurso en una incompatibilidad, lo que procede es que remita el expediente al registrador interino según el cuadro de sustituciones?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1288.- Que, si en un contrato de arrendamiento financiero consta inscrita la cláusula que impide la cesión sin consentimiento del acreedor propietario, es necesario este consentimiento sin que pueda reputarse una prohibición de disponer en título oneroso, sino una delimitación del derecho del arrendatario?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1287.- Que es aplicable el artículo 28.4 TRLS a los actos de división o segregación de fincas respecto de los cuales ya no procede adoptar medidas de restablecimiento de la legalidad urbanística que impliquen su reagrupación forzosa, por haber transcurrido los plazos de prescripción correspondientes?

Monumento de 1908 a Andrés Torrejón, alcalde de Móstoles en 1808. Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1286.- Que, si se solicita la diligenciación de los libros de actas de determinados edificios, sin que conste inscrito que cada uno forma una subcomunidad, cabe su diligenciado, pero no su constancia por nota marginal en el folio de la propiedad horizontal, debiéndose advertir de ello en los propios libros diligenciados?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1285.- Que el TS considera que en caso de ejecución forzosa de un local comercial arrendado no se produce la subrogación obligada en el contrato de arrendamiento prevista en el artículo 29 LAU, pudiendo decidir al respecto el adjudicatario, pero que, para inscribir, es lógico considerar que sigue siendo necesaria la manifestación sobre libertad de arrendatarios?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1284.- Que la legítima en el vigente Derecho gallego se configura como pars valoris, por lo que se trata de una obligación de valor que puede ser satisfecha en metálico y que tiene carácter preferente a los legatarios y a los acreedores de los herederos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1283.- Que La disolución de una sociedad queda sujeta a OS y es competente la CA en la que la sociedad tenga su domicilio fiscal, aunque su principal activo sea un inmueble radicado en otra CA, pero que, si hubiera un exceso de adjudicación declarado, no siendo indivisible el bien, éste quedaría sujeto a TPO, siendo competente la CA donde se ubique el inmueble?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1282.- Que se precisa la unanimidad para una reducción de capital por restitución de aportaciones, que no afecte por igual a todos los socios o cuando la restitución de aportaciones se haga en especie?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1281.- Que es posible inscribir una segregación de un elemento de división horizontal acreditando la prescripción de la acción administrativa por informe técnico, si no afecta al terreno, pero que ello no exime de la autorización de la Junta (si es precisa), ni de las obligaciones posteriores del registrador?

Ermita de Santa Elena. Valle de Tena del Pirineo Aragonés, Semana Santa 2022. Biescas. Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1280.- Que, según la DGT, la base imponible en adjudicaciones resultantes de subastas es el importe de remate o adjudicación, con adición –en su caso– de las cargas anteriores que queden de cargo del adquirente y que la fecha del devengo se computa desde la firmeza de la resolución judicial?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1279.- Que no es necesaria la intervención de los personal representatives o executors para que el beneficiario único de una herencia sujeta al Derecho británico, se adjudique los bienes sitos en España?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1278.- Que el Fiscal europeo delegado puede ordenar anotación de embargo preventivo o prohibición de disponer incluso excepcionando el principio de tracto sucesivo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1277.- Que el Tablón Edictal Judicial Único (TEJU) es un nuevo suplemento del BOE en el que se publican, durante cuatro meses, resoluciones y comunicaciones judiciales de modo fehaciente, sustituyendo a la inserción en otros boletines y tablones?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1276.- Que el artículo 1504 del Código Civil es aplicable a la permuta de solar a cambio de pisos en edificio futuro siempre que se haya pactado condición resolutoria explícita?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1275.- Que en una división horizontal de una casa con su huerto, puede aceptarse que no hay fraccionamiento del suelo si se le adjudica todo el huerto a uno sólo de los elementos como anejo?

Olivo y ciprés en el Parque Juan Carlos I (Madrid). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1274.- Que el porcentaje de la reducción de vivienda habitual en la base imponible del Impuesto sobre Sucesiones se aplica sobre su valor no minorándose por las hipotecas que puedan gravarla?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1273.- Que, para que se extienda a la representación gráfica de la finca la legitimación registral del art. 38 LH, es preciso que se inscriba y esté coordinada con el catastro o hayan pasado seis meses desde que se le comunique la inscripción sin que éste se oponga, conforme al art. 10.5 LH?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1272.- Que en subastas voluntarias, notariales y judiciales, al expedir la certificación solicitada, ha de practicarse noma marginal y activarse la información continuada durante seis meses, conforme al artículo 111.3 LJV y artículo 73.4 LN?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1271.- Que, cuando la finca está inscrita como privativa a favor de un cónyuge, por confesión del otro, y luego se divorcian, al disponer de la finca el titular registral divorciado ha de manifestar en la escritura que el excónyuge vive, pues, si no, han de ratificar la confesión sus legitimarios?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1270.- Que, en las actas de terminación de obra, sin variaciones respecto de la obra inscrita en construcción, basta con que la otorguen la mayoría de los comuneros, pero que. si hay variaciones, han de consentir todos, aunque no se precise nueva licencia, pudiendo el técnico aseverar si esas modificaciones necesitan o no de nueva licencia?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1269.- Que es posible la tramitación de un expediente para la rectificación de descripción de una finca que sufrió una expropiación parcial que no accedió al Registro, georreferenciando la porción restante sobre la que se pretende declarar el exceso de cabida?

Murallas de Ávila por la noche. Por Juan Francisco Merino Escartín.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1268.- Que, el pago justificado de una indemnización por vicios ocultos en la venta de una vivienda supone, para el comprador, una rebaja de su precio de adquisición y, para el vendedor, una disminución de su valor de transmisión?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1267.- Que, para cancelar embargos administrativos, trabados con anterioridad a la declaración del concurso sobre bienes no afectos a la actividad de la sociedad, debe constar que los acreedores están sujetos al contenido del convenio aprobado cuya ejecución exija la cancelación y que los titulares de dichos embargos han sido previamente notificados?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1266.- Que no es posible una denominación social con identidad fonética respecto de otra previamente inscrita, aunque existan pequeñas diferencias gráficas entre ellas?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1265.- Que La Ley 8/2021 ha modificado el artículo 96 Cc, regulador del derecho de uso familiar, aplicándolo, en cuanto a los hijos, sólo a los menores o a los que tengan discapacidad y fijando una restricción a las facultades dispositivas que se hará constar en el Registro de la propiedad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1264.- Que, para determinar si el causante emitió professio iuris tacita en un testamento anterior a la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Sucesiones, se ha de realizar un análisis de su compatibilidad o no con la ley nacional del testador, referida al momento del otorgamiento de la disposición mortis causa?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1263.- Que, para que no sea exigible el seguro decenal en varias viviendas unifamiliares autoconstruidas individualmente sobre una misma parcela, en comunidad valenciana, tiene que haber una independencia estructural entre las mismas?

Hilera de árboles al atardecer. Por Gunter Steinkamp,

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1262.- Que el procedimiento de apremio fiscal no puede culminar en venta directa, sino en subasta y que en estas transmisiones también cabe el retracto de comuneros, si la finca es rústica, pero no si es urbana o urbanizable sin edificar?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1261.- Que, en una herencia sujeta al derecho suizo, la DG extiende que el notario y el registrador español deben analizar que el certificado de herederos es funcionalmente equivalente a un documento expedido por autoridad española, aun con adecuación?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1260.- Que, en caso de transmisión de participaciones sociales gananciales, es preciso el consentimiento de ambos, aunque sea titular uno solo de los esposos, por no resultar de aplicación el artículo 1384 CC, ya que las participaciones sociales no podrán estar representadas por medio de títulos o de anotaciones en cuenta y en ningún caso tendrán el carácter de valores, conforme al artículo 92.2 TRLSC?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1259.- Que la previsión estatutaria sobre el lugar de celebración de la Junta no puede dar lugar a una total libertad de elección, pero sí que es posible permitir que la convocatoria se realice para la celebración en un municipio distinto de aquel donde está situado el domicilio social, o prever uno alternativo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1258.- Que, en el expediente notarial de rectificación de cabida, una vez caducada la anotación preventiva, es preciso, para pedir otra anotación, que se solicite nueva certificación de dominio?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1257.- Que es necesario aportar, si existe, certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad del Estado cuya ley rige la sucesión?

Iglesia de Santa María en Quintanilla de Siones (Burgos). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1256.- Que, entre los deberes y facultades de la patria potestad, el art. 154 CC ahora incluye decidir el lugar de residencia habitual del menor de edad, que solo podrá ser modificado con el consentimiento de ambos progenitores o, en su defecto, por autorización judicial?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1255.- Que puede considerarse disolución de comunidad un negocio en el que la titularidad original se distribuye entre usufructuario y nudos propietarios y que también lo es si disminuye el número de miembros?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1254.- Que, a efectos hipotecarios el interés de demora no debe establecerse obligatoriamente sumando tres puntos al interés remuneratorio fijado a efectos hipotecarios?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1253.- Que, en el arrendamiento de inmuebles que tributan como rendimientos del capital inmobiliario son gastos deducibles la amortización de los inmuebles adquiridos a título lucrativo considerándose coste de adquisición satisfecho el valor a efectos del ISD?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1252.- Que no cabe acreditar la antigüedad de la ampliación de obra declarada por la certificación catastral que describe unitariamente la obra y se refiere al “año de la construcción”?

PUBLICADOS EN 2021 (del 1168 al 1251):

¿Sabías… 

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1251.- Que, si una persona física hipoteca un local comercial, ha de expresar que no es consumidora, pues, en otro caso, se aplica la LCCI, incluido el otorgamiento de acta previa?

Campanas y nido de cigüeña en la iglesia de Villambrán de Cea (Palencia). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1250.- Que, desde el 3 de septiembre de 2021, en la Ley Hipotecaria se ha derogado el artículo 28 (herencias en favor de herederos no forzosos), se ha suprimido el libro de incapacitados y las resoluciones judiciales sobre medidas de apoyo sólo se podrán hacer constar en el Libro sobre administración y disposición de bienes inmuebles que tiene la publicidad restringida?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1249.- Que, para inscribir una división horizontal por antigüedad es preciso acreditar, no sólo la antigüedad del edificio sino también la antigüedad de su configuración actual?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1248.- Que las escrituras de modificación de coeficientes de división horizontal o las escrituras de adaptación de las antiguas divisiones a la Ley de 1960 no se encuentran sujetas a AJD si no se modifica la superficie de los pisos o locales?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1247.- Que, para inscribir una hipoteca con fiador o hipotecante no deudor sujeta a la LCCI, ha de constar el correo electrónico del garante?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1246.- Que, en caso de expropiación no inscrita de parte de finca para carretera, se puede inscribir la porción resto siempre que esté determinada mediante sus coordenadas geográficas, pero no por la vía de reducir la cabida de la finca?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1245.- Que los particulares no pueden pactar la práctica de una anotación preventiva que diseñan, siendo, además, los casos numerus clausus?

Callejón de las flores (Córdoba). JFM

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1244.- Que, desde el 3 de septiembre de 2021, han desaparecido la tutela (salvo para menores), la patria potestad prorrogada y rehabilitada, la prodigalidad y la sustitución ejemplar, salvo la aplicación del derecho transitorio?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1243.- Que es posible establecer en estatutos formas alternativas de administración, a elección de la Junta, una mancomunada, debiendo actuar todos y otra mancomunada en la que sólo tengan que actuar dos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1242.- Que el testador ha de expresar la concreta causa de desheredación, que tiene carácter solemne, sin que sea suficiente la expresión «por las causas previstas en el artículo 853 del Código Civil»?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1241.- Que, en una escritura otorgada por el heredero único, donde se modifica una división horizontal también han de concurrir los legatarios de cosa específica de determinados pisos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1240.- Que la base imponible en las novaciones de hipoteca por ampliación de plazo, cuando no estén exentas consiste, según la DGT, en los intereses añadidos y los costes adicionales que conlleva la ampliación del plazo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1239.- Que, cuando se vende la mitad indivisa de un local, el arrendatario del total local tiene derecho de retracto sobre dicha mitad indivisa?

Vistas de Madrid desde la Plaza de España. JFME

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1238.- Que el TS considera que los inmuebles susceptibles de contener ajuar deben incluirse en la base para su cálculo, aunque hayan sido objeto de legado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1237.- Que en el fideicomiso de residuo ordinario la condicionalidad se refiere al “quantum” pero no al llamamiento y que el fideicomisario de residuo adquiere su derecho desde la muerte del causante y lo transmite a sus herederos?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1236.- Que la Ley antifraude ha reducido a 1000 euros el límite de pagos en efectivo para aquellas operaciones en las que intervenga un empresario o profesional?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1235.- Que, cuando en una propiedad horizontal tumbada se atribuye a los elementos privativos de la división horizontal el uso exclusivo de una determinada parcela de terreno agotando la superficie de la finca no ocupada por las edificaciones, estamos ante una efectiva división del suelo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1234.- Que la atribución de privatividad entre cónyuges es un negocio autónomo que puede o no coincidir con la compra, y que permite inscribir el bien a favor del beneficiado sin las limitaciones del artículo 1324 Cc?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1233.- Que, en segundas transmisiones de fincas colindantes con el dominio público, si pasa un mes desde que el Servicio de Costas reciba la comunicación del registrador sin que haya remitido la certificación, ha de practicarse la inscripción, pues opera el silencio positivo?

Iglesia de San Pío X en Todoque, que puede ser afectada por la lava de la actual erupción en La Palma.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1232.- Que el TEAC considera que las cesiones de remate en subastas extrajudiciales suponen una doble transmisión?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1231.- Que en una compraventa con condición resolutoria entre no consumidores cabe pactar la no moderación judicial y no consignación de la parte del precio ya entregado como cláusula penal por incumplimiento parcial o tardío?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1230.- Que, para la inscripción de la dimisión de un administrador solidario es suficiente con que el escrito de renuncia aparezca firmado por el otro administrador solidario, siempre que su firma esté notarialmente legitimada?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1229.- Que en los instrumentos públicos en los que intervengan personas con discapacidad que comparezcan ante Notario, podrán éstas utilizar los apoyos, instrumentos y ajustes razonables que resulten precisos y que ya es posible la conciliación ante Notario para alcanzar un acuerdo extrajudicial, en la que estén interesadas personas con discapacidad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1228.- Que, en los expedientes notariales de rectificación descriptiva del artículo 201 LH, con aumento de superficie o modificación en la perimetría de la finca respecto de la inscrita, una herramienta que puede ser muy útil es la consulta a la cartografía catastral histórica?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1227.- Que el derecho de reversión del artículo 812 Cc no es una especie de sucesión legal, sino un supuesto de resolución de la donación, aunque no tiene eficacia retroactiva y que, si la donación la hicieron ambos cónyuges de un bien ganancial, basta con que sobreviva uno, aunque será ganancial?

Escultura de campesino cántabro en El Soplao (Cantabria). Foto JFME

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1226.- Que el reconocimiento de dominio, sin expresión de causa, aunque sea en sede judicial, carece de virtualidad traslativa y no procede su inscripción?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1225.- Que las comunidades de bienes no son sujetos pasivos en la modalidad de AJD?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1224.- Que, en caso de herencia yacente, no es preciso, para inscribir o anotar en el Registro, el previo nombramiento de administrador judicial si el Juez ha rechazado específicamente la necesidad de tal nombramiento?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1223.- Que, si los herederos acuerdan hacer la partición con el desheredado, han de intervenir también los descendientes que pierden la legítima?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1222.- Que cuando el administrador no inscrito certifica sobre la Junta General que le nombró ha de notificar el cese al administrador anterior, aunque su cargo esté caducado, si no se ha extendido la nota marginal de caducidad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1221.- Que, a los efectos de la LCCI y del art. 1320 CC, puede ocurrir que una vivienda tenga «el carácter de habitual de la parte deudora, pero no su domicilio conyugal/familiar»?

Vista parcial de las murallas de Ávila. Por Ana Elisa de Gregorio.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1220.- Que no puede darse como asistente a un socio a los efectos del quorum de asistencia y después negarle su derecho a votar en la junta?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1219.- Que el certificado de eficiencia energética de un edificio tiene una validez máxima de diez años, excepto cuando la calificación energética sea G, cuya validez máxima será de cinco años?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1218.- Que si se pacta en la escritura de hipoteca una ejecución parcial por impago de tres cuotas, por razones de transparencia y de conocimiento por el deudor hipotecario, debe quedar claramente establecido en la escritura que si se dejan de pagar tres plazos de la hipoteca se podrá ejecutar de forma parcial la misma, sin que valga una mera remisión al artículo 693.1 LEC?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1217.- Que el rescate de los planes de pensiones constituye rendimiento del trabajo sujeto, pero el sujeto pasivo puede aplicarse las reducciones por las aportaciones si en su día no fueron aplicadas?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1216.- Que es inscribible la cláusula estatutaria en la que se establecen distintos sistemas retributivos de forma alternativa para los consejeros ejecutivos, sistemas que serán debidamente concretados en la celebración del obligatorio contrato entre el consejero y la sociedad?

Casa típica cántabra en Bárcena Mayo. Por JFME

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1215.- Que la suspensión del procedimiento de ejecución extrajudicial de hipoteca ante notario tiene las causas tasadas, entre las que no se encuentra la interposición de una demanda civil de nulidad de la obligación principal?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1214.- Que el TS considera no sujetas en el ISD y en el ITP y AJD las aportaciones gratuitas a gananciales por uno de los cónyuges?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1213.- Que, para inscribir la renuncia de un administrador solidario, es suficiente que la notificación a la sociedad se haga en su nuevo domicilio, aunque dicho domicilio no conste inscrito?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1212.- Que es posible otorgar una escritura de divorcio, utilizando un poder especialísimo, en virtud del cual el designado actúa meramente como un nuncio que transmite la voluntad ya plenamente formada del poderdante?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1211.- Que la DG entiende que en el procedimiento de ejecución directa el valor mínimo de tasación es el 100% a pesar de lo que dice literalmente el art. 682 LEC, por considerarlo modificado tácitamente por la Lay de contratos de crédito Inmobiliario?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1210.- Que los cónyuges casados en gananciales pueden atribuir carácter de privativo al inmueble comprado, aunque no se acredite el origen privativo del dinero empleado, excluyendo la presunción de ganancialidad del art 1361 c.c., siempre que tal atribución está causalizada como onerosa o gratuita?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1209.- Que, para determinar los colindantes a los que hay que notificar en un expediente de dominio notarial para inmatricular, se debe de acudir a la cartografía catastral y no sólo a la planimetría?

Faro en Chipiona (Cáldiz)

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1208.- Que el concepto de conflicto de intereses es más amplio que el de autocontratación, pues también se da cuando se produce una situación de ventaja de los intereses del representante sobre los del representado

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1207.- Que, en el caso del documento administrativo el registrador ha de calificar la suficiencia las facultades representativas de quien comparece en representación del titular registral, lo que podrá valorar a tenor del contenido del propio documento público que contenga el acto inscribible certificado por el Secretario o mediante la aportación del propio título legitimador u otro medio fehaciente?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1206.- Que la extinción parcial objetiva de condominio de dos condueños sobre varios bienes, consistente en la adjudicación a uno de los comuneros de una vivienda y el garaje a su servicio con exceso de adjudicación fundado en indivisibilidad y con compensación al otro en dinero queda sujeta a AJD y no a TP?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1205.- Que la anotación preventiva de embargo puede ser cancelada a instancia de cualquier interesado, conforme a la regla octava del artículo 210 de la Ley Hipotecaria por transcurso del plazo de 20 años desde la fecha del último asiento en que conste la reclamación de la obligación garantizada?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1204.- Que, en las donaciones, el derecho de reversión acordado es de interpretación estricta, por lo que no cabe ejercitarlo por la mera voluntad del donante, sin ningún tipo de justificación, a pesar de la dicción literal del artículo 641 del Código Civil?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1203.- Que, según la DG, el acreedor hipotecario puede ejecutar por importe superior a la cobertura hipotecaria y adjudicarse el sobrante (sin consignarlo) aunque haya un ulterior acreedor anotante, si éste es posterior a la nota marginal de Certificación de cargas extendida al inicio de la ejecución?

Rosa. Primavera de 2021. Por Raquel Laguillo.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1202.- Que, para determinar si hay conflicto de intereses entre el cónyuge viudo y sus hijos menores en una partición basada en testamento con cautela socini, es esencial dilucidar si la opción ha de ser tomada por los hijos o por el viudo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1201.- Que no existe derecho de tanteo y retracto por el mero hecho de que un terreno esté situado en la Red Natura 2000?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1200.- La conmutación del usufructo vidual en Derecho Común es un acto traslativo de dominio que debe tributar adicionalmente al ISD, salvo que se refiere a la conmutación de la cuota legal usufructuaria prevista en el CC o haya facultado el testador la conmutación?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1199.- Que los derechos de adquisición preferente previstos en el artículo 25 LAU para los casos de la compraventa no son aplicables a las daciones en pago de deuda?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1198.- Que, en las comunidades de bienes en las que alguna de las cuotas indivisas es ganancial,  es necesaria la intervención de ambos cónyuges para el otorgamiento de la escritura de disolución de la comunidad y consiguiente extinción del condominio?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1197.- Que, en las situaciones de propiedad horizontal de hecho (anteriores a la LPH de 1960), en las que los elementos privativos se encuentran segregados, es posible inscribir actos dispositivos sobre los mismos, pero no es posible inscribir actos de modificación hipotecaria, como subdivisión de alguno de ellos en propiedad horizontal, sin que previamente se constituya formalmente e inscriba la propiedad horizontal de todo el edificio?

Menorca en abril. Por Silvia Núñez.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1196.- Que la renuncia pura y simple a la herencia prescrita supone una donación por ficción legal del renunciante al beneficiario en el Impuesto de Donaciones, pero no tiene repercusiones fiscales ni en el IRPF ni en el Impuesto sobre el Patrimonio del renunciante?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1195.- Que, en las hipotecas de financiación de la vivienda de préstamos del banco a un empleado, puede estipularse en beneficio de la persona adherente y consumidora un interés de demora inferior al legal, incluso para el caso de que el prestatario deje de ser empleado del banco?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1194.- Que cada persona tiene a su disposición una carpeta ciudadana desde la que podrá acceder a su información, al seguimiento de los trámites administrativos que le afecten y a las notificaciones y comunicaciones de la Administración General del Estado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1193.- Que es necesaria la intervención de los legitimarios en la liquidación de la sociedad de gananciales, igual que sucede para el caso de la partición?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1192.-  Que, para extinguir una comunidad romana sobre varios inmuebles, si una cuota está inscrita con carácter presuntivamente ganancial y se hacen lotes diferentes, ha de comparecer el cónyuge?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1191.- Que no es posible ejecutar en un mismo procedimiento hipotecario varias hipotecas que garantizan obligaciones diferentes, aunque inicialmente hubieran sido una sola obligación?

Semana Santa en Sevilla. Por María Luisa Moreno-Torres Camy.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1190.- Que la antigüedad de una edificación debe computarse desde la fecha de la recepción de las obras, si esta consta?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1189.- Que, aunque la DGSJFP admite que la disolución de comunidad tenga potencial capacidad inmatriculadora, ha de aportarse la titulación pública adquisitiva previa de todos los copartícipes?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1188.- Que las liquidaciones a no residentes por ISD, que sean contrarias a la sentencia del TJUE de 3/9/2014, son nulas de pleno, aunque sean firmes en vía administrativa?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1187.- Que la compensación no es un medio de pago sino una forma de extinción de las obligaciones (1156 CC), por lo que no se le puede aplicar la normativa sobre control de los medios de pago?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1186.- Que, cuando el poder obra en el protocolo del notario autorizante, no es necesario que exprese en la escritura que el apoderado le ha exhibido la copia, siempre que el notario diga que tiene capacidad para obtener copias y que no hay nota de revocación en la matriz?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1185.- Que cuando una persona compra en situación de “separada de hecho”, aunque haya comenzado los trámites de separación o de divorcio, ha de tener en cuenta que la sociedad de gananciales se disuelve con la sentencia firme de divorcio, sin que haya efectos retroactivos a la fecha de la interposición de la demanda?

Catedral de San Antolín (Palencia). Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1184.- Que para determinar le extensión de los plazos civiles como consecuencia de la suspensión motivada por la crisis sanitaria Covid una regla sencilla es añadir 82 días naturales a la fecha en que tendrían que haber concluido de modo ordinario?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1183.- Que es posible la pignoración de los derechos consolidados derivados de un plan de pensiones individual siempre que se subordine su ejecución al momento en que los mismos sean disponibles?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1182.- Que los derechos de uso y habitación pueden ser transmisibles si así se ha dispuesto en el título constitutivo, al no ser el art. 525 del Código Civil de ius cogens, y que pueden hipotecarse junto con el titular del dominio en cuyo caso les afectaría la ejecución?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1181.- Que la constitución en escritura pública de un complejo inmobiliario previo a la declaración de división horizontal, según el TS, queda sujeta a AJD?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1180.- Que para constituir un derecho de vuelo han de especificarse las cuotas, el plazo y las plantas y, en su caso, las normas de comunidad y el acuerdo unánime de desafectación?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1179.- Que cabe transmitir una mitad indivisa del derecho de habitación, pero no el derecho de habitación sobre la mitad indivisa de una casa?

Balcones típicos canarios en Santa Cruz de La Palma. Por JFME

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1178.- Que, para cambiar el nombre de la calle o el número de policía en el Registro no basta con la mera manifestación del interesado, sino que se ha de apoyar en un certificado catastral o en un oficio del Ayuntamiento?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1177.- Que a las obras nuevas declaradas por antigüedad– o su ampliación-  no les son exigibles ni el libro del edificio, ni el certificado de eficiencia energética, ni la licencia (en su caso) para la división horizontal, pero sí es exigible el seguro decenal si no han pasado 10 años desde su terminación?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1176.- Que, cuando una finca registral se sitúa en la demarcación de dos registros distintos, la competencia del registrador es única correspondiendo al titular del registro donde se encuentre la  “mayor parte de la finca” que interpreta la DG como  “la mayor parte de superficie de suelo, medida ésta en proyección sobre el plano horizontal al nivel de la rasante del terreno”?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1175.- Que en las hipotecas mobiliarias el domicilio no puede cambiarse sin consentimiento del acreedor, por exigirlo así la Ley de Enjuiciamiento Civil?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1174.- Que dos maneras de acreditar el uso propio del autopromotor que vende antes de diez años, cara a la exoneración del seguro decenal, según la DG, son el empadronamiento durante todo el periodo o el acta notarial de notoriedad?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1173.- Que una escritura de entrega de dividendo en especie tiene causa onerosa basada en el acuerdo de Junta que determina ese modo de pagar los dividendos, siendo suficiente al respecto que el certificado de dicho acuerdo se incorpore a la escritura?

¿Sabías que...? Del 1168 al 1173.

Árboles desmochados en Arturo Soria (Madrid) por la «nevada del siglo» (enero de 2021), borrasca Filomena. Por JFME.

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1172.- Que, si una finca tiene su origen en un procedimiento administrativo de reordenación de terrenos como un proyecto de equidistribución o reparcelación, no cabe, salvo excepciones, utilizar el procedimiento del artículo 199 LH para rectificar la representación gráfica, sino que ha de rectificarse el título administrativo?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1171.- Que, si se ejercita una condición resolutoria con consentimiento del comprador, el otorgamiento de escritura en vez de acta puede evitar la consignación si no hay cargas posteriores?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1170.- Que la DG admite actualmente la cancelación de las anotaciones de embargo si han pasado 20 años desde el último asiento y lo solicita expresamente un interesado?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1169.- Que, en el acta de fin de obra, el «coste de ejecución de la obra» recogido en el seguro decenal de la construcción puede ser aplicado por la administración tributaria?

https://www.notariosyregistradores.com/images/punto-colores.gif 1168.- Que la sustitución vulgar para el caso de renuncia del heredero forzoso, si hay más legitimarios, sólo cabe en el tercio de libre disposición, o para mejorar a algún legitimario, o bien cuando los designados sustitutos son los mismos colegitimarios del renunciante o legitimarios de otro grado?

 

IR A ¿SABÍAS QUE…? 3   (del nº 714 AL 1167)

IR A ¿SABÍAS QUE…? 2   (del nº 201 AL 713)

IR A ¿SABÍAS QUE…? 1 (del 1 al 200)

¿SABÍAS QUE…? DE NAVEGACIÓN POR LA WEB

 

RESOLUCIONES:    Por meses.   Por titulares.  Índice Juan Carlos Casas

NORMAS:      Cuadro general.     Por meses.     + Destacadas

NORMAS:     Resúmenes 2002 – 2017.   Tratados internacionales.    Futuras.

CASOS PRÁCTICOS:   Madrid y Bilbao.    Internacional.    Índice J.C. Casas

Archivo abierto el 20 de octubre de 2021.

Orquídea negra del zafiro

Resumen Segunda Resolución conjunta Catastro – Registro 23-septiembre-2020

SEGUNDA RESOLUCIÓN CONJUNTA CATASTRO REGISTRO

JFME

 

Resolución de 7 de octubre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución conjunta de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública y de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueban especificaciones técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía catastral y otros requisitos para el intercambio de información entre el Catastro y el Registro de la Propiedad.

 

ÍNDICE:

 

Resumen:

Incorpora como anejo la Resolución de 23 de septiembre de 2020, complementaria de la Resolución conjunta de 26 de octubre de 2015 y en ella se aprueban especificaciones técnicas complementarias para la representación gráfica de las fincas sobre la cartografía catastral y otros requisitos para el intercambio de información entre el Catastro y el Registro. Crea la categoría de finca precoordinada. Define márgenes de tolerancia métricos y concepto de identidad gráfica. Precisiones sobre edificaciones. Solares de las propiedades horizontales. Giros y desplazamientos. Bienes de dominio público: inmatriculación y relaciones con colindantes. Reparcelaciones, deslindes, concentración parcelaria. Intercambio de información. Código de buenas prácticas. 

 

Introducción:

Se trata de una resolución conjunta firmada entre dos directores generales de dos ministerios distintos, Sofía Puente Santiago, por la DGSJFP y Fernando de Aragón Amunárriz por la DG Catastro. Por ello, se incorpora a una Resolución de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia.

Puede haber confusión en la fecha de la Resolución. Realmente es de fecha 23 de septiembre de 2020, pero está incluida como anejo en otra Resolución de 7 de octubre de 2020.   

Viene motivada porque la aplicación práctica de la Ley 13/2015, de 24 de junio, y de la Resolución conjunta de 29 de octubre de 2015, ha puesto de manifiesto la existencia de disfunciones que dificultan las comunicaciones y el suministro de información entre ambas instituciones, consistiendo el objeto de la presente Resolución, complementaria a la anterior, resolver los obstáculos técnicos que impiden un completo y eficaz suministro recíproco de la información.

Al final de la Exposición de Motivos se indica que “el objetivo de la coordinación entre el Catastro y el Registro de la Propiedad se acomete con pleno respeto a la autonomía funcional y operativa de ambas instituciones, sujetas a sus propios procedimientos y dinámicas de gestión internos. Sin embargo, la interacción y reutilización de los datos objeto de comunicación, derivadas del flujo bidireccional y recíproco de información, hacen necesario establecer ciertos criterios interpretativos que garanticen el contenido y calidad del modelo de datos y su reutilización en el marco de las diferentes funciones que, conforme a su legislación específica, competen al Catastro y al Registro de la Propiedad.”

Siglas utilizadas:

RGC: representación gráfica catastral

RGGA: representación gráfica georreferenciada alternativa

IVGA: informe de validación gráfica alternativa

CSV: código seguro de verificación

Representaciones gráficas georreferenciadas alternativas (RGGA).

La comunicación y remisión de las representaciones gráficas de las fincas y parcelas, ya sean alternativas o no, debe realizarse mediante procesos telemáticos. Se remite a la Resolución de 26 de octubre de 2015, pero haciendo precisiones adicionales.

Para posibilitar la coordinación de RGGA, podrá utilizarse el informe de validación gráfica alternativa (IVGA) que se obtiene a través de la sede electrónica del Catastro. Sin él no se pueden incorporar a la cartografía catastral, por lo que la falta del informe -o si es negativo- impide la coordinación con el Registro.

Pero, en determinados casos (que se indican en el anexo I) se podrá generar un estado de precoordinación, que posibilitará la futura coordinación. También se determinan, sus efectos y la publicidad que se ha de otorgar a los mismos, incorporándose ésta a la información que debe ser objeto de comunicación al Catastro, pudiéndose utilizar informes de validación gráfica específicos.

El Registro también comunicará al Catastro las RGGA presentadas cuya inscripción haya sido suspendida o denegada, con indicación de la causa.

 

Estados de coordinación. Anexo I

Estos son los estados de coordinación y precoordinación y sus efectos en el proceso de coordinación:

1.- Finca coordinada

Concepto: Finca con la representación catastral (RGC) inscrita vigente a la fecha de la coordinación. Esta fecha es aquella en la que se practica la inscripción de la RGC.

– Efectos: Se presumirá, con arreglo a lo dispuesto en el art. 38 LH, que la finca objeto de los derechos inscritos tiene la ubicación y delimitación geográfica expresada en la representación gráfica catastral que ha quedado incorporada al folio real (art. 10.5 LH).

2.- Finca no coordinada

– Concepto: Finca inscrita sin RGC (por no tener georreferenciación o tener RGGA no coordinada con el Catastro).

– Efectos: No produce los efectos jurídicos establecidos en el art. 10.5 LH.

Excepción: La RGGA ha sido validada previamente por una autoridad pública, y han transcurrido seis meses desde la comunicación de la inscripción al Catastro, sin que éste haya comunicado al Registro impedimentos para su validación técnica. Entonces se aplica el 10.5 LH.

3.- Finca precoordinada en general

– Concepto: finca con RGGA inscrita, existiendo IVGA positivo, mientras no se haga constar en el Registro la finalización del proceso de coordinación con el Catastro.

– Efectos: Situación provisional en el proceso de coordinación que durará hasta que conste en el Registro la comunicación del Catastro de que ha incorporado al mismo la alteración de la cartografía catastral, tras la validación de la coherencia de los datos remitidos.

– Inscripción. Esta situación de precoordinación se hará constar por el Registrador al practicar la inscripción de la RGGA.

– Publicidad. Hasta que conste en el Registro la plena coordinación, la RGGA inscrita en las situaciones de precoordinación podrá ser objeto de publicidad registral con indicación expresa de dicho estado, conforme al apartado noveno de la Resolución conjunta de 2015.

Alegaciones de colindantes. Si son desestimadas en el procedimiento del art. 199 LH, no impiden la inscripción de la RGGA, ni afectarán al estado de precoordinación.

3.1 Finca precoordinada pendiente de ajuste por desplazamiento.

Concepto: Modalidad en la que en el levantamiento técnico se han apreciado desplazamientos y/o giros en la cartografía catastral debidamente metadatados, que afectan a toda el área o sector.

Requisito de inscripción: El IVGA ha de incorporar un doble archivo, en formato GML, tanto de las coordenadas derivadas del levantamiento técnico como de las catastrales equivalentes, así como los parámetros de transformación aplicados, los cuales podrán obtenerse en la propia sede electrónica del Catastro.

Efectos: La finca será considerada como «precoordinada pendiente de ajuste por desplazamiento», reflejándose tal situación en el folio real y en la publicidad registral hasta que el Catastro comunique la nueva representación gráfica de las parcelas.

Actuación posterior del Registrador: Tras recibir del catastro los nuevos recintos, comprobará su identidad gráfica con aquellos otros que consten previamente inscritos en situación de precoordinación, reflejando en el asiento, si procede, las nuevas coordenadas y modificando el estado de coordinación a «coordinada» o a «no coordinada», según haya podido reflejar las nuevas coordenadas o no, conforme al apartado décimo de la presente Resolución. Y notificará al Catastro las operaciones practicadas.

3.2 Finca precoordinada pendiente de procesamiento. 

Casos: Se citan tres en esta categoría:

a) Finca con RGGA inscrita con un IVGA positivo, existiendo una modificación física de parcelas que respeta la geometría catastral y sin que haya parcelas catastrales colindantes afectadas.

b) Finca con RGGA inscrita con un IVGA positivo, existiendo discrepancias geométricas con parcelas catastrales colindantes afectadas, o con el dominio público no deslindado.

c) Finca de dominio público con RGGA inscrita, por carecer de referencia catastral, con aportación bien de un IVGA positivo o del informe positivo del Catastro previsto en el artículo 206 LH.

Efectos: La finca podrá ser considerada como «precoordinada pendiente de procesamiento», reflejándose dicho estado en el folio real y en la publicidad registral

Actuación posterior del Registrador: Cuando el Catastro haya comunicado al Registro la nueva representación gráfica y, en su caso, las nuevas referencias catastrales, el registrador comprobará la identidad gráfica con la representación gráfica inscrita y modificará la situación de la finca al estado de «coordinada».

3.3 Finca precoordinada pendiente de procesamiento y de ajuste por desplazamiento.

Casos: Han de concurrir las dos situaciones definidas en los apartados 3.1 y 3.2.

Efectos: Si la comunicación posterior del Catastro, incluyendo la nueva representación gráfica catastral, da respuesta a los dos problemas, el registrador podrá modificar el estado de la finca, coordinada/no coordinada, en la forma vista.

Si sólo da respuesta a uno, el registrador podrá modificar la situación de precoordinación de la finca, dejándola pendiente sólo de aquello no resuelto por el Catastro.

Ver Cómo inscribir la representación georreferenciada y la lista de coordenadas en la >Resolución-Circular de 3 de noviembre de 2015.

 

Precisión métrica de la cartografía catastral. Ap. 2º.

Concepto: La precisión métrica absoluta o de posicionamiento de la cartografía catastral es, con carácter general, la derivada de la escala de obtención de la cartografía básica que ha servido para su elaboración.

Mejora de la precisión y su inscripción. La precisión métrica de una RGGA puede ser superior a la catastral, lo que puede hacerse constar en el Registro, incluso cuando previamente se ha alcanzado ya la coordinación gráfica.

Procedimiento para inscribir la mejora:

– La puede solicitar el interesado, presentando la RGGA. Es un derecho potestativo suyo.

– El procedimiento parece que tanto puede ser notarial (art. 201) como registral (art. 199) a pesar de que la Instrucción sólo aluda en singular al “procedimiento previsto en la Legislación Hipotecaria”

– Han de ser notificados los colindantes catastrales y registrales. La Instrucción no dice si antes o después, pues sólo se remite a la legislación hipotecaria. Lo razonable es que sea antes, pues más adelante se alude a que la oposición de un titular catastral no impide la inscripción. Nada se dice si se opone un titular registral.

– Para modificar una representación gráfica inscrita es de suponer que ha de encontrarse la diferencia en los márgenes de tolerancia.

– Se hará constar el estado de «pre-coordinada pendiente de procesamiento». Nota; si ya está inscrita la representación gráfica, la expresión de precoordinada puede resultar contradictoria.

Remisiones al Catastro por el registrador:

– el código seguro de verificación (CSV) del IVGA que incorpore la georreferenciación inscrita,

– un enlace o vínculo electrónico al contenido de la certificación en la que consten las incidencias del expediente registral tramitado, incluyendo la motivación jurídica por la que el registrador hubiera desestimado las oposición formulada

El Catastro comunicará al Registro de la Propiedad el resultado del procedimiento de rectificación.

 

Margen de tolerancia gráfica. Ap. 3º

Concepto: Los parámetros que van a permitir indicar cuándo una RGGA y la cartografía catastral son equivalentes o similares, configuran el denominado «Margen de tolerancia».

La D. Ad. 6ª Orden HAC/1293/2018, de 19 de noviembre, por la que se aprueba el modelo de declaración de alteraciones catastrales ya prevé un margen de tolerancia gráfica de las RGGA respecto de la representación catastral que será desarrollado por resolución, que es lo que hace la presente en su anexo II en los siguientes términos resumidos:

Los parámetros son dos (el 1 y el 2), debiendo cumplirse ambos:

1 a) Cartografía urbana: La línea exterior que delimita el perímetro de la geometría de la RGGA debe estar comprendida, dentro de la zona delimitada entre un borde exterior, situado a una distancia de +0,50 metros y un borde interior, situado a una distancia de –0,50 metros, trazados ambos a partir de la línea que delimita el perímetro de la representación geométrica de la parcela catastral.

1 b) Cartografía rústica: La distancia para delimitar el borde exterior será de +2,00 metros, mientras que para el borde interior será de –2,00 metros, medidos a partir de la citada línea.

2. La diferencia de superficie entre la RGGA y la cartografía catastral no puede exceder del 5% de la superficie catastral.

Cuándo se aplica el margen de tolerancia:

discrepancias geométricas entre las RGGA y la delimitación catastral

– contraste entre las RGC y las ortofotografías del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea (PNOA) u otras cartografías oficiales que delimiten dominio público.

– en los casos de giro y/o desplazamiento sólo se aplicará a los supuestos establecidos en los apartados 7 y 8 que veremos

– para los casos que afecten al dominio público, se hace remisión al apartado 13.

Cómo averiguar si cumplen el margen de tolerancia:

a) para una RGGA:

– El servicio de IVGA en la sede electrónica del Catastro informará al propietario

– Los registradores tendrán una herramienta técnica para apreciarlo

b) para comparar una RCG con ortofotos del PNOA u otras cartografías oficiales:

– La visualización estará disponible en la sede electrónica del Catastro

– los registradores dispondrán de una aplicación al respecto.

Cuando el Registrador no aplique el margen de tolerancia deberá motivar su decisión en un informe que se incorporará al expediente.

 

Identidad gráfica. Ap. 3º y anexo II

Concepto: Cuando una RGC o RGGA se encuentre dentro del margen de tolerancia se considerará que existe identidad gráfica entre la RGC y la RGGA o, en su caso, entre la catastral y la foto-interpretada.

Ámbito de aplicación: Según el anexo II, el criterio de identidad gráfica será aplicable tanto a las discrepancias geométricas (posicionamiento relativo) como a los giros y/o desplazamientos (posicionamiento absoluto), teniendo en cuenta que, respecto a los giros y/o desplazamientos, para cumplir el margen de tolerancia, si no hay discrepancias geométricas, como excepción, no es preciso que la diferencia de superficie sea inferior al 5%.

Efectos:

a) El propietario podrá elegir fundadamente entre la RGC o la mejora de su precisión métrica a través de una RGGA.

b) Facilitar la calificación del registrador para:

– decidir si inscribe o no una determinada RGC (no se dice respecto a una RGGA por mejora, por lo que ha de entenderse que también se considera RGC).

– en caso de que el Catastro le comunique giros o desplazamientos, para apreciar si se mantienen o no la identidad gráfica y la coordinación.

En cuanto al dominio público se estará a lo dispuesto en los apartados 12º, 13º y 14º.

 

Georreferenciación de Edificios. Anexo II.3 y Ap. 11º.3

El anexo II.3 hace estas dos importantísimas especificaciones:

– A los efectos del artículo 202 LH, las coordenadas que definan la superficie ocupada por la edificación habrán de estar referidas siempre a su posicionamiento absoluto sobre el terreno, por lo que en aquellos casos de fincas con desplazamientos y/o giros o afectadas por discrepancias geométricas deberá procederse previamente a su subsanación, para reflejar con precisión su ubicación y para evitar que la edificación se localice fuera de su delimitación perimetral.

– También procederá la inscripción de la representación gráfica de la finca cuando la edificación ocupe la totalidad de su superficie o por su ubicación existan dudas sobre su posible intersección o extralimitación respecto de la línea exterior de la finca o parcela.

Y el apartado 11.3 indica que el Registro de la Propiedad podrá utilizar el servicio disponible en la sede electrónica del Catastro, denominado «informe catastral de ubicación de las construcciones», con el fin de dar soporte a la previsión contenida en el artículo 202 LH.

Ver apartado de obras nuevas en la Resolución Conjunta de 2015

Ver edificaciones y elementos de propiedad horizontal en la Resolución Circular de 3 de noviembre de 2015

 

Inscripción de representaciones gráficas catastrales. Ap. 4º

Recoge la actuación registral para inscribir las RGC. Destaquemos:

– El registrador, al inscribirla, hará constar, en su caso, la aplicación del criterio de identidad gráfica con remisión al informe que lo documente.

– La comunicación al Catastro del estado de coordinación se hará de acuerdo con la norma técnica de intercambio de información prevista en la presente Resolución (D. Ad. 1ª).

Si deniega la inscripción de una RGC, remitirá al Catastro un informe motivado.

Ver esta materia en la Resolución conjunta de 2015.

 

Inscripción de representaciones gráficas alternativas. Ap. 5º y 6º

A) Por modificación física de parcelas, que respeten la geometría catastral y no afecten a parcelas catastrales colindantes.

Son casos de segregación, agrupación, división o similares que reúnen dos requisitos:

– Respetan la geometría catastral

– No resultan afectadas parcelas catastrales colindantes

Se han de delimitar todas las porciones resultantes, pero se introducen determinados mecanismos de tracto abreviado que facilitan la coordinación, excluyendo aquellos restos de imposible determinación registral o aquellas modificaciones que sean meramente instrumentales, para centrar el esfuerzo de la coordinación sólo en las fincas resultantes.

Excepciones a la necesidad de georreferenciar:

– En agrupaciones, las fincas de origen

– En agregaciones, la finca pequeña cuyo historial se cierra.

– En segregaciones, el resto cuando existen segregaciones o expropiaciones pendientes de inscribir, si no es posible determinar la finca restante.

– Las alteraciones físicas meramente instrumentales o intermedias.

Aspectos procedimentales:

– Las fincas quedarán en situación de «pre-coordinadas pendientes de procesamiento».

– El Registro comunicará al Catastro todas las RGGA junto con el CSV del IVGA positivo.

– El Catastro tramitará un procedimiento de comunicación previsto en su normativa y devolverá al Registro las nuevas referencias catastrales con sus representaciones gráficas, para que se proceda a la coordinación.

– La coordinación se hará constar en el Registro por nota marginal.

– Tras ello, el Registro comunicará el estado del coordinación al Catastro y el código registral único (CRU) de cada una de las fincas correspondientes.

B) Por discrepancias que no respeten la geometría catastral inicial y que afecten a parcelas catastrales colindantes.

Concepto de discrepancia geométrica: Se da cuando existen diferencias en lo referente a la superficie y relaciones topológicas con las parcelas colindantes, entre la representación del inmueble en la cartografía catastral y su comparación con la representación del mismo mediante otra cartografía oficial que delimite el dominio público, levantamiento u ortofotografía del PNOA.

Estas discrepancias podrán ser corregidas mediante una RGGA aportada por el propietario de la misma que quiera mejorar la precisión métrica.

Requisitos:

– el propietario ha de consentir expresamente la nueva delimitación

– IVGA previo positivo

que la rectificación no encubra un acto de modificación física que debiera haberse formalizado de forma autónoma

– que no invada el dominio público ni otras fincas inscritas

– que se notifique la nueva geometría a los titulares registrales y catastrales afectados.

Inscripción:

– Se dejará constancia del IVGA positivo

– Se indicará que la finca quedará en estado de «pre-coordinada pendiente de procesamiento».

Comunicación al Catastro:

Se hará conforme al apartado segundo para que inicie el procedimiento de subsanación de discrepancias (art. 18.3 TRLCatastro), conteniendo:

– el CSV del IVGA,

– las geometrías rectificadas

– las razones por las que desestimó una oposición expresa, en su caso

Respuesta del Catastro:

Tras el procedimiento, remitirá al Registro:

– las nuevas representaciones gráficas

– las nuevas referencias catastrales, en su caso.

Constancia de la coordinación:

Finalmente. la coordinación se hará constar en el Registro por nota marginal y una vez practicada se comunicará dicho estado al Catastro junto los CRU de las fincas afectadas.

Dominio público afectado.

Tiene estas especialidades:

– El IVGA ha de advertirlo

– El Registrador tramitará el procedimiento del artículo 199.2 LH. Expresamente se indica que notificará a la Administración titular (es una interpretación conforme a resoluciones de la DG, pues el texto legal sólo habla de denegar directamente).

– Si se inscribe, constará el estado de «pre-coordinación pendiente de procesamiento»

– Han de tenerse en cuenta los apartados 12º, 13º y 14º que veremos.

Ver esta materia en la Resolución conjunta de 2015.

Requisitos Tecnicos de la Representación gráfica de las Fincas en la Resolución 26 de octubre 2015 

 

Giros y/o desplazamientos. Ap. 7º y 8º y Ap. 10º

A) En general

Cuando se den situaciones de desplazamiento y/o giro de la cartografía catastral, se establece el principio de que éstas no suponen, por sí mismas, invasión real de parcelas colindantes ni del dominio público, ya que la geometría, superficie, relaciones topológicas y de colindancia con las parcelas afectadas permanecen invariables, no pudiendo realizarse las correcciones de forma individual por lo que debe efectuarse el ajuste global del área o sector desplazado, utilizando al efecto los procedimientos específicos previstos en la normativa catastral.

Pueden apreciarse al contrastar la cartografía catastral con una RGGA o también al compararla con una ortofotografía oficial.

En estos casos, se precisa su metadatación y su constancia en el folio real

B) Sólo giros y/o desplazamientos

Cuando no hay discrepancias geométricas y sólo giros o desplazamientos, para su rectificación…

En el Catastro, se corregirán por el correspondiente procedimiento de rectificación previsto en la normativa catastral, procediéndose al ajuste masivo de todo el área o sector afectado.

En el Registro, deberán utilizarse los procedimientos previstos en la legislación hipotecaria, con determinación de las parcelas implicadas y afectadas, siendo requisitos necesarios:

– que el propietario consienta expresamente la nueva delimitación,

– que la discrepancia no encubra un acto de modificación física que debiera haberse formalizado de forma autónoma,

– que la parcela modificada no invada el dominio público ni otras propiedades inscritas

– y que la nueva geometría se notifique a los titulares registrales y catastrales afectados.

– que cumplan los márgenes de tolerancia que determinan el concepto de identidad gráfica

En la inscripción de la RGC, para comprobar que no invaden fincas colindantes ni dominio público, se dejará constancia del desplazamiento indiciario apreciado sobre la ortofotografía y podrá metadatarse con la remisión al informe gráfico emitido por el Registro en el que se documente.

En la inscripción de RGGA, los recintos desplazados y/o girados serán inscribibles en el Registro de la Propiedad siempre que en el informe técnico se aporten dos ficheros en formato GML, conteniendo:

uno, las coordenadas obtenidas en el levantamiento técnico

– y otro, con las coordenadas catastrales correspondientes, debiéndose adjuntar además los parámetros de transformación. Puede utilizarse para ello una funcionalidad que habrá en la sede electrónica del Catastro.

Estado que constará en el asiento:

– Como regla, la inscripción de las fincas reflejará el estado de «pre-coordinada pendiente de ajuste por desplazamiento».

– Para la inscripción de RGGA por actos de segregación, división, agrupación o similares deberá también aportarse el doble archivo GML y la inscripción reflejará el estado de «pre-coordinada pendiente de procesamiento» y también el de «ajuste por desplazamiento».

– Si el giro y/o desplazamiento cumple el criterio de identidad gráfica y, además, el propietario acepta en el procedimiento registral la delimitación catastral, se inscribirán sólo las coordenadas resultantes de la cartografía catastral, con remisión al informe en el que consten los metadatos y parámetros. La finca quedará «coordinada».

C) Además, discrepancias geométricas

Es el caso más complejo que se da cuando concurran en un mismo supuesto un desplazamiento cartográfico y/o giro y una discrepancia geométrica.

Para intentar resolverlo, se establece la necesidad de:

ajustar primero la cartografía para rectificar el desplazamiento y/o giro metadatado, aportando el doble archivo en formato GML antes citado,

– y después corregir, si procede, la discrepancia geométrica

Todo ello sin perjuicio de la aplicación de los márgenes de tolerancia y el criterio de identidad gráfica a fin de que el propietario pueda prestar su consentimiento informado.

Para su prolijo y casuístico tratamiento, nos remitimos al apartado octavo.

D) Actuaciones catastrales y registrales posteriores.

Reseñamos lo recogido en el apartado décimo par los casos de operaciones de carácter general de rectificación total o parcial de la cartografía catastral de cada municipio, pues se pueden utilizar por analogía para concluir el procedimiento de rectificación si hay desplazamientos o giros.

El Catastro tramitará el correspondiente procedimiento de comunicación y rectificación catastral y devolverá al Registro las nuevas representaciones gráficas, acompañadas en su caso, de las nuevas referencias catastrales para concluir la coordinación.

En el supuesto de las fincas «pre-coordinadas pendientes de ajuste por desplazamiento», el Registrador de la Propiedad comprobará si las parcelas catastrales definidas por estas nuevas coordenadas se encuentran dentro del margen de tolerancia, respecto a las coordenadas ya inscritas.

a) Si se encuentran dentro del margen, el registrador notificará las nuevas coordenadas al titular registral, y si este no manifestase su oposición expresa en el plazo de veinte días, las parcelas pasaran a la situación de coordinadas, haciéndose constar por nota marginal tanto dicha situación como las nuevas coordenadas. La coordinación estará referida a la fecha en que se practique la nota marginal.

Si se opone el titular registral, la finca pasará a situación de no coordinada, lo que se reflejará también por nota marginal.

El registrador comunicará al Catastro la inscripción del ajuste y el estado de coordinación que corresponda.

b) Si no se encuentran dentro del margen de tolerancia, se notificará al titular registral la nueva situación a efectos de la posible tramitación, a instancia suya, del procedimiento registral de rectificación que corresponda. Hasta que no se lleve a cabo tal actuación o el titular registral preste su consentimiento expreso a las nuevas coordenadas, estas fincas pasarán a la situación de no coordinadas, lo que se reflejará por nota marginal. No se dice expresamente que se haya de comunicar al Catastro.

 

Rectificación de errores en la coordinación. Ap. 9º

Se centra en las comunicaciones recíprocas según los siguientes casos:

El Registro detecta error tras inscribir una representación gráfica. Se rectificará conforme a lo previsto en la legislación hipotecaria y, posteriormente, se comunicará al geoportal registral y al Catastro con informe motivado, anulando la comunicación anterior y, en su caso, la coordinación. El Catastro devolverá acuse de recibo.

– El Catastro detecta la existencia de un posible error o incoherencia en la coordinación. Lo comunicará al Registro para que en éste se puedan practicar las rectificaciones que procedan conforme a la legislación hipotecaria. Nota: es de esperar que este apartado -junto con lo que ahora veremos del apartado diez- termine con los casos bastante comunes en que, después de la coordinación, el Catastro unilateralmente descoordina.

– El Registro detecta error o incoherencia entre los datos devueltos por el Catastro y aquellos otros resultantes de la inscripción registral y previamente comunicados al mismo, que pudiesen afectar al estado de coordinación de la finca. Lo comunicará al Catastro para que en éste se puedan practicar las rectificaciones que procedan conforme a su legislación.

– El Registro detecta errores en las comunicaciones realizadas conforme al artículo 14 TR Ley del Catastro (Procedimiento de incorporación mediante comunicaciones). Se lo comunicará indicando el CSV del informe que lo acredite.

 

Fincas ya coordinadas si después el Catastro modifica la cartografía catastral. Ap. 10º

El Catastro podrá realizar operaciones de carácter general de rectificación total o parcial de la cartografía catastral de cada municipio, para la mejora de su calidad y precisión absoluta. Esto puede afectar a fincas que ya estuviesen coordinadas.

A) Si la nuevas coordenadas se encuentran dentro del margen de tolerancia, el Registrador notificará las nuevas coordenadas al titular registral, y si no manifiesta su oposición expresa en el plazo de veinte días, las parcelas mantendrán su estado de coordinadas, haciéndose constar en el folio real las nuevas coordenadas resultantes del ajuste, así como la aplicación del margen de tolerancia, quedando la coordinación referida a la fecha en que se practique la nota marginal en el folio real.

B) En el caso de que el titular registral manifestara su oposición expresa, la finca mantendrá su estado de coordinada referida a la “fecha inicial de la inscripción del dominio o de la rectificación de la descripción”. Nota: creemos entender que será el momento en que se hizo la coordinación inicial, pero es una expresión oscura, sobre todo, si ha habido cambio de titular registral posterior a la coordinación.

C) Si las coordenadas resultantes del ajuste estuviesen fuera del margen de tolerancia, previa su notificación al titular registral, el cual podrá optar en todo caso por iniciar el procedimiento de rectificación registral que corresponda o prestar su consentimiento expreso a las nuevas coordenadas resultantes del procedimiento catastral de ajuste. Nota: no se dice si en este caso mantendrá el estado de coordinada o no. Parece razonable entender que se de la misma solución del caso B): mantener su estado de coordinada pero referido al momento anterior.

Se comunicará al Catastro la inscripción del ajuste y el estado de coordinación resultante.

 

Solares de propiedad horizontal. Ap. 11º.

Al formarse las fincas independientes (pisos o locales) como consecuencia de la constitución de un régimen de propiedad horizontal, el Catastro deja de considerar el solar como una parcela catastral, lo que plantea problemas a la hora de inscribir la representación gráfica de todo el solar, su coordinación con el Catastro y su modificación.

Para solventar estas situaciones, el Catastro facilitará un servicio de certificación de parcelas sujetas al régimen de propiedad horizontal, que incluirá su geometría y un identificador asignado a estos solos efectos, lo que no implicará que dichas parcelas tengan la consideración de inmuebles catastrales independientes.

Se conectará este identificador catastral con el CRU registral de la matriz y podrá obtenerse la coordinación del total solar mediante RGC e incluso mediante RGGA, siguiendo los pasos necesarios.

Hecha la coordinación, se hará constar en el folio del solar y en los folios de los elementos que se han formado con la expresión «inmueble sobre parcela coordinada». No se dice qué tipo de asiento, siendo razonable entender que sería una inscripción en el solar y notas marginales en los folios de los diversos elementos. También se recogerá en los certificados catastrales.

 

Bienes de dominio público.  Ap. 12º y 13º

A) Inmatriculación.

Las AAPP están obligadas a inmatricular sus bienes de dominio público en el Registro, aportando para ello la certificación catastral descriptiva y gráfica de la parcela o parcelas catastrales correspondientes.

Pero es muy común que dichas parcelas no existan ya que el Catastro se dedica fundamentalmente a medir la riqueza territorial que se va a gravar al tener como principio informador la justicia tributaria. En estos casos, podrá utilizarse:

– Una RGG que conste incorporada en la ficha de inventario de la Administración titular.

– Una RGG que haya sido aprobada por el órgano competente para la gestión patrimonial y pueda ser representada sobre la cartografía catastral.

– Una RGGA que tenga carácter oficial.

– Subsidiariamente a las anteriores, una RGGA obtenida preferentemente por contraste negativo sobre la cartografía catastral.

Han de respetar tanto la delimitación de las parcelas catastrales colindantes, como las representaciones gráficas inscritas.

El informe previo del Catastro, al que alude el art. 206.1 in fine LH, no será preciso cuando la Administración haya obtenido IVGA positivo, estableciéndose a tal efecto el estado de finca «pre-coordinada pendiente de procesamiento», lo que se acreditará con la aportación de su CSV. Tras la inscripción, el Registrador la comunicará al Catastro que asignará referencia catastral y la comunicará al Registro junto con la representación gráfica.

La Administración afectada puede pedir al Catastro crear las parcelas catastrales necesarias para identificar y representar cartográficamente vías de comunicación, viales y otros suelos de dominio público. Tendrán representación gráfica e identificador propio para su inscripción y coordinación con el Registro. En tal caso se podrá aportar al Registro la referencia catastral junto al CSV de la certificación descriptiva y grafica.

Cuando se aprecie la existencia de solapamientos entre la RGG que se pretende inscribir para el bien de dominio público y las que constaren ya inscritas, la Administración titular podrá solicitar la inscripción parcial del mismo con exclusión de las superficies afectadas, previa adaptación del GML e identificación de las mismas. Dicha situación podrá hacerse constar como metadato en la inscripción que en su caso se practique, hasta tanto sea solventada procedimentalmente. También se aplica a la rectificación de la representación de dominio público inscrita.

B) Relaciones topológicas entre el dominio público y las fincas o parcelas colindantes.

El apartado 13º persigue aportar soluciones a los problemas que surgen para la adecuada representación gráfica del dominio público y su interacción con los predios colindantes desde un punto de vista cartográfico, al objeto de facilitar su inscripción registral y representación sobre la cartografía catastral:

1. Deslinde firme. Cuando el dominio público haya sido deslindado mediante resolución administrativa o judicial firme, la representación gráfica resultante de las coordenadas establecidas en dicho procedimiento habrá de ser respetadas, en todo caso, en tanto no se proceda a su revisión conforme a la normativa aplicable.

2. Se aporta RGGA y afecta a colindantes. Ha de acompañarse del IVGA positivo, siempre que se corrijan las discrepancias en la forma determinada en el apartado 6º, debiendo ser notificados los titulares catastrales y registrales afectados en el procedimiento del art. 199 LH. Inscrita la RGGA, la finca se considerará «pre-coordinada pendiente de procesamiento». El inicio de un expediente de deslinde implicará el cierre del procedimiento registral para evitar duplicidades.

3. Afecta a una representación gráfica inscrita. Será necesaria la rectificación previa de esta, mediante el consentimiento expreso del titular registral. Mientras, podrá excluirse de la representación gráfica aportada la parte afectada.

4. Finca colindante de otra Administración pública. Tiene que haber acuerdo entre ellas, aun cuando el IVGA fuera positivo.

5. Desplazamientos y/o giros. No se considerarán como invasión del dominio público, siempre que se mantenga la morfología, superficie y relación topológica con las fincas catastrales colindantes.

6. Discrepancias geométricas. Se determina el modo de operar cuando la intersección de alguna finca con el dominio público resulte de una RGGA. La finca podrá considerarse «pre-coordinada pendiente de procesamiento», previa tramitación con éxito del procedimiento del artículo 199.2 LH, si se aporta un IVGA positivo, siempre que se trate de un dominio público no deslindado. Se especifican las especialidades del procedimiento del art. 199.2 LH en estos casos, respecto a las relaciones topográficas, margen de tolerancia y notificaciones.

7. Discrepancias entre Catastro y otras cartografías oficiales. Si la RGC se superpone con el dominio público, resultante de su contraste indiciario sobre ortofoto del PNOA u otra cartografía oficial, podrá considerarse que ello no implica invasión del dominio público, siempre que la intersección no exceda del margen de tolerancia previsto en esta Resolución y que no se trate de dominio público deslindado con cartografía vectorial. La inscripción de la RGC podrá realizarse por el procedimiento del artículo 199.1 LH.

 

Expedientes administrativos que supongan una reordenación de la propiedad. Ap 14º

El extenso apartado da indicaciones para armonizar expedientes de equidistribución, expropiación, deslinde o de concentración parcelaria con la cartografía catastral.

1. Regla general de delimitación cartográfica de ámbito o Unidad de ejecución.

a) Se considera requisito esencial que la delimitación perimetral externa de dichas unidades o ámbitos de ejecución, que se corresponde con el perímetro exterior de las fincas resultantes, sean privativas o demaniales, se defina previamente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 9, letra b) LH, de modo que dicha delimitación respete a su vez la configuración perimetral externa de las parcelas catastrales afectadas.

b) Esta identificación podrá ser realizada con anterioridad al inicio del expediente administrativo o como un trámite más dentro del mismo. Si, además, se identifican las fincas resultantes se las podrá asignar referencia catastral a cada una.

c) Si alguna parcela sólo está afectada parcialmente, la representación gráfica que se aporte ha de identificar gráficamente tanto la superficie incluida en el expediente como la parte excluida.

d) Todo ello es preciso si se quiere obtener un IVG positivo, el cual puede sustituir al informe previo catastral en los casos de inmatriculación mediante RGGA a que se refiere el artículo 206 LH.

e) Lo anterior se aplica también a expropiaciones masivas y a deslindes administrativos, tales como vías pecuarias, montes públicos, dominio público hidráulico o marítimo terrestre.

2.- Casos específicos.

La Resolución analiza especialidades en diversos supuestos:

a) Expedientes de reparcelación y parcelación. 

– En las inmatriculaciones previas de fincas aportadas no será necesario aportar su representación gráfica catastral o alternativa, bastando con la delimitación perimetral de la Unidad conforme a lo indicado.

– En caso de aportación parcial, el resto excluido habrá de ser determinado también mediante su representación gráfica.

– Si ha habido agrupación instrumental, no será necesaria la inscripción previa de la representación gráfica de la misma.

– A los viales y equipamientos públicos resultantes les será asignada una referencia catastral asociada a un recinto gráfico.

b) Expedientes de concentración parcelaria. 

La E. de M. se refiere a ella indicando que se hace necesario adaptar la regulación existente en la Ley del IRYDA de 1973 al contenido de la nueva norma (Ley 13/2015) en todo lo relativo a la delimitación gráfica del perímetro objeto de la concentración, las parcelas resultantes y sus posteriores modificaciones, con la finalidad de facilitar su representación gráfica georreferenciada de manera mucho más precisa que la realizada sobre plano, así como sus posteriores alteraciones.

– En estos expedientes, para la delimitación perimetral de la zona a concentrar deberá observarse por el organismo competente el criterio general recogido anteriormente.

– En los expedientes comenzados antes de la Ley 13/2015 y aún no concluidos, el organismo competente adaptará la cartografía para que puedan realizarse en la cartografía catastral las rectificaciones legalmente previstas.

– En los ya concluidos e incorporados al Catastro, cuando se aprecie la existencia de diferencias de superficie con el Catastro de hasta el 10%, se podrá pedir su adaptación en el Registro al Catastro y aplicar el criterio de identidad gráfica, pero con el consentimiento del titular.

– Cuando además existan discrepancias geométricas que excedan del criterio de identidad gráfica y afecten a la topología de las parcelas, hay que acudir al procedimiento del artículo 199 LH.

– Las superficies de dominio público enclavadas o excluidas deberán ser representadas gráficamente.

– Puede haber normativa autonómica que modele lo anterior.

c) Expedientes de expropiación forzosa. Si se solicita que toda la superficie objeto del expediente de expropiación forzosa se inscriba en el Registro como una finca única, podrá aportarse la representación gráfica de la totalidad del ámbito sujeto a expropiación o la correspondiente a cada una de las parcelas expropiadas, siempre que en este último caso se mantenga la coherencia descriptiva y gráfica respecto del ámbito objeto del expediente administrativo.

d) Montes públicos, vías pecuarias, dominio público hidráulico. En estos supuestos -y otros similares-, para establecer la coordinación Catastro-Registro, el plano topográfico del monte o el levantado para el deslinde a escala apropiada, debidamente georreferenciados, según establece la Legislación de Montes, han de respetar la configuración perimetral externa de las parcelas afectadas. Los terrenos enclavados han de ser también georreferenciados.

3. Asignación de la referencia catastral con carácter previo a la inscripción. 

Concluido el expediente, la Resolución recomienda al órgano competente para su tramitación -o las partes interesadas- que presentan en el Catastro el título inscribible para asignar la referencia catastral a las parcelas resultantes, incluyendo los espacios de dominio público.

Pero, para ello ha de hacer el Catastro una “calificación”, no sólo gráfica sino también acerca de que “sus titulares hayan tenido en el expediente la intervención prevista por la normativa aplicable”. Nota: aunque no se distingue, deberá entenderse que hace referencia a los titulares “catastrales”, pues, sino, podría suponer un solapamiento de competencias.

Esta asignación previa de la referencia catastral o de un identificador provisional a las parcelas resultantes, podrá solicitarse directamente por el propio Registrador en la sede del Catastro, previa calificación del título inscribible, mediante un informe de validación gráfica positivo, que podrá obtenerse, siempre que los archivos GML cumplan con los requisitos. En tal caso, para practicar la inscripción de la representación gráfica de las fincas bastará con hacer constar el CSV del referido informe a partir del que el Registrador podrá obtener las referencias catastrales o el identificador provisional de cada una de las fincas resultantes así como el archivo GML de su representación gráfica.

Esta asignación previa también es aplicable a la inscripción de RGGA por modificación física de parcelas, que respeten la geometría catastral y no afecten a parcelas catastrales colindantes.

En los casos de asignación previa, la finca se inscribirá como coordinada. Si el identificador es provisional, el Catastro deberá comunicar al Registro la referencia catastral definitiva para su constancia por nota marginal.

 

Fincas situadas en varios municipio o registros. Ap. 15º

Será íntegramente competente el registrador en cuya circunscripción se ubique la mayor parte de la finca, conforme al art. 2 RH (reformado en 2017).

Como la normativa catastral exige que exista un inmueble catastral independiente en cada uno de los términos municipales, la coordinación gráfica de estas fincas registrales se podrá efectuar con el conjunto de los inmuebles catastrales que se correspondan.

Se ha de aportar un IVG por cada término municipal afectado.

 

Documentos técnicos que se van a elaborar.

1.- Comunicaciones Catastro – Registro. D. Ad. 1ª

La DG Catastro y el Colegio de Registradores desarrollarán en seis meses, mediante un grupo mixto de trabajo, un nuevo sistema bidireccional de comunicaciones electrónicas para:

– asegurar el flujo recíproco de todos los datos previstos en la presente Resolución conjunta,

– dar cumplimiento a las previsiones del artículo 10.6 LH (intercambio de información)

– facilitar la tramitación de los procedimientos establecidos en el Titulo VI LH.

En la E. de M. se da información adicional sobre lo pretendido:

– En dicho documento ha de garantizarse, de forma completa e integrada, tanto la interconexión de los servicios de ambas instituciones como la interoperabilidad de los datos objeto de comunicación.

– Análisis de requerimientos y definición de diagramas (flujo, actividad y secuencia) respecto de cada uno de los casos de uso contemplados en los epígrafes de esta resolución

– Desarrollo de un sistema de validación que garantice la coherencia y exactitud de todos los datos objeto de coordinación y sus mensajes.

– Y deberán definirse los esquemas de interconexión (XSD) como su completa estructura de campos (XML).

Ver intercambio de información en la Resolución Conjunta de 2015

2. Protocolo interno de buenas prácticas. D. Ad. 2ª

Para facilitar una gestión armonizada de los expedientes de coordinación han de definirse unas prácticas de gestión homologables, tanto a nivel catastral como registral, que garanticen una aplicación armonizada de la legislación vigente por todos los actores involucrados en el proceso de coordinación entre el Catastro y el Registro

Para ello un grupo mixto entre la DG Catastro y el Colegio de Registradores redactará en seis meses el protocolo de buenas prácticas para la coordinación entre Catastro y Registro.

La E. de M. también hace referencia a un glosario.

 

Entrada en vigor.

Entró en vigor el 10 de octubre de 2020.

No obstante, los desarrollos necesarios para la aplicación práctica de los documentos de las disposiciones adicionales (comunicaciones y protocolo de buenas prácticas), entrarán en vigor a medida que se elaboren o implementen los servicios y comunicaciones correspondientes.

 

Apuntes críticos

Hay que reconocer el loable esfuerzo que supone la elaboración de esta complejísima resolución. Sin embargo, su propia complejidad puede suponer una dificultad interpretativa en sí, problemas de rango con relación a los textos legales y de coherencia con estos y con las resoluciones e instrucciones anteriores.

Llama sobre todo la atención la inclusión de diversos previsiones, en mi opinión excesivamente creativas, que producen la sensación de que estamos ante un texto legislativo más que ante una resolución, aunque involucre a dos ministerios.

De hecho, se ven afectados por ella, al menos los artículos 9, 10 y 199 al 206 de la Ley Hipotecaria.

Como botones de muestra:

  • la creación de un nuevo estado intermedio de coordinación para las fincas registrales con diversas subcategorías, las fincas pre-coordinadas. Y definiendo sus efectos.
  • los efectos que tiene el IVGA sobre una representación alternativa, si no es positivo, a pesar de poder coincidir la RGA como un guante con la realidad. Afectaría al artículo 10.
  • la inclusión de diversas reglas que desarrollan y modulan el procedimiento del artículo 199.
  • El sometimiento a un nuevo trámite para las declaraciones de obra nueva si tienen la mala suerte de encontrarse en un terreno cuya cartografía catastral esté desplazada o girada. No está contemplado en el artículo 202.
  • La sustitución del informe al que alude el artículo 206.1 in fine.

El tiempo dirá si la incorporación a la práctica de esta resolución solventa más problemas de los que crea. En muy buena medida también dependerá de la documentación técnica que se prepara, conforme a las disposiciones adicionales.

 

ENLACES: 

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN EN EL BOE:  EN PDF   –   HTML   –  TEXTO CONSOLIDADO

LEY HIPOTECARIA

LEY DEL CATASTRO

PORTADA DE LA WEB

Atardecer sobre los restos del castillo de Saldaña (Palencia). Por Gunter Steinkamp. Pinchar para ver la imagen original