{"id":16822,"date":"2016-02-24T09:30:20","date_gmt":"2016-02-24T08:30:20","guid":{"rendered":"http:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/?p=16822"},"modified":"2016-02-24T14:13:08","modified_gmt":"2016-02-24T13:13:08","slug":"tanteo-y-retracto-en-la-venta-de-una-cochera","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/resoluciones\/francisco-sena\/propiedad-francisco-sena\/arrendamientos-urbanos\/tanteo-y-retracto-en-la-venta-de-una-cochera\/","title":{"rendered":"Tanteo y retracto en la venta de una cochera"},"content":{"rendered":"<h1><strong>ARRENDAMIENTOS URBANOS<br \/> <\/strong><\/h1>\n<p><strong><a href=\"#Tanteoretractoventacochera\">Tanteo y retracto en la venta de una cochera<\/a><\/strong><\/p>\n<p><strong><a id=\"Tanteoretractoventacochera\"><\/a>Tanteo y retracto en la venta de una cochera<\/strong><\/p>\n<p>Est\u00e1n sujetos a la Ley especial, y por tanto a la necesidad de notificar al arrendatario, los arrendamientos de viviendas y los de locales de negocio, a los que se asimilan los de almacenes y dep\u00f3sitos, por cuanto est\u00e1n relacionados con el patrimonio mercantil que se desarrolla en un local de negocio y constituyen parte de su din\u00e1mica, raz\u00f3n que no se da en el arrendamiento de una cochera, que se rige en este aspecto por el C\u00f3digo Civil.<\/p>\n<p>5 octubre 1981<\/p>\n<p><strong>Tanteo y retracto en la venta de una plaza de garaje<\/strong>.- A diferencia de la Ley de Arrendamientos Urbanos, que limitaba su objeto a las viviendas y locales de negocios (en cuyo concepto no entraban las plazas de garaje, por lo que su arrendamiento no daba lugar a los derechos de tanteo y retracto), la vigente Ley s\u00f3lo distingue entre arrendamiento de viviendas y el que tiene por objeto usos distintos del de vivienda. Esto hace que para una corriente doctrinal el arrendamiento de plazas de garaje est\u00e9 dentro del segundo grupo, por tratarse de una clasificaci\u00f3n omnicomprensiva. Pero, incluso en este caso, y puesto que el arrendamiento urbano exige que exista una edificaci\u00f3n (art\u00edculo 2 de la Ley), es preciso que la plaza de aparcamiento constituya una edificaci\u00f3n, lo que obligar\u00eda a distinguir entre arrendamiento de plazas de garaje situadas en un conjunto edificado o edificadas en s\u00ed mismas \u2013que estar\u00eda sujeto a la Ley especial- y el de plazas situadas al aire libre \u2013que se regir\u00eda por el C\u00f3digo Civil, con lo cual se llegar\u00eda a la conclusi\u00f3n absurda de tener que distinguir entre arrendamientos de plazas accesorios del de vivienda \u2013asimilados al de vivienda-, plazas sitas dentro de una construcci\u00f3n o construidas ellas mismas \u2013regidas por las normas del arrendamiento para uso distinto del de vivienda-, y los existentes en un solar o terreno no construido, que se regir\u00edan por el C\u00f3digo Civil. Todo esto hace que el arrendamiento de plazas de garaje deba considerarse no sometido a la Ley de Arrendamientos Urbanos, salvo que sea accesorio del de una vivienda, conclusi\u00f3n a la que lleva tambi\u00e9n la clasificaci\u00f3n de los supuestos de arrendamiento para uso distinto del de vivienda establecida por el art\u00edculo 3.2 de la Ley (aunque sea a t\u00edtulo de ejemplo), en los que no se cita el de plazas de garaje, y los t\u00e9rminos de la Exposici\u00f3n de Motivos de la misma ley. Por todo lo anterior, se llega a la conclusi\u00f3n de que no es necesario, en la venta de plazas de garaje que se afirma est\u00e1n arrendadas, la notificaci\u00f3n a los arrendatarios para que ejerciten los derechos de tanteo y retracto.<\/p>\n<p>3 marzo 2004<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>ARRENDAMIENTOS URBANOS Tanteo y retracto en la venta de una cochera Tanteo y retracto en la venta de una cochera Est\u00e1n sujetos a la Ley especial, y por tanto a la necesidad de notificar al arrendatario, los arrendamientos de viviendas y los de locales de negocio, a los que se asimilan los de almacenes y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"aside","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"footnotes":""},"categories":[3275],"tags":[1526,3302],"class_list":{"0":"post-16822","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-aside","6":"category-arrendamientos-urbanos","7":"tag-francisco-sena-fernandez","8":"tag-tanteo-y-retracto-en-la-venta-de-una-cochera","9":"post_format-post-format-aside"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16822","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=16822"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/16822\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=16822"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=16822"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=16822"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}