{"id":17637,"date":"2015-12-16T12:42:32","date_gmt":"2015-12-16T11:42:32","guid":{"rendered":"http:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/?p=17637"},"modified":"2016-03-07T09:32:21","modified_gmt":"2016-03-07T08:32:21","slug":"ejecucion-en-caso-de-division-de-la-finca-sin-distribucion-del-credito","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/resoluciones\/francisco-sena\/propiedad-2\/hipoteca\/ejecucion-en-caso-de-division-de-la-finca-sin-distribucion-del-credito\/","title":{"rendered":"Ejecuci\u00f3n en caso de divisi\u00f3n de la finca sin distribuci\u00f3n del cr\u00e9dito"},"content":{"rendered":"<h1><strong>HIPOTECA<\/strong><\/h1>\n<p><strong><a href=\"#Ancla\">Ejecuci\u00f3n en caso de divisi\u00f3n de la finca sin distribuci\u00f3n del cr\u00e9dito<\/a><\/strong><\/p>\n<p><strong><a id=\"Ancla\"><\/a>Ejecuci\u00f3n en caso de divisi\u00f3n de la finca sin distribuci\u00f3n del cr\u00e9dito<\/strong><\/p>\n<p>Dividida una finca hipotecada en dos, sin distribuir la responsabilidad entre ambas, y ejecutada la hipoteca s\u00f3lo sobre la que conservaba el hipotecante (por hab\u00e9rsele prohibido en juicio penal la ejecuci\u00f3n sobre la otra) ordenando el Juez que la suma percibida en la ejecuci\u00f3n lo es \u00aba cuenta de la responsabilidad hipotecaria que contin\u00faa subsistente sobre la finca\u00bb no ejecutada, es l\u00f3gico que la ejecuci\u00f3n producida lleve consigo la cancelaci\u00f3n de la hipoteca que pesaba sobre la finca objeto del procedimiento, pues la garant\u00eda ya se ha hecho efectiva en ella y habiendo producido todos sus efectos sobre la finca en cuesti\u00f3n, no puede subsistir. En cuanto al propietario de la finca no ejecutada, no se puede decir que resulte perjudicado, porque antes de la ejecuci\u00f3n su finca respond\u00eda, conforme al art\u00edculo 123 de la Ley Hipotecaria, de la total cantidad garantizada con la hipoteca, mientras que ahora, habi\u00e9ndose reducido el cr\u00e9dito, responde de una cantidad inferior. En consecuencia, procede la cancelaci\u00f3n ordenada, siendo conveniente, en aras de la concordancia del Registro con la realidad, hacer constar en la finca respecto de la que se suspendi\u00f3 el procedimiento, la minoraci\u00f3n de responsabilidad en la cantidad por la que se adjudic\u00f3 la finca ejecutada.<\/p>\n<p>15 octubre 1999<\/p>\n<p><strong>Ejecuci\u00f3n en caso de divisi\u00f3n de la finca sin distribuci\u00f3n del cr\u00e9dito<\/strong>.- A diferencia de lo que sucedi\u00f3 en el supuesto contemplado en la resoluci\u00f3n que precede, en este caso, una finca hipotecada se dividi\u00f3 en dos, pero la ejecuci\u00f3n se produjo sobre la totalidad de la finca primitiva (la finca se aport\u00f3 a una sociedad, que la dividi\u00f3 en dos y, constando la existencia del procedimiento de ejecuci\u00f3n, la cedi\u00f3 en arrendamiento a un tercero). En el auto de aprobaci\u00f3n del remate se hizo constar que se notific\u00f3 la existencia del procedimiento tanto a la sociedad que recibi\u00f3 la finca en aportaci\u00f3n como al arrendatario de la porci\u00f3n segregada, pero el Registrador opuso que, siendo objeto del procedimiento la finca primitiva, no constaba la realizaci\u00f3n de las notificaciones oportunas, a los efectos de los derechos de tanteo y retracto, respecto de la finca segregada. La Direcci\u00f3n, despu\u00e9s de resaltar que la misma persona aparec\u00eda como representante tanto de la entidad hipotecante, como de la adquirente y de la arrendataria, revoc\u00f3 la calificaci\u00f3n bas\u00e1ndose en que: a) la divisi\u00f3n de la finca gravada por el propietario no puede menoscabar el derecho del acreedor a instar su ejecuci\u00f3n tal como jur\u00eddicamente exist\u00eda al tiempo de constituirse la hipoteca, es decir, como una sola finca y por el precio de subasta \u00fanico fijado; b) habiendo optado el acreedor por la ejecuci\u00f3n global y unitaria del objeto en su d\u00eda gravado, no puede el eventual arrendatario de una de las partes individualizadas en la posterior divisi\u00f3n pretender la vigencia de los derechos de tanteo y retracto sobre esa parte arrendada, pues tales derechos no proceden en los supuestos en que el objeto arrendado es parte integrante de una unidad superior originaria; c) el car\u00e1cter restrictivo de las normas reguladoras de los derechos de tanteo y retracto arrendaticio, que reclaman una interpretaci\u00f3n estricta; d) la exclusi\u00f3n legal del abuso del derecho; e) la exigencia de acreditaci\u00f3n de las notificaciones prevenidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos para poder practicar la inscripci\u00f3n en el Registro de la Propiedad se limita a los casos en que procede la aplicaci\u00f3n de los derechos de tanteo y retracto.<\/p>\n<p>16 octubre 1999<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>HIPOTECA Ejecuci\u00f3n en caso de divisi\u00f3n de la finca sin distribuci\u00f3n del cr\u00e9dito Ejecuci\u00f3n en caso de divisi\u00f3n de la finca sin distribuci\u00f3n del cr\u00e9dito Dividida una finca hipotecada en dos, sin distribuir la responsabilidad entre ambas, y ejecutada la hipoteca s\u00f3lo sobre la que conservaba el hipotecante (por hab\u00e9rsele prohibido en juicio penal la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1205,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"aside","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"footnotes":""},"categories":[3526],"tags":[3611,1526],"class_list":{"0":"post-17637","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-aside","6":"category-hipoteca","7":"tag-ejecucion-en-caso-de-division-de-finca-sin-distribucion-de-credito","8":"tag-francisco-sena-fernandez","9":"post_format-post-format-aside"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17637","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1205"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=17637"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/17637\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=17637"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=17637"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=17637"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}