{"id":18604,"date":"2016-02-09T10:24:01","date_gmt":"2016-02-09T09:24:01","guid":{"rendered":"http:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/?p=18604"},"modified":"2016-03-09T10:25:31","modified_gmt":"2016-03-09T09:25:31","slug":"mediante-sentencia-declarativa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/resoluciones\/francisco-sena\/propiedad-2\/inmatriculacion\/mediante-sentencia-declarativa\/","title":{"rendered":"Mediante sentencia declarativa"},"content":{"rendered":"<h1><strong>INMATRICULACI\u00d3N<\/strong><\/h1>\n<p><strong><a href=\"#Ancla\">Mediante sentencia declarativa<\/a><\/strong><\/p>\n<p>1. Se presenta en el Registro testimonio de una sentencia firme por la que se declara el dominio de una finca \u2013parcela 10 del pol\u00edgono 2 del Catastro de R\u00fastica- a favor del actor y en rebeld\u00eda del demandado.<\/p>\n<p>El Registrador suspende la inscripci\u00f3n por los siguientes defectos:<\/p>\n<p>a) estimando que la finca es parte de dos inscritas, ha de segregarse de las mismas, para lo cual habr\u00eda que haber demandado a los titulares registrales de ellas;<\/p>\n<p>b) no se aportan las licencias para segregar, de conformidad con lo que establece el art\u00edculo 78 del Real Decreto 1093\/1997;<\/p>\n<p>c) por existir dudas respecto a la superficie de la finca, ya que ahora se dice que es de 11.188 metros cuadrados, mientras que en la fecha de iniciaci\u00f3n del procedimiento aparec\u00eda catastrada con una superficie de 5.041 metros cuadrados. El interesado recurre afirmando que lo que \u00e9l solicita es la inmatriculaci\u00f3n de la finca, la cual no forma parte de las que dice el Registrador.<\/p>\n<p>2. Hist\u00f3ricamente se ha afirmado con cierta ligereza que una sentencia dictada en un juicio declarativo ordinario es inmatriculable, pues tal procedimiento es un juicio contradictorio y, en consecuencia, goza de superiores garant\u00edas que el expediente de dominio. Sin embargo no es as\u00ed, pues, como ha dicho la doctrina m\u00e1s autorizada, la relatividad de la cosa juzgada hace que la sentencia s\u00f3lo sea eficaz frente a los litigantes o sus causahabientes, mientras que el expediente de dominio goza de mayores garant\u00edas de protecci\u00f3n a los terceros, como son las citaciones a dichos terceros, la publicaci\u00f3n de edictos y, sobre todo, la intervenci\u00f3n del Ministerio Fiscal.<\/p>\n<p>3. Afirma el recurrente que la sentencia debe inscribirse por el deber del Registrador de obedecer las resoluciones judiciales, y, si bien ello es indudablemente cierto, tambi\u00e9n lo es que para que una sentencia tenga eficacia contra terceras personas, tales personas han debido tener intervenci\u00f3n en el correspondiente procedimiento, pues, de no ser as\u00ed, se producir\u00eda su indefensi\u00f3n, proscrita por el art\u00edculo 24 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola.<\/p>\n<p>4. En cuanto al defecto consistente en la no aportaci\u00f3n de licencia municipal, si efectivamente han de realizarse segregaciones, tambi\u00e9n ha de ser confirmado, pues, de conformidad con lo que establece el art\u00edculo 78 del Real Decreto 1093\/1997, es necesaria, bien la licencia, bien la declaraci\u00f3n administrativa de innecesariedad.<\/p>\n<p>5. Finalmente, tambi\u00e9n ha de aclararse la superficie de la finca, pues seg\u00fan un certificado catastral aparece con 5.041 metros cuadrados, en otro documento emanante del mismo organismo se dice que su superficie es de 11.188 metros cuadrados.<\/p>\n<p>Esta Direcci\u00f3n General ha acordado desestimar el recurso interpuesto, confirmando en todos sus puntos la calificaci\u00f3n del Registrador.<\/p>\n<p>14 octubre 2005<\/p>\n<p><strong><a id=\"Ancla\"><\/a>Mediante sentencia declarativa<\/strong>.- Para el caso de una sentencia declarativa \u2013dictada en rebeld\u00eda- que ordena la inmatriculaci\u00f3n de cuotas indivisas de una finca y en que son demandados los herederos desconocidos de una herencia yacente, ver el apartado \u201cHERENCIA. Herencia yacente\u201d.<\/p>\n<p>2 octubre 2008<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>INMATRICULACI\u00d3N Mediante sentencia declarativa 1. 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