{"id":19376,"date":"2016-02-08T10:52:52","date_gmt":"2016-02-08T09:52:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/?p=19376"},"modified":"2016-03-14T10:53:46","modified_gmt":"2016-03-14T09:53:46","slug":"por-los-herederos-existiendo-oposicion-de-intereses","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/resoluciones\/francisco-sena\/propiedad-2\/particion\/por-los-herederos-existiendo-oposicion-de-intereses\/","title":{"rendered":"Por los herederos, existiendo oposici\u00f3n de intereses"},"content":{"rendered":"<h1><strong>PARTICI\u00d3N<\/strong><\/h1>\n<p><strong><a href=\"#Ancla\">Por los herederos, existiendo oposici\u00f3n de intereses<\/a><\/strong><\/p>\n<p>Aunque la figura del autocontrato no se encuentra ni en el C\u00f3digo Civil ni en el de Comercio, es necesario llenar esta laguna con aquellos art\u00edculos que, orientados hacia la m\u00e1xima imparcialidad del representante, privan al padre, al tutor, al socio y al mandatario, cuyos intereses aparecen en oposici\u00f3n con los del representado, de la representaci\u00f3n normal que la Ley les confiere, incluyendo al comisionista mercantil, que necesita una licencia especial del comitente para comprar lo que se le haya ordenado vender, o vender lo que se le haya ordenado comprar. De acuerdo con ello, no es inscribible la partici\u00f3n realizada por un heredero, que interviene, adem\u00e1s, en representaci\u00f3n de otros, si en los poderes recibidos no aparece de un modo expreso, claro e inequ\u00edvoco la facultad de hacer personal y exclusivamente la divisi\u00f3n del caudal hereditario de los padres comunes.<\/p>\n<p>30 mayo 1930<\/p>\n<p><strong>Por los herederos, existiendo oposici\u00f3n de intereses<\/strong>.- Aunque el C\u00f3digo Civil no regula espec\u00edficamente el problema de si puede el representante actuar cuando existe contraposici\u00f3n de intereses entre el representante y el representado, la doctrina y la jurisprudencia llegan a la conclusi\u00f3n de que no puede hacerlo salvo cuando est\u00e1 expresamente autorizado para ello, o bien, por la forma de actuar del representante, resulta haberse resuelto con imparcialidad dicha representaci\u00f3n. Este peligro de contraposici\u00f3n de intereses existe en la partici\u00f3n realizada entre coherederos cuando uno de ellos act\u00faa en su propio nombre y en el de un coheredero, sin que exista autorizaci\u00f3n para autocontratar. Y el hecho de que se restrinja el recurso a la adjudicaci\u00f3n de una sola de las fincas que se adjudica por partes indivisas, respecto de la cual no habr\u00eda problema, no salva la contraposici\u00f3n de intereses, pues no todos los bienes de la partici\u00f3n se adjudican en la misma forma, y es el negocio jur\u00eddico particional en su conjunto el que ha de calificar el Registrador.<\/p>\n<p>11 mayo 1998<\/p>\n<p><strong><a id=\"Ancla\"><\/a>Por los herederos, existiendo oposici\u00f3n de intereses<\/strong>.- Antecedentes: Se solicita la inscripci\u00f3n de una partici\u00f3n, aprobada judicialmente, por muerte de unos padres, en la que un interesado (heredero y prelegatario de parte al\u00edcuota), incapacitado judicialmente, est\u00e1 representado por su hermano y tutor, que es tambi\u00e9n heredero, adjudic\u00e1ndose la \u00fanica finca, adem\u00e1s de met\u00e1lico, al incapaz, y el resto del met\u00e1lico a los dem\u00e1s herederos. El primer defecto se\u00f1alado en la calificaci\u00f3n, la existencia de conflicto de intereses, que exige el nombramiento de defensor judicial, lo rechaza la Direcci\u00f3n a la vista de las circunstancias concurrentes y de la aprobaci\u00f3n judicial posterior, todo lo cual conduce a considerar v\u00e1lida la aceptaci\u00f3n realizada y producidos los efectos del beneficio de inventario a favor del tutelado. En cuanto al segundo defecto, consistente en haberse aceptado pura y simplemente la herencia, lo que exigir\u00eda autorizaci\u00f3n judicial, tambi\u00e9n se rechaza por el Centro Directivo, teniendo en cuenta la aprobaci\u00f3n judicial posterior, la composici\u00f3n del caudal y las concretas circunstancias concurrentes en el supuesto debatido, lo que equivale, en definitiva, a repetir los mismos argumentos empleados en la revocaci\u00f3n del primer defecto.<\/p>\n<p>25 abril 2001<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PARTICI\u00d3N Por los herederos, existiendo oposici\u00f3n de intereses Aunque la figura del autocontrato no se encuentra ni en el C\u00f3digo Civil ni en el de Comercio, es necesario llenar esta laguna con aquellos art\u00edculos que, orientados hacia la m\u00e1xima imparcialidad del representante, privan al padre, al tutor, al socio y al mandatario, cuyos intereses aparecen [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1205,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"aside","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"footnotes":""},"categories":[4227],"tags":[1526,4316],"class_list":{"0":"post-19376","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-aside","6":"category-particion","7":"tag-francisco-sena-fernandez","8":"tag-por-los-herederos-existiendo-oposicion-de-intereses","9":"post_format-post-format-aside"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19376","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1205"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19376"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19376\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19376"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19376"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19376"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}