{"id":19872,"date":"2016-02-21T16:23:12","date_gmt":"2016-02-21T15:23:12","guid":{"rendered":"http:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/?p=19872"},"modified":"2016-03-18T16:24:24","modified_gmt":"2016-03-18T15:24:24","slug":"cambio-de-destino-de-un-elemento-independiente","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/resoluciones\/francisco-sena\/propiedad-2\/propiedad-horizontal\/cambio-de-destino-de-un-elemento-independiente\/","title":{"rendered":"Cambio de destino de un elemento independiente"},"content":{"rendered":"<h1><strong>PROPIEDAD HORIZONTAL<\/strong><\/h1>\n<p><strong><a href=\"#Ancla\">Cambio de destino de un elemento independiente<\/a><\/strong><\/p>\n<p><strong><a id=\"Ancla\"><\/a>Cambio de destino de un elemento independiente<\/strong><\/p>\n<p>Aunque cuente con licencia municipal, no es inscribible la escritura por la que una \u201cplanta de desvanes destinada a trasteros\u201d, que figura inscrita como elemento independiente, se transforma en vivienda, pues tal alteraci\u00f3n del destino supone un cambio importante en la medida que afecta a todos los copropietarios del inmueble y requerir\u00e1 la aprobaci\u00f3n de la Junta de Condue\u00f1os al suponer una modificaci\u00f3n del t\u00edtulo constitutivo<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a> -art\u00edculo 5 de la Ley-.<\/p>\n<p>25 septiembre 1991<\/p>\n<p><strong>Cambio de destino de un elemento independiente<\/strong>.- El cambio de destino de un local de negocio en vivienda supone una alteraci\u00f3n que requiere la aprobaci\u00f3n de la Junta de condue\u00f1os, aunque no conlleve modificaci\u00f3n de cuotas ni alteraci\u00f3n en la estructura o f\u00e1brica del edificio. No obstante, debiendo armonizarse la plena autonom\u00eda de los derechos que recaen sobre los elementos independientes del edificio con las limitaciones derivadas de la unidad f\u00edsica del edificio en su conjunto, debe llegarse a la conclusi\u00f3n de que el derecho de propiedad sobre dichos elementos debe ejercerse como un se\u00f1or\u00edo potencialmente absoluto sobre el que se proyectan limitaciones y, por tanto, la regla general debe ser la posibilidad de todo uso siempre que sea adecuado a la naturaleza del objeto y no vulnere los l\u00edmites gen\u00e9ricos de toda propiedad o los espec\u00edficos de la propiedad horizontal. Dicha amplitud de goce puede ser restringida por el t\u00edtulo constitutivo dentro del debido respeto a la Ley, mas la exigencia de interpretaci\u00f3n estricta de tales l\u00edmites exige que hayan de ser formulados con claridad y precisi\u00f3n, sin que puedan deducirse, como en el caso debatido, de una simple expresi\u00f3n descriptiva, como la de \u00ablocales de negocio\u00bb.<\/p>\n<p>23 marzo 1998<\/p>\n<p><strong>Cambio de destino de un elemento independiente<\/strong>.- El t\u00e9rmino \u00ablocal\u00bb es jur\u00eddicamente impreciso y la Ley de Propiedad Horizontal parece emplearlo para cualquier supuesto que no sea el de vivienda. Unido lo anterior al hecho de que la regla general debe ser la de libertad de goce de los elementos privativos de la propiedad horizontal, las restricciones que le afecten requieren una formulaci\u00f3n precisa y clara, por lo que las normas estatutarias respecto al cambio de destino de los locales no deben ser motivo para impedir la divisi\u00f3n de un local en varios trasteros.<\/p>\n<p>26 enero 2002<\/p>\n<p><strong>Cambio de destino de un elemento independiente<\/strong>.- 1. El \u00fanico problema que plantea el presente recurso es el de dilucidar si en Catalu\u00f1a el cambio a vivienda de un elemento privativo de una propiedad horizontal que consta inscrito como local necesita licencia municipal.<\/p>\n<p>2. El art\u00edculo 179.e) de la Ley de Urbanismo de la Generalidad de Catalu\u00f1a no somete a licencia el cambio de uso de local a vivienda, pues se refiere \u00fanicamente al \u00abcambio de uso de los edificios e instalaciones\u00bb.<\/p>\n<p>Y el art\u00edculo 202 de la misma Ley declara nulos los actos de \u00abparcelaci\u00f3n, edificaci\u00f3n y uso del suelo y subsuelo que se lleven a cabo sin licencia\u00bb.<\/p>\n<p>Esta Direcci\u00f3n General ha acordado estimar el recurso interpuesto.<\/p>\n<p>9 mayo 2005 <a href=\"#_ftn2\" name=\"_ftnref2\">[2]<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Este criterio cambia en las Resoluciones que figuran a continuaci\u00f3n, que si bien comienzan diciendo lo mismo, terminan permitiendo la transformaci\u00f3n de un local de negocio en vivienda sin necesidad del acuerdo de los copropietarios del edificio.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref2\" name=\"_ftn2\">[2]<\/a> Esta resoluci\u00f3n ha sido anulada, por extempor\u00e1nea, por la sentencia del Tribunal Supremo de 31 de mayo de 2011, publicada en el B.O.E. de 3 de julio de 2012.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>PROPIEDAD HORIZONTAL Cambio de destino de un elemento independiente Cambio de destino de un elemento independiente Aunque cuente con licencia municipal, no es inscribible la escritura por la que una \u201cplanta de desvanes destinada a trasteros\u201d, que figura inscrita como elemento independiente, se transforma en vivienda, pues tal alteraci\u00f3n del destino supone un cambio importante [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1205,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"aside","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"footnotes":""},"categories":[4484],"tags":[4511,1526],"class_list":{"0":"post-19872","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-aside","6":"category-propiedad-horizontal","7":"tag-cambio-de-destino-de-un-elemento-independiente","8":"tag-francisco-sena-fernandez","9":"post_format-post-format-aside"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19872","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1205"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=19872"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/19872\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=19872"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=19872"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=19872"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}