{"id":40583,"date":"2017-09-29T22:58:45","date_gmt":"2017-09-29T20:58:45","guid":{"rendered":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/?p=40583"},"modified":"2017-09-29T23:13:09","modified_gmt":"2017-09-29T21:13:09","slug":"cuarto-congreso-de-los-notarios-de-europa-santiago","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/secciones\/oficina-notarial\/varios\/cuarto-congreso-de-los-notarios-de-europa-santiago\/","title":{"rendered":"4\u00ba Congreso de los Notarios de Europa en Santiago de Compostela."},"content":{"rendered":"<h1 style=\"text-align: center;\">4\u00ba CONGRESO DE LOS NOTARIOS DE EUROPA<\/h1>\n<h2 style=\"text-align: center;\"><strong>JOS\u00c9 CARMELO LLOPIS BENLLOCH<\/strong><\/h2>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong>Notario de Ayora (Valencia). Ponente del 4\u00ba Congreso<\/strong><\/span><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los pr\u00f3ximos d\u00edas 5 a 7 de octubre, notarios de veintid\u00f3s pa\u00edses de Europa nos reuniremos en Santiago de Compostela, bajo la organizaci\u00f3n del Consejo de los Notariados de la Uni\u00f3n Europea (CNUE), con el objetivo de tratar dos temas de una actualidad indudable: por un lado, la protecci\u00f3n de los consumidores en el comercio electr\u00f3nico y por otro, la movilidad de las empresas en la Uni\u00f3n Europea.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ambos casos, no solo se pretende debatir sobre los principios generales que pueden marcar nuestra actuaci\u00f3n en el espacio digital europeo, sino que tambi\u00e9n se escuchar\u00e1n propuestas concretas y novedosas en materia de protecci\u00f3n preventiva de los consumidores, de identidad digital o de traslado de sede social de las empresas europeas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>\u00bfPor qu\u00e9 hablamos de comercio electr\u00f3nico?<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El comercio es un campo que, a pesar de lo amplio que ya es por naturaleza, no deja de crecer. Adem\u00e1s de abarcar las relaciones B2B (de comercio entre empresas) y otras como las B2G (comercio entre empresas y administraciones p\u00fablicas), cada vez tienen una mayor trascendencia econ\u00f3mica y jur\u00eddica las relaciones de comercio, especialmente el electr\u00f3nico, entre empresas y consumidores (B2C).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero incluso esta categorizaci\u00f3n cl\u00e1sica est\u00e1 siendo sometida a cambios, difumin\u00e1ndose la l\u00ednea divisoria entre consumidor y usuario. Es lo que ocurre cuando los consumidores se relacionan entre s\u00ed y pasan a ser ellos mismos prestadores de servicios, como ocurre en el C2C (comercio-e entre consumidores) o en ciertas plataformas de econom\u00eda colaborativa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Los consumidores, las empresas y los notarios ante esta realidad<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En estas cambiantes relaciones digitales, los consumidores est\u00e1n situados en un punto desconocido, con una regulaci\u00f3n escasa y en ocasiones ambigua. Esto es debido a factores como los cambios constantes de los objetos de consumo (licencias de uso, compras <em>in app<\/em>), de la forma y medios de pago (micropagos, criptomonedas o datos personales como contraprestaci\u00f3n), o de nuevos modelos de negocio como el <em>FinTech<\/em> (<em>startups<\/em>, nuevos esquemas parabancarios de servicios o <em>crowdfunding<\/em>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pero tambi\u00e9n las empresas est\u00e1n en una situaci\u00f3n compleja derivada de esos procesos de internacionalizaci\u00f3n. Por un lado, porque tambi\u00e9n necesitan seguridad jur\u00eddica en sus relaciones con los consumidores y por otro, porque las crecientes transacciones internacionales y los movimientos socio-pol\u00edticos europeos hacen que los traslados intraeuropeos de sede social de las empresas deban ser regulados con claridad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con este indiscutible panorama econ\u00f3mico y legislativo europeo, debemos reflexionar acerca de c\u00f3mo la evoluci\u00f3n de la tecnolog\u00eda puede servir para proteger al consumidor y para dar seguridad jur\u00eddica a las empresas, a la vez que nos preguntamos cu\u00e1l va a ser el papel que puede desempe\u00f1ar el Notariado y el sistema de seguridad jur\u00eddica preventiva en este escenario, si \u00e9ste est\u00e1 por definir todav\u00eda y si podemos contribuir a definirlo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>El Notariado en la fase precontractual electr\u00f3nica<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En ese contexto, analizaremos la utilidad de actuaci\u00f3n del notario en la fase previa de los contratos electr\u00f3nicos. Actualmente, no existe un control eficiente sobre el cumplimiento \u201cex ante\u201d de los deberes de informaci\u00f3n precontractual que las empresas oferentes deban cumplir, ni un sistema de identificaci\u00f3n electr\u00f3nica unificado que permita saber a empresas y consumidores con qui\u00e9n se contrata electr\u00f3nicamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Debatiremos acerca de si la intervenci\u00f3n del notario en esta fase -en tanto que funcionario independiente e imparcial y experto en derecho de la contrataci\u00f3n, dando fe de la identidad de las personas-puede eliminar este defecto y ayudar a que consumidores y empresas tengan certeza de la identidad de las partes y de que la oferta precontractual de un servicio cumple con la normativa europea de protecci\u00f3n de consumidores y usuarios.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Nos plantearemos si el notario podr\u00eda intervenir por un lado generando una identificaci\u00f3n electr\u00f3nica del sujeto (en este campo, tendremos la oportunidad de conocer el desarrollo del proyecto de Pa\u00edses Bajos NotarisID) y si podr\u00eda dar certeza a las condiciones generales de la contrataci\u00f3n, de modo que exista seguridad jur\u00eddica de que dichas condiciones cumplen con la normativa protectora europea (aqu\u00ed conoceremos la aportaci\u00f3n espa\u00f1ola relativa al Sello Notarial de Conformidad).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong><em>Blockchain,<\/em><\/strong><strong> el Notariado y la confianza<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Notariado tiene su raz\u00f3n de ser en la confianza, la cual se basa tanto en la seguridad que transmite el notario como profesional capacitado para la resoluci\u00f3n de problemas jur\u00eddicos complejos, como en dar certeza de que las consecuencias de los negocios jur\u00eddicos van a ser previstas por las partes.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Esta confianza, tradicional o anal\u00f3gica, debe ponerse en relaci\u00f3n con la denominada confianza electr\u00f3nica, que es aquella que se genera por la aplicaci\u00f3n fundamentalmente de t\u00e9cnicas de criptograf\u00eda y algoritmos, como por ejemplo la derivada de <em>blockchain<\/em> o de la firma electr\u00f3nica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En este campo, trataremos de deslindar la actuaci\u00f3n del notario en relaci\u00f3n a la confianza electr\u00f3nica en general y <em>blockchain<\/em> en particular, con preguntas como las siguientes: \u00bfes suficiente para asegurar los intereses de los consumidores y empresas la confianza electr\u00f3nica? \u00bfDebemos estar presentes en las relaciones jur\u00eddicas digitales derivadas de las nuevas formas contractuales y de ejecuci\u00f3n de contratos que pueden surgir gracias los <em>s<\/em><em>mart <\/em><em>c<\/em><em>ontracts<\/em>?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>La herencia digital<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otra de las cuestiones que se tratar\u00e1n es la relaci\u00f3n del Notariado con la denominada herencia digital: \u00bfqu\u00e9 sucede con el patrimonio digital de una persona cuando fallece? \u00bfQu\u00e9 podemos hacer para trasladar la tradicional experiencia notarial en este campo al mundo digital?<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los notarios de la Uni\u00f3n Europea no son ajenos a esta realidad, por ello conoceremos el proyecto que se est\u00e1 desarrollando bajo el impulso del Notariado de Malta, denominado RODAIS (Regulation Of Digital Assets within Inheritance and Succession scenarios), cuyo fin es la creaci\u00f3n de una gu\u00eda y un documento de buenas pr\u00e1cticas que deber\u00eda ser transmitido a los proveedores de servicios internacionales que operan en Europa.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>El traslado de domicilio social de las empresas<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n trataremos un tema que tiene una trascedencia notarial de presente y futuro relevante: el traslado de las sedes sociales de las empresas europeas dentro de la Uni\u00f3n Europea. Esta cuesti\u00f3n, sin resolver todav\u00eda desde el a\u00f1o 1997, puede tener a corto y medio plazo un efecto determinante en la econom\u00eda europea si\u00a0la decisi\u00f3n de Reino Unido de dejar de ser miembro de la Uni\u00f3n Europea\u00a0llega a implicar que sociedades que tienen all\u00ed su domicilio social traten de mantener su estatuto en el espacio europeo mediante el traslado de su sede a cualquiera de los otros Estados miembros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Siendo conscientes de la importancia de esta situaci\u00f3n y del reto que puede suponer al legislador europeo, los notarios debemos dar un paso al frente, hacer valer nuestra experiencia y ofrecer a \u00e9ste el conocimiento que tenemos de las situaciones transfronterizas en el \u00e1mbito del Derecho privado europeo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Contando con los puntos de vista de los sectores afectados, se debatir\u00e1n propuestas para un posible Directiva sobre el traslado de sede de las empresas en el espacio comunitario que, tras su aprobaci\u00f3n en el propio Congreso, ser\u00e1n enviadas a las autoridades europeas. Esta futura Directiva deber\u00eda poner fin a las incertidumbres y deber\u00eda generar un espacio de seguridad jur\u00eddica que permita saber a las empresas cu\u00e1l va a ser el r\u00e9gimen sustantivo y fiscal aplicable al traslado de su sede.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Conclusi\u00f3n<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El Congreso de Santiago de Compostela va a ser una oportunidad \u00fanica para debatir cu\u00e1l debe ser la actitud de los notariados europeos ante los cambios en el comercio digital, para elaborar o conocer de manera directa proyectos concretos e iniciativas importantes de otros notariados que trasladar al \u00e1mbito comunitario, y, en concreto, al comercio digital.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Pod\u00e9is encontrar informaci\u00f3n sobre el programa y los ponentes en la p\u00e1gina web <a href=\"https:\/\/www.notariesofeurope-congress2017.eu\/es\/\">https:\/\/www.notariesofeurope-congress2017.eu\/es\/<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong><a href=\"https:\/\/www.notariesofeurope-congress2017.eu\/es\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">WEB DEL CONGRESO DE NOTARIOS DE EUROPA<\/a><\/strong><\/span><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><span style=\"font-size: 14pt;\"><strong><a href=\"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/category\/columna-izq\/otras-jornadas\/\">OTROS CONGRESOS, JORNADAS&#8230;<\/a><\/strong><\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>4\u00ba CONGRESO DE LOS NOTARIOS DE EUROPA JOS\u00c9 CARMELO LLOPIS BENLLOCH Notario de Ayora (Valencia). 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