{"id":97835,"date":"2022-08-24T18:28:14","date_gmt":"2022-08-24T16:28:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/?p=97835"},"modified":"2022-08-24T19:08:38","modified_gmt":"2022-08-24T17:08:38","slug":"la-desviacion-hacia-lo-accesorio-critica-de-un-empleado-de-notaria-a-algunas-actividades-cotidianas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/secciones\/opinion\/la-desviacion-hacia-lo-accesorio-critica-de-un-empleado-de-notaria-a-algunas-actividades-cotidianas\/","title":{"rendered":"La desviaci\u00f3n hacia lo accesorio: cr\u00edtica de un empleado de notar\u00eda a algunas actividades cotidianas."},"content":{"rendered":"<h1 style=\"text-align: center;\"><span style=\"color: #0000ff;\"><strong>LA DESVIACI\u00d3N HACIA LO ACCESORIO<\/strong><\/span><\/h1>\n<h2 style=\"text-align: center;\">(valoraci\u00f3n de algunas actividades cotidianas por un empleado de Notar\u00eda)<\/h2>\n<h2 style=\"text-align: center;\">C\u00e9sar Ra\u00f1a D\u00edez, ex opositor a notario y empleado de notar\u00eda<\/h2>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Desde que acab\u00f3 el confinamiento vivimos en las notar\u00edas una \u00e9poca dif\u00edcil por la excesiva carga de trabajo; conozco varios notarios que ya no saben qu\u00e9 hacer: contratan gente, ampl\u00edan los locales de sus notar\u00edas, trabajan mucho m\u00e1s que antes confeccionando ellos mismos escrituras (no s\u00f3lo sus empleados), sus empleados hacen infinitas horas extra\u2026. y aun as\u00ed no son capaces de satisfacer por completo las necesidades demandadas por el p\u00fablico en general.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, tambi\u00e9n es un sentir general en el gremio notarial (y en otros varios dentro de la sociedad), que desde el confinamiento existe mucha m\u00e1s crispaci\u00f3n en la gente, acuden a la notar\u00eda a\u00fan m\u00e1s instalados en el yo y en el ahora que antes, en la creencia de que lo suyo es no ya lo m\u00e1s importante, sino lo \u00fanico; en que si te encargan hoy una escritura relativamente sencilla \u00bfpor qu\u00e9 no se puede firmar ma\u00f1ana o pasado ma\u00f1ana, si en un ratito se hace? \u2026. seguramente, se\u00f1ores, porque de esas \u201crelativamente sencillas factibles en un ratito\u201d tengo en la mesa pendientes de preparaci\u00f3n dieciocho antes, con sus consecuentes dieciocho ratitos, que se convierten ya en un \u201csuper ratazo\u201d\u2026\u2026 as\u00ed que esp\u00e9rese una semana o dos y supongo se podr\u00e1 firmar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todo esto no es nuevo, y no lo podemos controlar; el cliente, la gente, la sociedad, el mundo en general, el ser humano, es ego\u00edsta por naturaleza; y as\u00ed somos desde la prehistoria, y lo seguiremos siendo, a este respecto <em>nihil novum sub sole<\/em>; en estas l\u00edneas lo que quiero destacar es que dada esta carga ingente de trabajo,\u00a0 la Administraci\u00f3n (a la que el notario pertenece, de la que el notario depende en gran medida y desde siempre es \u00edntimo colaborador, como no puede ser de otra manera), en vez de tomar medidas en orden al buen funcionamiento notarial, a fin de ayudar al notario en su important\u00edsima labor de dar seguridad jur\u00eddica, de asesorar al ciudadano en su d\u00eda a d\u00eda, no deja de poner piedras en el camino atribuyendo al notario funciones que desvirt\u00faan lo esencial de la profesi\u00f3n, merman la seguridad jur\u00eddica y la atenci\u00f3n al ciudadano y convierten al notario en un colaborador de la administraci\u00f3n en \u00e1mbitos para los que ya existen otros funcionarios y otras instituciones que se dedican en esencia a ello, \u00e1mbitos que constituyen la base de su trabajo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Me explico: igual que a un funcionario de Hacienda no le vamos a pedir que controle si en la escritura de ampliaci\u00f3n de capital con cargo a cr\u00e9ditos por importe de varios millones de euros en la que act\u00faan dos sociedades espa\u00f1olas, una noruega y una belga quienes firman la operaci\u00f3n son realmente representantes (sean org\u00e1nicos o voluntarios) de tales entidades, que la documentaci\u00f3n que presentan es correcta, en su caso debidamente apostillada, que se identifican con un documento con foto y firma que no admita dudas de identificaci\u00f3n, que tengan su N\u00famero de Identificaci\u00f3n Fiscal y que se haya dado fiel cumplimiento a todo lo preceptuado en la Ley de Sociedades de Capital y Reglamento del Registro Mercantil; me parece absurdo que en vez de dedicar el tiempo la notar\u00eda a confirmar todos esos pormenores (cuya minuciosa comprobaci\u00f3n es la base de la seguridad jur\u00eddica preventiva que integra la labor notarial), tengamos que estar consultando la <strong>Base de Datos de Titularidad Real<\/strong> para comprobar si coincide con lo que tales representantes dicen; si lo que dice la BDTR es o no correcto, por qu\u00e9 consta lo que consta si, como pasa no pocas veces, poco tiene que ver con la realidad \u00bfno tenemos funcionarios dedicados en cuerpo y alma a la important\u00edsima (b\u00e1sica, dir\u00eda yo) labor de prevenci\u00f3n de blanqueo de capitales? \u00bfRealmente la consulta de esa Base de Datos antes de cada actuaci\u00f3n notarial relativa a personas jur\u00eddicas va a resolver algo? O me corrijo a m\u00ed mismo: \u00bfLa merma en la actuaci\u00f3n esencial del notario asumiendo funciones accesorias a su labor le compensa a nuestro sistema jur\u00eddico, que por otra parte ya tiene cientos o miles de funcionarios p\u00fablicos atendiendo a esas cuestiones? Un funcionariado que por otra parte (y a pesar de lo que con sorna facilona se suele comentar en conversaciones de taberna y sobremesa) \u00a0resiste y muy bien la comparativa con la funci\u00f3n p\u00fabica de otros pa\u00edses de nuestro entorno, seg\u00fan lo que se publica con frecuencia en diversos foros.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Y qu\u00e9 decir, por ejemplo, de lo de la <strong>consulta de NIF\u2019s revocados.<\/strong> Las mismas preguntas que antes me he hecho, cabr\u00edan, en mi opini\u00f3n, punto por punto. Realmente una sociedad limitada paterno filial, cuyos socios son los padres y sus dos hijos, habituales de la notar\u00eda, que firma cosas casi todos los meses, desde hace a\u00f1os, cuyos representantes nos son conocidos y tenemos \u201ccontrolados\u201d \u00bfdeben esperar cinco o diez minutos m\u00e1s para firmar un poder para pleitos porque hace treinta y dos d\u00edas que no firma nada en nuestra notar\u00eda (seguramente s\u00ed en otras que habr\u00e1n perdido el tiempo en lo mismo, claro) y el oficial de la notar\u00eda se despist\u00f3 de consultar en SIGNO si su NIF estaba revocado, o si en la BDTR figura el nombre de un paisano que nadie conoce? Pues no lo creo, ni \u00e9l se merece la espera ni la notar\u00eda se merece pasar por ineficientes por cuestiones accesorias que por supuesto, adem\u00e1s, el p\u00fablico en general ni entender\u00eda si se le pretende (mejor ni intentarlo) explicar.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otro claro supuesto: \u00bfde verdad creen nuestros gobernantes que el ciudadano medio que pide una <strong>hipoteca<\/strong> est\u00e1 contento con tener que acudir a la notar\u00eda dos veces en vez de una, teniendo que pedir en el trabajo dos d\u00edas en vez de uno, para que se le explique lo que ya el banco le ha explicado y lo que ya saben, en un acta de transparencia que se convierte a menudo en una p\u00e9rdida de tiempo, que el cliente no acaba de entender? (\u201cpero si ya me informaron en el Banco y el d\u00eda de la hipoteca usted ya me lo va a explicar, \u00bfno?\u201d -comentan con frecuencia-\u201d). Visto lo visto con las cl\u00e1usulas suelo\/techo, obligaciones preferentes, subordinadas\u2026en relaci\u00f3n con las entidades financieras, puedo entender que se compeliese desde el Ministerio de Justicia al notario a ser a\u00fan m\u00e1s exhaustivo al tiempo de la lectura de una escritura de pr\u00e9stamo hipotecario en cuanto a la explicaci\u00f3n de conceptos como las cl\u00e1usulas suelo y techo; comisiones; responsabilidad patrimonial universal, causas de vencimiento anticipado, etc\u2026.como ya se ven\u00eda haciendo, creo yo, en los \u00faltimos dos a\u00f1os, pero lo que se ha hecho con la obligatoriedad de firmar tales actas me parece otro claro ejemplo de matar moscas a ca\u00f1onazos (paradigma de eficacia, no <strong>eficiencia<\/strong>).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Otro ejemplo palmario: el glorioso mundo de los \u201c<strong>\u00cdndices<\/strong>\u201d; esa nueva \u201cfuente del derecho\u201d, que ha pasado de ser hace un par de d\u00e9cadas algo secundario, aunque importante, como modo a mi entender razonable y l\u00f3gico, de colaborar con la Administraci\u00f3n facilit\u00e1ndole los datos b\u00e1sicos de lo formalizado en la notar\u00eda, a convertirse en una verdadera fuente del derecho, a una remisi\u00f3n tan exhaustiva de datos que en algunas ocasiones requiere m\u00e1s tiempo para su confecci\u00f3n que la escritura misma. A veces parece que incluso nuestro sistema de numerus apertus en el \u00e1mbito de los derechos reales queda en entredicho al no saber\/poder incardinar lo expresado en escritura en alguno de los apartados que los \u201c\u00cdndices\u201d tienen preconfigurado. Lo dicho, son verdadera fuente del derecho. Si el ordenador o el sistema inform\u00e1tico no me deja plasmarlo, es que no puede existir. Suena fr\u00edvolo, antijur\u00eddico, cutre e incluso grosero. \u00bfNo nos estamos desviando hacia lo accesorio en detrimento de lo sustantivo? Y por supuesto, supone la obligaci\u00f3n de remitir ciertos datos que un acuerdo de voluntades perfectamente expresado en escritura, con todo el rigor y seguridad jur\u00eddica, nunca exigir\u00eda. \u00bfDe verdad que si una sociedad unipersonal quiere cambiar su denominaci\u00f3n social tenemos que hacer constar su capital social y el valor nominal de sus participaciones sociales? \u00bfA alguien le parece esto serio? Seguro que hay alguna explicaci\u00f3n, absolutamente accesoria desde el punto de vista jur\u00eddico, por la que se pide ello en ese tipo de escrituras, pero se me tendr\u00eda que explicar muy bien para que yo (que me dedico a esto) lo entendiese.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Y un \u00faltimo caso, de \u201crabiosa actualidad\u201d como dir\u00eda un profesor de Derecho Can\u00f3nico que tuve en la Facultad de Derecho de Santiago de Compostela: la necesidad de hacer constar en la mayor\u00eda de las escrituras que documenten transmisi\u00f3n de fincas, con base en el art. 98.3 de la Ley 7\/2022 de residuos y suelos contaminados para una econom\u00eda circular, que sobre tal o cual finca el transmitente no ha realizado <strong>actividades potencialmente contaminantes del suelo<\/strong>. \u00bfAlguien se cree que sirve para algo? Por supuesto que nuestros gobernantes, que en m\u00faltiples ocasiones en estas \u00faltimas d\u00e9cadas se han puesto de perfil ante las innumerables atrocidades medioambientales que se han producido, llevan ya un tiempo haciendo hincapi\u00e9 en la necesidad de cuidar en serio el medio ambiente, en legislar en este \u00e1mbito, en educar en la no contaminaci\u00f3n\u2026.y todo eso claro que me parece b\u00e1sico, absolutamente relevante en la sociedad actual; el cambio clim\u00e1tico ya no parece una entelequia cient\u00edfico-meteorol\u00f3gica que de vez en cuando cubr\u00eda espacios informativos y de documentales en la televisi\u00f3n, sino algo que estamos viviendo, ya sea a nivel local, nacional o mundial; nuestros ni\u00f1os est\u00e1n recibiendo en los colegios una educaci\u00f3n y una informaci\u00f3n que sus padres y abuelos nunca hemos recibido; el principio general en el \u00e1mbito del derecho medioambiental (rama en auge a\u00f1o tras a\u00f1o) de que \u201cel que contamina paga\u201d parece que se est\u00e1 haciendo valer \u201cde verdad\u201d antes las aberraciones que las grandes industrias han venido cometiendo en los \u00faltimos lustros. Las inspecciones y controles efectuados por las instituciones, p\u00fablicas y privadas, en este \u00e1mbito, me parecen capitales en orden a dar cumplimiento a toda la normativa medioambiental existente en nuestro pa\u00eds y en Europa. Pero incluir una cl\u00e1usula en las escrituras en relaci\u00f3n con la contaminaci\u00f3n del suelo me parece otro supuesto de ineficiencia absoluta del sistema. Otro supuesto in\u00fatil que nos lleva a ser peores en nuestra profesi\u00f3n, pues si a un profesional le quitas tiempo (sobre todo en \u00e9pocas donde \u00e9ste escasea m\u00e1s que nunca) perjudicas a dicho colectivo profesional en su quehacer diario. \u00bfC\u00f3mo se le va a explicar al ciudadano que al comprar un trastero en la planta octava o bajo cubierta de un edificio de treinta y cinco a\u00f1os de antig\u00fcedad en el centro de cualquier ciudad de Espa\u00f1a tiene que hacer una menci\u00f3n en ese sentido?; \u00bfel hacer obras en el trastero comprado hace diez a\u00f1os habr\u00e1 contaminado el suelo?\u2026..\u00bfy si se trata de la compra de una oficina en el piso veintiocho de alguna de las torres KIO en Madrid? Y a\u00fan peor, \u00bfc\u00f3mo hacerle entender que se nos olvid\u00f3 plasmarlo en la escritura, y que por tanto el Registro de la Propiedad no inscribe la compra, y que tienen que pedir unas horas o un d\u00eda en el trabajo para acudir a la notar\u00eda a complementar dicha escritura incluyendo la \u201ccl\u00e1usula de marras\u201d, pues es una manifestaci\u00f3n que el transmitente hace, no el notario? Creo que Don Mariano Jos\u00e9 de Larra (\u201cVuelva usted ma\u00f1ana\u201d) se estar\u00e1 revolviendo all\u00e1 donde est\u00e9, ansioso por escribir una secuela de su famos\u00edsima obra decimon\u00f3nica. No demos pie a ello, por favor.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todo este aumento de actuaciones accesorias (soy consciente de dejarme muchas en el tintero: CNAE actividad principal, profesi\u00f3n de los comparecientes, remisiones a Catastro\u2026 etc\u2026, no pretendo ser exhaustivo) con el que se est\u00e1 cargando a las notar\u00edas me parece, por tanto, <strong>aberrante<\/strong>. \u00bfO pretende la Administraci\u00f3n que como los notarios son profesionales liberales que ganan por lo general bastante m\u00e1s dinero que la media deben dedicarse a contratar dos o tres empleados m\u00e1s por plantilla para que lleven a cabo todas esas funciones ajenas a la genuina funci\u00f3n notarial, especialmente en momentos como los de ahora, en los que las notar\u00edas est\u00e1n desbordadas, para que, cuando vengan las vacas flacas (que acabar\u00e1n llegando), las oficinas est\u00e9n sobredimensionadas y comiencen los despidos a mansalva y expedientes de regulaci\u00f3n de empleo como sucedi\u00f3 con la crisis de 2010-2012? Pues a lo mejor es lo que nuestros gobernantes pretenden, ser\u00eda una soluci\u00f3n, supongo, al menos en parte; pero una soluci\u00f3n a un problema creado a mi modo de ver innecesariamente, haciendo de la funci\u00f3n notarial algo peor de lo que era, no mejor; desviando la actuaci\u00f3n notarial hacia lo accesorio en vez de fortalecer y dar medios a los notarios para ser mejores en lo principal, en lo \u201crealmente importante de su funci\u00f3n\u201d, en lo que nos demanda el ciudadano y la sociedad, que no es poco. Hace unas semanas me comentaba un ilustre notario al que tengo gran respeto y admiraci\u00f3n, parafraseando a otro veterano colega, que el notariado ha ido evolucionando, asumiendo nuevas competencias a lo largo de los tiempos, y que, en resumidas cuentas, el notario de hoy es siempre mejor que el de ayer\u2026\u2026perm\u00edtanme dudarlo. Y evidentemente no por la cantidad de conocimientos, acceso a la informaci\u00f3n, herramientas de actuaci\u00f3n, capacidad de trabajo, medios disponibles para el ejercicio de la profesi\u00f3n y formaci\u00f3n jur\u00eddica de sus empleados\u2026.. que superan a los de anta\u00f1o, sin duda; sino por la falta de tiempo y la cantidad de cuestiones \u201cextranotariales\u201d que tiene que atender; el que mucho abarca poco aprieta. Debe creer nuestro legislador que el <strong>tiempo<\/strong> es infinito, y nada m\u00e1s lejos de la realidad; es <strong>finito<\/strong>, el d\u00eda empieza y se acaba, y la noche tambi\u00e9n; y por muchas horas extra que los oficiales empleen en dar cumplimiento a todas esas cuestiones (pues la carga de todo este trabajo accesorio antes aludido, evidentemente, recae casi en su totalidad en los empleados, no en los notarios, pero al fin y al cabo, es responsabilidad de ellos y merma el buen hacer de \u201cla notar\u00eda\u201d), el sistema deviene ineficiente; si todo este tiempo fuese empleado por notarios y oficiales en controlar a\u00fan con m\u00e1s rigor si cabe que quien viene a la notar\u00eda tiene capacidad para actuar, facultades suficientes, si la ley se cumple fielmente, si la documentaci\u00f3n aportada para confeccionar los documentos p\u00fablicos es la correcta, si no existe captaci\u00f3n de voluntad alguna entre las partes de un contrato, en atender con m\u00e1s calma y paciencia a los clientes resolviendo sus inquietudes, har\u00edamos de la funci\u00f3n notarial y, por ende, de nuestro sistema jur\u00eddico en el \u00e1mbito, al menos, del derecho privado, una labor mejor, m\u00e1s eficiente, m\u00e1s precisa y de mayor calidad, que seguro los ciudadanos agradecer\u00edan.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Con todo lo expresado, la <strong>conclusi\u00f3n<\/strong> a la que pretendo llegar es que el atiborrar a las notar\u00edas con cuestiones accesorias y duplicidad de actuaciones que ya llevan a cabo (o deber\u00edan) otros funcionarios o instituciones de la Administraci\u00f3n, no hace de nuestro sistema jur\u00eddico algo mejor, todo lo contrario; y evidentemente no hace al notariado algo mejor, sino que creo desvirt\u00faa y empeora la funci\u00f3n notarial, la ralentiza y la convierte, a menudo, en algo distinto a lo que siempre ha sido, una instituci\u00f3n respetada y respetable siempre pr\u00f3xima al ciudadano que act\u00faa con agilidad y calidad jur\u00eddica ayudando a resolver los problemas de la gente en el \u00e1mbito del derecho privado, dando certezas y actuando siempre con imparcialidad y con sujeci\u00f3n a la m\u00e1s estricta legalidad.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/category\/secciones\/opinion\/\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\">SECCI\u00d3N OPINI\u00d3N<\/span><\/strong><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/category\/secciones\/oficina-notarial\/\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\">SECCI\u00d3N OFICINA NOTARIAL<\/span><\/strong><\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/\"><strong><span style=\"font-size: 14pt;\">PORTADA DE LA WEB<\/span><\/strong><\/a><\/p>\n<div id=\"attachment_97837\" style=\"width: 992px\" class=\"wp-caption aligncenter\"><a href=\"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/secciones\/opinion\/la-desviacion-hacia-lo-accesorio-critica-de-un-empleado-de-notaria-a-algunas-actividades-cotidianas\/attachment\/lage-ermita_santa_rosa_de_lima-coruna\/\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" aria-describedby=\"caption-attachment-97837\" class=\"size-full wp-image-97837\" src=\"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Lage-Ermita_Santa_Rosa_de_Lima-Coruna.jpg\" alt=\"\" width=\"982\" height=\"643\" srcset=\"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Lage-Ermita_Santa_Rosa_de_Lima-Coruna.jpg 982w, https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Lage-Ermita_Santa_Rosa_de_Lima-Coruna-300x196.jpg 300w, https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Lage-Ermita_Santa_Rosa_de_Lima-Coruna-768x503.jpg 768w, https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-content\/uploads\/2022\/08\/Lage-Ermita_Santa_Rosa_de_Lima-Coruna-500x327.jpg 500w\" sizes=\"auto, (max-width: 982px) 100vw, 982px\" \/><\/a><p id=\"caption-attachment-97837\" class=\"wp-caption-text\">Ermita de Santa Rosa de Lima. Lage (La Coru\u00f1a, Galicia, Espa\u00f1a). Por LBM1948 en Wikipedia.<\/p><\/div>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>LA DESVIACI\u00d3N HACIA LO ACCESORIO (valoraci\u00f3n de algunas actividades cotidianas por un empleado de Notar\u00eda) C\u00e9sar Ra\u00f1a D\u00edez, ex opositor a notario y empleado de notar\u00eda &nbsp; Desde que acab\u00f3 el confinamiento vivimos en las notar\u00edas una \u00e9poca dif\u00edcil por la excesiva carga de trabajo; conozco varios notarios que ya no saben qu\u00e9 hacer: contratan [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":10,"featured_media":97838,"comment_status":"open","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_bbp_topic_count":0,"_bbp_reply_count":0,"_bbp_total_topic_count":0,"_bbp_total_reply_count":0,"_bbp_voice_count":0,"_bbp_anonymous_reply_count":0,"_bbp_topic_count_hidden":0,"_bbp_reply_count_hidden":0,"_bbp_forum_subforum_count":0,"footnotes":""},"categories":[242,247],"tags":[9330,17947,17951,17946,17948,17950,7133,17949,6439],"class_list":{"0":"post-97835","1":"post","2":"type-post","3":"status-publish","4":"format-standard","5":"has-post-thumbnail","7":"category-opinion","8":"category-varios","9":"tag-base-de-datos-de-titularidad-real","10":"tag-cesar-rana-diez","11":"tag-consulta-nifs-revocados","12":"tag-desviacion-hacia-lo-accesorio","13":"tag-empleado-notaria","14":"tag-ermita-santa-rosa-de-lima","15":"tag-indices","16":"tag-lage","17":"tag-suelos-contaminados"},"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/97835","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/users\/10"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=97835"}],"version-history":[{"count":5,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/97835\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":97841,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/97835\/revisions\/97841"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media\/97838"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=97835"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=97835"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.notariosyregistradores.com\/web\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=97835"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}