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Cjo Ministros 4 julio: LOS REGISTRADORES MERCANTILES ASUMIRÁN LAS FUNCIONES DEL REGISTRO CIVIL


Consejo de Ministros de 4 julio 2014

LOS REGISTRADORES MERCANTILES ASUMIRÁN LAS FUNCIONES DEL REGISTRO CIVIL

 

El Consejo de Ministros de 4 julio 2014 ha presentado 2 normas :

REAL DECRETO-LEY 8/2014 de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE 5 julio)

 

A.-) El de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil, que prevé la inscripción registral de documentos extranjeros, judiciales y extrajudiciales;

 

B.-) Y ha aprobado un REAL DECRETO-LEY 8/2014 para que sean los registradores mercantiles quienes en el futuro se encarguen de la gestión de los Registros Civiles. [También ha sido anunciado en la web del Ministerio de Justicia y que ha emitido una nota de prensa].

- Los registradores se encargarán de desarrollar una plataforma electrónica de titularidad pública para procesar los datos. Hasta su pleno rendimiento, los jueces seguirán al frente de los Registros Civiles.
- El coste de este sistema informático correrá a cargo de los registradores mercantiles y los trámites seguirán siendo gratuitos para el ciudadano. Se trata de evitar los desplazamientos y las colas actuales en los registros.
- Justicia garantiza el mantenimiento de todos los puestos de trabajo en el territorio Ministerio. Habrá oficinas del Registro Civil en todas las capitales de provincia.

El Real Decreto Ley recoge, por otra parte, la modificación legal para que sean los registradores mercantiles quienes en el futuro se encarguen de la gestión de los Registros Civiles. El Real Decreto Ley reforma la ley de 2011 sobre registros civiles, en la que ya se dio luz verde a su desjudicialización e indica que en julio de 2015 entrará en funcionamiento una nueva plataforma digital para la tramitación de los certificados y expedientes.

Este plazo de un año es el que los registradores mercantiles estiman necesario para tener en funcionamiento esta plataforma electrónica de la que ellos mismos se harán cargo. El Ministerio de Justicia considera fundamental dar este paso hacia adelante en la informatización de los datos para solucionar los problemas que hoy tiene el Registro Civil y garantizar, así, un servicio público efectivo. Hasta que esté a pleno rendimiento, los jueces seguirán cumpliendo con esta función.

La creación de esta plataforma digital será financiada íntegramente por una nueva Corporación de derecho público formada por todos los registradores que están al frente de las oficinas mercantiles que se harán cargo de la llevanza del Registro Civil, de forma que no supondrá ningún gasto para las arcas públicas y tampoco para los ciudadanos, puesto que en el Real Decreto Ley aprobado hoy se dice expresamente que "continuará siendo gratuita, sin excepción de ningún tipo", una circunstancia que la citada Ley de 2011 no garantizaba.

Titularidad estatal de los datos

Si bien la gestión de los trámites pasará a engrosar las funciones de estos funcionarios públicos en las futuras Oficinas del Registro Civil y Mercantil, la titularidad de los datos del Registro Civil seguirá siendo estatal. Será el Ministerio quien diseñará durante este próximo año la organización íntegra del Registro y sus normas de funcionamiento; y el Estado asegurará que el procesamiento de los datos y la plataforma cumplen con los Esquemas Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad y la Ley Orgánica de Protección de Datos, incrementando las medidas de seguridad existentes para garantizar la privacidad.

El contenido de la estructura y el funcionamiento del futuro Registro Civil se desarrollarán en otra norma complementaria que se presentará en los próximos días. En él se especificará, tal y como dice el Real Decreto Ley aprobado hoy, "el régimen del personal al servicio de la Administración de Justicia destinado actualmente en el Registro Civil". Los jueces, secretarios judiciales y funcionarios que actualmente se dedican en exclusiva o de forma compartida a prestar este servicio pasarán a realizar su actividad en el ámbito de la función jurisdiccional, reforzando así la Administración de Justicia, y el Ministerio se comprometerá en ese próximo texto a mantener el empleo de los funcionarios e interinos adscritos al territorio que es de su competencia.

3,3 millones de certificados y datos anuales

Esta reforma continúa con el espíritu de la Ley de 2011 para tratar de frenar los problemas que plantean los registros civiles que, según los datos de 2013 del Consejo General del Poder Judicial, acumularon el 44 por 100 de las quejas presentadas en 2012 contra la Administración de Justicia.

Al año se expiden, aproximadamente, unos 3,3 millones de certificados y copias desde el Registro Civil. La interoperabilidad entre Administraciones que ofrecerá la nueva plataforma electrónica servirá para que el 85 por 100 de estas certificaciones, unos tres millones, sean innecesarias, de forma que los ciudadanos no tendrán que acercarse físicamente al Registro a realizar sus trámites. [leer más].

 

 

.-- El Anteproyecto de Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil, que prevé la inscripción registral de documentos extranjeros, judiciales y extrajudiciales:
-
Regula el proceso de reconocimiento y ejecución de las resoluciones judiciales extranjeras en España.
- Se incluyen los actos de comunicación de documentos judiciales y extrajudiciales, así como la práctica y obtención de pruebas.
(...)
Notarios y registradores.
La regulación establece que notarios y registradores favorecerán la ejecución de documentos públicos extranjeros y la inscripción en los registros públicos mediante la adecuación de las instituciones extranjeras que pudieran resultar desconocidas. Se prevé, igualmente, la adaptación de los documentos públicos extranjeros como técnica a utilizar por parte del registrador cuando se ordenen medidas o se incorporen instituciones o derechos que sean desconocidos al ordenamiento español. En este caso se adaptarán lo mejor posible a una medida u orden prevista o conocida en el Derecho español, siempre que tenga efectos equivalentes y se persiga la misma finalidad originaria. [leer más].

 

 

REAL DECRETO-LEY 8/2014 de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia (BOE 5 julio)

web del Ministerio de Justicia

nota de prensa ministerio 4 julio 

Ver reseña del Consejo de Ministros de 4 de julio de 2014

 Ver reseña del Consejo de Ministros de 13 de junio de 2014

  

Ver resumen de la Ley del Registro Civil de 2011

 

Asamblea de Registradores de Zaragoza.

   

Noticias de Prensa...

 

Nota de Prensa del Colegio de Registradores.

 

Archivo Reforma Registral

  

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