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LA DGRN CONDENADA POR SANCIONAR DE FORMA

"INJUSTIFICADA, GRATUITA Y ARBITRARIA"

 

JOAQUÍN DELGADO RAMOS, NOTARIO Y REGISTRADOR 

 

Resumen recibido:

 

La DGRN impuso siete sanciones en grado máximo (con la accesoria de inhabilitación para cargos colegiales) a un registrador por aplicar el criterio de la propia DGRN sobre el art 98 de la ley 24/2001 fijado en resolución de consulta vinculante de 12 de abril de 2002, y no el cambio de criterio posterior de la DGRN en otras resoluciones no vinculantes.

 

La secretaría de estado de justicia confirmó las sanciones.   El TSJ de Madrid las anuló.

 

Y ahora el juzgado central de lo contencioso administrativo en sentencia de 25/11/2013 condena a la administración a indemnizar el daño moral causado al registrador sancionado porque “la actuación de la Administración no se ha mantenido en unos márgenes de apreciación razonables y razonados” y porque “la incoación de los expedientes disciplinarios fue gratuita, injustificada y arbitraria. La única resolución de la DGRN que era vinculante dictada al amparo del artículo 103 de la Ley 24/2001, es la de 12 de Abril del 2002, y ésta sostenía una interpretación similar a la mantenida por el hoy recurrente, y que ha sido modificada por la DGRN, no por otra consulta vinculante sino por resoluciones singulares resolviendo recursos gubernativos.”

 (SIGUE EN PDF)

 

RESUMEN DE LA SENTENCIA

 

 

TEXTO DE LA SENTENCIA

 

 

RESOLUCIÓN DE 12 DE ABRIL DE 2002

Art 98 de la Ley 24/2001

OFICINA REGISTRAL

 

 Visita nº desde el 22 de diciembre de 2013.

 

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