GTA Seguros

LOGO NYR          www.notariosyregistradores.com      

 

PROYECTOS DE DISPOSICIONES

INFORME ABRIL 2012

(Coordina: Albert Capell Martínez [ACM] Notario de Boltaña [Huesca])

TITULARES: 

  PROGRAMA NACIONAL DE REFORMAS
  NUEVOS proyectos: [ Arrendamientos // Certificaciones Dominio 206 LH]
  ANTEproyectos[FRAUDE FISCAL // TRANSPARENCIA ]
  Iniciativas previas en tramite
         - Congreso  [ NINGUNO
]
             
- Senado [
PRESUPUESTOS 2012 // FUSIONES y ESCISIONES // APROVECHAMIENTO POR TURNOS // MEDIACIÓN ]
  Proyectos concluidos publicados en BOE [ NAVARRA: Deudores Hipotecarios ]
  Noticias breves  [¿ Amnistía Urbanística ? // TIPOS INTERÉS VPO // Bodas y Divorcios notariales]
  Autonómico / Foral [VALENCIA: Uniones de hecho //// GALICIA: Montes y VIVIENDA  // CATALUÑA: Fundaciones]

 

      En ABRIL tampoco se ha publicado en el BOE ningún proyecto normativo que se hallara previamente en tramitación, pero sí en el B.O.Nav. la Ley de PROTECCIÓN FISCAL a DEUDORES HIPOTECARIOS.

Se hallan ya, por el procedimiento urgente, en el SENADO, los RD-Leyes, que se habían remitido al Congreso como Proyectos de Ley: Reforma en materia de fusiones y escisiones societarias (procedente del RD-Ley 9/2012), la de aprovechamiento por turnos (procedente del RD-Ley 8/2012); o la de mediación civil y mercantil (procedente del RD-Ley 5/2012), , como también el proyecto de Ley de PRESUPUESTOS GRALES. del Estado para 2012.

En materia de fusiones y escisiones societarias, destacan las enmiendas introducidas a última hora y dirigidas a proteger las sociedades de OPAs hostiles ante la caída actual de los valores bursátiles.

Entre las nuevas propuestas destacaremos la presentación del Anteproyecto de Ley de medidas para dinamizar el mercado del alquiler y la Proposición del grupo socialista catalán en el Senado para reformar el art. 206 LH.

 En Derecho Autonómico, en VALENCIA se ha presentado un Proyecto de Uniones de hecho. Por lo demás, sigue la tramitación parlamentaria: en GALICIA de los proyectos en materia de Vivienda y de MONTES; y, en CATALUÑA la de la reforma del Libro III CCCat, especialmente en materia de FUNDACIONES.

 

I.-) PROGRAMA NACIONAL DE REFORMAS  

El 5 de marzo, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón anunció en el SENADO el calendario previsto para las reformas que tiene previsto acometer su Ministerio, como el Estatuto de la Víctima; y para el 3er trimestre de 2012 las reformas de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la regulación de la jurisdicción voluntaria. Y ya para 2013 prevé una importante Reforma Mercantil que afectaría al C.COM., y las leyes de Patentes, Consumidores y Usuarios, Defensa de la Competencia, Concursal; Mercado de Valores o del contrato de seguro. [Leer más...] [ver noticia en Expansión].

Por otra parte, el Consejo de Ministros de 27 de abril aprobó la remisión a la Unión Europea y a la Comisión Europea del Programa Nacional de Reformas de España 2012 y de la actualización del Programa de Estabilidad de España 2012-2015.
      Ambos documentos recogen la Estrategia de política económica del Gobierno para los próximos años, que se basa en el diagnóstico de la economía española y en medidas de política económica.

- La actualización del Programa de Estabilidad presenta el cuadro macroeconómico previsto por el Gobierno para el periodo 2012-2015. Este cuadro establece una senda de consolidación fiscal que permite alcanzar en 2012 un déficit público del 5,3 % del PIB y alcanzar en 2015 un déficit del 1,1 %.

- El Programa Nacional de Reformas de España 2012 representa una agenda ambiciosa de reformas estructurales con los siguientes objetivos: consolidación fiscal; fomento del crecimiento y la competitividad; lucha contra el desempleo; reactivación del crédito; mejora y eficiencia en la prestación de servicios públicos esenciales, y modernización y racionalización de las Administraciones Públicas. [Leer más...].

Aunque en el consejo de Ministro no se habla del INCREMENTO del IVA (en el Programa sí se habla de incrementar la imposición indirecta), este supuesto aumento ha sido portada de todos los periódicos nacionales: p.ej.: ABC; El País; La Vanguardia; 5 Días; Expansión; El Economista.

 

II.-) NUEVAS INICIATIVAS (de relevancia notarial o registral):  

A.- ANTEPROYECTOS

 ARRENDAMIENTOS URBANOS.

El Consejo de Ministros de 11 de mayo recibió un informe del Ministerio de Fomento sobre el Anteproyecto de Ley de medidas para dinamizar el mercado del alquiler de viviendas que pretende su flexibilización con una reducción de los plazos de duración del contrato, mejora de la seguridad jurídica a través de la inscripción registral de los arrendamientos y la agilización del procedimiento de desahucio.

Fue objeto de un completo RESUMEN por José Félix Merino que se publicó en nuestra portada del 12-V.

 

B.- PROYECTOS de LEY    

NINGUNO

 

C.- PROPOSICIONES de LEY    

 Art. 206 L.H.  

El 26 de Abril se presentó desde el Senado, una Proposición de Ley de modificación del art. 206 LH (que dudo que prospere) por el Grupo "ENTESA para CATALUNYA", y que se halla pendiente de toma en consideración desde 29 de Mayo.

Consiste simplemente en excluir la posibilidad de que la Iglesia Católica pueda expedir Certificaciones de Dominio a efectos de la inmatriculación.

 

 

III.-) INICIATIVAS PREEXISTENTES:

A.- ANTEPROYECTOS

 TRANSPARENCIA.   

    El Consejo de Ministros de 18 de mayo presentó los resultados de la Consulta pública sobre informe del Anteproyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno. Se han recibido cerca de 3.700 observaciones tanto ciudadanos a título individual, como organizaciones representantes de la sociedad civil.
    Además el Consejo acordó su remisión, para la redacción de los oportunos informes, a la Agencia Española de Protección de Datos y al Consejo de Estado, como paso previo a su envío a las Cortes para su tramitación parlamentaria.
    Sigue señalando que
las disposiciones adicionales recogen un plan de calidad y simplificación normativa. El objetivo es disponer de menos y mejores leyes, poniendo un freno a la "inflación reglamentaria". [leer más...]

    Ya antes, el Consejo de Ministros de 23 de marzo había publicado el informe sobre el Anteproyecto de Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen Gobierno. Tratará de ampliar y reforzar la transparencia en la actividad pública, reconocer y garantizar el derecho de acceso a la información [nada se dice específicamente de la publicidad registral ni del secreto del protocolo notarial, si bien el Art. 10 incluye entre los limites al acceso, la existencia de secreto profesional o de deber de confidencialidad.] . La Ley se compone de 3 grandes bloques: la publicidad activa y el derecho de acceso a la información pública, bloques que se engloban dentro de la Transparencia, y, por otro lado, el Buen Gobierno.

El anteproyecto prevé que todas las AA.PPs habrán de acometer una revisión, simplificación y, en su caso, una consolidación normativa de sus ordenamientos jurídicos. Para ello habrán de efectuar los correspondientes estudios, derogar las normas que hayan quedado obsoletas y determinar, en su caso, la necesidad de introducir modificaciones, novedades o proponer la elaboración de un texto refundido, de conformidad con las previsiones constitucionales y legales sobre competencia y procedimiento a seguir, según el rango de las normas que queden afectadas. [leer más...]

Existe una web "ad hoc" para dar más información del Anteproyecto: www.leydetransparencia.gob.es.

 

 LUCHA CONTRA EL FRAUDE FISCAL.    Sin novedades

El Consejo de Ministros de 13 de abril recibió un informe del Ministro de Hacienda sobre un Anteproyecto de Ley de intensificación de lucha contra el fraude que completa el RD-Ley 12/2012, de 30 de marzo, sobre medidas tributarias para la reducción del déficit público, que contempla un plan especial de regularización de rentas ocultas, que al igual que el Anteproyecto pretenden el mismo objetivo de reducir la economía sumergida. Para ello destacan diversas medidas en los siguientes ámbitos: LIMITACIÓN DEL PAGO EN EFECTIVO; CUENTAS EN EL EXTRANJERO; EXCLUSIÓN DEL RÉGIMEN DE MÓDULOS; y REFORZAMIENTO DE LA CAPACIDAD RECAUDATORIA

Ampliar la información en:     
  a) FOLIO PROPIO en esta web
  b) Cjo de Ministros 13 abril    
  c) ver INFORME íntegro.
  
  d) ver Texto Anteproyecto
  e) Web Mº Hacienda 

 

B.- PROYECTOS en tramitación en el   C O N G R E S O

NINGUNO

 

C.- PROYECTOS en tramitación en el   S E N A D O    (de relevancia notarial o registral)

 

 PRESUPUESTOS GRALES. 2012.

El 29 de mayo entró en el SENADO el texto aprobado por el Congreso.

El gobierno ya había presentado el 7 de abril el Proyecto de Ley de Presupuestos Grales. del Estado para 2.012, y que se había anunciado antes en el Consejo de Ministros de 30 de marzo de 2012 . [ver RESUMEN ]

Debe tenerse en cuenta que el RD-Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público [ver resumen] , además de PRORROGAR los presupuestos anteriores, ya estableció anticipadamente algunas normas al respecto, como la Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2011, el tipo reducido del 4% del IVA a las entregas de viviendas nuevas; y otras modificaciones que ahora se recogen íntegramente en la Ley de Presupuestos, como el Gravamen complementario del IRPF por reducción del déficit público en 2012 y 2013; o la reintroducción de la deducción por inversión en vivienda habitual.

Previamente la Mesa del Senado asimismo aprobó el siguiente calendario de tramitación al efecto de que, como en los años anteriores, acabe siendo publicada en el BOE a finales de JUNIO:

SENADO:
10. Designación de la Ponencia: miércoles 30 de mayo.
11. Celebración de comparecencias: miércoles 30 de mayo, jueves 31 de mayo y viernes 1 de junio.
12. Plazo de presentación de enmiendas: hasta el lunes 4 de junio, a las 18:00 horas.
13. Reunión de la Ponencia: a partir del jueves 7 de junio.
14. Dictamen de la Comisión: a partir del lunes 11 de junio.
15. Plazo de presentación de votos particulares: día siguiente a aquél en que termine la deliberación en Comisión.
16. Tramitación en Pleno: 18 a 22 de junio.

En la actualidad se halla en el Senado pendiente de Informe a la vista de las enmiendas presentadas.

Los principales aspectos del Proyecto han sido objeto de un RESUMEN publicado en la portada del 30-IV, y no han sufrido alteración en la aprobación previa del Congreso.

 

 FUSIONES y ESCISIONES SOCIETARIAS (procedente del RD-Ley 9/2012)

Como anticipábamos, se ha remitido al Congreso de los Diputados, para su tramitación por vía de urgencia, el Proyecto de Ley de simplificación de las obligaciones de información y documentación de fusiones y escisiones de sociedades de capital, procedente del RD-Ley 9/2012, de 16 de marzo, que en nuestra web fue RESUMIDO por José Ángel García Valdecasas.

En la actualidad el Congreso de los Diputados ha ya aprobado el texto inicial, que ahora se halla en el SENADO pendiente de Pleno para votar las enmiendas presentadas por los Senadores.

De estas enmiendas, destacan las introducidas a última hora por el Partido Popular (y aceptadas por la Ponencia y publicadas en el BOCG de 6 de junio) dirigidas a introducir medidas de protección y neutralización (especialmente con cláusulas limitativas del derecho de voto) frente a posibles OPAs hostiles que podrían surgir en la actualidad con la notable bajada de los valores de cotización bursátil de las acciones de ciertas grandes empresas, en ocasiones inferior al valor real de sus activos. Puede leerse la noticia en el periódico Expansión.

 

 APROVECHAMIENTO POR TURNOS (procedente del RD-Ley 8/2012)

Se trata del Proyecto de Ley de contratos de aprovechamiento por turno de bienes de uso turístico, de adquisición de productos vacacionales de larga duración, de reventa y de intercambio.

También se halla en el SENADO (para su tramitación por vía de urgencia) pendiente, hasta el 9 de junio, de enmiendas y propuestas de veto.

El Congreso de los Diputados aprobó el texto inicial tras la remisión del Proyecto previo, a su vez procedente del RD-Ley 8/2012, de 16 de marzo, que fue objeto de un amplio RESUMEN elaborado por José Félix Merino Escartín para nuestra web.

Sus antecedentes algo más remotos los encontramos en un ANTE-proyecto de Ley presentado en la anterior Legislatura y que ya reseñamos en los informes de 2011.

 

 MEDIACIÓN CIVIL Y MERCANTIL (procedente del RD-Ley 5/2012)

El Proyecto de Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, se halla igualmente en el SENADO pendiente, de enmiendas y propuestas de veto hasta el 9 de junio (para su tramitación por vía de urgencia).

De las enmiendas que aprobó el Congreso, destaca la del art. 25 (Formalización del título ejecutivo), en que para elevar a público el acuerdo, basta que comparezcan notarialmente ambas partes, sin que sea necesaria la presencia del mediador.

El Proyecto inicial ha sido asimismo aprobado ya por el Congreso. También esta propuesta procede del RD-Ley 5/2012, de 5 de marzo, que fue RESUMIDO por José Félix Merino Escartín.

También este texto tiene antecedentes remotos en un proyecto de Ley que finalmente decayó por finalizar la Legislatura anterior y que igualmente reseñamos en los informes de 2011.

 

 

IV.-) PROYECTOS APROBADOS y PUBLICADOS en el B.O.E. de ABRIL :  

A) Ámbito Estatal: Ninguno (salvo los indicados RD-LEYES, reseñados ya en las portadas de nuestra web)

B) Ámbito Autonómico:

   NAVARRA: PROTECCIÓN FISCAL DEUDORES HIPOTECARIOS

El B.O.N. nº90 de 14 de mayo, publicó ya oficialmente el texto definitivo de la Ley Foral 8/2012, de 4 de mayo, de medidas tributarias relativas a la protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Antes, el BOPN de 11 de abril publicó el Proyecto. Básicamente recoge las MISMAS normas tributarias que para el ámbito ESTATAL estableció el RD-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos [ver Resumen].
Son fundamentalmente 2 EXENCIONES:
     - En el IRPF: Las ganancias patrimoniales derivadas de las "Daciones en pago" de viviendas hipotecadas.
     - En el ITPAJD: Las escrituras de novación previstas en el RD-Ley 6/2012; respecto de la cuota gradual de AJD.

El Proyecto tiene 3 arts., y el último prevé la expedición de los correspondientes certificados ("trabajador por cuenta propia sin rentas") por la Hacienda Tributaria de Navarra.

 

 

V.-) NOTICIAS BREVES: 

 ¿Reforma Ley del Suelo y de Costas?

      El 30 de mayo el diario "El País" publicó la noticia de que "Fomento estudia una amnistía para miles de viviendas ilegales" y que ha preparado un documento de 58 páginas “a favor de la rehabilitación, la regeneración y la renovación urbanas”, en el que incluye cambios en la Ley del Suelo, la de Propiedad Horizontal, la de Economía Sostenible y un RDL de 2011 de racionalización del gasto público.
     
Yo no he hallado el texto íntegro de tal documento (se trataría de un “documento técnico sin respaldo político abierto a sugerencias”) ni noticia alguna en la web del Ministerio. La noticia continúa diciendo que afectaría a miles de edificaciones por toda España, pero principalmente en el litoral.
     
Se supone que señalaría que “será causa de imposibilidad legal de ejecutar una sentencia o acto administrativo firmes, en virtud de los cuales haya de demolerse una edificación, el hecho de que los propietarios de todo o parte de la misma hubieren adquirido su derecho de acuerdo con el art 34 LH”. Además, "las viviendas deben estar terminadas, la compraventa debe ser posterior al fin de la obra, de forma que no sea el promotor quien se beneficie de la amnistía, y no debe exceder la licencia o el plan urbanístico que fue declarado ilegal. Por último, no puede estar en dominio público (cauces de ríos o en primera línea de playa) ni de defensa y no suponer un riesgo para las personas." [Leer más...]

 

 TIPOS de INTERÉS en PRÉSTAMOS VPO

 El Consejo de Ministros de 18 de mayo presentó los nuevos tipos de interés de los préstamos sobre viviendas protegidas concedidos en el marco de los Planes Estatales de Vivienda comprendidos entre 1996 y 2008, que oscilan entre el 3,05 % y el 3,39 %, salvo para los préstamos convenidos concedidos al amparo del vigente Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación 2009-2012, al revisarse, en este caso, automáticamente con referencia al euribor. [Leer más...]

 

 BODAS Y DIVORCIOS NOTARIALES

      El pasado día 2 de febrero, el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, en una entrevista concedida a la Cadena Cope, efectuó diversas declaraciones sobre nuevas funciones notariales en materia de jurisdicción voluntaria, especialmente la celebración de matrimonios y su disolución por divorcio.   [oír entrevista íntegra].

También ha tenido gran resonancia mediática, y en nuestra web, se enlazaron las noticias más destacadas sobre el tema. Igualmente se ha abierto un hilo de debate en el FORO de la misma.

Ya hemos apuntado que en el PROGRAMA NACIONAL DE REFORMAS y la comparecencia en el Senado del Ministro de Justicia, éste anunció su voluntad de iniciar su tramitación parlamentaria en otoño de 2012. No obstante, aún no tenemos conocimiento de ningún texto articulado a modo de proyecto o anteproyecto, por lo que mientras no se presente formalmente en el Consejo de Ministros o en el Congreso, no podemos reseñar más profundamente la propuesta. Estaremos atentos y seguiremos informando.

Joaquín Zejalbo está preparando un informe sobre antecedentes legales en virtud de los cuales los fedatarios intervienen e intervinieron en bodas. YA ESTÁ PUBLICADO.

 

 

 

   VI.-) PARLAMENTOS AUTONÓMICOS

   VALENCIA: Uniones de hecho

El BOC de 2 de mayo publicó el Proyecto de Ley de Uniones de hecho formalizadas en la Comunidad Valenciana.
En la actualidad se halla en fase de prórroga en la presentación de enmiendas.

De ella destacaremos que:
1) El art. 7 consagra un Pº de Libertad en la autoregulación de la convivencia. Señala que en defecto de pacto sobre el régimen económico, serán de aplicación las normas del capítulo III de esta ley. (...) Para que dichos acuerdos produzcan efectos frente a terceras personas, deberán formalizarse en escritura pública e inscribirse en el Registro de Uniones de Hecho, y, caso de afectar a inmuebles o bienes inscribibles, en el Registro de la Propiedad o Registro correspondiente a la naturaleza de los mismos. Aunque tales acuerdos no estuvieran documentados ni inscritos, podrán perjudicar a las terceras personas que tuvieren conocimiento de los mismos.

2) El art. 10 exige consentimiento dual (del titular y del NO-titular) para disponer de algún derecho sobre la vivienda habitual
de la unión de hecho formalizada. (lo que exigirá manifestar siempre si el disponente es soltero, que no convive con otra persona).

3) El art. 14 equipara el convivente al cónyuge al atribuirle derechos sucesorios (¿legitimarios? ¿ab intestato?). El art. 15-2 establece también una equiparación fiscal.

4) La disp. adicional única, determina su aplicación retroactiva automática (derechos sucesorios, consentimiento dual... ) a las uniones ya inscritas, SALVO que cualquiera de los convivientes manifieste ante el Registro su oposición.

5) tendrá una vactio legis de 1 mes y derogará la Ley 1/2001, de 6 de abril.

 

   GALICIA:

a) VIVIENDA

    Sigue su Tramitación Parlamentaria. En la actualidad se han presentado ya diversas enmiendas al proyecto, que se hallan pendientes de debate.
    El BOPG de 24 de abril 2012 publicó el Proyecto de Ley de vivienda de Galicia. Tiene 4 Títulos: el , sobre la Vivienda en general (especialmente frente a Consumidores y Usuarios); el para las V.P.O.s, el sobre expropiaciones; y el 4º sobre el régimen sancionador.

Dentro del TÍTULO I; el Art. 4 establece un listado de conceptos y definiciones; su letra "e)" define la "Licencia de 1ª ocupación" como el acto advo que acredita que el edificio o vivienda cumple los requisitos exigidos para ser destinados a uso residencial y que se ajustan a la licencia urbanística otorgada, (y que luego desarrollan los arts. 41 y ss); a su vez la letra "f)" ofrece un concepto legal de "superficie útil".
   Los arts. 8 a 10 regulan el "Libro del Edificio", y el art. 10-2 su depósito notarial por imposibilidad de entrega individual a cada adquirente.

     El art. 11-2 impone el deber de expresar en la Escritura de venta que si la vivienda está o no al corriente del cumplimiento de los deberes de conservación, rehabilitación y seguridad.
       Los arts. 13 a 27 regulan el régimen de protección (especialmente de información pre-contractual) de Consumidores y Usuarios, así p.ej. el art. 18-4 prohíbe exigir al comprador el pago de los costes de la declaración de obra nueva y división horizontal; el art. 20 prevé la venta de viviendas futuras; el 22 las garantías de eventual devolución de cantidades entregadas a cuenta. Igualmente se contemplan registros advos. de Promotores.
        El art. 28 (y 29) establece la obligatoriedad de depositar las fianzas previstas para los arrendamientos en la LAU en el Instituto Gallego de la Vivienda.
 
         Los Arts. 41 a 43 regulan la "Licencia de 1ª ocupación"  y la necesidad, como requisito de inscribibilidad, de que conste en la escritura de Obra Nueva Terminada (aunque no exige, en cambio, acreditar nada sobre la eficiencia energética del edificio.
          En materia de V.P.P. quizás lo más llamativo, sea que el art. 50 incorporará un nuevo régimen de “copropiedad” con la Xunta, según el cual el comprador de una Vivienda de Promoción Pública (VPP) adquirirá un mínimo del 60% del inmueble, para hacerse posteriormente con el resto de la propiedad. De esta forma, se facilitará el acceso a la vivienda con el pago de cuotas más reducidas de lo que supondría comprar la totalidad del inmueble. (ver noticia en el diario "El País").

 

b) MONTES.     

    Sigue también su Tramitación Parlamentaria. En la actualidad se han presentado ya diversas enmiendas al proyecto, que se hallan pendientes de debate.
    
El BOPG de 14 marzo 2012 publicó el Proyecto de Ley de montes, más amplia, que la estatal de 2003, aunque a veces análoga, como el art. 31, sobre protección procesal y registral de los Montes (análogo al art. 18 L.Montes-2003) o los derechos de adquisición preferente del art. 56, cuyo párrafo 5º exige que se acredite la previa comunicación a la AAPP ante el notario y registrador; los Arts. 49 y 50 regulan las relaciones entre el deslinde y el Registro de la propiedad; pero también introduce un régimen propio sobre Servidumbres en montes públicos (Art. 42 y Disp. Trans. 2ª); las unidades mínimas en parcelaciones y segregaciones (Art. 69); la Concentración Parcelaria (Art. 70) o los diversos Registros Administrativos de Montes (Art. 126).

 

 

   CATALUÑA: Reforma Libro III CCCat. sobre Personas Jurídicas.

    El BOPC de 28 sept. 2011 publicó el Proyecto de Ley de modificación de la Ley 4/2008, de 24 de abril, del libro III del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas.
    Introduce  medidas de simplificación administrativa dirigidas fundamentalmente a incentivar la constitución de nuevas fundaciones: reduciendo la dotación inicial; incrementando la autonomía de gestión (compatibilizando la condición de patrón y la prestación de servicios a la fundación); se flexibiliza el régimen de autorizaciones para ciertas operaciones del Patronato sustituyéndola por una declaración responsable; y se posibilita que el cargo de secretario pueda ejercerse por persona que no tenga la condición de patrón; entre otras medidas.

     En la actualidad sigue hallándose en fase de presentación de enmiendas específicas. Ya se han publicado las presentadas a la Totalidad del Proyecto, que fueron rechazadas. Ya se ha publicado el Informe de la Ponencia, y desde el día 31 de mayo 2012 se halla pendiente de Dictamen de la Comisión.

 

Subir arriba

ACM, Boltaña, junio de 2012

 

 

 

  visitas desde el 8 de junio de 2012

 

Recomienda esta pagina a un amigo

 LOGO NYR  Portada

Facebook de NyR