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Esta sección, dedicada al derecho internacional privado, trata de dar respuesta a las más habituales preguntas que suscita, en las Notarías y Registros, el reenvío, previsto en el artículo 12.2 del Código Civil, al derecho material de los diversos países.
Nota: Este es el cuestionario que se tratará de responder por país.
1.- PERSONAS FÍSICAS: REPRESENTACIÓN LEGAL:
A) Casos principales: B) Cómo se acredita. C) Qué actos más comunes, realizados por los representantes legales, precisan de autorización judicial u otros requisitos complementarios, y si ello ha de acreditarse de forma previa o posteriormente al acto o negocio.
2.- PERSONAS FÍSICAS: REPRESENTACIÓN VOLUBTARIA:
A) Forma documental que ha de tener. B) Modo de acreditarla.
3.- RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL
A) Su régimen económico matrimonial supletorio es cercano al de.
B) Breve explicación complementaria del mismo si es preciso. C) ¿En qué casos se necesita del consentimiento del otro cónyuge para realizar actos dispositivos sobre bienes o derechos de la exclusiva propiedad del otro? D) ¿Se puede capitular? ¿En cualquier momento? Requisitos formales. E) Parejas de hecho: Si se reconocen, acreditación y régimen económico.
4.- RÉGIMEN SUCESORIO
A) ¿Cuáles son los títulos sucesorios en su país? Formas requeridas. B) Restricciones a la libertad de testar. ¿Existe el concepto de legítima? C) ¿Quién ha de intervenir en la partición de la herencia? De existir legítimas, ¿han de intervenir los legitimarios no herederos en la partición? F) Sucesión intestada: Orden. G) ¿Hay registro de actos de última voluntad? H) ¿Con qué medios cuenta su legislación para acreditar fehacientemente quiénes sean los herederos del causante?
5. PERSONAS JURÍDICAS
A) Constitución. Requisitos formales. ¿La inscripción es constitutiva? B) Capacidad. ¿Está ceñida al objeto social o es ilimitada? C) Representación orgánica. Cómo se acredita quienes la tienen y requisitos complementarios. D) Representación voluntaria. Cómo se acredita y requisitos complementarios.
6º.- Referencias adicionales (si se estiman oportunas).
Páginas web de legislación:
Apuntes biográficos del/la autor/a:
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