Aurelio Menéndez: Semblanza

Admin, 19/01/2018

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HOMENAJE A DON AURELIO MENÉNDEZ (QEPD)

En la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación al presentar su Libro – Homenaje

textos de Juan María Díaz Fraile

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Don Aurelio Menéndes Menéndez durante la presentación del libro en la RAJYL

TEXTO INTRODUCTORIO

El pasado día 3 de enero falleció en Madrid D. Aurelio Menéndez Menéndez. Catedrático de Derecho Mercantil desde 1957, Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid, socio fundador del despacho Uría y Menéndez en 1972, fue además Ministro de Educación y Ciencia en el primer Gobierno de Adolfo Suarez, Magistrado del Tribunal Constitucional, Consejero de Estado, Académico de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación, Vocal Permanente y Presidente de la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación, y persona muy cercana al Cuerpo de Registradores, entre cuyos miembros figura una de sus hijas, habiendo sido durante muchos años miembro del Consejo de Redacción de la Revista Crítica de Derecho inmobiliario, a cuya presidencia accedió en 2016, a los pocos meses del fallecimiento de su predecesor D. Luis Díez-Picazo.

Uno de sus últimos actos públicos tuvo lugar a comienzos del mes de julio de 2015 en la sede de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación con motivo de la presentación de su libro “Estudios Jurídicos y Universitarios” en dos tomos, editado por el Colegio de Registradores conjuntamente con la editorial Civitas Thomson Reuters.

Uno de los intervinientes en dicho acto, Juan María Díaz Fraile, entonces director del Servicio de Estudios Registrales, hizo una glosa de la persona y obra de D. Aurelio, cuyo texto ahora publicamos en homenaje a su persona y trayectoria como gran maestro del Derecho.

 

PRESENTACIÓN LIBRO HOMENAJE A D. AURELIO MENÉNDEZ «ESTUDIOS JURÍDICOS Y UNIVERSITARIOS«.

REAL ACADEMIA DE JURISPRUDENCIA Y LEGISLACIÓN

2 DE JULIO DE 2015

La presentación de un libro siempre es motivo de satisfacción para la comunidad académica porque representa la aportación de algún tipo de novedad científica con la que se avanza en el conocimiento humano, aunque en las ciencias sociales esto resulte menos aparente que en las ciencias naturales. Si esto es así con cualquier libro, mucho mayor es la satisfacción cuando de lo que se trata es de reunir en una obra única de forma antológica una pluralidad de trabajos, estudios y escritos producidos durante más de 50 años por un mismo autor, facilitando así la difusión de su conocimiento y evitando el riesgo de pérdida u olvido que su propia dispersión pudiese suponer.

Para mí es, además, un motivo de especial satisfacción en mi doble condición impulsor de la coedición de este libro, a través del Colegio de Registradores, y de introductor de la obra, por encargo de mi querido y admirado amigo D. Aurelio Menéndez Menéndez. La tarea de presentar un libro, en tanto que introducción de la obra y del autor, es una actividad especialmente gratificante cuando ambos se sitúan en el plano de la excelencia académica y del prestigio jurídico universalmente reconocidos.

No es preciso que yo explique ante este ilustre auditorio quién es el profesor Menéndez Menéndez, pues la notoriedad de su obra y su propia relevancia profesional y social excusan tal presentación. Pero si admitimos que la persona es en gran parte lo que hace, habrá que convenir que en toda obra se produce una cierta simbiosis entre la misma y su autor. Así lo entiende también D. Aurelio, cuando dice que “uno está en el libro y en su aventura. Más aún, uno es el libro”. Por ello la presentación de un libro es un acto también de presentación del autor, y más en un supuesto como éste en que el libro es la recopilación antológica de multitud de trabajos y escritos producidos durante más de cinco décadas. Si a ello se le suma el hecho de que esta obra no es sólo una recopilación de estudios científicos, sino también de escritos dedicados a dibujar la semblanza de otras grandes personalidades jurídicas contemporáneas, otros grandes Maestros del Derecho del siglo XX, es inevitable hacer así mismo una semblanza del autor, pues en esos escritos se adivina, como dice Ángel Rojo en el prólogo, una forma de ser, de sentir y de pensar, es decir, se dibuja la propia personalidad de D. Aurelio que, sin pretenderlo, hace en esos escritos su propio autorretrato psicológico. Por ello no resultará impertinente recordar que hablamos de una de las figuras más sobresalientes y señeras del Derecho español del siglo XX y aún de los años transcurridos de la actual centuria, durante los que D. Aurelio ha prolongado sin descanso su actividad.

Decir esto es decir ya mucho, pero creo que no basta. Pero nada que se pueda decir en el estrecho margen de tiempo de un acto de estas características bastaría para abarcar la glosa de una obra y una personalidad como la del prof. Menéndez. Por ello, me limitaré a destacar algunos aspectos, algunas pinceladas que con técnica impresionista permitan transmitir al menos una parte de lo que encierra este libro sobre la obra y personalidad del autor, a través del hilo conductor de las dos grandes pasiones que han estado presentes durante toda su vida adulta: el Derecho y la Universidad.

 

1. PASIÓN POR EL DERECHO

La pasión por el Derecho: he aquí una confesión propia y personal del prof. Menéndez que reitera en varios de sus escritos: “he sido y soy un enamorado del Derecho”. Cierto que confiesa también que no ha terminado de desentrañar y despejar sus dudas sobre la relación entre Justicia y Derecho (“no conseguiré disiparlas”, nos dice), pero esas dudas no ocultan la grandeza del Derecho mismo como gran sistema de ordenación colectiva contrario a la arbitrariedad. Por ello, la anomia le produce el efecto del horror al vacío, como le sucedió en el periodo 1976-1977 en que los vertiginosos acontecimientos políticos de la época, de los que fue protagonista directo, iban derrumbando las instituciones y normas del régimen anterior sin haber creado todavía las nuevas. Pero alerta también contra el fenómeno contrario, la “multinomia” o masiva proliferación normativa en que hoy nos encontramos, que amenaza por su propio exceso con el fin primordial de seguridad que todo ordenamiento debe cumplir.

Nada de ello debilita su pasión por el Derecho, Derecho que ha vivido en sus más diversas proyecciones:

a) en primer lugar, ejerciendo la potestad reglamentaria y de impulso legislativo como miembro del Gobierno de la Nación al asumir la cartera de Educación y Ciencia en el primer Gobierno de Suarez, que hizo posible la gran obra política de la transición. La contribución decisiva de D. Aurelio a la Ley de Reforma Política de 1977 no ha sido, a mi juicio, destacada de forma suficiente. Ahora se reivindica esta intervención en el reciente y magnífico libro de Juan Fernández-Miranda “El guionista de la transición”;

b) otras veces como intérprete de la norma de normas, como Magistrado del Tribunal Constitucional, Tribunal a cuya presidencia fue tentado;

c) otras veces en su elaboración prelegislativa como Presidente de la Sección de Derecho Mercantil de Comisión General de Codificación durante un dilatado periodo de tiempo (desde 1978 hasta 2006)

d) ha ejercido también el Derecho a través de la función consultiva como Consejero de Estado;

e) también en su dimensión académica como miembro de Número de esta Real Academia de Jurisprudencia y Legislación desde 1986;

f) otras en el ejercicio práctico de la abogacía como cofundador de uno de los despachos colectivos más importantes y prestigiosos de España y Europa;

g) y siempre en fin como profesor universitario, la vocación que más hondamente ha sentido a lo largo de toda su trayectoria vital. Como él mismo dice “la gran llamada profesional” de su vida.

Dentro de esta faceta de profesor hay que enmarcar su labor de constante investigador del Derecho Mercantil, que le ha llevado a publicar una magna obra que abarca varios libros y monografías y más de sesenta artículos sobre los sectores más diversos de su especialidad (Derecho de la empresa, Derecho de sociedades, títulos-valores, contratos mercantiles, quiebra y suspensiones de pagos, Derecho de la navegación marítima y Derecho registral mercantil). Todo ello le acredita como un mercantilista de singular valía, continuador destacado de la gran obra realizada por la moderna Escuela española de Derecho mercantil.

Son pocos, muy pocos, los juristas a los que por su impronta en la doctrina y por sus ascendencia intelectual, moral y jurídica sobre un grupo más o menos amplio de investigadores les cabe el honor del tratamiento de “Maestro”, y entre estos pocos está sin duda el profesor Menéndez Menéndez, Maestro de la importante Escuela moderna de Derecho Mercantil. Y es que durante más de cuarenta años ha impartido la docencia de su disciplina en varias Universidades españolas (País Vasco, Santiago de Compostela, Salamanca, Oviedo y Autónoma de Madrid), y ha dejado una huella profunda de su magisterio en gran número de promociones universitarias, siendo de destacar el dato de que en la actualidad son once los Catedráticos de la especialidad que se formaron bajo su dirección; a todos ellos habría que añadir ya el nombre de varios Catedráticos de la especialidad discípulos de sus discípulos, y la formación de un gran número de Profesores de distintos grados, en una singular labor de escuela que muestra la relevancia y el ejemplo de su magisterio científico y humano.

 

2. PASIÓN POR LA UNIVERSIDAD

Pero la pasión por la Universidad que el prof. Menéndez confiesa va mucho más allá de la labor investigadora y de formación del profesorado. Se enraíza en su pasión por el saber. Sólo así se explica que con una humildad que encierra una enorme grandeza, una de sus máximas más repetidas sea la de que no es verdadero maestro el que no sabe, llegado el momento, ser discípulo de sus discípulos. Esto significa, me parece a mí, que la inquietud por el conocimiento, síntoma de permanente juventud intelectual, no se agota nunca y termina identificando la felicitad de la enseñanza con la felicidad del aprendizaje.

Al hablar de esta gran vocación y pasión, sólo aquí, reclama el más alto grado de vanidad. La Universidad ha sido para mí – nos dice – como una “locura de amor”, con “mis infidelidades, que no han faltado, pero con mi sostenida devoción”. “Cincuenta años en ella camino de Bilbao, Santiago de Compostela, Salamanca, Oviedo y Autónoma de Madrid. Es un camino inolvidable”.

Esta pasión por la Universidad está estrechamente vinculada a las relaciones con todos los maestros, colegas y discípulos de la Escuela de Derecho Mercantil fundada por D. Joaquín Garrigues y de la que prof. Menéndez ha sido uno de los exponentes máximos junto con su maestro Rodrigo Uría. Esas relaciones de maestro-discípulo, a medio camino entre la amistad y la filiación, forman parte intrínseca de esa pasión universitaria. Sus evocaciones personales, de tono intimista, de sus maestros Torcuato Fernández-Miranda y Rodrigo Uría, son un verdadero modelo de agradecimiento y profundo respecto. Del primero destaca su gran rigor intelectual y su gran pasión por el saber, a quien trató de cerca durante los tres años que compartieron en el Colegio Mayor Valdés-Salas, lo que le permite a D. Aurelio hablar de su magisterio en el diario vivir. Torcuato fue quien le “raptó” para la Universidad, y seguramente alguna parte tuvo en la aceptación por D. Aurelio de la cartera ministerial de Educación y Ciencia que ocupó, como se ha dicho, en el primer Gobierno de Suarez. Seguramente es también de Fernández-Miranda de quien toma en origen la preocupación por las relaciones entre Derecho y Justicia y la aversión por la arbitrariedad. El Derecho está en el mundo del ser. La justicia, en el de los valores. Lo contrario del Derecho no es la injusticia, lo contrario del Derecho es la arbitrariedad, nos dice.

Del escrito que dedica al recuerdo del prof. Rodrigo Uría González me declaro incapaz de hacer una síntesis. Debe leerse en su integridad y con detenimiento. El repaso que hace de su infancia, familia y etapa universitaria de Oviedo; su etapa de complemento de formación en las Universidades italianas y alemanas; sus oposiciones a Cátedra de Derecho Mercantil (tras cambiar su inicial inclinación por el Derecho público) en 1935; su amistad con Joaquín Garrigues, su participación en la creación y desarrollo de la Escuela Española de Derecho Mercantil; los inicios de su etapa madrileña tras la conclusión de la Guerra Civil; su obra jurídica que huye tanto del conceptualismo y la abstracción como del arbitrario practicismo; sus esfuerzos por incluir el concepto de lo equitativo en el ejercicio del Derecho; su condición de abogado. Ese primer bufete instalado en la  calle Nuñez de Balboa, 48, en el mismo piso en que tenía D. Rodrigo su hogar familiar, que a finales de los cuarenta empieza a frecuentar D. Aurelio. Allí comenzó también a ejercer el prof. Menéndez la abogacía y allí “fabricaban” los primeros números de la Revista de Derecho Mercantil. Ese vínculo y colaboración con la Revista no se interrumpe durante los casi quince años que D. Aurelio ejerció su Cátedra fuera de Madrid; tampoco se cortó la relación profesional de la abogacía, y ello le permitió participar con algunos dictámenes en el famoso asunto “Barcelona traction”. Después vendría el traslado del despacho a la sede de la calle Hermosilla 30, posteriormente a Jorge Juan 6 y finalmente a Príncipe de Vergara 187, fruto de la expansión de aquél inicial despacho “Boutique” de 8 ó 10 abogados y su transformación en el gran despacho colectivo en que se convirtió a partir del impulso y la experiencia de D. Rodrigo Uría hijo, tras el regreso de su estancia en el despacho Curtis Mallet de Nueva York. Pero, por encima de todo ello, está la valoración personal y humana que hace de su maestro: “hombre sabio, bondadoso y sencillo que amaba la vida y el contacto con el prójimo”.

– Pero esta pasión universitaria es tan fuerte que transciende los aspectos de docencia e investigación y se prolongan en los de – si se me permite la expresión – “ideólogo” de la Universidad. Quien quiera acometer cualquier proyecto de análisis y reforma de las enseñanzas universitarias en España tiene que acudir como texto de lectura obligada a la introducción que escribió el prof. Menéndez en el primer número del Anuario de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid en 1997, con ocasión del 25 aniversario de su fundación. Allí está compendiada en pocas páginas de forma magistral toda su experiencia y sus conclusiones, también sus dudas, en relación con la docencia y la investigación universitarias.

a) Allí está la narración en primera persona de la fundación y desarrollo de la Facultad de Derecho desde su instalación inicial en el año 1970 en el Casón del Observatorio del Parque del Retiro en la calle Alfonso XII hasta la inauguración de la nueva sede en diciembre de 1994, bajo la presidencia del actual Rey de España Felipe VI, el más ilustre licenciado de la Facultad y el más ilustre discípulo de D. Aurelio de quien fue preceptor, como su maestro Torcuato Fernández-Miranda lo había sido de Don Juan Carlos.

La creación de esta Universidad era un sueño que el prof. Menéndez rememora evocando sus paseos con el Rector Luis Sánchez Agesta por el amplio solar de Cantoblanco en que se instalaría pocos años después. Un sueño en el que intentaban poner en marcha una Universidad ambiciosa en su esfuerzo de investigación, modernizada en sus métodos pedagógico y selectivo, y sensible a su función cultural. Y para ello se pretendía que la Universidad fuera verdaderamente autónoma, científica y funcionalmente, en la selección de profesores y alumnos, en la libertad de los planes de estudios y hasta en la utopía de los cincuenta alumnos por aula.

Al cabo de los 25 años “nada ha llegado al sueño”, dice el prof. Menéndez. Pero en medio de algunas ilusiones perdidas, queda la realidad de una Facultad de Derecho que ha contribuido a mejorar el nivel científico y docente de la Universidad española. Así lo acreditan numerosas pruebas y testimonios, como los del profesor alemán Klaus Tiedermann, con ocasión del acto de su investidura como Doctor “honoris causa”, o del prof. Peter Ulmer, Rector de la Universidad de Heidelberg, cuando no dudan en hablar públicamente de la trayectoria ejemplar de la Universidad Autónoma y de su extraordinaria reputación internacional. Ahí está el prestigio de su cuadro de Catedráticos y profesores, la brillante trayectoria profesional de muchos de sus egresados, la formación de la Biblioteca de la Facultad, referencia nacional e internacional, la labor de sus famosos seminarios o la creación del célebre “Anuario de la Facultad de Derecho”, con el que el Colegio de Registradores se honra en colaborar.

b) Allí están todos los análisis y todas las reflexiones que para cualquier reforma universitaria se deben tener en cuenta:

1º) en materia de docencia: en la que insiste en la necesidad de superar una Facultad de apuntes y exámenes, por una Facultad en la que se enseñe a pensar y se enseñe a hacer, sin por ello despreciar el viejo método de la “lección magistral”. Insiste también en la importancia de que los alumnos aprendan a utilizar la bibliografía y en acercar el libro al alumno, hasta el punto de que entiende que la idea rectora de la vida de la Facultad ha de ser la del “culto al libro”.

En cuanto a los planes de estudios, muestra sus dudas sobre el acierto del plan cuatrianual. “¿Habremos acertado?”, se pregunta. Cierto que aporta flexibilidad y orientación práctica, pero cierto es también que hay el peligro de que las disciplinas optativas se fijen caprichosamente, y también el riesgo de lo que llama “la especialización prematura”.

2º) en cuanto al profesorado: aquí aporta sus valiosas reflexiones sobre las discusiones esenciales sobre el régimen de selección del profesorado, el equilibrio entre la enseñanza y la investigación en la actividad de los docentes, la forma en que los métodos pedagógicos pueden ayudar a cortar el nudo gordiano de la inacabable discusión sobre la universidad masificada y la selección del alumnado. También en este capítulo destacan la sinceridad y hondura de sus reflexiones sobre la figura de los catedráticos y profesores “profesionalizados” extrauniversitariamente, y el dilema entre la dedicación exclusiva y la dedicación parcial. Aquí se inclina por la conveniencia de buscar fórmulas que hagan compatible la dedicación a la Universidad y el ejercicio de la Abogacía, para evitar el peligro del llamado “Derecho de los profesores” que corre el riesgo de perderse en la pura especulación formal. Pero alerta también, en un ejercicio de honestidad intelectual y ponderación de la que siempre hace gala, del riesgo contrario, en el sentido de que una de las dos profesiones perderá peso a favor de la otra, inclinándose la balanza del lado de la profesión que presente mayores urgencias.

 

3. SUS APORTACIONES DOCTRINALES

Sobre sus aportaciones doctrinales, imposibles de abarcar por su extensión y profundidad en esta presentación, me permitirán que, en mi calidad de Director del Centro de Estudios Registrales del Colegio de Registradores, destaque muy brevemente las relativas al Derecho Registral mercantil.

1) Empiezo por una que está ausente de este libro, porque en sí misma es un tomo de una obra mayor. Me refiero a su trabajo sobre “El Registro Mercantil español (formación y desarrollo)” que integra el Tomo V de la obra “Leyes Hipotecarias y Registrales de España. Fuentes y evolución”, publicado en 1991, obra magna en 6 tomos con la que el Colegio de Registradores quiso sumarse a las celebraciones organizadas con motivo del quinto centenario del descubrimiento de América. Trabajo cuya ejecución completa llevó años, y en cuya comisión redactora estuvo presente desde el primer momento el prof. Menéndez, a quien además se le encomendó la redacción del citado tomo V. Por su extensión esta obra no está incluida en el libro que hoy presentamos, como ocurre con el resto de sus monografías. Pero no podía dejar de mencionarlo, pues se trata sin duda de la mayor contribución a la investigación histórica sobre la formación y desarrollo del Registro Mercantil español desde su introducción en el Código de comercio de 1829. Y responde a la inquietud que el prof. Menéndez quiso siempre transmitir a sus discípulos de estudiar la historia de las instituciones para comprender en profundidad su funcionamiento.

2) Mención especial merece también la conferencia sobre el Derecho comparado europeo sobre la publicidad mercantil, publicado originalmente en el libro sobre conferencias sobre el Derecho comunitario europeo, editado por el Colegio de Registradores en el ya lejano año 1976, casi 10 años antes del ingreso de España en las Comunidades Europeas, lo que pone de manifiesto la visión de futuro de los organizadores de aquellas conferencias y la intervención decisiva del prof. Menéndez en la misma. Allí ensaya un criterio de sistematización de los sistemas registrales en la doble dimensión histórica y geográfica europea, en tres grupos que denomina, respectivamente:

– la solución corporativa, ligada a las viejas matrículas de los comerciantes, cuyos inicios se observan en las Repúblicas italianas del medievo merced a la temprana organización de sus mercaderes en corporaciones profesionales, y cuyos efectos jurídico-privados eran muy limitados (si bien servía para determinar las personas sometidas a la jurisdicción mercantil);

– la solución negocial, en que la sanción de la falta de publicidad se proyecta sobre la validez y eficacia del acto o negocio inscribible; solución que aparece en la Ordenanza francesa del Comercio Terrestre de 1673, y es posteriormente acogida en el Código de Comercio napoleónico de 1807;

– la solución registral, que no incide sobre la validez de las relaciones jurídicas sustantivas, sino sobre las consecuencias que produce la ignorancia o el conocimiento de los actos inscribibles por parte de los terceros; solución en la que se observa una evolución que va de una inicial publicidad-noticia en la que el hecho de hacer posible el conocimiento de lo inscrito por parte de terceros agota la finalidad de la inscripción; que pasa por un estadio intermedio en que la inscripción sirve de base a la presunción de que lo inscrito es efectivamente conocido por terceros; para llegar posteriormente a un estadio de “cognoscibilidad legal” cuya estación de llegada es precisamente la eficacia sustantiva de la inscripción, con independencia del conocimiento efectivo que de la misma puedan tener los terceros. Transformación del Registro en un instrumento de publicidad legal con efecto frente a terceros que se debe fundamentalmente a los países germánicos, tal y como aparece ya en el Código general alemán de 1861. Sistema que inspiraría la solución del Código de comercio español de 1885.

3) Otras aportaciones doctrinales imprescindibles del prof. Menéndez en el ámbito del Registro Mercantil son las relativas al concepto de buena fe del tercero, inclinándose por la teoría subjetivista de la buena fe, como estado psicológico o de creencia del tercero. Late también en este planteamiento la concepción del prof. Menéndez sobre el Derecho, que no se identifica con el concepto mismo de justicia, sino como instrumento para su realización. Y por ello construye un concepto de la buena fe guiado por la necesidad de seguridad jurídica en el tráfico mercantil, pero haciendo ello compatible con una vertiente ética de la cuestión, de forma que el autor nos advierte de que la protección de la apariencia debe dispensarse a quien la merece: el tercero de buena fe, pero sin llegar a desvirtuar esta protección imponiéndole la obligación de indagaciones extrarregistrales de actos no inscritos.

Igualmente capital es su interpretación de la reforma mercantil societaria del año 1989 en lo relativo a la oponibilidad o eficacia frente a terceros del Registro, una vez que por exigencias del Derecho comunitario a través de la primera Directiva de sociedades se rompe el automatismo de la ecuación publicidad igual a inscripción. La publicidad se integra tras la reforma por un conjunto de dos elementos: la inscripción más la publicación en el Boletín Oficial del Registro Mercantil. El prof. Menéndez se percata desde el primer momento de que esa dualidad de mecanismos de publicidad, al mismo tiempo que aumenta la difusión de los hechos, encierra el peligro de restar eficacia y fijeza al sistema, pues da pie potencialmente a situaciones patológicas de divergencia entre el Registro y el Boletín, que sistematiza en tres grupos: el desajuste cronológico, la falta de uno u otro medio de publicidad y la discordancia de contenido.

El alcance de esta reforma y sus consecuencias exigía, pues, que la mejor doctrina diese la pauta para su interpretación, y en esa difícil tarea no faltó la aportación doctrinal decisiva de D. Aurelio a través de su estudio “La eficacia registral respecto de terceros” publicado en 1992.

 

4. REFLEXIÓN

Es curioso recordar cómo la Revolución francesa al destruir todas las instituciones políticas del pasado, afirmando los nuevos principios de libertad e igualdad de los ciudadanos, abre un importante movimiento constitucionalista en Europa y procede a la reconstrucción de todo el Derecho público y privado sobre nuevas bases mediante el fenómeno de la “codificación”.

La codificación moderna aparece, pues, unida al movimiento constitucionalista, y así ocurrió también en España, de forma que el ideal codificador fue proclamado por vez primera en la Constitución de Cádiz de 1812, que en el ámbito mercantil da lugar al Código de Sainz de Andino de 1829 y al actualmente vigente de 1885. Código de “tienda y almacén”, como cariñosamente el denomina D. Aurelio.

Y en esta labor no se puede silenciar el trabajo de la Comisión General de Codificación ni el hecho de que su Sección de Derecho Mercantil haya sido presidida por el prof. Menéndez durante casi 20 años (entre 1978 y 2006). En su condición de tal ha dirigido todo el movimiento de reforma de nuestra legislación mercantil de los últimos veinte años. Esa obra que ha plasmado en un abundante número de leyes fundamentales para el desarrollo de nuestras instituciones jurídicas y económicas.

Sin embargo, no es ajeno D. Aurelio al desasosiego que produce el efecto del exceso de normas. Y así en su reciente estudio de 2013 “sobre el Derecho, los jueces y las leyes” nos advierte de la necesidad de preservar la calidad de las leyes y de dedicar más atención a los procesos de su elaboración, superando así la visión heredada del positivismo del jurista como un simple intérprete y aplicador del Derecho. Alerta sobre la inflación normativa que da lugar a una legislación desordenada y aún anárquica. Su insistencia sobre el estudio de los precedentes históricos entronca con las ideas del añorado maestro Tomás y Valiente cuando decía en 1996 que “no hay dogmática sin historia, o no debería haberla, porque los conceptos e instituciones no nacen en el vacío puro, sino a consecuencia de procesos históricos de los que arrastran una carga quizá invisible pero condicionante”.

Creo que difícilmente se puede encontrar una cita que aúne y sintetice de forma más gráfica las dos corrientes jurídicas que entraron en conflicto en la Alemania del siglo XIX, la de la escuela racionalista de Thibaut y la escuela histórica de Savigny.

Y en este punto quisiera hacer una reflexión sobre el acierto que representa que desde el poder político y legislativo se acoja – como he dicho en alguna ocasión -, no de forma resignada ni displicente, sino con la avidez del que sediento recibe agua, el consejo del que sabe. Pocas veces se ha sintetizado mejor las relaciones entre poder y ciencia que en la famosa distinción de Álvaro D’Ors entre “auctoritas” como el “saber socialmente reconocido” y la “potestas” como el “poder socialmente reconocido”.

El poder fecundado por la “auctoritas” genera Derecho; el poder sin esta sabia sólo produce leyes, leyes que en muchos casos son inestables y caducas desde el momento en que nacen.

Con la ayuda, el consejo y la contribución doctrinal aportada por personas como el prof. Menéndez, en quien se aúnan por su gigantesca obra y actividades la “auctoritas” y la “potestas”, confiemos en que triunfe esa gran tarea de “La lucha por el Derecho” que se evoca en el título del libro de Ihering, con cuya cita concluye la última página del libro que hoy presentamos.

Por todo ello y por mucho más cuya referencia excede de los límites de esta presentación, es para mí, como Director del Servicio de Estudios del Colegio de Registradores de España y como amigo, un placer y un gran honor presentar esta obra, y recomendar su lectura en la que el lector encontrará que mis palabras se han quedado cortas, muy cortas, al glosar la figura y obra del maestro de maestros Menéndez Menéndez.

 

Juan María Díaz Fraile

Director del Servicio de Estudios del Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España (2015-2017)

 

Thomson Reuters

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