Constitución con desembolso parcial

SOCIEDAD ANÓNIMA

Constitución con desembolso parcial

Constitución con desembolso parcial.- Si no se ha desembolsado totalmente el capital no pueden ser las acciones al portador, sino nominativas, sin perjuicio de que si la pretensión de los socios era la de que una vez desembolsado todo el capital las acciones tuvieran el carácter de al portador, se debería haber expresado así en la escritura, indicándose que en el ínterin revestían la forma de nominativas, en debido acatamiento a la norma del artículo 34 de la Ley de Sociedades Anónimas.

19 mayo 1983

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