En préstamo hipotecario de ahorro-vivienda

CLÁUSULA DE ESTABILIZACIÓN

En préstamo hipotecario de ahorro-vivienda

En préstamo hipotecario de ahorro-vivienda

Aunque permitidas por el artículo 219 del Reglamento Hipotecario, cuando la hipoteca se constituye en garantía de un préstamo en cuenta de ahorro-vivienda, dado el  carácter imperativo y social de la legislación que los regula, hay que considerar tal cláusula dentro de las prohibidas por artículo 1.255 del Código Civil.

12 septiembre 1972

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