De bienes gananciales

DONACIÓN

De bienes gananciales

De bienes gananciales.- No es inscribible la escritura de donación de una finca rústica ganancial hecha a uno de los hijos sólo por el marido, y en que se suple el consentimiento de la esposa por la autorización prevista en el artículo 1.413, párrafo primero, del Código Civil.

6 octubre 1966

 

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