Calendario Días inhábiles 2021

Admin, 14/12/2020

 

Días inhábiles 2021

 

Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputo de plazos, el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2021.

 

Resumen: Se publica el calendario de días inhábiles para el año 2021, que está conectado con el calendario laboral oficial. Afecta a la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos.

El artículo 30.7 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la Administración General del Estado fijará, en su ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputo de plazos, con sujeción al calendario laboral oficial (ver Resolución de 28 de octubre de 2021, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2021).

Se recuerda que, de acuerdo con el artículo 30.8 LPA, la declaración de un día como hábil o inhábil a efectos de cómputo de plazos no determina por sí sola el funcionamiento de los centros de trabajo de las Administraciones Públicas, la organización del tiempo de trabajo ni el acceso de los ciudadanos a los registros.

El calendario afecta a la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.

Son días inhábiles:

a) En todo el territorio nacional: Los sábados, los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.

b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: Aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.

c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.

Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) se incluyen en un anexo donde se distingue entre los días inhábiles en todo el territorio nacional y los que lo son tan sólo en las CCAA que se especifican.

 

DÍAS INHÁBILES DE ÁMBITO NACIONAL:

Son, aparte de los sábados y domingos:

  • el viernes 1 de enero,
  • el miércoles 6 de enero
  • el 2 de abril (Viernes Santo),
  • el sábado 1 de mayo,
  • el martes 12 de octubre,
  • el lunes 1 de noviembre
  • el lunes 6 de diciembre
  • el miércoles 8 de diciembre,
  • el sábado 25 de diciembre. 

 

DÍAS INHÁBILES SÓLO EN ALGUNAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS:

  • Marzo. Día 1, lunes: Andalucía y las Illes Balears.
  • Marzo. Día 13, sábado: Melilla.
  • Marzo. Día 19, viernes: Extremadura, Galicia, Murcia, País Vasco, Valencia, Madrid y Navarra.
  • Abril. Día 1, Jueves Santo: Andalucía, Aragón, Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, Murcia, País Vasco, La Rioja, Castilla y León, Madrid, Navarra, Ceuta y Melilla.
  • Abril. Día 5, Lunes de Pascua: Illes Balears, Cataluña, País Vasco, La Rioja, Valencia y Navarra.
  • Abril. Día 23, viernes: Aragón, así como en Castilla y León.
  • Mayo. Día 3, lunes: Madrid.
  • Mayo. Día 17, lunes: Galicia.
  • Mayo. Día 31, lunes: Castilla-La Mancha.
  • Junio. Día 3, jueves: Castilla-La Mancha.
  • Junio. Día 9, miércoles: La Rioja y Murcia.
  • Junio. Día 24, jueves: Cataluña y Valencia.
  • Julio. Día 20, martes: Ceuta.
  • Julio. Día 21, miércoles: Melilla.
  • Julio. Día 28, miércoles: Cantabria.
  • Agosto. Día 16, lunes: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, así como en Castilla y León.
  • Septiembre. Día 2, jueves: Ceuta.
  • Septiembre. Día 8, miércoles: Asturias y Extremadura.
  • Septiembre. Día 11, sábado: Cataluña.
  • Septiembre. Día 15, miércoles: Cantabria.
  • Octubre. Día 9, sábado: Valencia.

 

ALGUNA NORMATIVA ESPECÍFICA:

BALEARES

Decreto 37/2020, de 21 de diciembre, por el que se fija el calendario de días inhábiles para el año 2021 a efectos del cómputo administrativo.

CANARIAS

En la Comunidad Autónoma de Canarias, el Decreto 110/2020, de 1 de octubre, por el que se determina el calendario de fiestas laborales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2021, y se abre el plazo para fijar las fiestas locales, dispone que las fiestas laborales serán, además, las siguientes:

  • en El Hierro: el 3 de julio, festividad de la Bajada de la Virgen de los Reyes;
  • en Fuerteventura: el 17 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de la Peña;
  • en Gran Canaria: el 8 de septiembre, festividad de Nuestra Señora del Pino;
  • en La Gomera: el 4 de octubre, festividad de Nuestra Señora de Guadalupe;
  • en La Palma: el 5 de agosto, festividad de Nuestra Señora de Las Nieves;
  • en Lanzarote: el 15 de septiembre, festividad de Nuestra Señora de los Volcanes;
  • en Tenerife: el 2 de febrero, festividad de la Virgen de la Candelaria.

CATALUÑA:

En la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden TSF/81/2020, de 14 de junio, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2021 dispone que: «En el territorio de Arán, la fiesta del día 5 de abril (Lunes de Pascua Florida) queda sustituida por la de 17 de junio (Fiesta de Arán)».

VALENCIA

En la Comunitat Valenciana, el Decreto 158/2020, de 23 de octubre, del Consell, de determinación del calendario laboral en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, dispone que «[…] Y con carácter retribuido y recuperable se establece la siguiente fiesta: 24 de junio, San Juan».

 

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