Cómo comprar un bien inmueble en Europa

Cómo comprar un bien inmueble en Europa

Admin, 30/05/2016

 

Webs europeas del Consejo de Notarios de la Unión Europea (CNUE) relativas a la compra de inmuebles, regímenes matrimoniales europeos y Directiva sobre préstamos hipotecarios. 

 

1.- Cómo comprar un inmueble en Europa

 Bruselas 17 de septiembre de 2015

 Los Notarios Europeos han abierto una nueva web de información para los ciudadanos de Europa, bajo el título “Cómo comprar un bien inmueble en Europa”. Esta web pone a su disposición diversas fichas de información, en francés e inglés, tratando de explicar cómo comprar un inmueble en los países que tienen un sistema notarial, o sea 22 países de la Unión Europea.

 Esta web facilita el acceso y la base de temas concretos, quiere ser un útil práctico destinado a los consumidores, permitiéndoles comprender el desarrollo de una transacción inmobiliaria en función del derecho nacional aplicable. Para ello, las informaciones disponibles se dividen en tres partes:

  • La preparación del contrato y sus diferentes etapas (acuerdo inicial, financiación y sus garantías, e informaciones relativas al inmueble y a las personas).
  • Firma del contrato de venta entre las partes.
  • Ejecución de este contrato (transferencia de propiedad, pago del precio e impuestos, entrega de llaves; y publicación del título de propiedad en los registros de la propiedad.

 En Europa 2,5 millones de propiedades inmobiliarias pertenecen a personas que residen en otro Estado distinto de aquel en que se encuentra el inmueble y además varios millones de europeos no viven en su país de origen. Sin embargo, bien se trata de una compra de una residencia secundaria, un desplazamiento u une expatriación, la compra de un inmueble en Europa es una operación compleja, principalmente por causa de las diferencias de legislación entre los distintos países. Es por ello que la web “Comprar un bien inmueble en Europa” es una pieza necesaria para comprender mejor en desarrollo de una transacción inmobiliaria, siendo muy útil la consulta para el ciudadano con antelación a la compra el consultar a un profesional como lo es el notario.

El Notario Jean Tarrade, Presidente del CNEU ha declarado en esta ocasión “. Con esta web, los notarios de Europa tienen una fuente fiable y concreta de información para facilitar las transacciones inmobiliarias transfronterizas en el seno de la UE. Además, y para facilitar las gestiones a los ciudadanos, tenemos también una plataforma de colaboración en línea conocida como EUFIDES. Esta pieza permite a los notarios europeos cooperar entre ellos en el tratamiento de los expedientes transfronterizos y de esta forma facilitan a los ciudadanos el comprar con mayor facilidad y sobretodo con mayor seguridad un inmueble en Europa.

 La web: www.jachetemonlogement.eu

 

2.- Los notarios de Europa acogen favorablemente las proposiciones relativas a los regímenes matrimoniales y a las parejas registradas

 Bruselas 2 de marzo de 2016.

 El Consejo de Notarios de la Unión Europea (CNUE) ha acogido favorablemente la proposición presentada hoy por la Comisión Europea, concernientes a las dos proposiciones de Reglamento relativas a los regímenes matrimoniales y a los efectos patrimoniales de las parejas registradas. El Notario Paolo Pasqualis, Presidente del CNUE ha declarado “Estas proposiciones van en la buena dirección: la de mejorar la seguridad jurídica para las uniones en Europa. Además, las mismas vendrán a completar el Reglamento sobre las Sucesiones internacionales, que se aplica desde el 17 de agosto último (2016). Esperamos de esta forma una adopción rápida de estos instrumentos en el marco de una cooperación consolidada porque implicará a un mayor número de Estados Miembros”

 Los notarios son los principales consejeros jurídicos de los ciudadanos y sus familias en Europa. Ellos han constatado la existencia de un número creciente de uniones plurinacionales, así como de otras parejas que pasan a residir a lo largo de su vida en común en varios países. Además, las parejas se enfrentan a menudo a una inseguridad jurídica y a gastos suplementarios cuando deben compartir su patrimonio en el caso de separación o fallecimiento. En la actualidad, puede ser complicado conocer cuáles son las jurisdicciones competentes y las legislaciones aplicables a su situación y a sus bienes. Las normas son muy diferentes de un país a otro y muchas veces generan situaciones conflictivas, que son fuente de costos financieros.

 Es debido a todo ello por lo que el CNUE mantiene las proposiciones de la Comisión, cuyo objeto es unificar las normas de conflicto de leyes a nivel europeo. Por ejemplo, para una pareja franco-alemana que viva en Bruselas, las disposiciones previstas en los Reglamentos les permitirán escoger entre la ley de su residencia habitual (la ley belga) o la de su nacionalidad (la ley francesa o alemana), garantizándoles de esta forma prever la norma aplicable y obtener una seguridad jurídica.

 Por otra parte, el CNUE recuerda que gracias a la web “Couples de Europe” (www.couples-europe.eu) o (http.//www.couples-europe.eu), los ciudadanos de la Unión Europea tienen la posibilidad de acceder a la información relativa a la ley aplicable a los regímenes matrimoniales y a las parejas de todos los países de la Unión Europea, en la lengua que elijan. Puesta en funcionamiento a finales de 2012 con el soporte de la Comisión Europea, la web cuenta hoy con más de 500.000 visitas, lo que prueba la importante necesidad de información que tienen los ciudadanos sobre su situación jurídica.

 La web: www.couples-europe.eu

 

3.- DIRECTIVA SOBRE EL CRÉDITO HIPOTECARIO

8 de abril de 2016

 La Directiva (2014/17) relativa a la concesión de créditos hipotecarios inmobiliarios en la Unión Europea ha entrado en vigor, el lunes 21 de marzo (2016). El texto legal se refiere a los préstamos inmobiliarios garantizados o no por una hipoteca. Prevé crear un mercado europeo del crédito inmobiliario con un elevado nivel de protección a los consumidores. La Directiva introduce un documento standard que contiene las informaciones precontractuales indispensables, como la tasa anual efectiva global (TAE), con el fin de ayudar al emprendedor o empresario a escoger y poder comparar las ofertas sobre una base transfronteriza. El consumidor se beneficiará de un plazo de 7 días para poder renunciar eventualmente a su inversión sin penalización. Cualquier venta prometida, que imponga al emprendedor el contratar un seguro específico unido al préstamo hipotecario en la misma Entidad, estará prohibido. En el caso de créditos referidos a moneda extranjera, la transparencia deberá hacerse con indicación de los riesgos financieros ligados a las fluctuaciones de cotización. Finalmente, un emprendedor podrá reembolsar su préstamo antes del plazo previsto. Se deja a los Estados Miembros llevar a cabo la definición de las condiciones de esta disposición, así como el otorgamiento de una compensación al prestamista. Cualquier prestamista deberá evaluar la solvencia del consumidor, a fin de proponerle un producto que se adapte al mismo. Los intermediarios de crédito que determinen las condiciones de admisión en un Estado Miembro de origen se beneficiarán de un pasaporte europeo, dándoles la posibilidad de prestar sus servicios en el seno del mercado interior. Se puede obtener el texto de la Directiva en la siguiente web:

 DIRECTIVA CRÉDITO HIPOTECARIO

COMPRAR INMUEBLE

PAREJAS EN EUROPA

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