Boletín de noticias NyR número 33. Septiembre 2025.

Boletín de noticias NyR número 33. Septiembre 2025.

Admin, 20/11/2025

BOLETÍN DE NOTICIAS NYR NÚMERO 33

 

Estimados usuarios:
Este es el trigésimo tercer boletín de noticias (newsletter) que se envía a los usuarios registrados de NyR, con la finalidad de recoger algunos de los contenidos publicados últimamente que pudieran tener un especial interés para los destinatarios (sólo 8 para no cansar). Se incorporan enlaces para ampliar la información. Corresponde a septiembre de 2025.

  1. El agua, bien esencial para la vida, aunque abundante en nuestro planeta, no toda ella es aprovechable por el hombre. Por ello artículos como el de nuestro colaborador Juan María Diaz Fraile, sobre el aprovechamiento de las aguas privadas y la jurisprudencia reciente del TS, adquieren una importancia cardinal en nuestros días en cuanto nos ilustra y da solución a los muchos problemas que sobre este recurso se suscitan. 
  2. Este boletín que ha sido testigo de algunas reseñas de resoluciones de la DGSJFP sobre denominaciones sociales, no podía soslayar el problema que a veces se plantea y que normalmente es incomprendido por el empresario, sobre denominaciones sociales, sus abreviaturas, y sus anagramas o acrónimos. Sobre ello la resolución de la DGSJF de 12 de junio de 2025 nos enseña a conocer cuando se produce el fenómeno, dada la variabilidad de anagramas posibles y a entender cuando las denominaciones sociales pueden incurrir en la prohibición existente en cuanto al uso de abreviaturas, acrónimos o anagramas. 
  3. La obtención del número de registro para una finca destinada al alquiler de corta duración, conocido como alquiler turístico, se ha convertido en un preciado objeto de deseo por parte de propietarios de viviendas dedicadas a dicho menester. La necesaria asignación de dicho número por parte del Registro de la Propiedad, y las facultades calificatorias del registrador, han hecho que, a muchas de esas viviendas, por contradecir los estatutos de la PH o por otros motivos, no se le haya concedido. Por ello es de gran interés para propietarios, sus asesores y para las mismas comunidades, conocer la doctrina de la DGSJFP, hasta la fecha, sobre supuestos de denegación de dicho número.
  4. La necesidad de obtener una licencia municipal, la que proceda, para la inscripción de la división horizontal de una casa o un edificio en el Registro de la Propiedad, aunque clara en varias leyes autonómicas, no por ello deja de ser un tema cuando menos debatido y que suscita sus dudas en muchos casos. En este artículo del notario Luis F. Muñoz de Dios Sáez, se intenta con una argumentación lógica y fundamentada, clarificar la cuestión debatida.
  5. Las donaciones a favor de los descendientes son cada vez más frecuentes fundamentalmente por razones fiscales. Para superar en parte el empobrecimiento que se produce en el donante, a esas donaciones se les suele acompañar de diversas limitaciones como la reserva de la facultad de disponer por parte del donante sin necesidad de justificación alguna. En esta resolución de la DGSJF de 11 de junio de 2025, se debatía si esa reserva debe hacerse constar en la inscripción de la donación con carácter real y por tanto con eficacia erga omnes, siendo la respuesta que da al problema la DG clara y terminante.
  6. La eficacia de las anotaciones de prohibición de disponer respecto de los actos dispositivos posteriores, pero con origen en un derecho previo a la anotación, ha sido una cuestión tremendamente debatida dentro del derecho inmobiliario registral. La ponderación sobre esa eficacia se hace teniendo en cuenta los intereses en juego de forma que si la prohibición tiene un origen penal, la misma debe prevalecer respecto de cualquier acto dispositivo incluso aunque sean también de origen  público, como se ve en esta resolución de 8 de julio de 2025, resumida de forma clara y brillante por nuestro compañero de web el notario Álvaro Cordero Taborda.
  7. La creación de grandes centros comerciales en el entorno de las ciudades, está provocando que muchos locales comerciales queden sin el uso para el que fueron construidos provocando que sea cada vez frecuente ver en el centro de las grandes, medianas e incluso pequeñas poblaciones, numerosos locales comerciales que quedan vacíos por el cambio de hábitos de compra de sus habitantes. Ello ocasiona que cada vez existan más cambios de uso de local a vivienda, no estando claro cuáles son los requisitos urbanísticos exigibles. En la resolución de la DGSJFP de 25 de junio de 2025 se trata de la cuestión dejando claro que en todo caso será necesario para su inscripción registral algún título administrativo habilitante. La corrupción política o empresarial en sus más variadas formas, es un cáncer que puede llegar a destruir democracias muy consolidada haciendo perder a la ciudadanía su confianza en las instituciones. Precisamente para su erradicación en la sociedad española se aprueba el Plan Estatal de Lucha contra la Corrupción, una de cuyas posibles medidas es la de dar publicidad a la titularidad de participaciones sociales de las sociedades limitadas por medio de su inscripción en el Registro Mercantil, medida que puede ser muy eficaz al desincentivar el uso torticero de las sociedades, por lo que se ocupa de ella la cuestión de interés del informe mercantil del mes de agosto.

Saludos cordiales.

José Ángel García Valdecasas Butrón,

Miembro del Equipo de Redacción de notariosyregistradores.com

 

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