- I. RESOLUCIONES PROPIEDAD
- ANOTACIÓN DE EMBARGO
- ASIENTO DE PRESENTACIÓN
- ASIENTOS REGISTRALES
- CANCELACIÓN
- COMPRAVENTA
- CONVENIO REGULADOR
- DERECHOS PERSONALES
- EXCESO DE CABIDA
- FINCA
- HERENCIA
- INCAPACIDAD
- INMATRICULACIÓN
- NOTAS MARGINALES
- PRINCIPIO DE LEGALIDAD
- PRINCIPIO DE PRIORIDAD
- PROCEDIMIENTOS
- PROHIBICIONES DE DISPONER
- PUBLICIDAD FORMAL
- REPRESENTACIÓN
- SEGREGACIÓN
- SOCIEDADES
- SEPARACIÓN, DIVORCIO
- TUTELA
- II. RESOLUCIONES MERCANTIL
- DEPÓSITO DE CUENTAS
- OBJETO SOCIAL
- SOCIEDAD LIMITADA
- ENLACES:
SEPARATA DEL ÍNDICE DE JUAN CARLOS CASAS SÓLO CON RESOLUCIONES PUBLICADAS EN EL BOE DURANTE MARZO DE 2025
(Juan Carlos Casas Rojo. Registrador de Cádiz nº 3)
El texto de este archivo se ha incorporado a los FICHEROS GENERALES.
I. RESOLUCIONES PROPIEDAD
ANOTACIÓN DE EMBARGO
Cancelación de anotación de embargo y cargas posteriores. Caducada y cancelada una anotación de embargo, solo es posible inscribir la adjudicación de la finca a favor del adjudicatario del procedimiento, pero no cancelar las cargas posteriores al embargo. R. 11 de febrero de 2025
ASIENTO DE PRESENTACIÓN
Inscripción de un acta de resolución unilateral de un contrato de compraventa por incumplimiento. Análisis detallado de la naturaleza y requisitos de la condición resolutoria explícita. Trata también sobre el alcance que, en sede de calificación, pueden tener documentos posteriores pendientes de despacho. R. 27 de febrero de 2025
Legitimación para solicitar certificación de un asiento no vigente. Para poder obtener publicidad de asientos no vigentes ha de ha de probarse a satisfacción del registrador un interés legítimo y adecuado. Las solicitudes de certificación no necesariamente provocan asiento de presentación. R. 19 de febrero de 2025
Solicitud de asiento de presentación estando vigente otro anterior. No cabe practicar un nuevo asiento de presentación estando vigente el anterior del mismo título; pero una vez practicado el asiento correspondiente (inscripción, anotación, cancelación o nota marginal) concluye el procedimiento registral, y la entrada de nuevo del mismo documento, p.ej por advertirse un posible error en la redacción del asiento, debe motivar la práctica de un nuevo asiento de presentación. R. 24 de febrero de 2025
ASIENTOS REGISTRALES
Solicitud de asiento de presentación estando vigente otro anterior. No cabe practicar un nuevo asiento de presentación estando vigente el anterior del mismo título; pero una vez practicado el asiento correspondiente (inscripción, anotación, cancelación o nota marginal) concluye el procedimiento registral, y la entrada de nuevo del mismo documento, p.ej por advertirse un posible error en la redacción del asiento, debe motivar la práctica de un nuevo asiento de presentación. R. 24 de febrero de 2025
CANCELACIÓN
Cancelación de anotación de embargo y cargas posteriores. Caducada y cancelada una anotación de embargo, solo es posible inscribir la adjudicación de la finca a favor del adjudicatario del procedimiento, pero no cancelar las cargas posteriores al embargo. R. 11 de febrero de 2025
Cancelación de nota marginal que refleja el carácter de bien reservable de una finca. Cabe cancelar la nota marginal que indica el carácter reservable por la vía del art. 210.1.8 LH una vez cumplido el plazo de 4 años para la impugnación de los actos anulables o rescindibles; a lo que se suma el plazo adicional de cinco años que del art. 210.1.8 LH, pues el dies a quo para impugnar los actos realizados por la reservista nació al consumarse la reserva (esto es, al fallecer la reservista y sobrevivirla los reservatarios) R. 26 de febrero de 2025
Solicitud de cancelación de una rectificación de cabida ya practicada con arreglo al art. 201.3.b LH No cabe recurso contra la práctica de una inscripción de rectificación de superficie conforme al art. 201.3.b LH (diferencia de cabida inferior al 5% sin inscripción de georreferenciación). R. 25 de febrero de 2025
COMPRAVENTA
Compraventa. Acreditación del medio de pago. Para inscribir una escritura de compraventa cuando el precio se paga después del otorgamiento no cabe exigir que se incorporen a la misma los justificantes de las transferencias hechas después de dicho otorgamiento. R. 24 de febrero de 2025
Compraventa. Representación no acreditada de persona discapacitada. Cuando falta el consentimiento de uno de los otorgantes del negocio jurídico estamos ante un negocio incompleto que puede quedar salvado mediante la ratificación del “dominus negotii”, o de su representante (también si estuviera discapacitado) o de sus herederos, si hubiera fallecido. R. 25 de febrero de 2025
Inscripción de un acta de resolución unilateral de un contrato de compraventa por incumplimiento. Análisis detallado de la naturaleza y requisitos de la condición resolutoria explícita. Trata también sobre el alcance que, en sede de calificación, pueden tener documentos posteriores pendientes de despacho. R. 27 de febrero de 2025
Inscripción de compraventa estando pendiente de resolver un expediente de doble inmatriculación. No procede la suspensión de una inscripción de compraventa de una finca afectada por doble inmatriculación una vez tramitado y culminado el procedimiento de unificación del folio real sin perjuicio de que en la publicidad formal se haga constar la tramitación del expediente en curso. R. 24 de febrero de 2025
Suspensión de una compraventa por la presentación de una prohibición de disponer en causa penal. La presentación de una prohibición de disponer impide la inscripción de una compraventa afectada por la limitación aunque la escritura de venta esté presentada con anterioridad. Principio de legalidad frente al principio de prioridad. R. 25 de febrero de 2025
Venta anterior presentada después. Claridad en las participaciones transmitidas. Puede ser causa de suspensión el que se transmita en la escritura una cuota inferior a la que se tiene inscrita cuando existen indicios de error en el título que han de aclararse. Cuando hay doble venta y se presenta la escritura más antigua después de haberse inscrito la más moderna, procede denegar por la aplicación del principio de prioridad. R. 20 de febrero de 2025
COMUNIDAD DE BIENES
Disolución de comunidad con adjudicación de una parte indivisa y no de la totalidad del bien. Casos de disolución parcial de comunidad. Para determinar si hay disolución de comunidad no es imprescindible que haya de adjudicarse necesariamente la totalidad del bien, bastando que con la porción que se adjudique a un comunero pase a ser dueño de la totalidad del bien. Se resume, además, la doctrina de la DG de otros casos de lo que podríamos llamar disolución parcial, pero que la DG considera actos de disolución. R. 26 de febrero de 2025
Venta anterior presentada después. Claridad en las participaciones transmitidas. Puede ser causa de suspensión el que se transmita en la escritura una cuota inferior a la que se tiene inscrita cuando existen indicios de error en el título que han de aclararse. Cuando hay doble venta y se presenta la escritura más antigua después de haberse inscrito la más moderna, procede denegar por la aplicación del principio de prioridad. R. 20 de febrero de 2025
CONVENIO REGULADOR
Inscripción de pacto obligacional contenido en convenio regulador de divorcio. En un convenio regulador por divorcio no es inscribible un mero pacto obligacional de adquirir en el futuro determinado inmueble. Estos convenios tienen naturaleza de contrato privado si no interviene un funcionario por razón de su cargo. R. 26 de febrero de 2025
DERECHOS PERSONALES
Inscripción de pacto obligacional contenido en convenio regulador de divorcio. En un convenio regulador por divorcio no es inscribible un mero pacto obligacional de adquirir en el futuro determinado inmueble. Estos convenios tienen naturaleza de contrato privado si no interviene un funcionario por razón de su cargo. R. 26 de febrero de 2025
EXCESO DE CABIDA
Solicitud de cancelación de una rectificación de cabida ya practicada con arreglo al art. 201.3.b LH No cabe recurso contra la práctica de una inscripción de rectificación de superficie conforme al art. 201.3.b LH (diferencia de cabida inferior al 5% sin inscripción de georreferenciación). R. 25 de febrero de 2025
FINCA
Expediente notarial de rectificación de descripción. Modificación catastral sobrevenida. Notificación en caso de domicilio desconocido. La notificación a los titulares de cargas debe hacerse nominalmente mediante edicto en el BOE si se desconoce el lugar de notificación. Las alteraciones catastrales posteriores al otorgamiento del acta del art. 201 LH, no afectan a la eficacia del expediente. R. 26 de febrero de 2025
Rectificación de representación gráfica ya inscrita. Oposición de colindantes. Inscrita una representación gráfica, no es posible rectificarla a través del art. 199 LH si hay indicios de encubrimiento de operaciones de modificaciones hipotecarias no documentadas. R. 24 de febrero de 2025
Solicitud de cancelación de una rectificación de cabida ya practicada con arreglo al art. 201.3.b LH No cabe recurso contra la práctica de una inscripción de rectificación de superficie conforme al art. 201.3.b LH (diferencia de cabida inferior al 5% sin inscripción de georreferenciación). R. 25 de febrero de 2025
HERENCIA
Cancelación de nota marginal que refleja el carácter de bien reservable de una finca. Cabe cancelar la nota marginal que indica el carácter reservable por la vía del art. 210.1.8 LH una vez cumplido el plazo de 4 años para la impugnación de los actos anulables o rescindibles; a lo que se suma el plazo adicional de cinco años que del art. 210.1.8 LH, pues el dies a quo para impugnar los actos realizados por la reservista nació al consumarse la reserva (esto es, al fallecer la reservista y sobrevivirla los reservatarios) R. 26 de febrero de 2025
Herencia otorgada sin la intervención de los descendientes del legimatario desheredado. Para dejar sin efecto la desheredación ordenada en el testamento se requiere el consentimiento de todos los interesados, incluyendo a los descendientes del desheredado a quienes correspondería el derecho establecido en el art. 857. R. 27 de febrero de 2025
INCAPACIDAD
Compraventa. Representación no acreditada de persona discapacitada. Cuando falta el consentimiento de uno de los otorgantes del negocio jurídico estamos ante un negocio incompleto que puede quedar salvado mediante la ratificación del “dominus negotii”, o de su representante (también si estuviera discapacitado) o de sus herederos, si hubiera fallecido. R. 25 de febrero de 2025
Segregación realizada por quien aparece en el registro como incapacitado. No cabe inscribir una segregación por quien aparece registralmente como incapacitado sin reseñar las circunstancias de su tutor o de la resolución judicial que haya modificado o dejado sin efecto la incapacitación. R. 25 de febrero de 2025
INMATRICULACIÓN
Inscripción de compraventa estando pendiente de resolver un expediente de doble inmatriculación. No procede la suspensión de una inscripción de compraventa de una finca afectada por doble inmatriculación una vez tramitado y culminado el procedimiento de unificación del folio real sin perjuicio de que en la publicidad formal se haga constar la tramitación del expediente en curso. R. 24 de febrero de 2025
MEDIOS DE PAGO
Compraventa. Acreditación del medio de pago. Para inscribir una escritura de compraventa cuando el precio se paga después del otorgamiento no cabe exigir que se incorporen a la misma los justificantes de las transferencias hechas después de dicho otorgamiento. R. 24 de febrero de 2025
NOTAS MARGINALES
Cancelación de nota marginal que refleja el carácter de bien reservable de una finca. Cabe cancelar la nota marginal que indica el carácter reservable por la vía del art. 210.1.8 LH una vez cumplido el plazo de 4 años para la impugnación de los actos anulables o rescindibles; a lo que se suma el plazo adicional de cinco años que del art. 210.1.8 LH, pues el dies a quo para impugnar los actos realizados por la reservista nació al consumarse la reserva (esto es, al fallecer la reservista y sobrevivirla los reservatarios) R. 26 de febrero de 2025
PRINCIPIO DE LEGALIDAD
Suspensión de una compraventa por la presentación de una prohibición de disponer en causa penal. La presentación de una prohibición de disponer impide la inscripción de una compraventa afectada por la limitación aunque la escritura de venta esté presentada con anterioridad. Principio de legalidad frente al principio de prioridad. R. 25 de febrero de 2025
PRINCIPIO DE PRIORIDAD
Inscripción de un acta de resolución unilateral de un contrato de compraventa por incumplimiento. Análisis detallado de la naturaleza y requisitos de la condición resolutoria explícita. Trata también sobre el alcance que, en sede de calificación, pueden tener documentos posteriores pendientes de despacho. R. 27 de febrero de 2025
Suspensión de una compraventa por la presentación de una prohibición de disponer en causa penal. La presentación de una prohibición de disponer impide la inscripción de una compraventa afectada por la limitación aunque la escritura de venta esté presentada con anterioridad. Principio de legalidad frente al principio de prioridad. R. 25 de febrero de 2025
Venta anterior presentada después. Claridad en las participaciones transmitidas. Puede ser causa de suspensión el que se transmita en la escritura una cuota inferior a la que se tiene inscrita cuando existen indicios de error en el título que han de aclararse. Cuando hay doble venta y se presenta la escritura más antigua después de haberse inscrito la más moderna, procede denegar por la aplicación del principio de prioridad. R. 20 de febrero de 2025
PROCEDIMIENTOS
Ejecución de embargo administrativo. Cancelación de anotación de embargo y cargas posteriores. Caducada y cancelada una anotación de embargo, solo es posible inscribir la adjudicación de la finca a favor del adjudicatario del procedimiento, pero no cancelar las cargas posteriores al embargo. R. 11 de febrero de 2025
PROHIBICIONES DE DISPONER
Suspensión de una compraventa por la presentación de una prohibición de disponer en causa penal. La presentación de una prohibición de disponer impide la inscripción de una compraventa afectada por la limitación aunque la escritura de venta esté presentada con anterioridad. Principio de legalidad frente al principio de prioridad. R. 25 de febrero de 2025
PUBLICIDAD FORMAL
Legitimación para solicitar certificación de un asiento no vigente. Para poder obtener publicidad de asientos no vigentes ha de ha de probarse a satisfacción del registrador un interés legítimo y adecuado. Las solicitudes de certificación no necesariamente provocan asiento de presentación. R. 19 de febrero de 2025
REPRESENTACIÓN
Compraventa. Representación no acreditada de persona discapacitada. Cuando falta el consentimiento de uno de los otorgantes del negocio jurídico estamos ante un negocio incompleto que puede quedar salvado mediante la ratificación del “dominus negotii”, o de su representante (también si estuviera discapacitado) o de sus herederos, si hubiera fallecido. R. 25 de febrero de 2025
SEGREGACIÓN
Segregación realizada por quien aparece en el registro como incapacitado. No cabe inscribir una segregación por quien aparece registralmente como incapacitado sin reseñar las circunstancias de su tutor o de la resolución judicial que haya modificado o dejado sin efecto la incapacitación. R. 25 de febrero de 2025
SOCIEDADES
Inscripción de finca aportada por sociedad con NIF revocado con posterioridad al otorgamiento de la escritura. La revocación de un NIF impide el acceso al registro a transmisiones hechas por la entidad, aunque en el momento del otorgamiento estuviera vigente. R. 27 de febrero de 2025
SEPARACIÓN, DIVORCIO
Inscripción de pacto obligacional contenido en convenio regulador de divorcio. En un convenio regulador por divorcio no es inscribible un mero pacto obligacional de adquirir en el futuro determinado inmueble. Estos convenios tienen naturaleza de contrato privado si no interviene un funcionario por razón de su cargo. R. 26 de febrero de 2025
TITULAR REGISTRAL
Inscripción de finca aportada por sociedad con NIF revocado con posterioridad al otorgamiento de la escritura. La revocación de un NIF impide el acceso al registro a transmisiones hechas por la entidad, aunque en el momento del otorgamiento estuviera vigente. R. 27 de febrero de 2025
TUTELA
Segregación realizada por quien aparece en el registro como incapacitado. No cabe inscribir una segregación por quien aparece registralmente como incapacitado sin reseñar las circunstancias de su tutor o de la resolución judicial que haya modificado o dejado sin efecto la incapacitación. R. 25 de febrero de 2025
II. RESOLUCIONES MERCANTIL
DEPÓSITO DE CUENTAS
Modificación de objeto y código CNAE. Su relación con el depósito de cuentas. En caso de modificación del objeto de la sociedad, si no consta el CNAE en la hoja de la sociedad, el CNAE de la actividad principal debe manifestarse en la escritura, sin que el hecho de que conste en el depósito de cuentas exima de esta obligación. R. 25 de febrero de 2025
OBJETO SOCIAL
Modificación de objeto y código CNAE. Su relación con el depósito de cuentas. En caso de modificación del objeto de la sociedad, si no consta el CNAE en la hoja de la sociedad, el CNAE de la actividad principal debe manifestarse en la escritura, sin que el hecho de que conste en el depósito de cuentas exima de esta obligación. R. 25 de febrero de 2025
SOCIEDAD LIMITADA
Modificación de objeto y código CNAE. Su relación con el depósito de cuentas. En caso de modificación del objeto de la sociedad, si no consta el CNAE en la hoja de la sociedad, el CNAE de la actividad principal debe manifestarse en la escritura, sin que el hecho de que conste en el depósito de cuentas exima de esta obligación. R. 25 de febrero de 2025
ENLACES:
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