Modelo notarial de Medida voluntaria de apoyo asistencial vinculante (autoimpuesta)

Admin, 13/03/2022

MEDIDA VOLUNTARIA DE APOYO ASISTENCIAL VINCULANTE (AUTOIMPUESTA)

 

INMACULADA ESPIÑEIRA SOTO, NOTARIA DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

 

BREVE EXPLICACIÓN:

Constitución de un régimen de apoyo voluntario, diseñado con carácter vinculante por la persona que lo ha establecido en su propio interés  y en el de su entorno- persona que tiene trastornos de conducta o adicciones que ponen en riego su estabilidad económica, su patrimonio-, persona que tiene juicio de discernimiento y que de forma voluntaria se autoimpone un régimen de apoyo obligatorio para la realización de determinados actos y negocios jurídicos, más o menos extensos, condicionando su revocación a ciertas salvaguardas de manera que la medida no pueda revocarse “ad nutum”, “a voluntad” de la persona que las ha dispuesto.

Tiene su encaje en el artículo 250 CC, pues compete a la persona con discapacidad -entendido este término en sentido amplio- designar quién debe prestarle apoyo y con qué alcance y es la persona en ejercicio de su capacidad y conforme a su voluntad libremente expresada quien se autoimpone la limitación de no poder revocar el régimen de apoyo o actuar prescindiendo del mismo.

En este modelo se condiciona la revocación a ciertas salvaguardas, escritura pública, comparecencia de la persona que ha establecido el régimen de apoyo y concurrencia y asentimiento (dictamen) de especialistas que determinen la innecesariedad o en su caso, la dulcificación del régimen jurídico de apoyo vinculante autoimpuesto.

 

MODELO:

NUMERO**

En**, mi residencia a**

Ante mí, ** Notario del Ilustre Colegio de **

 COMPARECEN:

De una parte:

Doña A** (persona que constituye el régimen jurídico de apoyo)

De otra parte, sus (hermanos)

Don B**

Doña C**

Las circunstancias personales resultan de sus manifestaciones.

Intervienen en su propio nombre y derecho.

Les identifico, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo 23 de la Ley del Notariado, por sus documentos nacionales de identidad reseñados en la comparecencia.

Tienen, a mi juicio, capacidad para otorgar la presente escritura de MEDIDA DE APOYO VOLUNTARIA ASISTENCIAL VINCULANTE y, previa manifestación de la firme voluntad de Doña A**, procedo a redactar esta escritura, y como antecedentes

  EXPONEN:

I.- Declara doña A que es natural de **, provincia de ** donde nació el día **, hija de don** y doña**, estado civil** soltera y sin descendientes.

Reside habitualmente en España, en la Comunidad **, en el domicilio indicado, tiene nacionalidad española y vecindad civil **.

II.- Manifiesta doña A su firme y libre voluntad de recabar el apoyo obligatorio de cualquiera de sus hermanos don B y doña C para la realización de los actos y negocios jurídicos que se dirán.

 Me hace entrega de un dictamen sobre su estado de salud para incorporar a la matriz que no reproduciré en las copias para preservar su intimidad.

III.- Declara doña A que precisa apoyo para el ejercicio de su capacidad en los términos que se detallan, y que establece el régimen de apoyo voluntariamente en su propio beneficio.

IV.- Esto expuesto,

  O T O R G A N:

PRIMERO. – Doña A en ejercicio de su capacidad y por voluntad propia recabará el consentimiento de cualquiera de sus hermanos don B o doña C para la gestión, administración ordinaria y extraordinaria y disposición de sus bienes.

SEGUNDO.- Se exceptúa de dicho régimen jurídico de apoyo autoimpuesto, la cantidad de ** euros mensuales que se actualizará cada año según IPC u otro baremo que lo sustituya, cantidad que cualquiera de sus hermanos (personas que le prestan apoyo) ingresarán en una cuenta titularidad de doña A y que estima suficiente para atender sus gastos personales.

TERCERO.- Don B y doña C aceptan este encargo y se comprometen a prestar apoyo atendiendo a la voluntad, deseos y preferencias de doña A aquí manifestadas y actuar en su beneficio.

CUARTO.- Revocación de la medida.- Para poder revocar la citada medida será preciso el otorgamiento de escritura pública de revocación en la que comparezca doña A y dos especialistas del ámbito sanitario y social que dictaminen que la enfermedad/trastorno/hábito/causa que impedía a doña A un adecuado ejercicio autónomo de su capacidad ha desaparecido o está controlado medicamente o con apoyo psicosocial, siendo innecesaria la medida autoimpuesta.

QUINTO.- REVISIÓN DE LA MEDIDA.- Se fija como plazo de REVISIÓN DE LA MEDIDA autoimpuesta y establecida en la presente escritura el de DIECIOCHO MESES a contar desde este otorgamiento, momento en el cual podrá prorrogarse o atenuarse otorgando mayor autonomía a la disponente en el ejercicio de su capacidad, con la finalidad de que en todo momento se ajuste a su situación y necesidades.

Cualquier modificación de la medida adoptada deberá constar en escritura pública que será otorgada por la disponente y dos profesionales que dictaminen sobre la conveniencia de los términos de la modificación y que será notificada a don B y doña C.

 Yo, la notaria, procederé a comunicar de oficio este otorgamiento al Registro civil de conformidad con lo dispuesto en el artículo 255 párrafo cuarto del Código Civil y a petición de Doña A comunicaré esta medida al Registro de la propiedad**.

Reservas y advertencias legales. Cláusula de datos personales.

Leo esta escritura a los comparecientes, por su elección, una vez advertidos del derecho que tienen de hacerlo por sí mismos, del que no hacen uso; enterados, según dicen, por mis explicaciones verbales y mi lectura, del contenido, alcance y efectos del otorgamiento de esta escritura, prestan su consentimiento al contenido de la misma por ser conforme con su voluntad libremente expresada, la otorgan y firman conmigo la notaria que doy fe de haberlos identificado en la forma indicada en la comparecencia, de que tienen, a mi juicio, capacidad y autonomía en el ejercicio de su capacidad jurídica para este otorgamiento y legitimación, de que el consentimiento ha sido libremente prestado, y de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes o intervinientes y que queda extendida en… 

 

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Percebeiros en la Isla de Ons. Por agarazo. https://frescoydelmar.com/blog/los-percebeiros-y-los-percebes-gallegos/

 

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