Auditores: efectos de su nombramiento por el registrador mercantil

Auditores: efectos de su nombramiento por el registrador mercantil

Adminstrador CoMa, 10/01/2016

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

Auditores: efectos de su nombramiento por el registrador mercantil

Auditores: efectos de su nombramiento por el registrador mercantil.- Dado que el recurrente limita sus alegaciones a rebatir el primero de los defectos de la nota de calificación, esta resolución se contraerá a dilucidar si la sociedad debe aportar –como indicó el registrador mercantil–, junto con las cuentas anuales, el informe de auditoría.

                Sobre esta cuestión es doctrina reiterada de este Centro Directivo, fundada en los artículos citados en los vistos de la Ley de Sociedades de Capital y del Reglamento del Registro Mercantil, que no puede tenerse por efectuado el depósito de las cuentas anuales de una sociedad si no se presenta el correspondiente informe del auditor de cuentas cuando, en las sociedades no obligadas por ley a la verificación contable se hubiese solicitado por los socios minoritarios el nombramiento registral (artículo 366.1.5.º del Reglamento del Registro Mercantil). En el caso que nos ocupa existió tal solicitud del socio minoritario, acordándose la procedencia del nombramiento de auditor de cuentas por el Registrador Mercantil, decisión que fue, posteriormente, confirmada por la resolución de este Centro Directivo de 19 de junio de 2012, resolución que agotó la vía administrativa.

                Cuestión íntimamente vinculada a la anterior es la relativa a la obligación del Registrador Mercantil de ajustar su actuación a las prescripciones legales y reglamentarias vigentes, lo que supone que no podrá practicar el depósito si no se adjuntan a las cuentas anuales los documentos establecidos en el artículo 366 del Reglamento del Registro Mercantil, cuyo número 5.º se refiere, expresamente, al informe de auditoría, sin que dicho precepto ni ningún otro le autoricen a extender o practicar otro asiento consignando cualquier otra consideración.

                Por último, se ha de señalar que las consecuencias negativas que por la falta de depósito está sufriendo la sociedad solo son atribuibles a su resistencia a que las cuentas anuales del ejercicio 2010 se verifiquen por el auditor de cuentas solicitado por la minoría y a que su informe se acompañe a las cuentas presentadas a depósito.

                En consecuencia, la Coordinadora de la Unidad de Apoyo que suscribe la propuesta es del parecer que procede desestimar el presente recurso y confirmar el primero de los defectos de la nota de calificación del Registrador Mercantil.

                En su virtud, esta Dirección General ha resuelto desestimar el recurso interpuesto por don José Alfonso Monzo, administrador de la entidad mercantil «Sapesa, S.L., contra la calificación del Registrador Mercantil de Alicante el 12 de julio de 2012.

                2 octubre 2012

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