Pactos no inscribibles: apropiación de la finca por el acreedor

Pactos no inscribibles: apropiación de la finca por el acreedor

Produccion CoMa, 02/09/2015

HIPOTECA

Pactos no inscribibles: apropiación de la finca por el acreedor

Pactos no inscribibles: apropiación de la finca por el acreedor

Aunque en el ejercicio de la función calificadora no es fácil apreciar los resultados antijurídicos que pueden perseguirse mediante un derecho de opción, es evidente que encubre un pacto comisorio, y por tanto no es inscribible, cuando se dan las siguientes circunstancias: a) su ejercicio se condiciona al impago por el concedente de unas obligaciones hipotecarias emitidas el mismo día; b) su extinción se produce por el pago de dichas obligaciones; c) y el precio fijado para la compra coincide con el importe de las obligaciones hipotecarias, deduciendo sólo las que en el momento de ejercitarse estén pagadas. Todo lo cual evidencia que la finalidad pretendida es posibilitar al acreedor hipotecario insatisfecho la apropiación del bien en pago de su crédito, en contra de lo dispuesto en los artículos 1.859 y 1.884 del Código Civil. [1]

5 mayo y 22 septiembre 1992

Pactos no inscribibles: apropiación de la finca por el acreedor.- Se debate en este recurso la validez de un pacto comisorio, en una hipoteca, en virtud del cual el deudor debía ceder determinada finca al acreedor como consecuencia del incumplimiento de la obligación garantizada. La resolución puede verse en el apartado “CESIÓN. De bienes en pago de deudas”.

20 julio 2012

Pactos no inscribibles: apropiación de la finca por el acreedor.- Este recurso viene a ser una continuación del que aparece en el epígrafe precedente –resolución de 20 de julio de 2012-, si bien se plantea aquí una nueva cuestión, como es la trascendencia que el carácter insubsanable de una falta, señalada en la calificación de un documento, tiene sobre los documentos posteriores complementarios, cuando en el intermedio se ha presentado otro título. La resolución puede verse en el apartado “CALIFICACIÓN. Carácter insubsanable de la falta”.

20 septiembre 2012

 

[1] Se incluye aquí esta Resolución, que figura, además, en el aparatado OPCIÓN, porque aunque la escritura que motivó el recurso era exclusivamente de opción, es evidente su interés en el ámbito del derecho de hipoteca. Aparte de que la escritura inmediatamente anterior a la del contrato de opción era la de emisión de las obligaciones hipotecarias garantizadas.

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