En propiedad horizontal: limitación que implica prohibición y se puede cancelar

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Produccion CoMa, 07/03/2016

PROHIBICIÓN DE DISPONER

En propiedad horizontal: limitación que implica prohibición y se puede cancelar

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El pacto no estatutario por el cual al adjudicatario de un piso y un garaje en propiedad horizontal se le prohíbe disponer separadamente de ellos, constituye una prohibición de las previstas en el artículo 27 de la Ley Hipotecaria, y, por tanto, si se inscribió en el Registro puede cancelarse al amparo del artículo 98 de la Ley y 35 del Reglamento.

19 diciembre 1974

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