Se firma una escritura de herencia en el año 2019, con comparecencia de viuda y cuatro hijos, con su aceptacion y liquidacion de gananciales por todos ellos. En el año 2021 fallece la viuda y aparecen unas participaciones sociales, gananciales, que hay que adicionar.
Pregunta:
el conyuge viudo no comparece al haber fallecido,
¿se le pueden adjudicar participaciones en pago de gananciales, con determinacion de la numeracion?
Si no es posible lo anterior ¿como se plantearia la adjudicacion a la viuda?
(caso totalmente real)
Muchas gracias por vuestra informacion.