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Reglamento que desarrolla la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario

Reglamento que desarrolla la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario

RESUMEN DEL REAL DECRETO 309/2019, DE 26 DE ABRIL, QUE DESARROLLA  PARCIALMENTE LA LEY DE CONTRATOS DE CRÉDITO INMOBILIARIO

 

Real Decreto 309/2019, de 26 de abril, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y se adoptan otras medidas en materia financiera.

En tres líneas:

El desarrollo es parcial y afecta a los servicios de asesoramiento, al registro de prestamistas, a la información dirigida al prestatario, a la remisión telemática de documentación por el prestamista al notario, y al proceso de otorgar el acta notarial, entre otros contenidos, que entrarán en vigor el 16 de junio de 2019, con la LCCI.

Introducción.

La necesidad de aprobación de este real decreto es doble:

completar la transposición de la Directiva 2014/17/UE, de 4 de febrero de 2014, ya iniciada con la Ley 5/2019, de 15 de marzo.

desarrollar diversos aspectos que se consideran necesarios de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (en adelante, LCCI) para garantizar los derechos reconocidos a los prestatarios en dicha ley.

La urgencia de completar la transposición, para evitar sanciones por incumplimiento al Reino de España, hace que en este reglamento no se ejerciten todas las habilitaciones incluidas en la D. F. 15ª de la Ley, por lo que, de momento el desarrollo reglamentario es parcial, dejando para más adelante, entre otros aspectos, la adaptación de las normas reglamentarias afectadas.

Se estructura en cuatro capítulos:

El capítulo I recoge las disposiciones generales dedicadas al objeto y ámbito de aplicación:

Objeto.

Es el desarrollo de aquellas previsiones de la LCCI preceptivas para la plena transposición de la Directiva 2014/17/UE y de otras necesarias para garantizar los derechos reconocidos a los prestatarios, fiadores y garantes en la LCCI.

En concreto, establece:

– los requisitos exigibles para la prestación de servicios de asesoramiento;

– los requisitos para el registro de los prestamistas inmobiliarios;

– las obligaciones de información del prestamista inmobiliario al prestatario;

– la utilización de medios telemáticos en la remisión de documentación por el prestamista, el intermediario de crédito inmobiliario o representante designado al notario;

– las características exigibles al seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario de los intermediarios de crédito, y sus condiciones.

Ámbito de aplicación.

Las actividades desarrolladas en relación con los contratos de préstamo inmobiliario incluidos en el ámbito de aplicación de la LCCI. Por tanto, hay que acudir a su artículo 2 LCCI.

Servicios de asesoramiento.

El capítulo II determina los requisitos para la prestación de servicios de asesoramiento, en desarrollo del artículo 19 LCCI, tratando de elevar el grado de equidad y profesionalidad y salvar los conflictos de intereses.

El servicio de asesoramiento se define en el art. 4.20 LCCI como “toda recomendación personalizada que el prestamista, el intermediario de crédito inmobiliario o el representante designado haga a un prestatario concreto respecto a uno o más préstamos disponibles en el mercado.”

– Se distinguen los servicios de asesoramiento en general (art. 3) y los servicios de asesoramiento independiente para lo que se exigen requisitos adicionales (art. 4).

– Constituirá una actividad distinta de las de concesión e intermediación de préstamos inmobiliarios y será objeto de un contrato específico.

– Únicamente cuando se preste el servicio de asesoramiento podrá emplearse en la publicidad y en la información precontractual las expresiones «asesor», «asesoría», «asesoramiento» o análogos.

– Si el prestamista, intermediario o representante no ofrece servicio de asesoramiento deberá indicarlo así y no usar las expresiones referidas.

– El asesor que reciba retribución o ventaja de algún prestamista o de un tercero deberá señalar expresamente en el contrato de asesoramiento este hecho, su periodicidad y cuantía o fórmula para su cálculo.

– No se considera servicio de asesoramiento si los productos que se ofrecen al prestatario son únicamente los del propio prestamista.

Registro de los prestamistas.

Ya dentro del Capítulo III, el artículo 5, en desarrollo del artículo 42 LCCI, determina los requisitos para la inscripción en el registro de los prestamistas de crédito inmobiliario. En resumen, han de contar con los procedimientos escritos, con la capacidad técnica y operativa para analizar solvencias, medios internos para resolver quejas y reclamaciones, nombrado representante para Prevención del Blanqueo y han de tener un plan de formación.

La autoridad competente deberá hacer comprobaciones respecto a su nivel de conocimientos y competencia, su honorabilidad comercial y profesional, ausencia de antecedentes penales graves y no haber incurrido en concurso culpable.

Información al prestatario durante la vigencia del préstamo.

Se encuentra en los artículos 6 al 10 dentro del Capítulo III.

a) Características generales. Se determinan en el art. 6, destacando su necesidad de claridad y de no omitir información relevante.

b) Información periódica. Con cada liquidación de intereses o comisiones, se indicarán el tipo de interés, comisiones, otros gastos y lo preciso para poder comprobar la liquidación. Habrá un resumen anual en enero.

c) Modificaciones del tipo de interés aplicable. En casos en que sea posible, conforme al 21.1 LCCI, el prestamista informará con 15 días de antelación con el contenido del art. 8.

d) Información a sucesores mortis causa. Los prestamistas inmobiliarios deberán informar del estado del préstamo a los sucesores de un prestatario, fiador o garante, sin que puedan exigir la acreditación de la aceptación de la herencia.

e) Requisitos de forma. La comunicación estará redactada en términos fácilmente accesibles y comprensibles, especialmente para las personas con discapacidad, siguiendo las reglas marcadas por el principio de diseño universal, en castellano, lengua cooficial o en otra lengua acordada entre las partes.

Remisión telemática de documentación por el prestamista al notario.

El capítulo IV -artículos 11 y 12- concreta las especificidades y requisitos técnicos de los medios telemáticos que deberán emplearse para la remisión al notario de la documentación establecida en el artículo 14.1.g) LCCI, así como el procedimiento de remisión al notario por el prestamista, el intermediario de crédito o representante designado, en su caso, de la documentación necesaria para dar cumplimiento al principio de transparencia material contenido en el artículo 15 de dicha ley.

Estos son los principios (art. 11.1):

– Ha de estar asegurara la conexión con la totalidad de los notarios, en garantía del derecho a la libre elección.

– El prestatario podrá elegir en cualquier momento al notario que proceda a autorizar el acta a que se refieren los artículos 14 y 15 LCCI.

– Será el mismo notario el que autorice el acta y, en su caso, la escritura de préstamo hipotecario.

– El notario tendrá acceso permanente y podrá descargar la documentación necesaria.

– El notario podrá comprobar fehacientemente la fecha en que se incorporaron a la aplicación los documentos firmados por el prestatario.

Se determinan también los requisitos técnicos de las plataformas que deberán emplear el prestamista, intermediario de crédito o representante designado y los notarios. Concretamente se desgranan los mecanismos de autentificación que deben tener y se asigna a la DGRN la inspección de las plataformas. Los costes de esta plataforma no son repercutibles a prestatarios o garantes.

Procedimiento y acta notarial.

En esencia, este es el procedimiento (art. 12):

– La documentación relativa a la información general, precontractual y personalizada que se relaciona en las letras a) a g) del artículo 14.1 LCCI, deberá ser remitida por el prestamista, intermediario o representante al notario elegido por el prestatario, a través de la plataforma referida, mediante campos estructurados.

– El prestatario comparecerá, personalmente o debidamente representado, ante el notario de conformidad con el artículo 15.3 LCCI (para la autorización del acta).

– El notario comprobará la identidad del prestatario, así como la validez y corrección de la información comunicada. Se prevén posibles subsanaciones en 10 días naturales.

– Validada la información, el notario, en el día y hora en que haya concertado la cita con el prestatario – que puede ser al extraer la información o después- asesorará al prestatario.

– Tras ello, redactará y autorizará el acta de transparencia, cuyo resultado positivo o negativo notificará telemáticamente al prestamista, intermediario o representante.

– Si el resultado fuera positivo, se concertará la fecha y hora para el otorgamiento de la escritura de préstamo hipotecario. Será, como pronto, al día siguiente, según la Ley.

– Si el resultado fuese negativo,  el notario comunicará de forma extractada sus circunstancias y reiterará al prestamista, intermediario o representante su derecho a obtener copia simple electrónica.

– Si el prestamista o el prestatario solicitara la remisión de copia electrónica simple o autorizada del acta o de la escritura, el notario deberá realizar obligatoriamente dicha remisión cumpliendo los requisitos y procedimientos previstos en la normativa específica.

Seguro de responsabilidad civil.

La D. Ad. 1ª determina las condiciones que debe cumplir el seguro de responsabilidad civil profesional o aval bancario de los intermediarios de crédito y su importe mínimo.

Libertad de establecimiento.

La D. Ad. 10ª regula el ejercicio de la libertad de establecimiento de los intermediarios de crédito inmobiliario en los términos definidos por la Directiva 2014/17/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de febrero de 2014.

Orden de transparencia.

El desarrollo reglamentario de la LCCI se entenderá realizado por la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios en cuanto esta no sea contraria a dicha ley y este real decreto. Esta orden sufre una importante reforma por la Orden ECE/482/2019, de 26 de abril, que resumimos a continuación.

Jerarquía de pasivos en caso de concurso.

La D. F. 2ª prevé la transposición del artículo 108.6 de la Directiva 2014/59/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, por la que se establece un marco para la reestructuración y la resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. Dicho artículo 108.6 fue introducido por la Directiva (UE) 2017/2399, de 12 de diciembre de 2017, en cuanto a la jerarquía de pasivos en caso de concurso. No se considerará que los instrumentos de deuda contienen derivados implícitos solamente por el hecho de estar referenciados a tipos de interés variable derivados de tipos de referencia de uso generalizado, o por no estar denominados en la moneda nacional del emisor, siempre que el capital, el reembolso y el interés estén denominados en la misma moneda.

Disposición derogatoria. 

Aparte de la referencia ordinaria a disposiciones de igual o inferior rango se opongan, este real decreto deroga la disposición adicional primera del Real Decreto 84/2015, de 13 de febrero, a fin de eximir a las entidades de crédito españolas de una autorización previa para que sus emisiones de instrumentos de capital del nivel 1 adicional y capital de nivel 2 computen para cumplir con los requisitos de solvencia.

Desarrollo adicional.

La D. F. 4ª faculta al titular del Ministerio de Economía y Empresa para dictar cuantas disposiciones de carácter general y actos sean precisos para el desarrollo y aplicación de este real decreto.

Entrada en vigor.

Entrará en vigor el 16 de junio de 2019, es decir, a la par que la LCCI.

Por excepción, entró en vigor el 20 de abril de 2019 la D. F.2ª sobre jerarquía de pasivos en caso de concurso. (JFME)

Enlaces:
Reglamento que desarrolla la Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario

Fuente de Hércules e Hidra en los Jardines de la Isla (Aranjuez)

 

Carmen de Grado Sanz: Premio Notarios y Registradores 2017.

CARMEN DE GRADO

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PREMIO

NOTARIOS REGISTRADORES

2017 

 

RAZONES PARA
LA CONCESIÓN
APUNTES BIOGRÁFICOS

Datos de Contacto

ENTREGA DEL PREMIO Y DISCURSO DE CARMEN DE GRADO

  

RAZONES PARA LA CONCESIÓN:

EL EQUIPO DE REDACCIÓN DE LA WEB, TRAS AMPLIAS DELIBERACIONES, HA ACORDADO OTORGAR EL PREMIO NOTARIOS Y REGISTRADORES, EN SU V EDICIÓN, A LA REGISTRADORA Y PREPARADORA DE OPOSITORES

DOÑA CARMEN DE GRADO SANZ…

    Por su abnegada y altruista actividad, dedicada a la preparación de las nuevas generaciones de notarios y registradores;

  por impulsar, en su ámbito, la actividad profesional de la mujer como jurista; 

   por ofrecer su servicio a las más diversas instituciones jurídicas y, especialmente, por su labor corporativa al servicio del colectivo registral;

   por su continua puesta al día y su dedicación a los compañeros y alumnos.

   por su valentía en la defensa de los verdaderos valores de nuestras profesiones (de notarios y registradores);

EL PRESIDENTE DEL COMITÉ:

DON JOSÉ ÁNGEL GARCÍA-VALDECASAS.

   

APUNTES BIOGRÁFICOS

1.- Infancia – Estudios

Carmen es madrileña, de pura cepa, hija de padres madrileños. En argot castizo es lo que se llama un «gato» en honor a un héroe de la Edad Media que ayudó a conquistar Madrid para Alfonso VI, rey de León.

8-carmen_microfonoSus padres -ambos- eran licenciados, lo que no resultaba habitual en esa época. Su padre, don Eugenio, funcionario de Hacienda, muy aficionado a la tauromaquia y doña Carmen, química de formación.

Fue su madre la que disciplinó con intensidad en los estudios a los seis hijos, siendo Carmen la cuarta y única niña entre varones. Uno de sus hermanos, Ángel, es actualmente, notario de Orihuela. Los demás son de ciencias como su madre.

Estudió en el colegio de las Teresianas de Enrique de Ossó, pasando muchos veranos en Riaza en casa de sus abuelos. Allí tuvo su primer contacto con el Registro, porque el de Riaza se encontraba en los bajos de la casa y aún recuerda cómo el sustituto venía de vez en cuando a poner orden, porque el ruido que organizaban los chavales del piso de arriba no le dejaba trabajar.

 

2.- Universidad – Oposición.

Inauguró la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Madrid. De hecho, el primer curso ni siquiera lo hizo en el campus actual, sino que, allá por 1971, las clases se impartían, a los escasos estudiantes matriculados, en una biblioteca de la calle Felipe el Hermoso. Comenzaron unos 100 compañeros y terminaron tan sólo 30, contando todas las especialidades.

costanilla_de_los_angeles_madrid1Entre los catedráticos se encontraban juristas tan insignes como Aurelio Menéndez y Luis Díez Picazo, de quien recuerda especialmente la brillantez y claridad de sus exposiciones.

Preparó la oposición con Abelardo Gil Marqués, fundador de la Academia de Costanilla de Los Ángeles, junto con José Vicente Torres, Jesús Puente y Eduardo Fernández-Galvis.

Antes de que la aceptara Abelardo, contactó con otro preparador al que visitó con una amiga que ahora es notario y recuerda -como muestra de una época que ya todos vemos lejana- que el preparador las despidió con un «si ustedes están buscando novio han llamado a la puerta equivocada». Y como no hay mal que por bien no venga, este incidente le permitió llegar hasta Abelardo.

Carmen de Grado Sanz: Premio Notarios y Registradores 2017. Abelardo Gil Marqués.

Carmen de Grado con Antonio Hueso, José María Chico y Abelardo Gil Marqués (de izquierda a derecha).

De Abelardo Gil, rememora su cercanía entrañable, buen consejo y método y las cañas que se tomaban los alumnos con él después de «cantar». ¡Quién le iba a decir, por aquel entonces, que, con el correr del tiempo iba a preparar a una nieta de su maestro!

Su pase por la oposición fue fulgurante, pues comenzó en febrero del 75, todavía en quinto de carrera, y acabó en julio de 1976, convirtiéndose en la registradora más joven en esos momentos, con 23 años. Y sólo tres mujeres aprobadas. 

En su tribunal, todo un elenco: Manuel Peña y Bernaldo de Quirós de presidente, Carlos Hernández Crespo, Javier Díe Lamana…

Recuerda de esa época, con especial cariño, a María Dolores Ruíz Del Valle, notaria de Illescas y amiga entrañable de Carmen, a Gregorio Rodríguez Acosta, por desgracia ya fallecido, o a Julio Rodriguez García, notario de Salamanca. Julio fue la primera persona a la que oyó «recitar» y quedó impresionada por la rapidez y precisión. También estaba Vidal Morales Madrigal a quien siempre le agradeció los buenos temas que le facilitó. 

Carmen de Grado Sanz: Premio Notarios y Registradores 2017. Promoción 1976.

Promoción 1976 registradores

3.- Matrimonio y destinos.

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Carmen y Rafael

Carmen se casó con un gaditano Rafael Posada Díaz Crespo, ingeniero industrial y economista. De su matrimonio nacieron tres hijas: Carmen, Teresa y Rocío quienes, con el correr de los años, siguieron los pasos de su madre, por lo que ahora hay nada menos que cuatro registradoras en la familia. 

Los registros a los que ha servido se sitúan en las dos Castillas siendo sucesivamente los siguientes por orden cronológico: 

– Brihuega y Cogolludo en Guadalajara. Atendía a los dos, pues estaban unidos por agrupación personal al ser de actividad moderada.

– Sigüenza. Curiosamente, el registro estaba entonces en una de las dependencias de la iglesia románica de El Salvador.

– Molina de Aragón. Fue interina durante muchos años, lo que le permitió trabar una buena amistad con el oficial sustituto. Y, más adelante, preparó a su hija, que es ahora compañera.

– Escalona (Toledo), la “Perla” del Alberche.

– Aranjuez, Real Sitio en el linde meridional de Madrid.

– Fuenlabrada n. 2, en una época en que consolidaba la ciudad su crecimiento exponencial

– Leganés nº 2, en cuyo destino ya sintió la tremenda crisis que comenzó a cebarse con nuestro país desde 2007.

– San Sebastián de los Reyes nº 2, registro al que accedió por jubilación del nº 1 del escalafón.

– Madrid nº 28 (barrios de Justicia y Chamberí) 

– Madrid nº 35. Es el que sirve en la actualidad, abarcando el distrito hipotecario Mirasierra y Montecarmelo.

A finales de 2016 ocupaba el puesto 27 del escalafón (entre más de 1000), con unos cuantos años de carrera todavía por delante.

GALERÍA DE LUGARES:

4.- Actividades corporativas.

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Carmen y Enrique Múgica

En dos ocasiones fueron requeridos sus servicios para formar parte de la Junta Nacional del Colegio de Registradores:
Con 33 años, se presentó a unas elecciones en las que se renovaba parcialmente la Junta de Carlos Hernández Crespo -para muchos el decano por antonomasia-. Tras ser elegida, tuvo por delante un difícil papel: el de dar por concluida la Mutualidad, pero salvaguardando los derechos adquiridos de los mutualistas y muchos de los expectantes. Tras dos años con Carlos, siguió otros cuatro con el mismo rol en la Junta de José Poveda. 

Fue una época de intenso trabajo, durante la que se celebró la Asamblea de Barcelona, se firmó el convenio colectivo, entró en vigor la Ley de Tasas y se desarrolló una importante reforma mercantil.

En la segunda ocasión, fue elegida vicedecana nacional. Su labor, durante este periodo, fue de una gran dificultad por las importantes disensiones entre los colegiados -y en la Junta- sobre el sistema de llevanza de los registros o nuestro papel respecto al Registro Civil, lo que abocó en la celebración de la Asamblea de Zaragoza durante la primavera de 2013.

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Audiencia en el Palacio de La Zarzuela

 

5.- Actividades jurídicas varias.

10-carmen_con_rey_juan_carlos-2– Desde 2005, es vocal permanente de la Comisión General de Codificación, sección de Derecho Civil, (la preside en la actualidad Antonio Pau), habiendo sido nombrada por el entonces Ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar. Aunque sus aportaciones han sido variadas, destacan sus estudios sobre situaciones de discapacidad. La CGC es el máximo órgano consultivo del Ministerio de Justicia, y está integrada por juristas independientes que asesoran al Ministerio, fundamentalmente en materia de Derecho Civil, Mercantil, Público, Penal y Procesal.
– Fue designada en 2001 coordinadora de la Comisión de Calificación del Colegio de Registradores, por el entonces decano Fernando Méndez y todavía sigue hoy vinculada a la misma, siendo actualmente coordinador Ángel Valero. Esta Comisión interna tiene por finalidad ayudar a uniformar la calificación, resultando de especial relevancia su actividad en todo lo relacionado con las hipotecas.
– Es Vicepresidenta de la Sección de Derecho Registral de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (RAJL).
– Ejerció la docencia en la Universidad, primero como profesora de Derecho Registral en ICADE, durante cuatro años en la década de los 90, y otro par de años en su querida Universidad Autónoma, llamada por Manuel Amorós Guardiola. 

También ha impartido conferencias, en recintos tan variados como la referida RAJL, la. Universidad de Verano de El Escorial, el Colegio de Abogados de Madrid y, por supuesto, en el Colegio de Registradores como, por ejemplo, con ocasión del 150 Aniversario de la promulgación de la Ley Hipotecaria.

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Foto del XX Aniversario de la Promoción.


6.- PREPARADORA DE OPOSITORES.

Sin embargo, la actividad -plenamente altruista- a la que más tiempo y esfuerzos ha dedicado, es la de preparadora de opositores, tanto a Registros como a Notarías, de lo que es un referente nacional.

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Con sus tres hijas -Carmen, Teresa y Rocío- todas registradoras

Comenzó con esa labor en 1977, es decir, nada más sacar la Oposición, sucediendo a Javier Sáez Villar y sigue con la misma ilusión a día de hoy, cuarenta años después. Por tanto, este año cumple las Bodas de Rubí con su gran vocación.

Tanto acude a la Academia –la histórica de Costanilla de los Ángeles o a la actual en Alcalá 540- como recibe a sus alumnos en su propia casa.

Es, en la actualidad, la Directora de la Academia de Preparación de Opositores vinculada al Decanato de Madrid del Colegio de Registradores, que cuenta con nada menos que 60 preparadores adscritos y varios centenares de alumnos.

Es de destacar que la Academia de Madrid prepara desde hace años, para el examen práctico, a los opositores aprobados en el primer y segundo ejercicio que voluntariamente quieran acudir, cualquiera que sea su procedencia y el lugar de su preparación, siguiendo así las enseñanzas de su maestro Abelardo Gil que siempre defendió una academia abierta sin distinciones. Para ello, la Academia cuenta con la colaboración de preparadores y registradores, de los más granado, venidos de diversos sitios de España. En la última convocatoria, acudió, de hecho, la gran mayoría de los 68 opositores que habían aprobado los dos primeros ejercicios.

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La promoción de 2008 tiene el récord: ¡aprobaron 11 alumnos de Carmen!

Carmen cuenta, entre sus alumnos -aunque no puede precisar la cifra exacta- con más de 100 entre notarios y registradores ejercientes, desperdigados por toda la piel de toro, algunos de los cuales llegaron a alcanzar el número uno de sus respectivas promociones como son los recientes casos de Eduardo Fernández Estevan, Emma Rojo Iglesias (que colabora en NyR) y de Cecilia Sánchez Fernández-Tresguerres. Ha sido testigo cualificado durante estos cuarenta años, de un incremento progresivo en el número de mujeres, que, desde una presencia meramente testimonial, cuando ella aprobó, son rotunda mayoría en las últimas promociones -que casi podrían llamarse de registradoras- estando también en notarías cerca de alcanzar el cincuenta por ciento. Ella tiene una gran dosis de protagonismo al respecto.

Y explica la conexión profesor – alumno en dos fases:

– Durante la oposición, se cristaliza una relación muy especial con el alumno, convirtiéndose a la vez en su amiga, confidente, profesora y sicólogo. A la postre, la persona que mejor entiende al alumno durante esa etapa de su vida.

– Después, con la mayoría de ellos, se acrisolan unos lazos que nunca se rompen. Siempre le acompaña la satisfacción personal y el orgullo de ver como compañero al alumno.

Pero toda rosa tiene sus espinas, porque también forma parte de la labor del preparador, la responsabilidad de advertir al que no pueda/quiera seguir el ritmo, para evitarle perder oportunidades en otros ámbitos. Y la tristeza de ver cómo algunos esforzados de la ruta, con cualidades y tesón, no han logrado culminar el puerto de las oposiciones.   

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Carmen con la Junta Autonómica de Madrid, en Alcalá 540.

 

7. Otros apuntes.

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Carlos Hernández Crespo entrega a Carmen la Medalla de Honor del Colegio de Registradores

Carmen está en posesión de la Cruz Distinguida de Primera Clase de la Orden de San Raimundo de Peñafort, según propuesta de la Junta presidida por José Poveda- y de la Medalla de Honor del Colegio de Registradores, por acuerdo de la Junta presidida por Antonio Pau.

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¡Y aún falta un nieto en la foto! Por ahora…

Le gusta la zarzuela y también los toros, desde que su padre la llevaba, de vez en cuando, a la Plaza de las Ventas en sus años mozos, y le gusta viajar, recordando de modo especial la impresión que le produjo Suráfrica.

Cuando puede, se escapa a su segunda patria chica, a Cádiz, donde es feliz, sobre todo si le acompañan alguna de sus hijas o de sus siete nietos, que garantizan la continuidad de la saga.

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Carmen, con marido e hijas.

En resumen, Carmen -la más joven y la primera mujer de los hasta ahora galardonados con el Premio Notarios y Registradores- reúne tantas facetas, que es difícil encuadrarlas en una breve biografía: hija, hermana, madre, esposa, abuela, estudiosa y docente, brillante, precoz, organizadora, “fuente” de referencia (como en secreto dicen sus amigas), pero ante todo, guía durante cuarenta años de personas que, cargadas de juventud y de ilusiones, afrontan un difícil tramo en sus vidas. (JFME)

 

PARA CONTACTAR CON CARMEN DE GRADO SANZ: 

– Puedes dejar su comentario en esta misma página como usuario o bien, enviar una felicitación, comentario… para que la Administración de la web lo publique en tu nombre.

– Puedes mandar un correo electrónico a Carmen de Grado. que le llegará directamente y sólo a ella.

– Si deseas un correo clásico, puedes escribirle a: Doña Carmen de Grado Sanz, Registro nº 35. Calle Alcalá 540 – Edif. A – planta baja 28027  Madrid.

– Puedes enviar fotos relacionadas con la galardonada.

ENTREGA DEL PREMIO Y DISCURSO DE CARMEN DE GRADO       

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