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ÍNDICE RESOLUCIONES MERCANTIL

 

por Juan Carlos Casas Rojo, Registrador de la Propiedad de Vitigudino (Salamanca)

 

 



ESTA ES LA PORTADA HISTÓRICA DE LA SECCIÓN, QUE YA NO SE ACTUALIZA, PERO DESDE LA QUE SE PUEDE ACCEDER A CONTENIDOS GENERADOS ENTRE 1996 Y 2014



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PERIODO: Resoluciones publicadas en los BOE de Mayo de 1998 a Octubre de 2014

 

   

 

 

  

 

 

ACCIONES

 

Acciones. La sociedad puede permitir la actuación conjunta de todos los condueños. R. 4 de junio de 1999

 

Acciones con valor nominal de más de dos decimales. En un aumento de capital es posible la creación de nuevas acciones de igual valor que las existentes y que como consecuencia de la redenominación efectuada conforme a la ley 46/1998 tengan un valor nominal fijado en más de dos decimales de euro. R. 7 de Noviembre de 2003

 

Adquisición preferente. Es inscribible la cláusula estatutaria por la que en el caso de que se ejercite el derecho de adquisición preferente de acciones los gastos de valoración serán de cargo de quien la solicite. R. 20 de marzo de 2001.

 

Certificación que designa la entidad encargada del registro contable de acciones representadas por anotaciones en cuenta admitidas a cotización en un mercado secundario oficial. No exige legitimación de firmas. R. 3 de Febrero de 1999

 

Derecho preferente. No cabe anotar preventivamente en la hoja abierta a una sociedad en el Registro Mercantil la demanda por la que se solicita que se declare el derecho preferente de adquisición de determinadas acciones. R. 30 de octubre de 2001

 

No caben acciones sin valor nominal.  R. 3 de Septiembre de 2013    

 

Nulidad de suscripción de acciones declarada por sentencia. R. 4 de junio de 2012

 

Titularidad. Disputa sobre titularidad de acciones. R. 8 de Noviembre de 2003

 

ACUERDOS SOCIALES

 

Acta. El acta de la Junta de una SA debe aprobarse por el Presidente y dos interventores. R. 16 de Abril de 1998

 

Acta notarial. El requerimiento al Notario para que, presente en la Junta, levante acta de sus acuerdos, debe ser objeto de acuerdo del Consejo de Administración, no bastando la intervención del Presidente y Secretario del mismo. R. 22 de septiembre de 2000

 

Acta notarial de acuerdos sociales SL. Debe constar la fecha y forma de convocatoria de la Junta. R. 6 de abril de 2000

 

Acuerdos contradictorios respecto de la misma junta. La posibilidad de tener en cuenta para la calificación documentos presentados con posterioridad al calificado debe ser excepcional. R. 3 de febrero de 2011

 

Acuerdos contradictorios en junta General. No son inscribibles. R. 29 de octubre de 1999

 

Acuerdos contradictorios: El Registrador puede suspender la calificación e inscripción del primeramente presentado. R. 5 de agosto de 2014

 

Acuerdos sociales contradictorios con un acta notarial presentada aparte. R. 25 de julio de 1998

 

Acuerdos sociales. Posibilidad de desconvocar una junta general. R. 28 de julio de 2014

 

Adaptación estatutos. Al amparo de un acuerdo de adaptación de los Estatutos de una SL a la ley no cabe acordar una modificación del objeto social, si no está previsto en el orden del día y se adopta con la mayoría precisa. R. 1 de marzo de 2000

 

Administrador SL sin fijación de plazo. R. 7 de febrero de 2000

 

Anotación preventiva de solicitud de acta notarial de acuerdos SA. Tomada anotación preventiva de levantamiento de acta notarial de la Junta, los acuerdos documentados en forma distinta no son inscribibles, mientras esté vigente la anotación. R. 13 de noviembre de 1999

 

Anotación preventiva de impugnación de acuerdo social SA. No provoca el cierre registral. R. 22 de Febrero de 1999

 

Cambio de forma de administración SL: exige escritura pública, no siendo suficiente el acta notarial. R. 6 de abril de 2000

 

Cancelación de asientos posteriores contradictorios al declarado nulo. No  es posible la nueva inscripción de acuerdos afectados por la nulidad declarada. R. 4 de febrero de 2011

 

Certificación de acuerdos sociales SL transcrita en la escritura. Admisibilidad. R. 7 de abril de 2011

 

Certificación de acuerdos de Junta Universal SL. Debe  constar la lista de asistentes y su firma y la aceptación del orden del día. R. 17 de abril de 1999

 

Certificación de acuerdos sociales: debe constar la concreta mayoría con que se adoptan los acuerdos. R. 6 de junio de 2013

 

Cese del administrador único: notificación a efectos del art. 111 RRM: formas de efectuarla. Si la primera notificación por correo resulta infructuosa, debe intentarse una segunda notificación presencial por parte del notario. R.16 de diciembre de 2013, R. 30 de Enero de 2012

 

Contradicción. Ante la falta de transparencia o contradicción entre los distintos acuerdos, lo que procede es suspender la inscripción. R. 21 de diciembre de 2010

 

Discrepancia de escasa entidad entre escritura y certificado de acuerdos sociales. No impide la inscripción. R. 8 de Abril de 2003

 

Discrepancia en el segundo apellido del secretario entre escritura y certificación. No constituye defecto si del contexto de ambos documentos resulta clara la identidad de aquél. R. 26 de Junio de 2007

 

Disolución SL. Cese administradora. La administradora cesada, aunque esté facultada para ello por la junta, no puede elevar a público los acuerdos sociales, pues su cese, en caso de disolución, es ope legis. R. 26 de febrero de 2013

 

Elevación a público. La persona que eleva a público debe tener su cargo vigente y no sólo inscrito. Se puede apreciar la no vigencia por un título presentado con posterioridad. R. 24 de abril de 2014

 

Junta universal. Acuerdo adoptado por unanimidad en junta universal: no cabe rechazar modificaciones estatutarias no previstas en el orden del día. R. 15 de noviembre de 2002

 

Junta Universal SL. No puede exigirse la previa inscripción de la exclusión de un socio, deducida de la documentación presentada, como condición para apreciar el carácter universal de la Junta General, cuyos acuerdos pretenden inscribirse. R. 26 de febrero de 2001

 

Legitimación de firma. Es necesaria la legitimación notarial de la firma de quien suscribe el acta de decisiones de socio único, y, en general el de las actas que documenten los acuerdos sociales. R. 11 de Marzo de 2005

 

Mayoría para adopción de acuerdos  SA.  R. 25 de mayo de 1998

 

Mayorías. No es suficiente decir que el acuerdo se tomó por mayoría, sino que ha de especificarse qué concreta mayoría. R. 16 de Abril de 1998

 

NIE. Nombramiento de consejero: No es posible la inscripción de un consejero de nacionalidad no española sin que conste su NIE. R. 18 de enero de 2012, R. 16 de julio de 2012

 

Nombramiento de administrador con facultad de certificar. R. 27 de Julio de 1998

 

Nulidad de acuerdos sociales: la eficacia retroactiva de una sentencia de nulidad no puede, en algunos supuestos, ser absoluta. R. 30 de mayo de 2013

 

Sentencia declarando la nulidad de acuerdos sociales: por sí sola no basta para cancelar los asientos posteriores contradictorios. R.18 de mayo de 2013

 

Sentencia de nulidad de acuerdos sociales. No es necesario especificar los asientos que deben ser cancelados si resulta claro de la sentencia. R. 30 de junio de 2014

 

Tracto sucesivo. No es posible hacer constar en el Registro Mercantil que se dejan sin efecto acuerdos sociales sin que previamente estén inscritos. R. 12 de enero de 2011

  

ADMINISTRADORES

   

Aceptación tácita. Es admisible la aceptación tácita por parte del administrador nombrado en la Junta, siempre que se den determinadas circunstancias. R. 2 de Marzo de 2009

 

Aceptación tácita de cargos, derivada de la voluntad inequívoca de los fundadores.  R. 24 de noviembre de 2010

 

Acuerdos Consejo de Administracion: es calificable la identidad de la persona física representante de la persona jurídica consejera. R. 18 de mayo de 2012

 

Adaptación a la LSA. La falta de adaptación a la ley de los estatutos de una SAL impide la inscripción de la reelección de Administradores. R. 21 de septiembre de 2001

 

Administrador de hecho SA. No es válida la Junta convocada por administrador caducado. R. 15 de febrero de 1999

 

Administrador suplente. Cabe nombrar administrador suplente para el caso de no aceptación del primer nombrado. R. 4 de junio de 1999

 

Administrador suplente. Es posible el nombramiento de administrador suplente en una S.A., fuera del caso de la representación proporcional, y sin estar previsto en los estatutos. R. 25 de Octubre de 2002

 

Administradores mancomunados SL. Debe indicarse su forma de actuar, pero no es necesario fijar un mínimo y un máximo. R. 27 de agosto de 1998

 

Administradores solidarios SL. Estatutos: debe concretarse el número de administradores solidarios.  R. 11 de mayo de 2011

 

Administrador único. No puede apoderarse a sí mismo. R. 24 de noviembre de 1998

 

Anotación de demanda de suspensión de acuerdos sociales de cese y nombramiento de administradores. La sociedad queda acéfala, no pudiendo los administradores convocar junta general. R. 28 de agosto de 2013

 

Art. 111 RRM. Certificación expedida por el nuevo administrador nombrado. Para que se produzca el cierre registral debe acreditarse la falta de autenticidad del nombramiento. R. 6 de Julio de 2007

 

Art. 111 RRM. Cese y nombramiento de administradores: efectos que produce la oposición de los cesados. R. 21 de enero de 2012

 

Autoorganización. Las facultades de autoorganización del consejo en la SL son más limitadas que en la S.A. R. 5 de octubre de 1998

 

Autocontratación. El administrador no puede conceder al apoderado facultades de  autocontratación. R. 18 de Julio de 2006

 

Autocontratación. El administrador sólo puede autocontratar válida y eficazmente cuando esté autorizado para ello por la Junta General o cuando de la propia configuración del negocio resulte la inexistencia de contraposición de intereses. R. 18 de Julio de 2006

 

Cambio de forma de administración SL: de solidarios a único. Si certifica el administrador único que antes era uno de los solidarios, no es necesaria la notificación al otro solidario cesado. R. 4 de junio de 2012

 

Cambio del sistema de administración. Notificación fehaciente a los efectos del art. 111 RRM. La interposición de querella criminal contra el nuevo nombramiento, no impide la inscripción, pero sí la acreditación de la falta de autenticidad del nombramiento. R. 3 de febrero de 2011

 

Cargo caducado. No es válida la convocatoria de Junta General de una sociedad anónima disuelta de pleno derecho por aplicación de la DT 6ª LSA que hace un miembro del Consejo de Administración con cargo caducado, estando cancelada la inscripción de su nombramiento R. 24 de Enero de 2001  

 

Certificación de acuerdos.  La facultad para certificar los acuerdos de la Junta es indelegable y por tanto corresponde al Administrador con cargo inscrito, no a un apoderado. R. 15 de Enero de 2004

 

Certificación registral. Nota marginal caducidad de los administradores. No cabe recurso contra asientos ya practicados. R. 5 de Marzo de 2014

 

Cese administrador SL. Un efecto derivado de la propia ley del ejercicio de la acción de responsabilidad contra un administrador es su cese.  R. 14 de julio de 1999

 

Cese. Administrador no inscrito. Basta el acuerdo genérico de cese de administradores, sin necesidad de identificar a los nombrados, sin que la falta de inscripción del nombramiento de alguno de ellos permita denegar la inscripción respecto de todos los cesados y nombrados. R. 5 de Mayo de 2005

 

Cese de administradores mancomunados SL y nombramiento de administrador único. R. 27 de octubre de 2012

 

Cese de administrador. Inscripción parcial: Requiere solicitud. R.16 de diciembre de 2013

 

Cese. Si se cesa a uno de los dos administradores solidarios existentes, el que queda se convierte en administrador único si ello resulta claramente de los estatutos. R. 12 de Diciembre de 2012

 

Cese automático de consejeros, por expiración de mandato corporativo  cuando cesen en sus funciones.  Falta de claridad. Sociedad mixta. R. 15 de Octubre de 2010

 

Cese. Error al exigir la notificación fehaciente al anterior titular del cargo con facultad certificante, sin advertir que, precisamente uno de los solidarios cesado, era el que expedía la certificación. Inscripción ya practicada. Recurso a efectos doctrinales. R. 5 de Octubre de 2009

 

Cese. Copia parcial en la que no consta el nombramiento del nuevo administrador que eleva a público y certifica de los acuerdos. Es necesaria la previa o simultánea inscripción del administrador.  R. 21 de Julio de 2006

 

Cese. La baja de la sociedad en el índice de entidades jurídicas impide la inscripción del cese de los administradores.  R. 31 de Marzo de 2003, R. 11 de Marzo de 2005, R. 19 de junio de 2009, R. 30 de julio de 2009, R. 22 de agosto de 2012

 

Cese: El cierre del Registro por falta de depósito de cuentas no es obstáculo para la inscripción del cese del administrador. R.  28 de octubre de 1999, R. 21 de marzo de 2000, R. 11 de abril de 2001, R. 31 de Marzo de 2003, R. 11 de Marzo de 2005,  R. 26 de Julio de 2005R. 25 de Febrero de 2006, R. 30 de julio de 2009, R. 26 de julio de 2011, R. 11 de enero de 2014

 

Cese del administrador único SA. No es inscribible el acuerdo, adoptado por la Junta general de accionistas, de rechazar el cese del Administrador único de la sociedad. R. de 25 de Marzo de 2002

 

Ceses. El cierre registral por baja en el índice de entidades es absoluto, salvo los documentos otorgados por la autoridad judicial. En cambio el cierre por falta de depósito de cuentas admite más excepciones, cabiendo inscribir el cese de los administradores, pero no su nombramiento. R. 30 de julio de 2009

 

Cese. Art. 111 RRM: no es precisa notificación al consejero renunciante que también era secretario del consejo.  R. 8 de enero de 2011

 

Cese. Notificación al Administrador saliente. El acta de remisión de carta por correo  no es suficiente a los efectos del art. 111 RRM. R. 26 de Julio de 2005

 

Cese. Oposición a la inscripción ya practicada del cese de un administrador. El cesado sólo puede oponerse en los términos previsto en el art. 111 RRM, pero practicada la inscripción del cese, la oposición no puede determinar la anulación y cancelación de la misma. R. 24 de enero de 2011

 

Cese. Oposición del administrador cesado a la inscripción de su cese. Solo la oposición fundada en la justificación de la falta de autenticidad del nombramiento puede servir de base al cierre registral de dicho acuerdo. R.  8 de noviembre de 1999, R. 10 de noviembre de 1999, R. 11 de noviembre de 1999

 

Cese tácito. Por la mera renovación del Consejo no puede entenderse  tácitamente cesado un miembro del Consejo. R. 27 de julio de 2009

 

Competencia para el nombramiento del presidente de RTVE. R.14 de febrero de 2012

 

Consejo de administración SL: es posible establecer en estatutos que para su válida constitución deben asistir todos los consejeros. R. 7 de octubre de 2013

 

Consejeros Delegados SL. Los Consejeros Delegados no son una quinta modalidad de forma de administración para una SL, ya que está supeditada su existencia a que haya Consejo de Administración. R. 12 de mayo de 1999

 

Consejeros Delegados SL. Es válida la cláusula estatutaria por la que se precisará la aprobación de la Junta General para la designación de Consejeros Delegados y para la delegación permanente de facultades del Consejo de Administración. R. 12 de mayo de 1999

 

Contenido de los estatutos SL: Convocatoria del Consejo de Administración solo por el solo por el Presidente. R. 11 de julio de 2012

 

Cooptación:  Imposibilidad de nombramiento por cooptación dentro del Consejo de Administración de las SL.  R. 4 de Mayo de 2005

 

Cooptación. Consejeros nombrados por cooptación. Duración régimen de retribuciones. R. 12 de abril de 2002

 

Cooptación. Es necesario para que sea inscribible un nombramiento de consejero por cooptación, que el consejo se pueda reunir con el número mínimo de consejeros exigido para adoptar acuerdos. R. 31 de julio de 2014

 

Condición de socios. Si lo exigen los estatutos, debe constar la condición de socios de los nombrados administradores.  R. 20 de Junio de 2006

 

Consejeros delegados SL. Designación por turnos o a plazos. R. 24 de noviembre de 2010

 

Consejo de administración SL. Calificación registral en la adaptación de estatutos; qué se entiende por principio mayoritario. R. de 6 de junio de 2002

 

Consejo de administración SL. No es inscribible la cláusula estatutaria por la que el quórum de constitución del consejo de administración se basará en el número de vocales con cargo vigente. R. 15 de Ocubre de 2012

 

Consejo de administración de una SA municipal. No puede tener más de nueve miembros. R. 6 de octubre de 1999

 

Convocatoria de junta general por administrador nombrado pero no inscrito.  Es válida. R. 4 de junio de 1998

 

Convocatoria del consejo de administración. Entre las reglas estatutarias de convocatoria del Consejo de Administración de una SL es necesario fijar la forma concreta y procedimiento en que aquélla ha de realizarse. R. 28 de febrero de 2000

 

Convocatoria del Consejo de Administración SA. No es válida la convocatoria de junta realizada por tres de los cinco miembros del Consejo de Administración, ya que la sesión de dicho Consejo no ha sido convocada por el Presidente o el que haga sus veces. R. 6 de abril de 1999

 

Convocatoria del Consejo de Administración SL. Los estatutos deben regularla. R. 30 de abril de 1999

 

Convocatoria de junta por administrador renunciante o cesado: su posibilidad. R. 16 de mayo de 2011

 

Convocatoria de Junta por Consejero-Delegado. Cabe conferir al Consejero Delegado la facultad de convocar Junta General. R. 11 de marzo de 1999

 

 

Depósito de cuentas. Necesidad de acompañar certificación aprobatoria de las cuentas, expedida por administrador con cargo vigente a la fecha de su expedición. R. 13 de Marzo de 2006

 

Depósito de cuentas. Certificación por cargos caducados. La modificación estatutaria del plazo de duración de los administradores no puede afectar a los nombrados con anterioridad salvo que la Junta General lo acuerde así expresamente. R. 18 de marzo de 2011

 

Derechos consejeros SL. No cabe suprimir o restringir en estatutos el derecho  de acceso a la documentación social por parte de los consejeros. R. 4 de Mayo de 2005

 

Designación de persona física por el administrador persona jurídica. R. 10 de julio de 2013

 

Dimisión de consejeros aplazada a la junta general: en este caso la convocatoria de junta general no puede ser hecha por el consejero no dimisionario. R. 16 de junio de 2014

 

Duración. Diferentes duraciones estatutarias de los cargos de consejero. Admisibilidad.  R. de 26 de Marzo de 2002

 

Duración. Carece de facultades la Junta general para fijar un plazo de duración inferior al previsto estatutariamente. R. 29 de septiembre de 1999

 

Duración cargo administrador SL. La duración del cargo de Administrador SL es indefinida, salvo que  los estatutos digan expresamente otra cosa sin que quepa delegar en la Junta general la determinación de la duración especifica en cada nombramiento. R. 15 de septiembre de 1999, R. 18 de septiembre de 1999

 

Duración del cargo de Administrador SL ha de constar en los estatutos sin que sea suficiente con que aparezca en la parte contractual de la escritura. R.23 de mayo de 1998

 

Error en cuanto a un apellido del administrador cesado. Necesidad de rectificación. R. 24 de enero de 2011

 

Estatutos SA: el plazo de nombramiento de administradores y su número debe ser el previsto estatutariamente. R. 9 de febrero de 2013

 

Facultades. La representación de los administradores se extiende a todos los actos jurídicos necesarios para el desarrollo del objeto social, sin necesidad de enumeración alguna. R. 26 de Julio de 2006

 

Facultades. No puede reflejarse en la inscripción la enumeración de las facultades representativas de los administradores. R. 26 de Julio de 2006

 

Consejo de Administración SL. La fecha de una certificación puede ser distinta a aquella en que el presidente da el visto bueno y a la fecha en que se legitiman las firmas. R. 26 de marzo de 2014

 

Forma de actuación. Necesidad de especificar en los estatutos SL la forma de actuación de los administradores mancomunados. R. 22 de junio de 2000, R. 1 de Septiembre  de 2005

 

Forma del nombramiento de la persona física que ejerza las funciones del administrador persona jurídica. R. 3 de junio de 1999

 

Forma en que debe suplirse la falta de inscripción de un administrador en el RM a los efectos de la inscripción de negocios o actos jurídicos realizados por el mismo. R. 28 de enero de 2014

 

Identificación consejeros SL. En la certificación de los acuerdos del consejo ha de identificarse a los consejeros concurrentes. R. 26 de marzo de 2014

 

Inscripción nombramiento. Para inscribir actos otorgados por el administrador es necesaria la previa o simultánea inscripción de su nombramiento. R. 21 de Julio de 2006

 

Inscripción de nombramientos ya no vigentes. Admisibilidad. R. 23 de diciembre de 1999

 

Inscripción renuncia administrador único: no es necesario acreditar la celebración de la junta para sustituirlo, solo su convocatoria. R. 2 de agosto de 2012, R. 29 de septiembre de 2014

 

Inscripción parcial. Estando cerrado el Registro por falta de depósito de cuentas de dos ejercicios y solicitada inscripción parcial del documento, debe inscribirse el cese, manteniendo el cierre respecto del nuevo nombramiento. R. 25 de Febrero de 2006.

 

Junta SA. No puede cambiarse la estructura administrativa estatutaria sin modificación de estatutos. R. 29 de noviembre de 2012

 

Justificación representación. Posibilidad de utilización de medios informáticos. FLEI. R. 24 de octubre de 2002

 

Libre separación. En una sociedad capitalista como la anónima, prevalece el principio de libre separación del administrador, sin que los estatutos puedan reforzar los quórum o mayorías legales. R. 23 de Enero de 2006

 

Mayorías. No es inscribible una cláusula estatutaria que no deja a salvo la mayoría cualificada exigida por norma legal imperativa  para determinados acuerdos como el de nombramiento de Consejeros Delegados. R. 9 de junio de 2000,  R. 8 de junio de 2000

 

Modificación estatutaria: La modificación de estatutos vigente el administrador no implica para éste una prórroga de su nombramiento, caso de modificación del plazo de su duración.  R. 4 de Mayo de 2006

 

Nombramiento. La disparidad en cuanto a su domicilio entre comparecencia y certificación ha de ser corregida.  R. 19 de Julio de 2006

 

Nombramiento. El cierre registral por baja en el índice de entidades es absoluto, salvo los documentos otorgados por la autoridad judicial. En cambio el cierre por falta de depósito de cuentas admite más excepciones, cabiendo inscribir el cese de los administradores, pero no su nombramiento. R. 30 de julio de 2009

 

Nombramiento de administrador con facultad de certificar. R. 27 de Julio de 1998

 

Nombramiento de administradores: si los estatutos establecen un número fijo de consejeros, la junta general está obligada a su nombramiento. R. 23 de septiembre de 2013

 

Nombramiento proporcional de consejeros SL. Anterior ley. R. 19 de noviembre de 1999

 

Nombramiento: El cierre del Registro por falta de depósito de cuentas no es obstáculo para la inscripción del cese del administrador, pero sí el nombramiento. R.  28 de octubre de 1999, R. 21 de marzo de 2000, R. 11 de abril de 2001, R. 26 de julio de 2011, R. 7 de junio de 2013, R. 11 de enero de 2014, R. 28 de febrero de 2014

 

Nombramiento de miembros de la comisión delegada del Consejo. Su número mínimo estatutario. Interpretación de estatutos. R. 22 de julio de 2011

 

Nombramiento por cooptación. Interpretación de cláusula estatutaria. R. 15 de marzo de 2000

 

Nombramiento y cese de administradores SL sin que conste en el orden del día. La posibilidad de destitución de los Administradores lleva consigo la de nombrar a quienes hayan de sustituirlos, sin necesidad de que el nombramiento se incluya en el orden de día. R. 10 de mayo de 2011

 

Notificación. Necesidad de notificación fehaciente del nombramiento de liquidadores al anterior cotitular del cargo certificante. R. 23 de mayo de 2001

 

Notificación. El nuevo Administrador ha de notificar a la anterior persona que tenía facultades certificantes, salvo que ésta preste su consentimiento, con firma legitimada notarialmente, a la certificación. R. 31 de marzo de 1999

 

Notificación a los efectos del artículo 11 RRM. R. 28 de agosto de 2013

 

Notificación art. 111 RRM: es posible hacerla a un apoderado del administrador cesado. R. 16 de octubre de 2012

 

Notificación art. 111 RRM: No hay conflicto de intereses si el apoderado que recibe la notificación es uno de los nuevos administradores. R. 16 de octubre de 2012

 

Número. No es necesario fijar número de administradores en las previsiones estatutarias de administradores solidarios SL. R. 11 de febrero de 1999

 

Número: no es necesario que se fije el número de administradores solidarios o conjuntos. R. 10 de junio de 1998

 

Pacto unánime entre los socios SL sin modificación estatutaria. Diferencia entre pacto parasocial no inscribible y pacto estatutario inscribible. R. 24 de marzo de 2010

 

Pensión vitalicia. Es inscribible una pensión vitalicia en favor del administrador cesado pese a que el cargo sea gratuito. R. 5 de abril de 2013

 

Persona jurídica. SL. Forma de designación de la persona física representante del administrador persona jurídica. R.  22 de septiembre de 2010

 

Plazo. SL. Cabe señalar la fecha a partir de la cual producirán efectos los ceses o nombramientos de administradores. R. 6 de junio de 2009

 

Plazo de duración administradores SL. Discrepancia entre escritura y estatutos. R. 19 de Mayo de 2005

 

Poder a sí mismo. El Administrador único de una sociedad no puede conferirse poder a sí mismo. R. 27 de Febrero de 2003

 

Presidente del Consejo de Administración SL. Ámbito de las facultades representativas derivadas de los propios estatutos. R. 8 de Marzo de 2005

 

Principio de continuidad de cargos dentro del consejo. Depósito de cuentas. R. 8 de Abril de 2009

 

Principio de prioridad registral en el ámbito mercantil. Inscripción de nombramientos de administradores ya cesados. R. 5 de abril de 1999

 

Prohibición. Es contraria al orden público la cláusula por la que se prohíbe ser administrador SL a quien ostente la condición de socio por adquisición de participaciones derivadas de un procedimiento de ejecución forzosa o a quien promueva contra un socio un procedimiento o reclamación de estas características. R. 8 de julio de 1999

 

Prórroga de cargos hasta la siguiente Junta General. R. 31 de Marzo de 2003

 

Reelección. Conforme al apartado 4 de la D.T. 3 L.S.A, es la falta de adaptación de los estatutos sociales a lo establecido en dicha ley lo que determina el cierre registral impidiendo la inscripción de una escritura de reelección de cargos del Consejo de Administración. R. 19 de septiembre de 2001

 

Reelección administradores SL. Es inscribible la reelección de  administrador, sin indicar plazo, a pesar de que inicialmente lo hubiera sido por cinco años, y ello aunque no se hayan adecuado los estatutos a la nueva normativa. R. 31 de enero de 2000

 

Reglas para convocatoria consejo en SL. Entre las reglas de convocatoria del Consejo de Administración de una SL que han de contener sus Estatutos, es necesario incluir la forma o procedimiento y el plazo con que ha de realizarse aquélla. R. 12 de enero de 1999

 

Remuneración del órgano de administración SL: laboral y societaria. Inscripción parcial. R. 3 de abril de 2013

  

Renuncia. La baja de la sociedad en el índice de entidades no permite inscribir la renuncia de administradores. R. 19 de junio de 2009

 

Renuncia de administradores SA. Es inscribible la renuncia de los administradores realizada en Junta General, aun cuando en dicha Junta, por no haber candidatos para llevar la Administración, se acuerde la disolución de la Sociedad y no se proceda al nombramiento de liquidadores por el mismo motivo. R. 19 de septiembre de 2000 , R. 20 de septiembre de 2000, R. 21 de septiembre de 2000

 

Renuncia de administrador mancomunado SL y único SA: No es inscribible sin previa convocatoria de junta general que pueda acordar el nuevo nombramiento o lo que estime necesario en defensa de los intereses sociales. R. 5 de junio de 2013

 

Renuncia de administrador único SA: No es inscribible sin que se acredite que el renunciante ha llevado a cabo la oportuna convocatoria de junta con tal finalidad. R. 27 de Marzo de 2014

 

Renuncia administradores. Certificación de junta emitida por persona distinta de la que consta en el registro como titular de la facultad certificanteForma de la notificación. Fecha de la renunciaR. 22 de julio de 2014

 

Renuncia administradores SA. No es posible inscribir la renuncia en el Registro Mercantil en tanto no se justifique la convocatoria de la Junta general en cuyo orden del día figure el acordar sobre la provisión de tal situación. R.19 de enero de 2001

 

Renuncia administrador SL. La renuncia de parte de los administradores una vez notificada a los otros, se puede inscribir pues estos pueden convocar Junta. Si la renuncia es de todo el órgano de administración sólo será inscribible si se hace en la Junta convocada judicialmente al efecto (para las SA esta doctrina sólo es aplicable por vía del art. 101 LSA). R. 18  de Julio de 2005

 

Renuncia administrador SL. Cabe inscribir la renuncia de administradores mientras queden otros que puedan convocar junta general para cubrir las vacantes. R. 17 de mayo de 1999

 

Renuncia administrador único SL. No cabe inscribirla si no va acompañada de la convocatoria de la Junta general para el nombramiento del nuevo Administrador. Pero no es preciso que el mismo haya sido nombrado. R. 2 de octubre de 1999

 

Renuncia de administrador único SL: no es posible su inscripción si no convoca junta para sustituirlo. R. 24 de mayo de 2000, R. 3 de enero de 2011, R. 5 de junio de 2014, R. 6 de junio de 2014

 

Renuncia del administrador SL, estando ya inscrita por otro título. R. 25 de junio de 1999

 

Renuncia consejeros SA Es inscribible la renuncia de los administradores realizada en Junta General, aun cuando en dicha Junta, por no haber candidatos para llevar la Administración, se acuerde la disolución de la sociedad y no se proceda al nombramiento de liquidadores por el mismo motivo. R. 22 de septiembre de 2000

 

Renuncia consejeros SA. Es inscribible la renuncia de uno de los tres miembros del consejo de administración de una SA. Los restantes administradores pueden convocar junta general para el nombramiento de los que sean precisos. R. 21 de abril de 1999

 

Responsabilidad del administrador. No es susceptible de anotación preventiva en el Registro Mercantil la demanda contra el Administrador de una sociedad anónima, en ejercicio de la acción de responsabilidad contra aquél interpuesta por uno de los socios. R. 27 de marzo de 1999

 

Representación proporcional. En las SL no es posible la representación proporcional, ni los nombramientos por cooptación dentro del Consejo ni atribuir el derecho a nombrar un administrador a un grupo de socios. R. 15 de septiembre de 2008

 

Representación proporcional sociedad mixta. Cláusula estatutaria según la cual el socio público propondrá dos consejeros y el privado tres. Es contraria al principio de representación proporcional. R. 15 de Octubre de 2010

 

Retribución. Cláusula estatutaria sobre retribución a los administradores por servicios ajenos a su función. R. 12 de junio de 2014

 

Retribución administrador SL. De existir, ha de constar expresamente en los estatutos así como el/los sistema-s concreto-s. R. 12 de Noviembre de 2003

Retribución de administradores SL. Debe constar en estatutos el concreto sistema de esa remuneración. R. 16 de febrero de 2013

 

Retribución administradores SA. La retribución no tiene porqué ser igual para todos ellos y por tanto pueden existir administradores gratuitos y retribuidos. R. 25 de febrero de 2014

 

Revocación poder. Si   dos administradores mancomunados dan poder a uno de ellos, para la revocación basta la hecha por uno de los administradores mancomunados. Y ello es también aplicable al caso de que el poder se haya dado como persona individual al representante físico de uno de los administradores mancomunados persona jurídica. R. 15 de marzo de 2011

 

Retribución administradores. El cambio del régimen de retribución de los administradores de gratuito a retribuido no requiere el consentimiento d todos los socios, aunque tal modificación comporte una reducción del beneficio distribuible. R. 21 de mayo de 1999

 

Retribución administradores: No es posible condicionarla a determinadas circunstancias concurrentes en el administrador. R. 27 de abril de 2013, R. 29 de abril de 2013, R. 30 de abril de 2013, R. 3 de mayo de 2013, R. 4 de mayo de 2013, R. 6 de mayo de 2013, R. 7 de mayo de 2013, R. 21 de mayo de 2013, R. 22 de mayo de 2013, R. 23 de mayo de 2013, R. 24 de mayo de 2013, R. 18 de junio de 2013

 

Retribución del administrador SL. No puede quedar al arbitrio de la Junta. R. 15 de septiembre de 1999, R. 18 de septiembre de 1999, R. de 15 de abril de 2000, R. 30 de mayo de 2001, R. 16 de febrero de 2013, R. 7 de marzo de 2013

 

Retribución del administrador SL. Concreción del sistema. R. 7 de marzo de 2013, R. 17 de junio de 2014

 

SA municipal: no es necesaria la notificación fehaciente al anterior cargo con facultad certificante a los efectos del art. 111 RRM. El presidente del consejo, si así lo dicen los estautos, debe ser el alcalde. R. 12 de mayo de 2012

 

SA municipal. Renuncia y nombramiento de cargos: se rige por el derecho mercantil. la renuncia debe notificarse a la sociedad. R. 11 de mayo de 2012

 

Separación. La Junta General SA puede separar por incompatibilidad a los consejeros nombrados por sistema proporcional. R. 14 de Diciembre de 2004

 

Sistema de administración SL. Debe determinarse el número máximo y mínimo de administradores solidarios. R. 23 de marzo de 2011 

 

Sociedades del RDL 13/2010: Debe constar en estatutos, en el caso de administradores solidarios, su número concreto o al menos el número máximo y el mínimo de los mismos. R. 4 de junio de 2011, R. 29 de junio de 2011

 

Vigencia. La persona que eleva a público debe tener su cargo vigente y no sólo inscrito. Se puede apreciar la no vigencia por un título presentado con posterioridad. R. 24 de abril de 2014

 

AGRUPACIÓN DE INTERES ECONOMICO

 

Constitución por sociedades extranjeras. R. 23 de abril de 2003

 

Constitución por sociedades anónimas municipales: no es posible si hay vigente un plan de ajuste.  R. 16 de septiembre de 2014

 

Personas jurídicas de naturaleza publica. Calificación. R 22 de noviembre de 2002

 

Concurso. La pérdida de la condición de socio por concurso no requiere acuerdo social.  R. 1 de Julio de 2014

 

Concurso. Se pierde la condición de socio por la declaración de concurso. R. 1 de Julio de 2014

 

ANOTACIÓN PREVENTIVA

 

Anotación de demanda en el Registro Mercantil. No es anotable la demanda interpuesta por la sindicatura de la quiebra de determinado empresario individual contra quienes, antes de la fecha de la retroacción de la quiebra, adquirieron acciones de cierta SA. R. 23 de mayo de 2000

 

Anotación de demanda en el registro mercantil: no es posible si su estimación no puede provocar una modificación registral. R. 28 de febrero de 2013

 

Anotación de demanda de suspensión de acuerdos sociales de cese y nombramiento de administradores. La sociedad queda acéfala, no pudiendo los administradores convocar junta general. R. 28 de agosto de 2013

 

Anotación preventiva de solicitud de acta notarial de acuerdos SA. Tomada anotación preventiva de levantamiento de acta notarial de la Junta, los acuerdos documentados en forma distinta no son inscribibles, mientras esté vigente la anotación. R. 13 de noviembre de 1999

 

Cierre registral por falta de depósito de cuentas. Limita su alcance a aquellos documentos en que se recojan actos o acuerdos de la propia sociedad, quedando al margen los asientos referidos al ejercicio de derechos por terceros. R. 4 de mayo de 2002

 

Convocatoria. Anotación preventiva de solicitud de complemento de convocatoria SL: Solo procede en caso de anónimas y no cabe prórroga. R. 9 de Julio de 2010

 

De querella. Sólo cabe practicar la anotación si la querella puede provocar una mutación jurídica social. R. 15 de Noviembre de 2004

 

De querella sobre acciones o participaciones. No cabe anotar preventivamente una querella sobre acciones o participaciones sociales dada la falta e imposibilidad de la previa inscripción del objeto de la pretendida anotación. R. 5 de Octubre de 2002, R. 7 de Octubre de 2002

 

De querella por falsedad en el registro mercantil. Prohibición de inscribir títulos otorgados por determinado administrador. R. 15 de Febrero de 2001

 

Derecho preferente. No cabe anotar preventivamente en la hoja abierta a una sociedad en el Registro Mercantil la demanda por la que se solicita que se declare el derecho preferente de adquisición de determinadas acciones. R. 30 de octubre de 2001

 

Efectos de las anotaciones de suspensión de acuerdos sociales R. 31 de Enero de 2014

 

Junta General SL. La anotación de  petición de acta notarial de la junta no caduca. R.28 de junio de 2013

 

Participaciones. No es posible la anotación preventiva de embargo sobre participaciones sociales. R. 8 de abril de 2013

 

Prohibición judicial de disponer de participaciones sociales.  No es anotable. R. 11 de octubre de 1999

 

Responsabilidad del administrador. No es susceptible de anotación preventiva en el Registro Mercantil la demanda contra el Administrador de una sociedad anónima, en ejercicio de la acción de responsabilidad contra aquél interpuesta por uno de los socios. R. 27 de marzo de 1999

 

 

APORTACIONES

 

Constitución SL. Aportación de finca hipotecada. Necesidad de claridad. R. 23 de noviembre de 2012

 

Constitución sociedad: Rectificación de la valoración de fincas aportadas por escritura de subsanación posterior a la inscripción. R. 4 de Abril de 2013

 

Depósito. Aportaciones dinerarias. Pueden acreditarse mediante depósito posterior al acuerdo aunque sea anterior a la fecha de la escritura. R. 22 de Octubre de 2003

 

Empresa. La aportación social consistente en una empresa ha de ser objeto de informe elaborado por experto independiente. R. 18 de junio de 1998

 

Modo de acreditar las aportaciones dinerarias que se efectúan para desembolsar dividendos pasivos: certificación bancaria o entrega directa al notario autorizante de la escritura. R. 4 de noviembre de 2011 

 

Participaciones. Es necesaria la determinación individualizada de las participaciones asignadas en pago de cada uno de los bienes aportados. R. 25 de Septiembre de 2003

 

Transformación de SL en SA. El informe sobre el patrimonio social no dinerario que debe incorporarse a la escritura ha de por un experto designado por el Registro Mercantil. R. 12 de Marzo de 2005

 

 

ASIENTOS REGISTRALES

 

Anotación preventiva de impugnación de acuerdo social SA. No provoca el cierre registral. R. 22 de Febrero de 1999

 

Anotación preventiva de solicitud de acta notarial de la junta: si las acciones o participaciones están en proindiviso ordinario, la solicitud solo la puede hacer el designado como representante de todos los cotitulares. R. 13 de junio de 2013

 

Asiento de presentación. Trascendencia de la regularidad de la notificación de la calificación en la fijación del dies a quo del cómputo del plazo para recurrir y en para el inicio del plazo de prórroga del asiento de presentación. R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005    -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-

 

Asiento de presentación. Presentación telemática. Acreditación del pago del impuesto mediante diligencia notarial de traslado de la matriz. R. 31 de Enero de 2008

 

Asiento de presentación. Presentación telemática. R. 31 de Enero de 2008, R. 19 de mayo de 2009, R. 20 de mayo de 2009, R. 21 de mayo de 2009

 

Asiento de presentación. Repercusiones del sistema de cómputo del plazo convocatoria JG. R. 21 de Septiembre de 2007

 

Asiento de presentación. Títulos presentados después. La calificación de un documento deberá realizarse en función de lo que resulte del título y de la situación tabular existente en el momento de su presentación en el Registro, sin que puedan obstaculizar a su inscripción títulos incompatibles posteriormente presentados. R. 12 de enero de 2011

 

Asientos. No todo acto, negocio jurídico o resolución administrativa o judicial que tenga relación con una sociedad es susceptible de inscripción o anotación registral, sino tan sólo las que admita como tal una norma con rango de ley, o excepcionalmente, el Reglamento del propio registro, y tan sólo en relación con las mismas podrán jugar los principios de la publicidad registral y sus efectos. R. 7 de Octubre de 2002

 

Prórroga asiento de presentación. Interpretación del art. 323 LH. R. 4 de Enero de 2005

 

Asiento ya practicado. No cabe recurso gubernativo contra un asiento ya practicado. R. 5 de abril de 1999, R. 5 de mayo de 1999, R. 6 de julio de 1999, R. 2 de noviembre de 1999, R. de 4 de diciembre de 1999,  R. 27 de enero de 2000, R. de 14 de abril de 2000, R. 10 de mayo de 2000, R. de 28 de mayo de 2002, R. 9 de Marzo de 2005 , R. 6 de Mayo de 2005, R. 6 de Marzo de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 2 de Abril de 2009, R. 28 de Mayo  de 2009, R. 4 de julio de 2011, R. 31 de agosto de 1998, R. 13 de febrero de 2014, R. 5 de Marzo de 2014

 

Cancelación. No cabe cancelar asientos por la vía del recurso gubernativo.  R. 10 de febrero de 2014, R. 11 de febrero de 2014

 

Intangibilidad de los asientos registrales una vez practicados. R. 6 de Mayo de 2005

 

Presunción legal de exactitud. Salvaguardia judicial de los asientos. No cabe recurso gubernativo contra un asiento ya practicado. Cauces para su rectificación. R. 9 de Marzo de 2005

 

 

BIENES MUEBLES

 

Anotación de embargo. No cabe practicarla sobre bienes que no queden perfectamente identificados. R. 9 de Julio de 2004

 

Anotación de embargo. Cancelación por caducidad al expedir certificación de cargas. R. 15 de Julio de 2004, R. 19 de Julio de 2004

 

Anotación de embargo sobre establecimiento mercantil. Es posible -habiendo sido debidamente notificado el embargo al propietario del local-  aunque el arrendatario no cuente con la facultad de disponer. R. 18 de Marzo de 2004

 

Anotación de embargo. Suspensión de la calificación. Son aplicables a las anotaciones de embargo en el RBM, tanto el art. 254.1, como el art. 255 de la LH. R. 8 de noviembre de 2013

 

Anotación de embargo sobre leasing. Preferencia. No se pronuncia la DG al interponerse el recurso fuera de plazo. R. 29 de Septiembre de 2008

 

Anotación de embargo cancelada. Reserva de dominio y adjudicación. Normativa reguladora. Preferencia de la adjudicación derivada de una anotación cancelada sobre posterior reserva de dominio. R. 1 de octubre de 2008

 

Arrendamiento financiero. Domicilio para el pago. Debe determinarse de forma explícita, no bastando la referencia a un número de cuenta corriente. R. 30 de Enero de 2004

 

Arrendamiento financiero. El cuadro de amortización debe constar con claridad  en el contrato, diferenciando entre cuota de entrada  y cuotas con carga financiera. R. 21 de Octubre de 2003 –confirmada por Sentencia –recurrida- de Audiencia Provincial- , R. 23 de Diciembre de 2003, R. 13 de Julio de 2004 -Revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial publicada en el BOE- R. 16 de Julio de 2004 -Revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial publicada en el BOE

 

Arrendamiento financiero. Es posible el embargo sobre la posición jurídica del arrendatario financiero, aunque el embargante sea el mismo arrendador.  R. 4 de febrero de 2010, R. 5 de febrero de 2010

 

Arrendamiento financiero. Modelos oficiales. Necesidad de determinación del tipo de interés máximo en perjuicio de tercero. R. 30 de Enero de 2004, R. 31 de Enero de 2004

 

Arrendamiento financiero. Modelos oficiales. Necesidad de identificación del arrendatario. R. 29 de Enero de 2004

 

Arrendamiento financiero. Los contratos de arrendamiento financiero deben recogerse en los modelos oficiales aprobados por la DG, si bien también cabe la inscripción si constan en documento público con el contenido mínimo impuesto por la Ordenanza. R. 30 de Enero de 2004, R. 31 de Enero de 2004, R. 5 de Enero de 2005, R. 12 de Enero de 2005, R. 13 de Enero de 2005, R. 14 de Enero de 2005 , R. 15 de Enero de 2005, R. 18 de Enero de 2005, R. 19 de Enero de 2005, R. 26 de Enero de 2005

 

Arrendamiento financiero. Traslado de las limitaciones provenientes del antiguo Registro administrativo de tráfico. Cancelación. Prohibición de disponer. No cabe cancelar un arrendamiento financiero por caducidad sino por mandamiento judicial o solicitud del titular registral. R. 6 de Febrero de 2004

 

Arrendamiento financiero de vehículo. Resolución. R. 28 de enero de 2014

 

Embargo del derecho de traspaso de local de negocio. No cabe si el arrendatario carece de la facultad de traspasar. R. 14 de julio de 2001

 

Cancelación anotación embargo. Ejecutado un bien cuyo embargo consta anotado, se produce la purga de las cargas posteriores –principio de prioridad- en virtud de documento judicial, cuya calificación se extiende a sus formalidades extrínsecas, tracto, competencia y adecuación del procedimiento, no a su pureza ni a sus fundamentos jurídicos. R. 11 de Enero de 2005

 

Cancelación de embargo. No procede a instancia del arrendador financiero no inscrito. Precisaría mandamiento previo ejercicio de la tercería de dominio.  R. 5 de Febrero de 2004

 

Hipoteca mobiliaria sobre una oficina de farmacia: no es necesaria la previa inscripción de la compraventa de la oficina. R. 1 de febrero de 2012

 

Notificación defectos. El contrato de arrendamiento financiero formalizado en modelo oficial intervenido por Notario tiene el valor de documento público, por lo que ha de notificarse al Notario la calificación recaída. R. 24 de Septiembre de 2003 -revocada por sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 20 de Octubre de 2003, R. 21 de Octubre de 2003 -confirmada por Sentencia –recurrida- de Audiencia Provincial-,  R. 23 de Diciembre de 2003, R. 29 de Enero de 2004, R. 7 de Febrero de 2004, R. 9 de Febrero de 2004, R. 13 de Julio de 2004 -Revocada por Sentencia firme de la Audiencia Provincial , publicada en el BOE- R. 16 de Julio de 2004 -Revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE, R. 20 de Julio de 2004 -Revocada por Sentencia firme de Audiencia provincial, publicada en el BOE-, R. 10 de Enero de 2005

 

Pólizas desdobladas de préstamo a financiación. Identidad de la concreta persona física que representa a la entidad financiera es un dato irrelevante a estos efectos. R. 4 de noviembre de 2013

 

Prenda sin desplazamiento. Autocontratación. Plazo de duración de la garantía y del crédito garantizado. Reserva de rango. Determinación de la deuda y distribución por cada fiador. R. 2 de enero de 2013, R. 3 de enero de 2013

 

Prenda sin desplazamiento. Cancelación. No es posible mediante documento administrativo. R. 11 de julio de 1998

 

Prenda sin desplazamiento. Obligación futura. Cabe que la obligación de fianza resultante de un contrato de afianzamiento, pueda ser objeto de hipoteca en garantía de obligación futura. R. 2 de enero de 2013, R. 3 de enero de 2013

 

Prenda sin desplazamiento. Hipoteca. Exigencias mínimas para evitar que se constituya en realidad una mera reserva de rango registral o una especie de hipoteca “flotante”. R. 2 de enero de 2013, R. 3 de enero de 2013

 

Prenda sin desplazamiento. Plazo. Nada se opone a que la prenda sin desplazamiento de posesión, como la hipoteca voluntaria, pueda ser constituida por un plazo determinado. R. 2 de enero de 2013, R. 3 de enero de 2013

 

Prenda sin desplazamiento. Varias obligaciones. Un solo derecho de prenda no puede garantizar varias obligaciones futuras sin un nexo causal común. R. 2 de enero de 2013, R. 3 de enero de 2013

 

Prenda sin desplazamiento de créditos futuros. No cabe recurso contra asientos ya practicadosR. 13 de febrero de 2014

 

Prórroga asiento de presentación. Interpretación del art. 323 LH. R. 4 de Enero de 2005

 

Recurso gubernativo. El recurso gubernativo no tiene por objeto la alteración del rango de los asientos registrales, lo cual sólo puede producirse por acuerdo de las partes o acudiendo al procedimiento judicial correspondiente. R. 4 de Enero de 2005

 

Registro de bienes muebles. Es un auténtico Registro de titularidades y no sólo de gravámenes, por lo que el principio de tracto sucesivo tiene en él plena aplicación. R. 7 de Enero de 2005, R. 15 de octubre de 2013,   R. 8 de noviembre de 2013

  

Registro de bienes muebles. El principio de tracto sucesivo dentro del RBM y en relación a los bien susceptibles de hipoteca sólo regirá en el caso de que el bien conste previamente inscrito de manera voluntaria.  R. 1 de febrero de 2012

 

Reserva de dominio. No es una mera carga o gravamen sino un verdadero reconocimiento a la titularidad del vendedor, por lo que no cabe la enajenación de un bien afecto a la misma. Sólo cabría el embargo de los derechos que sobre el bien en cuestión correspondan al deudor. R. 16 de Marzo de 2004, R. 17 de Marzo de 2004, R. 7 de Julio de 2004, R. 8 de Julio de 2004, R. 7 de Enero de 2005, R. 24 de Enero de 2005 –enajenación forzosa- –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Sociedad no inscrita. Para poder inscribir bienes a nombre de una SL es precisa su previa inscripción en el Registro Mercantil –art. 383 RH-, si bien la inscripción podría practicarse a favor de los socios como integrantes de la sociedad en formación. R. 26 de Enero de 2005

 

Tracto sucesivo. El Registro de bienes muebles es un auténtico Registro de titularidades y no sólo de gravámenes, por lo que el principio de tracto sucesivo tiene en él aplicación. R. 7 de Enero de 2005, R. 24 de Enero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial- , R. 3 de marzo de 2014

 

Venta a plazos: Ejemplares. No es posible el acceso al Registro de Venta a Plazos de un contrato cuando no se presenta uno de los cuatro ejemplares en que ha de estar extendido. R. 20 de noviembre de 1999

 

Venta a plazos: prorroga de reserva de dominio mediante certificado bancario acreditativo del impago de recibos. R. 18 de julio de 2001

 

Venta a plazos. No cabe anotar en el Registro de Venta a Plazos una demanda de tercería de dominio sobre un bien vendido con reserva de dominio, ejercitada por la propia vendedora una vez que la inscripción del contrato de venta ha caducado y se ha cancelado. R. 19 de junio de 1998

 

Unidad de acto. La intervención notarial de un modelo oficial de un contrato inscribible en el Registro de bienes muebles no requiere unidad de acto. Plazo máximo. R. 24 de Septiembre de 2003 –revocada por sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 3 de Noviembre de 2003 –revocada por sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 4 de Noviembre de 2003 –revocada por sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 5 de Noviembre de 2003 –revocada por sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 6 de Noviembre de 2003 –revocada por sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 7 de Febrero de 2004, R. 9 de Febrero de 2004

 

BUQUES:

 

Acreditación de la representación de una sociedad no exhibida al notario autorizante. Cabría mediante certificación del Registro Mercantil, de fecha posterior a la escritura, pero no si la hoja de la sociedad está cerrada. R de 7 de junio de 2000

 

Adjudicación de un buque en procedimiento separado de responsabilidad civil. La adjudicación derivada de un procedimiento de apremio es inscribible aunque el embargo no haya sido anotado. R. 15 de marzo de 2013

 

Auto de adjudicación. Tracto sucesivo. No cabe inscribir un auto de adjudicación de un buque constando éste inscrito a favor de persona distinta del demandado y que no ha sido parte en el procedimiento. R. 25 de Febrero de 2005

 

Compraventa de buque. Recurso. R. 3 de junio de 1998

 

Entrega del buque y modificación de titularidad. R. 23 de junio de 1999

 

Hipoteca. No es admisible como causa de vencimiento anticipado de un préstamo con garantía hipotecaria sobre un buque, el incumplimiento por parte del deudor hipotecante de la prohibición de enajenar dicho buque. R. 22 de febrero de 2001

 

Inmatriculación. Títulos y documentos necesarios: Título público de adquisición y copia certificada de la matrícula o asiento del buque debiendo ser ésta coincidente con la del título de propiedad en virtud del cual se solicita la inscripción y presentarse conjuntamente a calificación. R. 27 de Diciembre de 2006

 

MAQUINARIA INDUSTRIAL:

 

Anotación de embargo de maquinaria industrial. Registro competente.  R. 23 de abril de 2014, R. 3 de Julio de 2014

 

Anotación de embargo de maquinaria industrial. Requisitos. R. 3 de Julio de 2014

 

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. El recurso ha de regirse por el Reglamento del Registro Mercantil. R. 2 de octubre de 2000

 

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. Es necesaria la adecuada identificación de la maquinaria. R. 2 de octubre de 2000, R. 2 de abril de 2013

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. Debe constar de forma clara que la maquinaria hipotecada se destina a la explotación de una industria. R. 2 de abril de 2013

 

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. Inmueble hipotecado con pacto de extensión de responsabilidad a bienes muebles, pero resultando de la inscripción la exclusión de la maquinaria. R. 3 de Septiembre de 2007

 

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. No cabe hipoteca mobiliaria cuando los bienes se encuentran hipotecados en la hipoteca de la finca en virtud del pacto de extensión del art. 111 LH. R. 16 de noviembre de 1998, R. de 5 de mayo de 2000, R. 2 de octubre de 2000

 

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. Plazo de vencimiento de la obligación garantizada. R. 3 de Septiembre de 2007

 

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. Su coordinación con hipoteca inmobiliaria con pacto de extensión de responsabilidad. Al ser la hipoteca un derecho de constitución registral, es en el momento de la inscripción cuando ha de apreciarse la libertad de cargas de los bienes hipotecados. R. 23 de Febrero de 2005

 

Hipoteca mobiliaria sobre marcas. Se puede inscribir como causa de vencimiento anticipado la disminución del valor de las mismas calculado en función de no alcanzar un determinado volumen de ventas los productos que amparan o la disminución de la cuota de mercado. R. 3 de abril de 2000

 

Obligación condicionada suspensivamente garantizada con hipoteca mobiliaria. Carácter solidario o mancomunado del crédito. R. 28 de julio de 1998

 

Segunda hipoteca. No cabe inscribir una segunda hipoteca sobre los mismos bienes, aunque se haya pactado que ambas tengan el mismo rango registral, R. 9 de abril de 2002

 

 

VEHÍCULOS:

 

Anotación de embargo. El mandamiento debe acompañar o insertar la resolución. R. 24 de Febrero de 2005

 

Anotación de embargo. Puede practicarse una anotación de embargo dirigido contra quien no es titular según el Registro de la DGT. R. 21 de Octubre de 2002, R. 22 de Octubre de 2002, R. 23 de Octubre de 2002

 

Anotación de embargo. Tracto. No cabe la anotación de embargo dirigido contra quien no es titular según el Registro de la DGT. R. 12 de Julio de 2004, R. 11 de enero de 2012, R. 15 de octubre de 2013, R. 8 de noviembre de 2013

 

Anotación de embargo. No cabe practicarla si el número de bastidor no existe en la base de datos de la DGT o no coincide el D.N.I del titular demandado con el que figura en dicha base. R. 13 de Febrero de 2006

 

Anotación de embargo. Los Registradores pueden fundar la suspensión en la existencia de titularidades contradictorias obrantes en el Registro de vehículos de tráfico. R. 5 de Febrero de 2004

 

Anotación de embargo cancelada. No cabe su prórroga esté o no indebidamente cancelada, pues ello es tan sólo competencia de los órganos jurisdiccionales. R. 17 de Enero de 2005

 

Arrendamiento financiero y venta a plazos con reserva de dominio. Legitimación registral. R. 23 de Octubre de 2002

 

Contrato de préstamo de financiación a comprador de un vehículo. Comisiones. Coste total de la operación. R. 16 de julio de 2001

 

Embargo de vehículo: no es posible si no coincide el DNI del embargado con el que consta en la base de datos de trafico. R. 11 de enero de 2012

 

Identificación. Dudas. La rectificación ha de instarla el interesado y la Jefatura de Tráfico, en virtud del principio de rogación. R. 20 de Julio de 2004  (Revocada por Sentencia firme de Audiencia provincial, publicada en el BOE)

 

Identificación: Las inscripciones en el Registro de bienes muebles deben basarse en una perfecta identificación física del vehículo, que viene determinada por el Registro administrativo de la DGT. R. 13 de Febrero de 2006

 

Identificación  vehículos. Puede hacerse por el número de matrícula o por el de bastidor, no necesariamente por ambos datos, salvo que haya dudas razonables sobre la identidad del vehículo y así se exprese. R. 21 de Octubre de 2003 –confirmada por Sentencia –recurrida- de Audiencia Provincial- R. 20 de Diciembre de 2003, R. 5 de Enero de 2004, R. 14 de Enero de 2004 R. 16 de Enero de 2004, R. 19 de Enero de 2004, R. 15 de Enero de 2004, R. 17 de Enero de 2004, R. 10 de Enero de 2005, R. 20 de Enero de 2005, R. 21 de Enero de 2005, R. 22 de Enero de 2005, R. 25 de Enero de 2005

 

Inscripción de adjudicación. Error en la certificación registral (libertad de cargas cuando existía una reserva de dominio) consecuencia de la no correspondencia entre número de matrícula y de bastidor.  Identificación de los bienes. Deben prevalecer los asientos del Registro, sin perjuicio de la posible responsabilidad de quien expidió la certificación incorrecta. R. 23 de Octubre de 2006

 

Modelos oficiales. Los contratos de arrendamiento financiero deben recogerse en los modelos oficiales aprobados por la DG, si bien también cabe la inscripción si constan en escritura pública con el contenido mínimo impuesto por la Ordenanza. R. 24 de Enero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-, R. 25 de Enero de 2005, R. 27 de Enero de 2005

 

Prórroga de anotación de embargo no practicada. No es posible, en virtud de los principios de prioridad y tracto sucesivo. R. 18 de Diciembre de 2004

 

Registro DGT. La calificación del Registrador de Bienes Muebles puede y debe basarse en la base de datos de la DGT. R. 12 de Julio de 2004, R. 13 de Febrero de 2006

 

Registro DGT. Puede practicarse una anotación de embargo dirigido contra quien no es titular según el Registro de la DGT. R. 21 de Octubre de 2002, R. 22 de Octubre de 2002, R. 23 de Octubre de 2002

 

Registro DGT. Tracto. No cabe la anotación de embargo dirigido contra quien no es titular según el Registro de la DGT. R. 12 de Julio de 2004, R. 11 de enero de 2012

  

CALIFICACIÓN REGISTRAL

 

Acuerdos Consejo de Administración: es calificable la identidad de la persona física representante de la persona jurídica consejera. R. 18 de mayo de 2012

 

Acuerdos contradictorios: El Registrador puede suspender la calificación e inscripción del primeramente presentado. R. 5 de agosto de 2014

 

Adaptación de Estatutos SL. La calificación del registrador puede extenderse incluso a aquellos artículos estatutarios que no han sufrido modificación, para valorar su adecuación a la nueva normativa. R. 7 de abril de 1999

 

Ámbito.  El principio de legalidad incluye necesariamente dentro del ámbito de la función calificadora de los registradores la validez de los actos a inscribir. R. 13 de Noviembre de 2001

 

Ámbito. Documentos presentados con posterioridad. R. 13 de Noviembre de 2001

 

Ámbito. Otro documento presentado, pero que no puede causar ningún asiento registral, no puede ser tenido en cuenta por el registrador al calificar.  R. 28 de abril de 2000

 

Ámbito. Acuerdos contradictorios respecto de la misma junta. La posibilidad de tener en cuenta para la calificación documentos presentados con posterioridad al calificado debe ser excepcional. R. 3 de febrero de 2011

 

Artículo 18-8 C.Comercio. Registro en división personal. Necesidad de estricto y escrupuloso cumplimiento. R. 14 de Julio de 2006, R. 17 de Julio de 2006 (anulada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE),  R. 18 de Julio de 2006, R. 19 de Julio de 2006, R. 20 de Junio de 2006, R. 21 de Julio de 2006, R. 24 de Julio de 2006, R. 25 de Julio de 2006, R. 26 de Julio de 2006 R. 27 de Julio de 2006, R. 15 de Noviembre de 2006, –anulada por Sentencia del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 28 de Febrero de 2007, R. 1 de Marzo de 2007 R. 21 de Diciembre de 2007 -Anulada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Art. 15 RRM. Necesidad de notificar la calificación a los cotitulares del Registro. R. 14 de Diciembre de 2004

 

Buques. Inmatriculación. Títulos y documentos necesarios: Título público de adquisición y copia certificada de la matrícula o asiento del buque debiendo ser ésta coincidente con la del título de propiedad en virtud del cual se solicita la inscripción y presentarse conjuntamente a calificación. R. 27 de Diciembre de 2006

 

Calificación valorando documentos presentados con posterioridad, aunque no sean inscribibles. R. 28 de julio de 2014

 

Calificación sustitutoria:  El Notario puede acudir a ella, del mismo modo que puede recurrir ante este Centro Directivo la calificación negativa del Registrador territorialmente competente. R. 13 de Diciembre de 2006

 

Calificación sustitutoria. El recurso gubernativo debe interponerse contra la calificación del Registrador sustituido y no contra el acuerdo del Registrador sustituto, si bien por razón de economía de procedimiento se admite y resuelve el recurso. R. 2 de Agosto  de 2005

 

Cancelación anotación embargo. Vehículos. Ejecutado un bien cuyo embargo consta anotado, se produce la purga de las cargas posteriores –principio de prioridad- en virtud de documento judicial, cuya calificación se extiende a sus formalidades extrínsecas, tracto, competencia y adecuación del procedimiento, no a su pureza ni a sus fundamentos jurídicos. R. 11 de Enero de 2005

 

Consejo de administración SL. Calificación registral en la adaptación de estatutos; qué se entiende por principio mayoritario. R. de 6 de junio de 2002

 

Defectos de acompañamiento. R. 9 de mayo de 2014

 

Denegación de denominación por el Registro Mercantil Central. Posibilidad de solicitar nota de calificación motivada en caso de denegación de denominaciones por el Registro Mercantil Central. R. 26 de Marzo de 2003

 

Depósito de cuentas. Convocatoria Junta SL. El Registrador puede exigir la presentación de los anuncios de la convocatoria, ya que tiene que calificar si fueron o no válidos. R. 13 de Abril de 2004

 

Depósito de cuentas con expediente de designación de auditor pendiente de resolución por la DG. Suspensión de la calificación. R. 6 de octubre de 2014

 

Depósito de cuentas: El hecho de que las cuentas anuales deban formularse en modelos oficiales es calificable por el Registrador.  R. 17 de Febrero de 2006, R. 29 de Enero de 2007

 

Depósito de cuentas. El Registrador mercantil puede calificar el contenido de los documentos presentados. Y si de ellos resulta obligada la sociedad a auditarse debe acompañarse el informe de auditoría. R. 16 de Enero de 2006

 

Depósito de cuentas. El Registrador puede calificar el contenido de los documentos para determinar su validez. R. 28 de Febrero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-, R. 10 de diciembre de 2008

 

Depósito de cuentas. El Registrador puede calificar el contenido de los documentos para determinar su validez, por lo que es defecto que impide el depósito el que  el capital que figura en las cuentas no coincida con el que consta inscrito. R. 28 de Febrero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-, R. 10 de diciembre de 2008, R. 17 de diciembre de 2012

Depósito de cuentas. La calificación registral  no puede basarse en datos obtenidos de los depósitos de cuentas de la sociedad afectada. R.13 de mayo de 2013

 

Depósito de cuentas. Todos los documentos sujetos a depósito lo están también a calificación por el Registrador. R. 23 de Enero de 2006

 

Documentos. El Registrador en su calificación sólo debe tener en cuenta los documentos presentados en tiempo y forma. R. 27 de Julio de 2006

 

Documentos. El Registrador debe tener en cuenta los documentos presentados y los relacionados con estos aun presentados después. R. 25 de julio de 1998, R. 24 de abril de 2014

 

Documentos administrativos. Alcance de la calificación. R. 5 de julio de 2001

 

Documentos extranjeros. El Registrador puede exigir la traducción de documentos redactados en lengua extranjera. R. 23 de abril de 2003

 

Documentos extranjeros. Necesidad de legalización. R. 23 de abril de 2003

 

Doble entrada. Calificación: plazo para interponer el recurso en caso de doble entrada del documento calificado dentro de la vigencia del asiento de presentación. Si se reitera la nota y se pone pie de recurso, el plazo se cuenta desde la segunda nota. R.14 de febrero de 2012

 

Firmeza. Una calificación no recurrida en plazo deviene firme, sin perjuicio de la posibilidad de volver a presentar el título y frente a la calificación negativa poder recurrir gubernativamente, aunque la calificación sea idéntica a la anterior. R. 15 de Abril de 2005

 

Global y unitaria. La calificación debe ser global y unitaria, pero debe prevalecer el principio de legalidad. R. 4 de junio de 2013, R.28 de junio de 2013, R. 31 de Enero de 2014

 

Independencia. El registrador no está vinculado por las calificaciones llevadas a cabo por otros registradores o por las propias resultantes de la anterior presentación de otros títulos. R. 7 de marzo de 2013

 

Integridad. R. 1 de Febrero de 2005

 

Integridad y motivación. La calificación ha de ser íntegra y motivada (con tempestividad y suficiencia) R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 19 de Mayo de 2005, R. 1 de Junio de 2005, R. 14 de Julio de 2006, R. 20 de Junio de 2006 R. 25 de Julio de 2006, R. 21 de diciembre de 2010

 

Justificación representación. Posibilidad de utilización de medios informáticos. FLEI. R. 24 de octubre de 2002

 

Motivación. Aplicabilidad al Registro Mercantil  de las normas de la LH. R. 23 de Enero de 2003, R. 3 de Enero de 2004, R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-,  R. 1 de Junio de 2005 R. 13 de Octubre de 2005

 

Motivación. No exige un razonamiento exhaustivo y pormenorizado, bastando la “rato decidendi”. R. 16 de Septiembre de 2011, R. 20 de julio de 2012

 

Motivación. Aunque sea escueta, es suficiente si expresa suficientemente la razón que justifica la negativa de modo que el interesado haya podido alegar cuanto le ha convenido para su defensa. R. 27 de febrero de 2013, R. 15 de octubre de 2013

 

Motivación. No basta con la mera cita rutinaria de un precepto legal o de Resoluciones sino que es preciso justificar la razón por la que el precepto o resolución es de aplicación y la interpretación que del mismo ha de efectuarse. R. 25 de febrero de 2013

 

Notificación defectos. El contrato de arrendamiento financiero formalizado en modelo oficial intervenido por Notario tiene el valor de documento público, por lo que ha de notificarse al Notario la calificación recaída.  R. 29 de Enero de 2004,  R. 10 de Enero de 2005

 

Notificación de defectos cuentas anuales. Existe obligación por parte de los Registradores mercantiles de notificar las calificaciones negativas. R. 3 de Julio de 2008, que rectifica así la R. 14 de Diciembre de 2007 que había señalado lo contrario. 

 

Notificación defectos pólizas. El Registrador ha de notificar la calificación negativa al Notario que interviene pólizas. R. 24 de Septiembre de 2003 -revocada por sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 20 de Octubre de 2003, R. 21 de Octubre de 2003 -confirmada por Sentencia –recurrida- de Audiencia Provincial-   R. 23 de Diciembre de 2003, R. 29 de Enero de 2004, R. 7 de Febrero de 2004, R. 9 de Febrero de 2004, R. 13 de Julio de 2004 -Revocada por Sentencia firme de la Audiencia Provincial, publicada en el BOE- R. 16 de Julio de 2004 -Revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE, R. 20 de Julio de 2004 (Revocada por Sentencia firme de Audiencia provincial, publicada en el BOE), R. 10 de Enero de 2005

 

Notificación defectos. Trascendencia de la regularidad de la notificación de la calificación en la fijación del dies a quo del cómputo del plazo para recurrir y en para el inicio del plazo de prórroga del asiento de presentación. R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-.

 

Notificación por correo electrónico. R. 1 de Febrero de 2005, R. 25 de abril de 2011

 

Notificación por correo electrónico. El correo electrónico no comporta las garantías exigidas por la LPA, aunque si el  Notario presenta su recurso  pone de manifiesto que el contenido de la calificación ha llegado a su conocimiento, por lo que el posible defecto formal queda sanado. R. 25 de abril de 2011

 

Notificación de defectos por correo electrónico. Es válida la hecha al  correo electrónico corporativo del Notario autorizante, pero no la hecha al interesado si no ha consentido previamente. R. 10 de diciembre de 2013

 

Notificaciones por fax. Es válida la notificación de defectos por fax al notario, ya que el art. 322 LH debe ser interpretado atendiendo no sólo a sus palabras sino también a su espíritu, al marco normativo resultante de reformas recientes y a la realidad de las comunicaciones entre Notarios y Registradores. Además, el hecho de interponer recurso indica que, efectivamente,  llega a  conocimiento del notario la calificación. R. 24 de enero de 2011

 

Notificación telemática defectos. Sólo es válida si el interesado lo hubiera manifestado al presentar el título y queda constancia fehaciente, salvo presentación telemática con firma electrónica reconocida ex 112-1 ley 24/2001. R. 28 de Abril de 2005 -anulada en cuanto a este aspecto por Sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005  -anulada en cuanto a este aspecto por Sentencia firme del Tribunal Supremo, publicada en el BOE-, R. 13 de Octubre de 2005, R. 14 de Julio de 2006, R. 19 de Julio de 2006, R. 20 de Junio de 2006, R. 24 de Julio de 2006, R. 25 de Julio de 2006

 

No aprobación de las cuentas. La  causa de la no aprobación de las cuentas no es calificable por el Registrador. R.15 de Julio de 2005 (291), R.14 de Julio de 2005, R. 2 de Julio de 2005

 

Nuevos defectos. Es posible que el Registrador en nueva nota aduzca nuevos defectos (aunque pueda implicar una corrección disciplinaria) máxime si han surgido nuevos obstáculos, en especial los derivados del contenido del propio registro. R. 12 de noviembre de 2001

 

Personas jurídicas de naturaleza publica. Calificación. R 22 de noviembre de 2002

 

Prioridad. Títulos presentados después. La calificación de un documento deberá realizarse en función de lo que resulte del título y de la situación tabular existente en el momento de su presentación en el Registro, sin que puedan obstaculizar a su inscripción títulos incompatibles posteriormente presentados. R. 12 de enero de 2011

 

Registro mercantil central. Son aplicables las normas ordinarias en materia de recurso. R. 10 de junio de 1999, R. 15 de junio de 1999

 

Registro DGT. La calificación del Registrador de Bienes Muebles puede y debe basarse en la base de datos de la DGT. R. 12 de Julio de 2004, R. 13 de Febrero de 2006, R. 11 de enero de 2012

 

Registro titular. En el ejercicio de su función calificadora el Registrador tiene tasados los medios de calificación siendo los mismos dos: el título presentado a inscripción y los asientos del Registro del que sea titular. R. 19 de Mayo de 2005, R. 22 de Septiembre de 2005

 

Suspensión de calificación de una escritura de subsanación por existir recurso previo. R. 17 de septiembre de 2013

 

CAPITAL SOCIAL
 

Aumento por compensación de créditos. Debe constar la fecha de éstos. R. 9 de Ocubre de 2012

 

Error material en la numeración del artículo relativo al capital social. R. 20 de julio de 2012

 

Sociedad Anónima

 

Acciones con valor nominal de más de dos decimales. En un aumento de capital es posible la creación de nuevas acciones de igual valor que las existentes y que como consecuencia de la redenominación efectuada conforme a la ley 46/1998 tengan un valor nominal fijado en más de dos decimales de euro. R. 7 de Noviembre de 2003

 

Ampliación de capital SA emitiendo nuevas acciones. Desembolso mínimo. Ha de ser referido a las nuevas acciones emitidas.  R. 31 de marzo de 1999

 

Aumento. La aportación dineraria no puede justificarse con certificaciones bancarias del desembolso anteriores en mas de dos meses al acuerdo. R. 26 de febrero de 2000

 

Aumento con desembolso mixto en parte con cargo a reservas y en parte por nuevas aportaciones. Admisibilidad. R. 4 de Febrero de 2003

 

Aumento con cargo a reservas. La Junta General de una SA sin auditor de cuentas no puede designar un Auditor sin plazo de duración y aceptación. Sin ambos requisitos el nombramiento debe de realizarlo el Registrador Mercantil. R. 7 de diciembre de 1999

 

Aumento de capital con cargo a reservas SL. Si la sociedad no está obligada a verificación contable, el auditor necesario para el aumento debe ser nombrado por el registro mercantil. R. 1 de marzo de 2014

 

Aumento con cargo a reservas. Balance. R. 25 de agosto de 1998

 

Aumento de capital: diferencias en cuanto valor nominal de las nuevas acciones. R. 17 de mayo de 2013

 

Aumento mediante reservas: éstas han de ser efectivamente disponibles, lo que exige que no existan perdidas. Es necesario verificación del balance por el auditor.  R. 18 de octubre de 2002

 

Capital social de una SA de objeto exclusivo. R. 25 de mayo de 1999

 

Delegación en Consejo. Autorización a los Administradores para señalar su fecha. Diferencias entre el aumento acordado por la Junta y el aumento efectivamente ejecutado por el Consejo. R. 21 de Enero de 2006

 

Delegación en Consejo. SA. El aumento debe hacerse por la cifra total. R. 4 de octubre de 2000

 

Derecho de asignación gratuita de participaciones. Aumento de capital social con cargo a reservas y adjudicación gratuita a tercero no socio. No puede excluirse por mayoría el derecho a la asignación gratuita de participaciones. R. 4 de Diciembre de 2003, R. 9 de Diciembre de 2003

 

Función de garantía. Dada la función de garantía que, entre otras, desempeña el capital social, el rigor de las exigencias legales para su reducción ha de observarse escrupulosamente R. 28 de Febrero de 2007, R. 1 de Marzo de 2007

 

Información. Nulidad del acuerdo por falta de información suficiente en la convocatoria. R. 16 de Noviembre de 2002

 

Plazo suscripción. En todo aumento de capital social mediante emisión de nuevas acciones es esencial expresar el plazo de suscripción de éstas. R. 21 de Enero de 2006

 

Publicación del anuncio de la oferta de suscripción. R. 27 de Enero de 1999

 

Redenominación del capital social a euros. Diferencia de escasa entidad económica. R. 25 de mayo de 2001, R. 28 de Noviembre de 2001, R. 28 de Noviembre de 2001

 

Redenominación del capital social a euros. Derecho transitorio. R. 25 de mayo de 2001

 

Reducción. Auditoría del balance. No se entiende cumplido si el informe de auditoría no expresa una opinión sobre las cuentas. R. 18 enero de 1999

 

Reducción. Convocatoria de SA para reducción de capital mediante amortización de acciones. Restituciones y plazo. R. 30 de octubre de 1998

 

Reducción. Junta General SA. La convocatoria debe prever la posibilidad de envío gratuito de la documentación y debe advertirse que la reducción de capital es a cero.  R. 3 de Septiembre de 2013    

 

Reducción. Contenido de los anuncios. R. 30 de enero de 2002  

 

Reducción. Ley sobre introducción al euro. Aplicación temporal. Pasada la fecha tope pueden seguir haciéndose operaciones de redondeo al céntimo, pero acudiendo a los procedimientos ordinarios. R. 7 de Febrero de 2003

 

Reducción. Obligatoriedad de los anuncios aunque la Junta sea universal y no exista derecho de oposición de los acreedores. R. 1 de Octubre de 2004

 

Reducción. Es preciso que en la escritura de reducción del capital social de una SA conste si se ha ejercitado o no el derecho de oposición por parte de los acreedores. R. 9 de mayo de 1998

 

Reducción por pérdidas: no es posible si existen reservas aunque sean por crédito fiscal. R. 19 de enero de 2012

 

Reducción por pérdidas. Quórum necesario. R. 8 de mayo de 1998

 

Reducción. Requisitos. Necesidad de motivación de la calificación registral. R. 21 de diciembre de 2010

 

Reducción a cero. En la convocatoria debe constar que la reducción es a cero y la advertencia del art. 144-1-c LSA. R. 14 de Marzo de 2005

 

Reducción con devolución de aportaciones. R. 1 de marzo de 1999

 

Reducción y simultánea ampliación del capital social SA. Publicación en periódicos de mayor circulación: Criterios. R. 5 de julio de 2001

 

Reducción y simultánea ampliación del capital social SA. Derecho de suscripción preferente por los accionistas que no han asistido a la Junta general. R. 5 de julio de 2001

 

Orden del día para reducir capital a cero. Debe especificarse con claridad en la convocatoria, si bien cabe la ratificación posterior por Junta Universal.  R. 30 de julio de 2001

 

Reducción a cero. No es precisa la sustitución de unos títulos por otros. R. 14 de Marzo de 2005

 

Reducción a cero y simultaneo aumento de capital. Salvedades del informe del auditor. R. 14 de Marzo de 2005

 

Reducción por pérdidas. No es posible si hay beneficios en el balance tenido en cuenta. Si bien los beneficios de la sociedad no son reservas, tienen en esencia la misma naturaleza, y su presencia veda la posibilidad de compensar pérdidas si antes no se compensan con esos beneficios. R. 28 de Febrero de 2007, R. 1 de Marzo de 2007

 

Reducción y redenominación a euros. Orden de la toma de los acuerdos. R. de 7 de junio de 2002

 

Tracto sucesivo en modificaciones de capital social. Lapso de tiempo entre balance y acuerdo de reducción de capital social. R. 25 de Febrero 2004 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Transformación de SA en SL y reducción simultánea de capital con restitución de aportaciones. Deben cumplirse para la inscripción del acuerdo de reducción los requisitos impuestos por la LSA. R. 23 de febrero de 2001

  

 

Sociedad Limitada

 

Aumento. Aportaciones dinerarias. La fecha del depósito no ha de ser anterior en más de dos meses a la fecha del acuerdo, no de la escritura. R. 11 de Enero de 2005, R. 11 de Enero de 2005, R. 11 de Enero de 2005

 

Aumento: descripción de acciones cotizadas. Asignación de participaciones a cada uno de los bienes aportados. R. 19 de julio de 2013

 

Aumento de capital SL. Anuncio de convocatoria. Plazo de ejercicio del derecho de suscripción preferente. R. 26 de febrero de 2014

 

Aumento. Identificación de los suscriptores. Puede hacerse manifestando en la escritura los datos del art. 38 RRM o remitiéndose a los que constan en el Registro con expresión de que no han variado. R. 1 de Febrero de 2005

 

Aumento con cargo a reservas SL: requiere informe de auditor. R. 4 de octubre de 2011 , R. 28 de febrero  de 2012, R. 17 de octubre de 2012

 

Aumento con cargo a reservas SA: aunque se trate de sociedad unipersonal el balance precisa ser auditado. R. 29 de febrero  de 2012

 

Aumento con cargo a reservas. No es posible si hay pérdidas en el balance. R. 24 de septiembre de 1999, R. 9 de Abril de 2005, R. 18 de diciembre de 2010, R. 15 de marzo de 2012

 

Aumento con cargo a reservas. El derecho a la asignación gratuita de participaciones no puede ser objeto de limitación alguna. R. 21 de Julio de 2003

 

Aumento con creación de dos series de participaciones. Su numeración correlativa. Pueden distinguirse varias clases o series con numeración correlativa en cada una. R. 13 de Diciembre de 2006

 

Aumento. El valor de las participaciones puede fijarse con más de dos decimales de euro. R. 3 de Marzo de 2003

 

Aumento. No es posible la anulación y cancelación del asiento sin respetar los derechos de los acreedores. R. 2 de octubre de 2013

 

Aumento por compensación de créditos en una SL nueva empresa: no es posible. R. 15 de febrero de 2012

 

Aumento por compensación de créditos: es necesario que el socio cuyos créditos se compensan vote a favor del acuerdo o al menos preste su consentimiento. R. 30 de noviembre de 2012

 

Aumento en efectivo metálico y por compensación de créditos: deben distinguirse por su numeración las participaciones que son asignadas según la clase de aportación realizada. R. 20 de abril de 2012

 

Aumento con aportaciones dinerarias: no es necesario hacer constar la identidad de los suscriptores en el registro. R. 6 de agosto de 2014

 

Aumento. Suma del valor nominal de las participaciones. redondeo a dos decimales del capital resultante. No existe limitación en cuanto al número de decimales con que pueda determinarse el valor nominal de las participaciones en que se divida el capital social, pero sí pervive la norma que obliga a expresar la dimensión monetaria de este último con un máximo de dos decimales. R. 28 de Octubre de 2009

 

Ampliación de capital, participaciones sociales cuya suma no coincide con el capital social. Derecho transitorio. R. 10 de Octubre de 2001

 

Aumento de capital y derecho de suscripción preferente. Requisitos de la escritura. Participaciones privilegiadas y extensión de los privilegios. R.  7 de diciembre de 2011

 

Aumento de capital SL mediante compensación de créditos. Debe constar la fecha de los créditos que se compensan. R. 19 de enero de 2012

 

Aumento de capital SL mediante compensación de créditos. No es necesario cumplir las normas sobre el derecho de asunción preferente. R. 4 de febrero de 2012, R. 6 de febrero de 2012

 

Aumento de capital SL mediante compensación de créditos. No cabe novación de créditos hecha a efectos prácticos y contables. R. 19 de enero de 2012

 

Devolución aportaciones. SL. No cabe exigir que se acredite que los suscriptores no han exigido la devolución de sus aportaciones. R. 12 de noviembre de 2001

 

Depósito de cuentas. Aumento de capital: es inscribible aunque esté en contradicción con cuentas anuales ya depositadas. No es necesario rectificar las cuentas. R. 16 de marzo de 2011

 

Operación acordeón en SL: Solo puede prescindirse del informe auditoría en la reducción de capital si este, tras el aumento, es igual o superior al capital inicial del que partía la sociedad. R. 25 de febrero de 2012

 

Operación acordeón en SL: si la reducción es por pérdidas no es necesario el informe del auditor. R. 2 de marzo de 2011

 

Operación acordeón en SL: para la reducción por pérdidas es necesaria la verificación de balance por auditor. R. 17 de octubre de 2012, R. 3 de febrero de 2014

 

Operación acordeón SL. Ampliación del periodo de suscripción. Es posible pero con igualdad de oportunidades. R. 26 de noviembre de 1999

 

Operación acordeón SL. Quorum reforzado de adopción del acuerdo. R. 20 de diciembre de 2013, R. 23 de julio de 2014

 

Operación acordeón. Necesidad de justificar la existencia de las pérdidas incorporando a la escritura el correspondiente balance debidamente auditado. R. 23 de febrero de 2000

 

Capital social. Operación acordeón SL. Existe en todo caso derecho de asunción preferente. R. 20 de noviembre de 2013

 

Redondeo del capital al euro. SL. Reducción de capital con constitución de reserva indisponible. R. 29 de Mayo de 2007

 

Reducción. Redenominación a euros de participaciones sociales, número de decimales.   Derecho transitorio. R. 9 de Octubre de 2001

 

Reducción de capital por amortización de participaciones propias. R.13 de mayo de 2013

 

Reducción con la finalidad de restituir sus aportaciones a uno de los socios y siendo la cantidad que se abona a éste inferior al valor nominal de las participaciones que se amortizan. No es necesario constituir una reserva temporalmente indisponible por la diferencia. R. 27 de marzo de 2001

 

Reducción del capital social de una SL para restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio. La reducción de capital por constitución de una reserva legal es compatible con el sistema de garantías previsto en favor de los acreedores. R. 16 de marzo de 2011

 

Reducción de capital SL. Adquisición derivativa de participaciones propias. Garantía de acreedores. Toda reducción de capital consiguiente a la amortización de participaciones debe ejecutarse con pleno respeto a las reglas de tutela de los acreedores. R. 26 de abril de 2013

 

Reducción de capital SL.  No es posible reducir capital por devolución de aportaciones de forma simultánea a una reducción de capital por pérdidas. R. 10 de diciembre de 2013

 

Reducción capital SL por constitución de reserva indisponible. Admisibilidad. R. 25 de enero de 2011

 

Reducción por pérdidas. No es posible si hay beneficios en el balance tenido en cuenta. R. 17 de abril de 2000

 

Reducción del capital SL por pérdidas en junta universal unánime: precisa auditoría de cuentas. R. 18 de Diciembre de 2012

 

Reducción por pérdidas: no es posible sin balance aprobado y verificado. R. 8 de Abril de 2014

 

Reducción para reservas en SL. Admisibilidad en el caso concreto. R. 15 de julio de 2002

 

Reducción para dotar la reserva voluntaria. No cabe si no se adoptan las garantías para los acreedores. R. 24 de Mayo de 2003

 

Reducción por amortización de participaciones propias. Reserva indisponible. Sólo debe constituirse por el importe nominal de las participaciones amortizadas. R. 16 de Noviembre de 2006

 

Reducción por pérdidas y simultáneo aumento por compensación e créditos. Es necesario el informe del auditor. R. 30 de Mayo de 2007

 

 

DENOMINACIÓN SOCIAL
 

Buenas costumbres. Inadmisibilidad de denominación social contraria a las buenas costumbres. R. 24 de Febrero de 2005

 

Caducidad de denominaciones ex art. 419 RRM. No opera en los casos de disolución ex DT 6-2 LSA. R. 27 de diciembre de 1999

 

Calificación. El Registrador Mercantil Central califica que la denominación se ajusta a los requisitos reglamentarios y el Registrador Mercantil territorial que se acomoda a la legalidad por lo que resulta del título y de los asientos del Registro. R. 12 de Abril de 2005

 

Cambio de denominación social. Necesidad de inscripción previa  del cargo de liquidador que otorga la escritura y depósito de cuentas. R. 4 de Diciembre de 2002

 

Cambio de denominación social no inscrita. Si no hay duda de su identidad, pueden inscribirse acuerdos posteriores de la misma sociedad aunque no se haya inscrito el cambio de denominación. R. 3 de Diciembre de 2002

 

Cambio de denominación de sucursal en España de sociedad extranjera, estando cerrada la hoja de la sucursal por falta de depósito de cuentas. R. 27 de Julio de 2006

 

Certificación Registro Mercantil Central. La certificación de denominación social puede obtenerse por el Notario con firma electrónica reconocida. R. 13 de Septiembre de 2004 -Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial- R. 11 de Noviembre de 2004 -Anulada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Club de fútbol. No es posible una constitución  de una SL con la denominación de “Club de fútbol”. R. 2 de Enero de 2003

 

Compañía y Corporación. Las palabras “Corporación” y “Compañía” son suficientemente diferenciadoras –jurídica y semánticamente- en la denominación social.  R. 31 de Julio de 2006

 

Coincidencia. Rechazo de reserva de denominación social por coincidir con una marca notoria. R. 24 de Febrero de 2004

 

Coincidencia fonética y conceptual. R. 4 de Octubre de 2001

 

Coincidencia de denominaciones. R. 24 de Febrero de 1999

 

Coincidencia. La coincidencia de la denominación solicitada con el de otra sociedad ya inscrita queda desvirtuada si junto al nombre se añade el sufijo ".com”. R. 10 de octubre de 2000

 

Concepto de identidad entre denominaciones sociales. R. 3 de noviembre de 2011

 

Denominación admisible “Cuantotequiero”. No infringe el art. 406 RRM. R. 7 de Abril de 2006.

 

Denominación admisible: es admisible la de “financia pyme europea”. R. 16 de marzo de 2012

 

Denominación social. Sólo debe impedirse la inscripción en el RM de sociedades que incidan de forma clara en prohibiciones legales. R. 16 de marzo de 2012

 

Denominación social. Certificación. No es admisible un certificado de denominación social si no está expedido a nombre de uno de los fundadores o promotores. R. 17 de junio de 2009

 

Denominación social admitida al referirse a actividades distintas. R. 23 de Septiembre de 2003

 

Denominación social admitida. No coincidencia al incluirse un elemento diferenciador. R. 6 de abril de 2002

 

Denominación social no admitida por similitud con entidad notoriamente conocida. R. 7 de Diciembre de 2004

 

Denominación social y marca. R. 23 de Septiembre de 2003, R. 5 de febrero de 2011

 

Denominacion social SL. Nombre de uso frecuente. R. 8 de octubre de 1998

 

Denominación subjetiva. Admisibilidad de la de personas cuya existencia no sea actual y que haya gozado de celebridad o bien sean reflejo de obras de arte. R. 14 de Mayo de 2007 -anulada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE-

 

Denominación que induce a confusionismo con denominaciones oficiales. R. 9 de mayo de 1998

 

Denominaciones no admisibles: similitudes. R. 25 de Octubre de 2010, R. 26 de Octubre de 2010

 

Denominaciones oficiales. La prohibición del art. 405 RRM se refiere lógicamente a las sociedades no constituidas por los organismos públicos correspondientes.  R. 4 de octubre de 2005

 

Depósito de cuentas. El Registrador puede calificar el contenido de los documentos para determinar su validez, por lo que no pueden depositarse las cuentas si la denominación no coincide con la inscrita, en concreto, si existe discordancia entre la manifestación que figura en la memoria, de que la sociedad se adaptó a la LSP, Ley 2/2007, y el contenido del registro en el que no figura practicada dicha adaptación. R. 10 de diciembre de 2008

 

Discrepancia entre la denominación que consta en los estatutos y la que figura en el certificado del Registro Mercantil Central. Carece de entidad suficiente para impedir la inscripción. R. 17 de Julio de 2006 (anulada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE)

 

Duplicidad. Negativa del Registrador Mercantil Central a declarar la nulidad de una denominación por duplicidad de la misma. Tal declaración corresponde a los tribunales. R. 2 de abril de 2003

 

Expresión “laboral” en SL. La expresión «laboral» queda reservada a las sociedades laborales, salvo que no genere confusión o ambigüedad.  R. 13 de septiembre de 2000

 

Identidad. La calificación del Registrador provincial no se encuentra mediatizada por la que hace el registrador del Registro Mercantil Central. R. 25 de abril de 2000

 

Identidad de denominaciones. No existe entre las denominaciones ayg asesores y age asesores. R. 6 de Octubre de 2012

 

Identidad. Agregación de topónimo con “escasa significación diferenciadora”. R. 12 de Abril de 2005

 

Identidad. Posibilidad de solicitar nota de calificación motivada en caso de denegación de denominaciones por el Registro Mercantil Central. R. 26 de Marzo de 2003

 

Identidad.  Utilización de las mismas palabras con adición de términos o expresiones accesorias. R. 7 de Mayo de 2005

 

Mínima discrepancia entre la denominación que consta en los estatutos y la que figura en el certificado del Registro Mercantil Central. Carece de entidad suficiente para impedir la inscripción.  R. 19 de Julio de 2006

 

Notoria semejanza fonética. R. 24 de junio de 1999

 

Objeto. No cabe adoptar una denominación objetiva que haga referencia a una actividad no incluida en el objeto social a fin de evitar errores o confusiones perjudiciales para el tráfico. R. 6 de abril de 2002

 

Posible confusión. No induce a confusión incluir las siglas “SAT” pues si se tratara propiamente de una sociedad agraria de transformación sería necesario que figurase en la denominación el número que le corresponda en el Registro General administrativo. R. 26 de Mayo de 2003

 

Principios: novedad, veracidad y libre elección. R. 7 de Abril de 2006

 

Reserva de denominación. No identidad entre argostalia y argosalia. R. 25 de noviembre de 2010

 

Sociedades profesionales. Denominación social y objeto social. inclusión del término “concursal”. Para ser administrador concursal persona jurídica es necesario ser sociedad profesional. R. 20 de junio de 2013

 

Semejanza fonética. R. 25 de junio de 1999

 

Similitud y cercanía fonética. R. 10 de junio de 2000

 

Sucursal en España de sociedad extranjera: No precisa certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central. R. 24 de Mayo de 2007

 

 

DEPOSITO DE CUENTAS

 

Acta notarial. SL. Constando en la hoja de la sociedad nota marginal de solicitud por un socio de levantamiento de acta notarial de la junta y no habiendo sido esta levantada, son ineficaces los acuerdos.  R. 11 de Julio de 2007

 

Administradores: Caducidad del cargo. La modificación de estatutos vigente el administrador no implica para éste una prórroga de su nombramiento, caso de modificación del plazo de su duración. R. 4 de Mayo de 2006

 

Administradores. Certificación por cargos caducados. La modificación estatutaria del plazo de duración de los administradores no puede afectar a los nombrados con anterioridad salvo que la Junta General lo acuerde así expresamente. R. 18 de marzo de 2011

 

Administradores: cese: El cierre del Registro por falta de depósito de cuentas no es obstáculo para la inscripción del cese del administrador. R. 21 de marzo de 2000, R. 11 de abril de 2001, R. 31 de Marzo de 2003, R. 11 de Marzo de 2005, R. 26 de Julio de 2005, R. 26 de Julio de 2005, R. 25 de Febrero de 2006, R. 30 de julio de 2009, R. 26 de julio de 2011, R. 8 de octubre de 2013

  

Administradores: nombramiento: El cierre del Registro por falta de depósito de cuentas no es obstáculo para la inscripción del cese del administrador, pero sí el nombramiento. R.  28 de octubre de 1999, R. 21 de marzo de 2000, R. 11 de abril de 2001, R. 26 de julio de 2011, R. 7 de junio de 2013

 

Administradores: inscripción parcial. Estando cerrado el Registro por falta de depósito de cuentas de dos ejercicios y solicitada inscripción parcial del documento, debe inscribirse el cese, manteniendo el cierre respecto del nuevo nombramiento. R. 25 de Febrero de 2006

 

Aplicación de resultado. Es necesario que de la certificación del acuerdo del órgano social se desprenda la aplicación del resultado del ejercicio. R. 7 de marzo de 2001

 

Aplicación temporal de los límites para presentar balance abreviado. R. 2 de octubre de 2014

 

Apoderado. La facultad para certificar los acuerdos de la Junta es indelegable y por tanto corresponde al Administrador con cargo inscrito, no a un apoderado. R. 15 de Enero de 2004

 

Asociaciones. Procedencia del depósito de cuentas en el Registro Mercantil de una asociación que no es de utilidad pública. R. 21 de Febrero de 2005

 

Auditor. Cabe nombrar auditor por un plazo menor a los tres años si la sociedad no tiene obligación de hacerlo. R. 16 de Abril de 1998

 

Auditor nombrado a instancia de la minoría. Inadmisibilidad de ciertas condiciones. R. 1 de Diciembre de 2003

 

Posibilidad de desistimiento del nombramiento. R. 25 de julio de 2014

 

Auditor a solicitud de la minoría: para enervar su derecho el nombramiento y la aceptación deben ser anteriores a la solicitud del minoritario. R. 21 de junio de 2013

 

Aumento de capital: es inscribible aunque esté en contradicción con cuentas anuales ya depositadas. No es necesario rectificar las cuentas. R. 16 de marzo de 2011

 

Calificación: El hecho de que las cuentas anuales deban formularse en modelos oficiales es calificable por el Registrador. R. 17 de Febrero de 2006, R. 29 de Enero de 2007

 

Calificación. El Registrador puede calificar el contenido de los documentos para determinar su validez. R. 28 de Febrero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-, R. 10 de diciembre de 2008

 

Calificación. El Registrador puede calificar el contenido de los documentos para determinar su validez, por lo que es defecto que impide el depósito el que  el capital que figura en las cuentas no coincida con el que consta inscrito. R. 28 de Febrero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-, R. 10 de diciembre de 2008, R. 17 de diciembre de 2012

 

Calificación registral: no puede basarse en datos obtenidos de los depósitos de cuentas de la sociedad afectada. R.13 de mayo de 2013

 

Calificación. Todos los documentos sujetos a depósito lo están también a calificación por el Registrador. R. 23 de Enero de 2006

 

Cambio de denominación de sucursal en España de sociedad extranjera, estando cerrada la hoja de la sucursal por falta de depósito de cuentas. R. 27 de Julio de 2006

 

Cambio de forma de administración SL: exige escritura pública, no siendo suficiente el acta notarial. R. 6 de abril de 2000

 

Capital social. Necesidad de congruencia entre el capital que consta en el Registro y el que figura en el balance. R. 23 de Enero de 2006, R. 17 de diciembre de 2012

 

Capital social. Para depositar las cuentas es necesario inscribir previamente las ampliaciones de capital pendientes. R. 28 de Febrero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-, R. 10 de diciembre de 2008

 

Certificación aprobatoria de las cuentas. La expedida por administrador con cargo vigente a la fecha de su expedición, forma parte de los documentos a depositar, y no en documento aparte del depósito correspondiente. R. 13 de Marzo de 2006

 

Certificación aprobatoria de las cuentas. La inscripción del cargo de quien certifica y su  vigencia, en el momento de emitir la certificación, es obligatoria. Y debe resultar de la hoja abierta a la sociedad sin contradicción alguna, pues así lo exige el principio de tracto sucesivo. R. 2 de octubre de 2012

 

Certificación expedida por una sola administradora mancomunada SL. La certificación y formalización de los acuerdos compete a los dos administradores mancomunados. Un administrador mancomunado no puede elevar a público si no está debidamente facultado para ello. R. 7 de abril de 2011

 

Cierre registral. A los efectos de enervar  el cierre registral, únicamente es necesario depositar las cuentas (o la constancia de su no aprobación) de los últimos tres ejercicios.  R. 3 de octubre de 2005

 

Cierre registral. No cabe el cierre registral de sociedad personalista por falta de presentación de cuentas anuales si uno de sus socios es persona física. R. 19 de octubre de 1998

 

Cierre del registro por falta de depósito de cuentas. Sólo son exigibles las de los tres últimos ejercicios. R. 3 de octubre de 2005, R. 8 de febrero de 2010

 

Cierre del registro por falta de depósito de cuentas: no es posible el depósito de años sucesivos. R. 19 de noviembre de 2013

 

Cierre registral. El cierre registral derivado de la falta de presentación de las cuentas anuales para su depósito en el Registro Mercantil, no es aplicable a una sociedad colectiva en la que todos los socios son personas físicas. R. 22 de julio de 1999

 

Cierre registral. Certificación para la reapertura de la hoja. La no coincidencia del primer apellido de la certificante con el que consta en el registro, si no existe duda sobre la identidad de la persona, no impide la práctica del asiento solicitado. R.15 de Julio de 2005 (291), R.14 de Julio de 2005

 

Cierre registral. Disolución y liquidación. El cierre de la hoja de la sociedad por falta de depósito de las cuentas anuales no impide la inscripción de una escritura de disolución, nombramiento de liquidador y de extinción de dicha sociedad. R. 20 de septiembre de 2001

 

Cierre registral. El cierre se produce por la falta de depósito y no por la no aprobación de las cuentas. R. 13 de Julio de 2001, R.15 de Julio de 2005  (291), R.14 de Julio de 2005, R. 2 de Julio de 2005

 

Cierre registral. En caso de fusión por absorción, si el cierre afecta a la sociedad absorbente, no es inscribible el documento. R. 15 de Julio de 2005

 

Cierre registral. Levantamiento del cierre. Cerrada la hoja de la sociedad por falta del depósito de las cuentas anuales, puede aquella abrirse mediante la presentación por el administrador de la sociedad de una certificación en la que se exprese que dichas cuentas no han sido aprobadas ni sometidas a aprobación por la Junta General. R. 1 de septiembre de 2001, R. 18 de septiembre de 2001  

 

Cierre registral. Inscripción de cargos. Una presentación de cuentas posterior al cierre registral no reabre por si sola la posibilidad de practicar nuevos asientos afectados por el cierre. R. 22 de febrero de 2000

 

Cierre registral. La certificación ha de expedirse por persona legitimada para expedir certificaciones en nombre de la sociedad.  R. 8 de febrero de 2012

 

Cierre registral. Levantamiento del cierre. Cerrada la hoja de la sociedad por falta de depósito de las cuentas anuales, puede aquella abrirse mediante la presentación por el administrador de la sociedad de una certificación en la que exprese que dichas cuentas no han sido aprobadas por haber estado en contra de su aprobación la totalidad de los socios. R. 3 de septiembre de 2001 

 

Cierre registral. Limita su alcance a aquellos documentos en que se recojan actos o acuerdos de la propia sociedad, quedando al margen los asientos referidos al ejercicio de derechos por terceros. R. 4 de mayo de 2002

 

Cierre registral. No cesa por la mera presentación de las cuentas. R. 13 de enero de 2000

 

Cierre registral. No opera cuando el Registrador Mercantil no ha nombrado aún al Auditor. R. de 29 de noviembre de 2000

 

Cierre registral. No puede admitirse un depósito de cuentas sin estar previamente depositadas las de ejercicios anteriores. R. 4 de julio de 2001, R. 11 de noviembre de 2002,  R. 22 de Febrero de 2003, R. 18 de Febrero de 2004,  R. 12 de Julio de 2007, R. 26 de mayo de 2009, R. 25 de marzo de 2011, R. 21 de noviembre de 2011, R. 17 de enero de 2012

 

Cierre registral. Reelección de administrador con simultánea presentación de cuentas anuales. R. 21 de Octubre de 2009

 

Cierre registral. Reapertura de la hoja. Certificación acreditativa de la falta de aprobación de las cuentas expresando la causa cualquiera que sea y sin sujeción a plazo alguno. R.15 de Julio de 2005 (291), R.14 de Julio de 2005 , R. 2 de Julio de 2005, R. 16 de Julio de 2005, R. 19 de Julio de 2005 (330), R. 20 de Julio de 2005, R. 2 de Agosto  de 2005

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. Es absoluto, salvo los documentos otorgados por la autoridad judicial. En cambio el cierre por falta de depósito de cuentas admite más excepciones, cabiendo inscribir el cese de los administradores, pero no su nombramiento. R. 30 de julio de 2009, R. 1 de marzo de 2010

 

Cierre registral por baja en el índice de actividades económicas y por falta de depósito de cuentas. Cese y nombramiento de administradores. R. 18 de Marzo de 2014, R. 21 de Marzo de 2014, R. 27 de Septiembre de 2014

 

Cómputo del plazo para el cierre registral por falta de depósito de cuentas. Desde la fecha de la notificación, y no desde la fecha del acto que se notifica. R. 1 de febrero de 2000

 

Concurso. Depósito de cuentas de sociedad en concurso. La obligación de someter a auditoría las cuentas rige únicamente para las cuentas que se formulen respecto del ejercicio cerrado una vez declarado el concurso e iniciada la actividad de la administración concursal. R. 1 de junio de 2011

 

Concurso. Depósito de cuentas de entidad concursada: no es obligatoria la auditoría si las cuentas son las de 2011. R. 29 de noviembre de 2013

 

Convocatoria junta general: es necesario que conste quién la ha realizado. R. 22 de julio de 2013

 

Convocatoria Junta General. No es posible establecer en estatutos formas alternativas de convocar la junta. R. 23 de octubre de 2013

 

Convocatoria junta general: Que asistan todos los socios no la convierte en universal. R. 22 de julio de 2013

 

Convocatoria Junta SA por administradores con cargos caducados. Es defecto insubsanable que impide la inscripción de los acuerdos adoptados el que la convocatoria la hubieran realizado administradores con el cargo caducado desde hace bastante tiempo, sin que sea de aplicación al caso la doctrina del administrador de hecho. R. 13 de mayo de 1998

 

Convocatoria junta SA al margen del procedimiento estatutario. Notificación al domicilio de un socio fallecido. R. 23 de mayo de 2014

 

Convocatoria Junta SL. Acta notarial. Debe expresarse quién ha requerido el acta notarial de la Junta. R. 10 de abril de 2001

 

Convocatoria Junta SL. Antelación. El  plazo de 15 días entre convocatoria y celebración de la Junta se ha de computa teniendo en cuenta como día inicial el correspondiente al de publicación de la convocatoria social, excluyéndose el de la celebración de la Junta. R. 15 de julio de 1998, R. 10 de enero de 2002

 

 Convocatoria Junta SA. Antelación. Tras la reforma del art. 97 LSA por ley 19/2005, es válida y por tanto serán inscribibles los acuerdos adoptados en una Junta celebrada el mismo día del mes siguiente a aquel en que se haya publicado el último anuncio de la convocatoria: R. 10 de Enero de 2007,  y , con más claridad:  R. 31 de Mayo de 2007, R. 9 de Julio de 2007, R. 28 de Agosto de 2007 -tras la rectificación por la Res. 15 de Octubre de 2007-, R. 29 de Agosto de 2007, R. 30 de Agosto de 2007, R. 20 de Septiembre de 2007, R. 21 de Septiembre de 2007

 

Convocatoria Junta SA. Deben respetarse los requisitos estatutarios. R. 10 de marzo de 1999

 

Convocatoria Junta SA. El derecho de información del accionista aparece investido de un carácter esencial, fuertemente protegido por la LSA, debiéndose extremar el cuidado a fin de evitar que, por vías indirectas, pueda ser menoscabado. Es un derecho especialmente protegido y potenciado cuyo incumplimiento acarrea la nulidad de los acuerdos adoptados. R. de 9 de mayo de 2003,  R. de 8 de Julio de 2005

 

 

Convocatoria junta general: derecho de información del accionista. Su  omisión parcial en el anuncio de convocatoria. R.20 de mayo de 2013

 

Convocatoria Junta SA. Los dos anuncios de convocatoria de la Junta General deben publicarse al menos 15 días (hoy, un mes) antes de su celebración. R. 24 de Marzo de 2006

 

Convocatoria Junta SA por conducto notarial. No es válida pues no puede suplir la publicación prevista en el art. 97 LSA. R. 31 de octubre de 2001

 

Convocatoria Junta SL. El Registrador puede exigir la presentación de los anuncios de la convocatoria, ya que tiene que calificar si fueron o no válidos. Junta General. R. 16 de septiembre de 2002, R. 13 de Abril de 2004

 

Convocatoria Junta SA. Derecho de información. R. 8 de junio de 2001

 

Convocatoria  Junta SA. No es válida la Junta convocada por administrador caducado. R. 15 de febrero de 1999

 

Convocatoria Junta SL. El día de la publicación ha de incluirse en el cómputo. R. 9 de febrero de 1999, R. 10 de febrero de 1999

 

Convocatoria Junta SL. Derecho de información. R. 25 de mayo de 2009, R. 23 de abril de 2012

 

Convocatoria Junta SL. Modificación de estatutos SL. en la convocatoria de la junta deben hacerse constar los extremos que hayan de modificarse. R. 10 de abril de 2001

 

Convocatoria SL. Necesidad de acreditar el anuncio de la convocatoria y expresión de las circunstancias esenciales. R. 10 de abril de 2001

 

Convocatoria Junta SL: No cabe convocatoria solo por el presidente del consejo. Debe hacerse según estatutos. No son posibles formas equivalentes. R. 1 de octubre de 2013

 

Convocatoria Junta SL. No cabe segunda convocatoria. R. 11 de enero de 2002 R. 11 de noviembre de 2002, R. 26 de febrero de 2013

 

Convocatoria Junta SL. No puede hacerse en forma distinta a la prevista estatutariamente.  R. 11 de noviembre de 2002

 

Convocatoria Junta SL. No puede constar la web de la sociedad en el registro mercantil, como forma de convocatoria, si antes no se han modificado los estatutos en tal sentido. R. 9 de febrero de 2012

 

Convocatoria Junta SL. Fecha y forma convocatoria de junta: no basta  remitir a estatutos. R. 16 de Septiembre de 2011

 

Convocatoria Junta SL. Salvo que otro cosa digan los estatutos no es posible la celebración de la Junta fuera del término municipal del domicilio social. R. 16 de Septiembre de 2011

 

Convocatoria Junta SL sin fecha. El error puede subsanarse, pero la publicación de la subsanación ha de respetar el intervalo legalmente exigido. R. 24 de enero de 2002

 

Cuentas anuales en pesetas. SL. La  expresión de la cifra del capital social en euros no implica inexorablemente que las cuentas anuales tengan que expresarse también en euros. R. 10 de abril de 2001

 

Denominación social. El Registrador puede calificar el contenido de los documentos para determinar su validez, por lo que no pueden depositarse las cuentas si la denominación no coincide con la inscrita, en concreto, si existe discordancia entre la manifestación que figura en la memoria, de que la sociedad se adaptó a la LSP, Ley 2/2007, y el contenido del registro en el que no figura practicada dicha adaptación. R. 10 de diciembre de 2008

 

Depósito de cuentas con expediente de designación de auditor pendiente de resolución por la DG. Suspensión de la calificación. R. 6 de octubre de 2014

 

Depósito de cuentas de empresa del sector público: solo es obligatorio el informe de auditoría si no pueden presentar cuentas de forma abreviada. R. 5 de febrero de 2013

 

Depósito de cuentas de una cooperativa de transportes. No es necesario que conste previamente inscrita en el registro mercantil. R. 24 de marzo de 2014

 

Designación de auditor por sociedad no obligada a auditar. Dudas sobre si es inscribible. R. 20 de junio de 1998

 

Designación de auditor en una SA. La  designación del Auditor por la Junta debe efectuarse antes de que finalice el primer ejercicio a auditar. Pasada esa fecha tal designación corresponderá, ya en exclusiva, bien al Registrador mercantil, bien al Juez de Primera Instancia. R. 15 de septiembre de 2000

 

Desistimiento nombramiento auditor. Cabe practicar el depósito de cuentas sin informe de auditoria si se ha acreditado y aceptado el desistimiento del socio minoritario de su solicitud de nombramiento de auditor. R. 13 de Enero de 2006, pero, si ha finalizado el expediente, solo cabe la vía jurisdiccional o la realización de la auditoria. R. 10 de noviembre de 2008

 

Documentos a presentar: La lista de documentos a presentar ex 366 RRM no es “números clausus”. R. 28 de Febrero de 2005 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Error material en la fecha de formulación de las cuentas. Carece de trascendencia si del contexto de la certificación aprobatoria resulta claro el dato exacto. R. 2 de Febrero de 2009, R. 3 de Febrero de 2009, R. 9 de Febrero de 2009, R. 10 de Febrero de 2009

 

Errores implícitos derivados de la lectura del soporte magnético. R. 9 de Enero de 2003

 

Fecha certificación. El art. 112-1 RRM exige claramente que la certificación de las cuentas aparezca fechada. R. 23 de Enero de 2006

 

Forma abreviada. Si se dan los requisitos legales, las cuentas no pueden presentarse en forma abreviada. R. 1 de Junio de 2011

 

Forma abreviada. Valoración de si pueden presentarse en forma abreviada. Disparidad entre las presentadas y las depositadas en ejercicio anterior. R. 30 de Mayo de 2006

 

Forma de cumplimentación de los impresos oficiales. Pueden rellenarse manualmente con mayúsculas. R. 16 de Julio de 2008

 

Formato. Es posible presentar cuentas electrónicas y después cambiar su formato a papel. Lo que no es posible es presentarlas parte en papel y parte electrónicas. R. 4 de diciembre de 2013, R. 4 de diciembre de 2013,  R. 7 de diciembre de 2013, R. 9 de diciembre de 2013

 

Huella digital. Debe indicarse la huella digital en la certificación de aprobación de cuentas. R. 2 de diciembre de 2011, R. 2 de diciembre de 2011, R. 2 de diciembre de 2011, R. 2 de diciembre de 2011, R. 2 de diciembre de 2011, R. 2 de diciembre de 2011, R. 2 de diciembre de 2011, R. 2 de diciembre de 2011

 

Huella digital y certificación de aprobación de cuentas. Presentación telemática de las cuentas anuales. R. 17 de octubre de 2013

 

Identidad con las cuentas auditadas: su forma de expresión. R. 4 de marzo de 2013

 

Identificación. Deben identificarse en la certificación los consejeros que no firman las cuentas. R. 17 de diciembre de 2012

 

Información. Convocatoria Junta General SL. Derecho de información de los socios. Necesidad de ajustarse a lo dispuesto en el artículo 86-1 LSL. R. 28 de Octubre de 2005

 

Información medioambiental. Obligación de incorporarla a la memoria. Relevancia.  R. 4 de Febrero  de 2005

 

Información relevante a incorporar. La valoración de su relevancia no corresponde a quien presenta y deposita las cuentas; y el no incluir una determinada información no implica que no sea relevante. R. 4 de Febrero  de 2005

 

Informe auditor: R. 5 de mayo de 1999, R. 3 de julio de 2001, R. 11 de noviembre de 2002, R. 29 de Enero de 2003, R. 17 de Febrero de 2003, R. 16 de abril de 2003, R. de 22 de mayo de 2003, R. de 23 de mayo de 2003, R. 15 de Enero de 2004, R. 5 de Mayo de 2004 R. 25 de Agosto de 2005, R. 16 de Diciembre de 2005 , R. 16 de Enero de 2006, R. 27 de Febrero de 2006, R. 16 de  Mayo de 2007, R. 6 de Julio de 2007, 10 de Julio de 2007, R. 6 de Julio de 2007, 10 de Julio de 2007, R. 27 de Agosto de 2007, R. 31 de Agosto de 2007, R. 1 de Septiembre de 2007, R. 8 de Noviembre de 2007, R. 14 de Diciembre de 2007, R. 8 de Febrero de 2008 R. 4 de Julio de 2008, R. 30 de Septiembre de 2008, R. 10 de noviembre de 2008, R. 5 de diciembre 2008, R. 11 de Febrero de 2009, R. 25 de mayo de 2009 , R. 26 de mayo de 2009, R. 26 de junio de 2009, R. 3 de julio de 2009, R. 16 de Septiembre de 2011, R. 15 de noviembre de 2011, R. 17 de enero de 2012, R. 2 de octubre de 2012, R.12 de noviembre de 2012, R. 23 de febrero de 2013, R. 6 de noviembre de 2013, R. 12 de noviembre de 2013, R. 13 de noviembre de 2013, R. 3 de diciembre de 2013, R. 21 de noviembre de 2013, R. 8 de Enero de 2014,  R. 10 de enero de 2014, R. 30 de Enero de 2014,

 

Informe del auditor. Auditor nombrado a instancias de la minoría. No pueden depositarse las cuentas sin su informe. R. 5 de mayo de 1999, R. de 26 de diciembre de 1999, R. 17 de Mayo de 2001, R. 3 de julio de 2001, R. 18 de septiembre de 2002, R. 11 de noviembre de 2002, R. 16 de abril de 2003, R. de 22 de mayo de 2003, R. 19 de Febrero de 2004, R. 5 de Mayo de 2004, R. 31 de Agosto de 2007, R. 1 de Septiembre de 2007, R. 8 de Noviembre de 2007, R. 4 de Julio de 2008, R. 30 de Septiembre de 2008, R. 11 de Febrero de 2009, R. 25 de mayo de 2009, R. 26 de junio de 2009, R. 3 de julio de 2009, R. 16 de Septiembre de 2011, R. 15 de noviembre de 2011, R. 21 de noviembre de 2011, R. 17 de enero de 2012, R. 2 de octubre de 2012, R.12 de noviembre de 2012, R. 29 de enero de 2013, R. 5 de septiembre de 2013, R. 6 de noviembre de 2013, R. 3 de diciembre de 2013, R. 21 de noviembre de 2013, R. 11 de marzo de 2014, R. 25 de julio de 2014, R. 1 de agosto de 2014

 

Informe del auditor. Desistimiento nombramiento auditor. Cabe practicar el depósito de cuentas sin informe de auditoria si se ha acreditado y aceptado el desistimiento del socio minoritario de su solicitud de nombramiento de auditor. R. 13 de Enero de 2006, pero, si ha finalizado el expediente, solo cabe la vía jurisdiccional o la realización de la auditoría. R. 10 de noviembre de 2008

 

Informe de auditor nombrado con carácter voluntario por la sociedad. Exigencia de depósito del informe de auditoría, ya que su no exigencia pudiera perjudicar el derecho de terceros. R. 25 de Agosto de 2005

 

Informe auditor. Inscrito un auditor de cuentas, el informe es obligatorio aunque la sociedad pueda presentar balance abreviado. R. 16 de  Mayo de 2007

 

Informe auditor. Irrelevancia de la renuncia de la sociedad al auditor registral, ya que la asamblea general no puede dejar sin efecto una decisión registral. R. 3 de julio de 2009

 

Informe auditor. Las sociedades municipales de gestión directa de servicios públicos no están exceptuadas del informe de auditoría. R. 27 de Agosto de 2007

 

Informe auditor. Necesidad de acompañar el informe de auditoría si de las cuentas anuales presentadas resulta obligada la sociedad a auditarse. R. 16 de Enero de 2006, R. 21 de noviembre de 2011

 

Informe del auditor. No es admisible un informe con opinión denegada. R. 16 de abril de 2003, R. 18 de septiembre de 2014                                                          

 

Informe auditor. Un informe desfavorable no es informe de auditoría a efectos del depósito de las cuentas. R. 1 de agosto de 2014

 

Informe del auditor. No es admisible un informe que no emite opinión alguna. R. 17 de Mayo de 2001, R. 29 de enero de 2013, R. 5 de septiembre de 2013, R. 12 de noviembre de 2013, R. 13 de noviembre de 2013, R. 8 de Enero de 2014, R. 18 de septiembre de 2014              

 

Informe del auditor. Puede ser practicado el depósito de cuentas aunque  no exprese opinión alguna si el motivo no le puede ser imputado a la sociedad. Es decir el depósito o no de las cuentas puede depender de las circunstancias del caso. R. 10 de enero de 2014

 

Informe auditor. No todo informe de auditor sin expresar opinión impide el depósito de cuentas de una sociedad. R. 11 de marzo de 2014

 

Informe auditor. No es obligatorio si la sociedad puede presentar balance abreviado, aunque tenga nombrado e inscrito un auditor con carácter voluntario. R. 8 de Febrero de 2008, R. 6 de Julio de 2007 –sociedad unipersonal-, 10 de Julio de 2007

 

Informe auditor. Obligatoriedad. R. 5 de diciembre 2008

 

Informe auditor. Si se certifica que se pueden formular las cuentas en forma abreviada no es necesario ni el informe de gestión ni el informe de auditoria, aunque exista un auditor inscrito. R. 14 de Diciembre de 2007

 

Informe del auditor sin opinión. Es válido. R. 17 de Febrero de 2003, R. de 23 de mayo de 2003

 

Informe del auditor sin opinión por no habérsele facilitado las cuentas anuales de la sociedad. No sirve para el depósito de cuentas de la sociedad. R. 23 de junio de 2014, R. 24 de junio de 2014, R. 25 de junio de 2014, también tratándose de cuentas consolidadas -R. 26 de junio de 2014-

 

Informe del auditor sin opinión. No puede tenerse por efectuado si el informe del auditor de cuentas, en las sociedades obligadas a verificación contable, no expresa opinión alguna. R. 23 de febrero de 2013

 

Informe del auditor. No basta si no se emite opinión o ésta es negativa. R. 18 de septiembre de 2002

 

Informe auditor: Auditor solicitado por la minoría pendiente de recurso: Necesidad de su informe. R. 29 de Enero de 2003 R. 16 de Diciembre de 2005. R. 26 de junio de 2009, R. 3 de diciembre de 2013

 

Informe auditor SA. Nombramiento no firme. No puede tenerse por efectuado el depósito de las cuentas anuales de una sociedad si no se presenta el informe del auditor cuando en una sociedad no obligada a verificación contable se hubiese solicitado por socios minoritarios el nombramiento registral. R. de 26 de diciembre de 1999, R. 11 de noviembre de 2002 –SL-,  R. 24 de Febrero de 2003, R. de 22 de mayo de 2003, R. 26 de junio de 2009.

 

Informe de gestión. Si la sociedad puede presentar balance abreviado, no es necesario el informe de gestión aunque exista informe de auditor a petición de la minoría. R. 30 de Enero de 2014

 

Inscripción. No es errónea la nota de calificación que habla de inscripción para referirse al depósito de cuentas. R. 9 de Enero de 2003

 

Liquidación. La sociedad tiene que auditar sus cuentas mientras subsiste, hasta que se produce la inscripción de la escritura de extinción y, por tanto, también durante el período de liquidación. R. 8 de noviembre de 2000

 

Litispendencia sobre titularidad de acciones en la Junta General. Imposibilidad del depósito de cuentas. R. 19 de Enero de 2009

 

Modelos. Obligatoriedad de los modelos oficiales suministrados por los Registros Mercantiles. R. 9 de Enero de 2003, R. 29 de Septiembre de 2004, R. 17 de Febrero de 2006, R. 29 de Enero de 2007, R. 4 de Marzo de 2011, R. 7 de Marzo de 2011, R. 8 de Marzo de 2011, R. 9 de Marzo de 2011, R. 21 de Marzo de 2011, R. 21 de Marzo de 2011, R. 22 de Marzo de 2011, R. 23 de Marzo de 2011

 

Negocios propias acciones. Necesidad de hacer constar, en documento aparte firmado por los administradores, la existencia o no de negocios sobre las propias acciones. R. 13 de Marzo de 2006

 

Notificación de defectos cuentas anuales. Existe obligación por parte de los Registradores mercantiles de notificar las calificaciones negativas. R. 3 de Julio de 2008, que rectifica así la R. 14 de Diciembre de 2007 que había señalado lo contrario. R. 22 de Febrero de 2003 igualmente establecía que los Registradores no tenían tal obligación y que las notificaciones se harían en la misma oficina del Registro.

 

Notificación. La notificación de la calificación se hace en la misma oficina del Registro y no existe, en consecuencia, obligación por parte de los Registradores Mercantiles de notificar en su domicilio a los interesados la situación de una presentación de cuentas para su depósito. R. 8 de junio de 2001

 

No aprobación de las cuentas. La  causa de la no aprobación de las cuentas no es calificable por el Registrador. R.15 de Julio de 2005  (291), R.14 de Julio de 2005 , R. 2 de Julio de 2005

 

Nombramiento de auditor tras finalizar el primer ejercicio por auditar. Resultando del Registro que la sociedad no estaba obligada a la verificación de las cuentas por haber presentado balance abreviado, no es necesario que se haga manifestación de tal circunstancia en el documento presentado. R. 24 de noviembre de 2000, R. 25 de noviembre de 2000, R. 27 de noviembre de 2000

 

Nombramiento de auditor por el órgano de administración: no es posible su inscripción si existe una previa petición de auditor por la minoría. R. 8 de mayo de 2013

 

Numeración e identificación. Las cuentas que se presenten para su depósito han de estar numeradas y correctamente identificadas. R. 9 de Enero de 2003

 

Omisión del quórum de adopción del acuerdo. Si de la certificación resulta que asistieron todos los socios y que todos aprobaron y firmaron el acta se deduce implícitamente que los acuerdos fueron aprobados y adoptados por unanimidad.  R. 9 de Febrero de 2009

 

Pretensión de nulidad de la calificación estando pendiente el recurso impugnando la resolución del registrador que accedió al nombramiento de auditor a instancia de la minoría. R.12 de noviembre de 2012

 

Principio de continuidad de cargos dentro del consejo. R. 8 de Abril de 2009

 

Protocolo familiar. No procede su constancia en la hoja de la sociedad si ésta se encuentra cerrada por falta de depósito de cuentas. R. 30 de Septiembre de 2008

 

Recurso gubernativo. En materia de depósito de cuentas también se aplica, pese a la especialidad de la materia, el nuevo recurso de los artículos 322 a 329 de la LH. R. de 8 de Julio de 2005

 

Recurso gubernativo. Desistimiento. Reviviscencia del art. 131 RH. R. 28 de febrero de 2011

 

Resolución pendiente. Auditoria a petición de la minoría pendiente de resolución. El acto por el cual la DG desestima el recurso de la sociedad es un acto administrativo y  como tal ha de tener el mismo tratamiento de los demás actos que agotan la vía administrativa y por tanto ser ejecutivo salvo que el Tribunal adopte la medida cautelar de dejar la ejecución en suspenso. R. 15 de Julio de 2005

 

Recurso preventivo.  Cuentas anuales sin calificar. No es posible tal recurso, si bien el Registrador debe esperar a la resolución del recurso pendiente ante la DG sobre nombramiento de auditor para “poder calificar el depósito de las cuentas instado por la sociedad”. R. 6 de Noviembre de 2009

 

Sociedad en concurso. Depósito de cuentas de sociedad en concurso. Necesidad de firma o supervisión por los administradores concursales. R. 6 de Marzo de 2009

 

Sociedad en concurso. No cabe practicar el depósito de cuentas de una sociedad concursada en liquidación cuando quien expide la certificación es el liquidador con cargo ya cesado. R. 4 de julio de 2011

 

Sociedad en concurso. Una vez formuladas las primeras cuentas anuales, se aplican las normas generales, y por tanto la necesidad de formularlas y auditarlas. R. 26 de mayo de 2009

 

Sociedad en liquidación: Requisitos de los anuncios de la convocatoria de la Junta SA: derecho de información de los accionistas. R. 3 de Mayo de 2006

 

Sociedad en liquidación. La obligación de auditar las cuentas subsiste durante la fase de liquidación. R. 26 de mayo de 2009

 

Sociedad en liquidación: no está exceptuada de la obligación de aprobar sus cuentas anuales y presentarlas a depósito. R. 18 de noviembre de 2013

 

Sociedades extranjeras. Depósito de cuentas por sucursales de sociedades extranjeras: es necesaria auditoria si se superan los limites del art. 181 LSA. R. 23 de septiembre de 2002

 

Solicitud para dejar sin efecto un depósito de cuentas ya efectuado. No procede mediante recurso gubernativo. R. 19 de mayo de 2014, R. 20 de mayo de 2014

 

Sucursales extranjeras: Depósito de cuentas. Su traducción es obligatoria, así como la legalización de los documentos pertinentes. R. 7 de enero de 2011

 

Traslado de domicilio. Certificación. R. 3 de octubre de 2005

 

Unipersonalidad y tracto sucesivo. Aprobación por socio único en sociedad unipersonal. Res 3 de Febrero de 2009

 

 

DISOLUCION SOCIEDADES

 

Balance. Disolución y liquidación de SA. Publicación del balance. R. 6 de julio de 2001

 

Balance. La existencia de acreedores y dividendos pasivos pendientes contradice el Balance aprobado. R. 11 de marzo de 2000

 

Balance. Liquidación SA. Admisibilidad de inscripción de escritura de liquidación pese a discordar la cifra de capital social inscrita y la que resulta del Balance final de liquidación. R. 29 de mayo de 2001

 

Liquidación SA. Balance final. Manifestación o acreditación. R. 9 de junio de 1998

 

Balance:  Puede ser confeccionado de forma bien simple, sin que deba ajustarse necesariamente a las normas legales sobre la formación de las cuentas anuales. R. 11 de marzo de 2000

 

Balance final. Es necesario hacer constar el capital social en el balance final para disolver una sociedad. R. 29 de octubre de 1998

 

Cancelación de la inscripción de una sociedad por sanción del banco de España. R. 5 de julio de 2001

 

Cancelación de asientos SL. La cancelación de los asientos registrales de la sociedad no implica la extinción de la personalidad jurídica de la misma. R. 13 de abril de 2000

 

Causas de disolución de pleno derecho SL. R. 19 de Septiembre de 2005

 

Causas de disolución y liquidación. Sociedad mixta. Disolución automática por resolución unilateral del contrato de gestión de servicios públicos. Contrario al art. 262.1 TRLSA. R. 15 de Octubre de 2010

 

Cesión global de activo y pasivo. Al menos en sede de SA la cesión global de activo y pasivo no puede utilizarse con finalidad distinta que la estrictamente liquidatoria, sin prejuzgar ahora cuales habrían de ser los requisitos a que tal cesión habría de sujetarse. R. 22 de mayo de 2002

 

Cesión global de activo y pasivo. Debe inscribirse como norma liquidatoria. R. 10 de abril de 2001

 

Cierre registral por falta de adaptación. No cabe recurso contra la nota marginal de disolución de pleno derecho y cancelación de asientos registrales practicada en cumplimiento de la DT 6ª LSA. R. 14 de abril de 1999

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No permite inscribir el nombramiento de liquidadores. R. de 9 de mayo de 2002, R. 31 de Enero de 2003, R. 11 de Marzo de 2005 , R. 23 de Octubre de 2003, R. 27 de febrero de 2012

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No permite inscribir el cese ni el nombramiento de liquidadores. R. 27 de febrero de 2012

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No permite inscribir el cese de liquidadores. R. 17 de julio de 2012, R. 4 de septiembre de 2012

 

Cierre registral por falta de depósito de cuentas. El cierre de la hoja de la sociedad por falta de depósito de las cuentas anuales no impide la inscripción de una escritura de disolución, nombramiento de liquidador y de extinción de dicha sociedad. R. 20 de septiembre de 2001

 

Condonación dividendos pasivos. No puede exigirse que se realice una previa reducción de capital social por condonación de dividendos pasivos. R. 11 de marzo de 2000

 

Descapitalización SL. Entendida como reducción de patrimonio contable por debajo de la mitad del capital social, es causa de disolución, pero requiere acuerdo de la Junta General o resolución judicial. R. 27 de Octubre de 2005

 

Disolución SA de pleno derecho por falta de adecuación del capital al mínimo legal: es posible su transformación en sociedad limitada. R. 12 de marzo de 2013

 

Disolución SL. Acuerdo. La expresión de esta causa es un requisito imprescindible en la inscripción de la disolución de la sociedad. R. 26 de febrero de 2013

 

Disolución SL. Cese administradora. La administradora cesada, aunque esté facultada para ello por la junta, no puede elevar a público los acuerdos sociales, pues su cese, en caso de disolución, es ope legis. R. 26 de febrero de 2013

 

Disolución y liquidación. No puede extinguirse la sociedad dejando deudas pendientes, aun garantizadas con hipoteca. R. 16 de julio de 1998

 

DT 6-2 LSA. Derecho transitorio. No es inscribible una escritura de transformación de una SA - cuyo capital social es inferior a 10 millones de pesetas - en una SL, otorgada antes del día 31-12-1995, pero presentada en el Registro después de dicha fecha. R. 15 de febrero de 1999

 

Exclusión de socios SL. No cabe como causa de exclusión de socios el embargo de sus participaciones, o el hecho de haberlas adquirido a través de algún procedimiento de ejecución forzosa contra una persona que era previamente socio. R. 8 de julio de 1999

 

Extinción de SL quebrada. No puede exigirse el pago previo a los acreedores si la sociedad carece de activo. R. 13 de abril de 2000

 

Fallecimiento. El fallecimiento de los socios puede ser causa de disolución estatutaria de la SL. R.13 de enero de 2014

 

Ipso iure. Las causas legales de disolución SL no operan ipso iure, salvo por transcurso del término fijado o reducción de capital por debajo del mínimo legal –supuesto diferente al de descapitalización.  R. 27 de Octubre de 2005

 

Liquidación. La forma de actuación de los tres liquidadores designados, a falta de determinación estatutaria, corresponde definirla a la Junta y no a los propios liquidadores.  R. 3 de Septiembre de 2013    

 

Liquidación con cesión global. Son necesarios los requisitos de la fusión. Acuerdo de la Junta General de la sociedad cesionaria. R. 6 de Mayo de 2004

 

Liquidación y extinción de sociedad con un único acreedor y sin haber social: no es posible sin instar el concurso de acreedores. R. 4 de octubre de 2012

 

Liquidación SL. No es necesaria la publicación del balance ni el depósito de los libros. R. 12 de febrero de 1999

 

Nombramiento de liquidadores. El nombramiento de liquidadores no es requisito necesario para la inscripción en el Registro Mercantil de la disolución judicial de una S.A., ya que su nombramiento puede ser simultáneo o posterior a la disolución. R. 12 de marzo de 2001

 

Quórum disolución SL. No cabe reforzar el quórum de adopción de acuerdos en la disolución de sociedad por causa legal. R. 4 de Mayo de 2005

 

Renuncia del liquidador de una SL. No es admisible la inscripción  en tanto no se justifique que se haya convocado la junta general, en cuyo orden del día figure el nombramiento de nuevos administradores que sustituyan a los dimisionarios. R. 15 de enero de 2002

 

Sociedad disuelta por transcurso de su plazo de duración: es posible su prórroga o su reactivación. R. 9 de junio de 2014

 

Sociedad disuelta y en período de liquidación: prohibición legal de reparto anticipado, tanto de modo directo (a través de anticipos a cuenta de la cuota de liquidación) como por vía indirecta (reducción del capital social con devolución de aportaciones). R. 22 de mayo de 2001, R. 23 de julio de 2001

 

Sociedad en liquidación: Depósito de cuentas. Requisitos de los anuncios de la convocatoria de la Junta SA: derecho de información de los accionistas. R. 3 de Mayo de 2006

 

Sociedad en liquidación. La obligación de auditar las cuentas subsiste durante la fase de liquidación. R. 26 de mayo de 2009

 

Sociedad en liquidación: no está exceptuada de la obligación de aprobar sus cuentas anuales y presentarlas a depósito. R. 18 de noviembre de 2013

 

Sociedades de auditoría. No les es aplicable el cierre registral ni la sanción de disolución de pleno derecho. R. 18 de Febrero de 2009

 

Suspensión de pagos. Es inscribible el acuerdo de disolución de una sociedad anónima cuando consta ya anotada la admisión de solicitud de suspensión de pagos. R. 17 de junio de 1999

 

Transformación de SA en SL. La disolución de pleno derecho no implica extinción de la personalidad jurídica, ni impide la reactivación, ni la transformación efectuada. R. 24 de abril de 1999

 

ESTATUTOS SOCIALES

 

Acciones. Limitaciones a su transmisibilidad. Dº de adquisición preferente: es posible la fijación del valor por el auditor de la sociedad. R. 1 de Diciembre de 2003

 

Acuerdos sociales SL. Pueden ser certificados por el Vicesecretario y visados por el Vicepresidente con carácter subsidiario a la actuación del Secretario y Presidente, no alternativo o indistinto, pero el que se emplee la disyuntiva “o” no supone contrariar esta doctrina ni genera ambigüedad. R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-

 

Adaptación de estatutos a la LSA. La cláusula estatutaria por la que las mujeres casadas accionistas han de asistir a las Juntas generales representadas por sus maridos, es nula por contraria a la ley y exige la adaptación de los Estatutos sociales para suplir ese vacío. R. 14 de octubre de 1999

 

Adaptación de estatutos a la LSA. La cláusula según la cual en las Juntas generales se "computará un voto por cada acción", debe ser objeto de adaptación a la ley, si existen acciones de distinto valor nominal. R. 14 de octubre de 1999

 

Adaptación de Estatutos SL. La calificación del registrador puede extenderse incluso a aquellos artículos estatutarios que no han sufrido modificación, para valorar su adecuación a la nueva normativa. R. 7 de abril de 1999

 

Administrador. La duración del cargo de Administrador SL ha de constar en los estatutos sin que sea suficiente con que aparezca en la parte contractual de la escritura. R. 23 de mayo de 1998

 

Administradores. Necesidad de especificar en los estatutos SL la forma de actuación de los administradores mancomunados. R. 22 de junio de 2000,  R. 1 de Septiembre  de 2005

 

Administradores SA. El plazo de nombramiento de administradores y su número debe ser el previsto estatutariamente. R. 9 de febrero de 2013

 

Administradores. Número. No es necesario fijar número de administradores en las previsiones estatutarias de administradores solidarios SL. R. 11 de febrero de 1999

 

Administradores. Número: no es necesario que se fije el número de administradores solidarios o conjuntos. R. 10 de junio de 1998

 

Arbitraje: Los estatutos (SL) pueden sujetar a arbitraje la resolución de conflictos societarios siempre  que no se extiendan a materias que no sean de libre disposición y así se exprese. R. 4 de Mayo de 2005

 

Auditor nombrado a instancia de la minoría. Inadmisibilidad de ciertas condiciones. R. 1 de Diciembre de 2003

 

Cláusula que reproduce parcialmente una norma. No es inscribible, pues puede generar confusionismo. R. 23 de mayo de 1998

 

Cláusulas estatutarias SL secundum legem. R.  26 de octubre de 1999

 

Consejo  o Asamblea de familia:  No cabe incluir en los estatutos SL normas sobre Consejo o Asamblea de familia o normas sobre interpretación de los estatutos sin que se regulen debidamente su composición, funcionamiento y funciones. R. 4 de Mayo de 2005

 

Consejo de administración. Calificación registral en la adaptación de estatutos; qué se entiende por principio mayoritario. R. de 6 de junio de 2002

 

Contenido de los estatutos SL: Convocatoria del Consejo de Administración solo por el solo por el Presidente. R. 11 de julio de 2012

 

Cooptación:  Imposibilidad de nombramiento por cooptación dentro del Consejo de Administración de las SL.  R. 4 de Mayo de 2005

 

Derechos consejeros SL. No cabe suprimir o restringir en estatutos el derecho  de acceso a la documentación social por parte de los consejeros. R. 4 de Mayo de 2005

 

Disolución SL. Quórum. No cabe reforzar el quórum de adopción de acuerdos en la disolución de sociedad por causa legal. R. 4 de Mayo de 2005

 

Dividendo. La modificación estatutaria que consiste en la creación de participaciones privilegiadas con un dividendo extraordinario necesita el consentimiento de todos los socios. R. 21 de mayo de 1999

 

Estatutos sociedades profesionales: es posible establecer un plazo de preaviso para la separación voluntaria del socio. R. 7  de febrero de 2012

 

Estatutos SL. No cabe establecer la posibilidad de aprobar el acta en la Junta siguiente. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL. No cabe establecer un régimen sancionador frente a conductas desleales que incluye la expulsión del socio. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL. No es inscribible el sistema adoptado de valoración de las participaciones sociales para los casos de separación y exclusión, porque no permite obtener la valoración real de las mismas. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL: no es inscribible la cláusula por la que el quórum de constitución del consejo de administración se basará en el número de vocales con cargo vigente. R. 15 de Ocubre de 2012

 

Estatutos SL. No se puede imponer estatutariamente a un socio la obligación de acudir a la Junta general personalmente o representado. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL. Interpretación de cláusulas estatutarias  contradictorias sobre mayorías reforzadas. Preferencia de la norma especial. R. 16 de febrero de 2013, R. 4 de junio de 2013

 

Estatutos SL: es posible que establezcan como lugar de celebración de la junta un determinado termino municipal distinto de aquel en el que se sitúa el domicilio de la sociedad. R. 19 de Marzo de 2014

 

Estatutos SL. Si se fija como lugar de celebración de la junta un lugar distinto del término municipal del domicilio social, es preciso que se señale el lugar de celebración al menos por su término municipal. R. 30 de septiembre de 2014

 

Interpretación. R. 20 de diciembre de 2013, R. 23 de julio de 2014

 

Mayorías. No es inscribible una cláusula estatutaria que no deja a salvo la mayoría cualificada exigida por norma legal imperativa  para determinados acuerdos como el de nombramiento de Consejeros Delegados. R. 9 de junio de 2000, R. 8 de junio de 2000

 

Modificación. En la certificación de los acuerdos ha de constar la aprobación del acta, con su fecha y el sistema utilizado.  R. 10 de Octubre de 2005

 

Modificación estatutaria. Artículos estatutarios modificados. Debe constar la nueva redacción dada a los artículos de los estatutos que se modifican o adicionan, así como, en su caso, la expresión de los que se derogan o sustituyen. R. 9 de marzo de 1999

 

Modificación. Informe del órgano de administración y transcripción literal de la propuesta. R. 10 de octubre de 2012

 

Participaciones. Modificación estatutos: sistema de valoración de las participaciones sociales en transmisiones intervivos o mortis causa: no puede quedar al arbitrio de una de las partes. R. 28 de enero de 2012

 

Modificación. Informe justificativo de la propuesta incorporado a la escritura sin que exista manifestación formal. R. 14 de Marzo de 2005

 

Modificación y administradores SA:  La modificación de estatutos vigente el administrador no implica para éste una prórroga de su nombramiento, caso de modificación del plazo de su duración. R. 4 de Mayo de 2006

 

Normas. No es necesario reproducir en los estatutos sociales reglas fundamentales idénticas a las legales cuando en los mismos estatutos se haga constar la remisión a la Ley. R. 14 de noviembre de 2009

 

Participaciones. Valor. No cabe restringir el derecho del socio a obtener el valor real o “razonable” de sus participaciones, que no ha de confundirse con el valor contable, que es el que resultaría del balance, aunque estuviera auditado. R. 4 de Mayo de 2005

 

Remuneración del órgano de administración SL: laboral y societaria. Inscripción parcial. R. 3 de abril de 2013

 

Retribución administradores. El cambio del régimen de retribución de los administradores de gratuito a retribuido no requiere el consentimiento d todos los socios, aunque tal modificación comporte una reducción del beneficio distribuible. R. 21 de mayo de 1999

 

Retribución de administradores SL. Debe constar en estatutos el concreto sistema de esa remuneración. R. 16 de febrero de 2013, R. 17 de junio de 2014

 

Sociedad dada de baja provisional en el índice de entidades del Ministerio de Hacienda. No puede inscribirse la escritura de ampliación de capital de la sociedad y de adaptación de los estatutos a la nueva legislación. R. 17 de mayo de 2000

 

Transcripción parcial en los estatutos de disposiciones legales. Aunque supérflua, es inscribible, salvo que pudiera implicar la inaplicación de una norma imperativa o produzca confusionismo. R. 20 de abril de 1998

 

 

FUSION, ABSORCION, ESCISIÓN

 

Computo del plazo de oposición. R. 25 de abril de 2011

 

Depósito de cuentas. En caso de fusión por absorción, si el cierre registral por falta de depósito afecta a la sociedad absorbente, no es inscribible el documento. R. 15 de Julio de 2005

 

Escisión de rama de actividad. Cumplimiento de requisitos legales. Manifestaciones exigibles en la escritura.  R. 10 de abril de 2014,  R. 11 de abril de 2014

 

Escisión de rama de actividad. Aspectos contables.  R. 10 de abril de 2014, R. 11 de abril de 2014  

 

Escisión parcial de sociedad limitada unipersonal: no precisa balance de escisión. Fecha a efectos contables: puede ser la de la escritura.  R. 8 de Mayo de 2014

 

Fecha del  balance. No es necesario que en todo caso conste la fecha del balance de la sociedad absorbente si consta en la escritura la manifestación de los otorgantes, bajo su responsabilidad, sobre el cumplimiento de la obligación de información impuesta por el art. 238.1.e) LSA. R. 22 de Marzo de 2002

 

Fusión de sociedad íntegramente participada: es necesaria la aprobación del balance y su incorporación a la escritura. R. 21 de Abril de 2014

 

Fusión de SA por acuerdo unánime: no cabe dispensa del informe del experto independiente sobre el patrimonio social no dinerario. R. 2 de febrero de 2011

 

Fusión por absorción: han de constar fecha y forma de las comunicaciones a los acreedores. R. 9 de mayo de 2014

Fusión por absorción: puede ser modificada por acuerdo de todas las sociedades, pero la modificación no puede afectar a los acreedores que no han intervenido en la misma. R. 3 de octubre de 2013

 

Fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas. Nota de inexistencia de obstáculos registrales. R. 6 de Abril de 2013

 

Fusión por absorción de sociedades de distinto Registro Mercantil: sin nota de inexistencia de obstáculos registrales no es posible la inscripción. R. 27 de mayo de 2013

 

Unipersonalidad. Para hacer constar la declaración de propiedad por parte de la sociedad absorbente de todas las participaciones de la absorbida, no es necesaria la previa inscripción de la  situación de unipersonal de ésta. R. 15 de enero de 2002

 

 

INSCRIPCION PARCIAL

 

Acuerdos independientes. Solicitada inscripción parcial y existiendo en un mismo título acuerdos independientes entre si, deben inscribirse los que carezcan de defectos.  R. 5 de Mayo de 2005

 

Administradores: Estando cerrado el Registro por falta de depósito de cuentas de dos ejercicios y solicitada inscripción parcial del documento, debe inscribirse el cese, manteniendo el cierre respecto del nuevo nombramiento. R. 25 de Febrero de 2006

 

Cese de administrador. Inscripción parcial: Requiere solicitud. R.16 de diciembre de 2013

 

Remuneración del órgano de administración SL: laboral y societaria. Inscripción parcial. R. 3 de abril de 2013

 

JUNTA GENERAL

 

Acta de la Junta con los acuerdos de la sociedad: Su protocolización notarial no convierte al Acta en documento público. R. 19 de julio de 2011

 

Acta notarial de junta general: es válido el requerimiento hecho por los liquidadores con el cargo caducado. R. 19 de julio de 2012

 

Acta Notarial. Deposito de cuentas SL. Constando en la hoja de la sociedad nota marginal de solicitud por un socio de levantamiento de acta notarial de la junta y no habiendo sido esta levantada, son ineficaces los acuerdos.  R. 11 de Julio de 2007

 

Acta Notarial. El requerimiento de la presencia de Notario para levantar acta de la Junta general precisa de acuerdo ordinario del Consejo de administración, extremo que puede acreditarse con posterioridad al cumplimiento de tal exigencia. R. 19 de septiembre de 2000 , R. 20 de septiembre de 2000, R. 21 de septiembre de 2000

 

Acta notarial de acuerdos sociales SL. Debe constar la fecha y forma de convocatoria de la Junta. R. 6 de abril de 2000

 

Acuerdos sociales. En la certificación de los acuerdos ha de constar la aprobación del acta, con su fecha y el sistema utilizado. R. 10 de Octubre de 2005, R. 24 de Julio de 2006

 

Acuerdos Junta General. Certificación de acuerdos. Los acuerdos de la junta solo se pueden certificar por quien tenga facultades para ello. R. 28 de octubre de 1998

 

Acuerdos junta general SL: no es posible su celebración en lugar distinto a la localidad del domicilio social, salvo casos de fuerza mayor. R. 20 de noviembre de 2012, R. 6 de septiembre de 2013, R. 14 de octubre de 2013

 

Anuncios de la convocatoria SA. Debe acreditarse la convocatoria de la Junta. R. 9 de febrero de 2013

 

Aprobación del acta Junta SL. La certificación debe hacer constar la fecha y forma de aprobación del acta. R. 30 de septiembre de 2000

 

Ausencia socios. La ausencia de socios que asistieron  a la constitución de la Junta (SL) no afecta a la validez de los acuerdos adoptados. R. 11 de octubre de 2005

 

Certificación de acuerdos de Junta Universal SL. Debe  constar la lista de asistentes y su firma y la aceptación del orden del día. R. 17 de abril de 1999

 

Confusión en el acta de la Junta. R. 31 de Marzo de 2003

 

Constitución. Libro Registro de socios. La apreciación de la titularidad de los socios asistentes es competencia del presidente de la junta, a salvo el derecho de cualquier interesado a impugnarla judicialmente. R. 26 de Noviembre de 2007

 

Constitución. Determinar la validez de la constitución de la Junta compete al Presidente, pero dicho juicio también es luego competencia del Registrador Mercantil.  R. 26 de Febrero de 2004

 

Constitución de junta general: declaración del presidente sobre su válida constitución: en principio a ella debe estarse. R. 5 de agosto de 2013

 

Constitución de junta general: debe constar quien es el presidente de la junta. R. 28 de agosto de 2013

 

Constitución SA. Dudas sobre la titularidad de determinadas acciones. No puede el Registrador apreciar la posible vulneración del derecho de adquisición preferente en la transmisión de acciones porque dichas transmisiones no son objeto de la inscripción a practicar, sin perjuicio de la posible impugnación judicial. R. 26 de Noviembre de 200

 

Convocatoria Junta: no es válida la realizada por dos de los tres administradores mancomunados, aunque tengan atribuido el poder de representación de la sociedad. R. 28 de enero de 2013, R. 11 de julio de 2013, R. 18 de septiembre de 2013, R. 28 de octubre de 2013

 

Convocatoria de junta general por administrador nombrado pero no inscrito.  Es válida. R. 4 de junio de 1998

 

Convocatoria Junta General por administrador con cargo caducado, pero reelegido. Es válida la convocatoria de una Junta General hecha por un Administrador solidario cuyo cargo aparece cancelado en el RM por caducidad, habiendo sido reelegido sin inscribir.  R. 8 de Junio de 1998

 

Convocatoria Junta SA. Certificación de Junta general: requisitos de la convocatoria. Es defecto subsanable el que en la certificación del acuerdo social de nombramiento de dos nuevos Administradores, se omita la fecha y el modo en que han sido convocados todos los socios a la Junta General. R. 22 de abril de 2000

 

Convocatoria Junta SA por consejero delegado. Es posible. R. 22 de noviembre de 1999

 

Convocatoria Junta SA. Cabe conferir al Consejero Delegado la facultad de convocar Junta General. R. 11 de marzo de 1999

 

Convocatoria Junta SA. Regularidad en su celebración: ¿Junta Universal? Quorum de adopción de acuerdos. Tracto sucesivo mercantil. R. 29 de noviembre de 2012

 

Convocatoria Junta SA. Debe constar la declaración del presidente de quedar constituida y los quórum de votación. R. 29 de noviembre de 2012

 

-       Convocatoria Junta SA. Web corporativa. No regulándose de forma expresa en los estatutos la convocatoria de la junta, no es necesaria su modificación para la inscripción de una web corporativa como forma de convocar las juntas generales de la sociedad. R. 11 de febrero de 2013

 

Convocatoria Junta SL. La convocatoria de Junta general ha de ser en la forma estatutaria. R. de 29 de abril de 2000

 

Convocatoria Junta SL. Los requisitos de convocatoria pueden justificarse con los anuncios incorporados a la escritura. R. 24 de Julio de 2007

 

Convocatoria Junta SL. No es válida la convocatoria efectuada únicamente por uno de los dos administradores mancomunados cuyos cargos están vigentes. R. 25 de febrero de 2000

 

Convocatoria Junta SL. Competencia. Corresponde al órgano de Administración. R. 8 de febrero de 2012

 

Convocatoria Junta SL. Es esencial que conste en la escritura o en la certificación la fecha y forma en que se ha realizado la convocatoria de la junta, cuando de medios privados de convocatoria se trata. R. 16 de febrero de 2013

 

Convocatoria Junta SL. Omisión en la convocatoria de junta de un punto solicitado por socio minoritario. Consecuencias. R. 3 de Noviembre de 2010

 

Convocatoria Junta SL por anuncio publicado en la página web. Es posible que los estatutos de una SL dispongan que la Junta sea convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, por burofax con acuse de recibo. Cabe reproducir el punto 2 del art. 173 LSC sobre convocatoria en web sin señalar cual sea esta, estableciendo, eso sí, un sistema supletorio. R. 21 de marzo de 2011,

 

Convocatoria Junta SL por anuncio publicado en la página web. Es posible que los estatutos de una SL dispongan que la Junta sea convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, por burofax con acuse de recibo. R. 5 de julio de 2011

 

Convocatoria Junta SL. No es posible que la convocatoria la haga un representante del administrador. R. 26 de febrero de 2013

 

Convocatoria Junta SL. No es válida la convocatoria por uno solo de los administradores mancomunados. R. 26 de febrero de 2013

 

Convocatoria y celebración Junta SL. Debe justificarse que la convocatoria se ha notificado a todos los socios. R. 26 de febrero de 2013

 

Convocatoria judicial.  No es necesario aportar el auto judicial. R. 26 de julio de 2011

 

Convocatoria judicial Junta SA. Debe cumplir las previsiones legales y estatutarias. R. 24 noviembre de 1999

 

Convocatoria Junta SL hecha por presidente no inscrito y acuerdos tomados por consejeros no inscritos. Facultad certificante. R. 25 de abril de 2012

Convocatoria  SL: No es posible por un administrador dimitido y cuya dimisión ya constaba inscrita. R. 6 de marzo de 2013

 

Convocatoria judicial SL. Deben observarse las exigencias estatutarias o legales. R. 26 de Febrero de 2004

 

Convocatoria judicial SL. Pueden o deben ser los administradores o el promotor de la convocatoria los que, una vez en posesión del testimonio judicial, se encarguen de su publicación o traslado  ateniéndose a las exigencias estatutarias. R. 15 de Abril de 2005

 

Convocatoria judicial SL. Supone una singularidad respecto de la regla general, pero tan sólo en cuanto a la legitimación para hacerlo, no en cuanto a su forma, que ha de ser la estatutaria o la legalmente prevista. R. 15 de Abril de 2005

 

Convocatoria judicial SL. Si resulta palmariamente que el auto de convocatoria se notificó a todos los socios no es necesario ajustar la convocatoria a lo dispuesto en los estatutos. R. 26 de Julio de 2005 R. 24 de Enero de 2006, R. 28 de febrero de 2014

 

Convocatoria Junta: forma de convocatoria. No es posible convocar junta general de una sociedad por la web corporativa, si la misma no consta publicada en la hoja de la sociedad. R. 10 de octubre de 2012

 

Convocatoria Junta SA. Antelación. Tras la reforma del art. 97 LSA por ley 19/2005, es válida y por tanto serán inscribibles los acuerdos adoptados en una Junta celebrada el mismo día del mes siguiente a aquel en que se haya publicado el último anuncio de la convocatoria. (No obstante, los fundamentos de derecho de esta resolución no son tan claros). R. 10 de Enero de 2007,  y , con más claridad:  R. 31 de Mayo de 2007, R. 9 de Julio de 2007, R. 28 de Agosto de 2007 –-tras la rectificación por la Res. 15 de Octubre de 2007-, R. 29 de Agosto de 2007, R. 30 de Agosto de 2007, R. 20 de Septiembre de 2007, R. 21 de Septiembre de 2007

 

Convocatoria Junta SA: Antelación. Los dos anuncios de convocatoria de la Junta General deben publicarse al menos 15 días (hoy, un mes) antes de su celebración. R. 24 de Marzo de 2006

 

Convocatoria Junta SA. Plazo de un mes. Se tiene en cuenta el primer día, por lo que la Junta puede celebrarse en el mismo día del mes siguiente en que salió el anuncio. R. 5 de Junio de 2007

 

Convocatoria Junta SA. Plazo. El plazo convocatoria-celebración se computa incluyendo días inhábiles y el día en que se publica la convocatoria y excluyendo el día de celebración de la Junta.  R. 15 de Noviembre de 2005

 

Convocatoria Junta SA. Plazo. La expresión “treinta días” no equivale a “un mes”. R. 5 de Junio de 2007

 

Constitución Junta SA. Los socios que se ausentan una vez confeccionada la lista de asistentes no pueden tenerse en cuenta para la válida constitución de la Junta. R. 19 de Mayo de 2006

 

Convocatoria Junta SA. No es admisible la realizada por administrador con cargo vencido y caducado. R. 30 de Octubre de 2009 -anulada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE-

 

Convocatoria Junta SA. No es válida la convocatoria de Junta General de una sociedad anónima disuelta de pleno derecho por aplicación de la DT 6ª LSA que hace un miembro del Consejo de Administración con cargo caducado, estando cancelada la inscripción de su nombramiento R. 24 de Enero de 2001  

 

Convocatoria Junta SA por burofax. No cabe. R. 8 de Noviembre de 2003

 

Convocatoria Junta SA. Rectificación de la hora. La modificación de la hora de convocatoria supone la alteración de uno de los datos básicos publicados, y la eficacia de tal modificación estará condicionada a que se anuncie con la antelación legalmente exigida. R. 29 de Abril de 2005

 

Convocatoria Junta SA. Requisitos. Es esencial el cumplimiento de todos los requisitos. R. 24 de Marzo de 2006

 

Convocatoria Junta SL. Los 15 días se computan incluyendo el día inicial. R. 15 de julio de 1998

 

Convocatoria Junta SL. Depósito de cuentas. Fecha y forma convocatoria de junta: no basta  remitir a estatutos. R. 16 de Septiembre de 2011

 

Convocatoria Junta SL. Depósito de cuentas. Salvo que otro cosa digan los estatutos no es posible la celebración de la Junta fuera del término municipal del domicilio social. R. 16 de Septiembre de 2011

 

Convocatoria Junta SL. Procedimiento concreto de convocatoria. R. 8 de Julio de 2011

 

Convocatoria Junta SL por Presidente del Consejo de Administración. El Presidente del Consejo, aunque tenga facultades representativas, y salvo que sea también Consejero Delegado, no puede convocar la Junta General de la sociedad. R. 8 de Marzo de 2005

 

Convocatoria Junta SL. Plazo entre convocatoria y Junta. Se incluye el día inicial. R. 1 de junio de 2000

 

Convocatoria Junta SL. Derecho de información. R. 25 de mayo de 2009, R. 23 de abril de 2012

 

Convocatoria Junta SL. El modo de convocatoria de la Junta general no puede quedar al arbitrio de los administradores entre dos posibles modos. R. 25 de febrero de 1999

 

Convocatoria telemática Junta General SL. Admisibilidad. R. 23 de marzo de 2011,  R. 4 de junio de 2011, R. 29 de junio de 2011

 

Declaración Presidente. Debe constar la declaración por parte del Presidente de estar válidamente constituida la Junta. R. 24 de junio de 2000

 

Duración del cargo de Administrador SL ha de constar en los estatutos sin que sea suficiente con que aparezca en la parte contractual de la escritura. R. 23 de mayo de 1998

 

Fecha de celebración. Contradicción en la fecha de celebración e primera y segunda convocatoria S.A. Véase  R. 24 de Marzo de 2006

 

Fecha de celebración. Disparidad fecha de celebración de la Junta entre la escritura y la certificación: Necesidad de corregir el error. R. 6 de Abril de 2006

 

Firma del Presidente del Consejo e Administración. Si el órgano de administración es el Consejo, debe explicitarse en el anuncio que la convocatoria se hace por acuerdo del Consejo de administración, ya que la convocatoria corresponde al Consejo, no a su Presidente. R. 17 de Abril de 2007

 

Junta general SA. Representación familiar. Los privilegios de la representación familiar no son aplicables a la Junta General Universal. R. 27 de octubre de 1998

 

Junta General SL ante notario: si los datos contenidos en la certificación expedida no son completos para la calificación que debe realizar el registrador, ha de aportarse acta notarial de la junta. R. 18 de abril de 2012

 

Junta General SL: son posibles los sistemas de emisión y delegación de voto por medios telemáticos admitidos para las SA. R. 19 de Diciembre de 2012

 

Junta general SL: Debe constar la identidad de quien certifica los acuerdos. R.28 de junio de 2013

 

Junta general SL: Su convocatoria es competencia del consejo de administración. R.28 de junio de 2013

 

Junta General SL. No puede revocar poderes. R. 11 de febrero de 2014

 

Junta Universal SL. Requisitos. Para que la  Junta sea Universal no basta con que asistan a la misma los únicos socios. Debe manifestarse que la Junta es universal y constar que todos acepten por unanimidad la celebración de la Junta. R. 7 de abril de 2011, R. 28 de octubre de 2013

 

Junta universal SL. No puede valorar el Registrador si la junta es o no universal si no es por la propia documentación aportada. R. 26 de febrero de 2001  

Junta Universal SL. No puede exigirse la previa inscripción de la exclusión de un socio, deducida de la documentación presentada, como condición para apreciar el carácter universal de la Junta General, cuyos acuerdos pretenden inscribirse. R. 26 de febrero de 2001

 

Junta Universal SL. Para la inscripción de los acuerdos es preciso que conste la identidad y firma de los asistentes. R. 27 de octubre de 2012

 

Información. Debe constar en la convocatoria el derecho de información de los accionistas y su forma de ejercicio. R. 16 de Noviembre de 2002, R. 17 de Abril de 2007 , R. 18 de Abril de 2007.

 

Información de los socios. Los derechos de información de los socios en los anuncios de convocatoria, a los efectos de la inscripción de los acuerdos en el RM, pueden ser modalizados, aunque siempre se tratará de una cuestión de hecho a decidir en el caso concreto contemplado. R. 24 de octubre de 2013

 

Información de los socios. Debe huirse del exceso de rigorismo formal. R. 30 de mayo de 2013

 

Información. El derecho de información del accionista aparece investido de un carácter esencial, fuertemente protegido por la LSA, debiéndose extremar el cuidado a fin de evitar que, por vías indirectas, pueda ser menoscabado. Es un derecho especialmente protegido y potenciado cuyo incumplimiento acarrea la nulidad de los acuerdos adoptados. R. de 9 de mayo de 2003,  R. de 8 de Julio de 2005

 

Litispendencia sobre titularidad de acciones en la Junta General. Imposibilidad del depósito de cuentas. R. 19 de Enero de 2009

 

Lugar de celebración de la Junta Universal. Para inscribir el acuerdo de cese y nombramiento de un Administrador, adoptado en Junta universal, es preciso señalar el lugar en que dicha reunión ha tenido lugar. R. 23 de abril de 1999

 

Mutua de Seguros deportivos. Regularidad en la convocatoria de la Junta General. La vulneración de la norma estatutaria que exige un intervalo mínimo entre 1ª y 2ª convocatoria puede acarrear la anulación de los acuerdos, siendo competencia de los tribunales, en el procedimiento oportuno, resolver si en el caso concreto se puede admitir su validez. R. 9 de Mayo de 2005

 

Orden del día. Junta general convocada con asistencia del 100% del capital social. No es inscribible el nombramiento de auditor si no figuraba en el orden del día. R. 24 de abril de 2013

 

Orden del día. La Junta universal SL puede adoptar acuerdos no previstos en el orden del día. R. 14 de Noviembre de 2001

 

Orden del día. No cabe nombramiento de Auditor sin figurar en el orden del día. R. 19 de mayo de 2000

 

Orden del día para reducir capital a cero. Debe especificarse con claridad en la convocatoria. R. 18 de mayo de 2001, si bien cabe la ratificación posterior por Junta Universal.  R. 30 de julio de 2001

 

Orden del día. En un orden del día que sólo expresa adaptación y modificación de estatutos no puede entenderse comprendido la creación de una web corporativa y muchos menos una reducción del capital social. R. 10 de octubre de 2012

 

Participaciones. No es posible la anotación preventiva de embargo sobre participaciones sociales. R. 8 de abril de 2013

 

Poderes. La Junta General no puede otorgar poderes. R. 4 de febrero de 2011, R. 19 de julio de 2011

 

Poderes. Junta General concede facultades que no constan en documento público. Acta de la Junta, con los acuerdos de la sociedad: Su protocolización notarial no convierte al Acta en documento público. La Junta de una sociedad no puede otorgar poderes. R. 19 de julio de 2011

 

Posibilidad de desconvocar una junta general. R. 28 de julio de 2014

 

Presidente de la Junta General. Dimisión.  R. de 3 de Mayo de 2002

 

Presidente y Secretario. Una misma persona puede ser Presidente y Secretario de la Junta de socios. R. 3 de Enero de 2004

 

Quorums. Los estatutos no pueden fijarse quorums inferiores a los mínimos legales.  R. 7 de julio de 2011

 

S.A. en concurso de acreedores. Convocatoria de la Junta. Su celebración una vez suspendida la misma por el Presidente. Cierre del Registro por falta de depósito de cuentas. Nombramiento de Consejeros. R. 1 de Febrero de 2008

 

Suspensión de junta general. El Presidente de la Junta general no puede aplazar, prorrogar o suspender por sí solo la sesión. R. 4 de marzo de 2000

 

Tracto sucesivo. Junta general: El tracto sucesivo de administradores no se extiende al presidente de la junta general. R. 12 de enero de 2011

 

Traslado. Una vez constituida la Junta, puede trasladarse a otro local por acuerdo unánime. R. 2 de Octubre de 2003

 

Voto plural. Inadmisibilidad del pacto estatutario SA según el cual en caso de empate se estará al voto de la mayoría de los socios.  R. 26 de Octubre de 2005

 

 

LEGITIMACIÓN REGISTRAL

 

Arrendamiento financiero y venta a plazos con reserva de dominio. Legitimación registral. R. 23 de Octubre de 2002

 

Presunción legal de exactitud. Salvaguardia judicial de los asientos. No cabe recurso gubernativo contra un asiento ya practicado. Cauces para su rectificación. R. 9 de Marzo de 2005

  

OBJETO SOCIAL

 

Aclaración del mismo en refundición de estatutos: no son necesarias publicaciones. R. 4 de abril de 2011

 

Actividades SL. Puede comprender las actividades preparatorias, necesarias accesorias o complementarias relacionadas con la actividad principal. R. 23 de septiembre de 2008

 

Arrendamiento. La actividad “arrendamiento de inmuebles” no incluye como especie la del arrendamiento financiero. R. 29 de Enero de 2005

 

Concreción. Objeto social SL. Concreción suficiente. R. 23 de marzo de 2011

 

Concreción actividades. R. 8 de julio de 1999

 

Delimitación. No es inscribible la frase "la adquisición y enajenación... en la compraventa de bienes muebles", porque el objeto social se delimita por actividades, no por el tipo de bienes sobre los que se actúa. R. 17 de abril de 1998

 

Determinación. El objeto social, "ejercicio de las actividades propias de las agencias de viajes, grupo minorista", está perfectamente definido. R. 7 de abril de 1999

 

Determinación. Es admisible el relativo a la promoción, creación y participaciones en empresas. Determinación del CNAE. R. 11 de noviembre de 2013

 

Determinación. Es admisible el objeto social relativo a los “servicios sociales de todo tipo”, al acotar suficientemente el sector de la actividad económica y no existir reserva legal para el ejercicio de la misma. R. 14 de Julio de 2006

 

Determinación. Necesidad de precisa determinación del ámbito de actividad de la sociedad. R. 14 de Julio de 2006, R. 17 de junio de 2011

 

Determinación. Necesidad de determinación precisa y sumaria del objeto, no admitiéndose expresiones genéricas que permitan abarcar cualquier actividad mercantil. R. 25 de Octubre de 2004

 

Determinación. Necesidad de determinación precisa y sumaria del objeto, no pudiendo formar parte del mismo los actos jurídicos necesarios para su realización. R. 11 de Abril de 2005

 

Determinación. No son admisibles los objetos relativos al ejercicio del comercio, la industria o los servicios, sin más especificaciones, pero sí el relativo a los “servicios sociales de todo tipo”, al acotar suficientemente el sector de la actividad económica en que va a desarrollar su actividad la sociedad. R. 14 de Julio de 2006

 

Determinación suficiente. R. 18 de noviembre de 1999

 

Domiciliación de sociedades. Es inscribible como actividad integrante del objeto social la consistente en “domiciliación de sociedades”. R. 30 de marzo de 2000

 

Genérico. Es omnicomprensivo y genérico y, por tanto, no inscribible, un objeto social dirigido a la "promoción y desarrollo de proyectos... de empresas... de naturaleza industrial o comercial”.  R. 25 de febrero de 1999

 

Gestión de cobro. Falta de requisitos impuestos por el objeto social. La mera actividad de “gestión de cobro de efectos de comercio y otras deudas”, no se encuentra entre las reservadas a los establecimientos financieros de crédito. R. 24 de octubre de 2000

 

Intermediación inmobiliaria, cobro de impagados. Admisibilidad. R. 29 de enero de 2002

 

Limitación del objeto social por normativa autonómica. No impide la inscripción de la sociedad. R. 16 de Febrero de 2001

 

Lugar. El objeto de una sociedad puede ser distinto, según el lugar donde desarrolle su actividad. R. 18 de Febrero de 1999

 

Modificación de objeto social SL. Debe consignarse el CNAE de la actividad principal.  R. 4 de junio de 2014

 

Objeto social SL. Compraventa y administración de valores. R. 7 de enero de 2000

 

Objeto social SL. Es posible como objeto social el relativo a la “prestación de servicios”. R. 23 de enero de 2012

 

Objeto social SL. Indeterminación e incidencia de la legislación especial. R. 30 de abril de 1999

 

Objeto social SL: es admisible como objeto la “mera administración del patrimonio de los socios”.  R. 16 de marzo de 2013

 

Objeto social SL: no son inscribibles las actividades profesionales incluidas en el objeto de una sociedad no profesional. R. 16 de marzo de 2013

 

Objeto social profesional. No basta con decir en la escritura que la sociedad es no profesional para poder incluir en el objeto actividades profesionales.  R. 2 de julio de 2013

 

Puntos suspensivos. Es posible la utilización de puntos suspensivos en las relaciones ejemplificadoras de concretos objetos sociales. R. 4 de enero de 2012

 

Requisitos para su inscripción en el registro mercantil. R. 29 de enero de 2014

 

Sociedad holding. Expresiones redundantes y contrarias a la claridad con que debe quedar determinado el objeto social. Dudas fundadas de identidad. R. 21 de Diciembre de 2004

 

Sociedades express. Objeto social del modelo de sociedades express: es válido para todo tipo de sociedades. R.  5 de septiembre de 2011, R. 15 de noviembre de 2011, R. 14 de noviembre de 2011, R. 19 de mayo de 2012

 

Sociedad express: no lo es si no tiene el objeto de los estatutos modelo. R. 16 de mayo de 2012

 

Sociedades express. Objeto social. Mantenimiento de los beneficios arancelarios. Aunque el objeto modelo de una sociedad express se especifique no se pierden las ventajas arancelarias. R. 9 de octubre de 2013

 

Sociedad express: el objeto social de los estatutos tipo sigue siendo admisible salvo en sus referencias a actividades profesionales y sanitarias.  R. 18 de agosto de 2014

 

Sociedad mediadora de seguros: Objeto: debe especificarse si se trata de agencia o correduría. R. 25 de enero de 2012

 

Sociedad mixta. No admisible la expresión “y cualesquiera actividades complementarias de las anteriores”, por genérica y omnicomprensiva. R. 15 de Octubre de 2010

 

Trascendencia. Para los socios, los administradores y los terceros. R. 14 de Julio de 2006

 

Sociedad limitada. Delimitación de su objeto. Es posible que una SL normal tenga por objeto el propio de profesionales sujetos a colegiación obligatoria, aunque no se haya expresado en la formulación de dicho objeto que la sociedad se constituye simplemente como mediadora. R. 21 de Diciembre de 2007 -Anulada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Sociedad limitada.  “Asesoramiento jurídico”. Es admisible un objeto profesional en sociedades no profesionales. No cabe exigir una manifestación expresa sobre el carácter de intermediación de la actividad social. R. 5 de abril de 2011 (La R. 5 de marzo de 2013 cambia este criterio)

 

Sociedad Limitada. “Asesoramiento jurídico”. No es posible incluir en el objeto de una sociedad no profesional el “asesoramiento juridico”. R. 5 de marzo de 2013

  

PODERES

 

Acta de notificación de revocación de poderes. No es inscribible en el Registro Mercantil. R. 22 de mayo de 1999

 

Administrador único. El Administrador único de una sociedad no puede conferirse poder a sí mismo. R. 24 de Febrero de 2003

 

Apoderado nombrado por los administradores. Es posible inscribir en el Registro Mercantil una escritura de apoderamiento, otorgada por los administradores mancomunados de cierta sociedad, en la que se confieren al apoderado todas las facultades del órgano de administración, excepto las legal o estatutariamente indelegables. R. de 11 de diciembre de 2000

 

Autocontratación. El administrador no puede conceder al apoderado facultades de  autocontratación. R. 18 de Julio de 2006

 

Autocontratación. Poderes otorgados por consejo de administración: no son posibles las facultades para autocontratar concedidas al apoderado. R. 21 de junio de 2013

 

Distinción entre poder general o especial y poder concebido en términos generales. R. 7 de Mayo de 2008

 

Empresario individual. No es posible la inscripción de un poder de un empresario individual a favor de un tercero para actuar mancomunadamente con aquél. R. 17 de Septiembre de 2007

 

Enumeración de facultades del apoderado por referencia a las del órgano de administración. Inscribibilidad. R. de 19 de abril de 2000

 

Error. Otorgamiento de poder: error de escasa entidad en cuanto al domicilio de los apoderados. R.  16 de Octubre de 2010

 

Estado civil. No se precisa el estado civil de un apoderado general de una sociedad mercantil para su inscripción. R. 14 de julio de 2000

 

Interpretación. Ha de ser estricta. Ni extensiva ni restrictiva. R. 7 de Mayo de 2008

 

Inscripción. Los poderes para elevar a público, si son generales, deben estar previamente inscritos. R. 9 de mayo de 2014

 

Inscripción. Juicio notarial de suficiencia sin referencia a la inscripción en el Registro Mercantil. R. 9 de mayo de 2014

 

Junta General. La Junta General no puede otorgar poderes. R. 4 de febrero de 2011

 

Junta General SL. No puede revocar poderes. R. 11 de febrero de 2014

 

Manifestación subsistencia. No es imprescindible la manifestación por el otorgante de la subsistencia de la representación ya que no hay norma que la imponga y se entiende implícita en la afirmación de su cualidad de apoderado que hace el representante en el momento del otorgamiento. R. 19 de Mayo de 2005, R. 22 de Septiembre de 2005

 

Modo de actuación. En caso de designación de tres apoderados para ejercer facultades conjunta o mancomunadamente, no es necesario especificar el modo concreto de actuación. R. 27 de febrero de 2013

 

Pasaporte. No es esencial para la inscripción de un poder la indicación de estar vigente el pasaporte del apoderado. R. 20 de octubre de 2000

 

Poder conjunto con Consejero Delegado de la sociedad. Cabe la inscripción de poderes de forma mancomunada del apoderado designado con el Consejero delegado de la sociedad, sin necesidad de que este esté nominativamente designado. R. 28 de Octubre de 2008

 

Poder concedido en términos absolutos. Por amplias, absolutas o ilimitadas que sean las facultades conferidas a un apoderado, no es necesario dejar a salvo las facultades indelegables. R. 4 de Marzo de 2009

 

Poder mercantil. Facultades. Subapoderamiento. R. 23 de Enero de 2001

 

Poder otorgado por administrador ¿único o solidario? Error irrelevante. R. 9 de Julio de 2011

 

Poder otorgado por uno de los administradores solidarios de la sociedad a favor del otro. Es inscribible. R. 18 de julio de 2012

 

Rendir cuentas. Cabe atribuir por apoderamiento la facultad de “Rendir cuentas”, entendido ello en el ámbito externo, ante terceros. R. 18 de Julio de 2006

 

Renuncia del apoderado. No es inscribible en el Registro Mercantil la escritura mediante la que el apoderado de una sociedad renuncia a las facultades que le habían sido conferidas, si no se acredita la notificación de la renuncia a la sociedad poderdante. R. 21 de mayo de 2001

 

Reseña y juicio de suficiencia. Basta (y esto es lo que ha de calificar el Registrador) que el Notario practique la reseña del documento auténtico del que nacen las facultades representativas (que ha de comprender al menos nombre o denominación social del poderdante y apoderado, nombre del notario autorizante, fecha del documento, nº de protocolo y su vigencia) e incorpore un juicio de suficiencia de las facultades expreso, concreto y coherente con el negocio documentado. El Registrador no puede pedir que se acompañe el documento ni que se transcriban las facultades ni se reseñe  o testimonie total o parcialmente su contenido. R. 19 de Mayo de 2005, R. 22 de Septiembre de 2005

 

Reseña y juicio de suficiencia. El registrador debe calificar que se ha practicado la reseña de modo adecuado y que se ha incorporado un juicio de suficiencia de las facultades del representante, expresado, no de forma genérica o abstracta, sino necesariamente concretado al acto o negocio jurídico al que el instrumento se refiera. Pero el Notario no tiene que especificar cuáles son las facultades representativas contenidas en la escritura de apoderamiento que considera suficiente. R. 5 de abril de 2011, R. 1 de julio de 2011

 

Revocación poder. Si   dos administradores mancomunados dan poder a uno de ellos, para la revocación basta la hecha por uno de los administradores mancomunados. Y ello es también aplicable al caso de que el poder se haya dado como persona individual al representante físico de uno de los administradores mancomunados persona jurídica. R. 15 de marzo de 2011

 

Revocación poder. Toda revocación de poder exige escritura pública otorgada por el representante orgánico de la sociedad con cargo vigente. R. 15 de marzo de 2011

 

Revocación de poder. Si la sociedad está en concurso es necesaria la intervención de la administración concursal. R. 24 de julio de 2014

 

Revocación de poderes. Inscripción de revocación de poderes. Problemas. R. 26 de enero de 1999

 

Sociedad unipersonal: el socio único no puede otorgar  poderes. R. 4 de febrero de 2011

 

Sociedad unipersonal. Otorgamiento de poder. La omisión en la escritura del carácter unipersonal de la sociedad carece de entidad suficiente para impedir la inscripción. R. 13 de Octubre de 2005

 

Sustitución del poder cuando las facultades del poderdante no son idénticas a las del apoderado. R. 7 de Mayo de 2008

 

Sustitución de poder mercantil. Facultades del poderdante. Distinción entre poder general o especial y poder concebido en términos generales. R. 7 de Mayo de 2008

 

 

PRIORIDAD

 

Bienes muebles. Cancelación anotación embargo. Ejecutado un bien cuyo embargo consta anotado, se produce la purga de las cargas posteriores –principio de prioridad- en virtud de documento judicial, cuya calificación se extiende a sus formalidades extrínsecas, tracto, competencia y adecuación del procedimiento, no a su pureza ni a sus fundamentos jurídicos. R. 11 de Enero de 2005

 

Bienes muebles. Prórroga de anotación de embargo no practicada. No es posible, en virtud de los principios de prioridad y tracto sucesivo. R. 18 de Diciembre de 2004

 

Excepciones. Las excepciones al principio de prioridad son para supuestos muy restringidos. Solo excepcionalmente pueden tenerse en cuenta documentos presentados con posterioridad. R. 6 de Julio de 2007

 

Principio de prioridad registral en el ámbito mercantil. Inscripción de nombramientos de administradores ya cesados. R. 5 de abril de 1999

 

Principio de prioridad mercantil. No juega con la misma fuerza que en el Registro de la Propiedad, al no tratarse de un registro de bienes sino de personas. R. 20 de diciembre de 2012,

 

Principio de prioridad mercantil. Debe aplicarse restrictivamente. R. 3 de julio de 2013, R. 31 de Enero de 2014, R. 11 de febrero de 2014

 

Recurso fuera de plazo. El Registrador debe inadmitir el recurso, pues admitirlo supondría seguir manteniendo a favor del título cuya calificación es objeto del mismo el privilegio de la prioridad en detrimento de otro llamado a lograrla una vez hubiera caducado el asiento de presentación de aquél.  R. 15 de Abril de 2005

 

Títulos incompatibles entre sí: no es posible su acceso el registro. R. 20 de diciembre de 2012

 

Títulos presentados después. La calificación de un documento deberá realizarse en función de lo que resulte del título y de la situación tabular existente en el momento de su presentación en el Registro, sin que puedan obstaculizar a su inscripción títulos incompatibles posteriormente presentados. R. 12 de enero de 2011

  

 

PROCEDIMIENTO REGISTRAL

 

Carácter administrativo. R. 14 de Julio de 2006, R. 19 de Julio de 2006

 

 

PROTOCOLO FAMILIAR

 

Cierre de la hoja. No procede su constancia en la hoja de la sociedad si ésta se encuentra cerrada por falta de depósito de cuentas. R. 30 de Septiembre de 2008

 

Solicitud. La publicidad del protocolo familiar requiere instancia, con firma legitimada, del órgano de administración de la sociedad. R. 30 de Septiembre de 2008

 

PUBLICIDAD FORMAL

 

Publicidad formal en el Registro Mercantil:  interés legítimo y protección de datos. R. 29 de Julio de 2010

 

Publicidad formal en el Registro Mercantil. Requisitos expedición notas simples. R. 4 de julio de 2013

 

REACTIVACION

 

Calificación. Han de calificarse conjuntamente los títulos de adaptación de estatutos, aumento de capital social y reactivación de la sociedad. R. 26 de agosto de 1998

 

Publicidad del art. 263 LSA. No es un requisito previo para inscribir la reactivación. R. 26 de agosto de 1998

 

Reactivación de sociedad. No es requisito para la inscripción de la reactivación de una sociedad disuelta de pleno derecho ex DT 6ª-2 LSA la publicación del acuerdo en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación del domicilio social. R. 11 de enero de 2000

 

Reactivación de SL. No hay derecho de oposición de acreedores.  R. 10 de septiembre de 2011

 

RECURSO GUBERNATIVO

 

Alteración rango. Bienes muebles. El recurso gubernativo no tiene por objeto la alteración del rango de los asientos registrales, lo cual sólo puede producirse por acuerdo de las partes o acudiendo al procedimiento judicial correspondiente. R. 4 de Enero de 2005

 

Asiento ya practicado. No cabe recurso gubernativo contra un asiento ya practicado. R. 5 de mayo de 1999, R. de 4 de diciembre de 1999, R. 27 de enero de 2000, R. de 14 de abril de 2000, R. 28 de Mayo  de 2009, R. de 28 de mayo de 2002, R. 4 de Enero de 2005,  R. 9 de Marzo de 2005, R. 6 de Mayo de 2005, R. 6 de Marzo de 2009, , R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 2 de Abril de 2009, R. 28 de Mayo  de 2009, R. 4 de julio de 2011

 

Calificación: plazo para interponer el recurso en caso de doble entrada del documento calificado dentro de la vigencia del asiento de presentación. Si se reitera la nota y se pone pie de recurso, el plazo se cuenta desde la segunda nota. R.14 de febrero de 2012

 

Calificación el registro mercantil central. Son aplicables las normas ordinarias en materia de recurso. R. 10 de junio de 1999, R. 15 de junio de 1999

 

Calificación sustitutoria:  El Notario puede acudir a ella, del mismo modo que puede recurrir ante este Centro Directivo la calificación negativa del Registrador territorialmente competente. R. 13 de Diciembre de 2006

 

Calificación sustitutoria. El recurso gubernativo debe interponerse contra la calificación del Registrador sustituido y no contra el acuerdo del Registrador sustituto, si bien por razón de economía de procedimiento se admite y resuelve el recurso. R. 2 de Agosto  de 2005

 

Carácter aformalista del recurso gubernativo. R. 24 de octubre de 2002

 

Cómputo del plazo. El cómputo del plazo para interponer el recurso debe hacerse a partir del día siguiente a aquél que se toma como referencia, de tal manera que el día final correspondiente a los meses o años es el correspondiente al mismo día que se esté tomando en consideración. R. 23 de Enero de 2001

 

Cómputo del plazo. El plazo de un mes para recurrir se cuenta de fecha a fecha, empezando por el día que se hace la notificación y acabando el mismo día del mes siguiente. R. 14 de Octubre de 2002

 

Cómputo del plazo. Trascendencia de la regularidad de la notificación de la calificación en la fijación del dies a quo del cómputo del plazo para recurrir y en para el inicio del plazo de prórroga del asiento de presentación. R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005  -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-.

 

Contra dos notas. Recurso único contra dos notas de calificación en  dos escrituras. El recurso es admisible, entendiendo que, propiamente, son dos recursos que deben de resolverse separadamente. R. 24 de octubre de 2002, R. 3 de Diciembre de 2002

 

Depósito de cuentas.  Cuentas anuales sin calificar. Recurso preventivo. No es posible, si bien el Registrador debe esperar a la resolución del recurso pendiente ante la DG sobre nombramiento de auditor para “poder calificar el depósito de las cuentas instado por la sociedad”. R. 6 de Noviembre de 2009

 

Depósito de cuentas. En materia de depósito de cuentas también se aplica, pese a la especialidad de la materia, el nuevo recurso de los artículos 322 a 329 de la LH. R. de 8 de Julio de 2005

 

Desistimiento. R. 27 de Febrero de 2006

 

Desistimiento. Reviviscencia del art. 131 RH. R. 28 de febrero de 2011

 

Doble recurso mercantil. R. 27 de enero de 2000, R. 21 de febrero de 2000

 

Documento calificado. En caso de falta de aportación debe concederse al recurrente un plazo razonable para subsanar la omisión. R. 17 de junio de 2011

 

Documentos. En el recurso no pueden tenerse en cuenta los documentos no presentados al tiempo de la calificación registral. R. 10 de junio de 2000,  R. 9 de Julio de 2004, R. 27 de Julio de 2006, R.28 de junio de 2013

 

Documentos. Es necesario el título original. R. 29 de marzo de 1999, R. 29 de junio de 1999, R. de 24 de abril de 2000, R. 7 de Noviembre de 2003

 

Expediente. Importancia de sus datos. R. 19 de Mayo de 2005

 

Fuera de plazo. El Registrador debe rechazar el recurso, pues admitirlo supondría seguir manteniendo a favor del título cuya calificación es objeto del mismo el privilegio de la prioridad en detrimento de otro llamado a lograrla una vez hubiera caducado el asiento de presentación de aquél.  R. 15 de Abril de 2005

 

Fuera de plazo. El Registrador debe inadmitir el recurso, sin perjuicio de la posibilidad de volver a presentar el título y frente a la calificación negativa, idéntica o diferente, poder recurrir gubernativamente. R. 15 de Abril de 2005

 

Fuera de plazo. Si el Registrador admite el recurso a trámite, la DG puede declarar su inadmisión por extemporáneo, y contra la inadmisión es posible el recurso ante el Juzgado de lo Mercantil.  R. 15 de Abril de 2005

 

Fuera de plazo. Una calificación no recurrida en plazo deviene firme, sin perjuicio de la posibilidad de volver a presentar el título y frente a la calificación negativa poder recurrir gubernativamente, aunque la calificación sea idéntica a la anterior. R. 15 de Abril de 2005

 

Hipoteca mobiliaria de maquinaria industrial. El recurso ha de regirse por el Reglamento del Registro Mercantil. R. 2 de octubre de 2000

 

Inadmisión. Contra la decisión del Registrador de inadmitir el recurso, cabe recurso gubernativo. R. 29 de junio de 1999, R.  4 de noviembre de 1999

 

Inadmisión del recurso. Es correcta la actuación del registrador mercantil que no admitió el recurso por falta de acreditación de la legitimación precisa para interponerlo y por no acompañar los documentos calificados. R. 12 de mayo de 1999, R. 13 de mayo de 1999

  

Informe del Registrador: Debe limitarse a cuestiones de mero trámite. R. de 29 de abril de 2003, R. 3 de Enero de 2004, R. 13 de Septiembre de 2004 -Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial, aunque considera que la DG debió tener en cuenta el informe-  R. 14 de Diciembre de 2004, R. 1 de Febrero de 2005, R. 19 de Mayo de 2005, R. 1 de Junio de 2005, R. 22 de Septiembre de 2005

 

Informe del Registrador. No puede incluir nuevos fundamentos o argumentos  ni incluir una suerte de contestación al recurso interpuesto. R. 13 de Septiembre de 2004 -Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial, aunque considera que la DG debió tener en cuenta el informe-, R. 14 de Diciembre de 2004, R. 1 de Febrero de 2005 R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 30 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-, R. 19 de Mayo de 2005, R. 1 de Junio de 2005, R. 22 de Septiembre de 2005, R. 7 de julio de 2011

 

Legitimación de auditora. Interés conocido en asegurar los efectos de la inscripción. R. 6 de Marzo de 2009

 

Legitimación. El presentante del documento, solo tiene facultades puramente materiales- presentación del documento- pero carece de legitimación para la interposición del recurso por adolecer de falta de interés sustantivo en la extensión del asiento.  R. 2 de Julio de 2005

 

Mora en el desembolso de dividendos pasivos y ejercicio del derecho de voto. La exigencia de que conste en el registro la parte de capital no desembolsado no permite al Registrador Mercantil establecer un control sobre el derecho de voto. R. 14 de abril de 2012

 

Plazo de interposición. Un mes de fecha a fecha. R. 29 de Septiembre de 2008

 

Recurso “a efectos doctrinales”. La posibilidad que concede el art. 325 LH, no es un propio recurso a efectos doctrinales, sino que es un recurso para posibilitar la revisión de la calificación a todos los efectos, pues el objeto del recurso no es el asiento practicado sino el acto de calificación del registrador. R. 7 de julio de 2011

 

Recurso extemporáneo. No lo es si no se acredita la fecha en que el interesado recibió la notificación efectuada por el Registrador. R. 22 de Marzo de 2011

 

Recurso extemporáneo. Notificación por correo electrónico. R. 25 de abril de 2011

 

Recurso gubernativo. Desistimiento. Capacidad. R. 12 de junio de 1998

 

Representación para interponerlo. Inadmisión de recurso por no acreditar la representación. La acreditación en alzada de la representación del recurrente es suficiente para admitir el recurso. R. 5 de septiembre de 2000

 

Reserva. No cabe recurso contra la reserva de denominación. R. 24 de Febrero de 1999

 

Resoluciones fuera de plazo. Las resoluciones DGRN dictadas fuera de plazo no son nulas. R. 3 de Abril de 2007

 

Subsanado defecto. La subsanación del defecto y la práctica en su caso de la inscripción solicitada no son obstáculo para la interposición del recurso, pues el objeto del recurso no es el asiento registral sino el acto de calificación del Registrador. R. 24 de enero de 2011

 

Traslado de domicilio social. Vigencia de la certificación de traslado en caso de recurso gubernativo. R. 31 de Enero de 2014

 

 

REGISTRO MERCANTIL
 

Artículo 383 RH. Aplicabilidad supletoria al Registro de Bienes Muebles. Sociedad no inscrita. Para poder inscribir bienes a nombre de una SL es precisa su previa inscripción en el Registro Mercantil, si bien la inscripción podría practicarse a favor de los socios como integrantes de la sociedad en formación. R. 26 de Enero de 2005

 

Asientos. Intangibilidad de los asientos registrales una vez practicados. R. 6 de Mayo de 2005

 

BORME. El pago al Borme tiene la consideración de tasa. Provisión de fondos. No es suficiente el señalamiento de una cuenta de cargo en la propia escritura. R. 19 de mayo de 2009, R. 20 de mayo de 2009, R. 21 de mayo de 2009, R. 27 de julio de 2009 –que no obstante añade la conveniencia de que pueda ser admitido dicho sistema, siempre que exista una norma habilitante para ello-. 

 

Extranjeros: numero de identificación o número de la tarjeta de residencia. R. 11 de  abril de 2012     

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. BORME. R. 26 de enero de 2011, R. 23 de marzo de 2011, R. 15 de junio de 2011

 

BORME. Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. Falta de acreditación de la provisión de fondos para la publicación en el BORME al no reunir la sociedad constituida los presupuestos tipológicos para acogerse a la exención. R. 15 de junio de 2011, R. 6 de julio de 2011, R. 6 de julio de 2011, R.  14 de septiembre de 2011, R. 17 de septiembre de 2011

 

Cierre de la hoja de la sociedad por conclusión del concurso: no es inscribible nombramiento posterior de liquidador acordado por la junta de la sociedad. R. 17 de Diciembre de 2012

 

Cierre de la hoja registral SA. Cuando una hoja registral ha sido cerrada, no es inscribible una escritura de disolución y nombramiento de Liquidadores, sin que pueda cuestionarse en el recurso gubernativo si se practicó o no correctamente el asiento de cierre. R. 31 de agosto de 1998

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No permite inscribir el nombramiento de liquidadores. R. de 9 de mayo de 2002, R. 31 de Marzo de 2003, R. 11 de Marzo de 2005 , R. 23 de Octubre de 2003

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No permite inscribir el nombramiento de administradores. R. de 26 de abril de 2000

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No impide inscribir el cese de administradores. R. de 26 de abril de 2000, R. 14 de noviembre de 2013

 

Cese registral por baja en el índice de entidades. Impide la inscripción del cese de los administradores.  R. 31 de Marzo de 2003, R. 11 de Marzo de 2005, R. 19 de junio de 2009, R. 30 de julio de 2009, R. 1 de marzo de 2010, R. 19 de junio de 2013

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No permite inscribir la renuncia de administradores. R. 19 de junio de 2009

 

Cierre registral por baja en el índice de actividades económicas. La extensión de la nota marginal en el Registro Mercantil se hace por mandato del artículo 131.2 RDL 4/2004. R. 22 de agosto de 2012

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. Puede tener como  excepción los asientos ordenados por la autoridad judicial. R. 19 de junio de 2009, R. 30 de julio de 2009

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. Es absoluto, salvo los documentos otorgados por la autoridad judicial. En cambio el cierre por falta de depósito de cuentas admite más excepciones, cabiendo inscribir el cese de los administradores, pero no su nombramiento. R. 30 de julio de 2009, R. 1 de marzo de 2010

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. No podrá practicar ningún asiento en la hoja abierta a la sociedad afectada, a excepción de los ordenados por la autoridad judicial, los que sean presupuesto necesario para la reapertura de la misma o el depósito de las cuentas anuales. R. 19 de febrero de 2000

 

Cierre registral por baja en el índice de entidades. Los únicos asientos que se pueden practicar son sólo los de alta en dicho Índice y los asientos ordenados por la autoridad judicial. R. 21 de Marzo de 2014

 

Cierre registral por baja en el índice de actividades económicas y por falta de depósito de cuentas. Cese y nombramiento de administradores. R. 18 de Marzo de 2014, R. 21 de Marzo de 2014

 

Cierre registral previsto en el art-96 RRM. El mandato normativo es concluyente. R. 9 de abril de 2002 

 

Cierre registral por falta de adaptación. A las sociedades de auditoría no les es aplicable el cierre registral ni la sanción de disolución de pleno derecho. R. 5 de Marzo de 2009, R. 6 de Marzo de 2009

 

Cierre registral por razones fiscales. Impide inscribir la transformación de la sociedad. R. 9 de febrero de 1999

 

Datos identificación registral. Constitución de SL por dos asociaciones profesionales. Innecesariedad de  hacer constar los datos de inscripción de las asociaciones, al no tener carácter constitutivo.  R. 16 de Noviembre de 2005

 

Constitución de sociedad de capital por comunidad de montes vecinales en mano común. No es posible, al carecer de personalidad jurídica. R. 20 de marzo de 2014

 

Contradicción en los datos relativos al domicilio de un socio. R. 14 de octubre de 2013

 

Domicilio. Nombramiento de Administrador. La disparidad en cuanto a su domicilio entre comparecencia y certificación ha de ser corregida. R. 19 de Julio de 2006

 

Domicilio. Traslado de domicilio a España. R. 4 de febrero de 2000

 

Domicilio. Traslado a España de sociedad domiciliada en Gibraltar. ¿Forma parte Gibraltar del espacio económico europeo?. R. 14 de marzo de 2014

 

Domicilio. Traslado de domicilio de una sociedad. No cabe suspender la inscripción por el hecho de no haberse ejecutado sentencia sobre demarcación registral. R. 11 de julio de 2011, R. 21 de abril de 2012

 

Domicilio. Traslado de domicilio por el administrador y modificación de los estatutos. R. 25 de febrero de 2013

 

Domicilio social durante el periodo de liquidación. Requiere modificación estatutaria. R. 9 de octubre de 1999

 

Empresario individual. La Inscripción debe practicarse en el Registro correspondiente a su establecimiento único o principal, de ser varios. R. 28 de marzo de 2003

 

Legalización de libros de empresarios. Cabe la legalización de hojas móviles antes de su encuadernación. R. 26 de julio de 2001

 

Legalización de libros de empresarios. No es preciso que se identifique a la sociedad en todas las hojas del Libro de Actas. R. 26 de julio de 2001

 

Legalización de libros de empresarios: si el ejercicio social fue iniciado antes de la entrada en vigor de la ley 14/2013, la legalización puede llevarse a cabo conforme al sistema anterior. R. 5 de agosto de 2014

 

Legalización de los libros de comercio de una comunidad de bienes  No es posible la legalización de los libros de comercio de una comunidad de bienes constituida para el ejercicio de una actividad empresarial. R. 16 de febrero de 2000

 

Objeto Registro Mercantil: El Registro Mercantil no tiene por objeto, respecto de las sociedades, la constatación y protección sustantiva del tráfico jurídico sobre las acciones o las participaciones en que se divide el capital social de aquéllas, sino la de la estructura y régimen de funcionamiento de tales entidades. R. 14 de enero de 2002, R. de 29 de abril de 2003

 

Plan de pensiones. Para inscribir la adaptación y modificación del clausulado de un Plan de Pensiones es preciso que la certificación sea expedida por el órgano de administración de la entidad gestora. R. 3 de febrero de 2000

 

Presentación de segunda o ulterior copia de un documento inscrito. Concordancia con el contenido del registro. Actuación registral. R. 11 de abril de 2013

 

Prohibición judicial de disponer de participaciones sociales.  No es anotable. R. 11 de octubre de 1999

 

Publicidad formal en el Registro Mercantil:  interés legítimo y protección de datos. R. 29 de Julio de 2010

 

Rectificación y ratificación de escritura previamente anulada. No es posible. R. 2 de Septiembre de 1998

 

Régimen económico matrimonial del socio fundador. No es necesario acreditarlo cuando se trata de constituir sociedades mercantiles, no así cuando se trata de empresarios individuales. R. de 29 de abril de 2003

 

Registro de la Propiedad. La publicidad del Registro Mercantil no condiciona la inscripción en el Registro de la Propiedad. R. 30 de Noviembre de 2005, R. 30 de Noviembre de 2005 R. 30 de Noviembre de 2005, R. 30 de Noviembre de 2005 R. 14 de Diciembre de 2005, R. 10 de Enero de 2006

 

Socios. D.N.I. Junta Universal celebrada por medio del otorgamiento de la escritura presentada. Disparidad entre Registro y título en cuanto al DNI de uno de los socios comparecientes. No es defecto, ya que el nombre de los socios que adoptan el acuerdo no debe reflejarse en el asiento que refleje la modificación estatutaria. R. 15 de Noviembre de 2006 –anulada por Sentencia del Tribunal Supremo publicada en el BOE-.

 

Sujeto inscribible. Una oficina de información de sociedad americana no es sucursal, por lo que no puede constituir un sujeto inscribible en el Registro Mercantil. R. 7 de noviembre de 1998

 

Tracto sucesivo. Es un principio mucho más débil en la esfera mercantil. R. 14 de enero de 2002,  R. 21 de marzo de 2002

 

Tracto sucesivo. Cese Administradores. Basta el acuerdo genérico de cese de administradores, sin necesidad de identificar a los nombrados, sin que la falta de inscripción del nombramiento de alguno de ellos permita denegar la inscripción respecto de todos los cesados y nombrados. R. 5 de Mayo de 2005

 

Tracto sucesivo en modificaciones de capital social. Lapso de tiempo entre balance y acuerdo de reducción de capital social. R. 25 de Febrero 2004 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Traslado de domicilio social. Vigencia de la certificación de traslado en caso de recurso gubernativo. R. 31 de Enero de 2014

 

Web corporativa: Requisitos de su constancia en el Registro Mercantil. R. 10 de octubre de 2012 

 

REGISTRO MERCANTIL CENTRAL

 

Calificación el registro mercantil central. Son aplicables las normas ordinarias en materia de recurso. R. 10 de junio de 1999, R. 15 de junio de 1999

 

Contradicción. La contradicción entre el titulo objeto de calificación y otros presentados después no es defecto para practicar la inscripción. R. 23 de octubre de 1998

 

Denominación social. Caducidad de denominaciones ex art. 419 RRM. No opera en los casos de disolución ex DT 6-2 LSA. R. 27 de diciembre de 1999

 

Denominación social. Calificación. Cada vez que se solicita una denominación social, aunque la misma haya sido reservada -y caducada- en anteriores ocasiones sin llegar a constituirse la sociedad, el registrador procede a una nueva calificación, que es independiente del anterior, y por tanto puede ser distinta. R. 18 de mayo de 1999

 

Denominación social. Calificación positiva del registrador mercantil central. R. 2 de noviembre de 1999, R. de 4 de diciembre de 1999,  R. de 14 de abril de 2000, R. 10 de mayo de 2000

 

Denominación social. Concepto de identidad entre denominaciones sociales. R. 3 de noviembre de 2011

 

Denominación social. El Registrador Mercantil Central califica que la denominación se ajusta a los requisitos reglamentarios y el Registrador Mercantil territorial que se acomoda a la legalidad por lo que resulta del título y de los asientos del Registro. R. 12 de Abril de 2005

 

Denominación social. Identidad de denominaciones. La calificación del Registrador provincial no se encuentra mediatizada por la que hace el registrador del Registro Mercantil Central. R. 25 de abril de 2000

 

Denominación social. Identidad de denominaciones. No existe entre las denominaciones ayg asesores y age asesores. R. 6 de Octubre de 2012

 

Denominación social admitida al referirse a actividades distintas. R. 23 de Septiembre de 2003

 

Denominación social coincidente fonética y conceptualmente. R. 25 noviembre de 1999, R. 4 de Octubre de 2001

 

Denominación social no admitida por similitud con entidad notoriamente conocida. R. 7 de Diciembre de 2004

 

Denominación social no admitida por identidad. Posibilidad de solicitar nota de calificación motivada en caso de denegación de denominaciones por el Registro Mercantil Central. R. 26 de Marzo de 2003

 

Denominación social. Certificación. La certificación de denominación social puede obtenerse por el Notario con firma electrónica reconocida. R. 11 de Noviembre de 2004 - Anulada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Denominación social. Certificación. No es admisible un certificado de denominación social si no está expedido a nombre de uno de los fundadores o promotores. R. 17 de junio de 2009

 

Denominación social. Coincidencia. La coincidencia de la denominación solicitada con el de otra sociedad ya inscrita queda desvirtuada si junto al nombre se añade el sufijo ".com”. R. 10 de octubre de 2000

 

Denominación social. No identidad entre argostalia y argosalia. R. 25 de noviembre de 2010

 

Denominación social. Semejanza fonética. R. 25 de junio de 1999

 

Denominación social. Similitud y cercanía fonética. R. 10 de junio de 2000

 

Denominación social y marca. R. 23 de Septiembre de 2003, R. 5 de febrero de 2011

 

Denominación social y marcas comerciales. Su incompatibilidad.  R. 5 de febrero de 2011

 

Denominaciones no admisibles: similitudes. R. 25 de Octubre de 2010, R. 26 de Octubre de 2010

 

Duplicidad denominación. Negativa del Registrador Mercantil Central a declarar la nulidad de una denominación por duplicidad de la misma. Tal declaración corresponde a los tribunales. R. 2 de abril de 2003

 

Reserva. No cabe recurso contra la reserva de denominación. R. 24 de Febrero de 1999

 

Sucursal en España de sociedad extranjera: No precisa certificación negativa de denominación del Registro Mercantil Central. R. 24 de Mayo de 2007

 

Véase también: “Denominación social”

 

REPRESENTACION (Véase también “poderes” y “administradores”)

 

Acreditación de la representación de una sociedad no exhibida al notario autorizante. Cabría mediante certificación del Registro Mercantil, de fecha posterior a la escritura, pero no si la hoja de la sociedad está cerrada. R de 7 de junio de 2000

 

Constitución de SL. Autocontratación no salvada. En los contratos asociativos no es tan patente la existencia de intereses contrapuestos, pero no deja de existir la posibilidad.  R. 14 de mayo de 1998

 

 

SOCIEDAD CIVIL

 

Registro de la Propiedad. Véase en Resoluciones Propiedad

 

 

SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL

 

Adaptación. La fecha en que las sociedades anónimas laborales quedan disueltas, si no han presentado en el Registro Mercantil el título de aumento de capital social hasta el mínimo indispensable, finalizó el 31 de diciembre de 1996.   R. 17 de septiembre de 1999

 

Adaptación. Disolución SA laboral por falta de adaptación. Fecha del 31-12-1996. R. 10 de julio de 1998

 

Adaptación a la LSA. Conforme al apartado 4 de la D.T. 3 L.S.A, es la falta de adaptación de los estatutos sociales a lo establecido en dicha ley lo que determina el cierre registral impidiendo la inscripción de una escritura de reelección de cargos del Consejo de Administración. R. 21 de septiembre de 2001

 

Adaptación a la LSA. La falta de adaptación a la ley de los estatutos de una SAL impide la inscripción de la reelección de Administradores. R. 19 de septiembre de 2001

 

Convocatoria junta. Modificación estatutaria. Debe de enumerarse la materia concreta que va a ser objeto de modificación, sin que valga un mero acotamiento negativo. R. 21 de julio de 1999

 

Expresión “laboral” en SL. La expresión «laboral» queda reservada a las sociedades laborales, salvo que no genere confusión o ambigüedad.  R. 13 de septiembre de 2000

 

Pérdida de la condición de laboral de una sociedad. Debe expresarse en la convocatoria de la Junta. R. 2 de Junio de 2003

 

 

SOCIEDAD ANONIMA EUROPEA

 

Constitución. Forma de actuar ante la constitución de una S.A. europea que deba inscribirse en otro país miembro de la UE. Publicación del cumplimiento de las condiciones en el Registro de una de las sociedades promotoras. R. 22 de Enero de 2008

 

      SOCIEDAD COMANDITARIA

 

        Nombramiento de liquidador. R. 21 de marzo de 2002

 

Tracto sucesivo. Es un principio mucho más débil en la esfera mercantil. R. 21 de marzo de 2002

 

Venta. El liquidador puede ser apoderado para la venta de una finca. R. 21 de marzo de 2002

 

 

SOCIEDAD COMANDITARIA POR ACCIONES

 

Prestaciones accesorias. La modificación del régimen de las prestaciones accesorias no requiere el consentimiento de todos los socios.   R. 24 de Octubre de 2005

 

SOCIEDAD LIMITADA
 
Absorción. Para hacer constar la declaración de propiedad por parte de la sociedad absorbente de todas las participaciones de la absorbida, no es necesaria la previa inscripción de la  situación de unipersonal de ésta. R. 14 de enero de 2002
 

Acuerdos sociales. Pueden ser certificados por el Vicesecretario y visados por el Vicepresidente con carácter subsidiario a la actuación del Secretario y Presidente, no alternativo o indistinto, pero el que se emplee la disyuntiva “o” no supone contrariar esta doctrina ni genera ambigüedad. R. 28 de Abril de 2005 -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE- R. 30 de Abril de 2005  -parcialmente anulada por Sentencia firme del Tribunal Supremo publicada en el BOE-

 

Adaptación estatutos. Al amparo de un acuerdo de adaptación de los Estatutos de una SL a la ley no cabe acordar una modificación del objeto social, si no está previsto en el orden del día y se adopta con la mayoría precisa. R. 1 de marzo de 2000

 

Adaptación de estatutos sociales y reelección de administradores. R. 15 de octubre de 1998

 

Adaptación de Estatutos SL. La calificación del registrador puede extenderse incluso a aquellos artículos estatutarios que no han sufrido modificación, para valorar su adecuación a la nueva normativa. R. 7 de abril de 1999

 

Adaptación estatutos. Los estatutos de una SL no adaptados a la ley 2/1995 deben quedar vigentes en todo lo que no se oponga a la nueva ley, no oponiéndose a la misma la forma de convocatoria que establecían –correo certificado con acuse de recibo-. R. 16 de Abril de 2005

 

Administrador SL sin fijación de plazo. R. 7 de febrero de 2000

 

Administradores. Necesidad de especificar en los estatutos SL la forma de actuación de los administradores mancomunados. R. 22 de junio de 2000,  R. 1 de Septiembre  de 2005

 

Administradores. Aceptación tácita de cargos, derivada de la voluntad inequívoca de los fundadores. R. 24 de noviembre de 2010

 

Administradores. Reelección. Es inscribible la reelección de  administrador, sin indicar plazo, a pesar de que inicialmente lo hubiera sido por cinco años, y ello aunque no se hayan adecuado los estatutos a la nueva normativa. R. 31 de enero de 2000

 

Administradores. No es posible la representación proporcional, ni los nombramientos por cooptación dentro del Consejo ni atribuir el derecho a nombrar un administrador a un grupo de socios. R. 15 de septiembre de 2008

 

Administradores. Número. No es necesario fijar número de administradores en las previsiones estatutarias de administradores solidarios SL. R. 11 de febrero de 1999

 

Administradores. Número: no es necesario que se fije el número de administradores solidarios o conjuntos. R. 10 de junio de 1998

 

Administradores. Plazo. Cabe señalar la fecha a partir de la cual producirán efectos los ceses o nombramientos de administradores. R. 6 de junio de 2009

 

Administradores. Persona jurídica. Forma de designación de la persona física representante del administrador persona jurídica. R.  22 de septiembre de 2010

 

Administradores. Renuncia. La renuncia de parte de los administradores una vez notificada a los otros, se puede inscribir pues estos pueden convocar Junta. Si la renuncia es de todo el órgano de administración sólo será inscribible si se hace en la Junta convocada judicialmente al efecto. R. 18  de Julio de 2005

 

Administradores. Retribución. De existir, ha de constar expresamente en los estatutos así como el/los sistema-s concreto-s. R. 12 de Noviembre de 2003

 

Administradores. Retribución. No puede quedar al arbitrio de la Junta. R. 15 de septiembre de 1999, R. 18 de septiembre de 1999, R. de 15 de abril de 2000, R. 30 de mayo de 2001, R. 7 de marzo de 2013

 

Administradores. Retribución. Concreción del sistema. R. 7 de marzo de 2013

 

Administradores. Retribución. La cuantía concreta puede determinarse por Junta.   R. 19 de marzo de 2001

 

Administradores. Sistema de administración SL. Debe determinarse el número máximo y mínimo de administradores solidarios. R. 23 de marzo de 2011

 

Administradores mancomunados SL. Debe indicarse su forma de actuar, pero no es necesario fijar un mínimo y un máximo. R. 27 de agosto de 1998

 

Administradores solidarios SL. Estatutos: debe concretarse el número de administradores solidarios.  R. 11 de mayo de 2011

 

Administradores. Reglas para convocatoria consejo. Entre las reglas de convocatoria del Consejo de Administración de una SL que han de contener sus Estatutos, es necesario incluir la forma o procedimiento y el plazo con que ha de realizarse aquélla. R. 12 de enero de 1999

 

Anotación preventiva de solicitud de complemento de convocatoria: Solo procede en caso de anónimas y no cabe prórroga. R. 9 de Julio de 2010, R. 10 de octubre de 2011

 

Aplicación directa de las directivas comunitarias al constituir una SL. R. 28 de agosto de 1998, R. 29 de agosto de 1998

 

Aportaciones. Es necesaria la determinación individualizada de las participaciones asignadas en pago de cada uno de los bienes aportados. R. 25 de Septiembre de 2003

 

Aportaciones. La antelación de la aportación respecto a la constitución SL se cuenta según la fecha de la certificación bancaria. R. 11 de Abril de 2005, R. 7 de noviembre de 2013              

 

Arbitraje: Los estatutos pueden sujetar a arbitraje la resolución de conflictos societarios siempre  que no se extiendan a materias que no sean de libre disposición y así se exprese. R. 4 de Mayo de 2005

 

Cambio de forma de administración SL: de solidarios a único. Si certifica el administrador único que antes era uno de los solidarios, no es necesaria la notificación al otro solidario cesado. R. 4 de junio de 2012

 

Cancelación de asientos. La cancelación de los asientos registrales de la sociedad no implica la extinción de la personalidad jurídica de la misma. R. 13 de abril de 2000

 

Capital social. Reducción por amortización de participaciones propias. Reserva indisponible. Sólo debe constituirse por el importe nominal de las participaciones amortizadas. R. 16 de Noviembre de 2006

 

Capital social. Reducción por constitución de reserva indisponible. Admisibilidad. R. 25 de enero de 2011

 

Capital social. Reducción por pérdidas y simultáneo aumento por compensación e créditos. Es necesario el informe del auditor. R. 30 de Mayo de 2007

 

Capital social. Reducción por pérdidas: no es posible sin balance aprobado y verificado. R. 8 de Abril de 2014

 

Capital social. Aumento. Aportaciones dinerarias. La fecha del depósito no ha de ser anterior en más de dos meses a la fecha del acuerdo, no de la escritura. R. 11 de Enero de 2005, R. 11 de Enero de 2005, R. 11 de Enero de 2005

 

Capital social. Aumento: descripción de acciones cotizadas. Asignación de participaciones a cada uno de los bienes aportados. R. 19 de julio de 2013

 

Capital social. Aumento por compensación de créditos en una SL nueva empresa: no es posible. R. 15 de febrero de 2012

 

Capital social. Aumento por compensación de créditos. Debe constar la fecha de éstos. R. 9 de Octubre de 2012

 

Capital social. Aumento por compensación de créditos. No es necesario cumplir las normas sobre el derecho de asunción preferente. R. 4 de febrero de 2012, R. 6 de febrero de 2012

 

Capital social. Aumento. Identificación de los suscriptores. Puede hacerse manifestando en la escritura los datos del art. 38 RRM o remitiéndose a los que constan en el Registro con expresión de que no han variado. R. 1 de Febrero de 2005

 

Capital social. Aumento con cargo a reservas. El derecho a la asignación gratuita de participaciones no puede ser objeto de limitación alguna. R. 21 de Julio de 2003

 

Capital social. Aumento con cargo a reservas. No es posible si hay pérdidas en el balance. R. 24 de septiembre de 1999, R. 9 de Abril de 2005, R. 18 de diciembre de 2010, R. 15 de marzo de 2012

 

Capital social. Aumento con cargo a reservas SL: requiere informe de auditor. R. 4 de octubre de 2011 , R. 28 de febrero  de 2012, R. 17 de octubre de 2012

 

Capital social. Aumento en efectivo metálico y por compensación de créditos: deben distinguirse por su numeración las participaciones que son asignadas según la clase de aportación realizada. R. 20 de abril de 2012

 

Capital social. Aumento. Anuncio de convocatoria. Plazo de ejercicio del derecho de suscripción preferente. R. 26 de febrero de 2014

 

Capital social. Aumento mediante compensación de créditos. Debe constar la fecha de los créditos que se compensan. R. 19 de enero de 2012

 

Capital social. Aumento mediante compensación de créditos. No cabe novación de créditos hecha a efectos prácticos y contables. R. 19 de enero de 2012

 

Capital social. Aumento por compensación de créditos: es necesario que el socio cuyos créditos se compensan vote a favor del acuerdo o al menos preste su consentimiento. R. 30 de noviembre de 2012

 

Capital social. Ampliación de capital, participaciones sociales cuya suma no coincide con el capital social. Derecho transitorio. R. 10 de Octubre de 2001

 

Capital social. Aumento. Suma del valor nominal de las participaciones. redondeo a dos decimales del capital resultante. No existe limitación en cuanto al número de decimales con que pueda determinarse el valor nominal de las participaciones en que se divida el capital social, pero sí pervive la norma que obliga a expresar la dimensión monetaria de este último con un máximo de dos decimales. R. 28 de Octubre de 2009

 

Capital social. Aumento. No es posible la anulación y cancelación del asiento sin respetar los derechos de los acreedores. R. 2 de octubre de 2013 

 

Capital social. Reducción. No es posible reducir capital por devolución de aportaciones de forma simultánea a una reducción de capital por pérdidas. R. 10 de diciembre de 2013

 

Capital social. Devolución aportaciones. No cabe exigir que se acredite que los suscriptores no han exigido la devolución de sus aportaciones. R. 12 de noviembre de 2001

 

Capital social. Operación acordeón en SL: si la reducción es por pérdidas no es necesario el informe del auditor. R. 2 de marzo de 2011

 

Capital social. Operación acordeón en SL: para la reducción por pérdidas es necesaria la verificación de balance por auditor. R. 17 de octubre de 2012, R. 3 de febrero de 2014

 

Capital social. Operación acordeón SL. Ampliación del periodo de suscripción. Es posible pero con igualdad de oportunidades. R. 26 de noviembre de 1999

 

Capital social. Operación acordeón. Existe en todo caso derecho de asunción preferente. R. 20 de noviembre de 2013

 

Capital social. Operación acordeón SL. Solo puede prescindirse del informe auditoría en la reducción de capital si este, tras el aumento, es igual o superior al capital inicial del que partía la sociedad. R. 25 de febrero de 2012

 

Capital social. Operación acordeón. Quorum reforzado de adopción del acuerdo. R. 20 de diciembre de 2013, R. 23 de julio de 2014

 

Capital social. Reducción para dotar la reserva voluntaria. No cabe si no se adoptan las garantías para los acreedores. R. 24 de Mayo de 2003

 

Capital social. Reducción por amortización de participaciones propias. R.13 de mayo de 2013

 

Capital social. Aumento con aportaciones dinerarias: no es necesario hacer constar la identidad de los suscriptores en el registro. R. 6 de agosto de 2014

 

Capital social. Reducción con la finalidad de restituir sus aportaciones a uno de los socios y siendo la cantidad que se abona a éste inferior al valor nominal de las participaciones que se amortizan. No es necesario constituir una reserva temporalmente indisponible por la diferencia.   R. 27 de marzo de 2001

 

Capital social. Redenominación a euros de participaciones sociales, número de decimales.   Derecho transitorio. R. 9 de Octubre de 2001

 

Capital  social. Reducción por pérdidas en junta universal unánime: precisa auditoría de cuentas. R. 18 de Diciembre de 2012

 

Capital social. Reducción para reservas. Admisibilidad en el caso concreto. R. 15 de julio de 2002

 

Certificación de acuerdos sociales SL transcrita en la escritura. Admisibilidad. R. 7 de abril de 2011

 

Certificación expedida por una sola administradora mancomunada SL. La certificación y formalización de los acuerdos compete a los dos administradores mancomunados. Un administrador mancomunado no puede elevar a público si no está debidamente facultado para ello. R. 7 de abril de 2011

 

Cese administrador SL. Un efecto derivado de la propia ley del ejercicio de la acción de responsabilidad contra un administrador es su cese.   R. 14 de julio de 1999

 

Cese de administradores mancomunados SL y nombramiento de administrador único. R. 27 de octubre de 2012

 

Cesión global de activo y pasivo. Debe inscribirse como norma liquidatoria. R. 10 de abril de 2001

 

Cláusulas estatutarias secundum legem. R.  26 de octubre de 1999

 

Consejeros delegados. Designación por turnos o a plazos. R. 24 de noviembre de 2010

 

Consejeros Delegados SL. Los Consejeros Delegados no son una quinta modalidad de forma de administración para una SL, ya que está supeditada su existencia a que haya Consejo de Administración. R. 12 de mayo de 1999

 

Consejeros Delegados SL. Es válida la cláusula estatutaria por la que se precisará la aprobación de la Junta General para la designación de Consejeros Delegados y para la delegación permanente de facultades del Consejo de Administración. R. 12 de mayo de 1999

 

Consejo. Autoorganización. Las facultades de autoorganización del consejo en la SL son más limitadas que en la S.A. R. 5 de octubre de 1998

 

Consejo  o Asamblea de familia:  No cabe incluir en los estatutos normas sobre Consejo o Asamblea de familia o normas sobre interpretación de los estatutos sin que se regulen debidamente su composición, funcionamiento y funciones. R. 4 de Mayo de 2005

 

Consejo de administración. Calificación registral en la adaptación de estatutos; qué se entiende por principio mayoritario. R. de 6 de junio de 2002

 

Consejo de Administración. Cese tácito. Por la mera renovación del Consejo no puede entenderse  tácitamente cesado un miembro del Consejo. R. 27 de julio de 2009

 

Consejo de administración SL: es posible establecer en estatutos que para su válida constitución deben asistir todos los consejeros. R. 7 de octubre de 2013

 

Consejo de Administración SL. La fecha de una certificación puede ser distinta a aquella en que el presidente da el visto bueno y a la fecha en que se legitiman las firmas. R. 26 de marzo de 2014

 

Constitución. Aportación de finca hipotecada. Necesidad de claridad. R. 23 de noviembre de 2012

 

Constitución. Aunque las asociaciones, por definición, no tengan ánimo de lucro, pueden constituir sociedades limitadas. R. 16 de Noviembre de 2005

 

Constitución. Basta consignar el CNAE de la actividad principal. Su consignación es obligatoria para todos los empresarios. R. 2 de junio de 2014, R. 3 de junio de 2014

 

Constitución. Identificación de uno de los fundadores por su pasaporte, constando también el número del D.N.I. R. 25 de Julio de 2006

 

Constitución. No es necesario consignar el NIF de un fundador menor de 14 años, bastando la reseña del NIF de sus representantes legales. R. 4 de Septiembre de 2007

 

Constitución. Autocontratación no salvada. En los contratos asociativos no es tan patente la existencia de intereses contrapuestos, pero no deja de existir la posibilidad.  R. 14 de mayo de 1998

 

Constitución. Plazo de duración administradores. Discrepancia entre escritura y estatutos. R. 19 de Mayo de 2005

 

Constitución de SL. Intereses contrapuestos. Socio que representa a otro. En los contratos asociativos concurren declaraciones convergentes para consecución de un fin común. Deberá determinarse y concretarse dicho conflicto por parte del Registrador que lo aprecie. R. 5 de julio de 2011, R. 7 de julio de 2011, R. 7 de septiembre de 2011

 

Constitución por cámaras de comercio. Estas tienen plena personalidad jurídica y capacidad para constituir una SL, pudiendo ser ésta unipersonal y administrador único la propia cámara. R. 4 de octubre de 2005

 

Constitución por dos asociaciones profesionales. Capacidad para constituirla y forma de acreditarla. Innecesariedad de aportar o reseñar los estatutos, bastando la aseveración notarial de tener los otorgantes a su juicio, a la vista del acta fundacional y de los estatutos, facultades suficientes para el negocio de que se trate. R. 16 de Noviembre de 2005

 

Constitución por dos asociaciones profesionales. Innecesariedad de  hacer constar los datos de inscripción de las asociaciones, al no tener carácter constitutivo.  R. 16 de Noviembre de 2005

 

Constitución. Rectificación de escritura de constitución.  R. 2 de enero de 2002

 

Contenido de los estatutos SL: Convocatoria del Consejo de Administración solo por el solo por el Presidente. R. 11 de julio de 2012

 

Convocatoria de junta por administrador renunciante o cesado: su posibilidad. R. 16 de mayo de 2011

 

Convocatoria del consejo de administración. Entre las reglas estatutarias de convocatoria del Consejo de Administración de una SL es necesario fijar la forma concreta y procedimiento en que aquélla ha de realizarse. R. 28 de febrero de 2000

 

Convocatoria del Consejo de Administración. Los estatutos deben regularla. R. 30 de abril de 1999

 

Cooptación:  Imposibilidad de nombramiento por cooptación dentro del Consejo de Administración de las SL.  R. 4 de Mayo de 2005

 

Cuentas anuales en pesetas. La  expresión de la cifra del capital social en euros no implica inexorablemente que las cuentas anuales tengan que expresarse también en euros. R. 10 de abril de 2001

 

Denominación social. Buenas costumbres. Inadmisibilidad de denominación social contraria a las buenas costumbres. R. 24 de Febrero de 2005

 

Denominación social.  No es posible una constitución  de una SL con la denominación de “Club de fútbol”. R. 2 de Enero de 2003

 

Denominacion social. Nombre de uso frecuente. R. 8 de octubre de 1998

 

Depósito de cuentas. Acta notarial. Constando en la hoja de la sociedad nota marginal de solicitud por un socio de levantamiento de acta notarial de la junta y no habiendo sido esta levantada, son ineficaces los acuerdos.  R. 11 de Julio de 2007

 

Depósito de cuentas. Convocatoria Junta. El Registrador puede exigir la presentación de los anuncios de la convocatoria, ya que tiene que calificar si fueron o no válidos. R. 16 de septiembre de 2002, R. 13 de Abril de 2004

 

Depósito de cuentas. Convocatoria Junta SL. Derecho de información. R. 25 de mayo de 2009

 

Depósito de cuentas.  Obligatoriedad de los modelos oficiales suministrador por los Registros Mercantiles. R. 17 de Febrero de 2006, R. 29 de Enero de 2007

 

Depósito de cuentas. Calificación. Véase la voz “Depósito de cuentas”

 

Depósito de cuentas. La sociedad tiene que auditar sus cuentas mientras subsiste, hasta que se produce la inscripción de la escritura de extinción y, por tanto, también durante el período de liquidación. R. 8 de noviembre de 2000

 

Depósito de cuentas. Convocatoria Junta SL. Fecha y forma convocatoria de junta: no basta  remitir a estatutos. R. 16 de Septiembre de 2011

 

Depósito de cuentas. Convocatoria Junta SL. Salvo que otro cosa digan los estatutos no es posible la celebración de la Junta fuera del término municipal del domicilio social. R. 16 de Septiembre de 2011

 

Derecho de información de los socios. Carácter esencial.  R. 28 de octubre de 2013

 

Derechos consejeros. No cabe suprimir o restringir en estatutos el derecho  de acceso a la documentación social por parte de los consejeros. R. 4 de Mayo de 2005

 

Disolución SL. Acuerdo. La expresión de esta causa es un requisito imprescindible en la inscripción de la disolución de la sociedad. R. 26 de febrero de 2013

 

Disolución. Quórum. No cabe reforzar el quórum de adopción de acuerdos en la disolución de sociedad por causa legal. R. 4 de Mayo de 2005

 

Disolución SL. El fallecimiento de los socios puede ser causa de disolución estatutaria de la sociedad. R.13 de enero de 2014

 

Disolución SL. Cese administradora. La administradora cesada, aunque esté facultada para ello por la junta, no puede elevar a público los acuerdos sociales, pues su cese, en caso de disolución, es ope legis. R. 26 de febrero de 2013

 

Duración cargo administrador SL. La duración del cargo de Administrador SL es indefinida, salvo que  los estatutos digan expresamente otra cosa sin que quepa delegar en la Junta general la determinación de la duración especifica en cada nombramiento. R. 15 de septiembre de 1999, R. 18 de septiembre de 1999

 

Escisión parcial de sociedad limitada unipersonal: no precisa balance de escisión. Fecha a efectos contables: puede ser la de la escritura.  R. 8 de Mayo de 2014

 

Estatutos. Los estatutos de una SL no adaptados a la ley 2/1995 deben quedar vigentes en todo lo que no se oponga a la nueva ley, no oponiéndose a la misma la forma de convocatoria que establecían –correo certificado con acuse de recibo-. R. 15 de Abril de 2005

 

Estatutos SL. No cabe establecer la posibilidad de aprobar el acta en la Junta siguiente. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL. No cabe establecer un régimen sancionador frente a conductas desleales que incluye la expulsión del socio. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL. No es inscribible el sistema adoptado de valoración de las participaciones sociales para los casos de separación y exclusión, porque no permite obtener la valoración real de las mismas. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL. No se puede imponer estatutariamente a un socio la obligación de acudir a la Junta general personalmente o representado. R. 30 de marzo de 1999

 

Estatutos SL: es posible que establezcan como lugar de celebración de la junta un determinado termino municipal distinto de aquel en el que se sitúa el domicilio de la sociedad. R. 19 de Marzo de 2014

 

Estatutos SL. Si se fija como lugar de celebración de la junta un lugar distinto del término municipal del domicilio social, es preciso que se señale el lugar de celebración al menos por su término municipal. R. 30 de septiembre de 2014

 

Estatutos. No es inscribible una cláusula estatutaria que no deja a salvo la mayoría cualificada exigida por norma legal imperativa  para determinados acuerdos como el de nombramiento de Consejeros Delegados. R. 9 de junio de 2000,  R. 8 de junio de 2000

 

Estatutos SL: no es inscribible la cláusula por la que el quórum de constitución del consejo de administración se basará en el número de vocales con cargo vigente. R. 15 de Ocubre de 2012

 

Exclusión de socios. Derecho de voto. R. 16 de octubre de 2000

 

Exclusión de socios. No cabe como causa de exclusión de socios el embargo de sus participaciones, o el hecho de haberlas adquirido a través de algún procedimiento de ejecución forzosa contra una persona que era previamente socio. R. 8 de julio de 1999

 

Exclusión de socio. La valoración de sus participaciones no puede hacerse unilateralmente por la sociedad. R. 15 de Octubre de 2003

 

Exclusión de socios. No es necesario acreditar el reembolso de participaciones. R. 16 de octubre de 2000

 

Expresión “laboral” en SL. La expresión «laboral» queda reservada a las sociedades laborales, salvo que no genere confusión o ambigüedad.  R. 13 de septiembre de 2000

 

Extinción de SL quebrada. No puede exigirse el pago previo a los acreedores si la sociedad carece de activo. R. 13 de abril de 2000

 

Euros. Es defecto subsanable la discordancia en la escritura entre pesetas y su equivalente en euros, pero sólo cuando ha de hacerse constar obligatoriamente la equivalencia. R. 22 de junio de 2000,

 

Junta General.

 

- Acta notarial de acuerdos sociales SL. Debe constar la fecha y forma de convocatoria de la Junta. R. 6 de abril de 2000

 

- Acuerdos junta general SL: no es posible su celebración en lugar distinto a la localidad del domicilio social, salvo casos de fuerza mayor. R. 20 de noviembre de 2012, R. 6 de septiembre de 2013, R. 14 de octubre de 2013

 

- Aprobación del acta. La certificación debe hacer constar la fecha y forma de aprobación del acta. R. 30 de septiembre de 2000

   

- Ausencia socios. La ausencia de socios que asistieron  a la constitución de la Junta (SL) no afecta a la validez de los acuerdos adoptados. R. 11 de octubre de 2005

 

-Certificación de acuerdos de Junta Universal SL. Debe  constar la lista de asistentes y su firma y la aceptación del orden del día. R. 17 de abril de 1999

 

  - Constitución. Determinar la validez de la constitución de la Junta compete al Presidente, pero dicho juicio también es luego competencia del Registrador Mercantil.  R. 26 de Febrero de 2004

 

-Convocatoria Junta SL. Antelación. El  plazo de 15 días entre convocatoria y celebración de la Junta se ha de computa teniendo en cuenta como día inicial el correspondiente al de publicación de la convocatoria social, excluyéndose el de la celebración de la Junta. Convocatoria Junta SL. Los 15 días se computan incluyendo el día inicial. R. 15 de julio de 1998, R. 10 de enero de 2002

 

-Convocatoria Junta SL. El día de la publicación ha de incluirse en el cómputo. R. 9 de febrero de 1999, R. 10 de febrero de 1999

 

- Convocatoria  SL: No es posible por un administrador dimitido y cuya dimisión ya constaba inscrita. R. 6 de marzo de 2013

 

- Convocatoria. Acta notarial. Debe expresarse quién ha requerido el acta notarial de la Junta. R. 10 de abril de 2001

 

 -          Convocatoria. Los estatutos de una SL no adaptados a la ley 2/1995 deben quedar vigentes en todo lo que no se oponga a la nueva ley, no oponiéndose a la misma la forma de convocatoria que establecían –correo certificado con acuse de recibo-. R. 15 de Abril de 2005

 

-       Convocatoria. Los estatutos pueden fijar otro sistema distinto del legal para convocar la Junta General, pero ha de ser exclusivo y no alternativo. R. 15 de octubre de 1998

 

 

-          Convocatoria Junta SL. Competencia. Corresponde al órgano de Administración. R. 8 de febrero de 2012

 

-          Convocatoria Junta SL hecha por presidente no inscrito y acuerdos tomados por consejeros no inscritos. Facultad certificante. R. 25 de abril de 2012

 

-       Convocatoria. Derecho de información. R. 25 de mayo de 2009, R. 23 de abril de 2012

 

-          Convocatoria. La convocatoria de Junta general ha de ser en la forma estatutaria. R. de 29 de abril de 2000

 

- Convocatoria. Los requisitos de convocatoria pueden justificarse con los anuncios incorporados a la escritura. R. 24 de Julio de 2007

 

- Convocatoria. Modificación de estatutos SL. en la convocatoria de la junta deben hacerse constar los extremos que hayan de modificarse. R. 10 de abril de 2001

 

- Convocatoria. Necesidad de acreditar el anuncio de la convocatoria y expresión de las circunstancias esenciales. R. 10 de abril de 2001

 

- Convocatoria. No cabe segunda convocatoria. R. 11 de enero de 2002,    R. 11 de noviembre de 2002, R. 26 de febrero de 2013

 

- Convocatoria. No puede hacerse en forma distinta a la prevista estatutariamente. R. 11 de noviembre de 2002

 -          Convocatoria sin fecha de junta.  El error puede subsanarse, pero la publicación de la subsanación ha de respetar el intervalo legalmente exigido. R. 24 de enero de 2002

 

-          Convocatoria. Plazo entre convocatoria y Junta. Se incluye el día inicial. R. 1 de junio de 2000

 

-          Convocatoria. Procedimiento concreto de convocatoria. R. 8 de Julio de 2011

 

-               Convocatoria. El modo de convocatoria de la Junta general no puede quedar al arbitrio de los administradores entre dos posibles modos. R. 25 de febrero de 1999

 

-         Convocatoria Junta SL. No es válida la convocatoria efectuada únicamente por uno de los dos administradores mancomunados cuyos cargos están vigentes. R. 25 de febrero de 2000

 

-  Convocatoria Junta SL. Es esencial que conste en la escritura o en la certificación la fecha y forma en que se ha realizado la convocatoria de la junta, cuando de medios privados de convocatoria se trata. R. 16 de febrero de 2013

 

-              Convocatoria Junta SL. No puede constar la web de la sociedad en el registro mercantil, como forma de convocatoria, si antes no se han modificado los estatutos en tal sentido. R. 9 de febrero de 2012

 

-          Convocatoria Junta SL. Omisión en la convocatoria de junta de un punto solicitado por socio minoritario. consecuencias. R. 3 de Noviembre de 2010

 

-          Convocatoria Junta SL por anuncio publicado en la página web. Es posible que los estatutos de una SL dispongan que la Junta sea convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, por burofax con acuse de recibo. Cabe reproducir el punto 2 del art. 173 LSC sobre convocatoria en web sin señalar cual sea esta, estableciendo, eso sí, un sistema supletorio R. 21 de marzo de 2011

 

-              Convocatoria Junta SL. No es posible que la convocatoria la haga un representante del administrador. R. 26 de febrero de 2013

 

-              - Convocatoria Junta SL. No es válida la convocatoria por uno solo de los administradores mancomunados. R. 26 de febrero de 2013

 

-              Convocatoria Junta SL: No cabe convocatoria solo por el presidente del consejo. Debe hacerse según estatutos. No son posibles formas equivalentes. R. 1 de octubre de 2013

 

-              Convocatoria y celebración Junta SL. Debe justificarse que la convocatoria se ha notificado a todos los socios. R. 26 de febrero de 2013

 

-          Convocatoria Junta SL por anuncio publicado en la página web. Es posible que los estatutos de una SL dispongan que la Junta sea convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad o, en el caso de que no exista, por burofax con acuse de recibo. R. 5 de julio de 2011

 

- Convocatoria judicial. Deben observarse las exigencias estatutarias o legales. R. 26 de Febrero de 2004

 

- Convocatoria judicial. El Juez tiene plena libertad para designar Presidente y Secretario de la Junta, con independencia de lo que digan los estatutos. R. 24 de Enero de 2006

 

   - Convocatoria judicial. Pueden o deben ser los administradores o el promotor de la convocatoria los que, una vez en posesión del testimonio judicial, se encarguen de su publicación o traslado  ateniéndose a las exigencias estatutarias. R. 15 de Abril de 2005

 

  - Convocatoria judicial. Supone una singularidad respecto de la regla general, pero tan sólo en cuanto a la legitimación para hacerlo, no en cuanto a su forma, que ha de ser la estatutaria o la legalmente prevista. R. 15 de Abril de 2005

 

-          Convocatoria judicial. Si resulta palmariamente que el auto de convocatoria se notificó a todos los socios no es necesario ajustar la convocatoria a lo dispuesto en los estatutos. R. 26 de Julio de 2005 R. 24 de Enero de 2006, R. 28 de febrero de 2014

 

-          Convocatoria telemática. Admisibilidad. R. 23 de marzo de 2011

 

-          Convocatoria por Presidente del Consejo de Administración. El Presidente del Consejo, aunque tenga facultades representativas, y salvo que sea también Consejero Delegado, no puede convocar la Junta General de la sociedad. R. 8 de Marzo de 2005

 

-          Junta general ante notario: si los datos contenidos en la certificación expedida no son completos para la calificación que debe realizar el registrador, ha de aportarse acta notarial de la junta. R. 18 de abril de 2012

 

-  Junta general SL: son posibles los sistemas de emisión y delegación de voto por medios telemáticos admitidos para las SA. R. 19 de Diciembre de 2012

 

-       Junta General SL. La anotación de  petición de acta notarial de la junta no caduca. R.28 de junio de 2013

 

-       Junta general SL: Debe constar la identidad de quien certifica los acuerdos. R.28 de junio de 2013

 

-       Junta general SL: Su convocatoria es competencia del consejo de administración. R.28 de junio de 2013

 

-       Junta General SL. No puede revocar poderes. R. 11 de febrero de 2014

 

 

-          Junta Universal. Requisitos. Para que la  Junta sea Universal no basta con que asistan a la misma los únicos socios. Debe manifestarse que la Junta es universal y constar que todos acepten por unanimidad la celebración de la Junta. R. 7 de abril de 2011, de la Junta. R. 7 de abril de 2011, R. 28 de octubre de 2013

 

-          Junta Universal  celebrada por medio del otorgamiento de la escritura presentada. Disparidad en cuanto al DNI de uno de los socios comparecientes. El nombre de los socios que adoptan el acuerdo no debe reflejarse en el Registro Mercantil, por lo que exigirlo excede del ámbito de la calificación registral. R. 15 de Noviembre de 2006 –anulada por Sentencia del Tribunal Supremo publicada en el BOE-,

 

-          Junta universal. Acuerdo adoptado por unanimidad en junta universal: no cabe rechazar modificaciones estatutarias no previstas en el orden del día. R. 15 de noviembre de 2002

-          Junta universal. La Junta universal puede adoptar acuerdos no previstos en el orden del día. R. 14 de Noviembre de 2001

 

- Junta universal SL. No puede valorar el Registrador si la junta es o no universal si no es por la propia documentación aportada. R. 26 de febrero de 2001

 

-       Junta universal y acta notarial: disparidades entre el acta y la certificación: si ambos documentos han sido presentados al registro, debe prevalecer lo que resulte del acta notarial, aunque no se trate de acta con valor de acta de la junta. R. 27 de octubre de 2012

 

-       Junta Universal SL. Para la inscripción de los acuerdos es preciso que conste la identidad y firma de los asistentes. R. 27 de octubre de 2012 

 

-       Junta Universal SL. No puede exigirse la previa inscripción de la exclusión de un socio, deducida de la documentación presentada, como condición para apreciar el carácter universal de la Junta General, cuyos acuerdos pretenden inscribirse. R. 26 de febrero de 2001

 - Quorums. Los estatutos no pueden fijarse quorums inferiores a los mínimos legales.  R. 7 de julio de 2011

 

Identificación consejeros SL. En la certificación de los acuerdos del consejo ha de identificarse a los consejeros concurrentes. R. 26 de marzo de 2014

 

Liquidación SL. No es necesaria la publicación del balance ni el depósito de los libros. R. 12 de febrero de 1999

 

Nombramiento y cese de administradores SL sin que conste en el orden del día. La posibilidad de destitución de los Administradores lleva consigo la de nombrar a quienes hayan de sustituirlos, sin necesidad de que el nombramiento se incluya en el orden de día. R. 10 de mayo de 2011

 

Nombramiento proporcional de consejeros SL. Anterior ley. R. 19 de noviembre de 1999

 

Notificación. Necesidad de notificación fehaciente del nombramiento de liquidadores al anterior cotitular del cargo certificante. R. 23 de mayo de 2001

 

Objeto social. Compraventa y administración de valores. R. 7 de enero de 2000

 

Objeto social. Concreción suficiente. R. 23 de marzo de 2011

 

Objeto social SL. Concreción actividades. R. 8 de julio de 1999

 

Objeto social. Es posible que una SL normal tenga por objeto el propio de profesionales sujetos a colegiación obligatoria, aunque no se haya expresado en la formulación de dicho objeto que la sociedad se constituye simplemente como mediadora. R. 21 de Diciembre de 2007 -Anulada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Objeto social. Es posible como objeto social el relativo a la “prestación de servicios”. R. 23 de enero de 2012

 

Objeto social. “Asesoramiento jurídico”. Es admisible un objeto profesional en sociedades no profesionales. No cabe exigir una manifestación expresa sobre el carácter de intermediación de la actividad social. R. 5 de abril de 2011 (La R. 5 de marzo de 2013 cambia este criterio)

 

Objeto social. “Asesoramiento jurídico”. No es posible incluir en el objeto de una sociedad no profesional el “asesoramiento juridico”. R. 5 de marzo de 2013

 

Objeto social. Modificación. Debe consignarse el CNAE de la actividad principal.  R. 4 de junio de 2014

 

Objeto social: no son inscribibles las actividades profesionales incluidas en el objeto de una sociedad no profesional. R. 16 de marzo de 2013

 

Objeto social SL. Indeterminación e incidencia de la legislación especial. R. 30 de abril de 1999

 

Objeto social SL: es admisible como objeto la “mera administración del patrimonio de los socios”.  R. 19 de marzo de 2013

 

Objeto social. Puede comprender las actividades preparatorias, necesarias accesorias o complementarias relacionadas con la actividad principal. R. 23 de septiembre de 2008

 

Objeto social de servicios profesionales. Para que la sociedad no sea profesional basta con la indicación de que el objeto social es la mediación o la intermediación. R. 4 de marzo de 2014

 

Pacto unánime entre los socios sin modificación estatutaria. Diferencia entre pacto parasocial no inscribible y pacto estatutario inscribible. R. 24 de marzo de 2010

 

Participación en sociedad profesional. Es posible la participación mayoritaria de una sociedad profesional en otra no profesional. R. 21 de julio de 2011

 

Participaciones. Derecho de adquisición preferente para caso de transmisión forzosa. R. 13 de octubre de 1998

 

Participaciones. Derecho de adquisición preferente. Aplazamiento del pago del precio. R.23 de mayo de 1998

 

Participaciones. Las participaciones sociales tienen un régimen de legitimación y una ley de circulación que operan al margen del Registro. R. 14 de enero de 2002

 

Participaciones. No se puede pactar la libre trasmisibilidad de participaciones en las S.L. R. 17 de octubre de 1998

 

Participaciones. No pueden incorporarse a un certificado. R. 21 de septiembre de 1999

 

Participaciones. Limitaciones a la adquisición hereditaria de participaciones sociales. R. 18 de abril de 2000

 

Participaciones. Modificación estatutos: sistema de valoración de las participaciones sociales en transmisiones intervivos o mortis causa: no puede quedar al arbitrio de una de las partes. R. 28 de enero de 2012

 

Participaciones. Numeración correlativa: tiene la finalidad de identificarlas debidamente, por lo que es  indiferente que el sistema para la numeración se base exclusivamente en guarismos o en una combinación de guarismos y letras conforme a los criterios alfabético y decimal. R. 13 de Diciembre de 2006

 

Participaciones: Pueden distinguirse varias clases o series con numeración correlativa en cada una. R. 13 de Diciembre de 2006

 

Participaciones. Transmisión. Salvo excepciones, la titularidad de las acciones y participaciones sociales fluye al margen del Registro Mercantil según un régimen de legitimación y una ley de circulación específicos, de suerte que no es posible la constatación tabular de la transmisión, gravamen, embargo, prohibición de disponer y demás actos relativos a participaciones del  capital social. R. de 29 de abril de 2003

 

Participaciones. Valor. No cabe restringir el derecho del socio a obtener el valor real o “razonable” de sus participaciones, que no ha de confundirse con el valor contable, que es el que resultaría del balance, aunque estuviera auditado. R. 4 de Mayo de 2005

 

Participaciones. Valor. Puede fijarse con más de dos decimales de euro. R. 15 de noviembre de 2002, R. 23 de Enero de 2003, R. 3 de Marzo de 2003, R. 28 de Octubre de 2009

 

Presidente del Consejo de Administración SL. Ámbito de las facultades representativas derivadas de los propios estatutos. R. 8 de Marzo de 2005

 

Prestaciones accesorias: Han de determinarse y no cabe acordarlas mediante un acuerdo ordinario de la junta sin el consentimiento individual de los afectados y sin que éstos tengan el recurso de ejercitar el derecho de separación. R. 27 de julio de 2001

 

Prestaciones accesorias: Necesidad de determinación. R. 27 de julio de 2001, R. 7 de marzo de 2000

 

Prestaciones accesorias. No pueden ser determinadas por acuerdo de la Junta General. R. 24 de junio de 1998

 

Prestaciones accesorias: La entrega de metálico puede ser considerada una prestación accesoria. R. 27 de julio de 2001

 

Prestaciones accesorias. Supresión de la obligación de realizar prestaciones accesorias: es necesario el consentimiento del obligado. R. 22 de octubre de 2013

 

Prohibición. Es contraria al orden público la cláusula por la que se prohíbe ser administrador a quien ostente la condición de socio por adquisición de participaciones derivadas de un procedimiento de ejecución forzosa o a quien promueva contra un socio un procedimiento o reclamación de estas características. R. 8 de julio de 1999

 

Redondeo del capital al euro. Reducción de capital con constitución de reserva indisponible. R. 29 de Mayo de 2007

 

Reducción del capital social de una SL para restablecer el equilibrio entre capital y patrimonio. La reducción de capital por constitución de una reserva legal es compatible con el sistema de garantías previsto en favor de los acreedores. R. 16 de marzo de 2011

 

Reducción de capital SL. Adquisición derivativa de participaciones propias. Garantía de acreedores. Toda reducción de capital consiguiente a la amortización de participaciones debe ejecutarse con pleno respeto a las reglas de tutela de los acreedores. R. 26 de abril de 2013

 

Reactivación de sociedad. No es requisito para la inscripción de la reactivación de una sociedad disuelta de pleno derecho ex DT 6ª-2 LSA la publicación del acuerdo en el BORME y en uno de los diarios de mayor circulación del domicilio social. R. 11 de enero de 2000

 

Reactivación de SL. No hay derecho de oposición de acreedores.  R. 10 de septiembre de 2011

 

Remuneración del órgano de administración SL: laboral y societaria. Inscripción parcial. R. 3 de abril de 2013

 

Renuncia del liquidador de una SL. No es admisible la inscripción  en tanto no se justifique que se haya convocado la junta general, en cuyo orden del día figure el nombramiento de nuevos administradores que sustituyan a los dimisionarios. R. 15 de enero de 2002

 

Renuncia administrador SL. La renuncia de parte de los administradores una vez notificada a los otros, se puede inscribir pues estos pueden convocar Junta. Si la renuncia es de todo el órgano de administración sólo será inscribible si se hace en la Junta convocada judicialmente al efecto (para las SA esta doctrina sólo es aplicable por vía del art. 101 LSA). R. 18  de Julio de 2005

 

Renuncia administrador SL. Cabe inscribir la renuncia de administradores mientras queden otros que puedan convocar junta general para cubrir las vacantes. R. 17 de mayo de 1999

 

Renuncia del administrador SL, estando ya inscrita por otro título. R. 25 de junio de 1999

 

Renuncia de administrador único SL: no es posible su inscripción si no convoca junta para sustituirlo. R. 24 de mayo de 2000, R. 3 de enero de 2011, R. 5 de junio de 2014, R. 6 de junio de 2014

 

Renuncia de administrador único SL. No cabe inscribirla si no va acompañada de la convocatoria de la Junta general para el nombramiento del nuevo Administrador. Pero no es preciso que el mismo haya sido nombrado. R. 2 de octubre de 1999

 

Retribución administradores. El cambio del régimen de retribución de los administradores de gratuito a retribuido no requiere el consentimiento d todos los socios, aunque tal modificación comporte una reducción del beneficio distribuible. R. 21 de mayo de 1999

 

Retribución de administradores SL. Debe constar en estatutos el concreto sistema de esa remuneración. R. 16 de febrero de 2013

 

Retribución de administradores SL. No supone la fijación de un concreto sistema retributivo de los Administradores la previsión estatutaria de que la "retribución será la que fije para cada ejercicio la Junta General". R. 15 de octubre de 1998

 

Revocación poder. Si   dos administradores mancomunados dan poder a uno de ellos, para la revocación basta la hecha por uno de los administradores mancomunados. Y ello es también aplicable al caso de que el poder se haya dado como persona individual al representante físico de uno de los administradores mancomunados persona jurídica. R. 15 de marzo de 2011

 

Revocación poder. Toda revocación de poder exige escritura pública otorgada por el representante orgánico de la sociedad con cargo vigente. R. 15 de marzo de 2011

 

Separación. El derecho de separación voluntaria de los socios ha de ir acompañado de cautelas en procedimientos y plazos.  R. 25 de Septiembre de 2003

 

Separación. Derecho de salida o derecho de separación de socios. Forma de determinación del precio de las participaciones. R. 2 de Noviembre de 2010

 

Sistema de administración. Debe determinarse el número máximo y mínimo de administradores solidarios. R. 23 de marzo de 2011

 

Sociedad mediadora de seguros: Objeto: debe especificarse si se trata de agencia o correduría. R. 25 de enero de 2012

 

Sociedades del RDL 13/2010: Debe constar en estatutos, en el caso de administradores solidarios, su número concreto o al menos el número máximo y el mínimo de los mismos. R. 4 de junio de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. Certificación de denominación en papel. Plazos de otorgamiento de escritura. Aranceles. Borme. R. 26 de enero de 2011, R. 23 de marzo de 2011, R. 15 de junio de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. Modelo de estatutos. R. 23 de marzo de 2011,  R. 4 de junio de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. Certificación de denominación en papel. Modelo de estatutos. R. 18 de abril de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Objeto social. R. 4 de junio de 2011, R. 21 de junio de 2011, R. 29 de junio de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. No necesidad de presentación a la Oficina Liquidadora. R. 4 de junio de 2011, R. 15 de junio de 2011, R. 21 de junio de 2011, R. 29 de junio de 2011, R.  14 de septiembre de 2011, R. 17 de septiembre de 2011, R. 29 de octubre de 2011, R. 18 de Noviembre de 2011, R. 19 de Diciembre de 2011, R. 19 de Diciembre de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. No necesidad de presentación a la Oficina Liquidadora. Conflicto entre administración central y autonómica. R. 18 de Noviembre de 2011, R. 19 de Diciembre de 2011, R. 19 de Diciembre de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. Su necesidad de presentación a la oficina liquidadora dependerá de las normas específicas existentes en cada comunidad autónoma. R. 26 de enero de 2012

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. No cabe que los estatutos de una sociedad express, puedan incorporarse a la escritura remitiéndose simplemente al modelo aprobado por el Ministerio de justicia. R. 18 de abril de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Denominación social. R. 29 de junio de 2011

 

Sociedades del RDL 13/2010: Constitución de SL por vía telemática. No todo incumplimiento de los deberes que dicha norma impone a Notarios y Registradores precisamente para agilizar la constitución de SL por vía telemática tiene como consecuencia la exclusión del régimen en aquella disciplinado, salvo el incumplimiento de los requisitos estructurales y tipológicos. R. 26 de enero de 2011, R. 23 de marzo de 2011, R. 18 de abril de 2011

 

Sociedad express: el objeto social de los estatutos tipo sigue siendo admisible salvo en sus referencias a actividades profesionales y sanitarias.  R. 18 de agosto de 2014

 

Sociedad ¿profesional?. Socio excluido: forma de valoración de sus participaciones. El hecho de que los estatutos establezcan un sistema de valoración de participaciones sociales del socio excluido, no impide ni excluye la aplicación del imperativo art. 100 LSRL. R. 28 de julio de 2009 - anulada por sentencia firme de juzgado de lo mercantil, publicada en el BOE-

 

Sociedad express: si se alteran los estatutos modelo no tiene esa consideración. R. 25 de junio de 2013

 

Sociedad express: Es posible la sumisión a mediación y arbitraje para la solución de conflictos entre los administradores.  R. 25 de junio de 2013

 

Transformación de sociedad colectiva en limitada. Necesidad de unanimidad. R. 10 de Julio de 2003 –confirmada por sentencia de Audiencia Provincial-

 

Transformación de SA-SL. Necesidad de desembolso total del capital. R. 29 de marzo de 2000

 

Transformación SA-SL y reducción simultánea de capital con restitución de aportaciones. Deben cumplirse para la inscripción del acuerdo de reducción los requisitos impuestos por la LSA. R. 23 de febrero de 2001

 

Transformación SA-SL. No cabe la valoración de las participaciones hecha por el auditor de la sociedad. R. 3 de junio de 2013  

 

Transformación SA-SL. Provisión del importe correspondiente para el pago del Borme. R. 3 de junio de 2013  

 

Transformación SA-SL. Publicación en el BORME del anuncio de transformación. R. 3 de junio de 2013

 

Transformación de SL en SA. El informe sobre el patrimonio social no dinerario que debe incorporarse a la escritura ha de ser realizado por un experto designado por el Registro Mercantil. R. 12 de Marzo de 2005

 

De SL en SA. Es necesario acompañar el informe de un experto independiente sobre el patrimonio social no dinerario y un ejemplar del balance de la sociedad, cerrado el día anterior al acuerdo, para su depósito. R. 2 de junio de 2000

 

Venta de participaciones garantizada por la sociedad. Infringe la prohibición del art. 40.5 LSL. R. de 1 diciembre de 2000

 

 

SOCIEDADES EN LIQUIDACIÓN
 

Acta notarial de junta general: es válido el requerimiento hecho por los liquidadores con el cargo caducado. R. 19 de julio de 2012

 
Cesión global de activo y pasivo. Al menos en sede de SA la cesión global de activo y pasivo no puede utilizarse con finalidad distinta que la estrictamente liquidatoria, sin prejuzgar ahora cuales habrían de ser los requisitos a que tal cesión habría de sujetarse. R. 22 de mayo de 2002

 

Depósito de cuentas. Requisitos de los anuncios de la convocatoria de la Junta SA: derecho de información de los accionistas. R. de 9 de mayo de 2003,  R. de 8 de Julio de 2005, R. 3 de Mayo de 2006

 

Depósito de cuentas. La sociedad tiene que auditar sus cuentas mientras subsiste, hasta que se produce la inscripción de la escritura de extinción y, por tanto, también durante el período de liquidación. R. 8 de noviembre de 2000

 

Interpretación del plazo por el que fueron nombrados los liquidadores. R. 19 de julio de 2012

 

Liquidación con cesión global. Son necesarios los requisitos de la fusión. Acuerdo de la Junta General de la sociedad cesionaria. R. 6 de Mayo de 2004

 

Liquidación y extinción de sociedad: es posible si existe un único acreedor al que no se le puede hacer efectivo su crédito.  R. 29 de abril de 2011

 

Liquidación y extinción de sociedad existiendo un solo acreedor: no es posible su inscripción sin una resolución judicial. R. 2 de Julio de 2012

 

Liquidación y extinción SL en junta no universal: no es necesario notificar a los socios no asistentes, ni ningún tipo de publicidad adicional. R. 3 de marzo  de 2012

 

Notificación. Necesidad de notificación fehaciente del nombramiento de liquidadores al anterior cotitular del cargo certificante. R. 23 de mayo de 2001

 

 

SOCIEDADES EXTRANJERAS

 

Agrupación de interés económico. Constitución por sociedades extranjeras. R. 23 de abril de 2003

 

Cambio de denominación de sucursal en España de sociedad extranjera, estando cerrada la hoja de la sucursal por falta de depósito de cuentas. R. 27 de Julio de 2006

 

Depósito de cuentas por sucursales de sociedades extranjeras: es necesaria auditoria si se superan los limites del art. 181 LSA. R. 23 de septiembre de 2002

 

Depósito de cuentas de Sucursales extranjeras: Su traducción es obligatoria, así como la legalización de los documentos pertinentes. R. 7 de enero de 2011

 

Sociedad extranjera: Cómo acreditar su inscripción y vigencia. R. 27 de febrero de 2014

  

 

SOCIEDADES PROFESIONALES

 

Adaptación a la ley 2/2007. Es necesario incluir en la escritura o en la certificación  la relación de socios, especificando su carácter profesional o no, con las participaciones que les pertenecen y todos sus datos identificativos. R. 1 de Marzo de 2008

 

Adaptación. Cierre registral. No cabe imponer el cierre registral a las sociedades con objetos profesionales, existentes en la actualidad en el Registro Mercantil. Por ello tampoco será posible la disolución de pleno derecho de dichas sociedades por transcurso del segundo plazo establecido en la DT 1ª Ley 2/2007, por no adaptación a la Ley y que finalizó el pasado día 16 de Diciembre. R. 28 de Enero de 2009 -revocada por sentencia firme de Audiencia Provincial publicada en el BOE-, R. 3 de junio de 2009, R. 3 de junio de 2009

 

Adaptación. La escritura de adaptación  debe expresar la identidad de los socios profesionales. R. 16 de mayo de 2009, R. 18 de mayo de 2009

 

Aumento y reducción de capital. Derecho de suscripción preferente. La posibilidad de acuerdo de aumentar o reducir el capital social para ajuste de la carrera profesional de los socios no puede ser eliminada por los estatutos de la sociedad. R. 24 de julio de 2009

 

Administradores de fincas. No pueden constituir sociedades profesionales. R. 16 de mayo de 2009, R. 18 de mayo de 2009, R. 18 de junio de 2009

 

Denominación. El Registrador puede calificar el contenido de los documentos para determinar su validez, por lo que no pueden depositarse las cuentas si la denominación no coincide con la inscrita, en concreto, si existe discordancia entre la manifestación que figura en la memoria, de que la sociedad se adaptó a la LSP, Ley 2/2007, y el contenido del registro en el que no figura practicada dicha adaptación. R. 10 de diciembre de 2008

 

Denominación social y objeto social. Inclusión del término “concursal”. Para ser administrador concursal persona jurídica es necesario ser sociedad profesional. R. 20 de junio de 2013

 

Estatutos. No es  preciso indicar en estatutos que el consejero delegado debe ser socio profesional. R. 14 de noviembre de 2009

 

Estatutos sociedades profesionales: es posible establecer un plazo de preaviso para la separación voluntaria del socio. R. 7  de febrero de 2012

 

Incompatibilidades. No es necesaria declaración alguna de no incurrir en incompatibilidades por parte de los socios profesionales. R. 12 de abril de 2013

 

Inscripción de cambio de socio profesional: han de constar todos los elementos del negocio transmisivo y el consentimiento del resto de los socios. R. 13 de marzo de 2013

 

No socios. Los no socios pueden ser administradores.  R. 14 de noviembre de 2009

 

Mayorías. La previsión estatutaria de que cada socio tiene derecho a un voto y que la Asamblea de socios resolverá por mayoría de socios, no se ajusta al régimen legal. R. 17 de Enero de 2009

 

Objeto social profesional. No basta con decir en la escritura que la sociedad es no profesional para poder incluir en el objeto actividades profesionales.  R. 2 de julio de 2013

 

Objeto social. En las sociedades profesionales multidisciplinares deben existir socios profesionales respecto de cada una de las actividades constitutivas del objeto social. R. 17 de Enero de 2009

 

Objeto social. En los supuestos en que la definición estatutaria del objeto se muestre insuficientemente expresiva sobre el carácter profesional de una sociedad, dicho carácter no puede presumirse, sin perjuicio de que entre en juego el apartado 1 de la D.A. 2.ª de la Ley 2/2007. R. 28 de Enero de 2009 -revocada por sentencia firme de Audiencia Provincial publicada en el BOE-

 

Objeto social. La formulación del objeto en las sociedades profesionales (tanto para la constitución de la sociedad como para su adaptación) debe limitase a expresar el tipo o clase de profesional de que se trata. R. 1 de Marzo de 2008

 

Objeto social. La prestación de servicios profesionales relacionados con el asesoramiento laboral y de seguridad social no es una actividad exclusiva de los Graduados Sociales sino que puede ser también realizada por otros profesionales como los Abogados. R. 17 de Enero de 2009

 

Objeto social. La sociedad profesional se constituye para el ejercicio de la profesión de sus socios. El objeto debe ser adecuado a la titulación del socio profesional. R. de 6 de junio de 2009

 

Objeto social. No es posible que sea objeto de una sociedad profesional la “administración de fincas”, pues la Ley 2/2007 queda reservada para las profesiones que exigen una titulación universitaria. R. 16 de mayo de 2009, R. 18 de mayo de 2009

 

Objeto social de servicios profesionales. Para que la SL no sea profesional basta con la indicación de que el objeto social es la mediación o la intermediación. R. 4 de marzo de 2014

 

Participación. Es posible la participación mayoritaria de una sociedad profesional en otra no profesional. R. 21 de julio de 2011

 

Participaciones. Especificación de participaciones profesionales y no profesionales en estatutos.  R. 27 de octubre de 2011

 

Participaciones. Sistema de valoración de  participaciones en la transmisión mortis causa.  R. 19 de agosto de 2011

 

Sociedades de auditoría. No es necesaria su adaptación a la ley de sociedades profesionales. R. 5 de Marzo de 2009, R. 6 de Marzo de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 2 de Abril de 2009, R. 28 de Mayo  de 2009, R. 28 de Mayo de 2009

 

Sociedades de auditoría. No les es aplicable el cierre registral ni la sanción de disolución de pleno derecho. R. 5 de Marzo de 2009, R. 6 de Marzo de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 1 de Abril de 2009, R. 2 de Abril de 2009, R. 28 de Mayo  de 2009, R. 28 de Mayo de 2009

 

Sociedad Limitada. Es posible que una SL normal tenga por objeto el propio de profesionales sujetos a colegiación obligatoria, aunque no se haya expresado en la formulación de dicho objeto que la sociedad se constituye simplemente como mediadora. R. 21 de Diciembre de 2007 -Anulada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Sociedad limitada. Objeto. “Asesoramiento jurídico”. Es admisible un objeto profesional en sociedades no profesionales. No cabe exigir una manifestación expresa sobre el carácter de intermediación de la actividad social. R. 5 de abril de 2011 (La R. 5 de marzo de 2013 cambia este criterio)

 

Sociedad Limitada. Objeto. No es posible incluir en el objeto de una sociedad no profesional el “asesoramiento juridico”. R. 5 de marzo de 2013

 

Sociedad limitada. Objeto: no son inscribibles las actividades profesionales incluidas en el objeto de una sociedad no profesional. R. 16 de marzo de 2013

 

Sociedad ¿profesional?. Socio excluido: forma de valoración de sus participaciones. El hecho de que los estatutos establezcan un sistema de valoración de participaciones sociales del socio excluido, no impide ni excluye la aplicación del imperativo art. 100 LSRL. R. 28 de julio de 2009 - anulada por sentencia firme de juzgado de lo mercantil, publicada en el BOE-

 

Transmisión participaciones profesionales. Prestaciones accesorias. Los arts. 12 y 15 de la LSP admiten la mayoría para autorizar la transmisión de participaciones de socios profesionales sean inter vivos o mortis causa. R. 24 de julio de 2009

 

   

SOCIO UNICO

Cambio socio único SL. Forma de hacerlo constar en el Registro. No es necesario el estricto cumplimiento de las exigencias del art. 203 RRM. R. 20 de Mayo de 2006

 

Legitimación de firma. Es necesaria la legitimación notarial de la firma de quien  suscribe el acta de decisiones de socio único, y, en general el de las actas que documenten los acuerdos sociales. R. 11 de Marzo de 2005

 

Sociedad extrajera. Socio único de sociedad española: debe estar dotada de su NIF o NIE. R. 20 de enero de 2014

 

 

SOCIEDAD UNIPERSONAL

 

Acreditación unipersonalidad ante el Registro Mercantil. La escritura de transmisión de participaciones sirve  para hacer constar la unipersonalidad de la sociedad, si comparece persona con facultades de elevar a público acuerdos sociales, manifestando dicha situación y asumiendo el compromiso de hacerlo constar en el Libro Registro de Socios. R. 10 de Marzo de 2005

 

Certificación expedida por el apoderado del socio único. Las decisiones del socio único, pueden ser certificadas y elevadas a público tanto por el socio único como por los administradores de la sociedad; y siendo el socio único una persona jurídica pueden hacerlo tanto sus representantes orgánicos como voluntarios. R. 1 de Junio de 2005

 

Constancia. La omisión en la escritura del carácter unipersonal de la sociedad carece de entidad suficiente para impedir la inscripción. R. 13 de Octubre de 2005

 

Constitución por cámaras de comercio. Estas tienen plena personalidad jurídica y capacidad para constituir una SL, pudiendo ser ésta unipersonal y administrador único la propia cámara. R. 4 de octubre de 2005

 

Cooperativa de crédito. La constitución de SA unipersonal de seguros por cooperativa de crédito no precisa la aprobación de la asamblea general. R. 3 de Abril de 2007

 

Declaración. Persona legitimada para suscribir la declaración relativa a la situación de unipersonalidad. R. 26 de mayo de 1998

 

Depósito de cuentas.  Obligatoriedad de los modelos oficiales suministrador por los Registros Mercantiles. R. 17 de Febrero de 2006, R. 29 de Enero de 2007

 

Inscripción. La inscripción de unipersonalidad es obligatoria, pero no constitutiva. R. 14 de enero de 2002

 

Inscripción de la unipersonalidad SL. No es posible mediante simple declaración privada de su Administrador único, con la firma legitimada notarialmente y que fue presentada en el Registro con posterioridad al 1º de enero de 1996. R. 29 de abril de 1998

 

Junta universal SL. Acuerdo adoptado por unanimidad en junta universal: no cabe rechazar modificaciones estatutarias no previstas en el orden del día. R. 15 de noviembre de 2002

 

Manifestación del administrador SL. R. de 3 de diciembre de 1999

 

Poderes: el socio único no puede otorgar  poderes. R. 4 de febrero de 2011

 

Sociedad unipersonal según el registro pero que, según el documento presentado, ya no lo es. No es necesaria la previa constancia registral de la pérdida de la situación de unipersonalidad. R. 22 de junio de 2011

 

Socio único persona jurídica. Representación. Para la inscripción de las decisiones del socio único de una sociedad de responsabilidad limitada, cuando aquél es una persona jurídica, no es preciso que conste en la certificación relativa a las mismas quién y con qué representación actuó en su nombre. R. 25 de enero de 2002

 

Socio único y principio de tracto sucesivo: Para la inscripción de un acuerdo de socio único no es necesaria su previa inscripción.  R. 21 de febrero de 2011

 

Unipersonalidad. No es inscribible la unipersonalidad sin el visto bueno del presidente. R. 11 de junio de 1998

 

Unipersonalidad. No es necesaria su inscripción previa para inscribir las decisiones del socio único. R. 22 de abril de 2014

 

 

TRACTO SUCESIVO

 

Junta general: El tracto sucesivo de administradores no se extiende al presidente de la junta general. R. 12 de enero de 2011

 

Registro de bienes muebles. El principio de tracto sucesivo dentro del RBM y en relación a los bien susceptibles de hipoteca sólo regirá en el caso de que el bien conste previamente inscrito de manera voluntaria.  R. 1 de febrero de 2012

 

Registro Mercantil. R. 29 de noviembre de 2012

 

Socio único y principio de tracto sucesivo: Para la inscripción de un acuerdo de socio único no es necesaria su previa inscripción.  R. 21 de febrero de 2011

 

Tracto sucesivo. Cese Administradores. Basta el acuerdo genérico de cese de administradores, sin necesidad de identificar a los nombrados, sin que la falta de inscripción del nombramiento de alguno de ellos permita denegar la inscripción respecto de todos los cesados y nombrados. R. 5 de Mayo de 2005

 

Tracto sucesivo en modificaciones de capital social. Lapso de tiempo entre balance y acuerdo de reducción de capital social. R. 25 de Febrero 2004 –Confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial-

 

Tracto sucesivo. Es un principio mucho más débil en la esfera mercantil. R. 14 de enero de 2002,  R. 21 de marzo de 2002

 

Tracto sucesivo. En un registro de personas como es el Registro Mercantil, la aplicación de algunos principios registrales como el de tracto sucesivo ha de ser objeto de interpretación restrictiva y no puede tener el mismo alcance que en un registro de bienes.  R. 22 de junio de 2011, R. 22 de abril de 2014

 

Tracto sucesivo. No es posible hacer constar en el Registro Mercantil que se dejan sin efecto acuerdos sociales sin que previamente estén inscritos. R. 12 de enero de 2011

 

  

TRANSFORMACIÓN
 

Cierre registral por razones fiscales. Impide inscribir la transformación de la sociedad. R. 9 de febrero de 1999

 

De sociedad colectiva en limitada. Necesidad de unanimidad. R. 10 de Julio de 2003

 

De SA en SL. DT 6-2 LSA. Derecho transitorio. No es inscribible una escritura de transformación de una SA - cuyo capital social es inferior a 10 millones de pesetas - en una SL, otorgada antes del día 31-12-1995, pero presentada en el Registro después de dicha fecha. R. 15 de febrero de 1999

 

De  SA en SL: el patrimonio ha de cubrir el capital social. R. 9 de Ocubre de 2012

 

De SA en SL. La disolución de pleno derecho no implica extinción de la personalidad jurídica, ni impide la reactivación, ni la transformación efectuada. R. 24 de abril de 1999

 

De SA en SL en Junta Universal y por unanimidad. La publicidad de necesaria para la inscripción. R. 6 de junio de 2012

 

De SA en SL. Necesidad de desembolso total del capital. R. 29 de marzo de 2000

 

De SA en SL. El balance ha de acompañarse a la escritura para su depósito en el RM, a pesar de estar también incorporado a la misma. R. 9 de mayo de 1998

 

De SA en SL. Reducción y aumento de capital social: Son aplicables las normas de la nueva forma social adoptada. R. 16 de septiembre de 2009

 

De SA en SL y reducción simultánea de capital con restitución de aportaciones. Deben cumplirse para la inscripción del acuerdo de reducción los requisitos impuestos por la LSA. R. 23 de febrero de 2001

 

De SA en SL. Reducción y aumento de capital social: El balance de transformación debe reflejar la verdadera situación del capital de la sociedad tras el aumento acordado. R. 16 de septiembre de 2009

 

De SL en SA. Es necesario acompañar el informe de un experto independiente sobre el patrimonio social no dinerario y un ejemplar del balance de la sociedad, cerrado el día anterior al acuerdo, para su depósito. R. 2 de junio de 2000

 

De SL en SA. No es exigible el informe de experto independiente si no existe patrimonio social no dinerario: pero ello es necesario que resulte claramente del balance. R. 4 de febrero de 2014

 

Disolución SA de pleno derecho por falta de adecuación del capital al mínimo legal: es posible su transformación en sociedad limitada. R. 12 de marzo de 2013

 

Informe de experto. Transformación de SL en SA. El informe sobre el patrimonio social no dinerario que debe incorporarse a la escritura ha de por un experto designado por el Registro Mercantil. R. 12 de Marzo de 2005

 

 

 

 

 

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