Algunos puntos clave, en mi opinión:
– Creo que se aplica la STS a todas las escrituras autorizadas, incluso antes de la propia sentencia.
– No es posible la inscripción de cláusulas que vulneren los dos puntos de diferencia (casi todas), si intervienen consumidores. Incluso, respecto de las escrituras anteriores
– No deberían otorgarse escrituras a partir de ahora con intereses de demora superiores en dos puntos a los ordinarios si hay consumidores. No creo que sea suficiente con meras advertencias.
– El TS está rayando la invasión de competencias del Legislativo.
¿Cómo lo veis?