Archivo de la etiqueta: octubre 2018

Ranking Twitter Jurídico español. Decimocuarta oleada-octubre-2018.

RANKING DEL TWITTER JURÍDICO ESPAÑOL

DECIMOCUARTA OLEADA CERRADA A 20 DE OCTUBRE DE 2018 

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PUESTO NOMBRE PUESTO 20/10/2018 12/04/2018 DIFERENCIA PORC.
ACTUAL Y WEB  PREVIO SEGUIDORES SEGUIDORES SEGUIDORES AUMENTO
1 Congreso de los Diputados 1 172020 160508 11512 7,17%
2 Senado de España 2 103742 97597 6145 6,30%
3 Ministerio de Justicia  3 88292 80178 8114 10,12%
4 CGPJ (Gabinetes comunicación) 4 71487 63349 8138 12,85%
5 Boletín Oficial del Estado 5 66361 62911 3450 5,48%
6 Jueces para la Democracia 7 61052 55679 5373 9,65%
7 Abogacía.es 6 58278 56440 1838 3,26%
8 Jurista enloquecido 9 53973 47429 6544 13,80%
9 Expansión jurídico  10 49144 46409 2735 5,89%
10 Jesús López Martín   48305      
11 EconomistJurist 8 47655 47870 -215 -0,45%
12 Guzmán & Cubero   43923      
13 Legaltoday 11 36858 36005 853 2,37%
14 Bufete Almeida 12 34066 33965 101 0,30%
15 Noticias Jurídicas @notisjuridicas 14 29031 27752 1279 4,61%
16 Derecho.com 13 27805 27768 37 0,13%
17 Law and trends 15 27451 27155 296 1,09%
18 Noticias jurídicas (damoin.es) 16 26923 26327 596 2,26%
19 No somos delito 17 26520 26066 454 1,74%
20 Lawyerpress  18 26078 25872 206 0,80%
21 Eventos jurídicos  19 25092 24365 727 2,98%
22 2ª Opinión Jurídica  20 24692 24157 535 2,21%
23 ¿Hay Derecho? 21 24349 23490 859 3,66%
24 Rafael Catalá 24 22766 21528 1238 5,75%
25 Wolters Kluwer 22 22625 21961 664 3,02%
26 Legálitas Abogados 25 21938 21143 795 3,76%
27 El Abogado 23 21607 21544 63 0,29%
28 Unión Progresista de Fiscales 29 21455 19370 2085 10,76%
29 Cuatrecasas 26 21423 20774 649 3,12%
30 Confilegal 30 20489 18711 1778 9,50%
31 Carlos Guerrero 27 20284 20660 -376 -1,82%
32 Notarios de España 28 20260 20052 208 1,04%
33 Eva Belmonte  33 19953 18258 1695 9,28%
34 Diario jurídico 31 19789 18523 1266 6,83%
35 José María de Pablo 45 19664 14244 5420 38,05%
36 José Luis Sariego 34 18157 18134 23 0,13%
37 Colegio de Abogados de Madrid 37 17893 16357 1536 9,39%
38 Vlex 36 17373 16944 429 2,53%
39 Derecho en red 35 17262 17063 199 1,17%
40 Verónica del Carpio  40 16194 15439 755 4,89%
41 Abogado Amigo  38 16037 16145 -108 -0,67%
42 Garrigues 41 15897 15037 860 5,72%
43 Derecho práctico  42 15116 14611 505 3,46%
44 Colegio de Abogados de Barcelona 44 15008 14265 743 5,21%
45 Lexur Editorial 39 14938 15477 -539 -3,48%
46 Luisa María, Magistrada   14906      
47 Informativo jurídico 43 14808 14369 439 3,06%
48 Borja Adsuara 48 14352 13152 1200 9,12%
49 Francis Lefevre 46 14235 13546 689 5,09%
50 Info-Derecho 47 13284 13366 -82 -0,61%
51 Fiscal Impuestos 49 13110 12661 449 3,55%
52 Angry Juez 58 12849 9835 3014 30,65%
53 Gómez-Acebo y Pombo 51 12519 12250 269 2,20%
54 Javier Cremades 50 12409 12529 -120 -0,96%
55 Jorge Alexandre 32 11962 18297 -6335 -34,62%
56 José Muelas 52 11816 11572 244 2,11%
57 CEAJ Abogados 53 11454 10877 577 5,30%
58 Sepin  54 10931 10368 563 5,43%
59 Tirant lo Blanc 56 10853 10160 693 6,82%
60 LuisJa Sánchez 55 10790 10332 458 4,43%
61 Red jurídica abogados 63 10584 9254 1330 14,37%
62 Colegio de Registradores 57 10312 9889 423 4,28%
63 FacilDerecho 59 10154 9354 800 8,55%
64 Fabián Valero  61 10057 9318 739 7,93%
65 Beatriz Corredor 64 9693 9100 593 6,52%
66 Asesores fiscales 60 9514 9329 185 1,98%
67 Club Laboral Social 72 9415 8339 1076 12,90%
68 Cremades & Calvo Sotelo  65 9191 9069 122 1,35%
69 Sentencias España  67 9179 8620 559 6,48%
70 Escuela Judicial 76 8926 8086 840 10,39%
71 Josep Jover  70 8777 8483 294 3,47%
72 La web legal 68 8670 8589 81 0,94%
73 Carlos Carnicer 66 8636 8843 -207 -2,34%
74 Francisco Pérez Bes 71 8572 8348 224 2,68%
75 Francisco Jurado  69 8571 8588 -17 -0,20%
76 Ntariosyrgistradores (NNyRR) 74 8563 8243 320 3,88%
77 Sonia Gumpert 73 8554 8260 294 3,56%
78 Eduardo Virgala   8301      
79 Foro judicial Independiente   8282      
80 Jorge Campanillas 75 8213 8117 96 1,18%
81 Pablo F. Burgueño  78 8168 7777 391 5,03%
82 David Maeztu 77 8108 7915 193 2,44%
83 Carlos García León 79 7793 7763 30 0,39%
84 Enatic 82 7747 7328 419 5,72%
85 Elisa de la Nuez  81 7708 7519 189 2,51%
86 Jóvenes Abogados en Movimiento 80 7571 7690 -119 -1,55%
87 AJA Madrid 83 7431 7008 423 6,04%
88 Lawyerpress Emprende   7218      
89 Carlos Ballugera 86 7109 6600 509 7,71%
90 Pere Huguet Tous 104 7092 5162 1930 37,39%
91 Sara Molina 87 6801 6519 282 4,33%
92 Iurismática  84 6792 6800 -8 -0,12%
93 AOB Abogados 85 6694 6730 -36 -0,53%
94 Colegio de Abogados de Málaga 88 6584 6392 192 3,00%
95 As. Jueces Francisco Vitoria   6542      
96 Roca Junyent Abogados 89 6434 6268 166 2,65%
97 Rosa Manrubia 90 6270 6029 241 4,00%
98 Carmen Pérez Andújar 94 6188 5882 306 5,20%
99 Fernando Gomá  95 6159 5868 291 4,96%
100 Mutualidad Abogacía  96 6106 5798 308 5,31%
101 Revista La Toga  93 6018 5937 81 1,36%
102 Luis Cazorla 92 5969 5969 0 0,00%
103 Miguel Ángel Pérez de la Manga  91 5962 5997 -35 -0,58%
104 Alejandro Touriño  97 5874 5646 228 4,04%
105 Paco González Calero 98 5846 5540 306 5,52%
106 Ignacio Gomá 101 5747 5259 488 9,28%
107 Abanlex   5688      
108 Victoria Ortega 106 5682 4861 821 16,89%
109 Rosana Pérez Gurrea 103 5561 5205 356 6,84%
110 Luis Abeledo   99 5503 5515 -12 -0,22%
111 Rodolfo Tesone 100 5464 5294 170 3,21%
112 Daniel López Carballo 107 5367 4823 544 11,28%
113 Paloma Llaneza 105 5243 4890 353 7,22%
114 As. Prof. Magistratura   5198      
115 Derecho Internet  102 5116 5208 -92 -1,77%
116 Traducción jurídica 109 4984 4708 276 5,86%
117 Víctor Salgado 108 4868 4807 61 1,27%
118 Escarlata Gutiérrez, Fiscal   4845      
119 J R Chaves 114 4755 4214 541 12,84%
120 Francisco Rosales   4599      
121 More thn law 111 4520 4367 153 3,50%
122 Alonso Hurtado 110 4476 4370 106 2,43%
123 Iuriscom 112 4349 4335 14 0,32%
124 Procesalistas 115 4310 4212 98 2,33%
125 Ruth Benito 116 4291 4178 113 2,70%
126 iabogado 113 4197 4275 -78 -1,82%
127 Letrados de Justicia   4122      
128 Asociación de Fiscales   4091      
129 Jordi Estadella  117 4071 3981 90 2,26%
130 Fernando Zunzunegui 119 3961 3772 189 5,01%
131 Andy Ramos 118 3918 3899 19 0,49%
132 Colegio de Abogados de Salamanca 120 3874 3718 156 4,20%
133 Almacén de Derecho   3741      
134 Leopoldo Gandarias   3731      
135 Martí Manent  121 3703 3696 7 0,19%
136 Fiscalía General   3702      
137 Joaquín Muñoz 123 3671 3634 37 1,02%
138 Colegio de Abogados de Cartagena 125 3597 3456 141 4,08%
139 Javier Prenafeta 126 3500 3363 137 4,07%
140 Manga Abogados 124 3433 3578 -145 -4,05%
141 A. Navarro 132 3404 3062 342 11,17%
142 Audens  128 3330 3303 27 0,82%
143 Almudena Vigil Hochleitner 129 3301 3283 18 0,55%
144 Lexnews 127 3271 3353 -82 -2,45%
145 Salvador Viada   3267      
146 Xabier Ribas 131 3230 3160 70 2,22%
147 José Carmelo Llopis   3188      
148 APIFiscales   3177      
149 Eva Cañizares  130 3146 3203 -57 -1,78%
150 Javier Muñoz Pereira 133 2861 2890 -29 -1,00%
151 David González Calleja  134 2790 2867 -77 -2,69%
152 Sagardoy Abogados  135 2782 2801 -19 -0,68%
153 Noticias tributarias 136 2620 2666 -46 -1,73%
154 Comillas Icade Derecho 137 2532 2563 -31 -1,21%

 

 COMENTARIOS A LA DECIMOCUARTA OLEADA:

Hay 19 incorporaciones (muchas de ellas procedentes de la carrera judicial y fiscal, ofrecidas por Escarlata Gutiérrez, Fiscal, que también entra en el ranking) y dos salidas, (Ecija Law Tech y Jesús Alfaro, quien continúa en Almacén de Derecho), por lo que el número de cuentas pasa de 137 a 154

Todas las cuentas analizadas han subido en número de seguidores menos veinticinco. Por casualidad, la cuenta de Luis Cazorla tenía exactamente el mismo número de seguidores al hacer la labor de campo. 

Los veinte aumentos mayores corresponden a:

PUESTO NOMBRE PUESTO DIFERENCIA PORC.
ACTUAL Y WEB  PREVIO SEGUIDORES AUMENTO
35 José María de Pablo 45 5420 38,05%
90 Pere Huguet Tous 104 1930 37,39%
52 Angry Juez 58 3014 30,65%
108 Victoria Ortega 106 821 16,89%
61 Red jurídica abogados 63 1330 14,37%
8 Jurista enloquecido 9 6544 13,80%
67 Club Laboral Social 72 1076 12,90%
4 CGPJ (Gabinetes comunicación) 4 8138 12,85%
119 J R Chaves 114 541 12,84%
112 Daniel López Carballo 107 544 11,28%
141 A. Navarro 132 342 11,17%
28 Unión Progresista de Fiscales 29 2085 10,76%
70 Escuela Judicial 76 840 10,39%
3 Ministerio de Justicia  3 8114 10,12%
6 Jueces para la Democracia 7 5373 9,65%
30 Confilegal 30 1778 9,50%
37 Colegio de Abogados de Madrid 37 1536 9,39%
33 Eva Belmonte  33 1695 9,28%
106 Ignacio Gomá 101 488 9,28%
48 Borja Adsuara 48 1200 9,12%

Hemos cambiado la orientación de la tabla anterior, dando prioridad al porcentaje de subida, respecto al número de seguidores nuevos que siempre aportaba ventaja a las cuentas más numerosas.

Algunas cuentas que están en el cuadro pierden puestos, pese a su excelente progresión. Se debe a la incorporación de 17 cuentas adicionales.

José María de Pablo repite como la cuenta que mayor incremento porcentual ha tenido, seguido muy de cerca por Pere Huguet Tous.

Las cuentas del Congreso de los Diputados y del Senado continúan presidiendo el ránking, con más de 170.000 y de 100.000 seguidores respectivamente.

En el top 10, entra Jesús López Martín (aunque sólo cumple por poco la proporción 2 a 1) y sale EconomistJurist.

Nuestra cuenta ntariosyrgistradores (o @NNyRR) ha crecido en 320 seguidores hasta los 8563, un 3,88%. Se mantiene estable en la mitad de la tabla, descendiendo dos puestos en una lista que tiene 17 cuentas más.

Al superarse las 100 cuentas, para las próximas oleadas sólo se admitirán nuevas incorporaciones por encima de los 3000 seguidores. No por ello se borrarán las existentes que no lleguen a dicha cifra.

Para estar en el TOP 100,se ha de tener, al menos, 6106 seguidores.

El incremento medio ha sido del 3,26%, entendiéndose por tal incremento el de la cuenta que tiene por delante tantas cuentas con mayor incremento como las que tiene por detrás con menor. Esa cuenta es la de Abogacía.es.

Se computan 2.332.628 seguidores para 154 cuentas (2.058.561 seguidores para 137 cuentas en la anterior), por lo que el aumento es de 274.067 seguidores, un 13,31% más. La discrepancia con la subida media se encuentra en que las cuentas con más usuarios tienden a tener también un aumento porcentual superior y en que hay 17 cuentas más. 

CRITERIOS DE SELECCIÓN:

Se han incorporado las cuentas encontradas que cumplen todos estos requisitos:

1º.- Contenido mayoritariamente jurídico

2º.- Más de 3000 seguidores para nuevas incorporaciones, a partir de la novena oleada. 

3º.- No ha de utilizar masivamente la técnica de seguir a muchas cuentas para que te sigan. El límite lo hemos puesto en la proporción de dos a uno. Es decir, para estar en el ranking, si una cuenta tiene 10.000 seguidores, no ha de seguir a más de 5000 cuentas.

4º.- Han de centrar su actividad principal en España.

No es una enumeración exhaustiva, pudiéndose incluir otras CUENTAS mediante solicitud por correo electrónico, siempre que su contenido sea fundamentalmente jurídico y cumplan los demás requisitos.

El acceso al ranking está disponible en la columna de la derecha de la página principal.

    

    OLEADAS ANTERIORES:
 
BOLA-PINK2   DECIMOTERCERA OLEADA: ABRIL 2018
BOLA-PINK2   DECIMOSEGUNDA OLEADA: OCTUBRE 2017
BOLA-PINK2   DECIMOPRIMERA OLEADA: ABRIL 2017
BOLA-PINK2   DÉCIMA OLEADA: NOVIEMBRE 2016
BOLA-PINK2   NOVENA OLEADA: JUNIO 2016
BOLA-PINK2   OCTAVA OLEADA: ENERO 2016
BOLA-PINK2   SÉPTIMA OLEADA: MAYO 2015
BOLA-PINK2   SEXTA OLEADA: FEBRERO 2015
BOLA-PINK2   QUINTA OLEADA: NOVIEMBRE 2014
BOLA-PINK2   CUARTA OLEADA: AGOSTO 2014
BOLA-PINK2   TERCERA OLEADA: MAYO 2014
BOLA-PINK2   SEGUNDA OLEADA: FEBRERO 2014
BOLA-PINK2   PRIMERA OLEADA: OCTUBRE 2013

 Archivo inicialmente publicado el 25 de octubre de 2013

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Informe Oficina Notarial Octubre 2018. Expedientes Notariales Previos al Documento Notarial

INFORME OFICINA NOTARIAL OCTUBRE 2018

Redactado por Alfonso de la Fuente Sancho,

Notario de San Cristóbal de la Laguna (Tenerife)

 

Indice:

DISPOSICIONES DESTACADAS

SECCIÓN II

RESOLUCIONES

PRÁCTICA NOTARIAL:

EXPEDIENTES NOTARIALES PREVIOS AL DOCUMENTO NOTARIAL

1.- CONCEPTO

2.- SITUACIÓN TRADICIONAL

3.- SITUACIÓN ACTUAL

4.- POSIBLES CASOS DE NECESIDAD DE EXPEDIENTE PREVIO POR ESCRITO.

5.-  FORMALIDADES DE LOS EXPEDIENTES NOTARIALES PREVIOS 

5.1.- SOLICITUD INICIAL.

5.2.- DILIGENCIA DE APERTURA

5.3.- DILIGENCIAS INTERMEDIAS

5.4.- RESOLUCIÓN NOTARIAL.

5. 5.- NOTIFICACIÓN

5.6.- RECURSOS PROCEDENTES.

5.7.- REMISIÓN A LA DGRN DEL RECURSO.

5.8.- CONSTANCIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DGRN

5.9.- DILIGENCIA DE CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE

6.- MODELOS

ENLACES

DISPOSICIONES DESTACADAS:

Real Decreto-ley 11/2018, de 31 de agosto.

Resumen: Este RD Ley transpone tres directivas, ya fuera de plazo del cual interesa lo relativo al BLANQUEO DE CAPITALES:

Las principales medidas adicionales que ahora se incorporan a la Ley 10/2010  son:

– Se perfila con mayor precisión qué se entiende por titular real. Se mantiene el porcentaje del 25% como el determinante de una situación de control de una persona jurídica, dándose indicaciones de cuándo se ejerce control por otros medios. Se concreta quiénes tienes la consideración de titulares en fideicomisos, trust y figuras análogas. Y también se exige el análisis de las estructuras jurídicas sin personalidad. Art. 4.2.

– Los sujetos obligados aplicarán medidas reforzadas de diligencia debida en relación con los países que presenten deficiencias estratégicas en sus sistemas de lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo y figuren en la decisión de la Comisión Europea. No hemos encontrado ese listado. Art. 11.

La conservación de los documentos por los sujetos obligados será por un periodo -mínimo y máximo- de diez años, debiendo proceder entonces a su eliminación. Transcurridos cinco años desde la terminación de la relación de negocios o la ejecución de la operación ocasional, la documentación conservada únicamente será accesible por los órganos de control interno del sujeto obligado, las unidades técnicas de prevención, y, en su caso, los encargados de su defensa legal. Art. 25.

– Las personas físicas o jurídicas que comercien profesionalmente con bienes quedarán sujetas a las obligaciones establecidas en los artículos 3, 17, 18, 19, 21, 24 y 25 respecto de las transacciones en que los cobros o pagos se efectúen por personas físicas no residentes con los medios de pago a que se refiere el artículo 34.2 de esta ley y por importe superior a 10.000 euros, ya se realicen en una o en varias operaciones entre las que parezca existir algún tipo de relación. Ver. Art. 38.

En el artículo 34.2 se incluyen estos medios de pago:

a) El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.

b) Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.

c) Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador.

El límite estaba antes en 15.000 euros y no se restringía a no residentes.

Catastro: actualización de valores catastrales en determinados municipios

Orden HAC/994/2018, de 17 de septiembre, por la que se establece la relación de municipios a los que resultarán de aplicación los coeficientes de actualización de los valores catastrales que establezca la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2019.

Resumen: se publica la lista de municipios que podrán actualizar los valores catastrales cara al ejercicio de 2019, aplicando los coeficientes que se determinen en la futura Ley de Presupuestos para 2019. La lista incluye diez capitales de provincia.

 

SECCIÓN II:

Concurso Registros 300: resultado

DGRN. Resolución de 14 de septiembre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado.

Se han cubierto 46 plazas de las 55 plazas ofrecidas.

Ver archivo de Concursos.  

PDF (BOE-A-2018-12784 – 3 págs. – 295 KB)   Otros formatos

CATALUÑA. Resolución de 14 de septiembre de 2018, de la Dirección General de Derecho y Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia .

De las diez plazas que salían a concurso, se han cubierto todas menos una, Barcelona nº 25.

Para los opositores que aprueben en la presente convocatoria, se añaden 10 plazas más (9+1), por lo que el total asciende a 55a fecha 21 de septiembre de 2018.

Ver archivo de Concursos.  

Oposiciones entre Notarios: composición del Tribunal.

Orden JUS/965/2018, de 4 de septiembre, por la que se modifica la composición del Tribunal calificador de la oposición entre notarios de la Dirección General de los Registros y del Notariado, convocada por Resolución de 30 de junio de 2017.

Por Orden JUS/11/2018, de 9 de enero, se nombró a los miembros del Tribunal calificador de la oposición entre notarios convocada por Resolución de la DGRN de 30 de junio de 2017.

Ante el cese del Presidente del Tribunal como Director General de los Registros y del Notariado, don Francisco Javier Gómez Gálligo por Real Decreto 1016/2018, de 3 de agosto, se procede a su sustitución y se nombra Presidente a don Pedro José Garrido Chamorro, actual Director General de los Registros y del Notariado.

Se jubila al Notario de Palencia don Julio Herrero Ruiz. También como registrador de la propiedad en situación de excedencia voluntaria.

Se jubila a don Ramón Menéndez y Felipe, registrador de la propiedad de Sevilla n.º 3.

Se jubila al notario de Madrid don Inocencio Figaredo de la Mora.

Se jubila al notario de Vilafranca del Penedés don Daniel Iborra Fort.

Se jubila al notario de Coslada don Antonio García Pons.

Se jubila al notario de Murcia don Gerardo Torrecilla Casitas.

Se jubila al notario de Leganés don Joaquín Antonio Osuna Costa.

Se jubila al notario de Alhaurín de la Torre don Pedro Real Gamundi.

Se jubila al notario de Madrid don José Manuel Senante Romero.

Se jubila al notario de Marbella don Juan Luis Gómez Olivares.

 

RESOLUCIONES Y SENTENCIAS

Un resumen de lo más destacado se puede consultar en el  MINI INFORME DEL MES CON LOS 10 PLUS.

En  SEPTIEMBRE se han publicado VEINTIDÓS. Se ofrecen en ARCHIVO APARTE.

No se han publicado sentencias.

RESOLUCIONES

Destacamos las  siguientes:

346.** EXTINCIÓN DE COMUNIDAD. ADJUDICACIÓN CON CARÁCTER PRIVATIVO DE CUOTA QUE ERA GANANCIAL

La transformación en privativa de una cuota indivisa ganancial sobre una finca, exige expresar la causa, onerosa o gratuita de la atribución o especificación.

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350.** OBRA ANTIGUA EN TERRENO RÚSTICO. AUTORIZACIÓN ADMNISTRATIVA. PLAZO DE TERMINACIÓN.

Entre los requisitos exigidos para inscribir una obra nueva antigua no se encuentra el de aportar una prueba documental que certifique por parte del Ayuntamiento la efectiva prescripción de la acción de restablecimiento de la legalidad urbanística.

Resumen completo.

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351.** INSCRIPCIÓN  DE USO TURÍSTICO EN CANARIAS.

El derecho de uso de las edificaciones es un elemento que forma parte de la estructura de la propiedad y delimita su contenido, por lo que es inscribible, En el caso se analiza la documentación necesaria para hacer constar que un terreno es de uso turístico en Canarias. 

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352.*** PROPIEDAD HORIZONTAL. MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS POR CUASI UNANIMIDAD.

Cabe el procedimiento de la cuasi unanimidad (art. 17 LPH) para adoptar acuerdos de modificación de los estatutos de la propiedad horizontal, tomando como positivos los votos de los ausentes notificados con arreglo al art. 9 LPH.

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353.*** HERENCIA. TESTAMENTO SIN QUE CONSTE LA HORA DE SU OTORGAMENTO: EFECTOS Y MEDIOS DE SUBSANACIÓN.

Son subsanables conforme al artículo 153 del Reglamento Notarial algunos errores u omisiones -como la hora- padecidos en un testamento.

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354.** AGREGACIÓN. FALTA DE CORRESPONDENCIA  ENTRE REPRESENTACIÓN GRÁFICA CATASTRAL APORTADA Y FINCAS REGISTRALES OBJETO DE LA OPERACIÓN.

Para inscribir operaciones de agregación ha de aportarse una representación gráfica coincidente de la resultante. En otro caso ha de tramitarse un expediente del art. 199 pero para ello la representación gráfica que se aporte ha de corresponderse con la porción de la finca inscrita, lo que ha de ser objeto de calificación.

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356.** EXCESO DE CABIDA MEDIANTE EXPEDIENTE (JUDICIAL) DE DOMINIO

En el expediente de dominio anterior a la Ley 13/2015, para inscribir un exceso de cabida resultaba esencial la citación a los colindantes, correspondiendo al juez la resolución de las dudas de identidad, salvo excepciones tasadas, y exigiéndose una certificación catastral coincidente con la finca para aquellos casos en que el exceso de cabida sea superior a la quinta parte de la inscrita.

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PDF (BOE-A-2018-12724 – 9 págs. – 260 KB)   Otros formatos

357.*** PRETERICIÓN NO INTENCIONAL. CALIFICACIÓN REGISTRAL DE LAS ACTAS NOTARIALES DE DECLARACIÓN DE HEREDEROS

Para dejar sin efecto el contenido patrimonial de un testamento, en el supuesto de preterición “no intencional” de un heredero, no basta con la formalización de un acta notarial de declaración de herederos, sino que se precisa -a falta de conformidad expresa de todos los interesados en la distribución de la herencia- una declaración judicial en tal sentido (tras un procedimiento contencioso incoado por el preterido o preteridos).

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360.** INMATRICULACIÓN ART. 205 LH: APORTACIÓN A GANANCIALES Y COMO TÍTULO PREVIO HERENCIA OTORGADA EL MISMO DÍA. APRECIACIÓN DE LA INSTRUMENTALIDAD DE LOS TÍTULOS

El título público previo al inmatriculador no ha de ser necesariamente el adquisitivo, sino que puede ser declarativo o probatorio de dicha adquisición anterior, la cual puede carecer de soporte documental.

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361.* EJECUCIÓN HIPOTECARIA. VIVIENDA HABITUAL. ADJUDICACIÓN POR EL 60% DEL VALOR DE TASACIÓN.

En caso de ejecución de la vivienda habitual del deudor, la adjudicación se hará por un importe igual al 70 por cien del valor de tasación o si la cantidad que se debe por todos los conceptos es inferior a ese porcentaje, por la cantidad que se le deba al ejecutante por todos los conceptos, con el límite mínimo del 60 por cien del valor de subasta.

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362.** EJECUCIÓN JUDICIAL HIPOTECARIA. ADJUDICACIÓN DE FINCA (NO VIVIENDA HABITUAL) POR CIFRA INFERIOR AL 50 % DEL VALOR DE TASACIÓN

La DGRN confirma su criterio de que no cabe que el acreedor se adjudique una finca, que no es vivienda habitual, no habiendo postores, por un importe inferior al 50% del valor de tasación.

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365.** ALCANCE DE LA CALIFICACIÓN REGISTRAL DE PODERES OTORGADOS EN EL EXTRANJERO

El juicio de equivalencia de funciones no es lo mismo que el juicio de suficiencia del poder del artículo 98 de la Ley 24/2001. aunque el juicio de suficiencia del notario español sobre el poder comprende el de equivalencia, si de sus términos no se deduce lo contrario.

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366.** COMPRA POR CASADA EN RÉGIMEN ECONÓMICO MATRIMONIAL  SUPLETORIO ALEMÁN DE PARTICIPACIÓN EN GANANCIAS

Una española, casada, no residente en España, adquiere, por sí sola, un inmueble, con carácter privativo, y manifiesta, en la escritura, que se encuentra casada con Don XXX, bajo el régimen económico legal alemán de participación de ganancias. Para la DG basta dicha manifestación para la inscripción registral de la compraventa.

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RESOLUCIONES MERCANTIL

347.*** CLÁUSULA ESTATUTARIA SL PROHIBIENDO CONSTITUIR DERECHOS REALES SOBRE PARTICIPACIONES: SU POSIBILIDAD.

Es inscribible la cláusula estatutaria que prohíbe constituir derechos reales sobre las participaciones sociales, sin necesidad de fijar una limitación temporal a la prohibición o de conceder un derecho de separación al socio.

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PRÁCTICA NOTARIAL

EXPEDIENTES NOTARIALES PREVIOS AL DOCUMENTO NOTARIAL

1.- CONCEPTO

Con este nombre nos referimos a los expedientes notariales previos a la autorización de un documento notarial, que empiezan con una solicitud y aportación de la documentación necesaria y finalizan, si procede, con la autorización del documento solicitado.

2.- SITUACIÓN TRADICIONAL

El procedimiento notarial previo  a la autorización de un documento se ha caracterizado siempre por su carácter informal, pues no se formaliza por escrito ya que todo se hace de forma verbal hasta el otorgamiento del documento, bien sea un acta o una escritura, o la expedición de una copia de archivo.

En los casos de negativa del notario a autorizar el documento solicitado, tratándose de documentos habituales (actas o escrituras) que documentaban negocios jurídicos privados o recogían hechos o actos jurídicos unilaterales, no se ha sentido la necesidad de regular la  posibilidad de recurrir la negativa del notario, pues  el interesado podía acudir libremente a otro u otros notarios a modo de segunda opinión o posibilidad. Quizá por ello el Reglamento Notarial no regula esta materia, si bien en la reforma de 2007 hizo un primer intento regulando el llamado recurso de queja ante la DGRN en el artículo 145 del RN que fue luego anulado por el Tribunal Supremo en sentencia de 20 de Mayo de 2008  . El único recurso existente es el recurso de queja ante la negativa a expedir copia  de un documento que obre en el protocolo de la notaría (Artículo 231 RN).

3.- SITUACIÓN ACTUAL

Sin embargo, la situación ha cambiado desde la atribución de la competencia a los notarios para tramitar y autorizar los expedientes de jurisdicción voluntaria por la Ley 15/2015 en los que la función notarial se amplía y cambia, pues la base no es ya la voluntad otorgada por los particulares que cristaliza en un documento que el notario considera legal y autoriza convirtiéndolo en escritura pública, sino en una decisión o resolución de Autoridad del notario de naturaleza jurisdiccional con un fuerte componente administrativo o si se prefiere judicial.

En estos casos de expedientes de jurisdicción voluntaria ocurrirá con cierta frecuencia que si el notario deniega finalmente la actuación notarial solicitada, por diversos motivos como  no ser competente territorialmente, no tener interés legítimo el solicitante  para instar el acta pretendida, falta de documentación necesaria, etc…. Va a ocurrir que el interesado exigirá cada vez con mayor frecuencia que se le notifique la decisión o resolución notarial por escrito para presentar recurso ante la DGRN, o bien porque no sea posible acudir a otro notario o porque le interese, por cualquier motivo, que la DGRN resuelva y siente criterio en materia que resulte novedosa desde el punto de vista jurídico.

4.- POSIBLES CASOS DE NECESIDAD DE EXPEDIENTE PREVIO POR ESCRITO.

Este supuesto de expediente notarial previo puede darse en varios  tipos de casos:

       A ).-  Negativa a tramitar y autorizar un expediente de jurisdicción voluntaria, (por falta de documentación o incompetencia territorial o por cualquier otro defecto) por ejemplo:

–  Negativa a tramitar un Expediente Inmobiliario, tales como inmatriculación o reanudación de tracto o exceso de cabida, deslindes, o subsanación de discrepancias catastrales. 

– Negativa a tramitar un Expediente Sucesorio  tales como declaratorio de herederos, nombramiento de contador-partidor, certificado sucesorio europeo, etc.

– Negativa a tramitar un Expediente de Acuerdo Extrajudicial de Pagos. 

– Negativa a tramitar un Expediente Mercantil (monitorios notariales, consignaciones, extravío de cheques, etc…)

.- Negativa a tramitar un expediente matrimonial (divorcio o expediente matrimonial cuando en 2020 se materialice la competencia ya atribuida)

      B).-  Negativa a autorizar un documento notarial tradicional (actas o escrituras), por analogía con los anteriores.

      C).-  Negativa a expedir copia  de un documento que obre en el protocolo de la notaría, para el que el propio reglamento notarial prevé un recurso de queja (Artículo 231 RN)

5.-  FORMALIDADES DE LOS EXPEDIENTES NOTARIALES PREVIOS 

Como he dicho sólo será necesario darles forma escrita cuando, después del contacto verbal habitual e informal, exista negativa del notario y el interesado manifieste su deseo de recurrir la decisión notarial. En estos casos no hay que olvidar que la función notarial tiene un componente administrativo y ahora también jurisdiccional y que sus decisiones tienen que poder ser recurridas ante su órgano administrativo superior, que es la DGRN, por lo que será de aplicación subsidiaria, en espera de una regulación en el Reglamento Notarial, lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en particular artículo 70 y siguientes). 

La DGRN ha tocado indirectamente el tema con la Resolución   de 1 de Junio de 2018. En su fundamento tercero establece lo siguiente: «El notario por su parte debe formar expediente en el que se ha de incluir el conjunto de documentación aportada así como de la documentación que se vaya generando y, al igual que se ha expuesto en los anteriores considerandos, apreciar su propia competencia así como determinar si el deudor solicitante reúne los requisitos precisos para llevar a cabo la solicitud de designación de mediador y si ha aportado la documentación precisa. Apreciada su propia competencia, el notario debe, de conformidad con el artículo 232.3 de la Ley Concursal, poner en conocimiento del administrado la existencia de las deficiencias que observe en la documentación concediéndole el plazo legal para que las subsane, en su caso. Finalmente el notario ha de dictar resolución estimando o desestimando de forma motivada la pretensión del solicitante notificándola, con pie de recursos, a la persona interesada.»

5.1.- SOLICITUD INICIAL.

Habrá que crear un formulario estándar en el que el que se contendrán brevemente los datos que interesen del solicitante,  el contenido de su petición, y los documentos que aporte. Es conveniente que en el formulario de solicitud el interesado designe un email para notificaciones admitiendo expresamente ese medio de comunicación que facilitará luego los trámites de recursos y notificaciones.

De dicho escrito habrá que entregar copia al interesado para que le sirva de justificante.

Deberán unirse además a la solicitud los documentos aportados o fotocopia de los mismos.

5.2.- DILIGENCIA DE APERTURA

Se iniciará con una diligencia del notario declarando la apertura de un expediente, autorizada con su firma, en el que se consignarán los siguientes datos:

Fecha de apertura, que será la del día en que se adopte la decisión, idealmente  el mismo día que se presente por escrito la solicitud

Número de expediente, que será correlativo y con carácter anual

Asunto, resumiendo brevemente la materia de que se trate

Solicitante, con los datos del interesado, de la solicitud inicial y de los documentos aportados.

5.3.- DILIGENCIAS INTERMEDIAS

Si el notario observa la falta de documentación para autorizar el documento que se solicite deberá notificarlo al interesado, cuya notificación se incorporará al expediente

Igualmente se incorporará la documentación que se aporte nuevamente

5.4.- RESOLUCIÓN NOTARIAL.

Una vez aportada toda la documentación, si el notario considera que no procede la autorización del documento solicitado decidirá motivadamente la denegación de la actuación notarial solicitada mediante resolución notarial expresando al pie los recursos que tiene el interesado consta su resolución.

5.5.- RECURSOS PROCEDENTES

Dicho recurso no puede ser otro sino, utilizando la terminología tradicional notarial, el de queja por denegación de funciones (mientras reglamentariamente no se denomine de otra manera) ante  la DGRN, cuyo plazo deberá de ser equivalente al de alzada, es decir el de un mes desde la notificación.

5.6.- NOTIFICACIÓN

De la notificación, idealmente por email con firma digital (si el interesado ha admitido dicho medio) o por carta certificada con acuse de recibo, deberá dejarse constancia en el expediente

5.7.- REMISIÓN A LA DGRN DEL RECURSO

Si el interesado recurre ante la DGRN el notario, de modo análogo a los recursos gubernativos y los registradores, deberá remitir el expediente y emitir un informe en el plazo de 10 días a la DGRN.

5.8.- CONSTANCIA DE LA RESOLUCIÓN DE LA DGRN

Pondrá fin al expediente previo, bien  confirmando la resolución notarial, bien ordenando la autorización del documento solicitado.

5.9.- DILIGENCIA DE CIERRE Y ARCHIVO DEL EXPEDIENTE

El notario hará constar que el expediente queda cerrado por las causas que correspondan y que se procede a su archivo.

6.- MODELOS

.- de Solicitud de actuación notarial.

.- de Resolución notarial  de la solicitud.

1.- Diligencia de Apertura de expediente previo

2.- Diligencia de Tramitación intermedia  del expediente.

3.- Diligencia de incorporación de la resolución notarial de la solicitud

4.- Diligencia de notificación de la resolución notarial al interesado.

5.- Diligencia de admisión de recurso ante la DGRN

6.- Diligencia de remisión de recurso a la DGRN

7.-Diligencia de recepción de Resolución de la DGRN

8.- Diligencia de Cierre del expediente.

 

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PUESTO NOMBRE PUESTO 12/04/2018 19/10/2017 DIFERENCIA PORC.
ACTUAL y WEB  PREVIO Seguidores Seguidores SEGUIDORES AUMENTO
1 Congreso de los Diputados 1 160508 151776 8732 5,75%
2 Senado de España 2 97597 90959 6638 7,30%
3 Ministerio de Justicia  3 80178 69632 10546 15,15%
4 CGPJ (Gabinetes comunicación) 4 63349 54888 8461 15,42%
5 Boletín Oficial del Estado 6 62911 50664 12247 24,17%
6 Abogacía.es 5 56440 52768 3672 6,96%
7 Jueces para la Democracia 7 55679 48423 7256 14,98%
8 EconomistJurist 8 47870 47787 83 0,17%
9 Jurista enloquecido 9 47429 43170 4259 9,87%
10 Expansión jurídico  10 46409 42572 3837 9,01%
11 Legaltoday 11 36005 34045 1960 5,76%
12 Bufete Almeida 12 33965 32996 969 2,94%
13 Derecho.com 13 27768 26981 787 2,92%
14 Noticias Jurídicas @notisjuridicas 14 27752 26122 1630 6,24%
15 Law and trends 15 27155 25898 1257 4,85%
16 Noticias jurídicas (damoin.es) 16 26327 25242 1085 4,30%
17 No somos delito 18 26066 24620 1446 5,87%
18 Lawyerpress  17 25872 24773 1099 4,44%
19 Eventos jurídicos  20 24365 23119 1246 5,39%
20 2ª Opinión Jurídica  19 24157 23333 824 3,53%
21 ¿Hay Derecho? 21 23490 22061 1429 6,48%
22 Wolters Kluwer 23 21961 20910 1051 5,03%
23 El Abogado 22 21544 21003 541 2,58%
24 Rafael Catalá 32 21528 16522 5006 30,30%
25 Legálitas Abogados 27 21143 18649 2494 13,37%
26 Cuatrecasas 25 20774 19758 1016 5,14%
27 Carlos Guerrero 24 20660 20682 -22 -0,11%
28 Notarios de España 26 20052 19615 437 2,23%
29 Unión Progresista de Fiscales 30 19370 17459 1911 10,95%
30 Confilegal 36 18711 16253 2458 15,12%
31 Diario jurídico 31 18523 17165 1358 7,91%
32 Jorge Alexandre 28 18297 18449 -152 -0,82%
33 Eva Belmonte  33 18258 16367 1891 11,55%
34 José Luis Sariego 29 18134 18079 55 0,30%
35 Derecho en red 37 17063 16132 931 5,77%
36 Vlex 35 16944 16283 661 4,06%
37 Colegio de Abogados de Madrid 40 16357 14669 1688 11,51%
38 Abogado Amigo  34 16145 16333 -188 -1,15%
39 Lexur Editorial 38 15477 15725 -248 -1,58%
40 Verónica del Carpio  39 15439 14693 746 5,08%
41 Garrigues 42 15037 13985 1052 7,52%
42 Derecho práctico  41 14611 13989 622 4,45%
43 Informativo jurídico 43 14369 13532 837 6,19%
44 Colegio de Abogados de Barcelona 45 14265 12989 1276 9,82%
45 José María de Pablo 76 14244 7610 6634 87,17%
46 Francis Lefevre 47 13546 12257 1289 10,52%
47 Info-Derecho 44 13366 13087 279 2,13%
48 Borja Adsuara 48 13152 11923 1229 10,31%
49 Fiscal Impuestos 49 12661 11839 822 6,94%
50 Javier Cremades 46 12529 12534 -5 -0,04%
51 Gómez-Acebo y Pombo 50 12250 11740 510 4,34%
52 José Muelas 51 11572 11085 487 4,39%
53 CEAJ Abogados 52 10877 10100 777 7,69%
54 Sepin  53 10368 9660 708 7,33%
55 LuisJa Sánchez 54 10332 9597 735 7,66%
56 Tirant lo Blanc 55 10160 9374 786 8,38%
57 Colegio de Registradores 59 9889 8740 1149 13,15%
58 Angry Juez 64 9835 8198 1637 19,97%
59 FacilDerecho 58 9354 8850 504 5,69%
60 Asesores fiscales 56 9329 8938 391 4,37%
61 Fabián Valero  68 9318 7965 1353 16,99%
62 Jesús Alfaro 61 9284 8580 704 8,21%
63 Red jurídica abogados 71 9254 7774 1480 19,04%
64 Beatriz Corredor 62 9100 8424 676 8,02%
65 Cremades & Calvo Sotelo  60 9069 8726 343 3,93%
66 Carlos Carnicer 57 8843 8918 -75 -0,84%
67 Sentencias España  65 8620 8178 442 5,40%
68 La web legal 63 8589 8368 221 2,64%
69 Francisco Jurado  78 8588 7527 1061 14,10%
70 Josep Jover  66 8483 8076 407 5,04%
71 Francisco Pérez Bes 67 8348 8024 324 4,04%
72 Club Laboral Social 99 8339 5328 3011 56,51%
73 Sonia Gumpert 73 8260 7649 611 7,99%
74 Ntariosyrgistradores (NNyRR) 72 8243 7751 492 6,35%
75 Jorge Campanillas 69 8117 7910 207 2,62%
76 Escuela Judicial 75 8086 7616 470 6,17%
77 David Maeztu 74 7915 7616 299 3,93%
78 Pablo F. Burgueño  82 7777 6902 875 12,68%
79 Carlos García León 77 7763 7550 213 2,82%
80 Jóvenes Abogados en Movimiento 70 7690 7806 -116 -1,49%
81 Elisa de la Nuez  80 7519 7074 445 6,29%
82 Enatic 81 7328 6942 386 5,56%
83 AJA Madrid 85 7008 6450 558 8,65%
84 Iurismática  83 6800 6704 96 1,43%
85 AOB Abogados 84 6730 6672 58 0,87%
86 Carlos Ballugera   6600      
87 Sara Molina 86 6519 6212 307 4,94%
88 Colegio de Abogados de Málaga 87 6392 6060 332 5,48%
89 Roca Junyent Abogados 88 6268 5948 320 5,38%
90 Rosa Manrubia 92 6029 5688 341 6,00%
91 Miguel Ángel Pérez de la Manga  89 5997 5881 116 1,97%
92 Luis Cazorla 90 5969 5792 177 3,06%
93 Revista La Toga  91 5937 5761 176 3,06%
94 Carmen Pérez Andújar 95 5882 5473 409 7,47%
95 Fernando Gomá  97 5868 5370 498 9,27%
96 Mutualidad Abogacía  96 5798 5375 423 7,87%
97 Alejandro Touriño  98 5646 5341 305 5,71%
98 Paco González Calero 93 5540 5557 -17 -0,31%
99 Luis Abeledo   94 5515 5552 -37 -0,67%
100 Rodolfo Tesone 100 5294 5213 81 1,55%
101 Ignacio Gomá 105 5259 4609 650 14,10%
102 Derecho Internet  101 5208 5204 4 0,08%
103 Rosana Pérez Gurrea 103 5205 4792 413 8,62%
104 Pere Huguet Tous 113 5162 4095 1067 26,06%
105 Paloma Llaneza   4890      
106 Victoria Ortega 114 4861 4072 789 19,38%
107 Daniel López Carballo 107 4823 4402 421 9,56%
108 Víctor Salgado 104 4807 4769 38 0,80%
109 Traducción jurídica 106 4708 4430 278 6,28%
110 Alonso Hurtado 112 4370 4130 240 5,81%
111 More thn law 110 4367 4178 189 4,52%
112 Iuriscom 109 4335 4271 64 1,50%
113 iabogado 108 4275 4322 -47 -1,09%
114 J R Chaves 116 4214 3746 468 12,49%
115 Procesalistas 111 4212 4150 62 1,49%
116 Ruth Benito   4178      
117 Jordi Estadella  115 3981 3802 179 4,71%
118 Andy Ramos   3899      
119 Fernando Zunzunegui 119 3772 3552 220 6,19%
120 Colegio de Abogados de Salamanca 121 3718 3527 191 5,42%
121 Martí Manent  118 3696 3590 106 2,95%
122 Ecija Law Tech 122 3696 3427 269 7,85%
123 Joaquín Muñoz 120 3634 3533 101 2,86%
124 Manga Abogados 117 3578 3620 -42 -1,16%
125 Colegio de Abogados de Cartagena 124 3456 3261 195 5,98%
126 Javier Prenafeta 127 3363 3169 194 6,12%
127 Lexnews 123 3353 3399 -46 -1,35%
128 Audens  126 3303 3228 75 2,32%
129 Almudena Vigil Hochleitner 128 3283 3050 233 7,64%
130 Eva Cañizares  125 3203 3229 -26 -0,81%
131 Xabier Ribas 129 3160 3031 129 4,26%
132 A. Navarro 131 3062 2910 152 5,22%
133 Javier Muñoz Pereira 130 2890 2914 -24 -0,82%
134 David González Calleja  132 2867 2898 -31 -1,07%
135 Sagardoy Abogados  133 2801 2785 16 0,57%
136 Noticias tributarias 134 2666 2689 -23 -0,86%
137 Comillas Icade Derecho 135 2563 2549 14 0,55%

 

 COMENTARIOS A LA DECIMOTERCERCERA OLEADA:

Hay cuatro incorporaciones y dos salidas, por lo que el número de cuentas pasa de 135 a 137. Vuelve Carlos Ballugera (que cumple la proporción 2 a 1. Se incorporan Paloma Llaneza, Ruth Benito y Andy Ramos.

Todas las cuentas analizadas han subido en número de seguidores menos dieciséis (las mismas que en la oleada anterior). Los veinte aumentos mayores corresponden a:

PUESTO NOMBRE PUESTO DIFERENCIA PORCENTAJE
ACTUAL y WEB  PREVIO SEGUIDORES AUMENTO
5 Boletín Oficial del Estado 6 12247 24,17%
3 Ministerio de Justicia  3 10546 15,15%
1 Congreso de los Diputados 1 8732 5,75%
4 CGPJ (Gabinetes comunicación) 4 8461 15,42%
7 Jueces para la Democracia 7 7256 14,98%
2 Senado de España 2 6638 7,30%
45 José María de Pablo 76 6634 87,17%
24 Rafael Catalá 32 5006 30,30%
9 Jurista enloquecido 9 4259 9,87%
10 Expansión jurídico  10 3837 9,01%
6 Abogacía.es 5 3672 6,96%
72 Club Laboral Social 99 3011 56,51%
25 Legálitas Abogados 27 2494 13,37%
30 Confilegal 36 2458 15,12%
11 Legaltoday 11 1960 5,76%
29 Unión Progresista de Fiscales 30 1911 10,95%
33 Eva Belmonte  33 1891 11,55%
37 Colegio de Abogados de Madrid 40 1688 11,51%
58 Angry Juez 64 1637 19,97%
14 Noticias Jurídicas @notisjuridicas 14 1630 6,24%

Las tres mayores subidas en porcentaje corresponden a José María de Pablo, Club Laboral Social y Rafael Catalá.

Las cuentas del Congreso de los Diputados y del Senado continúan presidiendo el ranking, la primera con más de 160.000 seguidores.

 En el top 10, no hay ni incorporaciones ni, en consecuencia, salidas. El BOE -que ya es 5º- adelanta a Abogacía.es.

Nuestra cuenta ntariosyrgistradores (o @NNyRR) ha crecido en 492 seguidores hasta los 8243, un 6,35%. Se mantiene estable en la mitad de la tabla, descendiendo dos puestos en una lista que tiene dos cuentas más.

Al superarse las 100 cuentas, para las próximas oleadas, sólo se admitirán nuevas incorporaciones por encima de los 3000 seguidores. No por ello se borrarán las existentes que no lleguen a dicha cifra.

El incremento medio ha sido del 5,40%, entendiéndose por tal incremento el de la cuenta que tiene por delante tantas cuentas con mayor incremento como las que tiene por detrás con menor. Esa cuenta es la de Sentencias España.

Se computan 2.058.561 seguidores para 137 cuentas  (1.903.926 seguidores para 135 cuentas en la anterior), por lo que el aumento es de 154.635 seguidores, un 8,12% más. La discrepancia con la subida media se encuentra en que las cuentas con más usuarios tienden a tener también un aumento porcentual superior y que hay dos cuentas más. 

 

CRITERIOS DE SELECCIÓN:

Se han incorporado las cuentas encontradas que cumplen todos estos requisitos:

1º.- Contenido mayoritariamente jurídico

2º.- Más de 3000 seguidores para nuevas incorporaciones, a partir de la novena oleada. 

3º.- No ha de utilizar masivamente la técnica de seguir a muchas cuentas para que te sigan. El límite lo hemos puesto en la proporción de dos a uno. Es decir, para estar en el ranking, si una cuenta tiene 10.000 seguidores, no ha de seguir a más de 5000 cuentas.

4º.- Han de centrar su actividad principal en España.

No es una enumeración exhaustiva, pudiéndose incluir otras CUENTAS mediante solicitud por correo electrónico, siempre que su contenido sea fundamentalmente jurídico y cumplan los demás requisitos.

El acceso al ranking está disponible en la columna de la derecha de la página principal.

    

    OLEADAS ANTERIORES:
 
BOLA-PINK2   DECIMOSEGUNDA OLEADA: OCTUBRE 2017
BOLA-PINK2   DECIMOPRIMERA OLEADA: ABRIL 2017
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BOLA-PINK2   NOVENA OLEADA: JUNIO 2016
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BOLA-PINK2   SÉPTIMA OLEADA: MAYO 2015
BOLA-PINK2   SEXTA OLEADA: FEBRERO 2015
BOLA-PINK2   QUINTA OLEADA: NOVIEMBRE 2014
BOLA-PINK2   CUARTA OLEADA: AGOSTO 2014
BOLA-PINK2   TERCERA OLEADA: MAYO 2014
BOLA-PINK2   SEGUNDA OLEADA: FEBRERO 2014
BOLA-PINK2   PRIMERA OLEADA: OCTUBRE 2013

 Archivo inicialmente publicado el 25 de octubre de 2013

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