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Esquema de las fichas sobre gastos de hipotecas

ESQUEMA DE LAS FICHAS SOBRE GASTOS

 

Gastos en general

2.- CLÁUSULA GASTOS BBVA (8ª entrega)

25.- GASTOS A CARGO DEL DEUDOR – KUTXABANK (2ª entrega)

38.- CRÉDITOS CONEXOS (2ª entrega)

88.- ATRIBUCIÓN GENÉRICA DE GASTOS A LA PERSONA CONSUMIDORA

 

Gastos individualizados

8.- CLÁUSULA DE OBLIGACIÓN DE CONSERVACIÓN DE LA GARANTÍA – GASTOS SEGURO DAÑOS FINCA HIPOTECADA (5ª entrega)

15.- EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA BANCO POPULAR (2ª entrega)

16.- OBLIGACIONES DE LA DEUDORA SOBRE EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA (3ª entrega)

22.- GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES A CARGO DEL DEUDOR – NCG BANCO (2ª entrega)

61.- ATRIBUCIÓN DE LOS COSTES DE TASACIÓN PARA SUBASTA (4ª entrega)

74.- PLUSVALÍA (2ª entrega)

89.- GASTOS PROCESALES

90.- PAGO DE IMPUESTOS DEL BANCO POR LA PERSONA CONSUMIDORA

91.- GASTOS DE TRAMITACIÓN

92.- GASTOS DE CORREO

 

Varios

51.- APROPIACIÓN POR EL ACREEDOR DEL SOBRANTE DE LA PROVISIÓN DE FONDOS (3ª entrega)

 

 

ENLACES:

 

Condiciones generales enjuiciadas por tribunales y DGRN

 

Lista de cláusulas con link

 

Guía para saber si una cláusula es abusiva

 

Guía para saber si una cláusula es transparente

 

Guía para saber si una cláusula define el objeto principal del contrato

 

Esquema de las fichas sobre gastos de hipotecas

Puerto de Santurce. Por Zarateman.

 

15 ª entrega de fichas sobre condiciones generales en hipotecas

CAMBIOS EN LA LISTA DE FICHAS

 

Decimoquinta entrega de fichas sobre condiciones generales enjuiciadas por los Tribunales

2 setiembre 2017

Carlos Ballugera Gómez

  En la decimoquinta entrega de las fichas sobre condiciones generales enjuiciadas por los Tribunales y la DGRN, se actualizan 15 fichas existentes y se abren 7 nuevas sobre (86) Comisión de apertura; (87) Renuncia o supresión del retracto por cesión de crédito litigioso; (88) Atribución genérica de gastos a la persona consumidora (89) Gastos procesales; (90) Pago de impuestos del banco por la persona consumidora; (91) Gastos de tramitación; y (92) Gastos de correo.

  Muchas de las fichas nuevas son resultado de individualizar otras que tratan de varios tipos de gastos. Dada la importancia de la STS 23 diciembre 2015 y las reclamaciones a las que está dando lugar, con la división o individualización de los gastos se facilita el acceso a la materia, que se completa con un esquema de los distintos apartados. A continuación la lista de los cambios.

 

2.- CLÁUSULA GASTOS BBVA (8ª entrega)

8.- CLÁUSULA DE OBLIGACIÓN DE CONSERVACIÓN DE LA GARANTÍA – GASTOS SEGURO DAÑOS FINCA HIPOTECADA (5ª entrega)

10.- PODER PARA SUBSANAR CLÁUSULAS ABUSIVAS Y OTROS BBVA Y BANCO POPULAR (3ª entrega)

15.- EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA BANCO POPULAR (2ª entrega)

16.- OBLIGACIONES DE LA DEUDORA SOBRE EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA (3ª entrega)

22.- GASTOS NOTARIALES Y REGISTRALES A CARGO DEL DEUDOR – NCG BANCO (2ª entrega)

23.- RENUNCIA A NOTIFICACIÓN AL DEUDOR DE LA CESIÓN (4ª entrega)

24.- REFERENCIA IRPH-ENTIDADES DE CRÉDITO (6ª entrega)

28.- COMISIÓN POR RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS (8ª entrega)

38.- CRÉDITOS CONEXOS (2ª entrega)

51.- APROPIACIÓN POR EL ACREEDOR DEL SOBRANTE DE LA PRO-VISIÓN DE FONDOS (3ª entrega)

53.- EXPRESIÓN MANUSCRITA EN LÍMITE DE VARIABILIDAD A LA BAJA DEL TIPO DE INTERÉS (2ª entrega)

60.- CLÁUSULA DE LOS 360 DÍAS (6ª entrega)

61.- ATRIBUCIÓN DE LOS COSTES DE TASACIÓN PARA SUBASTA (4ª entrega)

74.- PLUSVALÍA (2ª entrega)

86.- COMISIÓN DE APERTURA

87.- RENUNCIA O SUPRESIÓN DEL RETRACTO POR CESIÓN DE CRÉDITO LITIGIOSO

88.- ATRIBUCIÓN GENÉRICA DE GASTOS A LA PERSONA CONSUMIDORA

89.- GASTOS PROCESALES

90.- PAGO DE IMPUESTOS DEL BANCO POR LA PERSONA CONSUMIDORA

91.- GASTOS DE TRAMITACIÓN

92.- GASTOS DE CORREO

 

ENLACES:

 

Condiciones generales enjuiciadas por tribunales y DGRN

 

Lista de cláusulas con link

 

Guía para saber si una cláusula es abusiva

 

Guía para saber si una cláusula es transparente

 

Guía para saber si una cláusula define el objeto principal del contrato

 

15 ª entrega de fichas sobre condiciones generales en hipotecas.

Dolmen en Álava

 

84.- Fianza personal añadida a la hipoteca

84.- FIANZA PERSONAL AÑADIDA A LA HIPOTECA

LA CLÁUSULA

1.- BBVA (préstamo hipotecario con persona consumidora de 21 diciembre 2005 en acción singular)

El apartado II de la escritura, referente a «OTRAS CLÁUSULAS», comprende la que se refiere al afianzamiento en los siguientes términos: » CLÁUSULA DE AFIANZAMIENTO (HIPOTECA BLUE JOVEN)

DON Juan Pedro , su esposa DOÑA Micaela , DON Armando y su esposa DOÑA Graciela, garantizan las obligaciones contraídas por la parte prestataria en esta escritura, en los mismos términos y condiciones en ella expresados, constituyéndose en fiadores obligados al pago solidariamente entre sí y con el deudor principal, con renuncia expresa a los beneficios de orden o excusión y división, con arreglo a los artículos 439 y siguientes del Código de Comercio y 1444, 1822, 1831 y concordantes del Código Civil, mientras no queden totalmente canceladas las obligaciones que se garantizan (…)» [JPI 11 Bilbao de 5 abril 2018, nula por falta de transparencia y por renuncia abusiva].

 

2.- Caja Rural de Navarra (préstamo hipotecario de 18 septiembre 2009 con personas consumidoras)

Cláusula vigésima del contrato de préstamo con garantía hipotecaria de 18 de septiembre de 2009 suscrito entre Dª Inocencia, D. Camilo, D. Jesús María, Dª Caridad, Dª Margarita, Dª Ana María, D. Héctor y D. Primitivo y CAJA RURAL DE NAVARRA SOCIEDAD COOPERATIVA DE CRÉDITO, en cuanto dispone: «Los cónyuges D. Héctor y DOÑA Margarita, los cónyuges DON Jesús María y DOÑA Caridad y los cónyuges DON Primitivo y DOÑA Ana María, PARTE FIADORA garantizan solidariamente entre sí, y frente a la CAJA RURAL DE NAVARRA, el pago de todas las obligaciones asumidas en esta escritura por la PARTE PRESTATARIA, constituyéndose en fiadores solidarios de ésta, con renuncia de los beneficios de excusión, orden y división. El afianzamiento subsistirá hasta que queden completamente canceladas las obligaciones de la PARTE PRESTATARIA contenidas en la presente escritura, por lo que la PARTE FIADORA presta su consentimiento expreso a las moratorias y prórrogas que pudieran concederse a la PARTE PRESTATARIA». [SAP Gipuzkoa 31 marzo 2017, revoca sentencia de instancia y declara la validez de la cláusula].

 

3.- Bankia (préstamo hipotecario de 26 junio 2006 con personas consumidoras)

En dicho préstamo hipotecario concurrían los siguientes elementos: Deudores: Ángela y Marcial. Fiadores: Juan Pablo y Leonor. Capital del préstamo 170.000 euros. Vencimiento: 26 de junio de 2036. Tipo de interés aplicable: IRPH. En la cláusula novena de la escritura de préstamo hipotecario, se establecía como «Garantía Adicional. Con independencia de la hipoteca establecida en la cláusula correspondiente de la presente escritura y demás garantías personales o reales que se hayan podido pactar en el presente contrato, se garantiza especialmente el cumplimiento de las obligaciones dimanadas del mismo, solidariamente con el deudor principal y con las consiguientes renuncias a los beneficios legales de orden, excusión y división, por Juan Pablo y Leonor, los cuales se constituyen en fiadores solidarios de la presente operación».

Así mismo en la cláusula primera se establecía que «Sin perjuicio de la responsabilidad personal solidaria e ilimitada de la parte prestataria en garantía de la obligación principal de la amortización del préstamo que se formaliza en la presente escritura» [SJM 10 Barcelona de 7 diciembre 2016, declara nula la cláusula de fianza solidaria por falta de transparencia cualificada].

 

4.- KUTXABANK S.A. (préstamo hipotecario de 23 3n34o 2007 con personas consumidoras en acción singular)

Cláusula que dispuso como garantía para la devolución del préstamo, además de la hipotecaria, la personal otorgada por un avalista, su hermana. Dicha cláusula 14ª reza: » Don (sic) Vicenta, garantiza la obligación contraída por los prestatarios en la presente escritura con las condiciones expresadas, constituyéndose en fiador obligado solidariamente con la parte deudora principal, al pago, con renuncia expresa de los beneficios de división, orden y excusión con arreglo a los arts. 439 y siguientes del Código de Comercio, relativos a los afianzamientos mercantiles y 1114, 1822 y 1831 y concordantes del Código Civil, mientras no quede totalmente cancelada la obligación». [SAP Álava de 1 setiembre 2016, declara su nulidad en acción singular por sobregantía y renuncia abusiva]

 

 

INSCRIPCIÓN EN RCGC

NIF:

 

PRECEPTOS INVOCADOS

Por el demandante:

Por el demandado:

En 1ª INSTANCIA:

En la AUDIENCIA:

Por el TRIBUNAL SUPREMO:

 

RESOLUCIONES JUDICIALES Y ADMINISTRATIVAS

Las del caso:

Anteriores y posteriores: Resolución DGRN de 13 junio 2019: [“Así, serían abusivos o contrarios a normas imperativas, [1] el pacto por el que el fiador se obligue a más que el deudor principal (artículo 1826 del Código Civil), [2] el que exonere al acreedor negligente de consentir el beneficio de excusión del fiador en el supuesto de los artículos 1832 y 1833 del Código Civil, [3] o el de renuncia a la extinción de la fianza cuando por algún hecho del acreedor no pueda quedar subrogado en los derechos o hipotecas del mismo (artículo 1852 del Código Civil). Pero como el contrato de aval o de fianza no es inscribible, tal nulidad carecería de efectos registrales.

[“[4] También podrían ser abusivas e inaplicables respecto del garante, las cláusulas del contrato principal de crédito relativas a la limitación a la baja de los tipos de interés, [5] a los límites de los intereses moratorios [6] o a los gastos repercutibles al deudor principal, cuando éste interviene dentro del ámbito de su actividad empresarial o profesional. Pero, como ya se ha indicado anteriormente, esta circunstancia no debe impedir la inscripción de esas cláusulas para que puedan ser aplicadas al prestatario.

[“[7] Igualmente será de aplicación al contrato de garantía o fianza, en el que concurra la condición de consumidor en el garante, toda la normativa relativa a la información precontractual, requisitos de incorporación y transparencia material acerca de la concreta obligación que constituye su objeto, de sus condiciones económicas y de la transcendencia jurídica y económica de las obligaciones que el garante o fiador asume en caso de incumplimiento del deudor principal. Por tanto, en los contratos de fianza o garantía de un préstamo o crédito, las cláusulas que definen o delimitan el riesgo garantizado (las del préstamo) y el propio compromiso del fiador, forman parte del objeto mismo del contrato de garantía y, en tal concepto, no son susceptibles de apreciación de su carácter abusivo, que no debe referirse ni a cláusulas que describan el objeto principal del contrato ni a la relación calidad/precio de la mercancía o de la prestación; pero sí deben ser objeto del resto de los controles propios de la legislación sobre consumidores [con esta interpretación extensiva del art. 4.2 se excluye el control del contenido en si integridad y se limita el control al de incorporación: es una derogación del art. 3 Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas], en cuanto que el cumplimiento de los requisitos del proceso legal de contratación forma parte de la necesaria y adecuada comprensión por parte del garante-consumidor acerca de los riesgo que asume y de su cuantificación”]; JPI 11 Bilbao de 5 abril 2018 [nula por falta de transparencia y renuncia abusiva. Quedando constatada la falta de cumplimiento de los deberes de transparencia, sólo cabe concluir que, en el caso que nos ocupa, los consumidores llevaron a cabo un pacto con la entidad financiera que, indudablemente no hubieran aceptado de haber sido tratados de una manera leal y equitativa que les hubiera permitido conocer las consecuencias económicas y jurídicas del contrato que estaban celebrando y les imponía un desequilibrio importante en su perjuicio que, indudablemente, determina su abusividad]; STJUE de 14 septiembre 2016; y ATJUE de 19 noviembre 2015 [la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas puede aplicarse a un contrato de garantía inmobiliaria o de fianza celebrado entre una persona física y una entidad de crédito para garantizar las obligaciones que una sociedad mercantil ha asumido contractualmente frente a la referida entidad en el marco de un contrato de crédito, cuando esa persona física actúe con un propósito ajeno a su actividad profesional y carezca de vínculos funcionales con la citada sociedad].

 

DGRN:

 

EVOLUCIÓN DEL CASO

Decisión del Juzgado:

Decisión de la Audiencia:

Decisión del TS:

 

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

 

BIBLIOGRAFÍA

Otros autores:

– Achón Bruñén, M. J., “Cláusulas que pasan desapercibidas en las escrituras de hipoteca y pueden resultar abusivas”, en Actualidad Civil, núm. 1, (2019), 29 pgs. en edición en internet.

– Castillo Martínez, C. C., “El procedimiento ejecutivo hipotecario y los actores secundarios del drama: avalistas, fiadores e hipotecantes no deudores”, en Revista jurídica del notariado, nº 105, 2018, pgs. 135-181.

– “Los garantes en el procedimiento ejecutivo hipotecario: posición de los sujetos y cuestiones más destacadas”, en Actualidad civil, Nº 3, 2018.

– Escobar Roca, G., “Responsabilidad del fiador por impago de hipoteca y derecho de la unión europea: Sentencia del Tribunal Supremo 298/2018, de 27.02.2018 Ponente: Sr. Herrera Pina”, en Revista de responsabilidad civil, circulación y seguro, nº. 5, 2018, pgs. 42-45.

Llopis, J. C., “La cláusula de fianza en un préstamo hipotecario también es abusiva”, 20 octubre 2014, en http://www.notariallopis.es/blog/i/146/73/la-clausula-de-fianza-en-un-prestamo-hipotecario-tambien-es-abusiva

 

Del autor de las fichas:

1/2017 “Ni la responsabilidad patrimonial universal ni la fianza impiden la dación en pago o la limitación de la responsabilidad al precio del piso hipotecado. Comentario de la SJM núm. 10 de Barcelona de 7 de diciembre de 2016”, Diario La Ley, Nº 8913, Sección Doctrina, 2 de Febrero de 2017, Editorial Wolters Kluwer (LA LEY 726/2017), en http://laleydigital.laley.es/Content/Documento.aspx?params=H4sIAAAAAAAEAC1OwU7DMAz9GnJE6diOOayt2AVtaASuyG2s1iIkKHa79u8xdJYsW8_vPT9eU07rt_NlQiPQsTsY6GWC2ObeVX87zeihUzyXgKVeFZUsEK_IrrKGx3w7w0wDCOVUQ9m8KATXequ121dPB2tmLKwE90EDJkEz0jC-aMvGB2biFgRcc2k_j-_-cn3Y7a2tTudnwwilH19hQKexpFCCR-CfxcT0pcDb_3nzmQlvjlLApYESjil4XORuUE8imqCTtClMH3XqU2wgYgr37L__ffz-FAEAAA==WKE.

 

DOCUMENTOS

 

Actualizada el 17 de julio de 2019

Links:

Condiciones generales enjuiciadas por tribunales y DGRN

Lista de cláusulas con link

Guía para saber si una cláusula es abusiva

Guía para saber si una cláusula es transparente

Guía para saber si una cláusula define el objeto principal del contrato

12 ª entrega de fichas sobre condiciones generales en hipotecas

DUODÉCIMA ENTREGA DE FICHAS SOBRE CONDICIONES GENERALES ENJUICIADAS POR LOS TRIBUNALES

10 febrero 2017

Carlos Ballugera Gómez

 

  En la duodécima entrega de las fichas sobre condiciones generales enjuiciadas por los Tribunales y la DGRN, se modifican -19 fichas existentes y se abren tres nuevas sobre (79) Complemento de la garantía hipotecaria con otros bienes o con fianza de terceros vs. dación en pago; (80) Vencimiento anticipado por falsedad del deudor al comunicar datos; y (81) Vencimiento anticipado por disminución valor de la garantía. Esta es la lista:

1.- CLÁUSULA SUELO (7ª entrega)

4.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR IMPAGO (8ª entrega)

8.- CLÁUSULA DE CONSERVACIÓN DE LA GARANTÍA – SEGURO (4ª entrega)

10.- CLÁUSULA DE APODERAMIENTO BBVA Y BANCO POPULAR

11.- CLÁUSULA DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES BBVA

27.- HIPOTECA MULTIDIVISA (5ª entrega)

28.- COMISIÓN POR RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS (7ª entrega)

35.- LIMITACIÓN DE DERECHOS DEL DEUDOR EN ARRENDAMIENTO (3ª entrega)

37.- ANATOCISMO (5ª entrega)

39.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR CAUSAS DISTINTAS AL IMPAGO (4ª entrega)

40.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR DISMINUCIÓN SOLVENCIA, EMBARGO, QUIEBRA O SUSPENSIÓN DE PAGOS (3ª entrega)

42.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OBLIGACIÓN (3ª entrega)

44.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR ARRENDAMIENTO LESIVO PARA LA GARANTÍA (4ª entrega)

  1. VENCIMIENTO ANTICIPADO POR VENTA DE LA FINCA HIPOTECADA (3ª entrega)

50.- INTERESES REMUNERATORIOS (4ª entrega)

57.- DETERMINACIÓN DEL SALDO (3ª entrega)

58.- TAE (4ª entrega)

60.- CLÁUSULA DE LOS 360 DÍAS (3ª entrega)

78.- CUMPLIMIENTO DEBERES DE INFORMACIÓN NOTARIAL EN LA CONTRATACIÓN DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

79.- COMPLEMENTO DE LA GARANTÍA HIPOTECARIA CON OTROS BIENES O CON FIANZA DE TERCEROS VS. DACIÓN EN PAGO

80.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR FALSEDAD DEL DEUDOR AL COMUNICAR DATOS

81.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR DISMINUCIÓN VALOR DE LA GARANTÍA

  

FICHAS ORDENADAS POR MATERIAS

 

FICHAS ORDENADAS POR NÚMEROS 

  

CONSUMO Y DERECHO

NORMAS:   Cuadro general.     Por meses.     + Destacadas

NORMAS:   Resúmenes 2002 – 2017.   Futuras.   Consumo

NORMAS:   Tratados internacionales,  Derecho Foral,  Unión Europea

RESOLUCIONES:    Por meses.   Por titulares.  Índice Juan Carlos Casas

WEB:   Qué ofrecemos  NyR, página de inicio   Ideario

CASOS PRÁCTICOS:   Madrid y Bilbao.    Internacional.

12 ª entrega de fichas sobre condiciones generales en hipotecas.

Techo del Palacio Casa del Cordón en Vitoria. Por Rosa Mª O.M.

10ª entrega de las fichas sobre condiciones generales en hipotecas

10ª ENTREGA DE FICHAS SOBRE CONDICIONES GENERALES ENJUICIADAS POR LOS TRIBUNALES

Carlos Ballugera Gómez

  En la décima entrega de las fichas sobre condiciones generales enjuiciadas por los Tribunales y la DGRN, se modifican nueve fichas existentes y se abren dos nuevas, una sobre los gastos de la plusvalía municipal (74) y otra sobre la llamada hipoteca tranquilidad (75). Esta es la lista:

2.- CLÁUSULA GASTOS BBVA (4ª entrega)

3.- CLÁUSULA DE INTERÉS DE DEMORA PRÉSTAMO HIPOTECARIO (6ª entrega)

4.- VENCIMIENTO ANTICIPADO POR IMPAGO (6ª entrega)

24.- REFERENCIA IRPH-ENTIDADES DE CRÉDITO (4ª entrega)

27.- HIPOTECA MULTIDIVISA (4ª entrega)

28.- COMISIÓN POR RECLAMACIÓN DE POSICIONES DEUDORAS (4ª entrega)

50.- INTERESES REMUNERATORIOS (3ª entrega)

52.- RETENCIÓN DE INTERESES (3ª entrega)

58.- TAE (3ª entrega)

  1. FUERZA VINCULANTE DE LA TASACIÓN PARA SUBASTA EN LA EJECUCIÓN HIPOTECARIA (2ª entrega)

74.- PLUSVALÍA

75.- HIPOTECA TRANQUILIDAD BANESTO

te miro-quintanal

Presentación de las fichas sobre condiciones generales

 

PRESENTACIÓN DE LAS FICHAS SOBRE CONDICIONES GENERALES DE ESTA WEB

@BallugeraCarlos

 

  El uso de cláusulas estándar o condiciones generales en el tráfico masivo y, en particular en la financiación hipotecaria de la vivienda, ha aumentado mucho la dificultad en el análisis de los contratos que las incluyen, contratos llamados por adhesión con condiciones generales de la contratación y que florecen en la distribución y contratación masiva.

  Los jueces y otros funcionarios, entre los estamos notarios y registradores de la propiedad, tenemos que ver de oficio si son o no abusivas esas cláusulas o condiciones generales incorporadas a contratos como los de hipoteca de financiación hipotecaria de la vivienda.

  Para facilitar esa labor y, por añadidura, para mejorar también la transparencia del mercado en pro de los usuarios me propuse fichar las cláusulas más frecuentes y conflictivas sobre estas materias.

  Como habrán visto los usuarios de esta web, desde la publicación del resumen de la STS 23 diciembre 2015, vamos poniendo fichas de distintas cláusulas enjuiciadas por los tribunales y la DGRN, e incluso solamente tratadas por la doctrina, que afectan casi siempre a hipotecas de financiación de la vivienda de personas consumidoras.

  Ahora saliéndonos de la citada sentencia y mirando en otras, vamos a ir poniendo fichas de otras condiciones generales, con el objetivo de facilitar la calificación de esas cláusulas en el ámbito notarial y registral, pero también, como he dicho, por añadidura, para facilitar la transparencia y permitir a las personas consumidoras que intervienen en este mercado, ver si pueden aprovechar alguna sentencia o argumento para mejorar su hipoteca a través de una sosegada re-negociación extrajudicial del contrato.

  Esa, sin duda no es tarea fácil, pues como vemos, los bancos sólo negocian cuando la goleada judicial contra sus abusos se convierte en trendintopic un día sí y el otro también.

  Ahora sólo quiero recordar que las personas consumidoras para hacer ese re-negociación cuentan con la ayuda oficial de los Servicios Autonómicos de Protección de las personas consumidoras, con los municipales, con sus recién estrenadas oficinas de información hipotecaria, con la ayuda del poder judicial, ministerio fiscal incluido, con el consejo y asesoramiento de notarios y registradores de la propiedad, etc.

  La lista es muy larga, sorprende que pese a ella siga habiendo abusos y que además las personas consumidoras no puedan prescindir de la ayuda pacífica de las asociaciones de consumidores, de las plataformas de afectados por la hipoteca y de los comités anti-desahucios.

  La ley está de parte de las personas consumidoras, cuesta creerlo, pero es necesario perseverar en esa creencia y hacerla realidad. Con ese fin este fichero está abierto a la colaboración de los internautas que, lo pido aquí con la mayor insistencia, podéis mandar noticias sobre sentencias, argumentos y cuestiones de interés, que tras el correspondiente análisis sobre su utilidad serán puestas en la ficha correspondiente.

  Agradezco de antemano las colaboraciones futuras, pero también las presentes de otras compañeras y compañeros en las lides jurídicas que con tanta generosidad me mandan, noticias, sentencias y comentarios.

 

Carlos Ballugera Gómez

18 de abril de 2016

SUBSECCIÓN DE CLÁUSULAS DE HIPOTECA

Fotografiado en La Rioja por Vicente Quintanal

Fotografiado en La Rioja por Vicente Quintanal

 

Fichas sobre condiciones generales enjuiciadas por los Tribunales.

 FICHAS SOBRE CONDICIONES GENERALES ENJUICIADAS POR TRIBUNALES Y DGRN

 

Carlos Ballugera Gómez

@BallugeraCarlos

 

FICHAS ORDENADAS POR MATERIAS

 

FICHAS ORDENADAS POR NÚMEROS 

  

RESUMEN DE LA STS DE 23 DE DICIEMBRE DE 2015

NOTA DE PRENSA DEL TRIBUNAL SUPREMO

[1] Vid. CLÁUSULAS CONTROVERTIDAS EN WORD

TEXTO DE LA SENTENCIA

CONSUMO Y DERECHO

Fotografiado en La Rioja por Vicente Quintanal

Fotografiado en La Rioja por Vicente Quintanal