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Francisco Javier Gómez Gálligo, Premio Notarios y Registradores 2020

FRANCISCO JAVIER GÓMEZ GÁLLIGO

PREMIO

NOTARIOS REGISTRADORES

2020

 

RAZONES PARA
LA CONCESIÓN
APUNTES BIOGRÁFICOS

Datos de Contacto

EL PREMIO SERÁ ENTREGADO EL 9 DE OCTUBRE DE 2021 DURANTE LA CLAUSURA DE LA XIII CONVENCIÓN DE LA WEB

  

RAZONES PARA LA CONCESIÓN:

EL EQUIPO DE REDACCIÓN DE LA WEB, TRAS AMPLIAS DELIBERACIONES, HA ACORDADO OTORGAR EL PREMIO NOTARIOS Y REGISTRADORES, EN SU VIII EDICIÓN, A 

DON FRANCISCO JAVIER GÓMEZ GÁLLIGO

       

    Por su vocación de servicio público que le ha llevado a desempeñar su labor buscando siempre la mejora de la sociedad.

    Por ser un trabajador infatigable y minucioso en todas las actividades que ha desarrollado.

     Por su vocación por el Derecho y el estudio que ha ejercido en ámbitos tan diversos como son la Universidad, las revistas jurídicas, la elaboración de futuras normas o como escritor.

    Por haber alumbrado nuevas generaciones de profesionales, escogiendo la excelencia entre ellos con ecuanimidad, en el paso decisivo que afrontan durante las pruebas de selección.

     Por su vocación de equidistancia de juicio y de acción que siempre ha sido un motor en su actividad profesional e institucional, lo que le acerca al Ideario de esta web, con la que tanto ha colaborado.

LA PRESIDENTA DEL COMITÉ:

DOÑA INMACULADA ESPIÑEIRA SOTO.

Propusieron su candidatura: José Ángel García Valdecasas (en 2018) y Jacobo J. Fenech Ramos (en 2019).

   

APUNTES BIOGRÁFICOS

1.- Infancia – Primeros estudios

Nació Javier el 19 de julio de 1960. El destino -quizás premonitorio- buscó un punto equidistante entre la procedencia de su padre José, malagueño, y su madre Rosa María, nacida en Sallent de Gallego, bello pueblo fronterizo con Francia en el centro del Pirineo oscense. Vio la luz -¡y qué luz- en las cercanías del Parque del Retiro de Madrid, pues su familia vivía por aquel entonces en la calle Antonio Arias, muy próxima al Parque.

Javier con sus hermanos

Su padre, intendente mercantil -según la denominación que tenían los economistas en la época- fue director de diversas empresas y, entre ellas de IPECSA, fabricante de los bolígrafos Bolín. Su madre, se licenció en historia y fue traductora de francés, lengua bien cercana a sus orígenes.

Javier resultó ser el único de cuatro hermanos que cursó la carrera de Derecho, pues los otros tres siguieron caminos muy distintos: Juan es ingeniero de caminos, Fernando, ingeniero de telecomunicaciones y sacerdote jesuita y Ana es médico.

Al poco tiempo se trasladó el domicilio familiar al Parque de las Avenidas (Madrid), lo que estuvo motivado, sobre todo, por ser más cercano al Colegio El Prado en Mirasierra, donde cursó sus estudios primarios y secundarios. Fue en varias ocasiones delegado de curso y participó de la selección de fútbol del Colegio, De su infancia, ordenada y alegre, conserva amigos entrañables como Jesús Aparicio, José Gracia, José Luis García Robles, Javier Serrano, o Javier Conde, por citar solo algunos de ellos, con lo que todavía celebra reuniones periódicas. 

Los cuatro hermanos ya en 1984

2.- Universidad – Mili – Oposición.

Cursó sus estudios universitarios en la Universidad Complutense -heredera de la histórica de Alcalá de Henares- entre 1978 y 1982. De su brillante expediente recuerda con especial orgullo la matrícula que le concedió un verdadero hueso, pero magnífico en sus exposiciones: el profesor García Gallo, de Historia del Derecho, que se prodigaba más bien poco en esos reconocimientos. El elenco de profesores que tuvo resulta deslumbrante. Citemos como ejemplos a Ruiz Jiménez en Natural, Sánchez Agesta y Jorge de Esteban en Político, Peces Barba en Filosofía del Derecho, López Vilas en Civil, Juan Iglesias en Romano….

Le tocó el final de la transición democrática: grises, huelgas, guerrilleros de Cristo Rey, conciertos, manifestaciones… Era un ambiente muy politizado que a veces perturbaba a los que querían sobre todo estudiar, aunque también sirvió para que los estudiantes se interesaran por la Política, con querencias de muy diverso signo.

Francisco Javier Gómez Gálligo en el RACA nº 11 de Vicálvaro con compañeros de la mili

La mili la hizo al tiempo que el último curso de la carrera, en el Regimiento de Artillería de Campaña (RACA) nº 11 con sede en Vicálvaro, heredero del Tercer Batallón de Regimiento de Real Artillería de España creado en 1710. Actualmente ocupa su espacio la Facultad de Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos, donde -avatares de la vida- ejerció años después, como profesor asociado. 

Ya durante el servicio militar comenzó a opositar, inicialmente a Notarías, bajo la supervisión de los notarios José María Olivares James y Luis Felipe Rivas, de los que conserva un grato recuerdo por su gran formación jurídica y humana. La Academia Matritense del Notariado estaba -y sigue- situada en la calle Columela, 9 de Madrid, sede histórica de la misma, a donde iba a cantar vestido con el traje reglamentario militar.

Pero cuando se convocaron las Oposiciones tenía aún 22 años, por lo que no pudo firmarlas ya que el mínimo de edad exigido era de 23. Por ello, sus preparadores le aconsejaron presentarse a Registros, donde no se exigía ese mínimo de edad, lo que consiguió a la primera en las Oposiciones de 1984, siendo Presidente don D. Angel Lucini Casales, y con tan solo 23 años (tomó posesión ya en su primer destino con 24 años).

Promoción de Registros de 1984

3.- Doctorado, Familia y destinos.

Javier Gómez Gálligo en 1987

Tras concluir la Oposición y en sus primeros destinos comenzó el doctorado, obteniendo en 1990 el grado de Doctor en Derecho -cum laude- por la Universidad Complutense de Madrid, por la tesis doctoral «Distinción entre faltas subsanables e insubsanables en la calificación registral». Fue la última tesis doctoral dirigida por el profesor José Luis Lacruz Berdejo, antes de su fallecimiento.

Toda la familia veraneaba en San Lorenzo de El Escorial. Si ya es de por sí un sitio privilegiado, más si se contempla desde la llamada Casa de la Reina, con unas vistas magníficas hacia el Real Monasterio, lo que, con el paso del tiempo, por su austeridad y cercanía, puede ir imprimiendo carácter.

Entre el grupo de amigos, que formaban la pandilla típica de los años mozos, se encontraba Fernando Prieto, actualmente fiscal en el Tribunal Supremo, con quien sigue manteniendo, una buena relación de amistad.

Conoció a Alicia, porque formaba parte de la pandilla de sus hermanos mellizos, Ana y Fernando, siendo muy amiga de Ana. Pero no comenzaron a salir hasta 1985, ya con las oposiciones ganadas por parte de Javier y de Alicia, que es auditora del Tribunal de Cuentas. La boda se celebró en 1988, también en San Lorenzo de El Escorial, punto original de encuentro.

Aunque en este caso no se siguió la tradición de acudir el novio al pueblo de la novia -la Torre de Esteban Hambrán en Toledo- ello no quita el gran apego que tiene Alicia .y también Javier- por su terruño, como se lo reconocieron sus vecinos, nombrándola Pregonera de las Fiestas en 2017. Y allí vuelven cuando tienen ocasión.

Sus cuatro hijos -Leonor, Alicia, Javier e Inés- parece que se pusieron de acuerdo pues todos hicieron Derecho y ADE, lo que les garantiza una formación muy completa, cursando estudios tanto en el Centro Universitario Villanueva, como en el Colegio Universitario de Estudios Financieros (Cunef). Alicia hija ha seguido las huellas de su padre, dando un gran alegrón a la familia al aprobar en la última Oposición de Registros, estando destinada directamente nada menos que en un Registro de capital: Barcelona número 26.

Javier, durante su ya dilatada actividad profesional, ha sido Registrador de la Propiedad y Mercantil en Ribadavia (Orense), Caspe (Zaragoza), Tarragona n.0 3, Barcelona Mercantil XV, Santa María de Guía (Gran Canaria) y Las Palmas de Gran Canaria n.0 5, donde ejerce en la actualidad. También tomó posesión de una notaría en Vitoria-Gasteiz.

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4.- Actividades corporativas y Tribunales de Oposiciones.

Javier dirigió el Centro de Estudios Hipotecarios de Cataluña entre los años 1994 y 1998. Durante ese cuatrienio organizó jornadas sobre contenidos específicos como la Ley de Subrogación y Novación, la nueva Ley de Arrendamientos Urbanos o la reforma de la nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, entonces en periodo de gestación. Cotidianamente, conducía los seminarios que tenían lugar los martes.

Impulsó el Boletín del Centro de Estudios Hipotecarios de Cataluña, que se publicaba con artículos tanto en catalán como en castellano, del que fue director, con insignes predecesores como fueron Pedro Ávila y José Manuel García. Actualmente es su Presidente Honorario. 

También ha sido director de la Oficina Tributaria Gran Canaria Norte entre los años 2008 y 2011. Fue una gran experiencia, pues la instauración de estas oficinas comarcales que asumían competencias, fundamentalmente en materia fiscal, más amplias -funcional y territorialmente- que las propias de una oficina liquidadora de distrito hipotecario, supuso un importante reto organizativo y financiero.

Pero sin duda, en esta materia su papel más señero es el de haber intervenido en muchos Tribunales de Oposiciones, en una ocasión como secretario (2001) y en siete como presidente: en las oposiciones de Registros celebradas en 2002, 2004, 2006, 2010, 2013 y 2014. También fue presidente de las Oposiciones Restringidas entre notarios que se celebraron entre 2014 a 2018.

En su conjunto ha sido una experiencia intensa, dura y gratificante, en la que ha estado inmerso durante casi siete años de su vida, pues todo el ciclo de exámenes dura cerca de 11 meses, aparte de los preparativos.

Recuerda que, tras tanta convivencia, se generan importantes lazos afectivos con los miembros del tribunal, pero también tensiones motivadas por difíciles situaciones que han de solventar ante un aprobado dudoso o cuando han de adjudicar definitivamente las plazas, dejando fuera a personas muy válidas.

Se pasan momentos difíciles, como los de los atentados del 11-M, en el año 2004 que pillaron en plena oposición. Ofreció optar a los que se estaban examinando entre continuar o no, decantándose todos por seguir adelante a pesar de la situación de shock emotivo en que estaba sumida en ese momento toda la sociedad.

Oposición de 2004, la segunda en que intervino como presidente

Llegó a tener conocimiento de situaciones esperpénticas como el caso de una opositora que, a pesar de haberse retirado, dio a entender a un gestor muy conocido que estaba aprobada y que debían de recomponerse las actas, cosa que evidentemente no hicieron. La petición por una opositora que quería cantar mientras andaba por la sala, un apagón de luz o la imputación a un opositor de la muerte de un familiar, fueron también momentos difíciles. También recuerda que se produjo la casualidad en un tercer ejercicio, de que la escritura de ficción utilizada estaba autorizada en Telde (Gran Canaria) coincidiendo, sin saberlo, que uno de los opositores -quien por cierto obtuvo una nota estratosférica- era a la sazón notario de Telde: Alberto Blanco Pulleiro.

Como apuntes hacia los opositores presentes y futuros, procede reseñar que él cree que es preferible a la literalidad el que se deduzca que el opositor entiende lo que dice y lo relaciona con otros temas, y que se pueda notar que ya desde el primer ejercicio le ha dado alguna vuelta al segundo. Considera que a veces el tercer ejercicio práctico está demasiado infravalorado en el periodo de preparación y se estudia poco en relación a los orales, cuando es un ejercicio definitivo en su opinión.

Aparte de los lazos entre los miembros del tribunal, surgen también otros con los opositores aprobados y no aprobados. Fruto de ello, es el recuerdo que siempre ha tenido Javier en las cenas -las muy alegres cenas del Tribunal con los aprobados- hacia aquellas personas, que, de momento se han quedado en el camino, a muchos de los cuales prestó ayuda posteriormente para orientarles. Y la gran cantidad de bodas y reuniones de promoción a las que después han sido invitados Javier y Alicia por opositores que son ya registradores.

La labor de escuchar con atención tantos cientos y cientos de ejercicios en cada oposición se ve así compensada con los frutos del trabajo realizado.

 

5.- Letrado de la DGRN y Comisión General de Codificación

Comenzó su colaboración en el Centro Directivo en 1996, llamado en comisión de servicios por Luis María Cabello de los Cobos, a la sazón, Director General.

Dos años después se convocó concurso-oposición para cubrir diez plazas de letrados adscritos a la DGRN, presentándose un nutrido grupo de aspirantes. A resultas del mismo, reingresaron ilustres figuras como José Poveda, Juan Sarmiento o Jesus Díez del Corral, pertenecientes al extinto Cuerpo de Letrados de la DGRN, e ingresaron nuevos como Juan María Díaz Fraile, José Carlos Sánchez González, Ana Fernández Tresguerres o javier. Los que lograron entonces plaza, transcurridos cinco años, obtenían la doble condición de Notario y de Registrador, como les reconoció la Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso Administrativo) de fecha 6 de Julio de 2012). En el año 2011 se incorporaron otros como Fernando de La Puente, Eugenio Gomeza, Rafael Bornardell y Luis Rueda, donde ya no se reconoció el derecho de asimilación pues lo suprimió la reforma que se hizo ese año del Real Decreto de 1997 de régimen jurídico de notarios y registradores adscritos.

Francisco Javier Gómez Gálligo

En su labor como Letrado de la DGRN ha realizado muy diversos cometidos, como la coordinación del grupo de trabajo del que salió el embrión de la reforma de la Ley Hipotecaria de 2007. Formaba parte del grupo de Letrados Ponentes de las Resoluciones de la DGRN, en materia de recursos contra la calificación de los registradores, junto con los demás Letrados adscritos y notarios y registradores comisionados. Este reducido grupo ha preparado la gran mayoría de las más de 1300 resoluciones publicadas durante la etapa más prolífica hasta entonces de la Dirección General, lo que supone un arduo trabajo que ha permitido evitar la aplicación de la doctrina del silencio y reducir los recursos ante la jurisdicción civil.

Javier, en 2018, tras cesar como director general, volvió a la plaza que tenía reservada y que actualmente ocupa, compaginando este trabajo con el de registrador en Las Palmas número 5.

Desde el año 2000, es vocal permanente de la Comisión General de Codificación. Fue nombrado por Margarita Mariscal de Gante, ministra de Justicia entre 1996 y 2000. Entre los diversos proyectos a los que se dedicó a fondo estaba la Ley de Condiciones Generales de la Contratación y su Reglamento, y la Ordenanza del Registro de Bienes Muebles.

Tanto en su labor de letrado adscrito como en la Comisión General de Codificación reconoce a Luis María Cabello de los Cobos Manchaque tan prematuramente nos dejó– como su Maestro. 

6.- Profesor universitario.

En octubre de 2012, obtuvo la acreditación de investigación avanzada que habilita para ejercer como catedrático de Derecho Civil por la Agencia de Calidad Universitaria de Cataluña (AQU).

Es en la actualidad o ha sido profesor asociado, colaborador u honorario de derecho civil y mercantil en distintos centros universitarios:

Profesor asociado:

  • Universidad Rovira I Virgili de Tarragona (1995 a 1998).
  • en la Facultad de Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos, sita justo donde estaba el cuartel en el que hizo la mili, durante 14 años (1999-2013)

Profesor colaborador:

  • Instituto de Economía Pública y Cooperativa (1991-1992) 
  • Centro Universitario Villanueva, que está adscrito a la Universidad Complutense (1998-2014). Obtuvo el Primer Premio Estudios Jurídicos Villanueva
  • Esade (1994-1996). También miembro del Consejo Profesional
  • Universidad de Barcelona (1993-1996) y Profesor Diploma de Postgrado en Medio-Ambiente y Urbanismo (2009-2010).
  • Cunef, también adscrito a La Universidad Complutense (desde 2007 a 2014 cuando fue nombrado DGRN).
  • en el Centro de Estudios universitario (CEU).

Profesor Honorario:

  • Universidad Complutense 
  • Universidad Autónoma De Madrid
  • Universidad Pontificia De Comillas. Icade.

    Logos de las Universidades con las que ha colaborado Francisco Javier Gómez Gálligo

Ha obtenido la evaluación positiva de la actividad docente e investigadora para la contratación como profesor contratado doctor de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA).

Fue nombrado Profesor Distinguido de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.

Ha participado en diversos tribunales de tesis doctorales, actividades investigadoras y en cursos de verano como los de El Escorial y en cursos y conferencias a lo largo de Iberoamérica (Guatemala, Colombia, Bolivia, Uruguay…).

Es académico (correspondiente) de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación (RAJyL)

7.- Escritos jurídicos y RCDI.

Es autor prolífico de libros, tanto a título individual como coordinando obras colectivas o colaborando en ellas. Entre los primeros hemos de citar los siguientes:

  • Distinción entre faltas subsanables e insubsanables en la calificación registral: tesis doctoral. Madrid: Colegio de Registradores de la Propiedad y Mercantiles de España, Centro de Estudios Hipotecarios, 1989. ISBN 84-87262-07-4
  • Defectos en los documentos presentados a inscripción: distinción entre faltas subsanables e insubsanables. Ed. Civitas 1991
  • Las prohibiciones de disponer en el derecho español. Ed. Civitas 1992
  • Practica hipotecaria (volúmenes 1 a 7). Ed. Marcial Pons. 1994-1997
  • Lecciones de Derecho Hipotecario. Ed. Marcial Pons. 2000. Reedición 2007
  • La calificación registral. Estudio de las principales aportaciones doctrinales sobre la calificación registral (3 Tomos). Ed. Civitas. 1996. Reedición 2008
  • Legislación hipotecaria comentada. Ed. Mc Graw Hill. 2001
  • Derecho de bienes muebles. Ed. Marcial Pons. 2002, reedición 2020 en preparación.
  • La calificación registral (epílogo). Ed. Thomson-Civitas. 2008
  • Derecho Civil. Actualización

Hojeando un ejemplar de la Revista Crítica de Derecho inmobiliario

Aparte de estas obras individuales, tiene publicados 60 artículos en revistas jurídicas y ha participado en 48 obras colectivas, y. Aquí (Dialnet) se puede enlazar con algunos de sus libros y artículos.

Es también asiduo participante en congresos y conferencias. Autor muy citado, como puede verse por las citas que de él aparecen en esta misma web o en Google Académico.

Javier fue consejero secretario de la Revista Crítica de Derecho Inmobiliario desde 2000 a 2013 y actualmente es el presidente de esta revista, fundada nada menos que en el año 1925 por don Jerónimo González, siendo una de las más prestigiosas revistas jurídicas española, que ha obtenido una importante reconocimiento por parte de organizaciones que realizan una valoración independiente de las mismas (índices CARHUS, Latindex, Ulrich, FECYT, MIAR/ICDS o CIRC).

Es miembro del Consejo Académico de la Fundación para la Investigación del Derecho y la Empresa (Fide). 

También es presidente del Comité Ejecutivo de la Revista European Land Registry Association (ELRA).

8.- Su etapa como Director General.

Casi cuatro años desempeñó Javier el cargo de director general de los Registros y el Notariado, pues fue nombrado por Real Decreto 922/2014, de 31 de octubre, a instancias de Rafael Catalá Polo (ver entrevista) dictándose el cese y nombramiento de su sucesor mediante reales decretos de 3 de agosto de 2018.

Javier Gómez Gálligo en el despacho oficial

No procede aquí, por la brevedad de estas notas, hacer un análisis y reseña exhaustivos de su paso por el centro directivo como máximo responsable. Nos centraremos exclusivamente en la que fue su filosofía general, con sus propias palabras y en algunos de los hitos fundamentales que tuvieron lugar durante estos cuatro años, quedando mucha tinta de la pluma.

Dice javier (discurso en su Homenaje en 2019): «Pero fuimos inflexibles a la hora de definir la línea de separación entre forma y publicidad, entre función notarial y registral, tratando de impedir la colisión/absorción/ o sustitución de funciones entre corporaciones. Lo relativo a la formalización del título es competencia notarial, la publicidad depurada de los datos frente a terceros es competencia registral. Son DOS CARAS DE LA MISMA MONEDA y si una cara pretende extenderse sobre la otra, la moneda se fractura.»

La ética de las nuevas tecnologías exige el control de la legalidad y de la capacidad de los otorgantes, asegura la presencia humana, del JURISTA en la innovación tecnológica. Tenemos que avanzar hacia el FUTURO defendiendo la dignidad de la persona, incorporando al quehacer humano las nuevas tecnológicas sin que sustituyan la dignidad de la persona. Y respetando la libertad contractual y la libre creación de derechos reales que caracteriza nuestro Derecho. «

Entre los hitos referidos podemos destacar los siguientes:

  • Preparación y ejecución de la Ley de Jurisdicción Voluntaria, que concedió nuevas competencias al notariado y a los registradores.
  • Desarrollo de la demarcación notarial que supuso su adaptación a las consecuencias de la crisis económica, reduciendo el número de notarios en 331.
  • Demarcación registral
  • Permitir el acceso a la nacionalidad española a los descendientes de los judíos sefardíes expulsados de España a finales del siglo XV.
  • Impulso e interpretación de la reforma de 2015 de la Ley Hipotecaria y su coordinación con el Catastro.
  • Inscripción de los recién nacidos desde los hospitales.
  • Dictar las resoluciones en plazo y, además, batiendo récords en el número.
  • Desarrollar la lucha de ambos cuerpos contra el blanqueo de capitales. ORGA y CRAB, así como el Registro de Titularidades Reales (RETIR)
  • Constitución del Registro de Fundaciones Estatales en la propia DGRN.
  • Implantar un identificador único para las fincas registrales.
  • Interconexión de los Registros Mercantiles.
  • El desarrollo de las comunicaciones electrónicas de notarios y registradores con la DGRN.

Tan intensa labor, de la que lo apuntado son meras pinceladas, reconoció en su discurso en su homenaje que no hubiera sido posible si no es con la colaboración gratis et amore de un nutrido grupo de miembros de ambos cuerpos: Eugenio Gomeza, Jorge Fuentes, Fernando de la Puente, Marí Luz Sánchez Jáuregui, Jesús Jiménez, Paloma Lombardo, José Ángel García Valdecasas, Jacobo Fenech, Oscar Zorrilla, Jesús Ducay, José Simeón Rodríguez, Fernando Restituto, Irene Montoliú, Raquel Sancho, Sara Gómez, Basilio Aguirre, Fernando Llopis, Diego Suárez, Amaia Precioso, David Melgar, Manuel Matas, Manuel Montánchez, Joaquín Delgado, Angel Valero, José Alberto Monge, Victor Muñoz, Jorge Gomeza, el LAJ David López Ribagorza, Ricardo Gómez Veiga de ISDEFE, Carlos Sánchez, Luis Rueda, Rafael Bonardell, Jesús Fuentes o Piedad Parejo.

Pero, aparte de ello, la actividad como director general le llevó a otras obligaciones relacionadas con las principales instituciones del Estado, como la llevanza del Libro del Registro Civil de la Familia Real o la intervención en la toma de posesión de numerosos ministros y de dos presidentes de gobierno, Mariano Rajoy y Pedro Sánchez, aparte de actuar como notario mayor del Reino en la toma de posesión de la anterior ministra de Justicia, Dolores Delgado.

Su labor, técnica, de defensa de los derechos individuales (véase v.g. Lobo nombre de varón de gran repercusión mediática) y de desarrollo tecnológico, supuso que su relevo al frente del cargo solo se produjo pasados tres meses desde el cambio de gobierno lo que implicaba una ausencia de prisas basada en su buen hacer.

9.- Otras actividades y reconocimientos.

Discurso durante su homenaje con ocasión de haber recibido la Cruz de Honor de San Raimundo de Peñafort

Javier ha recibido la Cruz de la Orden de San Raimundo de Peñafort, a lo largo de su actividad profesional, en tres categorías o grados diferentes y la Medalla de Honor del Colegio de Registradores:

  • La Cruz Distinguida de Segunda Clase en el año 1992, con tan solo 32 años.
  • La Cruz Distinguida de Primera Clase, poco después, en 1996, cuando ya estaba trabajando para la DGRN.
  • La Medalla de Honor del Colegio de Registradores en 2005.
  • Y la Cruz de Honor, de cuya Orden Ministerial se dio lectura en la tarde del 22 de 0ctubre de 2019 durante el Homenaje multitudinario que recibió. Ya había sido pedida antes de ser director general y se reactiva ante su cese. Esta alta condecoración está asemejada a la categoría de Encomienda con Placa o Encomienda de Número y lleva anejo el tratamiento de Ilustrísima. Como vocal permanente de la comisión general de codificación tiene tratamiento de Excmo.

También recibió el PREMIO ASLAN al mejor proyecto tecnológico de la Administración Pública en 2016, Categoría eGovernment – Tramitación, por haber puesto en marcha la comunicación telemática de nacimientos desde centros sanitarios al Registro Civil y en la que llegaron a participar el 100% de los hospitales públicos. La remisión del certificado de nacimiento, elección del nombre y del orden de los apellidos se hace hoy en día telemáticamente, gracias a este proyecto exitoso.

Entre sus aficiones deportivas está su fervor por el Real Madrid, del que es socio y euroabonado con su hijo Javi, y que le ha llevado a disfrutar en directo de eventos inolvidables como la final de Glasgow contra el Bayern Leverkusen (con el famoso gol de bolea de Zidane) el 15 de mayo de 2002 (la novena copa de Europa); la Final de Milán contra el Atlético de Madrid el 28 de mayo de 2016 al que se ganó la undécima por penaltis; y la final de la XII Champions en la ciudad de Cardiff (Gales) el 3 de junio de 2017 donde el Real Madrid derrotó por 4–1 a la Juventus y ganó la decimosegunda copa de Europa.

Javier, esquiando en Navacerrada

Lleva practicando el esquí desde muy pequeño, lo que es más que lógico por sus orígenes altoaragoneses. Recordó, de hecho, sus descensos desde el Pico Tres Hombres, encima de Formigal en el discurso de su homenaje. Para él se trata de una afición vital y de por vida, pues ya con nueve años acudía a la Escuela Española de Esquí. A lo largo de los años, le ha llevado a visitar varios países movido por su afición, especialmente los Alpes y a Canadá.

Y, en cuanto a nuestra web, ha demostrado en diversas ocasiones su aprecio por el proyecto de tender lazos entre notarios y registradores de base y trabajar en estrecha colaboración. Fruto de ello, a modo de ejemplo, podemos citar la concesión de una importante entrevista poco después de ser nombrado director general, el apoyo para la elaboración de los archivos con las actividades de la DGRN , la facilitación de fotos y datos de muchas promociones (en colaboración con el bedel José Díaz Ruiz) o su presencia física con ocasión de la Clausura de la VIII Convención de la web, que se celebró el 30 de mayo de 2015, en la que entregó el Premio Notarios y Registradores 2015 a José Antonio Escartín Ipiéns y pronunció un importante discurso sobre las actividades y proyectos del Centro Directivo.

En definitiva, hilvanando con las razones que al principio se expusieron, Francisco Javier Gómez Gálligo, por su laboriosidad, vocación de servicio, búsqueda de la equidistancia o la multitud de facetas en las que está desarrollando su actividad intelectual, le hace de sobras merecedor de este Premio, siendo, además, hasta el presente, el más joven de los galardonados al no haber cumplido todavía los 60 años.  (JFME)

Cuatro niveles de información para normativa y resoluciones

Equipo de redacción de notariosyregistradores.com, con el director general Javier Gómez Gálligo el 19 de mayo de 2018

 

PARA CONTACTAR CON FRANCISCO JAVIER GÓMEZ GÁLLIGO: 

– Puedes dejar su comentario en esta misma página como usuario o bien, enviar una felicitación, comentario… para que la Administración de la web lo publique en tu nombre.

– Puedes mandar un correo electrónico a Javier Gómez Gálligo. que le llegará directamente y sólo a él.

– Si deseas un correo clásico, puedes escribir a: Don Francisco Javier Gómez Gálligo. Revista Crítica de Derecho Inmobiliario. Calle Diego de León 21. Madrid 28006

– Puedes enviar fotos relacionadas con el galardonado.

EN SU DÍA SE PUBLICARÁ EL REPORTAJE DE LA ENTREGA DEL PREMIO

CURRÍCULUM VITAE DE FRANCISCO JAVIER GÓMEZ GÁLLIGO

ENTREVISTA QUE NOS CONCEDIÓ COMO DIRECTOR GENERAL EN 2014   

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Nuevos programas de Notarías y Registros: breve comparativa global

Oposiciones Registros: nuevo programa ^

Resolución de 19 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el nuevo programa para el primero y segundo ejercicios de las oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.

El anterior programa para el primero y segundo ejercicios de las oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad y Mercantiles data de 1996, habiendo sido modificado en 2002 y en 2004.

Su reforma, realizada por la DGRN, conforme a lo dispuesto en el art. 506 RH, se encuentra motivada, fundamentalmente, según la E. de M. por lo siguiente:

Sucesivas reformas legislativas como la publicación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y sus modificaciones, o la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, que reconoce nuevas competencias a dicho Cuerpo.

– En la parte de Derecho Mercantil, destaca la refundición en un solo cuerpo legal de la LSRL y de la LSA para surgir la Ley de Sociedades de Capital. El anterior programa partía de la existencia de dos cuerpos legislativos, por lo que algunos epígrafes pasaron a ser redundantes.

– Para equilibrar el peso de las instituciones estudiadas, potenciando el estudio de las que han adquirido relevancia en los últimos tiempos, y haciendo un estudio menos profundo de algunas materias que han perdido importancia.

– Para la simplificación de algunos temas, refundiendo epígrafes.

– Para acercar este temario al de la oposición que da acceso al título de Notario, en beneficio de los opositores. El acercamiento fundamentalmente es en materias troncales como el derecho civil. Se han mantenido las diferencias en la parte de Derecho Mercantil, Derecho Hipotecario, Derecho Notarial y Derecho Fiscal, pues estamos ante programas de dos oposiciones diferentes, “que permiten el acceso a funciones distintas, con sus singulares especialidades, por lo que ambos programas deben estar adaptados a los conocimientos precisos para cada una de dichas oposiciones”.

Este programa será aplicable en la siguiente convocatoria de oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles que se realice a partir del 3 de agosto de 2015 (fecha de su publicación en el BOE).

Por lo tanto, la reciente última convocatoria, publicada el 22 de julio de 2015 en el BOE, se regirá por el programa de 1996, con sus modificaciones. Lo dice así expresamente la OM en su apartado tercero.

 

Comparación con el programa de 1996:

Comparamos, a continuación el número de temas por materia entre un programa y otro:

MATERIA

PROGRAMA 1996

PROGRAMA 2015

Civil 1ª bola

54

51

Civil 2ª bola

30

32

Civil 3ª bola

40 (total 124)

42 (total 125)

Mercantil

61

57

Admvo-Procesal

38 (19-19)

38 (16-22)

Hipotecario 1ª bola

29

28

Hipotecario 2ª bola

28

24

Hipotecario 3ª bola

25 (total 82)

21 (total 73)

Fiscal

49

39

Notarial

18

18

Total:

372

350

De la comparación entre programas  –tan sólo en el número de temas por bola, se deduce:

– Disminuye el número total de temas en 22 (de 372 a 350), un 5,91%.

– Hay un tema más de Civil, equilibrando algo la segunda y la tercera bola.

– Cuatro temas menos de Mercantil.

– La bola Admvo-Procesal mantiene el mismo número de temas, pero gana peso el Procesal.

– Hay nueve temas de Hipotecario menos, con más desequilibrio entre bolas.

– El Fiscal disminuye en diez.

– El Notarial mantiene el mismo número de temas.

– El peso en la caída de temas se centra en el segundo ejercicio, por lo que el primer ejercicio aumenta su peso relativo con 220 temas (un 62,86% frente al 59,95% de antes). Queda, pues, tan sólo un 37,14% de los temas para el segundo ejercicio.

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Oposiciones Notarías: nuevo programa ^

Resolución de 19 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueba el nuevo programa para el primer y segundo ejercicios y el anexo para el cuarto ejercicio de las oposiciones al título de Notario.

El anterior programa para el primer y segundo ejercicios y el anexo para el cuarto ejercicio de las oposiciones al título de Notario data del año 2000 y es el utilizado para las actuales oposiciones.

Su reforma, realizada por la DGRN, conforme a lo dispuesto en el art. 16 RN, se encuentra motivada, fundamentalmente, según la E. de M. por lo siguiente (texto casi similar al utilizado para el programa de Registros):

Sucesivas reformas legislativas como la publicación de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, y sus modificaciones, o la Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria, que reconoce nuevas competencias a dicho Cuerpo.

– En la parte de Derecho Mercantil, destaca la refundición en un solo cuerpo legal de la LSRL y de la LSA para surgir la Ley de Sociedades de Capital. El anterior programa partía de la existencia de dos cuerpos legislativos, por lo que algunos epígrafes pasaron a ser redundantes.

– Para equilibrar el peso de las instituciones estudiadas, potenciando el estudio de las que han adquirido relevancia en los últimos tiempos, y haciendo un estudio menos profundo de algunas materias que han perdido importancia.

– Para la simplificación de algunos temas, refundiendo epígrafes.

– Para acercar este temario al de la oposición que da acceso al Cuerpo de Aspirantes a Registradores, en beneficio de los opositores. El acercamiento fundamentalmente es en materias troncales como el derecho civil. Se han mantenido las diferencias en la parte de Derecho Mercantil, Derecho Hipotecario, Derecho Notarial y Derecho Fiscal, pues estamos ante programas de dos oposiciones diferentes, “que permiten el acceso a funciones distintas, con sus singulares especialidades, por lo que ambos programas deben estar adaptados a los conocimientos precisos para cada una de dichas oposiciones”.

Este programa será aplicable en la siguiente convocatoria de oposiciones para la obtención del Título de Notario que se realice a partir del 3 de agosto de 2015 (fecha de su publicación en el BOE).

Anexo cuarto ejercicio:

Matemáticas Financieras

  1. Tipo de interés. Capitalización simple y compuesta. Tanto nominal y efectivo (TAE).
  2. Rentas: Constantes. Variables. Fraccionadas.

III. Préstamos: Amortización constante. Pago periódico constante comprensivo de capital e intereses (método francés). Pagos periódicos variables. TAE (Tasa Anual Equivalente).

  1. Operaciones bancarias: Descuento comercial. Liquidación de cuentas corrientes y de crédito (método hamburgués).
  2. Activos financieros:

Pagarés. Pactos de recompra.

Conceptos básicos de FRAS y SWAPS de tipo de interés.

 

Comparación con el programa de 2000:

MATERIA

PROGRAMA 2000 Corr.

PROGRAMA 2015

Civil 1ª bola

55

51

Civil 2ª bola

32

32

Civil 3ª bola

48 (total 135)

42 (total 125)

Fiscal

33

35

Mercantil 1ª bola

35

30

Mercantil 2ª bola

24 (total 59)

21 (total 51)

Hipotecario 1ª bola

30

33

Hipotecario 2ª bola

40 (70 en total)

32 (65 en total)

Notarial

40

34

Procesal-Admvo

36 (23-13)

38 (22-16)

Total:

373

348

 

De la comparación entre programas  –tan sólo en el número de temas por bola, se deduce:

– Disminuye el número total de temas en 25 (de 373 a 348), un 6,70%.

– Hay diez temas menos de Civil, equilibrando algo las tres bolas al no variar la segunda.

– Dos temas más de Fiscal.

– Ocho temas menos de Mercantil, siguiendo el desequilibrio entre las dos bolas (algo menos).

– Disminuye el Hipotecario en cinco temas, pero equilibrando las bolas.

– El Notarial reduce en seis el número de temas.

– La bola Procesal-Admvo aumenta en dos con un mayor peso ahora del Procesal.

– El peso en la caída de temas se centra en el segundo ejercicio, por lo que el primer ejercicio aumenta su peso relativo con 160 temas (un 45,98% frente al 45,04% de antes), pero aun así, no llega en número de temas al segundo.

El anexo para el cuarto ejercicio (matemática financiera) no varía nada.

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Comparativa global entre el temario de Notarías y Registros: 

MATERIA

REGISTROS

NOTARÍAS

DIFERENCIA

AHORA

DIFERENCIA

ANTES

Civil

125

125

0

11 +N

Mercantil

57

51

6 +R

2 +R

Admvo-Procesal

38

38

0

2 +R

Hipotecario

73

65

8 +R

12 +R

Fiscal

39

35

4 +R

16 +R

Notarial

18

34

16 +N

22 +N

Total:

350

348

2 +R

1 +N

 

Este análisis no ha tenido en cuenta muchos otros factores como la diferencia en el tiempo de exposición. Por ejemplo, en las Oposiciones a Notarías hay que exponer más tiempo Mercantil (2 bolas) que en Registros y, en cambio, en Registros hay que exponer durante más tiempo Hipotecario que en Notarías.

Puede observarse que el peso del primer ejercicio de Registros en cuanto al número total de temas es muy superior al de Notarías, cantándose cinco temas frente a cuatro de Notarías. De ahí podría deducirse la necesidad de que la exposición de los temas de Civil en Registros deba de ser muy equilibrada en duración para dar tiempo, dentro de la hora, a Mercantil y a un Administrativo-Procesal no meramente testimonial.

La situación inversa se podría plantear en el segundo ejercicio de Notarías: se precisa un sabio ajuste de tiempo para tratar nada menos que de seis temas en ese ejercicio, frente a los cinco de Registros, que puede permitir una exposición más extensa en Hipotecario.

El acercamiento de programas no se ha extendido a armonizar las materias propias de cada ejercicio. (JFME)

ENLACES A LOS DIVERSOS PROGRAMAS

ANÁLISIS DEL PROGRAMA DE NOTARÍAS POR GESTORÍA CALVO

NOTARÍAS 2016-2017

SECCIÓN OPOSITORES

Panorámica de Las Médulas (León). Por Rafael Ibáñez Fernández

Panorámica de Las Médulas (León). Por Rafael Ibáñez Fernández

 

Programa Notarías

CALVO GESTORIA OFICIAL                                                        

 

 

NUEVO PROGRAMA PARA EL PRIMER Y SEGUNDO EJERCICIOS Y ANEXO PARA EL CUARTO EJERCICIO DE LAS OPOSICIONES AL TÍTULO DE NOTARIO

Realizado un análisis de los cambios observados en el nuevo programa de notarías publicado en el BOE del 3 de agosto de 2015 con respecto al anterior y siendo asesorados por algún preparador, indicamos las principales diferencias y novedades que hemos observado, teniendo en cuenta que aunque se pretende que sean de fundamento, no dejan de ser meras opiniones

Haremos primero una referencia global al programa y luego descenderemos a cada una de las distintas partes.

 

LÍNEAS GENERALES:

 

1.- Lo más importante, como recoge el preámbulo de la Resolución que aprueba el nuevo Programa, es la aproximación de los temarios de notarías y registros. Son idénticos en casi todo el temario; en particular en civil, mercantil, fiscal e hipotecario; existiendo algún tema distinto (pocos) en hipotecario, mercantil (un tema más Registro Mercantil) y especialmente en notarial, ya que en Registros son bastantes menos temas.

            Fuera de estas pequeñas diferencias se puede decir que de hecho el temario es el mismo, pero con un matiz a tener muy en cuenta: no cambian la distribución de los ejercicios ni de los tiempos, por lo que, por ejemplo, aunque los epígrafes sean los mismos el tiempo que se dedica a un mercantil o a un hipotecario en Notarías (15´y 12´) y en Registros (8´y 17´) no es igual, por lo que por ahí, seguirá habiendo diferencias, ya que cuando sean más largos, aunque el epígrafe sea idéntico necesariamente habrá de decirse más.

            Pero en todo caso, es indudable que ahora va a ser mucho más fácil que el Opositor que suspenda una convocatoria pueda ir a la siguiente del otro Cuerpo.

2.- Llama la atención la reducción general de temas: En civil se reducen diez temas, en mercantil ocho, cinco en hipotecario, y seis en notarial.

3.- Se han metido algunos epígrafes nuevos en materias novedosas o de actualidad, y refundido otras. Por lo que más que la reducción de temas, más que por la supresión de epígrafes se ha producido por la fusión de temas.

4.- Parece que en algunas materias se ha querido aligerar la carga de memorización de artículos del Código Civil menos importantes para la práctica notarial, y ahora ya no se habla de régimen jurídico, sino de “idea”, pero es una conclusión que debe tomarse con la debida prudencia y cautela, porque en última instancia dependerá del Tribunal.

5.- En una primera sensación puede parecer que se reduce la importancia del Derecho Foral, puesto que sobre todo en “sucesiones” se refunden temas, o se incluyen con epígrafes de Derecho Común (por ejemplo se estudia la legítima de descendientes y ascendientes forales junto al examen del Derecho de Reversión del art. 812 CC, mientras que en el antiguo programa tenían las primeras un tema en solitario), pero si se lee con calma se deduce que es una conclusión precipitada, puesto que por primera vez se van a estudiar especialidades forales en todas las partes del programa (por ej en prescripción, usufructo, propiedad horizontal, opción, donaciones) a diferencia de lo que sucedía antes que se limitaban a la parte de “familia” y “sucesiones”.

 

DERECHO CIVIL ( PRIMER EJERCICIO)

 

1.- En Civil el único tema totalmente nuevo es el “Tema 80. La jurisdicción voluntaria: Concepto y desjudicialización. Principales supuestos de intervención notarial y registral”. La JV también se estudia en los temas de notarial, y dado que afecta indirectamente a varios temas de Civil (por ejemplo el del matrimonio, el del divorcio o el de las clases de partición, por el contador-partidor dativo), parece que el enfoque del tema 80 debe ser el de un tema general, conceptual, dando sobre todo importancia a la justificación de la “desjudicialización de la jurisdicción voluntaria y la consiguiente asunción de competencias, antes judiciales, por notarios y registradores; y no un análisis resumido y memóristico de todos los expedientes de JV, puesto que se refiere a los “principales supuestos”.

2.- En Civil si nos encontramos con varios epígrafes nuevos, algunos tomados del temario de Registros, como en el tema 1, “Derecho público y privado”, y otros totalmente nuevos tanto para notarías como para Registros:

1) En el tema 12 se añade como último epígrafe “La protección del patrimonio del discapacitado”. Que suponemos se debe referir a un examen, breve, del patrimonio protegido de la persona con discapacidad.

2) En el tema 14 se añade “Principales deberes de notarios y registradores para la prevención del fraude fiscal y del blanqueo de capitales”. Supongo que en el caso de los notarios habrá que analizar la exigencia del NIF o NIE, cuándo se exige, posibles excepciones, ¿qué ocurre si no se aporta?, una referencia al Índice Único Informatizado, el órgano de prevención de blanqueo de capitales del Consejo General del Notariado (OCP) y las comunicaciones al mismo, obligaciones del notario en materia de prevención de blanqueo, y el acta de titularidad real del art. 4 Ley 4/2010 de prevención de Blanqueo de Capitales y financiación del terrorismo.

3) En el tema 24 (la forma) se crea un nuevo epígrafe: “Examen especial de la forma en los contratos: valor sustantivo de la escritura pública”. Puede generar ciertas dudas a que se refiere este epígrafe, pero dado que va a continuación del examen de la “forma de los contratos”, creo que debe referirse a todos aquellos efectos de la escritura o del instrumento público que excedan de cumplir un requisito de forma o una exteriorización de una declaración de voluntad, como el valor escritura como título de ejecución (art. 1924.3 CC), y como tradición instrumental, y dado que la prueba se estudia en otro tema, y el valor general en un tema de notarial, y en general las presunciones de capacidad, ausencia vicios del consentimiento, etc, se debe referir al art. 1218 y 1219 CC y el valor de la escritura como título legitimador de derechos que es oponible a terceros, es decir que el tercero de buena fe podrá ampararse en lo que diga la escritura (utilizabilidad) y no le perjudicará lo no dicho (inoponibilidad).

4) En el tema 27, de la prescripción extintiva, se añade “Especialidades forales”, que suponemos serán las catalanas.

5) En el tema 36, se ha variado el orden, y ahora va primero la usucapión que la ocupación, lo que puede indicar que se le debe dar más importancia a la primera, y en todo caso se podrá exponer con más calma, resumiendo, si fuera necesario en la ocupación.

6) En el tema 40 (segundo de propiedad horizontal), se incorpora el epígrafe “Los acuerdos de la junta de propietarios: consentimientos colectivos e individuales”, que debe referirse al examen de la doctrina de la DGRN, y del CC de Cataluña, que recoge que para ciertos acuerdos no es bastante con el acuerdo de la comunidad de propietarios sino que además se precisa el consentimiento individual de cada propietario.

7) En el tema 41 se añaden especialidades de propiedad horizontal en Cataluña, que se debe referir a que se recoge expresamente la desafectación y venta de elementos comunes, alguna especialidad en complejos, etc.

8) En el tema 46 (el usufructo) se añade “El derecho de uso sobre la vivienda familiar”, que implicará el examen del art. 96 CC y de toda la jurisprudencia del TS y de la DGRN sobre la naturaleza del uso, el consentimiento de su titular para disponer de la vivienda, y el problema del uso concedido sobre una vivienda que los esposos disfrutaban en precario, porque pertenecía un tercero (por ejemplo los padres de uno de los esposos).

9) En el tema 50 (Derechos de garantía) se crea un epígrafe específico para el estudio del “pacto comisorio”, por lo que se deberá analizar como despliega sus efectos el mismo en nuestro ordenamiento y sus posibles excepciones, los conocidos como pacto exintervallo y el pacto marciano, y las garantías financieras del RD-Ley de 2005.

10) En el tema de la opción (Tema 61) se ha añadido “el derecho de opción y sus especialidades forales”, por tanto, la de Navarra y Cataluña.

11) En el tema 62 (la ineficacia) se ha sustituido el último epígrafe “confirmación de los contratos”, por el más amplio “La sanación del contrato inválido”, que incluye además de la confirmación otros supuestos de sanación como complemento del negocio incompleto, convalescencia del negocio nulo, etc.

12) En el tema 63 de civil (la rescisión) se ha añadido un nuevo inciso a la acción pauliana, “Examen especial de la acción pauliana y de la acción de reintegración en el concurso”, por lo que deberá estudiarse los arts. 71 a 73 LC, en su aspecto más sustantivo y menos procedimental, que se estudiará en el tema de Concursal. Por tanto parece que la idea (importante en Registros donde en el mismo ejercicio pueden caer los dos epígrafes –por Civil y por Mercantil-) es que se estudie la reintegración como una modalidad o figura próxima a la acción pauliana, destacando sus problemas.

13) En el tema 64, siguiendo a Registros se estudia no sólo la venta de cosa ajena sino además la doble venta, siguiendo la línea de la jurisprudencia reiterada del Ts que desde el año 2007 aplica el art. 1473 CC no sólo a la doble venta sino también a la venta de cosa ajena. Dice el nuevo epígrafe: “La venta de cosa ajena y la doble venta”.

14) En el tema 69, se añade “las donaciones en los derechos forales”.

15) En el tema 79 (transacción y arbitraje) se añade “La mediación. La conciliación”.

16) En el tema 81, relativo a la “fianza”, se añade como último epígrafe “las garantías personales atípicas”, que se debe referir a entre otras: los avales a primera demanda, las cartas de patrocinio, mandatos de créditos, seguros de caución, asución cumulativa, y tal vez la fianza ómnibus.

17) En el tema 88 (capitulaciones matrimoniales), se añade “Pactos entre los cónyuges relativos a sus relaciones personales y patrimoniales y en previsión de crisis matrimonial”, en el que parece que debe analizarse la norma expresa que existe en el CC de Cataluña y con carácter general la jurisprudencia del TS sobre el tema.

18) En el tema 99 (la tutela) se añade epígrafe específico de la “autotutela”.

19) En el primer tema de sucesiones (el tema 101) se ha trasladado la que era la última pregunta del programa, antiguo tema 135 y se ha ampliado, la nueva redacción es “La sucesión en el Derecho Internacional Privado: el Certificado Sucesorio Europeo”

20) En el tema 108, de sustituciones hereditarias se ha añadido la modalidad “sustituciones preventivas de residuo”.

21) En el tema 116, la “sucesión intestada”, se ha añadido la pregunta “La declaración de herederos”, que dado que también se estudia en el tema de notarial, creo que debe implicar una referencia muy somera al procedimiento con remisión, y el análisis de la declaración de herederos como título formal de la sucesión, y la doctrina de la DGRN.

22) En el tema 120, (las reservas) se añade un último epígrafe “Referencia a las reservas en el Derecho Foral”.

3.- En general aunque se reducen el número de temas, realmente los epígrafes son los mismos por lo que:

  1. a) Se han refundido epígrafes de varios temas, como por ejemplo:

El tema 1 de civil actual, es la suma del 1 y 2 antiguos.

– El tema de la relación jurídica refunde los antiguos tema 10 (relación jurídica) y 11 (derecho subjetivo, ahora es el tema 9 (Tema 9. La relación jurídica. Situaciones jurídicas secundarias e interinas. El derecho subjetivo y sus clases. Los límites del derecho subjetivo: la buena fe y el abuso del derecho. Adquisición, modificación, transmisión y extinción de derechos. La subrogación real. Legitimación y poder de disposición).

– Se refunden el antiguo tema 30 y 31 (derecho de propiedad y límites del dominio) en un solo tema (Tema 29. El derecho de propiedad: concepto legal y tratamiento constitucional. Facultades del dominio. Extensión del dominio en sentido vertical. Limitaciones del dominio: las relaciones de vecindad y las prohibiciones de disponer).

– Se pasa a estudiar la propiedad intelectual junto a las costas y se crea la nueva pregunta de los puertos en el tema 43 (Limitaciones derivadas de la legislación de costas. Puertos. La propiedad intelectual).

– Se cambia el orden de los temas de usufructo, ahora el primero es el que tiene la pregunta “contenido de usufructo” con más carga de artículos, antes era el segundo.

– Se ha reducido muchísimo un clásico, los censos, que no sólo ahora es “idea de los censos”, sino que además forma parte de un tema más amplio: “Tema 49. El derecho de superficie: concepto, naturaleza y clases. Superficie urbanística: constitución, contenido y extinción. El derecho de superficie sobre fincas rústicas. Derechos de vuelo y subedificación. Idea del derecho real de censo: concepto, caracteres y clases”

– La pregunta del “censo en Cataluña” ha pasado al tema de HM y PSD, en el que se ha introducido una nueva pregunta “especialidades forales sobre derechos reales”. El nuevo Tema 51 es el siguiente: “La hipoteca mobiliaria y la prenda sin desplazamiento. Antecedentes y legislación vigente. Constitución, contenido y extinción. Otras garantías sobre cosa mueble. Especialidades forales sobre derechos reales. Especial referencia al censo en Cataluña y su extinción”.

– En el tema de la prelación de créditos se suprime toda referencia al concurso, que ya no tiene por qué estudiarse más que en los temas específicos de mercantil. Es el nuevo tema 56, “La responsabilidad patrimonial universal y sus modificaciones legales y convencionales. La acción subrogatoria. La concurrencia y prelación de créditos en el Código Civil. Otros créditos privilegiados”.

– Se han refundido en el Tema 66 civil, el tema del art. 1504 CC con la compraventa con pacto de retro y el derecho de retracto convencional. El nuevo tema 66 es: “Obligaciones del comprador. El pago del precio. Garantías en caso de aplazamiento. Examen del artículo 1504 del Código Civil. La compraventa con pacto de retro y el derecho de retracto convencional”.

– El tema 78 comienza diciendo “Tema 78. El depósito: concepto, clases e idea de su régimen legal”, a diferencia del antiguo tema 83 civil que hablaba de “régimen legal del depósito”, por lo que parece, con todas las cautelas, que podrían resumirse los artículos del CC sobre el depósito, y así centrarse en estudiar con más detenimiento el contrato de alimentos.

– Ha desaparecido el antiguo tema 105, último tema de familia que se dedicaba íntegramente a la unión y a la separación de hecho, que ahora, como en Registros pasan a ser un epígrafe dentro de un tema más amplio: “Tema 84. El derecho de familia: sus caracteres. El matrimonio: Concepto y naturaleza jurídica. Sistema matrimonial vigente en el derecho español. Efectos civiles de los matrimonios religiosos. La unión y separación de hecho”.

– Hay argumentos para sostener que ya no es necesario decir todos los artículos del CC sobre el acogimiento sino un resumen de los mismos, dado que se ha alterado el orden del antiguo tema 101, y la primera pregunta no es el acogimiento sino la adopción y sobre todo habla de “idea”. Dice “Tema 97. La adopción: Requisitos, efectos y extinción. La adopción internacional. Idea de la guarda de menores por las entidades públicas y del acogimiento. Conflictos de leyes sobre la relación paterno-filial”.

– Las mayores refundiciones se dan, en la línea del Programa de Registros, en los temas de sucesiones, entre otras:

a) Tema 105. “El testamento ológrafo: Requisitos, formas y protocolización. Referencia a los testamentos militar, marítimo y hecho en país extranjero. Especialidades forales en materia testamentaria”.

            Las especialidades forales ya no son tema único.

 b) Tema 106. “Interpretación de las disposiciones testamentarias. Ineficacia, revocación, nulidad y caducidad del testamento. Especialidades forales”.

c) Tema 107. “Institución de heredero: Requisitos y formas de designación. Disposiciones testamentarias bajo condición, término y modo. Institución a favor del alma, parientes del testador y pobres en general. Especialidades forales en materia de institución de heredero”.

d) Tema 111. “Legítima de los descendientes, ascendientes y cónyuge viudo en el Código Civil. Supuestos de pago en metálico de la legítima”.

            Es un tema novedoso, porque se estudia en un solo tema la legítima de descendientes, ascendientes y viudo, cuando a este último se le dedicaba antes un tema.

e) Tema 113. “Derecho de reversión del artículo 812 del Código Civil. La legítima de descendientes, ascendientes y cónyuge viudo en derecho foral”.

            El 812 CC ya no se estudia con la legítima de los descendientes, y se le da más protagonismo al ser una primera pregunta.

f) Tema 114. “Desheredación y preterición en el Código Civil y en las legislaciones forales. Acciones del heredero forzoso. Acción de petición de herencia: Prescripción. El problema del heredero aparent”e.

            Crea la nueva pregunta del “heredero aparente”.

g) Tema 122. “La comunidad hereditaria: Su naturaleza. Derechos de los partícipes. Partición de la herencia: Concepto y naturaleza jurídica. El derecho a pedir la partición: Capacidad para ejercitarlo. Intervención de los acreedores en la partición. Suspensión de la partición como medida precautoria cuando la viuda queda encinta”.

 

LEGISLACION FISCAL ( PRIMER EJERCICIO)

La novedad más destacable, es que siguiendo el temario de Registros se introducen una serie de temas de “parte general tributaria”, en concreto: “Tema 4. Las fuentes formales del ordenamiento tributario. Las normas tributarias. Aplicación e interpretación de las normas tributarias: la consulta. El fraude a la ley tributaria. La simulación y la analogía en el Derecho Tributario. El principio de calificación.

Tema 5. La relación jurídico tributaria: concepto, naturaleza y elementos. El sujeto pasivo del impuesto. Los responsables del impuesto. El hecho imponible. La base imponible: regímenes para su determinación. La base liquidable.

Tema 6. El gravamen tributario: tipos. La deuda tributaria: elementos que la integran y formas de extinción. Garantías del débito tributario: especial referencia a las de orden registral. Aplazamiento y fraccionamiento.

Tema 7. La revisión de los actos tributarios. El recurso de revisión. El recurso de reposición. El procedimiento económico administrativo.

Tema 8. El procedimiento de apremio en la recaudación de impuestos. Trámites: examen especial de la anotación preventiva y de la enajenación de bienes.”

 

DERECHO MERCANTIL ( SEGUNDO EJERCICIO)

            Principales novedades en mercantil:

  • La fundamental es que se suprimen duplicidades en Derecho de Sociedades que en el programa antiguo existían, dado que había dos leyes (LSA y LSL) y ahora es una única Ley (LSC), y se sigue el orden de la misma.
  • En el tema 5 de mercantil se añaden “adquisiciones a non domino”, por tanto el examen del art. 545 CCm, epígrafe que había sido suprimido en la anterior reforma del programa de notarías del año dos mil.
  • En el tema 17 mercantil, referentes al órgano de administración añaden “Adquisición, enajenación, y aportación de activos esenciales”, por tanto, el estudio del art. 160 f) LSC, introducido en la LSC en la reforma de noviembre de 2014, y que tanta polémica ha generado.
  • En el tema 28 se añade la figura de la “sociedad profesional”.
  • Se han pasado de cinco temas en los que se estudiaban los títulos valores, y en particular la Letra de cambio, a cuatro temas.
  • Por fin se actualizan los epígrafes de concursal (siguen siendo tres temas) a diferencia del marítimo que de dos se pasa a uno.

 LEGISLACION HIPOTECARIA ( SEGUNDO EJERCICIO)

En general los epígrafes son los mismos que antes, aunque varía algo el orden, siguiendo el modelo del programa de Registros.

  • En el tema 15 (la finca) se añade “La identificación geográfica de las fincas registrales: requisitos y efectos jurídicos”.
  • Parece que el Programa ha expulsado del mismo, el torturador y extensísimo, para los opositores, art. 15 LH, ya que el nuevo Tema 39, dice “Inscripción de adquisiciones hereditarias. Inscripción a favor del heredero único. Inscripción de particiones. Adjudicaciones para pago de deudas. Ámbito de aplicación del artículo 15 de la Ley Hipotecaria”, por lo que ahora deberá hacerse una breve referencia a la mención de los derechos legitimarios del art. 15 LH, aclarando los territorios en los que se aplica, y si jugaría en el derecho común en los casos de pago en metálico de la legítima.
  • Hay nuevos epígrafes en la hipoteca, relativos a la protección del consumidor, en concreto: “Tema 52. Elementos formales en la constitución de la hipoteca. El control notarial de transparencia en los préstamos hipotecarios. Cláusulas abusivas; especial referencia a las cláusulas de vencimiento anticipado. La hipoteca unilateral. La hipoteca constituida por testamento. Facultades del acreedor hipotecario. La acción de devastación.”

   

LEGISLACION NOTARIAL ( SEGUNDO EJERCICIO)

 Se han refundido epígrafes de varios temas, como por ejemplo el tema 33 del arancel.

  • Hay algún epígrafe nuevo como en el tema 18, “Actas relacionadas con archivos informáticos y. Actas de comunicaciones electrónicas”.
  • Y temas nuevos procedentes de los expedientes de Jurisdicción Voluntaria “Tema 19. Actas en materia electoral. Actas de fijación de saldo. Actas de notoriedad: su naturaleza jurídica, supuestos de aplicación, tramitación y valor probatorio; Tema 20. Acta matrimonial y escritura pública de celebración del matrimonio. Acta de notoriedad para la constancia del régimen económico matrimonial legal. Escritura pública de separación matrimonial o divorcio; Tema 21. El acta de notoriedad sobre declaración de herederos abintestato. Ámbito de aplicación y Notario competente para instruirla. Trámites esenciales. Suspensión. El juicio de notoriedad; Tema 22. Expedientes de ofrecimiento de pago y la consignación, y de reclamación de deudas dinerarias no contradichas; Tema 23. Expediente de subasta notarial”.

 

CALVO GESTORIA OFICIAL                                                        

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 VER RESÚMENES Y COMPARATIVA GLOBAL NOTARÍAS – REGISTROS

Nuevos programas de oposiciones

El BOE ha publicado los nuevos programas de Notarías y Registros.

Puesta de sol en Sancti Petri

<p> </p> <b>

por Juan Carlos Casas Rojo
</b>

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<p> </p>

<p> </p>
<a href=»https://www.notariosyregistradores.com/web/?p=8406″><h2><strong> Seguir leyendo…</h2></strong></a>

 

Oposiciones Notarías 2015. Admitidos y excluidos.

LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

A LAS OPOSICIONES A NOTARÍAS

ADMITIDOS NOTARÍAS. Resolución de 3 de febrero de 2015, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se aprueban con carácter provisional las listas de admitidos y excluidos para tomar parte en la oposición libre para obtener el título de Notario, convocada por Resolución de 17 de noviembre de 2014.

La Resolución aprueba con carácter provisional las listas de admitidos y excluidos a la citada oposición (turno general y turno de personas con discapacidad). Dichas listas serán expuestas en la Dirección General de los Registros y del Notariado y en la Oficina Central de Información del Ministerio de Justicia (Calle Bolsa, 8, Madrid); en el Consejo General del Notariado (paseo del General Martínez Campos, 46 6.ª planta), en todas las sedes de todos los Colegios Notariales de España, y serán insertadas en la página web del Ministerio de Justicia www.mjusticia.gob.es > servicios al ciudadano > empleo público.

En un anexo se publica  la lista de los siete excluidos, con expresión de las causas de exclusión.

Ver convocatoria.

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PDF (BOE-A-2015-1067 – 2 págs. – 156 KB)   Otros formatos