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ÍNDICE RESOLUCIONES PROPIEDAD

LETRAS S – T – U – V – W – X – Y - Z

 

Por Juan Carlos Casas Rojo, Registrador de la Propiedad de Vitigudino (Salamanca).

 

 

 

 

 

 

 

 

SEGREGACIÓN, DIVISIÓN

 

Adjudicación en proindiviso al no obtener licencia de segregación. Andalucía. R. 1 de octubre de 2013

 

Ampliación de hipoteca sobre finca segregada: Requiere liberación de la finca matriz. R. 14 de Marzo de 2009

 

Aportación por comuneros de una finca rústica a una sociedad en Andalucía: no precisa licencia de parcelación. R. 4 de marzo de 2013

 

Asignación de uso exclusivo de terreno sin construir a dos elementos de una propiedad horizontal en Baleares. Necesidad de licencia. R. 3 de abril de 2012

 

Caminos. Por el hecho de decir que una finca está atravesada por ciertos caminos, no se forman jurídicamente nuevas fincas independientes, ya que constituye simplemente una descripción de la conformación física actual de la finca, que  no significa división. R. 17 de Septiembre de  2002

 

Cancelación de segregación. Requiere el consentimiento del titular registral. R. 31 de marzo de 2003

 

Cesión de derechos sobre parte de una finca. Es posible el establecimiento de derechos sobre parte de una finca, sin necesidad de división o segregación, siempre que esa parte esté perfectamente determinada y descrita.  R. 3 de Abril  de 2002

 

Cesión usufructo. Es inscribible la cesión del usufructo a favor de varias personas en Castilla León, sin que pueda considerarse división. R. 29 de Enero de 2003

 

Compensación. Inscripción de proyecto de compensación. Segregaciones. R. de 25 de septiembre de 2001

 

Compensación. Transmisión de finca de procedencia. No cabe inscribir una transmisión de finca con la descripción que tenía antes del proyecto y la segregación.  R. 31 de Enero de 2006

Declaración de trece nuevas edificaciones sobre un terreno propiedad en proindiviso de cuatro titulares. No es el número de titulares de la finca lo que determina los indicios de parcelación sino el uso individualizado de una o varias partes del terreno equivalente o asimilable. R. 5 de marzo de 2013

 

Derecho de superficie sobre las cubiertas de determinadas naves industriales para energía fotovoltaica. No requiere la segregación u otra individualización jurídica pues cumple las exigencias derivadas del principio de especialidad y de la concreta regulación legal en esta materia. R. 15 de febrero de 2012

 

Derecho intertemporal en segregaciones. Licencia y Unidad Mínima de Cultivo. La segregación es un acto jurídico de carácter eminentemente registral, quedando su inscripción sujeta a los requisitos y autorizaciones vigentes en el momento de presentar la escritura en el Registro. R. 23 de julio de 2012

 

Derecho intertemporal. Segregaciones e inmatriculaciones son actos estrictamente registrales, por lo que se rigen por la normativa existente al tiempo de la presentación en el Registro. R. 2 de abril de 2014

 

Derecho intertemporal en segregaciones. Licencia por silencio positivo. Como acto puramente registra que es la segregación, son aplicables los requisitos y autorizaciones exigibles al tiempo de la presentación en el Registro. R. 21 de marzo de 2013

 

Desagrupación. No es obstáculo el  que por la anulación de la agrupación, sin licencia, se produzca un efecto de segregación y se formen dos fincas inferiores a la unidad mínima de cultivo pues en realidad lo que ocurre es que se vuelve a la situación preexistente.  R. 9 de agosto de 2011

 

Descripción no coincidente con catastro y plano incorporado. R. 5 de Junio de 2009  

 

Descripción finca matriz. Las diferencias en la descripción de la finca matriz, consecuencia de no haberse tenido en cuenta una segregación, son irrelevantes si dicha finca está perfectamente identificada. R. de 20 de Marzo de 2002

 

Descripción del resto. Innecesariedad de describir el resto de la finca matriz de la que se segrega la porción expropiada. R. 8 de octubre de 2012

 

Descripción del resto, “después de varias segregaciones”. R. 25 de enero de 1999

 

Diferencias entre propiedad horizontal (siendo preciso que las nuevas fincas creadas no sean absolutamente independientes), que no requiere licencia, y  Conjunto urbanístico, que sí la exige. R. 16 de julio de 2005

 

Diferencias en la descripción de la finca matriz por no haberse tenido en cuenta otras segregaciones. Son irrelevantes si la finca está perfectamente identificada. R. 17 de Diciembre de 2003, R. 21 de mayo de 2012

 

Discordancia con la licencia en cuanto a la descripción y superficie. R.12 de noviembre de 2013

 

División de finca resultante de reparcelación. Requiere licencia. R. 24 de octubre de 1998

 

División finca rústica. Andalucía. Licencia o declaración municipal de  innecesariedad. R. 15 de Junio de 2005

 

División material. Nulidad. Posibilidad de cancelación parcial. R. 20 de noviembre de 2009

 

División material. No es necesario aportar certificación catastral. R. 14 de septiembre de 2012

 

División horizontal de vivienda unifamiliar en Andalucía: Precisa licencia. R. 12 de septiembre de 2011

 

División horizontal de una unidad privativa de un complejo inmobiliario. Exigibilidad de licencia. R. 23 de enero de 2013, R. 23 de enero de 2013

 

División horizontal. La formalización de una división horizontal en suelo rústico puede implicar una parcelación ilegal. Varias comunidades autónomas exigen licencia o declaración de innecesariedad. R. 27 de Enero de 2006

 

División horizontal. Segregación en propiedad horizontal tumbada. Necesidad de licencia si el suelo no es elemento común. Propiedad horizontal tumbada en la que el suelo no es elemento común y uno de los elementos privativos está compuesto de una vivienda de una sola planta y una zona deportiva. Para segregar la vivienda es necesaria la licencia municipal según la legislación canaria. R. 3 de diciembre de 2009

 

División material y disolución de comunidad existiendo sobre la mitad indivisa de uno de los dos cotitulares determinadas cargas, solicitándose que se concreten, por subrogación real, en una de las dos nuevas fincas. Condición suspensiva de notificar a los titulares de dichas cargas. R. 20 de febrero de 2012

 

Doble inmatriculación. El cauce adecuado para despejar la duda sobre la identidad de la finca segregada por su posible coincidencia con una ya inscrita no es el recurso gubernativo  sino el previsto en el art. 306 RH, lo cual debe advertirse a los interesados en la nota. R. 28 de Diciembre de 2004, R. 2 de Abril de 2005 R. 18 de noviembre de 2005

 

Dudas de identidad. Segregación con dudas de identidad de la finca. Aplicabilidad del procedimiento previsto en el art. 306 RH. R.16 de mayo de 2013

 

Exceso de cabida. Segregación sin previo exceso de cabida. No es necesario inscribir previamente un exceso de cabida sobre la finca matriz si hay superficie suficiente para la segregación solicitada. R. 25 de abril de 2003

 

Exceso de cabida. Dudas fundadas de identidad. La inscripción del exceso es más dudosa cuando la finca procede de segregación. R. 16 de Abril de 2008, R. 28 de agosto de 2013

 

Expediente de dominio para reanudar el tracto. Dudas sobre si la finca sobre la que se reanuda el tracto es la matriz o la porción segregada. Necesidad de aclaración.  R. 30 de Septiembre de 2005

 

Expediente de dominio para reanudar el tracto. No existe precepto legal que impida la tramitación del expediente en los casos de segregación o división intermedia. R. de 25 de mayo de 2002

 

Expediente de dominio para reanudar el tracto. Nuevo expediente sobre parte de una finca. Licencia de segregación. R. 22 de Junio de 2007

 

Expediente de dominio sobre parte de una finca inscrita. Admisibilidad. Necesidad de licencia de segregación. R. 16 de Marzo de 2006, R. 18 de agosto de 2009, R. 8 de enero de 2010 , R. 1 de abril de 2013, R. 25 de julio de 2014

       

Expediente de dominio sobre parte de una finca sin determinar el resto. Es inscribible un testimonio de un auto dictado en expediente de dominio referido a parte de una finca sin determinar el resto. R. 20 de noviembre de 2002

 

Expediente urbanístico de segregación. Es necesaria la intervención de los titulares de derechos que recaigan sobre la finca –en el caso, una hipoteca-. R. 22 de febrero de 2011

 

Finca descrita como resto después de una expropiación. No es necesaria la previa inscripción de tal procedimiento, como no es necesaria la inscripción de una segregación no inscrita para disminuir la superficie en la finca matriz que posteriormente se transmite. R. 14 de enero de 2013

 

Finca rústica en el año 1979: licencia y unidad mínima de cultivo. Aplicabilidad arts 79-80 RD 1093/1997. R. 13 de Marzo de 2006

 

Finca rústica en Andalucía. Terreno segregado destinado a construcción no agraria. Necesidad de licencia. R. 23 de Junio de 2004

 

Finca rústica en Castilla-La Mancha. Precisa licencia o declaración de innecesariedad, aun por encima de la unidad mínima de cultivo. R. 22 de Abril de 2005

 

Finca rústica en Castilla-León. Precisa licencia o declaración de innecesariedad, aun por encima de la unidad mínima de cultivo R. 22 de Abril de 2005

 

Finca rústica (según catastro en parte urbana). Licencia o declaración de innecesariedad (Andalucía), R. 14 de Noviembre de 2006

 

Finca rústica vinculada a una construcción agrícola. No procede la segregación aun existiendo licencia. R. 2 de Noviembre de 2004

 

División de finca hipotecada sin haberse distribuido la responsabilidad hipotecaria. Realizada sin consentimiento de la parte interesada, en ningún caso le puede perjudicar. La ejecución de una de las fincas resultantes lleva consigo la cancelación de la hipoteca sobre la otra. R. 15 de octubre de 1999

 

Inmatriculación de trozo procedente de una finca todavía no inscrita. La necesidad la licencia de segregación se extiende también a estos supuestos. R. 8 de septiembre de 2009

 

Inmatriculación del “resto” de finca que se transmite, previa segregación. Es posible si se dan todos los requisitos de la inmatriculación y sin perjuicio de los requisitos exigibles para la segregación. R. 19 de Mayo de 2005

 

Inmatriculación. Finca procedente de segregación de otra inscrita. El procedimiento a seguir no es el de inmatriculación sino la reanudación de tracto sucesivo interrumpido. R. 17 de Febrero de 2005

 

Inmatriculación. No cabe inmatricular una porción segregada de una finca si el todo ya lo está. R. 16 de Marzo de 2006

 

Interpretación poder. La segregación de 7.836 metros cuadrados no está fuera de los límites del poder que faculta para segregar 7.500, ya que, pese a la imprecisión del poder, ha de interpretarse del modo más adecuado para que produzca efecto y además, aplicando analógicamente el art. 298-3-4 RH –excesos de cabida-, no supera la vigésima parte. R. 18 de Enero de 2005

 

Licencia. Documento privado sin fecha fehaciente: Elevación a público. Exigibilidad de licencia en la fecha de la elevación. R. 12 de Junio de 2006

 

Licencia. La segregación requiere licencia, aunque se ordene judicialmente. R. 17 de Enero de 1999, R. 29 de abril de 2003, R. 14 de Octubre de 2005, R. 16 de Marzo de 2006, R. 22 de Junio de 2007, R. 27 de noviembre de 2008, R. 18 de agosto de 2009, R. 1 de abril de 2013, R. 25 de julio de 2014

      

Licencia. La licencia de segregación ha de incorporar una correcta identificación de la finca de la que se segrega y de la finca a segregar. R. 9 de abril de 1999

 

Licencia: competencia. La competencia para conceder licencias de parcelación corresponde a los municipios. R. 27 de Mayo de 2006 –Andalucía-, R. 22 de Abril de 2005  –Castilla-León-

 

Licencia división horizontal. En Andalucía en toda división horizontal en suelo rústico, aunque no haya asignación de uso de terreno determinado, existe presunción de parcelación, por lo que es exigible licencia o declaración de innecesariedad. R. 31 de Mayo  de 2005 , R. 30 de Mayo  de 2005

 

Licencia división horizontal. La formalización de una división horizontal en suelo rústico puede implicar una parcelación ilegal. Varias comunidades autónomas exigen licencia o declaración de innecesariedad. R. 27 de Enero de 2006

 

Licencia. Inscripción actual de escritura antigua. No es precisa la licencia si la normativa existente al otorgarse la escritura no la exigía. R. 19 de Noviembre de 2004

 

Licencia poco descriptiva. R. 19 de noviembre de 2013

 

Licencia. Relación entre competencia urbanística de las comunidades autónomas y competencia estatal sobre Notarios y Registradores. R. 22 de Abril de 2005, R. 31 de Mayo  de 2005 , R. 30 de Mayo  de 2005, R. 12 de Julio de 2010, R. 12 de septiembre de 2011, R. 15 de octubre de 2012, R. 11 de Marzo de 2014

 

 Licencia y catastro. Aunque la finca segregada aparezca como finca catastral independiente, es precisa licencia o declaración de innecesariedad.  R. 25 de Enero de 2006

 

Licencia silencio positivo. Admisibilidad. Cabe obtener la licencia de segregación por silencio positivo si han pasado más de tres meses desde la solicitud de la licencia sin contestación por la Administración y ello se puede acreditar. R. 7 de septiembre de 2002, R. 10 de septiembre de 2002

 

Licencia por silencio positivo. Andalucía. Denegación expresa. R. 27 de Octubre de 2010

 

Licencia silencio positivo, aunque pueda ser nula o anulable la licencia, pues en tal caso la Administración deberá reaccionar contra ella mediante el procedimiento de revisión establecido. R. 3 de Enero de 2008 -anulada por sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE-, R. 17 de Septiembre de 2008, R. 15 de Enero de 2009

 

Licencia silencio positivo. Calificación. El registrador carece normalmente de elementos documentales para juzgar si el acto presunto es contrario al planeamiento urbanístico, por lo  que ha de inscribirlo salvo que de forma palmaria contradiga el ordenamiento. R. 22 de Marzo de 2005, R. 24 de Abril de 2006

 

Licencia silencio positivo. Basta acreditar el transcurso del plazo legal sin contestación.  R. 5 de Octubre de 2005

 

Licencia silencio positivo. Certificado administrativo de acto presunto. No es imprescindible; es un medio mas para acreditar el acto presunto. R. 27 de mayo de 2002, R. 28 de mayo de 2002, R. 31 de mayo de 2002, R. 7 de septiembre de 2002, R. 10 de septiembre de 2002, R. 17 de Junio de 2004, R. 24 de Abril de 2006, R. 17 de Septiembre de 2008, R. 15 de Enero de 2009

 

Licencia por silencio positivo. El silencio positivo no opera cuando la petición solicitando licencia ha sido realizada ya otras veces y denegada expresamente. R. 28 de Mayo de 2003, R. 12 de Enero de 2004, R. 10 de Febrero de 2004

 

Licencia silencio positivo en caso de resolución denegatoria del Ayuntamiento: Para eludir el silencio positivo ha de estar no sólo acordada sino también notificada en plazo al interesado. R. 28 de Mayo de 2003, R. 12 de Enero de 2004R. 24 de Abril de 2006

 

Licencia silencio positivo en caso de suspensión del plazo para resolver. R. 24 de Abril de 2006

 

Licencia Silencio positivo en Valencia. Salvo contravención grave y manifiesta de la legislación urbanística. Inexigibilidad de la acreditación de un hecho negativo. R. 23 de Febrero de 2006

 

Licencia por silencio positivo. Existencia de documento contradictorio acreditativo de la denegación del expediente. R. 23 de Junio de 2004

 

Licencia por silencio positivo. Inexistencia de comunicación de la Administración en plazo. Basta la manifestación del interesado, salvo que conste en la documentación presentada. R. 24 de Abril de 2006

 

Licencia por silencio positivo. La prueba de la inactividad de la administración se obtiene por la manifestación del interesado en escritura pública sobre el transcurso del plazo, al haber desaparecido el certificado de acto presunto. R. 17 de Septiembre de 2008, R. 15 de Enero de 2009

 

Licencia por silencio positivo. Modo de acreditarlo. R. 9 de Septiembre de  2002

 

Licencia por silencio positivo. No cabe su admisión cuando la actuación solicitada es contraria al planeamiento urbanístico. R. 22 de Marzo de 2005

 

Licencia por silencio positivo. No es inscribible una escritura de segregación otorgada en fecha en que el silencio positivo no ha podido todavía darse por no haber transcurrido los dos meses necesarios para ello. R. 5 de Octubre de 2006

 

Licencia por silencio positivo. El silencio positivo opera también tratándose de declaraciones de innecesariedad de licencia. R. 28 de Mayo de 2003, R. 12 de Enero de 2004, R. 10 de Febrero de 2004R. 25 de Enero de 2006

 

Licencia por silencio positivo. Momento en que empieza a contarse el plazo para el cómputo del silencio: desde la solicitud. R. 15 de Enero de 2009

 

Licencia por silencio positivo. No cabe para adquirir  derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística. En los supuestos que indica el Tribunal Supremo –ST 28-1-2009- no puede en ningún caso entenderse concedida la licencia por silencio administrativo positivo. R. 15 de septiembre de 2009 , R. 17 de junio de 2010, R. 27 de Octubre de 2010, R. 14 de mayo de 2011, R. 31 de mayo de 2011, R. 29 de junio de 2012, R.12 de noviembre de 2012

 

Licencia por silencio positivo. Plazo. Notificada una denegación de declaración de innecesariedad en plazo no cabe acudir a ulteriores solicitudes, aunque se hayan notificado fuera de plazo. R. 25 de Enero de 2006

 

Licencia por silencio positivo. Silencio administrativo en licencia de parcelación en suelo rústico por debajo de la unidad mínima de cultivo. Contestación negativa de la Comunidad a la comunicación ex art. 79 RD 1093/1997. No procede la inscripción. R. 21 de julio de 2009

 

Licencia por silencio positivo. Validez. Por silencio positivo no se pueden adquirir facultades contrarias al ordenamiento jurídico, pero el acto es inicialmente válido e inscribible, sin perjuicio del derecho de la Administración a impugnarlos. R. 5 de Octubre de 2005 R. 24 de Abril de 2006

 

Licencia por silencio positivo. Silencio administrativo en licencia de parcelación en suelo rústico por debajo de la unidad mínima de cultivo. Contestación negativa de la Comunidad a la comunicación ex art. 79 RD 1093/1997. R. 21 de julio de 2009

 

Normativa. Segregación por debajo de la unidad mínima de cultivo en 1984. Es aplicable la normativa actual, al ser un acto puramente registral. R. 27 de enero de 2012

 

Parcelación urbanística en suelo rustico en Castilla-La Mancha. Contradicción en documentos presentados y evidencia de dar lugar a un núcleo de población. R. 29 de mayo de 2009

 

Parte segregada. Siendo la finca adjudicada parte segregada de otra inscrita es preciso formalizar previamente y en escritura la operación de segregación. R. 9 de enero de 2013, R. 9 de enero de 2013

 

Prioridad. Segregación de porción de local destinado a plazas de garaje estando inscritas escrituras posteriores de enajenación de cuotas indivisas. Es necesario su consentimiento. R. 13 de Junio de 2007

 

Propiedad horizontal con asignación de uso privativo de parte de terreno. Innecesariedad de licencia. Diferencias entre Complejos Inmobiliarios Privados y Propiedad Horizontal tumbada. R. 14 de Junio de 2004 -revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE-

 

Propiedad horizontal. Constituido el régimen de Propiedad horizontal no cabe inscribir sin acuerdo unánime de la comunidad una segregación de una parte del terreno que no se inscribió en su día. R. 30 de Marzo de 2005

 

Propiedad Horizontal. La configuración como anejo de un jardín no implica una forma de segregación o división de finca por lo que no necesita licencia. Sí sería necesaria en caso de desvinculación del mismo. R. 28 de Enero de 2005, R. 28 de Febrero de 2005.

 

Propiedad horizontal tumbada. Andalucía: Suelo no urbanizable. División horizontal: Licencia de parcelación o declaración de innecesariedad. R. 25 de Mayo de 2005, R. 31 de Mayo de 2005

 

Propiedad Horizontal Tumbada y Complejos Inmobiliarios. La exigencia de licencia depende de la normativa autonómica y no encaja dentro del concepto de “acto de parcelación” del art. 151 ley 9/2001 de 17-7 de la Comunidad Autónoma de Madrid, la propiedad horizontal tumbada, a diferencia de los Complejos Inmobiliarios privados. R. 10 de Diciembre de 2003 -revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial publicada en el BOE-

 

Propiedad volumétrica. Requisitos (justa causa y mantenimiento de principios hipotecarios). Su configuración como segregación de volumen subterráneo o como complejo urbanístico. R. 24 de Febrero de 2007, R. 26 de Febrero de 2007, R. 27 de Febrero de 2007

 

Reanudación de tracto interrumpido sobre parte de una finca inscrita. Admisibilidad. Necesidad de licencia de segregación. R. 16 de Marzo de 2006

 

Reparcelación. Segregación no inscrita. R. 18 de Septiembre de  2002

 

Rectificación de división tras haber vendido todo. No queda resto del que pueda disponer el titular registral de la finca primitiva. R. 23 de noviembre de 2000

 

Resolución judicial declarativa de dominio en suelo rústico con segregación pero sin licencia. Aplicación del art. 79 RD 1093/1997. R. 4 de Octubre de 2005

 

Resto. No es necesaria su descripción bastando hacer constar la superficie que queda según el Registro. R. 17 de Diciembre de 2003

 

Resto de finca tras diversas segregaciones anteriores no inscritas. Deben cumplirse los requisitos urbanísticos. Necesidad de especificar si se trata de una reducción de cabida. R. 16 de mazo de 2001

 

Resto registral no descrito en título, estando la finca identificada. Una segregación anterior no puede servir de obstáculo a la inscripción de la herencia presentada respecto de la finca matriz. R. 9 de abril de 2012     

 

Resto. Venta de resto de finca tras diversas segregaciones que no han accedido al Registro. Es necesaria la licencia de segregación. R. 16 de mazo de 2001, R. 13 de junio de 2001

 

Segregación antigua y silencio administrativo. No pueden entenderse adquiridas por silencio positivo licencias en contra de la ordenación territorial o urbanística. R. 24 de enero de 2012

 

Segregación con superficie agotada. Es el título ahora presentado el que debe soportar las consecuencias del agotamiento de la cabida registral de la finca matriz. R. 12 de abril de 2012

 

Segregación mencionando derecho de superficie y obra nueva anterior. R. 2 de octubre de 2013

 

Segregación de finca hipotecada. Agrupación. R. 8 de marzo de 2013

 

Segregación en virtud de sentencia. Es inscribible. R. 2 de marzo de 1999

 

Segregación en Andalucía. Licencia concedida a posteriori y ausencia de notificación ex art.  66-5 LA. R. 18 de marzo de 2014

 

Segregación existiendo sobre la finca matriz anotación preventiva de incoación de expediente de disciplina urbanística. R. 16 de Julio de 2013, R. 28 de noviembre de 2013              

 

Segregación retrasada. No cabe inscribir una segregación cuando la finca matriz está ya inscrita a nombre de persona distinta de quien segrega, no apareciendo reservada superficie alguna. R. 9 de Febrero de 2007

 

Segregación y licencia. Admisibilidad de segregación de la finca de menor extensión que según licencia era la que quedaría como resto. R. 20 de Marzo de 2007

Segregación y extinción de condominio por sociedad civil de bien inscrito a su nombre. Rectificación y tracto sucesivo. R. 28 de noviembre de 2013, R. 29 de noviembre de 2013

 

Segregaciones previas no inscritas. Debe hacerse constar la descripción y superficie actual. Al margen de la inscripción de propiedad precedente se pondrá nota indicativa de la inscripción del resto así como de la superficie pendiente de segregación. R. 23 de octubre de 2001

 

Segregaciones previas no inscritas. Una vez identificada la finca por el Registrador, debe operar con la cabida inscrita en el momento de la calificación de cada segregación, sin que haya en de tenerse en cuenta posibles segregaciones no inscritas. R. 17 de Septiembre de  2002

 

Sentencia declarativa de dominio. Si han de realizarse segregaciones, se precisa licencia o certificación administrativa de innecesariedad. R. 14 de Octubre de 2005

 

Sentencia declarativa por la que se segrega un local de una división horizontal y se ordena cancelar asientos: Necesidad de demandar a sus titulares. R. 29 de Diciembre de 2005

 

Sentencia de segregación de un local en propiedad horizontal. La comunidad de propietarios tiene que prestar su consentimiento voluntariamente o haber sido demandada en el procedimiento. R. 22 de febrero de 2013

 

Sentencia ordenando la rectificación de la descripción de una finca. No implica segregación. R. 28 de Diciembre de 2006

 

Superficie. El único obstáculo que, respecto de la superficie, puede existir en una segregación, sería que no existiera en el Registro superficie suficiente para segregar. R. 22 de octubre de 2001

 

Superficie agotada. No cabe segregación si está agotada la cabida inscrita de la finca matriz. R. 7 de Junio de 2007

 

Tracto sucesivo. No cabe inscribir fincas formadas por agrupaciones o segregaciones sin la previa inscripción de éstas. R. 1 de Diciembre de 2004

 

Tracto sucesivo. No es inscribible una segregación sobre finca inscrita a favor de terceras personas.  R. 23 de Noviembre de 2004

 

Tracto sucesivo. Segregación retrasada. No cabe inscribir una segregación cuando la finca matriz está ya inscrita a nombre de persona distinta de quien segrega, no apareciendo reservada superficie alguna. R. 9 de Febrero de 2007

 

Transmisión de cuota indivisa de finca rústica en Andalucía.  Es inscribible si se trata de la mera transmisión de la titularidad de una participación indivisa ya creada con anterioridad. R. 2 de marzo  de 2012

 

Transmisión de participación indivisa sobre finca en suelo no urbanizable en Andalucía, sin asignación de uso. El elemento decisorio es la posible aparición de asentamientos. R. 24 de mayo de 2012

 

Transmisión de finca por mitad y pro indiviso en Andalucía sin asignación de uso. Inexistencia de indicios de existencia de parcelación. R. 2 de enero de 2013

 

Transmisión del resto sin que se haya inscrito la segregación. Art. 47 RH. R. 2 de diciembre de 2011

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación de tres parcelas para formar una finca discontinua. Debe respetarse la Unidad mínima de cultivo. R. 27 de noviembre de 2012

 

Unidad mínima de cultivo. Conflicto de certificaciones sobre si la segregación está por debajo de ella. R. 2 de noviembre de 2012

 

Unidad mínima de cultivo. Desagrupación. No es obstáculo el  que por la anulación de la agrupación, sin licencia, se produzca un efecto de segregación y se formen dos fincas inferiores a la unidad mínima de cultivo pues en realidad lo que ocurre es que se vuelve a la situación preexistente.  R. 9 de agosto de 2011

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación con resto inferior a la UMC. No es inscribible. R. 8 de mayo de 1999

 

Unidad mínima de cultivo. Nulidad de segregación en aplicación de los artículos 23 y 24 LMEA, aunque exista licencia. R. 7 de agosto de 2014

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación resultando fincas inferiores a la unidad mínima de cultivo existiendo construcciones agrarias. No procede la segregación aun existiendo licencia. R. 2 de Noviembre de 2004

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación (Castilla-León) resultando fincas inferiores a la unidad mínima de cultivo sin licencia ni constancia de construcciones con fines no agrarios. No procede la segregación. R. 10 de Junio de 2009

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación por debajo de la unidad mínima de cultivo  existiendo construcción no agraria (Andalucía). Es inscribible si existe licencia o declaración de innecesariedad, sin que obste la declaración de nulidad de la Consejería de Agricultura. R. 24 de Mayo  de 2005, R. 27 de Mayo de 2006, R. 14 de Noviembre de 2006

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación por debajo de la UMC con resolución denegatoria de la CA. Castilla La mancha. R. 25 de abril de 2014

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación por debajo de la unidad mínima de cultivo (con licencia) declarada nula por la junta de Andalucía.  Apreciación de la concurrencia o no de las excepciones. R. 1 de agosto de 2011 

 

Unidad mínima de cultivo. Segregación y agregación. R. 27 de noviembre de 2008

 

Unidad mínima de cultivo. No puede considerarse licencia ni certificado de innecesariedad, un certificado municipal de cuál es la parcela o unidad agraria mínima de cultivo en el término municipal, del que resulta que la finca segregada supera dicha parcela mínima. R. 18 de Noviembre de 2003 -Confirmada por Sentencia firme de Audiencia Provincial-

 

Uso de un espacio de terreno. Para que se revele la parcelación será preciso que se asigne el uso de un espacio determinado de terreno apto para construir una finca independiente. R. 24 de agosto de 2011, R. 24 de mayo de 2012, R. 5 de marzo de 2013

 

Usufructo sobre parte de una finca sin previa segregación. Es posible, siempre que dicha parte quede perfectamente determinada. R. 1 de julio de 2013

 

Venta de cuota indivisa de finca rústica en Andalucía. Necesidad de licencia. R. 12 de Julio de 2010, R. 24 de agosto de 2011

 

Venta de cuota indivisa con asignación de disfrute exclusivo de una porción determinada del terreno. Parcelación encubierta. Es necesaria la licencia o declaración de innecesariedad. Transmisión de cuota indivisa con asignación de espacio determinado. Parcelación encubierta. Necesidad de licencia.  R. 26 de junio de 1999, R. 19 de junio de 2000, R. 26 de junio de 2000, R. 27 de junio de 2000, R. 28 de junio de 2000, R. 29 de junio de 2000, R. 2 de septiembre de 2000, R. 6 de septiembre de 2000, R. 7 de septiembre de 2000, R. 8 de septiembre de 2000, R. 16 de septiembre de 2000, R. 18 de septiembre de 2000, R. 23 de septiembre de 2000, R. 25 de septiembre de 2000, R. 6 de octubre de 2000, R. 13 de octubre de 2000, R. 14 de octubre de 2000, R. 16 de octubre de 2000, R. 19 de octubre de 2000, R. 20 de octubre de 2000, R. 1 de Febrero de 2001, R. 2 de Febrero de 2001, R. 10 de Febrero de 2001 , R. 12 de Febrero de 2001

 

Venta de cuota indivisa sin asignación de uso. No cabe presumir que la venta de una participación indivisa de una finca rústica de lugar a una parcelación ilegal, salvo que se asigne el uso de un espacio determinado de terreno apto para constituir finca independiente o que exista además otro elemento de juicio. R. 10 de octubre de 2005, R. 15 de abril de 2013

 

 

Venta de cuota indivisa, aun sin atribución de uso. Presupone la existencia de parcelación ilegal, si está ya presentado certificado municipal de incoación de infracción urbanística. R. 7 de Abril de 2005, R. 8 de Abril de 2005, R. 18 de Abril de 2005

 

Venta de cuota indivisa de finca rústica sin atribución de uso. Aplicación de normativa urbanística y 79 RD 1093/1997. Peligro de formación de núcleo de población. R. 23 de Julio de 2005

 

Venta de cuota indivisa. No cabe venta de una participación indivisa de una finca, con adscripción de uso y pacto de indivisibilidad, sin licencia de parcelación.  R. 9 de Septiembre de 2009

 

Venta de cuota indivisa de finca con el derecho de aparcar el vehículo con carácter exclusivo y excluyente en un espacio señalado. No es necesaria licencia si son partes de un todo superior dentro de un régimen de propiedad horizontal sobre esa total finca edificada. R. 7 de octubre de 1999

 

Venta de participación indivisa de finca vinculada en Andalucía figurando anotado expediente de infracción urbanística. R. 5 de noviembre de 2013 R.14 de noviembre de 2013, R. 25 de junio de 2014

 

 

 SEPARACIÓN Y DIVORCIO

 

   Véase también “Convenio Regulador”

 

Acta de protocolización de sentencia de divorcio. Inscribibilidad. R. 3 de agosto de 2012

 

Acreditación. No es necesario acreditar –mediante inscripción en el Registro Civil- la condición de separado del comprador bastando su simple manifestación. R. 21 de Enero de 2003, R. 4 de noviembre de 2011

 

Acreditación. No es exigible la acreditación de la separación que consta en el registro para inscribir una venta. R. 1 de octubre de 1998

 

Atribución de uso. Sentencia de divorcio. Si la vivienda familiar es de la titularidad de un cónyuge, no es inscribible a favor del mismo la atribución de su uso y disfrute. R. 6 de Julio de 2007

 

Compra por separado judicialmente: No es necesaria acreditación. R. 27 de febrero de 2013

 

Constancia por nota marginal del pago de la deuda hipotecaria mediante mandamiento en procedimiento de divorcio en el que la entidad acreedora no ha sido parte. No procede. R. 10 de octubre de 2012

 

Ejecución y venta forzosa en caso de divorcio a través del convenio de realización del art. 640 LEC. Admisibilidad. R. 13 de Junio de 2005

 

Herencia. Validez de la institución de heredero en favor de "la esposa" aunque en el momento de la apertura estén divorciados. R. 26 de noviembre de 1998

 

Hipoteca otorgada por separado legalmente. Es posible si no consta inscrito el derecho de uso del otro cónyuge. R. 31 de marzo de 2000

 

Legítima viudal. En caso de separación judicial, el cónyuge no culpable conserva sus derechos legitimarios. R. 16 de Marzo de 2005

 

Obligación de adjudicar un bien a uno de los cónyuges: No es inscribible. R.  5 de Junio de 2003

 

Partición hereditaria. Sentencia de divorcio. Posible derecho de usufructo. expresión de causa. R. 29 de octubre de 2012

 

Separación de hecho. No destruye la presunción de ganancialidad del art. 1361 ni del art. 95-2 RH. R. 11 de Octubre de 2006

 

Separado. La expresión “separado” sin más, no es equiparable a “Separado legal o judicialmente”, debiendo completarse siempre aquella expresión. R. 17 de Mayo de 2005

 

Venta de vivienda familiar. Prestado el consentimiento paterno en un convenio regulador, no es necesario reiterarlo posteriormente. R. 8 de Junio de 2009

 

SERVENTIA

 

Referencia a una serventía:  Ha de presentarse el título del que nace dicho derecho con el consentimiento del titular registral afectado y demás requisitos legales. En todo caso si se hubiera trascrito dicho párrafo en el Registro no tendría solo tendría el valor de una mera mención de derechos, avocada a la cancelación. R.16 de diciembre de 2010

 

SERVIDUMBRE

 

Carácter real u obligacional de dos pactos inscritos. Servidumbres. Cancelación. R. 4 de octubre de 1999

 

Cesión de aprovechamiento de piedra por 500 años. Se trata de una servidumbre personal diferente del usufructo. R. 3 de junio de 2011

 

Constitución. Instalación de un transformador de energía. Suficiente delimitación.  R. 4 de Agosto de 2006

 

Constitución de servidumbre atribuyendo al predio dominante el uso exclusivo sobre rasante de parte del sirviente, con la posibilidad de darle cualquier destino o uso permitido por el Ayuntamiento. Ha de admitirse en base el principio de “numerus apertus” de derechos reales. No se contraviene ninguna prohibición legal  y no se puede imponer a los otorgantes la figura de la propiedad horizontal o conjunto inmobiliario. R. 2 de Noviembre de 2009

 

Cancelación de servidumbre de paso. Requiere el consentimiento del titular del predio dominante. R. 13 de Julio de 2007

 

Costas. La obra nueva en zona de servidumbre de protección necesita autorización de uso por la Comunidad Autónoma. R. 9 de Mayo de 2008

 

Determinación. No es inscribible una servidumbre imprecisamente constituida. R. 21 de noviembre de 1998, R. 5 de Febrero de 2001, R. 14 de Febrero de 2003, R. 27 de marzo de 2003, R. 15 de abril de 2003, R. 24 de abril de 2003, R. 27 de Mayo de 2003, R. 29 de Mayo de 2003, R. 25 de febrero de 2014

 

Fincas agrupadas. Servidumbre constituida en su día sobre dos fincas que ahora constan agrupadas. La mera agrupación de las dos fincas gravadas  no impide  la perfecta identificación de la finca y del derecho a inscribir. R. 11 de Octubre de 2005

 

Instancia solicitando inscribir servidumbre de vistas no acreditada documentalmente. No es inscribible. R. 11 de septiembre de 2012

 

Inscripción de servidumbres. Necesidad de consentimiento del titular registral. R. 29 de marzo de 2003

 

Legitimación registral, tracto y prioridad. No es inscribible una servidumbre constituida por personas que, en un momento fueron titulares registrales de los predios dominante y sirviente, pero que en el momento en el que se pretende la inscripción, aparecen inscritos a favor de otras personas. R. 21 de Agosto de 2009

 

Múltiple. En las servidumbres de paso múltiple, por afectar a varias fincas, no basta la remisión a un plano, o la mención de la longitud total: hay que especificar para cada una de las fincas la parte afectada por la servidumbre. R. 19 de septiembre de 2002

 

Negativa. Es posible la constitución con carácter real de una servidumbre personal negativa consistente en no realizar determinadas actividades siempre que su contenido esté determinado, que no vaya en contra del orden público y que obedezca a un interés legítimo. R. 5 de Diciembre de 2002

 

Obra antigua que linda con carretera. Posible afectación por servidumbre. Control registral.  R. 4 de junio de 2013

 

Predio sirviente. Es necesario el consentimiento de su titular. R. 21 de noviembre de 1998

 

Propiedad horizontal. Servidumbre: Duración. Determinación de la titularidad dominante. R. 7 de febrero de 2014

 

Reserva de servidumbre. Las facultades reservadas por el promotor en una división horizontal no pueden interpretarse extensivamente. R. 5 de Junio de 2006

 

Propiedad horizontal. Es posible que alguno de los elementos privativos (garajes) tengan salida a la vía pública a través de una servidumbre de paso sobre un edificio colindante, siempre que dicha servidumbre esté previamente inscrita, para que no quepa duda de su existencia. R. 9 de junio de 2009

 

Propiedad horizontal. Servidumbre: duración. R. 7 de febrero de 2014

 

Servidumbre de acueducto y expropiación forzosa. Título. Calificación de los trámites esenciales. Citación del titular registral. R. 23 de Diciembre de 2004

 

Servidumbres de paso y vistas. Debe determinarse la ubicación y anchura de los pasos o la altura y distancia que las construcciones deben de guardar. R. 24 de octubre de 1998

 

Servidumbre forzosa de paso siendo predio sirviente un elemento común de un edificio en Propiedad Horizontal. No es inscribible si no ha sido demandada la comunidad de propietarios. R. 6 de octubre de 2001

 

Servidumbre muy amplia. Admisibilidad si no agota todas las facultades del dominio. R. 21 de febrero de 2000

 

Servidumbre reciproca con aprovechamientos múltiples. R. 7 de abril de 2000

 

Solicitud de reinscripción de servidumbre de extracción de agua y acueducto. Requiere, al ser acto de disposición o gravamen, la intervención de los titulares registrales, incluido el consorte del titular registral en tanto no quede destruida la presunción de ganancialidad. R. 18 de febrero de 2012

 

Título. Una sentencia penal de condena por coacciones (por impedir el paso por un camino) no es título para inscribir una servidumbre. R. 26 de Diciembre de 2006

 

Tracto sucesivo. No es inscribible una servidumbre constituida en virtud de sentencia si el procedimiento no fue seguido contra el titular registral. R. 5 de Febrero de 2001

 

Vivienda “entre medianeras”.  Término administrativo habitual que nada tiene que ver con la medianería ni con la voluntad de acceso al Registro de una mención. R. 27 de Junio de 2006

 

 

SOCIEDAD CIVIL

 

Acreditación de facultades del liquidador de una sociedad civil para transmitir inmuebles. R. 25 de noviembre de 1998

 

Adquisición por sociedad ¿civil? constituida en documento privado con objeto mercantil. Si el objeto de una sociedad es una actividad empresarial la sociedad tiene carácter mercantil y debe cumplir la normativa del Código de Comercio y la legislación mercantil. R. 20 de abril de 2010

 

Embargo contra sociedad civil, figurando inscrita la finca a nombre de un socio.  R. 13 de febrero de 2013

 

Normativa. Siendo el objeto mercantil, no cabe eludir las reglas mercantiles por la expresa voluntad de los socios de acogerse al régimen de la sociedad civil. R. 25 de Mayo de 2006

 

Objeto social mercantil. Lo tiene –económica y jurídicamente- una actividad consistente en la promoción de apartamentos turísticos.  R. 25 de Mayo de 2006

 

Personalidad jurídica. Las sociedades civiles pueden tener personalidad jurídica aunque no revistan forma mercantil. R. 14 de febrero de 2001

 

Personalidad Jurídica. Inmatriculación mediante dos títulos otorgados el mismo día: Aportación a la sociedad conyugal y aportación a sociedad civil no inscrita en el Registro Mercantil. No es posible, ya que la sociedad civil carece de personalidad jurídica si no está inscrita en el Registro Mercantil. R. 25 de junio de 2012 -anulada por sentencia de Audiencia Provincial-

 

Segregación y extinción de condominio por sociedad civil de bien inscrito a su nombre. Rectificación y tracto sucesivo. R. 28 de noviembre de 2013, R. 29 de noviembre de 2013

 

Sociedad civil con objeto mercantil. No es inscribible en el registro de la propiedad un inmueble a su favor. R.11 de mayo de 2013

 

Titular registral. Conceptuar una sociedad cuyo objeto social es mercantil como sociedad civil, introduce un elemento de confusión sobre el titular registral suficiente para denegar su inscripción. R. 25 de Mayo de 2006

 

 

SOCIEDAD DE GANANCIALES

 

Actio communi dividundo. de bien común en el que hay cuota ganancial. Puede ejercitarla por uno solo de los cónyuges. R. 4 de septiembre de 2000

 

Acta de manifestaciones pretendiendo modificar el carácter ganancial de determinados derechos. R. 19 de junio de 2010

 

Adjudicación de finca privativa sin liquidar gananciales. Tratándose de una adjudicación parcial de herencia referida tan sólo a un bien privativo del causante, no es exigible la liquidación de la sociedad de gananciales. R. 10 noviembre de 2011

 

Adjudicación en pago de deuda privativa. R. 11 de septiembre de 2000

 

Agrupación. Necesidad de determinar la cuota privativa o ganancial en la finca resultante. R. 20 de Diciembre de 2013

 

Apoderado vende a su esposa que compra para su sociedad de gananciales. Autocontratación. R. 21 octubre de 2011

 

Aportación a gananciales. R. 21 de diciembre de 1998, R. 30 de diciembre de 1999, R. 21 de julio de 2001, R. 26 de julio de 2011

 

Aportación a gananciales previa escritura de herencia otorgada días atrás. Cabe la inmatriculación. R. 31 de enero de 2014

 

Aportación a gananciales. La causa en los negocios de comunicación de bienes. R. de 8 de mayo de 2000

 

Aportación a gananciales. Cabe como causa el carácter gratuito. R. 30 de diciembre de 1999

 

Aportación a gananciales. Necesidad de expresar la causa. R. 15 de marzo de 1999, R. de 15 de diciembre de 1999, R. 30 de diciembre de 1999, R. 26 de julio de 2011

 

Aportación a gananciales. No cabe aportación a gananciales en un convenio regulador. R. 13 de junio de 2011

 

Aportación a gananciales. Causa imprecisa. R. de 15 de diciembre de 1999, R. 16 de abril de 2002 

 

Aportación a gananciales: es título para inmatricular. R. 19 de Octubre de 2010

 

Aportación a gananciales: no es título para inmatricular si se crea una documentación artificial con objeto de conseguir la inmatriculación. R. 21 de Mayo de 2007

 

Aportación a gananciales:  es título para inmatricular si no se crea una documentación artificial con objeto de conseguir la inmatriculación. R. 26 de julio de 2011

 

Aportación a gananciales: Disolución de comunidad como título inmatriculador con aportación previa a la sociedad de gananciales. R. 26 de julio de 2011

 

Aportación a gananciales. Existencia de negocio oneroso con aptitud suficiente para provocar el traspaso patrimonial. R. 12 de Junio de 2003

 

Aportación a sociedad mercantil. Pueden los cónyuges aportar a una sociedad mercantil cada uno una mitad indivisa de una finca ganancial, sin necesidad de previa disolución y liquidación de la sociedad de gananciales, ya que hay que entender que cada uno actúa con el consentimiento tácito del otro. R. 18 de Octubre de 2005

 

Aportación de bienes a una sociedad de gananciales constituida por pacto entre dos personas unidas por la relación de pareja de hecho. R. 7 de febrero de 2013

 

Artículo 1355 CC. Requisitos exigibles para su aplicación: causa onerosa o gratuita. Presunción de derecho de reembolso. R. 29 de marzo de 2010, R. 31 de marzo de 2010

     

Artículo 1355 CC. Prevalencia del artículo 1355 sobre la regla general del artículo 1357. R. 29 de marzo de 2010, R. 31 de marzo de 2010

 

Bien presuntivamente ganancial: Nulidad de adquisición (verificada en escritura). Procedimiento dirigido exclusivamente contra el titular registral. Es suficiente. R. 26 de abril de 2000

 

Bien presuntivamente ganancial: Nulidad de adquisición (verificada en ejecución judicial). Procedimiento dirigido exclusivamente contra el titular registral. Es necesaria la citación de la esposa. R. de 4 de mayo de 2000

 

Cambio de un bien de ganancial a privativo: consentimiento expreso de los herederos del otro cónyuge. R. 29 de febrero de 2012

 

Cancelación judicial de bien ganancial. Necesidad de Intervención en el procedimiento del titular registral. R. 5 de Abril de 2006

 

Carácter privativo o ganancial de la adjudicación en disolución de condominio con compensación en metálico. R. 29 de enero de 2013

 

Compensación en metálico. Adjudicación de bien indivisible en partición: No es ganancial la cuota que ha de compensarse, a pesar de serlo en dinero, por lo que la inscripción está bien practicada, sin que proceda la rectificación. R. 14 de Abril de 2005

 

Compraventa válida atendiendo a la normativa vigente cuando se otorgó. R. 25 de junio de 2013

 

Comunidad postganancial los derechos están referidos a la totalidad de los bienes, y para disponer de uno de ellos aisladamente, si no ha habido liquidación de la sociedad de gananciales, es necesario el consentimiento de todos los integrantes. R.10 de diciembre de 2012

 

Concurso de la comunidad conyugal: acumulación de concursos. No existe la posibilidad de concurso de sociedad conyugal, y siendo excepcional la solicitud conjunta de concurso de ambos cónyuges, como personas físicas, es necesario que por el Juzgado se manifieste de manera inequívoca que estamos ante tal supuesto. R. 24 de Septiembre de 2010

 

Confesión de privatividad. Distinción entre inscripciones practicadas con carácter presuntivamente ganancial y las practicadas directamente con carácter ganancial. R. 4 de junio de 2012

 

Confesión de privaticidad. Dudas. Inscripción como presuntivamente ganancial. R. 12 de Mayo de 2007

 

Confesión de privaticidad. Art. 95-4 RH. No es necesario el consentimiento de los herederos forzosos del cónyuge confesante de vecindad catalana para la enajenación por el sobreviviente, dada la naturaleza de la legítima catalana. R. 16 de Octubre de 2003

 

Confesión de privaticidad. Inscripción del bien a favor del heredero. Necesidad de intervención en el inventario de los legitimarios del confesante. R. 13 de Junio de 2003

 

Confesión de privaticidad de un bien inscrito como ganancial. Convenio regulador. Admisibilidad. R. 27 de Junio de 2005.

 

Confesión de privaticidad. No es una declaración de voluntad que fije frente a todos el carácter privativo del bien, sino un simple medio de prueba que opera en la esfera interconyugal y que carece de virtualidad para desvirtuar por sí sola la presunción de ganancialidad. R. 29 de febrero de 2012

 

Confesión de privaticidad por poder. Es inscribible la confesión de privaticidad posterior a la adquisición hecha por uno de los cónyuges con poder del otro. R. 15 de Enero de 2003

 

Confesión de privaticidad. Puede hacerse en cualquier momento, incluso por los herederos del cónyuge fallecido, sin que exista precepto que imponga que se haga dentro de una partición hereditaria. R. 27 de Junio de 2003

 

Confesión de privaticidad sobre bien inscrito a favor de ambos esposos como ganancial. Existiendo error en el título inscrito, lo que procede es su rectificación. R. 23 de Marzo de 2004

 

Confesión de privaticidad. Hecha por esposa en testamento en 1971. Admisibilidad.  R. 13 de Mayo de 2006

 

Confesión de privaticidad. La afirmación genérica en escritura de capitulaciones posterior a la compra inscrita, de que no hay bienes gananciales no es prueba de privaticidad. R. 15 de Diciembre de 2006

 

Confesión de privaticidad. Conversión. Los bienes privativos pueden ser confesados, cuando no se ha acreditado la privaticidad, o acreditados; y los confesados pueden convertirse en privativos acreditados en cualquier momento.  R. 17 de noviembre de 2009

 

Confesión judicial de privaticidad. Debe ser apreciada por el juez. R. 9 de enero de 2001

 

Confesión judicial de privaticidad. Venta de finca adquirida con dinero parafernal confesado por marido fallecido. Es necesario el consentimiento de los herederos del confesante. El mero hecho de que en la escritura de partición no se haya incluido el bien, no supone una excepción del artículo 95.4 RH. R. 13 de Abril de 2011

 

Contador partidor. Facultades. Atribución de carácter ganancial a un bien privativo. R. 27 de mayo de 2014

 

Convenio regulador. Confesión de privaticidad de un bien inscrito como ganancial. Admisibilidad. R. 27 de Junio de 2005

 

Decreto de liquidación de sociedad de gananciales. Adjudicación de bien inscrito por mitad y pro indiviso. Ganancialidad declarada por sentencia. El Registrador no puede entrar en el fondo de la resolución judicial. R. 6 de septiembre de 2014

 

Deudas gananciales. Embargo (agencia tributaria) de bienes del cónyuge no deudor: La responsabilidad debe declararse por resolución judicial firme, firmeza que ha de costar inequívocamente. R. 23 de Marzo de 2007

 

Deudas gananciales. Embargo y capitulaciones. Toda declaración de que los bienes comunes responden de una deuda contraída solo por cónyuge deben emanar de un procedimiento declarativo seguido contra ambos esposos. R. 18 de febrero de 2002

 

Deudas gananciales. Necesidad de declaración judicial en juicio entablado contra ambos cónyuges para anotar un embargo de bienes privativos de un cónyuge por deudas del otro, no bastando la sola afirmación del Recaudador o de la Agencia tributaria sobre la responsabilidad de los bienes del cónyuge no deudor.  R. 15 de abril de 2002 –seguridad social-, R. 24 de abril de 2002, -seguridad social-, R. 29 de Diciembre de 2005 –Seguridad Social-, R. 25 de Junio de 2003, R. 27 de Septiembre de 2003,  R. 17 de Marzo de 2005, R. 4 de abril de 2003 –Agencia Tributaria-.

 

Deudas gananciales. No existe en nuestro Código Civil una presunción de ganancialidad de las deudas contraídas durante la vigencia de la sociedad conyugal. R. 15 de febrero de 2002, R. 15 de abril de 2002, R. 24 de abril de 2002, R. 3 de junio de 2002, R. 18 de julio de 2002, R. 17 de Marzo de 2005 R. 29 de Diciembre de 2005, R. 5 de Julio de 2007, R. 4 de abril de 2003

 

Disuelta y no liquidada. No corresponde a los cónyuges individualmente una cuota indivisa en cada bien. Su participación se predica globalmente respecto de la masa ganancial. R. 23 de Abril de 2005, R. 30 de Enero de 2006, R. 23 de Julio de 2007, R. 16 de Enero de 2009, R. 2 de junio de 2009, R. 6 de noviembre de 2009, R. 5 de julio de 2013

 

Disolución y liquidación de gananciales adjudicando un bien privativo a uno de los cónyuges en pago de deuda. Requiere el consentimiento de ambos. R. 8 de octubre de 2001

  

Disolución de comunidad. Adjudicación en parte privativa y en parte ganancial. Es admisible. Tácita aportación a gananciales. R. 6 de Junio de 2007 -revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE-

 

Disolución de comunidad sobre bienes, en parte privativos y en parte gananciales. Admisibilidad.  R. 24 de febrero de 2012

 

Disolución de comunidad figurando inscritas algunas participaciones con carácter ganancial y otras con carácter privativo. R.11 de junio de 2014

 

Disposición. Cabe disponer de bienes singulares y concretos pertenecientes a una comunidad postganancial -como los de una herencia-, sin necesidad de previa liquidación y adjudicación de los bienes que la integran, siempre que el acto dispositivo sea otorgado conjuntamente por todos los interesados que agotan la plena titularidad del bien. R. 28 de noviembre de 2000, R. 16 de noviembre de 2011

 

Donación. No es inscribible la donación por un cónyuge a otro de la “proporción que corresponda” a aquel en un bien ganancial. R. 25 de Noviembre de 2004

 

Elevación a público. El carácter ganancial o privativo del bien adquirido por compra se determina en el momento en que se perfecciona el contrato, no en el que se consuma o en el que se consuma con la entrega de la posesión. R. 29 de marzo de 2010, R. 31 de marzo de 2010

 

Elevación a público de documento privado de compraventa de bien inscrito como presuntivamente ganancial. R.10 de diciembre de 2012

 

Embargo de la “parte” de un cónyuge en un bien ganancial. No es anotable, pues no corresponde a  los cónyuges individualmente una cuota indivisa de cada bien, de la que puedan disponer separadamente, sino que su participación se predica globalmente respecto de todo el patrimonio ganancial. R. 5 de Mayo de 2005

 

Estado Civil. Extinción de comunidad de finca inscrita con carácter ganancial manifestando ahora que estaban solteros. Necesidad de acreditación fehaciente. R. 4 de Abril de 2006

 

Finca presuntivamente ganancial. No cabe rectificar una inscripción de una finca inscrita como presuntivamente ganancial mediante sentencia en la que únicamente se demanda a la titular registral. R. 28 de enero de 2013

 

Heredero único y liquidación de gananciales. Cuando en el cónyuge se reúnen las dos cualidades de heredero único y partícipe en la comunidad ganancial, basta con la instancia privada y el título sucesorio. R. 4 de mayo de 2001

 

Hipoteca posterior a capitulaciones suspendidas, asintiendo la esposa al ser vivienda familiar. No es lo mismo el asentimiento que el consentimiento pleno. R. 5 de Enero de 2011

 

Justificación de la privatividad de un bien. No se acredita mediante un documento particional relativo a la herencia de la madre de donde se deduce que, por la fecha de la compra, había heredado más dinero del que valía el bien. R. 5 de marzo de 1999

 

Liquidación. Adición que supone traspaso de un patrimonio privativo a otro.  R. 22 de Junio de 2006

 

Liquidación. El convenio regulador puede no contener la liquidación del régimen económico matrimonial o bien tan sólo una liquidación parcial. Cabe adjudicar una mitad indivisa a nombre de uno de los cónyuges quedando la otra inscrita a nombre de la sociedad de gananciales disuelta. R. 6 de Septiembre de 2005

 

Liquidación. Escritura de liquidación de gananciales. No es necesario aportar convenio regulador, que puede no existir. R. 19 de julio de 2011

 

Liquidación. No es inscribible una adjudicación de un bien privativo en escritura de liquidación de gananciales. R. 21 de diciembre de 1999

 

Liquidación de gananciales. Adjudicación de bien privativo. Necesidad de expresar la causa. R. 16 de octubre de 1998

 

Liquidación de gananciales. Art. 1354. Determinación de cuotas. Principio de especialidad. R. 9 de octubre de 2012

 

Liquidación de gananciales mediante auto que homologa transacción judicial. Es inscribible la adjudicación de la vivienda familiar que los cónyuges tenían inscrita en pro indiviso. R. 19 de diciembre de 2013

 

Liquidación por separación matrimonial. Ha de acreditarse la previa inscripción de la separación en el Registro Civil. R. 22 de Febrero de 2005, R. 28 de Abril de 2005

 

Liquidación. Inventario. La formación de inventario es una exigencia lógica del correcto proceso liquidatorio, pero no una obligación jurídica. R. 6 de Septiembre de 2005

 

Liquidación. Las transmisiones adicionales de bienes privativos de un cónyuge al del otro no pueden tener como causa exclusiva la propia liquidación del consorcio. R. 3 de Junio de 2006.

 

Liquidación. No es inscribible sobre bienes de titularidad de una sociedad ajena al procedimiento. R. 16 de Diciembre de 2003

 

Liquidación. Plazo. No existe ningún plazo legal para que los cónyuges liquiden la sociedad conyugal, pudiendo permanecer de forma prolongada en el tiempo disuelta y sin liquidar. R. 6 de Septiembre de 2005

 

Liquidación parcial de gananciales sin previa disolución. No es posible. R. 9 de julio de 2012

 

Liquidación unilateral. Falta de liquidación de gananciales y actos dispositivos posteriores. No cabe la liquidación de gananciales realizada unilateralmente. R. 2 de junio de 2009

 

Modificación de propiedad horizontal. La conversión de un local privativo en elemento común es un acto de disposición por lo que exige el consentimiento del cónyuge cuando el bien está inscrito con carácter presuntivamente ganancial. R. 23 de junio de 2001

 

Naturaleza. Diferencias con el condominio romano. Ambos cónyuges conjuntamente tienen la titularidad del patrimonio ganancial. R. 30 de Junio de 2003, R. 25 de Noviembre de 2004, R. 30 de Enero de 2006

 

Naturaleza. Régimen especial de responsabilidad. R. 4 de Abril de 2006

 

NIF del cónyuge confesante: trascendencia tributaria. La confesión de privaticidad es uno de los actos incluidos en el supuesto de hecho del art. 254.2 LH no sólo porque determina una modificación de la titularidad del bien, sino también por su trascendencia tributaria. R. 13 de marzo de 2012, R. 17 de abril de 2013

 

Nombre del cónyuge del actor. Dudas. R. 28 de Marzo de 2007

Nombre del cónyuge. Rectificación de error al ser persona distinta. Cabe si puede probarse con documentos fehacientes. R. 10 de Septiembre de 2004

 

Obra nueva. Atribución ganancialidad. Cabe inscribir la obra nueva (sobre solar privativo) con el carácter ganancial solicitado al contenerse en la escritura un negocio jurídico oneroso, aunque no se nombre expresamente, apto para provocar el traspaso patrimonial que se pretende. R. 18 de Septiembre de 2003

 

Partición con dudas sobre si hay error en el régimen económico matrimonial que consta en el Registro. Principio de legitimación registral. R. 21 de junio de 2011

 

Pacto de atribución de ganancialidad a un bien adquirido antes del matrimonio. El artículo 1355 permite un pacto de atribución de ganancialidad, que no tiene efectos traslativos de derechos como en el caso de la aportación a la sociedad de gananciales, ya que el bien entra en el patrimonio ganancial directamente, desde el primer momento. R. 29 de marzo de 2010, R. 31 de marzo de 2010

 

Partición de bien ganancial. Requiere la previa liquidación de la sociedad conyugal. R. 15 de enero de 2001

 

Participaciones sociales. Carácter ganancial de las participaciones suscritas por cónyuges que aportan a una sociedad mercantil cada uno una mitad indivisa de una finca ganancial. R. 18 de Octubre de 2005

 

Presunción de ganancialidad. Destrucción por sentencia. Admisibilidad. Rectificación del Registro. R. 14 de Febrero de 2005

 

Presunción de ganancialidad. Inscripción a favor de casado sin mencionar el cónyuge. R. 9 de Marzo de 2005

 

Presunción de ganancialidad. No cabe destruirla mediante acreditación de una donación anterior de dinero. R. de 7 diciembre de 2000

 

Presunción de ganancialidad. Para destruirla no basta la manifestación del comprador siendo necesaria prueba fehaciente del origen del dinero, que debe ser exactamente el mismo que se obtuvo con carácter privativo. R. 12 de junio de 2013

 

Presunción de ganancialidad. No se destruye por manifestar los cónyuges que el dinero procede de la venta de un bien privativo adquirido por uno de ellos. R. 18 de octubre de 1999

 

Presunción de gananciales. La Separación de hecho no destruye dicha presunción del art. 1361 ni del art. 95-2 RH. R. 11 de Octubre de 2006

 

Previa liquidación. El contador partidor de los dos cónyuges puede por sí solo liquidar los gananciales. R. 20 de Julio de 2007

 

Previa liquidación. Entrega de mitad indivisa de bien ganancial. Necesidad de previa liquidación de la sociedad de gananciales. R. 30 de Enero de 2006

 

Previa liquidación. Entrega de legado de finca ganancial (ambos cónyuges legan su “participación ganancial”). No necesidad de previa y formal liquidación de la sociedad conyugal. R. 1 de Octubre de 2007

 

Previa liquidación. Liquidación de gananciales sin ratificar y partición posterior: No cabe inscribir tampoco los bienes privativos. R. 26 de Febrero de 2005

 

Previa liquidación de gananciales. Partición por contador partidor. La previa liquidación de gananciales requiere el concurso de la viuda. R. 2 de Diciembre de 2003

 

Previa liquidación gananciales. Partición por los herederos de los dos cónyuges sin necesidad de previa liquidación de gananciales. R. 19 de Noviembre de 2007

 

Procedencia privativa del dinero de la adquisición. Prueba documental pública. R. 21 de mayo de 1998, R. 6 de junio de 2001, R. 13 de Octubre de 2003 R. 10 de Junio de 2006

 

Protección del titular registral. Finca inscrita a nombre de un cónyuge con carácter presuntivamente ganancial. El consorte, aunque no interviene en la adquisición, es titular ex lege con carácter presuntivamente ganancial del bien. R. 18 de febrero de 2012

 

Propiedad horizontal. Modificación interviniendo sólo un cónyuge. La aprobación de una nueva norma estatutaria relativa a la autorización al titular de la planta baja para instalar un extractor de humo supone un acto colectivo, competencia de la Junta, por lo que no es aplicable el principio de tracto sucesivo y consentimiento en documento público de todos los propietarios titulares registrales. R. 1 de junio de 2010

 

Prueba documental pública. Un resguardo de transferencia bancaria no rompe la presunción de ganancialidad.  R. 10 de Octubre de 2005

 

Prueba documental pública. No es suficiente el hecho de que el dinero invertido  proceda de una cuenta de la que sólo es titular el cónyuge adquirente, R. 11 de Octubre de 2006, R. 25 de Octubre de 2007

 

Retracto. Adquisición de finca del Estado conforme al art. 137-4-f de la Ley 33/2003. Debe inscribirse como privativa al tratarse de un bien adquirido por derecho de retracto privativo. R. 8 de Mayo de 2008

 

Rectificación. Finca inscrita como ganancial adquirida por la causante antes de 1975 mediando previamente separación de hecho. Adjudicación hereditaria por heredera única. Consentimiento del esposo o resolución judicial. R. 22 de Junio de 2003

 

Rectificación de escritura de liquidación, aportando la finca a la sociedad de gananciales con efectos retroactivos para que durante un momento sea ganancial. Admisibilidad. R. 9 de abril de 2012

 

Rectificación del carácter  ganancial de la finca. Prueba documental pública. R. 6 de junio de 2001

 

Rectificación del carácter presuntivamente ganancial de la finca, por manifestación de precio privativo confesado mediante adición a escritura. R. 5 de diciembre de 2009

 

Rectificación del título de adquisición contradiciendo la liquidación como ganancial.  R. 2 de  abril de 2012     

  

Rectificación por sentencia del carácter ganancial por privativo en una compraventa inscrita. No es necesario el consentimiento del acreedor hipotecario. R. 16 de Enero de 2003

 

Recurso previo sobre el mismo caso pero con distinta titulación. Escritura de rectificación sobre el carácter privativo o ganancial de ciertos bienes. R. 12 de marzo de 2012

 

Resolución de contrato de cesión a cambio de alimentos. Deben intervenir ambos cónyuges. R. 30 de septiembre de 2011

 

Sentencia. Finca ganancial: deben de haber podido intervenir en el procedimiento ambos  esposos. R. 9 de mayo de 2012

 

Solicitud de reinscripción de servidumbre de extracción de agua y acueducto. Requiere, al ser acto de disposición o gravamen la intervención de los titulares registrales, incluido el consorte del titular registral, en tanto no quede destruida la presunción de ganancialidad. R. 18 de febrero de 2012

 

Título erróneo. Adquisición para la sociedad conyugal alegando ahora que la adquirente era soltera. Necesidad consentimiento de los titulares registrales o resolución judicial; sólo excepcionalmente por documentos fehacientes y auténticos independientes de la voluntad de las partes. R. 13 de Septiembre de 2005

 

Usufructo inscrito a favor del que lo adquirió «para su sociedad conyugal». Puede cancelarse por su fallecimiento, pues aunque es ganancial, esta condicionado a la vida solo de aquel, a diferencia del caso en que se hubiera adquirido por ambos cónyuges. R. 30 de junio de 2012

 

SOCIEDADES

 

Actos administradores. El órgano de administración puede realizar todos los actos no contrarios al objeto social y no lo es la constitución de un derecho de usufructo por el Consejero Delgado. R. 22 de abril de 2003 -revocada en este punto por sentencia de Audiencia provincial-

 

Actos administradores. El órgano de administración puede realizar todos los actos no contrarios al objeto. Transmisión de fincas a cambio de la cesión de créditos concursales. R. 16 de Marzo de 2009 -Anulada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE-

 

Adquisición por sociedad ¿civil? constituida en documento privado con objeto mercantil. Es una sociedad mercantil y debe constituirse como tal. R. 20 de abril de 2010

 

Aumento de capital social. Concreción de la aportación a la sociedad. R. 5 de Diciembre de 2012

 

Cambio de denominación y transformación de sociedades. Si el Notario da fe de haber tenido a la vista las escrituras de cambio de denominación y transformación de una sociedad, el Registrador no puede pedirlas de nuevo. R. 5 de septiembre de 2002

 

Cesión gratuita de créditos en sociedades. Cesión en pago de deuda ajena.  Causa. R. 28 de enero de 1999

 

Cierre registral RM. El cierre provisional de la hoja registral mercantil de una sociedad previsto en el artículo 378 R.R.M. desvirtúa la eficacia legitimadora de los asientos en ella contenidos, a efectos de acreditar razonablemente la validez y subsistencia de la representación alegada en el documento. R. 21 de septiembre de 2001

 

Consejero Delegado. No es inscribible la compra por Consejero Delegado con facultades insuficientes, aunque ratifique la Junta General (tal órgano carece de facultades para ello) R. 26 de Noviembre de 2003

 

Hipoteca en garantía de deuda ajena. La hipoteca constituida por una sociedad mercantil en garantía de deuda ajena es un acto neutro no contrario al objeto social, por lo que no requiere acuerdo de la Junta General. R. 17 de noviembre de 1998, R. 20 de Abril de 2005 -confirmada por Sentencia de Audiencia Provincial- 

Hipoteca constituida por una sociedad mercantil en garantía de deuda ajena con limitaciones de la Junta General. Como acto neutro, no contrario al objeto social, es válido y las limitaciones tienen efectos internos, por lo que el juicio notarial de suficiencia  es congruente con el negocio documentado. R. 16 de Noviembre de 2007

 

Hipoteca flotante del art. 153 bis LH. No es aplicable a las sociedades de garantía recíproca. R. 28 de Junio de 2012

 

Inscripción administradores. No es necesaria la previa inscripción de los administradores en el Registro Mercantil para inscribir sus actos en el Registro de la Propiedad, pero habrá de acreditarse la realidad, validez y vigencia del nombramiento de administrador en términos que destruyan la presunción de exactitud registral ex arts 20 C.Com y 7 RRM, siendo así que tales extremos dependen de múltiples elementos y circunstancias. R. 3 de Febrero de 2001,  R. 23 de febrero de 2001

 

Limitaciones estatutarias a la representación de los administradores. Ineficacia frente a terceros. R. 10 de mayo de 1999

 

Nacimiento SL. El nacimiento de la sociedad no se produce hasta la inscripción del negocio fundacional en el Registro Mercantil. Pero cabe inscribir una compra efectuada antes a favor de todos los constituyentes, reflejando ulteriormente el hecho de la inscripción en el Registro Mercantil mediante nota marginal. R. 22 de abril de 2000

 

Poderes anteriores al acuerdo de liquidación de una sociedad. Está vigente el poder conferido antes de la fase de liquidación, aunque sus facultades han de ser interpretadas conforme a la nueva situación de la sociedad. Es al liquidador de la sociedad a quien corresponde revocar el poder. R. 27 de junio de 2011

 

Reducción de capital. Para la inscripción de una escritura de reducción de capital de una sociedad en la que se devuelve a un socio determinadas fincas es precisa la previa inscripción en el Registro Mercantil. R. 9 de enero de 2013, R. 9 de enero de 2013

 

Sociedades de arrendamiento financiero pueden aceptar garantías hipotecarias establecidas por terceros.  R. 26 de octubre de 1998

 

Socios SL. Administración: Los socios, aun mayoritarios, no ostentan la representación de la sociedad. R. 14 de Junio de 2010

 

Socios únicos. No es suficiente la afirmación de los comparecientes de ser los socios únicos, siendo necesario el consentimiento de la sociedad, en este caso, SL, expresado por sus representantes. R. 9 de enero de 2013

 

Sociedad compradora de responsabilidad limitada no inscrita. Posibilidad de inscripción a favor de todos los constituyentes, reflejando ulteriormente el hecho de la inscripción en el Registro Mercantil mediante nota marginal. R. 22 de abril de 2000

 

Sociedad en liquidación. Venta de un inmueble. El  requisito de pública subasta para enajenar los bienes sociales en el proceso de liquidación de una SA se establece exclusivamente en favor de los socios, y no de los acreedores. Unanimidad: Diferentes supuestos. R. 23 de Julio de 2004 - Confirmada por la sentencia firme de Juzgado de Primera Instancia-

 

Suspensión judicial de acuerdos sociales inscritos en el Registro Mercantil, levantada posteriormente. R. 21 de septiembre de 2001

 

Venta de finca. Previa inscripción de la transformación. En el mismo cuerpo de la inscripción se puede hacer constar la transformación de una sociedad, para lo cual basta el testimonio suficiente, tomado de la escritura de transformación, de los particulares de ésta, en la que figure nota de su inscripción en el Registro Mercantil. R. 5 de enero de 2002

 

Venta de participaciones garantizada por la sociedad con hipoteca. Contraviene la prohibición del artículo 40-5 LSL. R. 1 de diciembre de 2000

 

 

SUPERFICIE

 

Cancelación de un derecho de vuelo y asientos posteriores. Diferencias derecho de vuelo y derecho de superficie. R. 3 de septiembre de 2012

 

Cesión gratuita de derecho de superficie por un Ayuntamiento a particulares. Adjudicación directa. Patrimonio Municipal del Suelo Madrid. No es posible. R. 27 de octubre de 2007

 

Concreción de limitaciones públicas impuestas por  organismo autonómico, concurriendo solamente el dueño del suelo y el superficiario. Es necesario el consentimiento de aquel. R. 29 de mayo de 2012

 

Condiciones. Inexistencia de analogía con la condición resolutoria en garantía del precio aplazado. R. 20 de Diciembre de 2005

 

Contrato de superficie: precisa escritura, incluso en los casos en que interviene la Administración. R. 16 de abril de 2010

 

Convenio urbanístico. Constitución de derecho de superficie en ejecución de convenio urbanístico. Al concederse en participaciones con concreción de espacios, debe aplicarse el régimen de la propiedad horizontal. R. 13 de Marzo de 2007

 

Consignación de cantidades. No tratándose de un supuesto de falta de pago del precio e inexistiendo cantidades satisfechas a consignar, no cabe mantener tal exigencia. R. 20 de Diciembre de 2005

 

Cumplimiento de condición. Transcurso del plazo sin realizar la edificación. Acreditado dicho extremo debe producir eficacia registral sin necesidad de consentimiento de la otra parte ni resolución judicial. R. 20 de Diciembre de 2005. R. 20 de Diciembre de 2005

 

Derecho de superficie sobre las cubiertas de determinadas naves industriales para energía fotovoltaica. No requiere la segregación u otra individualización jurídica pues cumple las exigencias derivadas del principio de especialidad y de la concreta regulación legal en esta materia. R. 15 de febrero de 2012

 

Derecho de superficie sobre las cubiertas de determinadas naves industriales para energía fotovoltaica. Mecánica registral específica. R. 15 de febrero de 2012

 

Resolución del derecho de superficie en vía administrativa. R. 27 de Octubre de 2008, R. 29 de Enero de 2009

 

Derecho de superficie en situación de venta forzosa. Necesidad de previa inscripción en el Registro municipal de solares y edificaciones ruinosas. R. 2 de enero de 2012

 

Segregación mencionando derecho de superficie y obra nueva anterior. R. 2 de octubre de 2013

 

Sentencia en rebeldía ordenando cancelar derecho de superficie e hipoteca posterior. Es necesario que el acreedor hipotecario haya sido notificado. R. 27 de septiembre de 2011

 

SUSTITUCION EJEMPLAR

 

Objeto. Sólo comprende los bienes dejados por el instituyente al sustituido incapaz. R. 6 de Febrero de 2003

 

  

SUSTITUCION FIDEICOMISARIA

 

Compraventa de fincas sujetas a sustitución y limitaciones de disponer. Hipoteca de propietario. Prohibición. R. 9 de septiembre de 2013, R. 9 de septiembre de 2013

 

Condicional. R. 30 de Enero de 2004

 

Determinación. La determinación de los fideicomisarios indeterminados debe hacerse por medios extratestamentarios. R. 30 de Enero de 2004

 

Determinación de los fideicomisarios. No es necesario acreditar la inexistencia de otros descendientes posteriores a los testamentariamente designados. R. 8 de Mayo de 2001

 

Determinación de fideicomisarios innominados. Necesidad de acta de notoriedad. R. 24 de Octubre de 2008

 

Determinación de la proporción en que suceden los fideicomisarios. R. 18 de julio de 2012

 

Disposición en caso de necesidad. Escapa a la calificación registral la apreciación de la necesidad. R. 11 de Julio de 2003, R. 22 de marzo de 2011

 

Ibiza. El fiduciario “si sine liberis deceeserit” sujeto a derecho civil de Ibiza y Formentera, no puede, por si, detraer su legítima de los bienes fideicomitidos. R. 30 de Septiembre de 2005

 

Inscripción a favor del fideicomisario. No es necesaria la previa inscripción a favor del fiduciario. R. 10 de noviembre de 1998

 

Objeto: Delimitación de una finca objeto de sustitución fideicomisaria: Necesidad de aclaración  por medio independiente de la manifestación de la fiduciaria. R. 12 de Mayo de 2006

 

Partición realizada anticipadamente por quienes han llegado a ser fideicomisarios. R. 30 de Enero de 2004

 

Sustitución fideicomisaria. Implica la vulgar, incluso en el fideicomiso de residuo. R. 17 de Septiembre de 2003, R. 27 de Octubre de 2004

 

Sustitución fideicomisaria condicional o pura. Efectos de la renuncia de fideicomisarios. R. 31 de mayo de 2011

 

Sustitución fideicomisaria condicionada. Momento de extinción de la condición y consolidación del pleno dominio. La cesión o renuncia preventiva de los fideicomisarios condicionales a su derecho eventual no surtirá eficacia hasta el fallecimiento de la usufructuaria. R. 27 de junio de 2009

 

 

SUSTITUCIÓN VULGAR

 

Determinación de los sustitutos vulgares de un heredero premuerto. La copia –admitida- de testamento del causante, debe venir acompañada de certificación del Registro de Actos de Última Voluntad. R. 1 de Junio de 2013

 

Inefectividad llamamiento. Debe acreditarse la inefectividad del llamamiento a los sustitutos vulgares, no bastando la mera manifestación. R. 28 de febrero de 2014, R. 21 de mayo de 2003, R. 13 de Diciembre de 2007. El acta de notoriedad es un medio especialmente adecuado al efecto, aunque no el único. R. 13 de Diciembre de 2007

 

Sustitución vulgar. Debe acreditarse la inexistencia de descendientes. No es suficiente la aseveración del Contador Partidor. R. 1 de Marzo de 2014

 

Interpretación. Sustitución vulgar para el caso de “incapacidad”: no se extiende al caso en que la llamada sea judicialmente incapacitada sino al supuesto en que no pueda ser heredera porque le afecte alguna incapacidad para suceder. R. 27 de mayo de 2009

 

Interpretación. Sustitución vulgar. Extensión a todos los casos cuando solo se enumeran dos. Renuncia a la herencia. Sucesión intestada. R. 5 de Diciembre de 2007, corregida  por la R. 17 de Enero de 2008

 

Interpretación. Sustitución vulgar. Derecho de acrecer. R. 25 de Marzo de 2003

 

Partición con sustitución vulgar. Acreditado en el título sucesorio que quienes invocan la condición de sustitutos, son descendientes del sustituido, no es necesario acreditar el hecho negativo de la inexistencia de otros sustitutos. R. 2 de febrero de 2012

 

Premoriencia. No es necesario aportar el título sucesorio de la heredera premuerta por cuanto la sustitución opera en virtud de lo dispuesto en el testamento de la causante de la herencia y no en el título sucesorio de la sustituida. R. 27 de Marzo de 2014

 

Sin expresión de casos. La sustitución vulgar simple sin expresión de casos, comprende tanto los de premoriencia como los de incapacidad y renuncia, de modo que la renuncia del hijo a su llamamiento hereditario, determina el juego de la sustitución a favor de sus descendientes. R. 11 de octubre de 2002

 

Sustitución fideicomisaria. Implica la vulgar, incluso en el fideicomiso de residuo. R. 17 de Septiembre de 2003, R. 27 de Octubre de 2004

 

Sustitución vulgar para el caso de premoriencia o incapacidad a favor de los descendientes. Renuncia. Necesidad de declaración de herederos. R. 21 de enero de 2013

 

Sustitutos vulgares y entrega de legado. El legado debe entregarse por todos los herederos o sus sustitutos. R. 12 de noviembre de 2008

 

Sustitución vulgar en caso de renuncia. Debe manifestarse si existen sustitutos. R. 21 de Junio de 2007

 

 

TANTEOS Y RETRACTOS LEGALES

 

Art. 137-4-F Ley 33/2003.  Adquisición de finca del Estado conforme al art. 137-4-f de la Ley 33/2003. Debe inscribirse como privativa al tratarse de un bien adquirido por derecho de retracto privativo. R. 8 de Mayo de 2008

 

Derecho de retracto y tercero hipotecario. Aunque el retracto es eficaz frente a terceros, el tercero hipotecario del artículo 34 LH, actual titular registral, no puede verse afectado por el mismo al no constar anotada la demanda. R. 30 de Abril de 2003

 

Distinción entre actos administrativos y actos de la administración. En el segundo caso corresponde seguir la vía ordinaria. R. 9 de Diciembre de 2002, R. 10 de Diciembre de 2002, R. 13 de Diciembre de 2002

 

Espacios protegidos Canarias. Necesidad de notificación a la Comunidad Autónoma. R. 16 de Marzo de 2009

 

Galicia. Si las fincas transmitidas se encuentran incluidas en una zona de especial protección agraria habrá de acreditarse la realización de las notificaciones previstas al efecto. R. 21 de Mayo de 2008

 

Inscripción de sentencia firme de retracto. No cabe cancelar las cargas posteriores a la anotación preventiva de la demanda de retracto, que consta registralmente cancelada por caducidad. R. 9 de mayo de 2001

 

Retracto administrativo. Su ejercicio debe ser por vía judicial. R. 27 de Marzo de 2007, R. 16 de Mayo de 2007

 

Usucapión. No es necesario expresar el estado arrendaticio de la finca en los casos de adquisición por usucapión, ya que no procede el derecho de retracto arrendaticio –25 LAU-. R. 21 de Febrero de 2007

 

VPO de promoción pública en Galicia. Pueden imponerse derechos de tanteo y retracto por la nueva legislación a viviendas existentes con anterioridad pues tales derechos no limitan las facultades de los propietarios. R. 5 de octubre de 2005

 

TANTEOS Y RETRACTOS CONVENCIONALES

 

Constitución de derechos de tanteo y retracto. Configuración. Plazo de ejercicio. Transmisibilidad. R. 10 de abril de 2014

 

Derecho de adquisición preferente. Para su inscripción es necesario que no quepa duda sobre su carácter real.  R. 6 de marzo de 2001

 

Ejecución de retracto convencional estando caducada la anotación de demanda. La inscripción del retracto implica la posibilidad de su ejercicio contra el titular registral o cualquier otra persona que traiga causa de él, por lo que en este caso es inocua la anotación de demanda y su caducidad. R. 25 de Febrero  de 2003

 

Determinación. El retracto ha de estar determinado: objeto, duración, contenido. R. 14 de Junio de 2010 

 

TERCERIA DE DOMINIO

 

Cancelación de embargos anteriores. No es posible cancelarlos en virtud  de la sentencia de tercería si  no han sido demandados sus titulares. R. 16 de Octubre de 2001

 

Compraventa otorgada por el anterior titular registral presentada tras inscribir la ejecución del embargo. No es inscribible. R. 25 de agosto de 2011

 

Inscripción a favor del demandante. Testimonio de sentencia ordenando el levantamiento del embargo y mandamiento ordenando la inscripción a favor del demandante. Inscribibilidad al no poder entrar el Registrador en el fondo de la resolución judicial.  R. 5 de Mayo de 2006

 

Inscripción a favor del tercerista y cancelación de la inscripción del demandado. Es posible la inscripción a favor del tercerista y la cancelación de la inscripción del demandado. R. 1 de marzo de 2001

 

Tercería de dominio. Sentencia firme. Alcance. En los procedimientos sustanciados conforme a la LEC 2000, sólo produce el efecto del alzamiento del embargo, no la inscripción del dominio a favor del tercerista. En los sustanciados conforme a la ley anterior, depende del texto de la sentencia. R. 28 de marzo de 2014

 

Tracto. La sentencia de tercería de dominio es inscribible si se cumple el tracto. R. 21 de Febrero de 2005 –Revocada por sentencia firme de Juzgado de Primera Instancia PUBLICADA EN EL BOE-.

 

TERCERIA DE MEJOR DERECHO

 

Anotación de embargo del art. 9 LPH. Constancia del carácter preferente del crédito. No es una hipoteca legal tacita. Ha de hacerse valer, en su caso, mediante la oportuna tercería  R. 23 de junio de 2014

 

Certificación administrativa TGSS de adjudicación de inmuebles. Tercería de mejor derecho. Ejercitada la tercería por uno solo de los acreedores posteriores a este solo corresponderá ocupar la mejor posición del ejecutante. R. 23 de septiembre de 2008

 

Créditos laborales singularmente privilegiados. La preferencia ha de determinarse en tercería. R. 12 de noviembre de 1998, R. 7 de mayo de 1999,

 

Embargo por créditos salariales: alcance de la preferencia. Establece una mera preferencia creditual, no suponiendo una hipoteca legal tácita, general y prioritaria, operando en un plano distinto que la preferencia registral. Cancelación de asientos. Tercería. R. 28 de junio 2005, R. 3 de marzo de 2011

Embargo por créditos salariales. Adjudicación. Para cancelar las cargas anteriores debe seguirse el correspondiente juicio de tercería. R. 3 de Abril de 1998, R. 18 de julio de 1998, R. 28 de mazo de 2001, R. 2 de Diciembre de 2004

 

Embargo por créditos salariales. Adjudicación. Cancelación de cargas posteriores pese a que las cantidades por las que se ha ejecutado el crédito son superiores a las que constan en la anotación. R. 2 de Diciembre de 2004

 

Procedimiento de ejecución por créditos laborales preferentes. Cancelación de cargas anteriores. Requiere tercería de mejor derecho. R. 29 de septiembre de 2000, R. 28 de mazo de 2001

 

 

TESTAMENTO

 

Anotación de demanda. No es anotable una demanda en la que se solicita la nulidad del testamento del titular registral usufructuario. R. 8 de Febrero de 2005

 

Anotación de demanda de nulidad del testamento y venta de la finca presentada antes. Pese a las sospechas de actuación deliberada del demandado, no cabe practicar la anotación al estar inscrita la finca a favor de persona distinta. R. 19 de Enero de 2005

 

Declaración de herederos. No procede existiendo testamento, salvo que se acredite la inexactitud del certificado o la ineficacia o insuficiencia del testamento o institución de heredero. R. 3 de enero de 2005

 

Discrepancia de fechas entre certificado de actos de últimas voluntades y testamento aportado. Fecha posterior en aquel: Hay contradicción que exige nuevo certificado. R. 20 de Junio de 2008

 

Interpretación de participación  legada en testamento. R. 20 de Mayo de 2011

 

Interpretación. Las disposiciones testamentarias han de ser interpretadas conjunta y sistemáticamente, estando a su literalidad, y en caso de duda, en favor de quien se halle obligado a cumplir la disposición. R. 19 de Mayo  de 2005

 

Interpretación. Sustitución vulgar. Derecho de acrecer. R. 25 de Marzo de 2003

 

Interpretación. Sustitución vulgar. Extensión a todos los casos cuando solo se enumeran dos. Renuncia a la herencia. Sucesión intestada. R. 5 de Diciembre de 2007, corregida  por la R. 17 de Enero de 2008

 

Interpretación cláusulas. Pseudousufructo testamentario. R. 26 de Julio de 2003, R. 22 de Junio de 2005

 

Limitaciones impuestas en el testamento por el testador extranjero. Han de reflejase en la inscripción sin que deba en ese momento entrar el registrador a plantearse si son o no validas con arreglo a la ley aplicable. R. 7 de octubre de 2002

 

Preterición. Testamento nulo por preterición no intencional de todos los descendientes. Necesidad de declaración judicial. R. 13 de septiembre de 2001

 

Reconocimiento de un crédito. No es obstáculo para la inscripción el reconocimiento de un crédito hecho en el testamento. R. 19 de Mayo  de 2005

 

Revocación de testamento anterior por otro posterior sin que conste la voluntad de subsistencia. R. 8 de Noviembre de 2001

 

Testamento sin institución de heredero. R. 11 de septiembre de 2013

 

 

 

TITULAR REGISTRAL

 

Anotación de embargo. NIF del embargado en rebeldía. R. 5 de diciembre de 2013

 

Asociaciones. La inscripción en el Registro de Asociaciones sólo es a efectos de publicidad.  R. 11 de Enero de 2006

 

Cambio de titularidad administrativa. Es inscribible una transmisión de finca del Instituto Social de la Marina a favor de la TGSS, aunque la ley emplee el término 'adscripción'. R. 3 de octubre de 2001

 

Circunstancias personales 51-9 RH. De los documentos presentados deben resultar las circunstancias necesarias para extender la inscripción. R. 15 de Julio de 2010

 

Circunstancias personales 51-9 RH. Necesidad de hacer constar las circunstancias personales de la persona a cuyo favor se ha de practicar la inscripción. R. 21 de Febrero de 2007, R. 6 de Noviembre de 2008, R. 23 de diciembre de 2010, R. 8 de julio de 2013, R. 5 de agosto de 2013

 

Circunstancias personales 51-9 RH. Necesidad de hacerlas constar, aunque consten en asientos anteriores o en la oficina liquidadora. R. 6 de Noviembre de 2008

 

Circunstancias personales. Falta de circunstancias personales de la demandada. El hecho de que el recurrente afirme desconocer las circunstancias personales de la demandada no es suficiente, cuando existen mecanismos legales para dicho conocimiento. R. 15 de junio de 2001

 

Circunstancias personales. La falta de expresión de las circunstancias personales del demandado, a cuyo favor ha de practicarse la inscripción, puede subsanarse por simple instancia con firma legitimada. R. 15 de Marzo de 2006.

 

Circunstancias personales. Trascendencia de las mismas. R. 28 de octubre de 2005

 

Circunstancias de los adquirentes. Sentencia declarativa del dominio. No  pueden acreditarse por meras fotocopias, debiendo estarse en cuanto a la determinación y acreditación de las mismas al momento en que la adquisición tuvo lugar. R. 28 de octubre de 2005

 

Comunidad de bienes. Aunque tenga trascendencia tributaria carece de personalidad jurídica y no puede ser titular registral. R. 7 de Mayo de 2007

 

Comunidad hereditaria. Cabe la inscripción a favor de la comunidad hereditaria sin que hayan de reflejarse participaciones proindiviso de los herederos en cada bien concreto. R. 30 de diciembre de 2005

 

Personalidad jurídica. Carece de ella la comunidad de propietarios por lo que no cabe inscribir a su nombre una compra de una finca. R. 25 de Mayo de 2005 

 

CIF del demandante. Debe constar en el mandamiento de embargo. R. 11 de julio de 2011

 

Comunidad de propietarios. Carece de personalidad jurídica pero es objeto de consideración unitaria a determinados efectos legales. Cabe la anotación de embargo a su favor.  R. 3 de Marzo  de 2008

 

Comunidad de propietarios. Carece de personalidad jurídica, y, por tanto no cabe que ostente titularidad registral. R. 23 de junio de 2001

 

Contrato de cuentas en participación. Transmisión de fincas al gestor. Innecesariedad de previa inscripción en el Registro Mercantil.  R. 29 de Junio de 2006

 

Correspondencia del transmitente con el titular registral. El juicio de identidad del compareciente por el notario no está sujeto a calificación registral, pero sí la correspondencia o no de la persona identificada por el notario con el titular registral, si bien, solo cuando la duda sobre la discrepancia sea suficientemente consistente. R. 18 de Octubre de 2010

 

Defensa (consentimiento o intervención en el procedimiento) del titular registral o, en caso de fallecimiento, de sus causahabientes: Necesidad de acreditar quienes son aportando el título sucesorio.  R. 13 de Abril de 2005, R. 21 de Septiembre de 2005, R. 28 de Febrero de 2006, R. 1 de Julio de 2011

 

D.N.I. No coincidencia del DNI entre escritura y registro. El  juicio sobre la identidad del otorgante corresponde exclusivamente y bajo su responsabilidad al notario, pero el registrador debe comprobar que la identidad del otorgante así determinada coincida con la del titular registral por lo que resulte de los asientos del Registro. R. 17 de agosto de 2011

 

D.N.I. Deben hacerse constar los DNI de todos aquellos que adquieren derechos. R. 7 de octubre de 2013

 

Domicilio. El domicilio exigido por el 51 RH y 156 RN no puede ser el domicilio accidental. R. 14 de octubre de 1998

 

Discrepancia en los apellidos entre asiento registral y escritura posterior. Se cumple el tracto existiendo declaración de notoriedad de tratarse de la misma persona y de existencia de error en el título que motivó la inscripción. R. 3 de enero de 2005

 

Dudas de identidad en cuanto al titular registral por diferentes apellidos. R. 21 de Noviembre de 2001, R. 13 de Diciembre de 2001 R. 7 de octubre de 2002

 

Embargo resultando demandada una persona que verosímilmente no puede ser el titular registral, ya que éste ya era adulto en el siglo XIX. Debe denegarse. R. 24 de Julio de 2003

 

Estado civil. Expediente de dominio. La inscripción debe realizarse según el estado civil que expresa el titulo de adquisición,  siendo irrelevante la situación matrimonial existente al tiempo de incoarse el expediente. R. 18 de Enero de 2001

 

Herencia. Falta de identidad entre el causante y el titular registral. R. 3 de julio de 2013

 

Herencias. En escrituras de herencia no es preciso hacer constar el régimen económico matrimonial del heredero, ni circunstancias del cónyuge. R. 16 de julio de 2009

 

Herencia. Error en el nombre de la heredera. Acreditación.  R. de 1 de Abril de 2002

 

Identidad. El juicio notarial de identidad del otorgante queda amparado por una presunción legal sólo impugnable en vía judicial. El Registrador no puede revisarlo pero sí calificar la eventual discrepancia entre los datos de identificación que constan en el instrumento y los del asiento, si bien solo será defecto que impida la inscripción cuando aquellas discrepancias tengan suficiente consistencia. R. 5 de junio de 2007

 

Identidad. Necesidad de perfecta correspondencia entre demandado y titular registral. R. 17 de Octubre de 2003 

 

Identificación. Debe coincidir la identidad del otorgante con la del titular registral. El Registrador debe calificar este extremo. R. 2 de Octubre de 2003

 

Inscripción a favor de fondos de titulación de activos. Adjudicación en pago de deudas. R. 1 de agosto de 2014

 

Inscripciones transitorias, de mero puente. A favor de la masa de la quiebra. R. 20 de Septiembre de 2005

 

Licencia: Anulación judicial. Constancia registral de la declaración de ilegalidad de la licencia, por nota marginal. Necesidad de citación del titular registral. R. 2 de Junio de 2006

 

Licencia: Anulación judicial. Inscripción de la sentencia firme por la que se declara la anulación. Necesidad de participación del titular registral.  R. 2 de Junio de 2006

 

Masa de la quiebra. Cabe la inscripción a su favor, como inscripción transitoria, de mero puente.  R. 30 de Enero de 2003, R. 20 de Septiembre de 2005

 

Menores. No cabe exigir el D.N.I. de los menores de 14 años. R. 22 de Noviembre de 2003

 

NIE. El número de la tarjeta de residencia es el número personal de identificación del extranjero y por tanto el NIE. R. 1 de Diciembre de 2007, R. 3 de Diciembre de 2007, R. 3 de Diciembre de 2007

 

NIF. Escritura sin NIFS de legatarios de bienes muebles: interpretación proporcionada de la norma. R.13 de diciembre de 2010

 

NIF. Necesidad de su constancia en los títulos inscribibles, en sentido amplio, abarcando también los anotables. R. 21 de abril de 2010

   

NIF del cónyuge no titular en la disposición de vivienda habitual. No es necesario que conste, ya que su asentimiento en un negocio jurídico ajeno no tiene trascendencia tributaria. R. 7 de Diciembre de 2007

 

N.I.F. de representante y representado. Cancelación de Hipoteca.  R. 7 de enero de 2014

 

NIF de sociedades administradoras. Cuando se trata de una sociedad que tiene un administrador persona jurídica, a su vez representada por una persona física, hay que indicar en la escritura también el NIF del administrador persona jurídica. R. 5 de Marzo de 2010

 

 

NIF del cónyuge. No es preciso que conste el NIF del cónyuge del comprador. R. 29 de julio de 2011, R. 12 de noviembre de 2011

 

Notoriedad. Transmisión en fusión de bancos: No es necesario acreditarla. El Registrador ha de tener en cuenta los asientos de la finca respecto de la que se pretende la inscripción, sin acudir a medios extrínsecos, pero si poder llegar al extremo de negar la práctica de una cancelación de hipoteca cuando la transmisión en bloque del patrimonio de una de las entidades a la otra, mediante fusión, consta por evidente notoriedad. R. 20 de Mayo de 2005

 

Otorgante y titular registral identificados por distintos documentos. Juicio de identidad notarial. Debe haber identidad entre el otorgante y el titular registral. El Registrador ha de comprobar esta identidad. R. 26 de Marzo de 2004

 

Personalidad jurídica. Entidad inscrita. Rectificación. Necesidad de seguir el procedimiento del art. 40 d LH. R. 11 de Enero de 2006

 

Personalidad jurídica. En principio la titularidad registral debe atribuirse a un ente con personalidad jurídica, pero existen excepciones. R. 20 de Septiembre de 2005

 

Presunciones que genera. Véase R. 6 de Julio de 2006

 

Protección del titular registral (véase también, “asientos registrales, rectificación del Registro, recurso gubernativo”, “tracto sucesivo”). Debe haber sido parte o haber tenido la posibilidad de intervenir en el procedimiento determinante del asiento. R. 30 de marzo de 2000, R. 17 de Enero de 2001, R. 2 de abril de 2001, R. 4 de abril de 2001, R. 14 de mayo de 2001, R. 18 de mayo de 2001, R. 19 de mayo de 2001, R. 6 de octubre de 2001, R 7 de noviembre de 2002, R. 11 de noviembre de 2002, R. 7 de Junio de 2003, R. 1 de Septiembre de 2003, R. 2 de Septiembre de 2003, R. 16 de Diciembre de 2003,  R. 17 de Noviembre de 2004, R. 8 de Enero de 2005, R. 27 de Febrero de 2006, R. 5 de Julio de 2006, R. 25 de Noviembre de 2006, R. 8 de Junio  de 2007, R. 27 de Junio de 2007, R. 13 de Julio de 2007, R. 17 de Julio de 2007 R. 19 de Julio de 2007, R. 6 de Octubre de 2007, R. 15 de Octubre de 2007, R. 5 de Noviembre de 2007 –anulada por Sentencia firme de Juzgado de Primera Instancia-, R. 16 de Agosto de 2010, R. 15 de Julio de 2010, R. 16 de marzo de 2011, R. 28 de mayo de 2011, R. 14 de julio de 2011, R. 23 de julio de 2011

 

Representación indirecta: No es admisible si con ella se pretende un cambio de titularidad registral sin causa. R. 2 de Septiembre de 2004

 

Representación indirecta no acreditada. Titularidad fiduciaria. R. 15 de abril de 1999

 

Sociedad civil. Conceptuar una sociedad cuyo objeto social es mercantil como sociedad civil, introduce un elemento de confusión sobre el titular registral suficiente para denegar su inscripción. R. 25 de Mayo de 2006

 

Supresión. No cabe la supresión de un comprador por rectificación, al no existir propiamente rectificación sino transmisión dominical sin expresión de causa. R. 6 de Julio de 2006

 

Titularidad fiduciaria. Reconocimiento de dominio. Necesidad de expresión de la causa. R. 10 de Marzo de 2004

 

Titularidad fiduciaria. Reconocimiento de dominio e inscripción. Superación de la tesis clásica de la fiducia, si bien ha de acreditarse la relación previa fiduciante-fiduciario. R. 6 de Julio de 2006

 

Titularidad fiduciaria. Representación indirecta alegada a posteriori. Autocontratación. R. 6 de julio de 2006

 

 

TITULO INSCRIBIBLE

 

Acta de conciliación. No es un documento público a efectos del Registro.  R. 22 de Febrero de 2006 –revocada por sentencia firme de Juzgado de instancia publicada en el BOE-

 

Acta de manifestaciones sin contenido inscribible. R. 28 de febrero  de 2012

 

Adjudicación directa de un bien patrimonial. Título formal. Escritura pública. R. 5 de diciembre de 2011

 

Art. 3 LH. Escritura pública, ejecutoria o documento auténtico. No implica que pueda ser cualquiera de ellos sino el propio del acto o contrato que haya de inscribirse. R. 20 de mayo de 2003, R. 22 de Febrero de 2006 -revocada por sentencia de Juzgado de instancia-, R.  27 de Septiembre de 2010, R. 19 de enero de 2011, R. 5 de diciembre de 2011, R. 11 de  abril de 2012  

 

Cancelación de hipoteca constituida a favor de la Seguridad Social. No es necesaria la escritura pública bastando documento administrativo auténtico. R. 26 de Noviembre de 2002, R. 5 de Marzo de 2003, R. 6 de Marzo de 2003, R. 7 de Marzo de 2003, R. 8 de Marzo de 2003, R. 10 de Marzo de 2003

 

Convenio regulador. Las sentencias que aprueban los convenios reguladores son inscribibles en el Registro sin necesidad de ulterior escritura pública. R. 21 de Enero de 2006, R. 29 de Octubre de 2008, R. 19 de enero de 2011, R. 29 de julio de 2011, R. 5 de septiembre de 2012, -pero su contenido ha de ser acorde con su naturaleza- R. 22 de Marzo de 2010, R. 3 de mayo de 2010, R. 22 de diciembre de 2010, R. 19 de enero de 2011,  R. 5 de agosto de 2011, R. 3 de septiembre de 2011, R. 29 de julio de 2011, R. 11 de  abril de 2012 , R. 5 de septiembre de 2012

 

Convenio regulador. Transmisión de bienes entre cónyuges. Venta de bien de la esposa al marido  con subrogación de hipoteca: Es un negocio con su propia causa independiente de la liquidación, por lo que debe contenerse en  escritura pública. R. 3 de mayo de 2010

 

Convenio urbanístico de gestión concertada Canarias. Requiere escritura pública según su legislación propia. Carácter adjetivo del RD estatal 1093/1997. R. 14 de Julio de 2007

 

Dación en pago mediante acuerdo del Consejo de Ministros. Título material y formal. Liquidación del impuesto. R. 9 de Julio de 2007, R. 10 de Julio de 2007, R. 11 de Julio de 2007, R. 12 de Julio de 2007

 

Dación en pago formalizada en testimonio de acto de conciliación. Título formal hábil y liquidación del impuesto. R. 13 de septiembre de 2012

 

Documentos judiciales. Sólo la documentación auténtica y pública puede tener acceso al Registro, por lo que el documento a presentar debe ser la ejecutoria, mandamiento o testimonio correspondiente expedido por quien se halle facultado para ello con las formas y solemnidades legales. R. 3 de marzo de 2010

 

Derecho Transitorio. Ejecución ordinaria. Auto de adjudicación anterior a la Ley 10/92. No necesidad de escritura pública. R. 20 de Octubre de 2005

 

Documentos privados. No dejan de serlo por hallarse incorporados a un documento público. R. 2 de Marzo de 2004

 

Ejecución de sentencia y otorgamiento de escritura. El título a efectos de la inscripción será la escritura pública otorgada en trámites de ejecución de sentencia bien directamente por el condenado, o bien por el Juez, en rebeldía del mismo, pero no el mero testimonio de la sentencia que ordena la elevación. R. 12 de Marzo de 2010

 

Exceso de cabida. La certificación catastral es un medio de acreditar el exceso de cabida, pero no constituye título para la inscripción, siendo necesario un documento público, traslativo, declarativo o modificativo, en el que el interesado declare la rectificación de la superficie de la finca. R. 21 de noviembre de 2012

 

Instancia para cancelar una hipoteca por confusión de derechos tras adjudicación en procedimiento de ejecución. Admisibilidad. R. 7 de febrero de 2012

 

Instancia heredero único. Modificación de descripción y superficie. Puede plasmarse en la instancia de heredero único. R. 14 de enero de 2013

 

Instancia privada solicitando la anotación de derecho hereditario. Requiere firma legitimada notarialmente o ratificada ante el Registrador. R. 8 de enero de 2002

 

Mandamiento. El Mandamiento no es título formal en el sentido recogido por el artículo 3 LH si no contiene por sí mismo el título material del artículo 2 susceptible de modificar el contenido del Registro. R. 15 de diciembre de 2010

 

Necesidad de titulación pública. No son inscribibles determinados documentos privados indicativos de un procedimiento urbanístico no concluido. R. 1 de Octubre de 2005

 

Otorgamiento de escritura en ejecución de sentencia. Arts 708-2 LEC y 1279 CC. En estos casos no es título formal hábil el testimonio del auto judicial ordenando la inscripción, siendo necesaria la escritura pública.  R. 29 de julio de 2006

 

Providencia judicial de aprobación de acuerdo entre los cónyuges en procedimiento de liquidación del régimen económico de gananciales. Es título inscribible. R.  27 de Septiembre de 2010 

 

Segregación en virtud de sentencia. Es inscribible. R. 2 de marzo de 1999

 

Sentencia declarativa. Debe constar en la sentencia el título material de adquisición. R. 15 de Julio de 2010

 

Sentencia declarativa. No es título inscribible, sino que lo será el acto o negocio cuya existencia y validez se haya apreciado en la misma para declararlo. R. 15 de Julio de 2010

  

Sentencia declarativa del dominio. El mandamiento será el título formal hábil para practicar la inscripción, si contiene, entre otros extremos, el título material adquisitivo y las circunstancias de los adquirentes. R. 28 de octubre de 2005

 

Sentencia declarativa del dominio. Es inscribible si contiene el título material adquisitivo, aunque no se aporten los documentos de los que resulte tal título material, siempre que la sentencia los reconozca como causa del dominio que declara. R. 28 de octubre de 2005

 

Sentencia firme. Es inscribible sin necesidad de mandamiento ya que se trata de una ejecutoria. R. 24 de Marzo de 2004

 

Servidumbre. Una sentencia penal de condena por coacciones (por impedir el paso por un camino) no es título para inscribir una servidumbre. R. 26 de Diciembre de 2006

 

Transacción. El testimonio de un auto homologando un acuerdo transaccional de las respectivas fincas resultantes de división de la cosa común reúne los requisitos del artículo 3 LH para ser título formal inscribible. R. 7 de Enero de 2005 (anulada parcialmente por Sentencia de Juzgado de Instancia firme publicada en el BOE)

 

Transacción. Es inscribible la transacción privada homologada judicialmente. R. 5 de mayo de 2003, R. 22 de febrero de 2012

 

Transacción. Homologación judicial de acuerdo transaccional. No altera el carácter privado del documento. R. 9 de julio de 2013, R. 5 de agosto de 2013, R. 25 de febrero de 2014

 

 

 

TITULO Y MODO

 

Traditio. La falta de posesión material no impide la traditio instrumental. R. 25 de enero de 2001, R. 11 de Junio de 2004, R. 8 de Septiembre de 2005

 

Traditio. Puede haber transmisión del dominio aunque se aplace la entrega material, ya que cuando el art. 1462-2 CC exceptúa de la tradición instrumental el pacto en contrario se refiere no al pacto excluyente del traspaso posesorio material de la cosa sino al acuerdo impeditivo del hecho traditorio.  R. 25 de enero de 2001, R. 30 de marzo de 2001, R. 31 de marzo de 2001, R. 8 de Septiembre de 2005

 

Traditio. Puede haber transmisión del dominio aunque se aplace la entrega material. R. 25 de enero de 2001, R. 8 de Septiembre de 2005

 

 

TRACTO SUCESIVO

 

Adjudicación. Finca adjudicada en que sólo una cuota indivisa está inscrita a nombre del demandado. Supone un obstáculo registral que impide la inscripción de la adjudicación. R. 10 de Febrero de 2006

 

Adjudicación. No cabe inscribir la adjudicación cuando la finca está inscrita a nombre de persona distinta del demandado. R. 12 de Noviembre de 2003, R. 14 de Noviembre de 2003

 

Agrupaciones, segregaciones. No cabe inscribir fincas formadas por agrupaciones o segregaciones sin la previa inscripción de éstas. R. 30 de Noviembre de 2004

 

Anotación cancelada. No es inscribible una adjudicación en apremio constando inscrita la finca a nombre de tercera persona por una ejecución anterior, sin perjuicio de la posibilidad de acudir a los Tribunales a efectos de determinar la nulidad de la cancelación practicada. R. 3 de Marzo de 2005

 

Anotación de demanda. Aplicabilidad del artículo 20 LH a las anotaciones de demanda. R. 12 de Diciembre de 2006

 

Anotación de demanda. Cabe practicarla aunque la finca esté aun inscrita a nombre del demandante, pues de lo contrario podría producirse su indefensión en caso de inscribirse la transmisión. R. 7 de Junio de 2005 -revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, PUBLICADA EN EL BOE-, R. 14 de Febrero de 2006

 

Anotación de demanda. Comunicación foral. No es posible la anotación si se ha dirigido la demanda contra uno sólo de los cónyuges casados en régimen de comunicación foral. R. 12 de Diciembre de 2006

 

Anotación de demanda contra herederos del titular registral. No procede la anotación de una demanda dirigida contra todos los herederos del titular registral, cuando tal circunstancia no resulta del mandamiento presentado. R. 6 de Junio de 2000

 

Anotación de demanda. La excepcionalidad de no tener que notificar al demandado no significa que pueda anotarse la demanda cuando la finca está inscrita a nombre de persona distinta del demandado, ya que se incurriría en indefensión. Posibilidad de pedir copia de la escritura de venta al demandado para inscribir ésta. R. 7 de Septiembre de 2005

 

Anotación de demanda. No cabe practicarla si los bienes constan inscritos a nombre de persona distinta del demandado. R. 17 de noviembre de 1999,  R. 19 de febrero de 2000, R. 14 de mayo de 2001, R. 18 de mayo de 2001, R. 19 de mayo de 2001, R. 14 de Noviembre de 2002, R. 5 de Marzo de 2004, R. 7 de Septiembre de 2005, R. 21 de Septiembre de 2005 -anulada por sentencia firme de juzgado de instancia, publicada en el BOE-,  R. 6 de Octubre de 2005, R. 14 de Enero de 2006, R. 8 de Julio de 2006, R. 19 de Diciembre de 2006, R. 30 de Mayo de 2009,  R. 16 de Agosto de 2010, R. 30 de junio de 2012, R. 10 de septiembre de 2012, R. 10 de septiembre de 2012, R. 11 de septiembre de 2012

 

Anotación de demanda. No cabe practicar una anotación de demanda si la sociedad titular registral no ha sido demandada, aunque sí lo haya sido la persona titular única de las participaciones sociales. R. 14 de mayo de 2001, R. 18 de mayo de 2001, R. 19 de mayo de 2001, 

 

Anotación de prohibición de disponer. No cabe tomar anotación preventiva de prohibición de disponer sobre una finca que aparece inscrita a nombre de una sociedad anónima, uno de cuyos socios es el querellado, por falta de tracto. R. 20 de junio de 2001

 

Anotación de derecho hereditario. No procede si la finca está inscrita a favor de una persona distinta del causante, aunque éste fuera partícipe aquella (una sociedad) . R. 8 de enero de 2002

 

Anotación de demanda. No cabe practicar la anotación si los bienes constan inscritos a nombre de persona distinta del demandado aunque al tiempo de la interposición de la demanda la finca estuviera inscrita a favor del demandado. R. 14 de Noviembre de 2002

 

Anotación de demanda. Sociedades interpuestas. No cabe practicar la anotación estando inscritos los bienes a nombre de una sociedad no demandada, aunque sea aquella a la que el demandado –administrador - anterior titular registral aportó los bienes, no dándose los requisitos del art. 20-6 LH. R. 4 de Octubre de 2005

 

Anotación de demanda: Una vez practicada, tiene eficacia erga omnes, sin que pueda alegarse falta de tracto sucesivo. R. 16 de Mayo de 2006.

 

Anotación de demanda cuando el demandante  es el propio titular registral. R. 5 de Noviembre de 2001

 

Anotación de demanda contra una supracomunidad de propietarios. No procede si no han sido demandados los titulares registrales de los locales sobre los que se pretendía anotar. R. 11 de julio de 2001

 

Anotación de demanda cuando el demandante  es el propio titular registral. Cabe practicar anotación de demanda aunque la finca esté aun inscrita a nombre del demandante, pues de lo contrario podría producirse su indefensión en caso de inscribirse la transmisión. R. 14 de Febrero de 2006, R. 24 de enero de 2011, R. 15 de abril de 2011 

 

Anotación de demanda y venta de la finca presentada antes. Pese a las sospechas de actuación deliberada del demandado, no cabe practicar la anotación al estar inscrita la finca a favor de persona distinta. R. 18 de Enero de 2005

 

Anotación de embargo. Cabe prorrogar una anotación de embargo aunque no se haya inscrito previamente la cesión del crédito del acreedor embargante. R. 1 de septiembre de 2014

 

Anotación de embargo. Cancelación por nulidad de una inscripción de dominio existiendo embargos posteriores. La cancelación de los embargos requiere el consentimiento de sus titulares o la resolución judicial oportuna en procedimiento en que sean demandados. R. de 2 de Abril de 2002

 

Anotación de embargo en ejecución de sentencia tras haber anotado la demanda, estando inscrita la finca –tras la anotación de demanda- a nombre de persona distinta del embargado. Admisibilidad. R. 16 de Mayo de 2006

 

Anotación de embargo. Finca inscrita a favor del causahabiente del deudor siendo ambos demandados. R. 16 de enero de 2013

 

Anotación de embargo. No cabe anotar un embargo siendo el demandado un socio de la sociedad titular registral. R. 1 de Agosto de 2006

 

Anotación de embargo. No cabe anotar un embargo de finca inscrita a nombre de uno de los cónyuges por deudas del otro. R. 28 de diciembre de 1998

 

Anotación de embargo. No cabe anotar un embargo si la finca está inscrita a nombre de persona distinta del demandado, aunque aquél, según el auto, haya consentido por haber vendido la finca en documento privado a uno de los deudores demandados, en cuyo caso lo procedente es tomar anotación de suspensión de la anotación de embargo y solicitar que se realice la inscripción omitida. R. 7 de Octubre de 2004

 

Anotación de embargo. No cabe practicarla si los bienes constan inscritos a nombre de persona distinta del demandado. R. 27 de Marzo de 1998, R. 22 de febrero de 2000, R. 25 de febrero de 2000, R. 5 de noviembre de 2009

 

Anotación de embargo. No cabe practicar la anotación si la finca está inscrita a nombre de persona distinta del demandado. No basta con que se cumpliera el tracto sucesivo en el momento de la fecha del auto ordenando la anotación, debiendo estarse al momento de la presentación en el Registro o después si durante la vigencia del asiento de presentación se aportan los títulos intermedios. R. 5 de noviembre de 2009

 

Anotación de embargo. No cabe anotar un embargo si la finca está inscrita a nombre de persona con el mismo nombre y apellidos que el demandado pero distinto D.N.I. R. 23 de noviembre de 2009

 

Anotación de embargo. No cabe anotar un embargo contra quien no es titular registral, salvo que conste vigente anotación de demanda de dominio a su favor. R. 14 de Octubre de 2006

 

Anotación de embargo. No puede anotarse un embargo sobre la cuota abstracta que en el patrimonio ganancial no liquidado correspondería a uno de los cónyuges sobre un bien cuando el mismo figura ya inscrito a nombre de los hijos.  R. 26 de Octubre de 2001

 

Anotación de embargo. Procede anotar un embargo aunque las fincas estén a nombre de persona distinta del deudor porque hay sentencia que declaró fraudulenta la enajenación inscrita. R. 26 de Mayo de 2005

 

Anotación de embargo contra sociedad absorbente de la titular registral. Puede practicarse. R. 30 de septiembre de 2013

 

Anotación de embargo sobre finca transmitida. Sólo cabría practicar la anotación si se restringiera a un principal que pudiera hacerse valer en el mismo procedimiento (p.ej vencimientos posteriores de la misma obligación) además de a los intereses y a las costas.  R. 7 de Junio de 2006

 

Anotación de embargo sobre los derechos hereditarios que al demandado corresponden en la herencia de su padre sobre determinadas fincas. No cabe cuando éstas se hallan ya inscritas a favor de la viuda no demandada. R. 22 de febrero de 2000

 

Anotación de embargo. No cabe anotar un embargo sobre finca inscrita a nombre de uno de los cónyuges, por título de disolución y liquidación de gananciales, cuando en el procedimiento sólo ha sido demandado el otro cónyuge. R. 18 de febrero de 2000

 

Anotación de embargo. No es anotable un embargo dirigido contra el socio único de la sociedad titular registral. R.23 de mayo de 2013

 

Anotación de embargo. Prórroga: No cabe si al presentarse el mandamiento ya había caducado la anotación.  y la finca figura inscrita a favor de personas distintas de los embargados. R. de 4 de Abril de 2002

Anotación de embargo en procedimiento contra causahabiente del titular registral, notificando a éste. No es suficiente. R. 2 de Julio de 2014

 

Anotación de embargo. Tracto sucesivo. Titular registral fiador y socio de los deudores. No habiendo sido dirigido el procedimiento contra el titular registral y sin mediar su consentimiento, no puede practicarse un asiento que pueda perjudicar sus derechos. R. 23 de Septiembre de 2010

 

Anotación de prohibición de disponer. No cabe practicarla si la finca está inscrita a nombre de persona distinta deL demandado. R. 19 de julio de 2000

 

Anotación de querella. Bienes de los que el imputado no es titular registral. Requisitos para la aplicación de la excepción del art. 20-7 LH. R. 18 de Febrero de 2009, R. 29 de Diciembre de 2005, R. 14 de febrero de 2008

 

Anotación de querella. No cabe practicar una anotación de querella cuando las fincas están inscritas a nombre de personas que no han intervenido en el procedimiento. R. 8 de junio de 2001, R. 31 de Enero de 2002, R. 31 de Enero de 2002, R. de 12 de Marzo de 2002, R. 12 de Septiembre de 2002, R. 28 de Septiembre de 2002,  R. 25 de Septiembre de 2002, R. 26 de octubre de 2002, R. 9 de Septiembre de 2004, 19 de Septiembre de 2006, R. 14 de febrero de 2008

 

Anotación de querella. No es anotable una querella criminal sobre una finca que aparece inscrita a favor de una sociedad distinta de los querellados (intervinientes en el procedimiento), en virtud del principio de tracto sucesivo. R. 8 de junio de 2001

 

Anotación de querella. No cabe practicar una anotación preventiva de querella contra determinada persona física por los delitos de falsedad y estafa, si la finca aparece inscrita a nombre de una persona jurídica, cuyo gerente es el querellado. R. 31 de Enero de 2002, R. 31 de Enero de 2002

 

Anotación de querella. Es posible practicar una anotación preventiva de querella estando la finca inscrita a nombre del querellante. R. 25 de Marzo de 2004

 

Anotación de quiebra estando la finca inscrita a nombre de persona distinta del quebrado. Los principios de salvaguarda jurisdiccional de los derechos e intereses legítimos y proscripción de la indefensión (art. 24 CE),  salvaguarda judicial de los asientos (arts 1 y 40 LH), legitimación (Art. 38 LH), y tracto sucesivo (Art. 20 LH), impiden inscribir o anotar un título no otorgado por el titular registral o resultante de un procedimiento en el que ha sido parte. R. 19 de julio de 2005

 

Anotación de quiebra. Retroacción y terceros. Para practicar la anotación de quiebra es necesario que las fincas estén inscritas a nombre del quebrado, aunque la adquisición del actual titular sea posterior a la fecha a la que se retrotraen los efectos de la quiebra. R. 19 de julio de 2005

 

Anotación de quiebra. No cabe practicar una anotación preventiva de declaración judicial de quiebra en que se solicita la constancia registral de la retroacción si las fincas están inscritas a nombre de persona distinta del quebrado. R. 17 de Marzo de 2005 R. 12 de Enero de 2006

 

Anotación de sentencia. No cabe sobre finca no inscrita. R. 8 de noviembre de 2010

Anotación de uso y disfrute de la vivienda familiar. No procede si está inscrita a nombre de persona que no tuvo parte en el procedimiento. R. 25 de junio de 1998

 

Anotación indebidamente practicada sobre el pleno dominio cuando el demandado solo era titular de una mitad indivisa. Sólo cabe ejecutar en cuanto a dicha mitad debiéndose denegar en cuanto a la otra, dado el carácter no constitutivo de la anotación de embargo y el principio de legitimación registral. R. 29 de Octubre de 2004

 

Anotación no prevista estando además la finca inscrita a nombre de persona distinta del denunciado. No procede. R. 24 de Junio de 2003

 

Anotación preventiva de medida cautelar a favor del estado en procedimiento. Debe cumplirse el tracto sucesivo. R. 22 de Julio de 2013

 

Anotación preventiva de derecho hereditario sobre finca de un heredero. No procede. R. 6 de septiembre de 2013

 

Artículo 20-6 LH. Requisitos para su aplicación: Procedimiento criminal y que resulte del mandamiento que a juicio del juez existen indicios racionales de ser el imputado el verdadero titular. R. 4 de Octubre de 2005

 

Asientos posteriores a título nulo. No cabe cancelar los asientos posteriores que traen causa del título declarado nulo si en el procedimiento en el que se declara dicha nulidad no han intervenido los titulares respectivos. R. 3 de marzo de 2010, 24 de mayo de 2012

 

Auto de adjudicación por deudas de la heredera única del titular registral. Posibilidad de aplicar el art 20.5.3 LH, pero que debiendo acreditarse las circunstancias del art. 166 RH y la aceptación de la herencia por parte del heredero. R. 2 diciembre de 2011

 

Cancelación de hipoteca inscrita a favor de una entidad, que por fusiones bancarias, hoy es otra: Es necesaria -principio del tracto sucesivo-, la previa inscripción de la transmisión de la hipoteca causada por la fusión, pero basta con que el Notario autorizante testimonie los extremos necesarios, sin necesidad de  presentar la copia de la fusión. R. 28 de Septiembre de 2001 R. 12 de enero de 2002

 

Cancelación de hipoteca con previa cesión del crédito hipotecario por escisión de la entidad acreedora. Tracto abreviado. R. 31 de Octubre de 2001

 

Cancelación de hipoteca. No procede practicar la cancelación de una hipoteca ordenada como consecuencia de un procedimiento penal en el que no ha sido parte el acreedor hipotecario. R. 15 de marzo de 2001

 

Certificación de dominio y cargas. No es necesario para la extensión de la nota marginal de expedición de cargas en procedimiento de ejecución directa que la hipoteca se encuentre inscrita a favor de la entidad ejecutante. Sí sería preciso en el extrajudicial. R. 11 de octubre de 2013

 

Compraventa entre vendedor (el estado) y herederos del comprador. Necesidad de elevar a público el contrato a favor del comprador o causante interviniendo sus herederos en su condición de tales. R. 31 de octubre de 2002

 

Compraventa. No es posible la inscripción de una compraventa figurando la finca inscrita a nombre de personas distintas del vendedor. R. 20 de febrero de 2002

 

Compraventa en la que la titularidad registral de la finca que se vende no coincide con la que se menciona en la escritura. R. 31 de mayo de 2013

 

Contradicción. No es inscribible una escritura de venta contradictoria con otra otorgada después pero ya inscrita. R. 23 de Noviembre de 2004

 

Convenio regulador. Vivienda habitual privativa. Obstáculo derivado del Registro: Tracto sucesivo. R. 3 de Junio de 2006

 

Convenio regulador. No cabe adjudicar a un cónyuge un bien que fue la vivienda familiar pero que figura inscrito a nombre de una sociedad. R.30 de mayo de 2013

 

Depuración física y jurídica de parcelas de titularidad municipal. Tracto sucesivo. R. 20 de junio de 2013

 

Derecho de retracto y tercero hipotecario. Aunque el retracto es eficaz frente a terceros, el tercero hipotecario del artículo 34 LH, actual titular registral, no puede verse afectado por el mismo al no constar anotada la demanda. R. 30 de Abril de 2003

 

Derecho hereditario. No cabe inscribir un derecho contradictorio del titular de la anotación preventiva de derecho hereditario sin que el mismo haya tenido la debida intervención. R. 15 de Julio de 2010

 

Discrepancia en los apellidos entre asiento registral y escritura posterior. Se cumple el tracto existiendo declaración de notoriedad de tratarse de la misma persona y de existencia de error en el título que motivó la inscripción. R. 3 de enero de 2005

 

Disolución parcial de comunidad y tracto. R. 12 de Marzo de 2010

 

Donación nula. La cancelación de una donación declarada nula judicialmente requiere que el titular registral haya tenido intervención en el procedimiento. R. 30 de marzo de 2000

 

Ejecución embargo. Finca adjudicada en que sólo una cuota indivisa está inscrita a nombre del demandado. Supone un obstáculo registral que impide la inscripción de la adjudicación.  R. 10 de Febrero de 2006

 

Ejecución de hipoteca inscrita a nombre de entidad distinta de la ejecutante. No es inscribible, siendo precisa la previa inscripción de la hipoteca a favor de esta última. R. 10 de octubre de 2013, R. 17 de octubre de 2013

 

Ejecución de sentencia. Auto teniendo por emitida la declaración de voluntad, consistente en elevar a público un contrato de compraventa. Siendo distintos los titulares registrales y la demandada, no debe practicarse la inscripción. R. 7 de noviembre de 2012

 

Ejecutante ejecutado. R. 24 de enero de 2001

      

Elevación a público. No es inscribible una elevación a público de documento privado de compraventa cuando no se observa el tracto sucesivo. R. 14 de Diciembre de 2004

 

Elevación a público de contrato cuando el transmitente ya no es titular registral. No es inscribible. R. de 13 de Enero de 2010

 

Elevación a público de un contrato verbal de compraventa de un inmueble otorgado por la autoridad judicial. R. 12 de julio de 2012

 

Elevación a público de contrato privado. Tracto sucesivo. R. 26 de noviembre de 2012

 

Embargo de los derechos que puedan corresponder a un cónyuge sobre un concreto bien ganancial. No cabe la anotación, tanto vigente la sociedad de gananciales como disuelta y no liquidada. Estando, no obstante, practicada la anotación, el presupuesto de la pertenencia del bien al patrimonio del deudor debe ser calificado por el Registrador tanto en el momento de la anotación como en el de la enajenación judicial.  R. 23 de Abril de 2005

 

Embargo contra los herederos del deudor. No cabe anotar un embargo acordado en procedimiento en el que no sean parte los titulares actuales de los bienes trabados, aunque estos sean herederos del deudor demandado. R. 15 de septiembre de 2001

 

Embargo contra sociedad civil, figurando inscrita la finca a nombre de un socio.  R. 13 de febrero de 2013

 

Embargo y adjudicación de mitad indivisa del no demandado. La práctica de una anotación eventualmente incorrecta, no menoscaba la presunción de existencia y pertenencia a tercero distinto del ejecutado, del derecho gravado por el embargo, presunción que deriva de la respectiva inscripción y no queda desvirtuada por la anotación. R. 3 de marzo de 2001

 

Embargo y adjudicación de mitad indivisa del no demandado. No cabe inscribir una compraventa otorgada por el Juez como consecuencia de un procedimiento de ejecución en el que no ha sido demandado el titular registral. R. 3 de marzo de 2001

 

Embargo sobre finca aun no inscrita a favor del demandado. Procedimiento del ar. 140 RH. R.17 de junio de 2013

 

Excepción art. 20-7 LH. Carácter excepcional. No es susceptible de interpretación extensiva. No cabe anotar la demanda cuando la finca está inscrita a nombre de persona que no ha sido demandada y sin decisión judicial previa sobre el levantamiento del velo de la personalidad jurídica. R. 23 de noviembre de 2012

 

Excepción art. 20-7 LH. Requisitos para su aplicación. R. 29 de Diciembre de 2005, R. 22 de febrero de 2012

 

Excepción art. 20-7 LH. Embargo criminal sobre finca inscrita a favor de terceros, sabiéndolo el tribunal. Requisitos del art. 20-7 LH. Carácter subsanable del defecto. R. 22 de febrero de 2012

 

Expropiación forzosa. Estando inscrita la finca a nombre de persona distinta de aquella contra la que se ha dirigido el procedimiento, no cabe practicar la inscripción, sin que puede pretenderse por la vía del recurso gubernativo la cancelación de asientos ya practicados.  R. 8 de Enero de 2007

 

Expropiación forzosa. Necesidad de seguir el procedimiento contra los titulares registrales o sus causahabientes, pero sin necesidad de previa inscripción de los títulos intermedios para que quede cumplido el tracto sucesivo registral. R. 17 de octubre de 2005, R. 17 de octubre de 2005

 

Expropiación forzosa sin intervenir el actual titular registral: No es inscribible. Principios de tutela judicial efectiva, tracto sucesivo y legitimación. Prioridad y fe publica registral. R. 19 de abril de 2010

 

Expropiación forzosa. Reversión. No es inscribible la transmisión de un derecho de reversión -no inscrito previamente- declarado en sentencia sin que los titulares registrales hayan intervenido en el procedimiento. R. 15 de Abril de 2008

Expropiación forzosa. Reversión y tracto abreviado. R. 29 de junio de 2001

 

Expropiación forzosa sin intervenir el actual titular registral: No es inscribible. Principios de tutela judicial efectiva, tracto sucesivo y legitimación. Prioridad y fe publica registral. R. 19 de abril de 2010

 

Expropiación forzosa. No es inscribible la expropiación si la finca expropiada está inscritas a nombre de personas distintas de aquellas con las que se ha seguido el procedimiento. R. 8 de octubre de 2012

 

Falta de tracto sucesivo y consentimiento del titular registral que no es  ya propietario civil.  Necesidad de presentar los títulos intermedios. R. 13 de mayo de 2014

 

Gastos de urbanización. No cabe anotar un embargo por incumplimiento del pago de gastos de urbanización, en procedimiento administrativo de apremio dirigido contra quien ya no es titular registral. Rige el principio de tracto sucesivo. R. de 5 de Octubre de 2009, R. 17 de Octubre de 2009

 

Herencia previa y venta. Cabe inscribir la venta siempre que aparezca otorgada por quienes acrediten ser los únicos llamados a la herencia y conste su aceptación, expresa o tácita. R. 25 de Febrero de 1999

   

Herencia yacente. Juicio declarativo contra herederos desconocidos: No es inscribible la actuación judicial en nombre de ignorados herederos sin nombramiento de administrador. R. 24 de Febrero de 2006, R. 21 de Febrero de 2007, R. 20 de Noviembre de 2007

 

Herencia yacente. La doctrina DGRN sobre la necesidad de nombramiento de administrador en caso de herencia yacente, es aplicable tratándose de la herencia del titular registral no en caso de participaciones indivisas no inmatriculadas  Inmatriculación. R. 2 de Octubre de 2008

 

Herencia yacente. Ejecución contra la herencia yacente. Designación de administrador que la represente.  R. 5 de Julio de 2006

 

Herencia yacente. Procedimiento contra la herencia yacente: No basta citación genérica. Necesidad de nombramiento de administrador. R. 18 de Noviembre de 2006

 

Herencia yacente. Procedimiento contra herederos: cuándo se precisa administrador judicial. Suavización de doctrina anterior. Debe limitarse a aquellos casos en que el llamamiento a los herederos indeterminados es puramente genérico y obviarse cuando de los documentos presentados resulte que el juez ha considerado suficiente la legitimación pasiva de la herencia yacente. R. de 27 de julio de 2010, R. de 19 de agosto de 2010, R. de 20 de agosto de 2010, R. 10 de enero de 2010

 

Herencia yacente. Administrador judicial en sentencia contra la herencia yacente. R. 17 de Marzo de 2009

 

Herencia yacente. Tracto sucesivo. R. 25 de Abril de 2013

 

Hipoteca. No puede inscribirse la hipoteca otorgada por el marido y asentida por la mujer si cuando se presenta la finca ya se ha transmitido y consta inscrita a nombre de la mujer. Inaplicabilidad de la doctrina de la convalecencia del negocio nulo. R. 27 de Abril de 2005

 

Hipoteca. No procede la inscripción de una hipoteca cuando el hipotecante ya no aparece como dueño de la finca. R. 28 de julio de 1999

 

Hipoteca y aportación a la sociedad conyugal presentadas en orden inverso. Concepto de titulos incompatibles: principios de prioridad y tracto.  R. 22 de julio de 2009

 

Hipoteca. Nulidad. No es inscribible una sentencia de nulidad de hipoteca sin que haya sido parte en el procedimiento el titular registral y estando caducada la anotación de demanda. R. 13 de Enero de 2005

 

Hipoteca de quien está en litigio con el titular registral. No es inscribible, es necesario que la finca esté inscrita a nombre del hipotecante, no bastando una anotación. R. 28 de enero de 2012

 

Hipoteca: tasación a posteriori. No cabe inscribirla sin la intervención del nuevo titular registral. R. 20 de octubre de 1999

 

Identidad del derecho. Ha de existir identidad entre el derecho tal como se configura en el Registro y como se hace en el título calificado. R. 3 de Junio de 2006

 

Iglesia. Finca inscrita a favor de persona física –obispo de una Diócesis-. No es inscribible el título otorgado por la Archidiócesis. R. 25 de Febrero de 2005

 

Inscripción a favor del fideicomisario. No es necesaria la previa inscripción a favor del fiduciario. R. 10 de noviembre de 1998

 

Legitimación registral. No cabe la venta de un Ayuntamiento directamente a la viuda constando en el expediente la primitiva adjudicación al marido, hoy fallecido. R. 18 de julio de 2005

 

Legitimación y tracto. No es inscribible una escritura de elevación a público de un documento privado de compraventa, otorgada judicialmente en rebeldía del demandado, cuando la finca figura ya inscrita a favor de tercero que no ha sido parte en el procedimiento y sin que se haya anotado la demanda. R. 8 de abril de 1999

 

Legitimación registral y tracto sucesivo. Interrupción de tracto. R. 22 de enero de 1999

 

Licencia. No cabe hacer constar una Sentencia Judicial firme de declaración de nulidad de una licencia de obras, cuando el procedimiento no se ha seguido contra los titulares registrales.  R. 10 de Junio de 2005 

 

Mandamiento de ejecución de sentencia. No es inscribible si la finca está inscrita a nombre de persona distinta del demandado. R. 15 de junio de 2001

Nulidad. No cabe hacer constar en el Registro la nulidad de un título que provocó una inscripción, cuando el dominio que publica dicha inscripción figura transmitido por venta en la inscripción siguiente.  R. 3 de julio de 2001

 

Nulidad de compraventa declarada por sentencia. La cancelación de asientos posteriores requiere que sus titulares hayan sido parte en el procedimiento. R. 21 de noviembre de 2012, R. 2 de agosto de 2014

 

Nulidad de licencia de edificación. Anotación preventiva de sentencia dictada en procedimiento contencioso administrativo sobre ilegalidad de la licencia de una construcción. Es necesario que hayan sido parte o hayan sido oído todos los titulares registrales. R. 3 de marzo de 2011

 

Nulidad de disolución de condominio por alzamiento de bienes sin la debida intervención de la actual titular registral. No es inscribible. R. 1 de agosto de 2012

 

Nulidad de un estudio de detalle por Sentencia TS. Son inscribibles las sentencias firmes en que se declare la anulación de instrumentos de ordenación urbanística, siempre que se concreten a fincas determinadas e identificables y que haya participado su titular en el procedimiento. R. 6 de marzo de 2013

 

Nulidad de venta judicial. Protección registral de los terceros adquirentes.   R. 27 de  abril de 2012  

 

Obra nueva. La declaración de Obra Nueva es una constatación de las características físicas de una finca. Para su inscripción, ha de ser formulada por quien en ese momento resulte ser el titular registral. R. 14 de marzo de 2001

 

Obra nueva. Necesidad de previa inscripción de una obra nueva para inscribir los derechos sobre ella. R. 28 de mayo de 2011

 

Opción de compra: En caso de ejercicio debe demandarse al actual titular registral de la finca.  R. 30 de Enero de 2006

 

Quiebra no inscrita. No cabe cancelar asientos registrales posteriores a una determinada fecha –la de la retroacción- sin que sus titulares hayan sido parte en el procedimiento y sin estar inscrita la quiebra. R. 27 de Abril de 2007

 

Patrimonio en liquidación. Cabe enajenar bienes de un patrimonio en liquidación, siempre que se realice por todos los que ostentan las plenas facultades de gestión y representación. Las exigencias del tracto sucesivo quedan satisfechas si en el procedimiento seguido fueron demandados y condenados todos los que según el Registro ostentan la completa titularidad de esa masa patrimonial. R. 20 de Septiembre de 2002

 

Previa inscripción. Debe estar previamente inscrito el derecho del transmitente. R. 14 de Junio de 2010

 

Principio de prioridad frente al de tracto sucesivo. Cuando la finca aparezca inscrita a favor de persona distinta del disponente, o del ejecutado en el caso de los embargos, pero de la que traiga causa el derecho de éste, constando tal cualidad de causahabiente en el propio Registro (en otras fincas registrales) o alegándose tal cualidad en el propio título presentado, ha de entenderse que se ha configurado legalmente una suerte de reserva de rango a través del asiento de presentación del título con defecto formal de tracto a favor del título que falta para completar o reconstruir el tracto, a cuyo favor se produce un trasvase de la prioridad del título al que subsana. R. 12 de noviembre de 2010

 

Procedimiento judicial de ejecución hipotecaria. Constancia registral de la subrogación procesal. tracto sucesivo. R. 5 de julio de 2013

 

Prohibición de disponer. No cabe practicar una anotación preventiva de prohibición de disponer estando la finca inscrita a nombre de persona distinta del demandado (art. 20-7 LH). R. 27 de Febrero de 2006

 

Propiedad horizontal. Distinción entre actos colectivos de la Comunidad, (basta el acuerdo de la Junta de Propietarios con los requisitos legales) y actos individuales que afectan al contenido esencial del derecho de dominio de los distintos propietarios, para los que es necesario que el acuerdo se adopte por los titulares registrales e incluso que su consentimiento individualizado se preste en documento público.  R. 4 de Marzo de 2004 (desafectación y venta de elemento común es acto colectivo), R. 31 de Marzo de 2005 (vinculación ob rem de los trasteros a las viviendas, como anejos) -anulada parcialmente por Sentencia FIRME de Juzgado de Primera Instancia, publicada en el BOE-, R. 5 de Julio 2005 (modificación de estatutos es acto colectivo), R. 30 de Noviembre de 2006 (Desafectación de elementos comunes y transmisión es  acto colectivo), R. 23 de Marzo de 2005 (La desafectación y venta de la portería es acto colectivo), R. 17 de Abril de 2007 (modificación de cuotas, salvo excepciones, es acto colectivo), R. 1 de junio de 2010 (nueva norma estatutaria sobre determinada instalación), R. 27 de diciembre de 2010 (modificación de cuotas, es individual, salvo determinados casos), R. 8 de abril de 2011  (modificación de título constitutivo es acto colectivo), R. 30 de julio de 2011 (segregación de un desván, que se transforma en vivienda como finca independiente, es acto colectivo) -rectificada por la R. 22 de Septiembre de 2011-

 

Propiedad horizontal. Modificación de cuotas. Si el Registrador considera en su nota de calificación que se trata de un acto de la junta como órgano colectivo, no puede exigir los requisitos que se derivarían del principio de tracto sucesivo, consentimiento individualizado de todos los titulares registrales. R. 23 de mayo de 2001

 

Propiedad Horizontal. Estatutos. Su nulidad requiere que hayan sido demandados todos los titulares registrales. R. 1 de Diciembre de 2004

 

Propiedad horizontal. No cabe inscribir una sentencia contra la sociedad promotora si los pisos están inscritos a favor de terceros. R. 6 de Noviembre de 2003

 

Propiedad horizontal. Modificación del título constitutivo. No puede verificarse sin el concurso de titulares posteriores. R. 1 de junio de 2013

 

Protección registral de los herederos del titular registral (consentimiento o intervención en el procedimiento). Necesidad de acreditar quienes son aportando el título sucesorio. R. 21 de Septiembre de 2005, R. 28 de Febrero de 2006, R. 1 de Julio de 2011

 

Protección registral. Una resolución judicial no puede operar la cancelación de asientos que afectan a personas no demandadas. R. 14 de Enero de 2003, R. 20 de Marzo de 2003, R. 24 de Octubre de 2003, R. 27 de Abril de 2005 R. 23 de Julio de 2005, R. 30 de Enero de 2006

 

Protección titular registral (véase también, “asientos registrales”, “calificación registral”, “cancelación”). R. 30 de marzo de 2000, R. 8 de junio de 2001, R. 20 de Marzo de 2003, R. 7 de Junio de 2003, R. 1 de Septiembre de 2003, R. 2 de Septiembre de 2003, , R. 6 de Noviembre de 2003, R. 16 de Diciembre de 2003, R. 29 de Octubre de 2004, R. 17 de Noviembre de 2004, R. 8 de Enero de 2005, R. 13 de Enero de 2005, R. 18 de Enero de 2005, R. 2 de Febrero de 2005, R. 19 de Abril de 2005, R. 27 de Abril de 2005 R. 29 de Diciembre de 2005, R. 27 de Febrero de 2006, R. 5 de Julio de 2006, R. 25 de Noviembre de 2006, R. 18 de Diciembre de 2006, R. 27 de Abril de 2007, R. 27 de Junio de 2007, R. 13 de Julio de 2007, R. 17 de Julio de 2007 R. 19 de Julio de 2007, R. 6 de Octubre de 2007, R. 15 de Octubre de 2007, R. 5 de Noviembre de 2007 –anulada por Sentencia firme de Juzgado de Primera Instancia-, R. 6 de Febrero de 2008

 

Protocolización unilateral de documento privado y tracto sucesivo. No puede inscribirse un documento privado protocolizado por una de las partes y no de la otra, ya fallecida, aunque ésta sea causante de los herederos titulares registrales. R. 26 de Agosto de 2008

 

Rectificación de la descripción de una finca sin aportar el título previo de la segregación ni el de la adquisición. Tracto sucesivo. R. 13 de mayo de 2013

 

Rectificación de división tras haber vendido todo. No queda resto del que pueda disponer el titular registral de la finca primitiva. R. 23 de noviembre de 2000

 

Reparcelación voluntaria y tracto sucesivo. R. 24 de octubre de 1998

 

Segregación. No es inscribible una segregación sobre finca inscrita a favor de terceras personas.  R. 23 de Noviembre de 2004

 

Segregación retrasada. No cabe inscribir una segregación cuando la finca matriz está ya inscrita a nombre de persona distinta de quien segrega, no apareciendo reservada superficie alguna. R. 9 de Febrero de 2007

 

Sentencia de nulidad de un proyecto de reparcelación. Tracto sucesivo. R. 5 de agosto de 2013

 

Sentencia declarativa de dominio. Tracto sucesivo. R. 6 de Marzo de 2014

 

Sentencia sin intervención del titular registral. No es inscribible una sentencia en procedimiento no seguido contra el titular registral. R 7 de noviembre de 2002, R. 11 de noviembre de 2002, R. 16 de Diciembre de 2003, R. 30 de abril de 2009, R. 15 de Julio de 2010, R. 1 de marzo de 2013, R. 29 de junio de 2013, R. 8 de octubre de 2013, R. 25 de noviembre de 2013

 

Sentencia sin intervención del titular registral. No es inscribible una sentencia en procedimiento no seguido contra el titular registral. Pero es el órgano judicial es el que ha de apreciar si los titulares registrales han tenido ocasión de intervenir en el proceso. R. 5 de agosto de 2013, R. 8 de octubre de 2013, R. 25 de noviembre de 2013, R. 7 de agosto de 2014

 

Sentencia. Finca ganancial: deben de haber podido intervenir en el procedimiento ambos  esposos. R. 9 de mayo de 2012

 

Servidumbre. No es inscribible una servidumbre constituida por personas que, en un momento fueron titulares registrales de los predios dominante y sirviente, pero que en el momento en el que se pretende la inscripción, aparecen inscritos a favor de otras personas. R. 21 de Agosto de 2009

 

Sociedad transmitente en proceso de fusión. Principio de tracto sucesivo. R. 20 de septiembre de 2011, R. 13 de octubre de 2011

 

Titularidades intermedias. Resolución de compraventa: finca inscrita a favor del comprador pero con transmisiones intermedias. Es inscribible. R. 16 de julio de 2012

 

Tracto sucesivo. No es inscribible una servidumbre constituida en virtud de sentencia si el procedimiento no fue seguido contra el titular registral. R. 5 de Febrero de 2001

 

Tracto sucesivo en la elevación a público de contratos privados. No puede el titular registral otorgar la compraventa a favor del adquirente del adquirente. R. 14 de mayo de 1999, R. 24 de mayo de 1999

 

Tracto sucesivo y legitimación registral. Rectificación de errores. R. 13 de Julio de 2012

 

Tracto sucesivo y herencias no inscritas: Necesidad de inscribir las intermedias y aportar sus testamentos y liquidaciones tributarias. R. 6 de Mayo de 2014

 

Tracto sucesivo material. El titular registral sin poder de disposición. R. 21 de junio de 1999

 

Tracto sucesivo material. Legitimación registral sin poder de disposición. No cabe inscribir actos jurídicos al amparo del principio de legitimación registral si el titular carece de poder de disposición, ya que al Registro sólo pueden acceder los actos válidos. R.19 de octubre de 2013, R. 12 de Marzo de 2014

 

Traspaso adquirido en ejecución sin estar inscrito el arrendamiento a favor del deudor. No cabe la inscripción de aquel en virtud del principio de tracto sucesivo.  R. 10 de abril de 2012

 

Segregación y extinción de condominio por sociedad civil de bien inscrito a su nombre. Rectificación y tracto sucesivo. R. 28 de noviembre de 2013, R. 29 de noviembre de 2013

 

Sentencia declarativa del dominio. No cabe inscribir una sentencia declarativa del dominio de un inmueble si las fincas en que se ha dividido en régimen de propiedad horizontal figuran inscritas a favor de terceros distintos del demandado. R. 6 de abril de 2000

 

Sentencia declarativa del dominio. No puede inscribirse una sentencia declarativa del dominio figurando inscrita la finca a nombre de persona distinta del demandado. R. 5 de mayo de 2012

 

Sentencia de nulidad de licencia. No es inscribible si el titular registral actual no intervino en el procedimiento. R. 29 de junio de 2013 

 

Servidumbre forzosa de paso siendo predio sirviente un elemento común de un edificio en Propiedad Horizontal. No es inscribible si no ha sido demandada la comunidad de propietarios. R. 6 de octubre de 2001

 

Sólo emplazamiento. Sentencia firme del Tribunal Supremo en la que los titulares registrales solo fueron emplazados. No es suficiente, han de haber sido demandados. R. 19 de Abril de 2005

 

Tercería de dominio. Cancelación de embargos anteriores. No es posible cancelarlos en virtud  de la sentencia de tercería si  no han sido demandados sus titulares. R. 16 de Octubre de 2001

 

Tercería de dominio. La sentencia de tercería de dominio es inscribible si se cumple el tracto. R. 21 de Febrero de 2005 -Revocada por Sentencia firme de juzgado de Primera Instancia PUBLICADA EN EL BOE-

 

Tracto sucesivo. Figurando inscrita la finca a nombre del demandante no cabe practicar la anotación si se solicitó la anotación para el caso en que la finca estuviese inscrita a nombre del demandado.  R. 27 de junio de 2001 

 

Tracto sucesivo formal. Inscripción de servidumbres. Necesidad de consentimiento del titular registral. R. 29 de marzo de 2003

 

Tracto sucesivo sustantivo. La legitimación registral no opera si constan transmisiones intermedias. R. 22 de Septiembre de 2006, R. 3 de Septiembre de 2005

 

Tracto sucesivo sustantivo. La presunción iuris tantum del principio de legitimación registral cede frente a las exigencias del tracto sucesivo sustantivo, que exige estar a la existencia de un verdadero poder dispositivo en el transmitente. R. 23 de Enero de 2004

 

Transacción judicial en relación a una compra. Tracto sucesivo. R. 8 de julio de 2011

 

Unión de hecho. Tracto sucesivo formal. Necesidad de inscribir la titulación intermedia.  R. 14 de mayo de 2003

 

Uso vivienda familiar. No es inscribible el uso y disfrute de la vivienda familiar si está inscrita a nombre de persona que no fue parte en el procedimiento. R. 28 de Noviembre de 2002, R. 17 de Diciembre de 2002, R. 18 de Octubre de 2003 R. 18 de Enero de 2008, R. 21 de Enero de 2008

 

Venta de 1979 presentada ahora con la finca inscrita a favor de un tercero. Lo decisivo es que al tiempo de practicarse la inscripción del acto dispositivo conste inscrito el derecho a nombre del disponente. R. 19 de diciembre de 2012

 

Vinculaciones ob rem. Previa inscripción de las fincas a que afecte. De lo contrario es una mención. R. 28 de octubre de 2013

 

 

TUTELA

 

Calificación de documentos complementarios. R. 5 de noviembre de 2012

 

Compra. Los actos de adquisición de inmuebles no están sujetos a autorización judicial. R. 17 de enero de 2011

 

Conflicto de intereses entre tutora y tutelado como herederos en la formación de inventario. No existe, ya que el error, por defecto o por exceso, en la formación del inventario afecta por igual a todos ellos. R. 10 de enero de 2012

 

Elevación a público de documento privado de venta siendo comprador el tutor del vendedor, incapacitado después del documento privado. Prohibición art. 1459 CC. Desde el punto de vista del Registro, sólo puede considerarse como fecha en que se produjo el negocio cuya inscripción se pretende la del documento público. R. 9 de Enero de 2004

 

Herencia: No se precisa autorización judicial para la aceptación de herencia, si ésta ha sido ya aprobada judicialmente. R. 4 de junio de 2009

 

Intereses contrapuestos. Conflicto de intereses entre el heredero incapaz del vendedor y su tutor comprador, que hace necesario el nombramiento de defensor judicial. R.  2 de junio de 2010

 

Juicio notarial de suficiencia. La acreditación de la representación del tutor está sujeta al juicio de suficiencia del notario. R. 17 de enero de 2011

 

Partición con incapaz. Aceptación por el tutor sin beneficio de inventario y conflicto de intereses. La falta de autorización judicial previa y de nombramiento de defensor judicial quedan sanadas por la aprobación judicial posterior. R. 25 de abril de 2001

 

Partición con incapaces. En caso de partición de herencia por cuotas indivisas no es preciso el nombramiento de defensor judicial al no existir entre el tutor y los incapaces intereses contrapuestos, pero será precisa la aprobación judicial. R. 6 de noviembre de 2002  -Confirmada por sentencia firme de  Audiencia Provincial-

 

Registro Civil. Partición con incapaces. No es preciso acreditar la inscripción del cargo de tutor en el Registro Civil si previa o simultáneamente se ha promovido la inscripción omitida (P.ej si consta que se envia exhorto al Registro Civil). R. 6 de noviembre de 2002 –Confirmada –aunque en cuanto a otro extremo,  por sentencia firme de  Audiencia Provincial-

 

Venta. La falta de autorización judicial para vender es defecto, aunque la tutelada sea solamente usufructuaria. R. 27 de enero de 2012

 

Venta por tutor, de bienes gananciales con autorización judicial. R. 12 de julio de 1999

 

UNIONES DE HECHO

 

 

Aportación de bienes a una sociedad de gananciales constituida por pacto entre dos personas unidas por la relación de pareja de hecho. R. 7 de febrero de 2013

 

Ampliación y modificación de préstamo hipotecario. Deudor hipotecante soltero de vecindad valenciana.  Es necesaria la manifestación de no ser una vivienda de unión estable. R. 13 de mayo de 2013

 

Compraventa otorgada por soltero. Es necesaria la manifestación de no ser una vivienda de unión estable. R. 21 de mayo de 2013

 

Tracto sucesivo formal. Necesidad de inscribir la titulación intermedia.  R. 14 de mayo de 2003

 

Convenio regulador. El convenio regulador de pareja de hecho no puede documentar disolución de comunidad ordinaria. R. 6 de junio de 2010

   

URBANISMO

 

Adjudicación en proindiviso al no obtener licencia de segregación. Andalucía. R. 1 de octubre de 2013

 

Afección real. Cancelación. R. 4 de Enero de 2006

 

Afección de fincas al cumplimiento de obligación de cesión de viales y zonas verdes. Constancia registral. Procedimiento a seguir. R. 24 de Marzo de 2007

 

Afección urbanística. No cabe prórroga de nota de afección urbanística. R. 26 de mayo de 2014, R. 13 de junio de 2014

 

Afección urbanística. Prórrogas sucesivas. R. 1 de agosto de 2014

 

Ampliación de obra nueva. Condiciones en la licencia. R. 6 de febrero de 2013

 

Anotación de demanda en recurso contencioso administrativo. Requiere audiencia de los titulares registrales- y prestación de caución. R. 7 de Mayo de 2007

 

Anotación de  interposición del recurso contencioso administrativo en el que se solicite la nulidad del acto. La solicitud de nulidad del acto implica la petición de nulidad de la inscripción. R.12 de Julio de 2005

 

Anotación de sentencia. Es posible, sobre las fincas resultantes de un proyecto de reparcelación, una anotación preventiva de sentencia no firme dictada por un juzgado Contencioso-Administrativo por la que se declara la nulidad del acuerdo municipal de modificación del proyecto. R de 3 de diciembre de 2011 

 

Aportación por comuneros de una finca rústica a una sociedad en Andalucía: no precisa licencia de parcelación. R. 4 de marzo de 2013

 

Aprovechamiento urbanístico. Cancelación. No procede sin intervención de los titulares registrales posteriores. R. 11 de noviembre de 2002

 

Aprovechamiento urbanístico. Compraventa de aprovechamiento urbanístico con condición suspensiva. R. 14 de junio de 2011

 

Aprovechamiento urbanístico: Son bienes de contenido patrimonial actual e independiente, no simples expectativas. R. 26 de Junio de 2006

 

Aprovechamiento urbanístico: Transmisión en Andalucía. No es necesaria la adscripción a una finca determinada.  R. 26 de Junio de 2006

 

Aprovechamiento urbanístico: Transmisión en Andalucía. Puede hacerse a favor de personas no propietarias del suelo. R. 26 de Junio de 2006

 

Asignación de uso exclusivo de terreno sin construir a dos elementos de una propiedad horizontal en Baleares. Necesidad de licencia. R. 3 de abril de 2012

 

Asignación de uso exclusivo de terreno a los elementos privativos en baleares necesita licencia. R. 15 de octubre de 2012

 

Calificación atendiendo al plan general municipal. R. 12 de abril de 2011

 

Calificación urbanística. El cambio de calificación urbanística de un terreno no modifica por sí solo la propiedad del mismo. R. 3 de Septiembre de 2004

 

Cancelación de nota marginal de prórroga de fincas afectadas por procedimiento urbanístico. R. 27 de junio de 2013

 

Cancelación de cargas de urbanización. No resultando un error que resulte claramente de los asientos registrales, es necesario el consentimiento de todos los interesados o la rectificación del título administrativo que motivó la inscripción. R. 18 de junio de 2014

 

Cesión de viales: No son inscribibles determinados documentos privados indicativos de un procedimiento urbanístico no concluido. R. 1 de Octubre de 2005

 

Cesión para viales. Las cesiones obligatorias para viales quedan liberadas de afecciones fiscales. R. 3 de Julio de 2014

 

Cesión de terrenos con carácter obligatorio consecuencia de convenio urbanístico. Inaplicabilidad de los arts 30-2 y 31 RD 1093/1997. R. 22 de Febrero de 2007

 

Compensación. Anotación de demanda. Es anotable la demanda interpuesta en reclamación de determinadas cantidades adeudadas por la realización de obras contra los titulares registrales de las fincas resultantes del proyecto. R. 8 de junio de 1999

 

Compensación. Inscripción de proyecto de compensación. Segregaciones. R. de 25 de septiembre de 2001

 

Compensación. La Rectificación exige los mismos requisitos que la aprobación. R. 28 de Abril de 2008

 

Compensación. No cabe inscribir un exceso de cabida sobre una finca cuyo folio figura cerrado por haberse aportado a una Junta de Compensación. R. 12 de Marzo de 2007

 

Compensación. No cabe anotar un embargo en procedimiento dirigido contra la Junta de Compensación cuando ya las fincas obran inscritas en favor de los adjudicatarios, los cuales no han sido demandados, aunque sí notificados. R. 23 de Septiembre de 1998

 

Compensación. Nota marginal de afección prorrogada. Salvaguardia de los tribunales. R. 16 de Julio de 2007

 

Compensación. Operaciones jurídicas complementarias a un proyecto de compensación firme e inscrito. R. 31 de Julio de 2001, R. 26 de Marzo de 2007, R. 15 de junio de 2013

  

Compensación. Rectificación inscripciones intermedias: Necesidad de consentimiento de quienes eran titulares registrales y otorgantes de las escrituras que motivaron los asientos. R. 12 de Enero de 2005

 

Compensación. Sentencia ordenando la cancelación de la inscripción de la finca aportada a Compensación, figurando la inscritas las de resultado y la anotación de demanda arrastrada en ellas. La sentencia debe reflejarse en el folio de las fincas de resultado, no cabiendo cancelación los folios de las fincas de origen ahora inexistentes. R. 10 de julio de 2014

 

Compensación. Transmisión de finca de procedencia. No cabe inscribir una transmisión de finca con la descripción que tenía antes del proyecto y la segregación.  R. 31 de Enero de 2006

 

Compensación urbanística. Anotación de embargo o de demanda. No existiendo fincas de origen debe practicarse sobre las de resultado, pero si respecto de aquellas existe un documento presentado y suspendido, hasta que caduque ese asiento de presentación no cabe calificar el siguiente.  R. 3 de Octubre de 2008

 

Constancia registral de licencia de derribo. Es necesario que conste instancia del titular registral o que resulte que el procedimiento ha contado con su audiencia. R. 22 de junio de 2013

 

Convenio urbanístico. No cabe la revocación unilateral de un convenio urbanístico. R. 5 de Agosto de 2013

 

Convenio urbanístico de gestión concertada Canarias. Requiere escritura pública según su legislación propia. Carácter adjetivo del RD estatal 1093/1997. R. 14 de Julio de 2007

 

Convenio urbanístico. No es acto inscribible la mera obligación o compromiso de transmitir. Ausencia de mutación jurídico real inmobiliaria. R. 22 de Febrero de 2007

 

Declaración de trece nuevas edificaciones sobre un terreno propiedad en proindiviso de cuatro titulares. No es el número de titulares de la finca lo que determina los indicios de parcelación sino el uso individualizado de una o varias partes del terreno equivalente o asimilable. R. 5 de marzo de 2013

 

Derecho de superficie. Constitución de derecho de superficie en ejecución de convenio urbanístico. Al concederse en participaciones con concreción de espacios, debe aplicarse el régimen de la propiedad horizontal. R. 13 de Marzo de 2007

 

Diferencias entre propiedad horizontal (siendo preciso que las nuevas fincas creadas no sean absolutamente independientes), que no requiere licencia, y  Conjunto urbanístico, que sí la exige. R. 16 de julio de 2005

 

División horizontal de vivienda unifamiliar en Andalucía: Precisa licencia. R. 12 de septiembre de 2011

 

División horizontal de una unidad privativa de un complejo inmobiliario. Exigibilidad de licencia. R. 23 de enero de 2013, R. 23 de enero de 2013

 

Ejecución hipotecaria. Cancelación de afección urbanística caducada. R. 1 de octubre de 2013

 

Embargo sobre finca dividida con anterioridad como consecuencia de un procedimiento de equidistribución. No cabe su anotación. Puede anotarse sobre las fincas de reemplazo adjudicadas al deudor, aunque no sobre las que hubieran sido transmitidas a un tercero. R. 5 de febrero de 2011

 

Exceso de edificabilidad. Es anotable el embargo sobre un exceso de edificabilidad que se reservó el promotor. R. 30 de mayo de 2009

 

Expediente urbanístico de segregación. Es necesaria la intervención de los titulares de derechos que recaigan sobre la finca –en el caso, una hipoteca-. R. 22 de febrero de 2011

 

Gastos de urbanización. No cabe anotar un embargo por incumplimiento del pago de gastos de urbanización, en procedimiento administrativo de apremio dirigido contra quien ya no es titular registral. Rige el principio de tracto sucesivo. R. de 5 de Octubre de 2009, R. 17 de Octubre de 2009

 

Inmatriculación de finca sujeta a proyecto de equidistribución. R. 10 de julio de 2014

 

Legalidad urbanística. Inmatriculación de vivienda: ha de acreditarse que su construcción es anterior a la entrada en vigor de la ley 8/90, o bien, si es posterior, justificar que se ajusta a la legalidad urbanística o que no cabe respecto de la misma dictar medidas de restablecimiento de tal legalidad. R. 6 de julio de 2005

 

Legalidad urbanística. Irretroactividad de la ley del suelo de 1.990 y del RD 1093/1.997, para las construidas con anterioridad. R. 3 de octubre de 2002

 

Legalidad urbanística. Los requisitos para declarar una obra nueva son aplicables también en caso de inmatriculación  de edificaciones. R. 22 de julio de 1998, R. 13 de Septiembre de 2003, R. 17 de Febrero de 2005, R. 6 de julio de 2005, R. 10 de Junio de 2009

 

Licencia: Anulación judicial. Constancia registral de la declaración de ilegalidad de la licencia, por nota marginal. Necesidad de citación del titular registral.  R. 2 de Junio de 2006

 

Licencia: Anulación judicial. Inscripción de la sentencia firme por la que se declara la anulación. Necesidad de participación del titular registral.  R. 2 de Junio de 2006, R. 10 de Junio de 2005

 

Licencia. Cancelación condiciones. R. 4 de Enero de 2006

 

Licencia. Condiciones. Toda condición impuesta en una licencia exige para su inscripción presentar la certificación administrativa en que  así se establezca. R. 14 de Mayo de 2005

 

Licencia de rehabilitación con condición de ceder para vial. Es auténtica condición, por lo que mientras no se cumpla ha de entenderse denegada la licencia. R. 14 de julio de 2009

 

Licencia por silencio positivo. No cabe para adquirir  derechos que contravengan la ordenación territorial o urbanística. En los supuestos que indica el Tribunal Supremo –ST 28-1-2009- no puede en ningún caso entenderse concedida la licencia por silencio administrativo positivo. R. 15 de septiembre de 2009 , R. 17 de junio de 2010, R. 27 de Octubre de 2010, R. 14 de mayo de 2011, R. 31 de mayo de 2011, R. 19 de mayo de 2012, R. 28 de noviembre de 2013              

 

Licencia por silencio positivo. RDL 8/2011. Cuestiones transitorias. R. 19 de mayo de 2012

 

Licencia de primera ocupación y RDL 8/2011. R. 19 de mayo de 2012

 

Limitaciones del dominio. En la propiedad urbana, en virtud del principio de subrogación real, afectan a todo adquirente posterior, sin poder invocar el art. 34 LH. R. 2 de Junio de 2006

 

Nulidad de un estudio de detalle por Sentencia TS. Son inscribibles las sentencias firmes en que se declare la anulación de instrumentos de ordenación urbanística, siempre que se concreten a fincas determinadas e identificables y que haya participado su titular en el procedimiento. R. 6 de marzo de 2013

 

Obra nueva en expediente de dominio. Deben cumplirse los requisitos urbanísticos. R. 9 de octubre de 2000

 

Obra nueva antigua en Valencia. Suelo no urbanizable protegido. Imprescriptibilidad. Eficacia temporal de la norma. R. 11 de Marzo de 2014

 

Obra nueva preexistente a la ley 8/1990. Falta de acreditación suficiente de la preexistencia de la edificación a dicha ley. R. 21 de octubre de 2000

 

Opción de compra sobre los derechos de aprovechamiento urbanístico que le corresponden a la entidad concedente en un Plan Parcial como consecuencia de la aportación de una finca a la Junta de compensación. Determinación. R. 23 de octubre de 2001

 

Parcelacion urbanística en suelo rustico en Castilla-La Mancha. Contradicción en documentos presentados y evidencia de dar lugar a un núcleo de población. R. 29 de mayo de 2009

 

Planes de ordenación. Calificar es determinar si, conforme a la Ley procede o no practicar el asiento sobre el hecho cuya registración se solicita. Y en el concepto de Ley está cualquier norma jurídica aplicable, incluidos los Planes de ordenación. R. 19 de mayo de 2010, R. 8 de Noviembre de 2011

 

Plazo de prescripción infracción urbanística en Andalucía. R. 11 de Diciembre de 2012

 

Posible parcelación ilegal. Se inscribe si no se presenta la incoación del expediente en 4 meses. R. 30 de Enero de 2008

 

Propiedad volumétrica. Requisitos (justa causa y mantenimiento de principios hipotecarios). Su configuración como segregación de volumen subterráneo o como complejo urbanístico. R. 24 de Febrero de 2007, R. 26 de Febrero de 2007, R. 27 de Febrero de 2007

 

Proyecto de expropiación anulado.  Cancelaciones. R. 29 de Julio de  2002

 

Proyecto de reparcelación. Necesidad de certificado municipal de aprobación y firmeza del Proyecto. R. 29 de junio de 2012

 

Proyecto de Reparcelación. Redistribución entre parte de las fincas de resultado de la hipoteca que grava dos de las fincas de origen. Es necesario el consentimiento del acreedor hipotecario. R. 27 de febrero de 2012

 

Proyecto de Reparcelación. Necesidad de acreditación del cumplimiento de la obligación dineraria en que se concreta el aprovechamiento.  R. 27 de febrero de 2012

 

Proyecto de reparcelación. No cabe prórroga de afección urbanística. R. 31 de Enero de 2014

 

Proyecto de reparcelación voluntaria. Título inscribible en Castilla. La Mancha. R. 5 de julio de 2013

 

Rectificación por instancia privada, documentos catastrales y administrativos, de la adjudicación de dos fincas de resultado en expediente de reparcelación. R. 15 de noviembre de 2012

 

Rectificación de reparcelación, excediendo de meras rectificaciones de errores materiales. R. 8 de julio de 2013

 

Reparcelación. Anotación preventiva de demanda sobre fincas ya adjudicadas en reparcelación por deudas de la junta. No procede. R. 11 de noviembre de 1998

 

Reparcelación que infringe el plan general. No es inscribible. Calificar es determinar si, conforme a la Ley procede o no practicar el asiento sobre el hecho cuya registración se solicita. Y en el concepto de Ley está cualquier norma jurídica aplicable, incluidos los Planes de ordenación.  R. 19 de mayo de 2010, R. 8 de Noviembre de 2011

 

Reparcelación. Acta de manifestaciones previa a anotación de demanda solicitando la rectificación de un expediente de reparcelación ya inscrito. No cabe practicarla. R. 19 de Diciembre de 2006

 

Reparcelación. Aprobación del proyecto. Contradicción en las certificaciones sobre su fecha. R. 16 de Enero de 2008

 

Reparcelación. Cargas de fincas de procedencia: Sólo pueden trasladarse a las fincas de reemplazo. R. 18 de  Junio de 2007

 

Reparcelación. División de finca resultante de reparcelación. Requiere licencia. R. 24 de octubre de 1998

 

Reparcelación. Doble inmatriculación previa. Traslado de cargas. R. 22 de Marzo de 2006

 

Reparcelación. El Registrador debe inscribir la cuota adjudicada, aunque fuese menor que la que reflejaba las fincas de origen. R. 9 de Marzo de 2005

 

Reparcelación. Exceso de cabida. Dudas fundadas de identidad. Justificadas al proceder la finca de segregación y posterior reparcelación. R. 13 de Octubre de 2008

 

Reparcelación. Finca aportada a una reparcelación. Salvo supuestos excepcionales de rectificación del título de reparcelación, no cabe ahora operar sobre las fincas de origen. R. 9 de mayo de 2000 

 

Reparcelación. Transmisión de finca de origen aportada a proyecto de reparcelación. El traslado de la titularidad de las fincas de originen a las de resultado, por aplicación de la subrogación real de unas por otras, hace necesario que en tanto el proyecto reparcelatorio no tenga acceso al Registro, no se produzca el cierre registral respecto de las primeras. R. 4 de noviembre de 2013

 

Reparcelación. Interposición de recurso contencioso administrativo contra proyecto de reparcelación. Necesidad de mandamiento judicial. R. 9 de Junio de 2007

 

Reparcelación. Previa desafectación de los terrenos de vías pecuarias. R. 16 de Enero de 2008

 

Reparcelación. Proyecto de reparcelación en el que se modifican las unidades de ejecución del planeamiento y parcialmente el sistema de ejecución. R. 8 de Noviembre de 2011

 

Reparcelación. Rectificación. El proyecto de reparcelación firme no puede modificarse unilateralmente por la Administración. R. 11 de enero de 1999, R. 8 enero de 1999, R. 12 de noviembre de 1999, R. 26 de febrero de 2001, R. 23 de mayo de 2003, R. 3 de Septiembre de 2004, R. 1 de diciembre de 2008, R. 10 de Marzo de 2000,  R. 16 de abril de 2013

 

Reparcelación. Operaciones que desbordan  lo que es un mero error material. Es preciso consentimiento del titular o la resolución judicial supletoria. R. 11 de enero de 1999, R. 8 enero de 1999, R. 26 de febrero de 2001, R. 10 de Marzo de 2000

 

Reparcelación. Rectificación. Error de concepto. R. 2 de  Julio de 2007

 

Reparcelación. Segregación no inscrita. R. 18 de Septiembre de  2002

 

Reparcelación voluntaria y tracto sucesivo. R. 24 de octubre de 1998

 

Segregación existiendo sobre la finca matriz anotación preventiva de incoación de expediente de disciplina urbanística. R. 16 de Julio de 2013

 

Sentencia que declara ilegal una licencia sin intervenir titulares registrales, no habiéndose instado  oportunamente la anotación preventiva de la demanda. No es inscribible. R. 3 de febrero de 2012

 

Sentencia de nulidad de un proyecto de reparcelación. Tracto sucesivo. No es inscribible una sentencia en procedimiento no seguido contra el titular registral. Pero es el órgano judicial es el que ha de apreciar si los titulares registrales han tenido ocasión de intervenir en el proceso. R. 5 de agosto de 2013

 

Sentencia de declaración de nulidad de licencia de obra. No es inscribible si el procedimiento no se ha seguido contra el titular registral. R. 1 de marzo de 2013, R. 27 de mayo de 2013, R. 29 de junio de 2013

 

Transmisión por Ayuntamiento a Junta de compensación para pago de gastos. Patrimonio Municipal del Suelo. Andalucía. No es necesaria subasta. R. 18 de Mayo de 2005

 

Urbanismo. Acta de protocolización de operaciones de reparcelación por compensación. R. 3 de junio de 2013

 

Uso de un espacio de terreno. Para que se revele la parcelación será preciso que se asigne el uso de un espacio determinado de terreno apto para construir una finca independiente. R. 24 de agosto de 2011, R. 24 de mayo de 2012, R. 5 de marzo de 2013

 

Venta de cuota indivisa de finca rústica en Andalucía. Necesidad de licencia. R. 12 de Julio de 2010, R. 24 de agosto de 2011

 

Venta de participación indivisa sobre finca en suelo no urbanizable en Andalucía, sin asignación de uso. El elemento decisorio es la posible aparición de asentamientos. R. 24 de mayo de 2012

 

Venta  de finca por mitad y pro indiviso en Andalucía sin asignación de uso. Inexistencia de indicios de existencia de parcelación. R. 2 de enero de 2013

 

Venta de participación indivisa sin asignación de uso en Valencia. Indicios de parcelación urbanística. R. 28 de Enero de 2014

 

Venta de cuota indivisa con asignación de disfrute exclusivo de una porción determinada del terreno. Parcelación encubierta. Es necesaria la licencia o declaración de innecesariedad. R. 26 de junio de 1999, R. 19 de junio de 2000, R. 26 de junio de 2000, R. 27 de junio de 2000, R. 28 de junio de 2000, R. 29 de junio de 2000, R. 2 de septiembre de 2000, R. 6 de septiembre de 2000, R. 7 de septiembre de 2000, R. 8 de septiembre de 2000, R. 16 de septiembre de 2000, R. 18 de septiembre de 2000, R. 23 de septiembre de 2000, R. 25 de septiembre de 2000, R. 6 de octubre de 2000, R. 13 de octubre de 2000, R. 14 de octubre de 2000, R. 16 de octubre de 2000, R. 19 de octubre de 2000, R. 20 de octubre de 2000, R. 1 de Febrero de 2001, R. 2 de Febrero de 2001, R. 10 de Febrero de 2001 , R. 12 de Febrero de 2001

 

Venta de cuota indivisa sin asignación de uso. No cabe presumir que la venta de una participación indivisa de una finca rústica de lugar a una parcelación ilegal, salvo que se asigne el uso de un espacio determinado de terreno apto para constituir finca independiente o que exista además otro elemento de juicio. R. 10 de octubre de 2005, R. 15 de abril de 2013

 

Venta de cuota indivisa, aun sin atribución de uso. Presupone la existencia de parcelación ilegal, si está ya presentado certificado municipal de incoación de infracción urbanística. R. 7 de Abril de 2005 (162), R. 8 de Abril de 2005, R. 18 de Abril de 2005

 

Venta de cuota indivisa con atribución de uso exclusivo sin pretenderse el carácter real del uso ni su constatación registral. No precisa licencia. R. 5 de junio de 2001

 

Venta de cuota indivisa de finca rústica sin atribución de uso. Aplicación de normativa urbanística y 79 RD 1093/1997. Peligro de formación de núcleo de población. R. 23 de Julio de 2005

 

Venta de cuota indivisa. No cabe venta de una participación indivisa de una finca, con adscripción de uso y pacto de indivisibilidad, sin licencia de parcelación.  R. 9 de Septiembre de 2009

 

Vinculación administrativa entre vivienda y finca rústica. Nuevas construcciones. La vinculación registral actúa a modo de nota de afección de expediente de infracción urbanística. R. 26 de abril de 2011

 

Volumen edificable. Complejo inmobiliario: Desafectación del subsuelo. Es inscribible como finca independiente, una unidad subterránea constituida por un volumen edificable bajo suelo público, previa la correspondiente desafectación como bien demanial, configurándola como patrimonial. R. 5 de abril de 2002

 

 

USO

 

Derecho de uso entre entidades públicas. Duración. No aplicabilidad del limite de 30 años del art. 515 CC. R. 29 de Junio de 2005

 

Posesión. La declaración del derecho a poseer o usar una finca no es inscribible. R. 5 de abril de 2003

 

Precario. No es inscribible el derecho de uso a favor del comprador en concepto de precario. R. 15 de Julio de 2011

 

 

USUCAPION

 

Calificación. Al registrador apreciar la posible adquisición por usucapión, dados los limitados medios de que dispone para calificar. R. 26 de noviembre de 2012

 

Retracto. No es necesario expresar el estado arrendaticio de la finca en los casos de adquisición por usucapión, ya que no procede el derecho de retracto arrendaticio –25 LAU-. R. 21 de Febrero de 2007  

 

Sentencia declarativa del dominio por usucapión extraordinaria. Dado que el Registrador no puede entrar en el fondo de la resolución judicial y declarándose por la sentencia que la demandante ha adquirido por usucapión extraordinaria, no puede alegar que el titular registral o sus herederos no han sido parte en el procedimento. R. R. 6 de Mayo de 2009

 

Sentencia declarativa de dominio. Una sentencia declarativa del dominio no es título hábil para reanudar el tracto, pero si se aclarara que la declaración de dominio se realiza por razón de usucapión contra el titular registral, sí sería inscribible la ejecutoria. R. 11 de mayo de 2012

Usucapión extraordinaria. Transcurso del plazo de 30 años. R. 24 de abril de 2014

 

 

 

USUFRUCTO

 

Anotación de embargo sobre usufructo luego transmitido al nudo propietario. Puede cancelarse al fallecimiento del usufructuario. R. 21 de febrero de 2012

 

Cancelación. Requiere solicitud expresa, bien por petición en la escritura o por instancia con firma legitimada o ratificada ante el registrador. R. 20 de Julio de 2006

 

Cancelación de usufructo vitalicio y condicional. R. 25 de junio de 2013

 

Cesión de aprovechamiento de piedra por 500 años. Se trata de una servidumbre personal diferente del usufructo. R. 3 de junio de 2011

 

Cesión usufructo. Es inscribible la cesión del usufructo a favor de varias personas en Castilla León, sin que pueda considerarse división. R. 29 de Enero de 2003

 

Cesión usufructo: ha de acreditarse el fallecimiento del usufructuario cedente para su cancelación. R.  22 de agosto de 2011

 

Compatibilidad uso-usufructo. El derecho de uso de la vivienda familiar es compatible con el derecho de usufructo perteneciente a persona distinta. R. 28 de Mayo de 2005

 

Confusión. Imprecisa atribución de uso, usufructo y dominio de la finca familiar. Necesidad de clarificación. R. 5 de Junio de 2008

 

Con facultad de disposición. Adjudicación parcial de usufructo sin que medie adjudicación de la nuda propiedad. Admisibilidad. R. 30 de diciembre de 2005

 

Con facultad de disponer: hipoteca preferente. Constituida hipoteca por el nudo propietario, el consentimiento del usufructuario supone ejercer dicha facultad, por lo que no cabe después otorgar una escritura de venta al amparo de la misma. R. 9 de julio 2005, R. 11 de julio 2005 (290)

 

Concreción de un usufructo a una parte determinada de una finca. No es inscribible, pero al no decirse en la escritura que haya de darse a dicha concreción carácter real, es inscribible el usufructo. R. 29 de Enero de 2003

 

Convenio regulador y cesión de usufructo.  R. 31 de julio de 2009

 

Cuotas. En el usufructo constituido a título oneroso a favor de distintas personas, deben fijarse cuotas e indicarse el nombre de los cónyuges. R. 22 de abril de 2003 -resolución parcialmente revocada por sentencia de Audiencia provincial-

 

Donación nuda propiedad. El titular del usufructo testamentario no puede donar la nuda propiedad. R. 29 de Noviembre de 2003

 

Duración del usufructo constituido sobre la vida de su titular, cuando éste lo transmite a un tercero. Usufructo sobre usufructo o nuda propiedad. R. 21 de diciembre de 2011

 

Embargo también sobre usufructo sin acreditar la consolidación con la nuda propiedad. Necesidad  de aportar el certificado de defunción, sin que baste con que se haya tenido en cuenta en el procedimiento administrativo de apremio. R. 21 de septiembre de 2011

 

Extinción. Es válido e inscribible el negocio con causa onerosa por el que se acuerda la  extinción del usufructo a cambio de una contraprestación. R. 3 de Marzo de 2006

 

Extinción. Requiere certificado de defunción y liquidación del impuesto. R. 16 de Septiembre de 2003

 

Extinción de comunidad entre madre usufructuaria de un tercio e hijos titulares pro indiviso de dos tercios en pleno dominio y un tercio en nuda propiedad. R. 3 de Marzo de 2006

 

Extinción de comunidad. Puede disolverse la comunidad sobre la nuda propiedad, aunque uno de los partícipes sea también usufructuario. R. 4 de Abril de 2005

 

Hipoteca.  Inscrito el usufructo de determinadas fincas a nombre de los cónyuges, para su sociedad de gananciales, es inscribible una hipoteca que, después de haber fallecido la esposa constituyen los nudo propietarios herederos, con el consentimiento del viudo usufructuario. R. 11 de Diciembre de 1999

 

Hipoteca. Usufructo ganancial y sucesivo. Disposición por el cónyuge sobreviviente. Ejecución hipotecaria. R. 28 de noviembre de 2012

 

Inscripción parcial. La falta de previa inscripción del usufructo no impide la inscripción parcial en cuanto a la nuda propiedad. R. 15 de Marzo de 2006

 

Obra nueva y división horizontal. No es necesario el consentimiento del usufructuario. R. 21 de Noviembre de 2002

 

Partición hereditaria. Sentencia de divorcio. Posible derecho de usufructo. Expresión de causa. R. 29 de octubre de 2012

 

Personas jurídicas. El usufructo constituido a favor de personas jurídicas puede cancelarse por caducidad pasado el plazo de 30 años en virtud de simple solicitud. R. 9 de Diciembre de 2003

 

Pleno dominio y usufructo. Cabe donar el pleno dominio de un bien aunque esté gravado con usufructo, ya que lo donado es el pleno dominio, para cuando se extinga el usufructo. Si hay una hipoteca ulterior ésta gravará la nuda propiedad y la expectativa de usufructo al consolidarse. R. 20 de Septiembre de 2005

 

Pseudousufructo testamentario. R. 29 de Noviembre de 2003, R. 22 de Junio de 2005

 

Sentencia declarativa del dominio adquirido por usucapión extraordinaria, demandándose a los desconocidos herederos del titular registral. No cabe la inscripción sin acreditar el fallecimiento del usufructuario. R. 9 de mayo de 2013

 

Sin nuda propiedad. Adjudicación parcial de usufructo sin que medie adjudicación de la nuda propiedad. Admisibilidad. R. 30 de diciembre de 2005

 

Sobre la nuda propiedad. Admisibilidad. Es un usufructo sucesivo, distinto del ya existente, naciendo cuando se extinga el actual. R. 24 de Noviembre de 2004, R. 20 de Septiembre de 2005

 

Solicitud de cancelación de usufructo sobre bien privativo pero con “derecho de acrecer” en favor de la esposa. No es posible, es un usufructo sucesivo. R. 9 de marzo de 2012

 

Sucesivo. Usufructo de la nuda propiedad. R. 23 de marzo de 2001

 

Transmisibilidad del derecho de usufructo. R. 21 de diciembre de 2011

 

Tutela. La falta de autorización judicial para vender es defecto, aunque la tutelada sea solamente usufructuaria. R. 27 de enero de 2012

 

Uso vivienda familiar. La atribución del uso de la vivienda familiar en caso de separación es incompatible con el usufructo. R. 21 de Junio de 2004

 

Usufructo condicionado a la vida de persona distinta del usufructuario. configuración. R. 19 de noviembre de 2009

 

Usufructo inscrito a favor del que lo adquirió «para su sociedad conyugal». Puede cancelarse por su fallecimiento, pues aunque es ganancial, esta condicionado a la vida solo de aquel, a diferencia del caso en que se hubiera adquirido por ambos cónyuges. R. 30 de junio de 2012

 

Usufructos simultáneos sin fijar cuotas. Admisibilidad. R. 22 de mayo de 2000

 

Usufructo sobre derechos. Usufructo sobre usufructo, Usufructo sobre nuda propiedad, Nuda propiedad de usufructo, Nuda propiedad sobre nuda propiedad. R. 21 de diciembre de 2011

 

Usufructo sucesivo. El nudo propietario puede reservarse el usufructo sucesivo para cuando fallezca el actual usufructuario. R. 12 de septiembre de 2001

 

Usufructo vitalicio y sociedad de gananciales. Diferentes supuestos. R. 28 de noviembre de 2012

 

Usufructo sobre parte de una finca sin previa segregación. Es posible, siempre que dicha parte quede perfectamente determinada. R. 1 de julio de 2013

  

Usufructos viudales sucesivos en herencia. Cabe constituir un usufructo sobre una participación ya usufructuada quedando este segundo usufructo pendiente de la extinción del primero. R. 3 de Marzo de 2007

 

 

VARIOS

 

Accesión invertida. La accesión invertida –obra anterior a 1981- no opera en los casos de sobreedificación, pues lo ampliado tiene la condición de mejora y sigue la misma condición que lo previamente existente. R. 15 de septiembre de 2009

 

Adaptación de estatutos de asociaciones domiciliadas en Cataluña a la ley catalana de 1997. R. 4 de Noviembre de 2002

 

Apremio por débitos a la seguridad social. Es necesario que se haya notificado la providencia de apremio y diligencia de embargo al deudor, pero no es esencial la notificación de los trámites posteriores. R. 21 de Mayo de 2001

 

Asociaciones. La inscripción en el Registro de Asociaciones sólo es a efectos de publicidad. R. 11 de Enero de 2006

 

Cesión de derechos por remisión a una escritura. R. 24 de Enero de  2003

 

Club náutico. Acuerdo de la Asamblea para hipotecar. Aplicación de las normas de interpretación de los contratos a sus estatutos. R. 30 de diciembre de 2004

 

Defectos varios: Inmatriculación, tracto sucesivo, obra nueva. R. 12 de mayo de 2014

 

Deslinde. No es acto inscribible sino facultad integrante del dominio. R. 16 de Enero de 2007

 

Descripción de finca con rampa de acceso discutida. R. 22 de Agosto de 2009

 

Interpretación de cláusulas. Reserva de facultades. Servidumbres.  R. 5 de Junio de 2006

 

Liquidación sociedad. La adjudicación de inmuebles a los socios requiere su consentimiento individualizado. R. 13 de Octubre de 2004

 

Negocio confuso. Discordancias internas del título. Inscribibilidad de los actos jurídicos correctamente expresados. R. 4 de Julio de 2007

 

Nulidad administrativa de un contrato: no perjudica a terceros sin sentencia judicial firme. R. 14 de abril de 2003

 

Pacto de retroventa. Cancelación  por caducidad. Art. 177 RH. Cinco años desde la terminación de su plazo de ejercicio. R. 17 de Marzo  de 2008

 

Patrimonio en liquidación. Cabe enajenar bienes de un patrimonio en liquidación, siempre que se realice por todos los que ostentan las plenas facultades de gestión y representación. Las exigencias del tracto sucesivo quedan satisfechas si en el procedimiento seguido fueron demandados y condenados todos los que según el Registro ostentan la completa titularidad de esa masa patrimonial. R. 20 de Septiembre de 2002

 

Precario. No es inscribible el derecho de uso a favor del comprador en concepto de precario. R. 15 de Julio de 2011

 

Time sharing sin adaptar. La falta de adaptación a la ley de aprovechamiento por turnos no implica la nulidad de los actos. R. 11 de Noviembre de 2003

   

Venta por gestión directa en expediente administrativo de apremio por débitos a la Seguridad Social. Inexistencia de incongruencia en la resolución administrativa. R. 26 de marzo de 2001

 

Vías pecuarias. Deslinde. Amojonamiento. La Anotación preventiva respecto de vías pecuarias ha de tener un origen administrativo o judicial.  R. 22 de Febrero de 2006

 

Vías pecuarias. Reparcelación. Previa desafectación de los terrenos de vías pecuarias. R. 16 de Enero de 2008

 

VECINDAD CIVIL

 

Venta con modificación de estado civil y vecindad. Manifestación de ser o no vivienda habitual. R. 30 de noviembre de 2013

 

 

VIVIENDA FAMILIAR

 

Acuerdo sobre vivienda familiar en acta de conciliación ante juez de paz. R.11 de mayo de 2013

 

Anotación de embargo figurando inscrito el derecho de uso a favor del demandado. R. 5 de julio de 2013

 

Anotación de uso y disfrute de la vivienda familiar. No procede si está inscrita a nombre de persona que no tuvo parte en el procedimiento. R. 25 de junio de 1998

 

Ampliación y modificación de préstamo hipotecario. Deudor hipotecante soltero de vecindad valenciana.  Es necesaria la manifestación de no ser una vivienda de unión estable. R. 13 de mayo de 2013

 

Atribución de uso. Sentencia de divorcio. Si la vivienda familiar es de la titularidad de un cónyuge, no es inscribible a favor del mismo la atribución de su uso y disfrute. R. 6 de Julio de 2007, R. 9 de julio de 2013

 

Asentimiento del cónyuge. Aunque no haya declaración específica, se deduce del otorgamiento de la escritura en la que comparece. R. 25 de Abril de 2005

 

Cancelación de derecho de uso de duración incierta.  R. 1 de marzo de 2011

 

Compatibilidad uso-usufructo. El derecho de uso de la vivienda familiar es compatible con el derecho de usufructo perteneciente a persona distinta. R. 28 de Mayo de 2005

 

Competencia DGRN. Es materia de derecho catalán la cuestión sobre si es suficiente la expresión “vivienda conyugal” o ha de utilizarse “vivienda familiar”. R. 17 de Febrero de 2003

 

Compra e hipoteca. Compra de vivienda en separación de bienes con posterior hipoteca en escrituras diferentes: No es necesario manifestar que no es la vivienda habitual. R. 22 de Mayo de 2006

 

Compra e hipoteca. El artículo 1320 CC no es aplicable al caso de hipoteca –en escritura inmediatamente posterior a la compra- que financia  la adquisición de la propia vivienda, aunque su destino final sea constituir la habitual de la familia. R. 22 de Mayo de 2006

 

 

Compraventa otorgada por soltero. Es necesaria la manifestación de no ser una vivienda de unión estable. R. 21 de mayo de 2013

 

Conversión en definitiva de una anotación de embargo cautelar tratándose de la vivienda familiar según el Registro. Debe constar en el mandamiento que la vivienda no tiene aquel carácter o que el embargo ha sido notificado al cónyuge del titular embargado. R. 25 de octubre de 2012

 

Confusión. Imprecisa atribución de uso, usufructo y dominio de la finca familiar. Necesidad de clarificación. R. 5 de Junio de 2008

 

Convenio regulador. Vivienda habitual privativa. Obstáculo derivado del Registro: Tracto sucesivo. R. 3 de Junio de 2006

 

Convenio regulador. Es inscribible la adjudicación en convenio regulador de la vivienda familiar que los cónyuges tenían inscrita en pro indiviso. R. 7 de Julio de 2012, R. 10 de Diciembre de 2012

 

Convenio regulador. Derecho de uso. Duración indeterminada. R. 1 de Septiembre de 1998

 

Dación en pago de deuda privativa. Vivienda habitual. R. 11 de septiembre de 2000

 

Disolución de comunidad en convenio regulador de finca que no constituye vivienda familiar: requiere escritura pública. R. 26 de junio de 2013

 

Domicilio en convenio regulador. No implica atribución del uso de la vivienda familiar. R. 18 de noviembre de 2009

 

Embargo de vivienda privativa del demandado sin que conste si la finca es vivienda habitual.  Es anotable salvo que de los libros registrales resulte que el bien embargado es la vivienda habitual del deudor. R. 13 de julio de 1998, R. 23 de julio de 2011, R. 23 de febrero de 2000, R. 29 de febrero de 2000, R. 9 de marzo de 2000, R. 19 de septiembre de 2013

 

Embargo de finca privativa que constituye vivienda familiar contra ciudadano marroquí con notificación a la esposa. Aplicación del artículo 144-5 RH. R. 22 de julio de 2011

 

Embargo de mitad indivisa de vivienda habitual de uno de los cónyuges. Notificación al otro. R. 7 de octubre de 1998

 

Embargo de una tercera parte indivisa sin que conste si es vivienda habitual. Es anotable pues se trata de embargar una cuota indivisa. Y además de los libros registrales no resulta que el bien embargado sea la vivienda habitual del deudor. R. 23 de julio de 2011

 

Embargo de una tercera parte indivisa sin que conste si es vivienda habitual. Es anotable pues debe excluirse la posibilidad de que la cuota de un partícipe atribuya el derecho al uso total y exclusivo de la vivienda. R. 23 de julio de 2011

 

Extranjero. Venta de vivienda por francés casado que la adquirió soltero. Debe acreditarse su régimen económico para comprobar si puede disponer libremente de la misma. R. 26 de Febrero de 2008

 

Extranjeros: No es defecto el que no se haya manifestado por parte del vendedor que la vivienda transmitida no sea el domicilio conyugal, si no lo exige su ley nacional. R. 13 de enero de 1999

 

Hijos. Los hijos son beneficiarios, pero no titulares de ese derecho. R. 14 de mayo de 2009, R. 18 de noviembre de 2009, R. 9 de julio de 2013

 

Hipoteca. El artículo 1320 CC no es aplicable al caso de hipoteca –en escritura inmediatamente posterior a la compra- que financia  la adquisición de la propia vivienda, aunque su destino final sea constituir la habitual de la familia. R. 22 de Mayo de 2006

 

Hipoteca. El carácter o no de vivienda habitual debe de constar en todas las hipotecas, siempre que el hipotecante sea una persona física, aunque no se trate de un préstamo. R. 19 de diciembre de 2013

 

Hipoteca sobre apartamento de una sociedad mercantil. No es necesaria la manifestación de ser o no vivienda habitual. R. 17 de Diciembre de 2013

 

Hipoteca. Riesgo financiero. Expresión manuscrita. R. 5 de febrero de 2014

 

Hipoteca posterior a capitulaciones suspendidas, asintiendo la esposa al ser vivienda familiar. No es lo mismo el asentimiento que el consentimiento pleno. R. 5 de Enero de 2011

 

Liquidación de gananciales mediante auto que homologa transacción judicial. Es inscribible la adjudicación de la vivienda familiar que los cónyuges tenían inscrita en pro indiviso. R. 19 de diciembre de 2013

 

NIF del cónyuge no titular en la disposición de vivienda habitual. No es necesario que conste, ya que su asentimiento en un negocio jurídico ajeno no tiene trascendencia tributaria. R. 7 de Diciembre de 2007

 

Pactos. Los pactos sobre disponibilidad o no de la vivienda, aun aprobados judicialmente, no son inscribibles. R. 11 de Septiembre de 2003

 

Pareja estable. Cataluña. Viuda vecina de Madrid que vende un inmueble sito en Barcelona. No es exigible la manifestación de no constituir la finca transmitida domicilio común de pareja estable. R. 18 de Junio de 2004 -revocada por Sentencia firme de Audiencia Provincial, publicada en el BOE-

 

Separado. La expresión “separado” sin más, no es equiparable a “Separado legal o judicialmente”, debiendo completarse siempre aquella expresión. . R. 17 de Mayo de 2005

 

Soltero. Venta de vivienda inscrita a nombre de casado que ahora manifiesta ser soltero. No es necesaria la manifestación sobre vivienda habitual. R. 6 de Marzo de 2004

 

Uso de la vivienda familiar. Atribución. Necesidad de claridad en su determinación. R. 2 de junio de 2014

 

Uso de vivienda familiar a favor del dueño: No es inscribible. R. 10 de Octubre de 2008

 

Uso vivienda familiar. Cabe adjudicarlo al cónyuge e hijos sin necesidad de especificar plazo. R. 20 de Febrero de 2004

 

Uso vivienda familiar. Duración. Puede ser variable. R. 27 de Agosto de 2008 , R. 18 de noviembre de 2009

 

Uso vivienda familiar. Hipoteca otorgada por separado legalmente. Es posible si no consta inscrito el derecho de uso del otro cónyuge. R. 31 de marzo de 2000

 

Uso vivienda familiar. Naturaleza. R. 20 de Febrero de 2004, R. 5 de Junio de 2008, R. 27 de Agosto de 2008, R. 18 de noviembre de 2009, R. 19 de julio de 2011

 

Uso vivienda familiar. Naturaleza. El derecho de uso de la vivienda familiar es un derecho familiar, por lo que no es un derecho real, ya que la clasificación de los derechos en reales y de crédito se refiere a los derechos de tipo patrimonial. R. 27 de Agosto de 2008

 

Uso vivienda familiar. Naturaleza. No es un derecho real sino de carácter familiar. La defensa del mismo está encomendada siempre a uno solo de los cónyuges, el titular de tal derecho, y tal cónyuge puede hasta renunciar al mismo consintiendo la enajenación de la vivienda. R. 19 de julio de 2011

 

Uso vivienda familiar. Naturaleza. Es un derecho de carácter familiar, ajeno a la clasificación de los derechos reales y de crédito. R. 5 de Junio de 2008, R. 27 de Agosto de 2008,  R. 18 de noviembre de 2009

 

Uso vivienda familiar. Constituye una limitación a las facultades dispositivas del cónyuge propietario, que produce efectos "erga omnes", por lo que debe tener acceso al Registro. R.  25 de octubre de 1999

 

Uso vivienda familiar. Posibilidad de atribuir el uso del domicilio familiar a los hijos menores. R. 19 de mayo de 2012)

 

Uso vivienda familiar. Requisitos para la inscripción. R. 19 de Septiembre de 2007

 

Uso vivienda familiar. Titularidad e interés. El uso en interés de un cónyuge e hijos puede atribuirse sólo al cónyuge, sin que sea necesario establecer titularidad alguna a favor de los hijos. R. 27 de Agosto de 2008, R. 10 de Octubre de 2008 , R. 18 de noviembre de 2009, R. 9 de julio de 2013

 

Uso vivienda familiar. Tracto. No es inscribible el uso y disfrute de la vivienda familiar si está inscrita a nombre de persona que no fue parte en el procedimiento. R. 28 de Noviembre de 2002, R. 17 de Diciembre de 2002, R. 18 de Octubre de 2003, R. 18 de Enero de 2008, R. 21 de Enero de 2008

   

Uso familiar de la vivienda y transmision de la vivienda. Inscrito un derecho de uso familiar de una vivienda a favor de la esposa y de los hijos, dentro de un procedimiento de separación puede aquella disponer de la vivienda sin necesidad de consentimiento del cónyuge no titular, padre de los hijos. Los hijos son beneficiarios, pero no titulares de ese derecho. R. 14 de mayo de 2009

 

Usufructo. La atribución del uso de la vivienda familiar en caso de separación es incompatible con el usufructo. R. 21 de Junio de 2004

 

Venta de vivienda familiar. Prestado el consentimiento paterno en un convenio regulador, no es necesario reiterarlo posteriormente. R. 8 de Junio de 2009

 

Venta con modificación de estado civil y vecindad. Manifestación de ser o no vivienda habitual. R. 30 de noviembre de 2013

  

  

VIVIENDAS DE PROTECCION OFICIAL

 

Cancelación de prohibición de disponer plan estatal viviendas 2005-2008 mediante instancia. En la legislación hipotecaria la regla general es la de que no se admiten los consentimientos tácitos ni presuntos.  R. 13 de enero de 2012

 

Comunicaciones para el ejercicio del derecho de retracto. Andalucía. R. 17 de Noviembre de 2011

 

Donación de VPO en Castilla la Mancha. Necesidad de visado. R. 26 de abril de 2014

 

Hipoteca. Tasación de VPO: Vale el precio máximo si lo acepta la acreedora. R. 21 de noviembre de 2013

 

Hipoteca. La prohibición de disponer por préstamo cualificado no impide inscribir una ulterior hipoteca. R. 26 de Febrero  de 2008

 

Hipoteca. Prohibición de disponer art. 12 RD 1186/1998. No es obstáculo para la constitución de una segunda hipoteca sobre una vivienda sujeta ya a una primera constituida en garantía de un préstamo cualificado, sin perjuicio de que, en caso de ejecución de esta hipoteca durante el plazo de cinco años de la prohibición, la válida transmisión de la finca requerirá la autorización administrativa correspondiente, previo reintegro de las ayudas recibidas. R. 5 de octubre de 2000 (Consulta)

 

Préstamo hipotecario subsidiado. La constancia en el Registro de la subsidiación requiere su acreditación. R. 30 de Mayo de 2003

 

Requisitos de la inscripción de una segunda transmisión de VPO de régimen especial en Castilla La Mancha. R. 14 de julio de 2012

 

Rectificación de determinado asiento para la constancia del carácter de vivienda de protección oficial respecto de una finca. R. 21 de julio de 2012

 

Subasta. Castilla-La Mancha. No expresión de destino para VPO. R. 31 de Marzo de 2005

 

Tanteo y Retracto. VPO de promoción pública en Galicia. Pueden imponerse derechos de tanteo y retracto por la nueva legislación a viviendas existentes con anterioridad pues tales derechos no limitan las facultades de los propietarios. R. 5 de octubre de 2005

 

Transmisión. Requisitos. No se aplica a las subastas. R. 12 de Diciembre de 2007

 

Rectificación de determinado asiento para la constancia del carácter de vivienda de protección oficial respecto de una finca. R. 21 de julio de 2012

 

VUELO

 

Cancelación de un derecho de vuelo y asientos posteriores. Diferencias derecho de vuelo y derecho de superficie. R. 3 de septiembre de 2012

 

Construcción de una entreplanta en una propiedad horizontal. No habiéndose determinado la competencia para fijar las nuevas cuotas, es preciso el consentimiento de todos los copropietarios. R. 24 de marzo de 2000

 

Construcción de una entreplanta en una propiedad horizontal. División de un elemento privativo en dos locales situados en planos diferentes. R. 24 de marzo de 2000

 

Elevación a público de documento privado de cesión de derecho de vuelo extinguido. R. 20 de febrero de 2013

 
Ejercicio. Modificación de cuotas. No se agota por su ejercicio parcial. R. 27 de Mayo de 2005
 
Expediente de dominio para reanudar el tracto y para inmatricular. El auto no es título suficiente para la inscripción del derecho de vuelo como consecuencia de un consorcio forestal. R. 2 de julio de 2012
 
Plazo. Es necesario determinar su plazo de duración. R. 26 de septiembre de 2000

 

Propiedad horizontal: El vuelo es elemento común y requiere un negocio causal para pasar a ser privativo. R. 20 de Abril de 2006

 

Propiedad volumétrica. Requisitos (justa causa y mantenimiento de principios hipotecarios). Su configuración como segregación de volumen subterráneo o como complejo urbanístico. R. 24 de Febrero de 2007, R. 26 de Febrero de 2007, R. 27 de Febrero de 2007

 

Reserva de derechos de edificación por fases y posterior ampliación de la obra nueva. Incumplimiento de condición referente a la constancia registral –en determinado plazo- del inicio de las obras. R. 19 de Mayo de 2007

 

Reserva de derecho de subsuelo. La inscripción de la ampliación de obra y modificación del título constitutivo de propiedad horizontal requiere el consentimiento de todos los copropietarios del inmueble, sin que altere este criterio el que uno de ellos haya adquirido su vivienda con la cuota resultante después de aquella modificación. R. 11 de Octubre de 2001

 

Reserva de derecho de vuelo y posterior ampliación de obra nueva y  modificación de Propiedad Horizontal sin consentimiento de los demás copropietarios. R. 28 de Marzo de 2008

 

Reserva del derecho de vuelo y subsuelo por la promotora en una PH y facultad de segregar y desvincular el terreno.  R. 16 de Febrero de 2004

 

Reserva de derecho de vuelo en una Propiedad Horizontal. Necesidad de determinar el plazo de duración. R. 29 de abril de 1999

 

Reserva, por el promotor, del derecho de vuelo para levantar cuantas plantas desee o permitan las ordenanzas municipales. Necesidad de especificación de las plantas a cuya construcción faculta el derecho de vuelo así como el tiempo en que se podrá ejercitar el mismo. Pero no es preciso fijar un plazo de duración del derecho sobre lo construido R 18 de noviembre de 2002

 

Sobre planta inexistente. Es posible un derecho de vuelo sobre planta aun no existente. R. 26 de septiembre de 2000

               

 

 

 

   

   

 

 

  

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