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Tema de Derecho Fiscal para Notarías (30) y Registros (33).

DERECHO FISCAL TEMA 30 NOTARÍAS / 33 REGISTROS.

Javier Máximo Juárez González,

Notario de Valencia

Junio 2020

 

TEXTOS EXTRAÍDOS DEL BOE (coinciden):

Notarías Tema 30. Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: naturaleza. Documentos notariales, judiciales, administrativos y mercantiles: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria. Devengo del Impuesto de Actos Jurídicos. Carta de pago y cancelación de garantías reales.

Registros Tema 33. Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados: naturaleza. Documentos notariales, judiciales, administrativos y mercantiles: hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria. Devengo del Impuesto de Actos Jurídicos. Carta de pago y cancelación de garantías reales.

 

1.- IMPUESTO SOBRE ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS: NATURALEZA.

La modalidad de AJD es la tercera categoría integrante del ITP y AJD después de TPO y OS. Siendo una única modalidad lo cierto es que agrupa por razones históricas hechos imponibles heterogéneos que se ha ido reduciendo progresivamente y que no tienen un único fundamento. Así:

(I) En el caso de los documentos notariales y mercantiles su fundamento responde a la especial protección que dispensa el ordenamiento jurídico a formas documentales dotadas de especiales efectos jurídicos (ejecutivos y protección registral).

(II) En el caso de documentos judiciales y administrativos hoy su tributación se reduce a las anotaciones preventivas y a los documentos de reconocimiento y rehabilitación de títulos nobiliarios:

.- En el primer caso, su tributación se fundamenta en la protección que otorga la anotación preventiva.

.- En el caso de los títulos nobiliarios, en someter a alguna tributación su reconocimiento y rehabilitación por los poderes públicos, pues al carecer de contenido económico no quedan sujetos al ISD.

Por tanto, lo cierto es que su naturaleza se aproxima más a la tasa que al Impuesto y precisamente su consideración normativa como Impuesto o tributo sin contraprestación determina que su vigencia esté puesta en entredicho por la doctrina tributaria en cuanto que se ha calificado como un peaje tributario carente de sentido en un Estado de Derecho Moderno.

Pues bien, de todas sus clases, la más relevante desde el punto de vista práctico y notarial es la de AJD notariales, especialmente la cuota gradual a cuyo estudio procedemos.

 

2.- DOCUMENTOS NOTARIALES: HECHO IMPONIBLE, SUJETO PASIVO, BASE IMPONIBLE Y CUOTA TRIBUTARIA.

2.1.- CLASES DE CUOTAS: LA CUOTA FIJA Y LA CUOTA GRADUAL.

Y, al respecto, lo primero que hay que indicar es que consta de dos variantes: la cuota fija y la cuta variable, proporcional o gradual.

La cuota fija consistente en un cantidad de 0,15 euros por folio y 0,30 por pliego a satisfacer en cada documento notarial y en sus copias autorizadas. El mismo se satisface mediante papel timbrado en el que se deben extender los documentos notariales y las copias autorizadas o auténticas que debe proporcionar el notario y se distribuye a través de la FNMT y el Consejo General del Notariado y respecto de los documentos unidos, testimonios y legitimaciones se reintegran mediante timbre. Añadir que:

.- Las pólizas de los antiguos corredores de comercio no quedan sujetas a la cuota fija de AJD sin perjuicio de sí quedar sujetos los testimonios de las mismas y las actas de fijación de saldo.

.- Como caso extraordinario de costumbre contra legem en materia tributaria tradicionalmente los documentos que se otorgan en la Notaría de Viella, en el Valle de Arán, nunca han sido objeto de tributación por la cuota fija.

Y hecha una sucinta referencia a la cuota fija, nos referiremos a la cuota gradual, cuya relevancia impositiva se ha acentuado en los últimos tiempos.

2.2.- LA CUOTA GRADUAL DE AJD: IMPUESTO CEDIDO Y HECHO IMPONIBLE.

Ante todo, la cuota gradual de AJD es también objeto de cesión a las CCAA en la Ley 22/2009 que tiene competencias normativas en materias tan importantes como tipos de gravamen y bonificaciones en cuota.

Pues bien, su hecho imponible está determinado con notable imprecisión técnica pues hacer referencia a la base imponible, en el art. 31.2 del TR del ITP, conforme al cual inciden en las cuota gradual de AJD los documentos notariales en los que concurran acumulativamente todos y cada uno de los siguientes requisitos:

(I) Que se trate de primera copia de escrituras y actas notariales, aunque este requisito la práctica lo sustituye por la primera copia autorizada que se presente a autoliquidación. Sin embargo, no quedan sujetos los documentos de los extintos corredores de comercio como las pólizas, aunque concurran los restantes requisitos.

(II) Contenga un acto o contrato y en consecuencia, aunque consten en documento notarial, las solicitudes o instancias como las de caducidad de condición resolutoria o hipoteca no pueden quedar sujetas.

(III) Que tenga por objeto cantidad o cosa valuable. Por tanto, los denominados documentos sin cuantía quedan no sujetos; pero además se precisa de acuerdo al art. 30 que se trate de su objeto directo, por tanto aunque hagan referencia a inmuebles supuestos tales como el pacto de indivisión, la constitución en régimen de condominio especial de garajes o trasteros y la extinción del régimen de propiedad horizontal, no pueden considerarse como tales sujetos a la cuota gradual de AJD, pues su objeto directo no es el inmueble sino una convención jurídica respecto del mismo.

(IV) Que sean inscribibles en el Registro de la Propiedad, Mercantil, de la Propiedad Industrial – hoy Agencia de Patentes y Marcas – y Registro de Bienes Muebles. En consecuencia, aunque se reúnan los restantes requisitos, si el acto o contrato no es inscribible en dichos registros jurídicos que tienen el carácter de numerus clausus no se incide en AJD.

(V) Y finalmente que dicho acto o contrato no resulte sujeto a las restantes modalidades del Impuesto – TPO u OS – ni al ISD. Y es que esta modalidad tiene carácter residual respecto de las restantes y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, jugando exclusivamente en defecto de dichos tributos.

2.3.- SUJETO PASIVO, BASE IMPONIBLE, TIPO IMPOSITIVO, CUOTA TRIBUTARIA Y DEVENGO.

(I) Sujeto pasivo es el adquirente del bien o derecho y, en su defecto, las personas que insten el documento notarial o a cuyo interés se expida la copia, destacando:

.- El TS tiene declarado que en las hipotecas unilaterales a favor de Administraciones Públicas es la administración con la consecuencia de quedar exentas.

.- En los préstamos hipotecarios sujetos a AJD, tras pronunciamientos contradictorios del TS, añadió un segundo párrafo al art. 29 del TR considerando sujeto pasivo al prestamista desde el 10/11/2018.

(I) La base imponible es el valor real del acto de objeto valuable, es decir, el valor declarado sujeto a comprobación de valores; en los préstamos hipotecarios la responsabilidad hipotecaria.

(II) El tipo impositivo es en la normativa estatal el 0,50%, si bien en la mayoría de las CCAA el tipo impositivo general es el 1,5% que coexiste con tipos reducidos puntuales.

(III) El devengo se verifica el día en que se formaliza el documento notarial que determina la realización del hecho imponible. Según criterio discutible de la DGT y del TS no consolidado (sentencia de 18/11/2015) el que el acto o contrato inscribible quede sujeto a condición suspensiva no supone un retraso en el devengo en cuanto que se trata de un gravamen formal.

2.4.- REFERENCIA A LOS ACTOS Y CONTRATOS SUJETOS A AJD.

Pues bien, especial importancia tienen los actos y contratos sujetos a AJD siempre que se formalicen en escritura pública y así, destacamos:

(I) Las transmisiones inmobiliarias, constitución onerosa de derechos reales, préstamos y créditos hipotecarios y arrendamientos financieros inmobiliarios no sujetos a TPO como consecuencia de la preferencia e incompatibilidad del IVA con TPO.

(II Las modificaciones hipotecarias no traslativas entre las que destacamos las divisiones horizontales, las divisiones materiales y segregaciones, agrupaciones y agregaciones y las declaraciones de obra nueva constituyendo hoy doctrinal jurisprudencia que su base imponible está integrada exclusivamente por el presupuesto de ejecución material.

(III) Además las operaciones sobre el rango hipotecario y la distribución de hipoteca preexistente como consecuencia de modificaciones hipotecarias según doctrina jurisprudencial consolidada, salvo que se verifiquen por documento privado de acuerdo al art. 216 del RH.

Finalmente, indicar que las adjudicaciones que se realizan a socios, comuneros, partícipes, herederos o cónyuges no se consideran transmisiones a efectos del I, pues son actos determinativos o especificativos, no estrictamente traslativos, siempre que se guarde proporcionalidad entre el haber teórico y las adjudicaciones, por lo que:

.- Quedan sujetas a AJD y no exentas las extinciones y disoluciones de comunidad ordinarias si se refieren a inmuebles u otros bienes inscribibles.

.- Las liquidaciones de sociedades conyugales quedan exentas por aplicación del art. 45.I.B.3 del TR.

.- Las particiones de herencia no pueden quedar sujetas a AJD por ser preferente y excluir AJD como hemos visto, el ISD.

2.5.- CARTA DE PAGO Y CANCELACIÓN DE GARANTÍAS REALES.

Pues bien, y anticipándonos al programa, nos referiremos a las cartas de pago y cancelación de garantías reales pues se mueven en la órbita de la cuota gradual de AJD. Al respecto indicar que:

(I) Las condonaciones de créditos de garantías reales pueden quedar sujetas al ISD si son a favor de personas físicas.

(II) Las cartas de pago de pagos aplazados y créditos sin garantía real inscribible, aunque consten en escritura pública no quedan sujetas a AJD en cuanto no son inscribibles, aunque el pago se haga constar por nota marginal en el mismo asiento que la compraventa.

(III) Las cartas de pagos aplazados y créditos con garantía real inscribible con cancelación de las mismas, si constan en escritura pública, quedan sujetas a AJD y al respecto hay que distinguir:

.- Si la garantía real es una hipoteca, quedan exentas por aplicación del art. 45.I.B.18 del TR.

.- Su la garantía real es una condición resolutoria, no quedan exentas según criterio de la DGT.

(IV) Pero en todo caso las solicitudes de cancelación de hipotecas o condiciones resolutorias por caducidad en los términos de la normativa hipotecaria quedan no sujetas.

 

3.- DOCUMENTOS JUDICIALES Y ADMINISTRATIVOS.

Por lo que se refiere a los documentos judiciales y administrativos, el hecho imponible queda reducido a las anotaciones preventivas y reconocimientos de títulos nobiliarios:

(I) Respecto de las anotaciones preventivas, de acuerdo a los arts. 40 y siguientes, su tributación la sintetizamos en los siguientes puntos:

.- Quedan sujetas las que se practiquen en registros públicos cuando tengan objeto valuable y no sean ordenadas de oficio por la autoridad judicial o administrativa. Por tanto, quedan no sujetas las ordenadas en procedimientos penales y laborales, sí las de procedimientos civiles.

.- La base imponible está constituida por el valor del derecho o interés que se asegure, sin que pueda exceder del valor real de los bienes embargados.

 .- Se devenga cuando se práctica la anotación en el Registro y el tipo impositivo es único estatal del 0,50%.

(II) En cuanto a los títulos nobiliarios, su reconocimiento por el Estado queda sujeto a la escala del art. 43.

 

4.- DOCUMENTOS MERCANTILES.

Y centrándonos en los documentos mercantiles, su tributación se regula en los arts. 33 y siguientes, de acuerdo con los cuales:

(I) El hecho imponible está integrado por las letras de cambio, los documentos que realicen función de giro o suplan a letras de cambio y los resguardos o certificados de depósitos transmisibles. Pues bien:

.- Son documentos que cumplen función de giro: los pagarés cambiarios exceptos los expedidos con cláusula «no a la orden» o equivalente, los cheques a la orden o que sean objeto de endoso y en general los documentos que acrediten literalmente y con carácter autónomo el derecho económico de su legítimo tenedor al cobro de una cantidad de dinero.

.- Quedan también sujetos pero exentos los bonos y obligaciones emitidos en serie por plazo no superior a 18 meses.

(II) Es sujeto pasivo el emisor, por tanto en las letras el librador, y responsable solidario toda persona que intervenga en su negociación o cobro.

(III) La base imponible en la letra y documentos que cumplen función de giro es la cantidad girada y en los certificados de depósito el importe nominal. En el caso de las letras, si son de vencimiento superior a 6 meses la base es el doble de su importe.

(IV) La cuota tributaria se obtiene aplicando la escala del art. 37 y en el caso de las letras se satisface mediante efectos timbrados con carácter general y en los demás casos mediante timbre móvil o en metálico.

 

JAVIER MÁXIMO JUÁREZ GONZÁLEZ.

JUNIO 2020.

 

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Modelos para documentos notariales

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MODELOS PARA DOCUMENTOS NOTARIALES

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En este archivo se coleccionan enlaces a modelos de escrituras, actas, pólizas o meras cláusulas que se publicaron de modo autónomo o forman parte de trabajos más amplios o Informes Mensuales para la Oficina Notarial.

Se cita el año, lo que puede ser importante si ha habido normativa o jurisprudencia posterior que pudiera afectarlos.

En la web puede haber más recursos que no están aquí.

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ÍNDICE:

 

Mercantil

Constitución de sociedades CIRCE: Parte I  –  Parte II  –  Parte III. Alfonso de la Fuente.

Cláusulas estatutarias sobre medios alternativos de resolución de conflictos: arbitraje, mediación, conciliación.

Artículos estatutarios para asistencia telemática a la junta y de juntas exclusivamente telemáticas. José Ángel García-Valdecasas.

Estatutos de Sociedad de Responsabilidad Limitada 2020. Luis Jorquera García.

Estatutos de Sociedad Anónima 2020 que incluyen cláusulas «telemáticas». Luis Jorquera García.

Acta notarial en remoto de Juntas Generales. Abril 2020. Alfonso de la Fuente y José Ángel García-Valdecasas.

Modelo de Estatutos de Sociedad de Responsabilidad Limitada 2018, que incluyen cláusulas “telemáticas” Luis Jorquera.

Modelo de cláusula de protección de datos para documentos que se inscriban en el Registro de Bienes muebles 2018.

Modelos de Contratos de Bienes Muebles de uso general 2017.

SRL: modelos de estatutos-tipo y de escritura 2015. 

Web corporativa 2013. Luis Jorquera.

Acta de emprendedor individual de responsabilidad limitada 2013.  Jorge López Navarro,

Acta de asunción de la condición emprendedor de responsabilidad limitada. José Clemente Vázquez López.

Constitución de sociedad con aportación de bitcoins 2014. Ignacio Gomá Lanzón

Constitución S.L. sin estatutos tipo y sin tramitación CIRCE 2013. José Clemente Vázquez.

Constitución S.L. de formación sucesiva, sin estatutos tipo y sin tramitación CIRCE 2013. José Clemente Vázquez.

Convocatoria de Junta General 2012. José Ángel García Valdecasas

Constitución de sociedades de responsabilidad limitada adaptados al decreto ley 13/2010. 2011. Luis Lorenzo Serra.

Sociedad limitada express 2011. Jorge López Navarro.

Sociedad civil profesional 2009. Luis de la Higuera y María Teresa Barea.

Intervención en pólizas bancarias 2008. Ramón Bernabé y Panós.

Estatutos de sociedad limitada profesional 2008. Jorge López Navarro, y José Ángel García-Valdecasas

Estatutos de sociedad anónima profesional. José Ángel García Valdecasas.

Estatutos sociedades profesionales 2008 Word. José Ángel García Valdecasas.

Escritura de sociedad civil profesional 2008. Patricia Olivencia Cerezo

Escritura de adaptación de sociedad limitada unipersonal a sociedad limitada unipersonal profesional 2008. Alejandra Ceballos Martínez-Amo

Página dedicada a las sociedades profesionales 2007.

Modelo de estatutos de Sociedad limitada profesional 2008. José Ángel García Valdecasas

Acta por extravío, robo o destrucción de cheque I (inicio). II: Oficios, anuncios y Acta de Resolución.

CONCURSAL Y MEDIACIÓN

Acta notarial para tramitar expediente de acuerdo extrajudicial de pagos. Hoja administrativa de control 2018. Alfonso de la Fuente 

Acuerdo extrajudicial de pagos 2014. Antonio Ripoll Jaén.

Acta notarial designación mediador concursal 2013. Antonio Ripoll Jaén.

Mediación: Cuatro modelos para el procedimiento 2013. Antonio Ripoll Jaén.

Mediación interna 2012. Antonio Ripoll Jaén.

MATRIMONIO Y PAREJAS DE HECHO

Capitulaciones con renuncia a pensión compensatoria o por trabajo para la casa. José Manuel Vara. Noviembre 2023.

Requerimiento de acta previa matrimonial con elemento extranjero. Diciembre 2021

Acta Inicial de Expediente Matrimonial. Agosto 2021.

Acta de resolución de Expediente Matrimonial. Septiembre 2021.

Documento de información a los contrayentes. Julio 2021.

Información inicial para el expediente matrimonial. Junio 2021.

Escritura de Elección de ley (Reglamento UE 24 de junio de 2016) y Capitulaciones Matrimoniales

Modelos de acta previa y de escritura de matrimonio 2017 de Clemente Vázquez

Preguntas a los novios

Escritura de celebración de matrimonio 2016. Jorge López Navarro

Acta inicial, edicto y escritura de matrimonio 2014. Jorge López Navarro.

Artículo y Modelos de Clemente Vázquez de 2015 

IR AL ARCHIVO DE LA LEY DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA

Escritura matrimonial 2015. Antonio Ripoll Jaén

Escritura de divorcio por mutuo acuerdo 2015. Fernando Gomá Lanzón

Escritura de divorcio de mutuo acuerdo con elemento internacional. 2023. Inmaculada Espiñeira.

Escritura de unión de hecho 2013. Luis Lorenzo Serra.

Escritura de disolución de pareja de hecho 2008. Enrique Rojas Martínez de Mármol.

Acta acreditativa de régimen económico matrimonial 2015. Jorge López Navarro.

Capitulaciones: solicitud de indicación en el Registro Civil

Acta de requerimiento para obtener certificado de divorcio internacional

SUCESIONES

Testamento de persona con discapacidad artículo 665 Cc sin acta previa.

Modelo general de testamento adaptado a ley 8/2021 sin necesidad de ajustes

Relacionados con el derecho de transmisión (ius transmissionis). Vicente Martorell 2022

Testamento con sustitución fideicomisaria que grava la legítima. Isidoro Lora Tamayo.

Testamento sin heredero. Antonio Botia Valverde.

Adveración de Testamentos en tiempo de epidemia y ológrafo. Abril 2020.

Testamento ológrafo y testamento en caso de epidemia. Abril 2020. Alfonso de la Fuente.

Testamentos no notariales en tiempo de epidemia. Marzo 2020.

Heredamiento universal cumulativo en Cataluña y con entrega de presente. Tomás Feliu Álvarez de Sotomayor

Declaración de herederos: modelos de oficio. Septiembre 2019.

Certificado sucesorio europeo 2018. Alfonso de la Fuente

Modelo de testamento inglés 2017. Jorge López Navarro.

Escritura de nombramiento de contador-partidor dativo 2016. Carlos Pérez Ramos.

Acta de interpelación del artículo 1005 del Código Civil. Inmaculada Espiñeira Soto.

Acta de formación de inventario 2016. Inmaculada Espiñeira Soto.

Reserva del derecho a deliberar: modelo de escritura 2016. Inmaculada Espiñeira Soto.

Acta de declaración de herederos 2015. Inmaculada Espiñeira Soto.

Sucesión intestada y posesión de estado 2014. Antonio Ripoll Jaén

Testamento sin heredero 2014. Antonio Botia Valverde.

Escritura de entrega de legado atípica 2013. Antonio Ripoll Jaén.

Partición con colación 2013. Antonio Ripoll Jaén.

Manifestación en escritura con desheredación 2018. Alfonso de la Fuente.

Fuero del Baylio: modelo de testamento 2015. Jorge López Navarro

Declaración de herederos abintestato en Cataluña

Declaración de herederos abintestato en el País Vasco

Declaración de herederos abintestato en Aragón

Declaración de herederos abintestato en Navarra

Declaración de herederos abintestato en Baleares

MEDIDAS DE APOYO Y AULA SOCIAL

Modelos breves de juicio de capacidad y cierre.

Medida voluntaria de apoyo asistencial vinculante (autoimpuesta)

Modelo de testamento con normas de gestión, administración y disposición de bienes en favor de una persona necesitada de apoyo.

Acta de nombramiento de asistentes voluntarios ex artículo 226-3 Código Civil de Cataluña

Modelo de Medidas de Apoyo Voluntarias

Modelo general de testamento adaptado a ley 8/2021 sin necesidad de ajustes

Poder preventivo con subsistencia de efectos. Agosto 2021. Inmaculada Espiñeira

Medidas de apoyo para persona que padece Parkinson. Julio 2021. Inmaculada Espiñeira 

Medidas de apoyo para persona con discapacidad moderada. Junio 2021. Inmaculada Espiñeira 

Poder notarial para el ejercicio de la patria potestad. Febrero de 2020. José Manuel Vara González.

Testamento de persona con discapacidad (antes de la reforma). Abril 2019. Inmaculada Espiñeira.

Escritura de autocuratela. Inmaculada Espiñeira. Nov 2018.

Posible contenido de escritura de autotutela por Isidoro Lora Tamayo. Enero 2021

Nombramiento de TUTOR: Padres con relación a hijos menores  2018

Nombramiento de CURADOR: Hijos mayores de edad o emancipados que precisen de apoyos 2018

Modelo de testamento enfermos ELA

DERECHO COMUNITARIO Y EXTRANJERO

Acta notarial para certificado sucesorio europeo 2022. Alfonso de la Fuente

Certificado sucesorio europeo 2018. Alfonso de la Fuente

Designación de ley aplicable al régimen económico matrimonial y capitulaciones matrimoniales pre-nupciales. Enero 2021. Inmaculada Espiñeira

Innecesidad del asentimiento del consorte para la adquisición común 2018

Declaración unilateral de privatividad 2018

Admisibilidad del <<negocio complejo>> 2018

Certificado sucesorio europeo 2018. Alfonso de la Fuente

Modelo de testamento inglés 2017. Jorge López Navarro.

Documento francés de “cambio de régimen de comunidad de adquisiciones a otro de comunidad universal” 2016. Jorge López Navarro.

HIPOTECAS

Tabla de ayuda para el acta previa. Julio 2019. Alfonso de la Fuente.

Acta previa: esquema de plazos. Junio 2019. Alfonso de la Fuente.

Advertencias préstamos y créditos hipotecarios 2012. Adauca Aparicio y Mariano Melendo.

Subrogaciones: acta de notificación y requerimiento (ley 41/2007) 2008. Luis Lorenzo Serra

Subrogaciones: acta de notificación y requerimiento (ley 41/2007) 2007. José Ricardo Serrano.

Subrogaciones: acta de notificación y requerimiento (ley 41/2007) 2007. Jorge López Navarro y Tomás María Dacal Vidal

Acta de exhibición del depósito de condiciones generales de la contratación. Vicente Martorell.

OBRAS NUEVAS

Acta final de obra 2007. Jorge López Navarro.

Certificado técnico obra nueva 2007. Jorge López Navarro.

Certificado técnico obra antigua. Alfonso de la Fuente. 2022.

TESTIMONIOS Y PÓLIZAS

Testimonios notariales 2008. Juan Luis Millet Sancho.

Acta para acreditar la correcta liquidación del saldo deudor 2007. Jose Ignacio Olmedo Castañeda

Acta de liquidación de saldo ajustada al artículo 218 del Reglamento Notarial 2007. Mariano Melendo.

Modelos para la intervención de pólizas, testimonios, notas y diligencias del libro registro 2006. Javier López Cano.

Diligencias pólizas 2006. Antonio Ripoll Jaén.

EXPEDIENTES ARTÍCULOS 201 Y SS LH y CATASTRO

Expedientes Notariales de rectificación de cabida superior al 10%: hoja de seguimiento y explicación. Enero 2021.

Edictos y carta para Notificaciones Notariales en Expedientes Inmobiliarios. Enero 2020. Alfonso de la Fuente. 

Acta de subsanación de discrepancias catastrales. Febrero 2020. Alfonso de la Fuente. 

Acta de subsanación de discrepancias catastrales. Junio 2019. Alfonso de la Fuente.

Catastro: subsanación de discrepancias 2011. Eugenio de Vicente Garzarán,

OTRAS:

Escritura de jura de nacionalidad por derecho de opción (3 modelos). Enero 2022.

Escritura de jura o promesa de nacionalidad. Modelo diciembre de 2021

Escritura de jura de nacionalidad por mayor de 14 años 

Escritura de aceptación de nacionalidad para menor de 14 años 

Guía para seleccionar Notario por Internet en la LCCI. Mayo 2020.

Solicitud de copias a través de otro notario. Abril 2021.

Expedientes notariales previos al documento notarial (página especial) 2018. Alfonso de la Fuente.

Manifestación sobre situación arrendaticia 2018. Alfonso de la Fuente.

Venta SAREB 2013. Jorge López Navarro

Acta de identificación de titular real 2010.  Juan Luis Millet.

Blanqueo 2010. Jorge López Navarro.

Cláusulas pago del precio 2006. Juan Luis Millet Sancho

Certificado de vida 2005. BOE.

Reconstrucción de documento notarial 2015. Jorge López Navarro.

Acta por extravío, robo o destrucción de cheque

 

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